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Document 62007CA0404

    Asunto C-404/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 9 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Bíróság — Hungría) — Proceso penal iniciado por Győrgy Katz contra István Roland Sós (Cooperación policial y judicial en materia penal — Decisión marco 2001/220/JAI — Estatuto de la víctima en el proceso penal — Acusación particular en sustitución del Ministerio fiscal — Declaración de la víctima en calidad de testigo)

    DO C 301 de 22.11.2008, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.11.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 301/11


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 9 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Bíróság — Hungría) — Proceso penal iniciado por Győrgy Katz contra István Roland Sós

    (Asunto C-404/07) (1)

    (Cooperación policial y judicial en materia penal - Decisión marco 2001/220/JAI - Estatuto de la víctima en el proceso penal - Acusación particular en sustitución del Ministerio fiscal - Declaración de la víctima en calidad de testigo)

    (2008/C 301/20)

    Lengua de procedimiento: húngaro

    Órgano jurisdiccional remitente

    Fővárosi Bíróság

    Partes en el procedimiento penal principal

    Győrgy Katz

    István Roland Sós

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Fővárosi Bíróság — Interpretación de los artículos 2 y 3 de la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal (DO L 82, p. 1) — Normativa nacional que excluye la posibilidad de que la víctima sea oída como testigo en un procedimiento penal en el que ésta se ha constituido como acusación particular sustitutoria.

    Fallo

    Los artículos 2 y 3 de la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal, deben interpretarse en el sentido de que no obligan a un órgano jurisdiccional a autorizar a la víctima de un delito a declarar como testigo en un procedimiento penal con acusación particular sustitutoria como el procedimiento principal. No obstante, si no dispone de esa posibilidad, ha de poder autorizarse a la víctima a realizar una declaración que pueda ser tenida en cuenta como elemento de prueba.


    (1)  DO C 283 de 24.11.2007.


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