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Document 62006CA0420

Asunto C-420/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de marzo de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Schwerin — Alemania) — Rüdiger Jager/Amt für Landwirtschaft Bützow (Política agrícola común — Reglamentos (CE) n°  1254/1999 y (CE) n°  1782/2003 — Carne de vacuno — Sistema integrado de gestión y control relativo a determinados regímenes de ayudas comunitarias — Reglamentos (CEE) n°  3887/92, (CE) n°  2419/2001 y (CE) n°  796/2004 — Solicitud de ayudas animales — Prima por vaca nodriza — Irregularidad — Incumplimiento de las disposiciones en materia de identificación y registro de bovinos no objeto de solicitud de ayudas — Reglamento (CE) n°  1760/2000 — Exclusión del beneficio de la ayuda — Artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) n°  2988/95 — Principio de aplicación retroactiva de la pena más leve)

DO C 107 de 26.4.2008, p. 4–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 107/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de marzo de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Schwerin — Alemania) — Rüdiger Jager/Amt für Landwirtschaft Bützow

(Asunto C-420/06) (1)

(Política agrícola común - Reglamentos (CE) no 1254/1999 y (CE) no 1782/2003 - Carne de vacuno - Sistema integrado de gestión y control relativo a determinados regímenes de ayudas comunitarias - Reglamentos (CEE) no 3887/92, (CE) no 2419/2001 y (CE) no 796/2004 - Solicitud de ayudas «animales» - Prima por vaca nodriza - Irregularidad - Incumplimiento de las disposiciones en materia de identificación y registro de bovinos no objeto de solicitud de ayudas - Reglamento (CE) no 1760/2000 - Exclusión del beneficio de la ayuda - Artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 - Principio de aplicación retroactiva de la pena más leve)

(2008/C 107/06)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Schwerin

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Rüdiger Jager

Demandada: Amt für Landwirtschaft Bützow

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Verwaltungsgericht Schwerin — Interpretación del artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO L 312, p. 1) — Denegación de una prima «animal» debido a la diferencia, superior al 20 % entre el número de animales declarados y el número de animales presentes en la explotación, comprobada en un control sobre el terreno — Aplicación retroactiva de las sanciones administrativas posteriores menos severas relativas a las primas «animales», que solo se aplican tras la derogación del sistema de primas «animales» en el Estado miembro interesado

Fallo

El artículo 2, apartado 2, segunda frase, del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, debe interpretarse en el sentido de que las disposiciones establecidas por los artículos 66 y 67 del Reglamento CE) no 796/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, en su versión modificada y rectificada por el Reglamento (CE) no 239/2005 de la Comisión, de 11 de febrero de 2005, no pueden aplicarse retroactivamente a una solicitud de ayudas «animales» incluida ratione temporis en el ámbito de aplicación del Reglamento no 3887/92 (CEE) de la Comisión, de 23 de diciembre de 1992, por el que se establecen las normas de aplicación del sistema integrado de gestión y control relativo a determinados regímenes de ayudas comunitarias, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 2801/1999 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1999, que ha dado lugar a una exclusión del beneficio de la ayuda con arreglo al artículo 10 quater de ese Reglamento.


(1)  DO C 326 de 30.12.2006.


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