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Document 62004TA0018
Case T-18/04: Judgment of the Court of First Instance of 10 June 2008 — Marcuccio v Commission (Social Security — Application for assumption of responsibility for medical expenses — Implied rejection of the application)
Asunto T-18/04: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de junio de 2008 — Marcuccio/Comisión ( Seguridad social — Solicitud de asunción de gastos médicos — Denegación presunta de la solicitud )
Asunto T-18/04: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de junio de 2008 — Marcuccio/Comisión ( Seguridad social — Solicitud de asunción de gastos médicos — Denegación presunta de la solicitud )
DO C 183 de 19.7.2008, p. 18–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
19.7.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 183/18 |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 10 de junio de 2008 — Marcuccio/Comisión
(Asunto T-18/04) (1)
(«Seguridad social - Solicitud de asunción de gastos médicos - Denegación presunta de la solicitud»)
(2008/C 183/37)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia) (representantes: inicialmente A. Distante, y posteriormente G. Cipressa, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Berardis-Kayser y J. Curral, agentes, asistidos por A. Dal Ferro, abogado)
Objeto
En primer lugar, la pretensión de que se anule la decisión implícita de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos por la que se desestimó la solicitud del demandante de 25 de noviembre de 2002, destinada a obtener un reembolso al 100 % de sus gastos médicos en virtud del artículo 72 del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas; en segundo lugar, la pretensión de que se anule la desestimación presunta de la reclamación presentada por el demandante contra la desestimación de su solicitud de 25 de noviembre de 2002; en tercer lugar, la pretensión de que se reconozca el derecho del demandante, con arreglo al artículo 72 del Estatuto de los funcionarios, a que se le reembolsen al 100 % los gastos médicos soportados por él para tratar las patologías que padece y, en cuarto lugar, la pretensión de que se condene a la Comisión a abonar el 100 % de dichos gastos médicos.
Fallo
1) |
Anular la desestimación presunta de la solicitud de 25 de noviembre de 2002. |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
Condenar en costas a la Comisión. |