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Document 61989TJ0139

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 26 de septiembre de 1990.
Gabriella Virgili-Schettini contra Parlamento Europeo.
Funcionario - Vacaciones - Indemnización compensatoria por vacaciones no agotadas.
Asunto T-139/89.

Recopilación de Jurisprudencia 1990 II-00535

ECLI identifier: ECLI:EU:T:1990:54

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Tercera)

26 de septiembre de 1990 ( *1 )

En el asunto T-139/89,

Gabriella Virgili-Schettini, antigua agente temporal del Parlamento Europeo, con domicilio en Mamer (Gran Ducado de Luxemburgo), representada por el Sr. Vie Elvinger, Abogado de Luxemburgo, que designa como domicilio en Luxemburgo el despacho de este último, 4, rue Tony Neuman,

parte demandante,

contra

Parlamento Europeo, representado por los Sres. Jorge Campinos, Jurisconsulto, y Manfred Peter, Jefe de División, en calidad de Agentes, que designa como domicilio en Luxemburgo la Secretaría General del Parlamento Europeo, Kirchberg,

parte demandada,

que tiene por objeto la anulación de la decisión de la parte demandada de 1 de febrero de 1989 por la que se deniega a la demandante la compensación de setenta y cinco días de vacaciones no disfrutados en el momento de cesar en el servicio,

EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Tercera),

integrado por los Sres. A. Saggio, Presidente; B. Vesterdorf y K. Lenaerts, Jueces,

(no se transcriben los fundamentos de Derecho)

decide:

1)

Anular la decisión del Parlamento Europeo de 1 de febrero de 1989 en la medida en que se refiera a la acumulación de los días de vacaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 4 del anexo V del Estatuto.

2)

El Parlamento Europeo pagará a la Sra. Gabriella Virgili-Schettini una indemnización compensatoria correspondiente a veintisiete días de vacaciones no disfrutados, cuyo importe se determinará de conformidad con las disposiciones del párrafo 2 del artículo 4 del anexo V del Estatuto.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

Condenar en costas al Parlamento Europeo.


( *1 ) Lengua de procedimiento: francés.

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