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Document 52024XG03543

    Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el legado del Año Europeo de la Juventud 2022

    ST/9864/2024/INIT

    DO C, C/2024/3543, 31.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3543/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3543/oj

    European flag

    Diario Oficial
    de la Unión Europea

    ES

    Serie C


    C/2024/3543

    31.5.2024

    Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el legado del Año Europeo de la Juventud 2022

    (C/2024/3543)

    EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

    DECLARAN que, en la construcción de un futuro próspero, inclusivo, seguro y sostenible, se necesitan la creatividad, la energía y los talentos variados de toda la ciudadanía, especialmente la juventud, para mantener la democracia, garantizar la paz, defender con firmeza valores europeos y aprovechar al máximo las transiciones ecológica y digital. El Año Europeo de la Juventud (1) recordó que Europa necesita a todos sus jóvenes y puso de manifiesto que la Unión Europea (UE) añade valor a la vida de los jóvenes, apoya su desarrollo personal y los dota de los recursos y capacidades clave para convertirse en ciudadanos activos y agentes de solidaridad y cambio positivo. El Año Europeo de la Juventud también demostró que los jóvenes esperan que se incluya una perspectiva de juventud en los ámbitos de actuación pertinentes de la Unión, en particular a través de la integración de la juventud (2).

    SUBRAYAN que el Año Europeo de la Juventud ha demostrado ser un referente de la cooperación europea y que su legado debe perdurar para dejar un mundo mejor a las próximas generaciones. Todas las medidas que adopte la UE deben inspirarse en la solidaridad entre generaciones. Para mantener el compromiso de la Unión Europea con los jóvenes europeos, prestando especial atención a aquellos con menos oportunidades, la cooperación en materia de política europea de juventud, tal como se recoge en la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027, debe adaptarse a los nuevos acontecimientos y necesidades que se reconocieron durante el Año Europeo de la Juventud. Debe avanzarse para lograr resultados tangibles para los jóvenes y con su participación.

    HACEN HINCAPIÉ en el importante papel que desempeñan los consejos de la juventud, las organizaciones juveniles, las organizaciones de trabajo con los jóvenes y los trabajadores en el ámbito de la juventud a todos los niveles, junto con las autoridades nacionales, entre otros, en la movilización y defensa de los jóvenes, como se observó durante el Año Europeo de la Juventud.

    REAFIRMAN que la integración de la juventud y el anclaje de una perspectiva sólida de la juventud en todas las políticas pertinentes de la Unión son ámbitos de trabajo importantes para la Unión Europea.

    VALORAN POSITIVAMENTE las diversas iniciativas para debatir el legado del Año Europeo de la Juventud (3), así como la ambición de la Comunicación sobre el Año Europeo de la Juventud (4) a la hora de avanzar en dos ámbitos clave: otorgar a los jóvenes una voz más fuerte en la elaboración de las políticas de la UE y abordar las inquietudes de la juventud en todos los ámbitos de actuación.

    TOMAN NOTA de las principales acciones propuestas en la Comunicación en respuesta a las preocupaciones de los jóvenes en cinco ámbitos de actuación clave de interés para ellos: la salud y el bienestar, el medio ambiente y el cambio climático, la educación y la formación, la cooperación internacional y los valores europeos, y el empleo y la inclusión.

    PIDE a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros, en el marco de sus competencias respectivas, trabaje con y para los jóvenes al objeto de:

    1.

    Promover y apoyar la integración de la juventud en todos los ámbitos de actuación. De este modo, apoyar y promover el intercambio de mejores prácticas y el desarrollo de capacidades entre los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes —incluidos los coordinadores nacionales, cuando existan— para abordar las preocupaciones de los jóvenes en todos los ámbitos.

    2.

    Aprovechando el impulso, continuar con la creación conjunta y establecer y desplegar actividades de aprendizaje mutuo (5), como grupos de expertos, actividades de aprendizaje entre iguales o la nueva plataforma de partes interesadas en el ámbito de la juventud, para explorar instrumentos concretos de integración —como una evaluación o un control desde el punto de vista de los jóvenes o una herramienta similar que se aplique a escala de la UE— conjuntamente con los jóvenes y otras partes interesadas pertinentes, como el Consejo de Europa, las organizaciones que representan a los jóvenes en toda la Unión Europea y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos. Los instrumentos de integración deben respetar los principios de buena gobernanza, transparencia, consideraciones basadas en pruebas y objetividad, en particular en términos de evaluación y selectividad.

    3.

    Reforzar la calidad, la visibilidad y el alcance del Diálogo de la UE con la Juventud, de conformidad con las estrategias de inclusión pertinentes, y establecer vínculos con el programa de trabajo de la Comisión Europea, teniendo debidamente en cuenta el carácter específico del Diálogo de la UE con la Juventud y el contexto en el que se organiza. Esto podría hacerse en el marco de la revisión intermedia de la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027 y revisando la Resolución del Consejo por la que se establecen unas directrices sobre la gobernanza del Diálogo de la UE con la Juventud — Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 para adaptar estas resoluciones a los nuevos acontecimientos y necesidades, y estableciendo una estrategia de comunicación (6) para el Diálogo de la UE con la Juventud, entre otras cosas.

    4.

    En un esfuerzo concertado, seguir reflexionando sobre el papel, el mandato, la finalidad y la composición de la nueva plataforma de partes interesadas en el ámbito de la juventud, y concretarlos, teniendo debidamente en cuenta las competencias en cuestión.

    5.

    Proseguir los esfuerzos para transmitir a los jóvenes información sobre oportunidades a través del Portal Europeo de la Juventud en un lenguaje adaptado a ellos, de manera accesible y en formatos adecuados a sus necesidades, en particular las aquellos con menos oportunidades, especialmente en los ámbitos de la participación democrática y las sociedades inclusivas, así como en lo que atañe al ejercicio de sus derechos como ciudadanos de la UE.

    6.

    Seguir configurando las acciones clave propuestas mencionadas anteriormente, en colaboración con los consejos nacionales de la juventud de los Estados miembros y, cuando proceda, a nivel regional o local, ofreciendo al mismo tiempo oportunidades para incluir a jóvenes de orígenes diversos, con menos oportunidades, incluidos los procedentes de las zonas rurales, remotas, periféricas, menos desarrolladas y ultraperiféricas, y los que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.

    7.

    Recordando la importancia de los programas de juventud de la UE, como Erasmus + y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, seguir ofreciendo oportunidades a través de estos programas y hacerlos más accesibles e inclusivos, en particular mediante la introducción de microsubvenciones y el desarrollo de sinergias entre los programas y actividades de movilidad juvenil nacionales y de la UE.

    8.

    Garantizar que el legado del Año Europeo de la Juventud se incorpore en la revisión de la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027 para apoyar el compromiso de la Unión Europea con los jóvenes europeos.

    9.

    Utilizar los Planes de Trabajo de la UE para la Juventud para abordar los ámbitos de trabajo comunes señalados en las presentes Conclusiones.

    10.

    Proporcionar al Consejo y a sus Estados miembros un seguimiento de la aplicación de las medidas mencionadas en el Informe de la UE sobre la Juventud, tal como se establece en la Estrategia de la UE para la Juventud.


    (1)  Según se prevé en la Decisión (UE) 2021/2316 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 2021, relativa al Año Europeo de la Juventud (2022), DO L 462 de 28.12.2021, p. 1.

    (2)  Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el fomento de la integración de la perspectiva de la juventud en los procesos de toma de decisiones sobre políticas en la Unión Europea (C/2023/1342), en particular los apartados 30 y 32.

    (3)  Estas iniciativas incluyen la Conferencia «Reivindicar el Futuro», celebrada el 6 de diciembre de 2022 como acto de clausura del Año Europeo de la Juventud, el acto político organizado el 26 de abril de 2023 sobre una evaluación o control de la UE desde el punto de vista de los jóvenes y el acto de integración de las políticas de juventud que aborda el legado del Año Europeo de la Juventud, celebrado el 19 de junio de 2023, que tuvieron lugar en Bruselas.

    (4)  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre el Año Europeo de la Juventud 2022, COM(2024) 1.

    (5)   «El aprendizaje mutuo entre los Estados miembros, la Comisión Europea y las partes interesadas pertinentes debe ser una herramienta para el desarrollo de la política de juventud tanto en lo que respecta a los ámbitos centrales como a los intersectoriales. Los grupos de expertos seguirán desarrollando directrices estratégicas y herramientas prácticas e intercambiando buenas prácticas; esta estrategia ofrecerá nuevas herramientas de aprendizaje mutuo, como revisiones por homólogos y asesoramiento entre homólogos, foros de alto nivel, análisis y estudios, en la línea de las prioridades de la Estrategia de la UE para la Juventud en general y dentro de los planes de trabajo trienales. Adoptará un enfoque más sistemático en lo que respecta a la calidad de la información destinada a los jóvenes, su alcance y su difusión, sobre la base de las redes existentes.» Resolución del Consejo de la Unión Europea y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 (2018/C 456/01).

    (6)  Véase el apartado 35 de la Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre los resultados del noveno ciclo del Diálogo de la UE con la Juventud (2023/C 185/04), el apartado 34 de la Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre los resultados del octavo ciclo del Diálogo de la UE con la Juventud (2021/C 504/01) y el apartado 14 de la Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al panorama del proceso de diálogo estructurado que comprende la inclusión social de los jóvenes (2014/C 183/01).


    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3543/oj

    ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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