Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52024BP2304

Resolución (UE) 2024/2304 del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea para el ejercicio 2022

DO L, 2024/2304, 10.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2024/2304/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2024/2304/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/2304

10.10.2024

RESOLUCIÓN (UE) 2024/2304 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 11 de abril de 2024

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea para el ejercicio 2022

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea para el ejercicio 2022,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Vista la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0131/2024),

A.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Laboral Europea (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2022 ascendió a 34 689 842 EUR, lo que representa un aumento del 43,23 % con respecto a 2021; Considerando que la Autoridad obtuvo la autonomía financiera en mayo de 2021 y que el período de puesta en marcha continuará hasta 2024, y que se espera que tanto su personal como su presupuesto aumenten progresivamente a lo largo de este período; que el presupuesto de la Autoridad procede del presupuesto de la Unión;

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio 2022 (en lo sucesivo, «Informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Toma nota de que los esfuerzos de supervisión presupuestaria realizados durante el ejercicio 2022 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria de los créditos de compromiso del ejercicio en curso del 96,52 %, lo que representa un aumento del 0,72 % en comparación con el ejercicio 2021, y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso se situó en el 34,93 %, lo que representa un aumento del 4,56 % respecto a 2021;

2.

Observa con preocupación que el presupuesto de la Autoridad para 2022 fue adoptado por su Consejo de Administración el 17 de diciembre de 2021, pero no se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta el 31 de mayo de 2023; recuerda que esto contraviene el artículo 31 del reglamento financiero de la Autoridad y el principio de transparencia que establece;

3.

Destaca que este es el segundo informe sobre la aprobación de la gestión de la Autoridad; subraya que la Autoridad se encuentra todavía en sus fases iniciales, todavía en proceso de formación; recuerda que la Autoridad inició sus actividades en 2019 y alcanzó la autonomía financiera en 2021; destaca que un mayor desarrollo e integración de los procesos internos son fundamentales en los próximos años hasta que la Autoridad esté completamente operativa en 2024;

4.

Observa que el Tribunal informa de que la Autoridad prorrogó 21 800 000 EUR (el 65 %) de los créditos de compromiso disponibles para 2022 a 2023, incluidos 3 400 000 EUR (o el 79,6 %) de créditos del título II, relacionados con los gastos administrativos (frente al 63,2 % en 2021) y 16 400 000 EUR (o el 90,6 %) de créditos del título III de gastos operativos (frente al 37,7 % en 2021); recuerda que los elevados porcentajes recurrentes de prórrogas contradicen el principio presupuestario de anualidad e indican problemas estructurales en el proceso presupuestario y el ciclo de ejecución; toma nota de la respuesta de la Autoridad sobre este asunto, en la que se destaca que, en virtud del título III, una parte significativa de las prórrogas se debe a la elevada incertidumbre relacionada con el portal EURES, que la planificación presupuestaria debería ser más eficaz tras la adopción de la estrategia 2023-2030 del portal EURES y que, a finales de junio de 2023, más del 80 % de las prórrogas de los títulos I y II ya estaban contratadas;

5.

Hace hincapié en que, tras alcanzar la autonomía financiera en mayo de 2021, la Autoridad ha acumulado importes sustanciales en prórrogas; subraya que la Autoridad, como autoridad que lleva a cabo actividades operativas, depende en gran medida de la implicación de los Estados miembros, y que el grado de su participación influye significativamente en la ejecución y el alcance de estas actividades; subraya que, debido al carácter voluntario de la mayoría de las actividades, no todos los Estados miembros participan en todas las actividades, y algunos solo participan de forma limitada; pide a los Estados miembros que reconozcan los mayores beneficios que aporta la Autoridad y que mejoren la colaboración entre sus autoridades competentes y la Autoridad;

Rendimiento

6.

Observa que, en 2022, la Autoridad presentó por primera vez un programa de trabajo dentro de un marco plurianual (el documento único de programación para el período 2022-2024) y siguió mejorando sus documentos de programación; observa asimismo que la Autoridad fijó los principales ámbitos estratégicos de trabajo y sus objetivos, y desarrolló un nuevo conjunto de indicadores clave de rendimiento relacionados con los ámbitos estratégicos; observa que estos indicadores, incluidos en su documento único de programación para 2023-2025, se utilizarán a partir de 2023;

7.

Acoge con satisfacción los logros de la Autoridad en el cumplimiento de su mandato y de los objetivos del documento único de programación para 2022-2024, especialmente el trabajo para 2022, pese a los desafíos derivados del continuo crecimiento y desarrollo de la organización;

8.

Observa que la Autoridad ha puesto en marcha con éxito el Marco de acción para el transporte por carretera y la campaña #Road2FairTransport relacionada, en cooperación con otras autoridades de los Estados miembros, los interlocutores sociales y las partes interesadas, entre otros; observa además que la Autoridad llevó a cabo treinta y tres inspecciones concertadas y conjuntas con la participación de veinticinco Estados miembros y ayudó en una inspección de demostración en carretera;

9.

Elogia que la Autoridad se haya comprometido a ampliar sus actividades de desarrollo de capacidades, con el lanzamiento del programa IMI-PROVE, y a facilitar las tecnologías digitales y la innovación, con la organización de su Conferencia TECH de 2022; toma nota, además, de la puesta en marcha por la Autoridad de su servicio de mediación, que ha tramitado sus primeros casos;

10.

Valora positivamente la reacción de la Autoridad a la situación de quienes huían de la guerra de agresión rusa contra Ucrania, llevando a cabo actividades de información y ejecución centradas en ayudar a los Estados miembros a proteger a las personas vulnerables frente a los riesgos del trabajo no declarado y la explotación en el lugar de trabajo;

11.

Observa con preocupación las importantes reducciones en los porcentajes de inscripción de empleos y de empleadores en el portal EURES de los servicios europeos de empleo (un 77 % y un 37 % menos, respectivamente) con respecto a 2021, debido a la introducción de los requisitos de inicio de sesión en la UE; pide a la Autoridad que simplifique el proceso en colaboración con la Comisión;

12.

Valora positivamente la ayuda que ofrece la Autoridad a los Estados miembros y a la Comisión para garantizar una aplicación justa y eficaz de las normas de la Unión en materia de movilidad laboral y coordinación de los sistemas de seguridad social, para facilitar una movilidad laboral efectiva en Europa a través de las actividades de la Red Europea de Servicios de Empleo (EURES) y hacer más fácil en la práctica que los ciudadanos y las empresas se aprovechen de los beneficios del mercado interior; acoge con satisfacción, a este respecto, el trabajo de los cuatro grupos de trabajo de la Autoridad sobre información, inspecciones, mediación y Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado;

13.

Observa que uno de los objetivos de la Autoridad es facilitar y mejorar la cooperación entre los Estados miembros en la aplicación en toda la Unión de la legislación pertinente de la Unión, incluida la facilitación de las inspecciones concertadas y conjuntas; espera con interés la próxima evaluación por parte de la Comisión en 2024 del rendimiento de la Autoridad en relación con sus objetivos, su mandato y sus funciones; observa que, sobre la base de esta evaluación, la Comisión puede presentar, en su caso, propuestas legislativas para revisar el ámbito de actuación de la Autoridad;

Eficiencia y ventajas

14.

Observa que, en 2022, la Autoridad ha desarrollado su cooperación con otros organismos y organizaciones de la Unión para evitar solapamientos y promover sinergias; observa asimismo que la Autoridad ha firmado un memorando de entendimiento con la Comisión, la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo y el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional; toma nota de que la Autoridad también ha firmado un marco de cooperación con la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y ha iniciado conversaciones con la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial;

15.

Acoge con satisfacción que la Autoridad promueva un entorno de trabajo moderno, digital y flexible que mejore el bienestar del personal y reduzca su impacto ambiental, mediante la aplicación de normas laborales híbridas, lo que contribuye a reducir las emisiones de CO2; toma nota además de los logros de la Autoridad en lo que respecta a sus instalaciones en Eslovaquia, al haber recibido el certificado dorado de liderazgo en diseño energético y medioambiental, cumpliendo los rigurosos criterios de la Comisión Europea;

16.

Observa que la Autoridad ha seguido aplicando sus funcionalidades del Sistema Avanzado de Registros, el sistema Sysper, la contratación pública electrónica y Speedwell, entre otros, para mejorar la eficiencia de los sistemas y los flujos de trabajo;

17.

Observa que la Autoridad es una de las agencias de la Unión que aún no ha establecido un plan institucional para mejorar la eficiencia energética y la neutralidad climática de sus actividades;

18.

Anima a la Autoridad a que desarrolle una cooperación activa con otras agencias y a que informe periódicamente al Parlamento sobre los progresos realizados;

Política de personal

19.

Constata que, a 31 de diciembre de 2022, se había provisto el 86 % de los puestos de la plantilla de personal, a saber, 49 agentes temporales nombrados del total de 57 agentes temporales autorizados en virtud del presupuesto de la Unión; observa que, además, 13 agentes contractuales y 55 expertos nacionales en comisión de servicios o ENCS (incluidos 27 funcionarios de enlace nacionales) trabajaron para la Autoridad en 2022; observa que la Autoridad logró un importante crecimiento de su plantilla tras intensos esfuerzos de contratación en 2022;

20.

Toma nota de la distribución por género entre los altos cargos y los cuadros medios de la Autoridad, con un 67 % de hombres (4 de cada 6); constata el equilibrio de género en el Consejo de Administración de la Autoridad, con un 59 % de hombres (20 de 34); constata también el equilibrio de género en el conjunto del personal de la Autoridad, con un 63 % de mujeres (41 de 65); recuerda la importancia de garantizar el equilibrio de género y pide a la Autoridad que continúe teniendo en cuenta este aspecto en lo que respecta a las futuras contrataciones de personal y designaciones, especialmente en sus cargos de nivel alto e intermedio; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta la importancia de garantizar el equilibrio de género cuando presenten sus candidatos para la Junta Directiva de la Autoridad; observa con satisfacción que la Autoridad tenía veintisiete nacionalidades, según los puestos de su plantilla de personal (personal estatutario) a finales de 2022;

21.

Observa que la capacidad de la Autoridad creció significativamente en 2022 gracias a su compromiso de atraer talento de alta calidad, con 117 miembros de la plantilla (en 2022); señala, además, que la Autoridad debe proseguir sus grandes esfuerzos en materia de contratación, así como la incorporación de los recién llegados y la respuesta a desafíos como la rotación y la disminución de puestos de trabajo; señala asimismo que la política de contratación de la Autoridad seguirá basándose en los principios de igualdad de trato y de unos procedimientos de contratación abiertos y transparentes, y se publicará y comunicará a todas las partes interesadas;

22.

Observa que, a finales de 2022, la proporción de trabajadores temporales (ENCS e interinos) en la Autoridad era del 58 %; llama la atención respecto de la elevada dependencia de los trabajadores temporales, que da lugar a una elevada rotación regular del personal, lo que conlleva el riesgo de perder experiencia —conocimientos especializados, redes de contacto creadas con las partes interesadas— y podría afectar negativamente a sus capacidades operativas; valora positivamente la petición de la Autoridad de convertir quince puestos de ENCS en puestos de agentes temporales, sin necesidad de aumentar el presupuesto previsto en la ficha financiera plurianual, para garantizar a la Autoridad la estabilidad operativa, la retención de los conocimientos y la aplicación efectiva de sus objetivos;

23.

Toma nota de que la Autoridad contrató a un agente interino y a un becario durante cinco meses (de noviembre de 2022 a marzo de 2023) y les concedió derechos de acceso a ABAC que les permitían introducir datos e iniciar operaciones en apoyo del procedimiento anual de cierre del presupuesto; recuerda que el uso de trabajadores interinos para llevar a cabo las actividades financieras básicas de la Autoridad asociadas a la ejecución del presupuesto contraviene el artículo 41, apartado 1, de sus normas financieras, que establecen que solo se puede delegar la potestad de la ejecución presupuestaria en los miembros del personal; observa que, según la Autoridad, y para garantizar la continuidad operativa en caso de falta de personal estatutario y de carga de trabajo anormal, otorgó excepcionalmente funciones de agente de entrada de datos y agente responsable financiero a agentes interinos o becarios durante un período limitado, tras recibir la formación necesaria y contar con un agente supervisor y verificador para todas las transacciones financieras;

24.

Acoge con satisfacción el hecho de que la Autoridad continuara adoptando y aplicando normas y reglamentos sobre recursos humanos, como la política de protección de la dignidad de la persona y prevención del acoso psicológico y el acoso sexual, las nuevas normas de recursos humanos sobre el tiempo de trabajo y el trabajo híbrido y el marco de desarrollo del aprendizaje que aplica las disposiciones sobre la realización de investigaciones administrativas y las disposiciones disciplinarias;

25.

Observa que la Autoridad ofreció medidas de apoyo a la integración, como actos y actividades sociales y de fomento del espíritu de equipo, paquetes informativos, diversas sesiones de formación y apoyo para el registro del personal y sus familiares ante las autoridades nacionales; observa además que la Autoridad lleva a cabo una encuesta anual para tomar el pulso del bienestar y la satisfacción del personal y recopilar las opiniones de la plantilla; acoge con satisfacción que la Autoridad haya celebrado las primeras elecciones al comité de personal y lo haya creado en 2022;

26.

Toma nota de que la Autoridad se ha comprometido a promover la igualdad y la diversidad en el trabajo y a actuar en favor de ellas, garantizando que sus procedimientos de contratación no discriminen por motivos de género, color y raza, entre otros; observa que esta labor condujo a una mejora de las estadísticas sobre la diversidad del personal con respecto a 2021; observa además que la Autoridad ha desarrollado una serie de medidas para la integración de las personas con discapacidad, garantizando la participación equitativa en las entrevistas y las pruebas;

Contratación pública

27.

Observa que la Autoridad estableció en 2022 su plan de contratación en consonancia con las actividades operativas y sus necesidades corporativas, teniendo en cuenta los aspectos ambientales y sociales en las licitaciones y promoviendo la contratación pública socialmente responsable; observa además que la Autoridad trabajó para mejorar la eficiencia y la aplicación oportuna de su plan de contratación, y tiene la intención de utilizar el módulo de solicitudes de la herramienta de gestión de la contratación pública en la preparación de su plan de contratación para 2023;

28.

Toma nota de que, según el Tribunal, en un procedimiento de contratación para apoyar las actividades de la Autoridad en el ámbito del diseño, la organización y la ejecución de actos de formación, el pliego de condiciones estableció un valor contractual máximo de 6 000 000 EUR durante cuatro años; observa que la Autoridad adjudicó el contrato a un licitador cuya oferta financiera ascendía a 12 900 000 EUR; recuerda que esto contraviene el punto 12.3, letra a), del anexo I del Reglamento Financiero, que establece que las ofertas se considerarán inaceptables «cuando el precio de la oferta exceda del presupuesto máximo del órgano de contratación, determinado y documentado antes del inicio del procedimiento de contratación»; observa asimismo que el Tribunal llegó a la conclusión de que esta contratación y la adjudicación del contrato eran irregulares, aunque no se efectuaron pagos asociados a este contrato en 2022;

29.

Recuerda que el objetivo de las normas de contratación pública es permitir a las entidades contratantes obtener los bienes y servicios que necesitan al mejor precio, garantizando al mismo tiempo una competencia leal entre los licitadores y el respeto de los principios de transparencia, proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación; pide a la Autoridad que siga mejorando sus procedimientos de contratación pública, garantizando el pleno respeto de las normas aplicables para lograr la optimización de recursos públicos;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

30.

Constata las medidas existentes y los esfuerzos en curso de la Autoridad para garantizar la transparencia, la prevención y la gestión de los conflictos de intereses, y toma nota de que las declaraciones de conflictos de intereses de los miembros de su Consejo de Administración están publicadas en su sitio web;

31.

Observa que la Autoridad publica el currículum de su director ejecutivo y está trabajando en 2023 en la publicación de los currículos de los miembros del Consejo de Administración y de los cuadros medios; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las novedades a este respecto;

32.

Es consciente de que, en 2023, la Autoridad adoptó una decisión del director ejecutivo sobre la publicación de información relativa a las reuniones con representantes de intereses y otras personas externas; señala que, con esta decisión, la Autoridad hará pública la información sobre todas las reuniones que celebren el director ejecutivo, el presidente y el vicepresidente del Consejo de Administración cuando actúen en calidad de tales, y los jefes de unidad con representantes de intereses y otras personas externas;

33.

Observa que la Autoridad adoptó en noviembre de 2022 una política sobre conflictos de intereses, que comprende a los miembros y observadores del Consejo de Administración, el grupo de partes interesadas, los grupos de trabajo e instancias de la Autoridad, como la Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado, los expertos externos y los ENCS, incluidos los funcionarios de enlace nacionales; señala asimismo que en 2022 no se notificaron casos de conflictos de intereses ni denuncias;

34.

Observa que la Autoridad cuenta con una lista de verificación de fin de servicio y un formulario de confidencialidad para todo su personal, con referencias a las obligaciones del Estatuto de los funcionarios relativas al fin del servicio;

Control interno

35.

Observa con preocupación que, según el informe del Tribunal, el reglamento interno de la Autoridad exige que los ENCS y los funcionarios de enlace nacionales residan en Bratislava; es consciente de que los ENCS y los funcionarios de enlace perciben dietas diarias y mensuales para cubrir los gastos de manutención en Bratislava y que, para recibirlas, deben declarar formalmente que viven allí y comprometerse a presentar un comprobante de residencia si así se solicita; observa que la Autoridad no pudo demostrar que un funcionario de enlace en particular viviera en Bratislava en respuesta a una solicitud del Tribunal, lo que lleva a la conclusión de que las dietas percibidas por este funcionario, por un total de 83 734 EUR, de los cuales 50 700 EUR se pagaron en 2022, eran irregulares; considera débiles los controles ex ante de la Autoridad sobre estas declaraciones, ya que se basan únicamente en las declaraciones de los ENCS y los funcionarios de enlace, y no en pruebas documentales; lamenta la falta de controles ex post y que esto genere el riesgo de que los importes que la Autoridad abona por estas dietas no sean correctos; toma nota de que, a partir de 2023, la Autoridad ha reforzado la gestión y el control del expediente de los ENCS, especialmente en lo que respecta a los controles ex ante, en los que se solicita a todos los ENCS un comprobante de residencia;

36.

Llama la atención sobre la observación que formula el Tribunal de que la Autoridad no había establecido ni formalizado plenamente controles ex ante, ni establecido controles ex post, en el ámbito de la ejecución de los contratos; observa que, en particular, la Autoridad había autorizado pagos para la traducción, la organización de actos, la formación y la comunicación sin verificar plenamente parámetros clave que determinan los precios que deben pagarse (como la cantidad de servicios prestados, el cumplimiento de los requisitos mínimos de calidad y los precios unitarios aplicados); expresa su profunda preocupación en este sentido y señala que estas deficiencias y la falta de subsanación de las mismas pueden suponer un riesgo para el uso de fondos públicos;

37.

Insta a la Autoridad a que reevalúe y actualice sus procesos internos, los controles ex ante y la metodología ex post, a fin de dar una respuesta creíble a las observaciones del Tribunal e informar a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas a este respecto;

38.

Subraya que, a partir de 2023, se han puesto en marcha iniciativas para mejorar los controles ex ante de la Autoridad, que incluyen la formación especializada del personal sobre procedimientos financieros y controles ex ante;

39.

Observa que el Consejo de Administración de la Autoridad adoptó su marco de control interno en 2020 y que su desarrollo finalizará en 2023, sobre la base de las recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna sobre el marco de control interno;

40.

Observa que la Autoridad lleva a cabo un ejercicio anual de evaluación de riesgos y que en 2022 finalizó y elaboró un proyecto de plan de actuación para reducir sus riesgos; toma nota asimismo de que la Autoridad adoptó y aplicó su estrategia contra el fraude para el período 2021-2023 y de que la aplicación de dicha estrategia es objeto de seguimiento por medio de un plan de acción específico;

41.

Recuerda que la Autoridad aún no ha adoptado su plan de continuidad de las actividades, que está en fase de desarrollo, y que será finalizado a lo largo de 2023;

42.

Es consciente de que la Autoridad se encuentra actualmente en un período de crecimiento; señala que el desarrollo de los indicadores del marco de control interno finalizará sobre la base de las recomendaciones de la auditoría del IAS sobre el marco de control interno, que se realizará en 2023;

Otras observaciones

43.

Observa con preocupación la importante labor que la Autoridad debe realizar, en particular para fortalecer sus mecanismos de control interno; reconoce que a la Autoridad se le han acumulado planes cuya ejecución estaba prevista para 2023, en los que la autoridad de aprobación de la gestión espera que la Autoridad obtenga y comunique resultados concretos para dar una respuesta eficaz a las deficiencias detectadas; entiende, sin embargo, que el trabajo aún está en curso, ya que la Autoridad inició su actividad en 2019;

44.

Observa que la Autoridad ha aplicado medidas importantes para aumentar su ciberseguridad, como el CERT-EU, que abarca el registro, el cifrado de doble clave y la conectividad con los sistemas de la Comisión Europea, entre otros, y para digitalizar sus procedimientos de contratación;

45.

Acoge con satisfacción que la Autoridad haya iniciado un análisis medioambiental y preparado su declaración medioambiental y su plan de acción para la aplicación de la certificación de EMAS, que estará completa en 2023;

46.

Observa que la Autoridad adoptó a principios de 2023 su nueva estrategia de comunicación para 2023-2026, con el objetivo de aumentar su visibilidad, su reputación y el conocimiento de su labor; señala asimismo que la Autoridad organizó, junto con otras agencias y en cooperación con el Parlamento, un acto para estudiar los desafíos y las oportunidades para los jóvenes;

47.

Observa que la Autoridad ha aplicado varias medidas para reducir su impacto ambiental, pero que aún no ha desarrollado una estrategia medioambiental por escrito y que tiene previsto comenzarla en 2023;

48.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 11 de abril de 2024 (2) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)   DO C 119 de 31.3.2023, p. 22.

(2)  Textos Aprobados de esa fecha, P9_TA(2024)0280.


ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2024/2304/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


Top