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Document 52023IP0397

    P9_TA(2023)0397 — Eficacia de las sanciones de la Unión a Rusia — Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de noviembre de 2023, sobre la eficacia de las sanciones de la Unión a Rusia (2023/2905(RSP))

    DO C, C/2024/2838, 8.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2838/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2838/oj

    European flag

    Diario Oficial
    de la Unión Europea

    ES

    Serie C


    C/2024/2838

    8.5.2024

    P9_TA(2023)0397

    Eficacia de las sanciones de la Unión a Rusia

    Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de noviembre de 2023, sobre la eficacia de las sanciones de la Unión a Rusia (2023/2905(RSP))

    (C/2024/2838)

    El Parlamento Europeo,

    Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Rusia y Ucrania, en particular las emitidas desde la escalada de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania en febrero de 2022,

    Vista la Carta de las Naciones Unidas,

    Vistos los once paquetes consecutivos de sanciones contra Rusia adoptados por la Unión desde febrero de 2022,

    Vista la Decisión (UE) 2022/2332 del Consejo, de 28 de noviembre de 2022, relativa a la identificación de la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión como ámbito delictivo que cumple los criterios especificados en el artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (1),

    Visto el informe de su Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior de 7 de julio de 2023 sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se definen las infracciones y sanciones penales por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión,

    Visto el artículo 132, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,

    A.

    Considerando que, desde el 24 de febrero de 2022, cuando Rusia reinició su guerra de agresión no provocada, injustificada e ilegal contra Ucrania, la situación geopolítica en Europa ha cambiado radicalmente; que las fuerzas rusas han llevado a cabo ataques indiscriminados contra zonas residenciales e infraestructuras civiles, matando a miles de civiles ucranianos, deportando y encarcelando a la fuerza e ilegalmente a ciudadanos ucranianos en Rusia y en los territorios de Ucrania ocupados por Rusia, y cometiendo actos de terror en todo el país;

    B.

    Considerando desde la invasión a gran escala de Ucrania por Rusia, en febrero de 2022, la Unión ha impuesto once paquetes de sanciones contra Rusia destinados a debilitar su base económica y por ende a limitar su capacidad para librar la guerra, incluidas medidas restrictivas contra casi 1 800 personas y entidades responsables de la guerra en Ucrania o implicadas en ella, la prohibición de las importaciones de numerosos bienes y servicios —como el petróleo y las materias primas— de Rusia, y la prohibición de exportar a Rusia armamento, equipos militar y productos de doble uso; que las sanciones también incluyen la prohibición de todas las transacciones con el Banco Central de Rusia, la exclusión de los principales bancos rusos del sistema de mensajería financiera SWIFT y la suspensión de la transmisión y distribución de determinados medios de desinformación rusos de propiedad estatal o respaldados por el Estado;

    C.

    Considerando que, además, el Consejo ha impuesto medidas restrictivas en virtud del régimen de sanciones de la Unión de alcance mundial en materia de derechos humanos a varias personas responsables de graves violaciones de los derechos humanos en la Federación de Rusia y en los territorios de Ucrania que Rusia ha ocupado temporalmente; que la Unión también ha adoptado sanciones adicionales a Bielorrusia, en respuesta a su participación en la guerra de agresión contra Ucrania, e Irán, en relación con el uso de drones iraníes en la guerra de Rusia;

    D.

    Considerando que la medición del impacto de las sanciones plantea numerosos retos, incluida la falta de cifras y estadísticas fiables; que el impacto de las sanciones de la Unión no puede separarse fácilmente del impacto de las sanciones estadounidenses y de otro tipo, las contrasanciones rusas o el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania; que la mayoría de los expertos advierten de que, aunque las sanciones están funcionando, su impacto no es lo suficientemente grave como para limitar la capacidad de Rusia de librar la guerra contra Ucrania, por lo que piden medidas adicionales para aumentar el alcance y la ejecución de las sanciones; que, aunque las sanciones de la Unión contra Rusia no tienen precedentes, el impacto en la economía rusa hasta la fecha parece ser menor de lo previsto inicialmente y existen indicios preocupantes de que la eficacia de las sanciones está agotando; que las sanciones contra Rusia han obligado y siguen obligando a sus objetivos a una búsqueda permanente de costosas vías;

    E.

    Considerando que los Estados miembros de la Unión, junto con la Coalición de Límites de Precios, han introducido límites de precios para el petróleo crudo transportado por vía marítima, los aceites de petróleo y los aceites obtenidos a partir de minerales bituminosos originarios de Rusia o exportados desde Rusia; que fijan estos límites de precios en 60 USD por barril para el petróleo crudo, 45 USD por barril para los productos petrolíferos con descuento y 100 USD por barril para los productos petrolíferos premium; que, según diversos estudios, los costes de producción del petróleo crudo ruso por barril ascienden aproximadamente a 15 USD y para el diésel a 20 USD; que, por lo tanto, los actuales límites de precios siguen permitiendo beneficios significativos para el régimen de Putin;

    F.

    Considerando que los ingresos de las exportaciones de petróleo y gas de Rusia disminuyeron un 38 % entre enero de 2022 y enero de 2023; que la cuota de Rusia en la demanda europea de gas pasó del 45 % en 2021 al 23 % en 2022 y a menos del 10 % en enero de 2023; que, según diversas informaciones, el volumen de la producción rusa de gas natural licuado (GNL) ha aumentado hasta niveles récord; que, a pesar de las sanciones de la Unión al carbón ruso, su producción rusa aumentó un 0,3 % respecto a 2021, alcanzando un nivel récord; que desde el inicio de la guerra, Rusia ha obtenido 532000 millones EUR en ingresos procedentes de las exportaciones de combustibles fósiles, de los cuales las compras de los Estados miembros representaron más de 178000 millones EUR; que solo en 2022 los ingresos procedentes de los recursos energéticos rusos ascendieron a 321000 millones USD;

    G.

    Considerando que, desde agosto de 2023, resulta evidente que Rusia está buscando nuevas formas de eludir el límite de precios en las sanciones sobre el petróleo y que los precios del petróleo ruso en los mercados mundiales han empezado a aumentar; que Rusia ha podido reorientar las exportaciones de petróleo crudo de Europa hacia mercados alternativos como la India, China y Turquía; que las importaciones de la Unión procedentes de la India y de otras naciones de productos petrolíferos fabricados con petróleo ruso se han disparado, lo que ha creado una ruta alternativa para el petróleo ruso y socavado el impacto de las sanciones de la Unión; que los buques de la Unión transportaron la mayor parte del petróleo crudo ruso tanto en 2022 como en 2023; que en 2022 la parte de los ingresos procedentes de las exportaciones de recursos energéticos ascendió a un tercio de los ingresos totales del presupuesto de la Federación de Rusia; que las sanciones a la exportación de recursos energéticos rusos están teniendo un fuerte impacto en los ingresos del Estado ruso; que, tras la introducción del límite de precios al petróleo en diciembre de 2022, los ingresos de Rusia procedentes de la exportación de recursos energéticos se han reducido significativamente respecto a los niveles anteriores a la guerra; que los ingresos procedentes del petróleo de Rusia repuntaron en el primer semestre de 2023, alcanzando el nivel más alto desde noviembre de 2022;

    H.

    Considerando que las compras por parte de los Estados miembros de la Unión de GNL ruso o de petróleo de origen ruso procedentes de terceros países no están restringidas y actualmente están muy por encima de los niveles observados antes de febrero de 2022; que Rusia es el segundo mayor proveedor de GNL de la Unión, por detrás únicamente de los Estados Unidos; que el aumento de las importaciones de GNL procedentes de Rusia es contrario al objetivo de la Unión de poner fin a su dependencia de los combustibles fósiles rusos; que Rusia sigue obteniendo alrededor de 690 millones EUR al día gracias a sus exportaciones de combustibles fósiles (datos de agosto de 2023); que la Unión sigue enviando 2000 millones EUR al mes a Rusia por el pago de combustibles fósiles; que, debido a las continuas importaciones de gas vía gasoducto y de GNL, así como a diversas excepciones a la prohibición de importar petróleo crudo y productos petrolíferos, la Unión sigue siendo uno de los principales clientes de Rusia para combustibles fósiles;

    I.

    Considerando que, según datos oficiales rusos, la economía rusa se contrajo supuestamente solo en un 2,1 % en 2022, mucho menos de lo esperado a pesar de su guerra de agresión contra Ucrania y de las sanciones internacionales; que el Fondo Monetario Internacional prevé, sobre la base de las cifras oficiales rusas, que la economía rusa crecerá un 2,2 % en 2023 y un 1,1 % en 2024; que Rusia ha anunciado que en 2024 su presupuesto de defensa aumentará en casi un 70 % y alcanzará los 107000 millones EUR, es decir, el 6 % de su PIB (frente a los 63000 millones EUR, o el 3,9 % de su PIB, en 2023);

    J.

    Considerando que, no obstante, el 1 de noviembre de 2023 el presidente ruso pidió a las autoridades del país que abordaran la cuestión de la elevada inflación, advirtiendo de que la economía rusa se enfrenta a una presión cada vez mayor por las sanciones occidentales; que la inflación sigue siendo elevada y ascendente en Rusia, puesto que la economía se enfrenta a un rublo más débil y al aumento del gasto militar derivado de la ofensiva en Ucrania;

    K.

    Considerando que las importaciones de la Unión procedentes de Rusia han disminuido desde febrero de 2022; que, a pesar de las sanciones, algunos Estados miembros han aumentado en la práctica el comercio con Rusia desde febrero de 2022;

    L.

    Considerando que una serie de empresas de la Unión se benefician de excepciones en virtud del Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo (2) y, por lo tanto, siguen llevando a cabo actividades empresariales con entidades rusas sujetas a sanciones financieras y comerciales; que la competencia de conceder derogaciones corresponde a las autoridades nacionales y que las instituciones de la Unión solo son informadas de las derogaciones concedidas, sin la posibilidad de impugnarlas; que el Parlamento y otras instituciones no tienen acceso a esa información esencial; que esta práctica derogatoria reduce considerablemente el impacto deseado de las sanciones de la Unión, privando así de eficacia y credibilidad a uno de los principales instrumentos de la política exterior de la Unión;

    M.

    Considerando que, en un intento de contrarrestar las sanciones, Rusia ha recurrido a países no sancionadores en busca de tecnología y otros productos; que las relaciones cada vez más estrechas entre Rusia y China, tanto en términos de comercio de energía y de productos de doble uso como de apoyo diplomático y estratégico, han obstaculizado el impacto de las sanciones de la Unión sobre Rusia; que el comercio de Rusia con China alcanzó niveles récord en 2022 y 2023; que China es actualmente alrededor el país de origen de la mitad de las importaciones de Rusia, frente a una cuarta parte antes de la guerra; que el volumen comercial de Rusia con la India y Turquía también ha aumentado significativamente;

    N.

    Considerando que varios análisis del armamento ruso capturado han demostrado que Rusia sigue importando componentes occidentales fundamentales debido a su capacidad para encontrar proveedores y rutas alternativas, y que las importaciones de artículos clave como los semiconductores incluso han aumentado por encima de los niveles previos a las sanciones; que varios países no sancionadores, como China, Turquía, los Emiratos Árabes Unidos, Kazajistán, Kirguistán, algunos países del Cáucaso Meridional y Serbia, se han convertido en centros a través de los cuales las entidades rusas recanalizan los productos que importan de la Unión hacia Rusia o proporcionan rutas alternativas para la importación de productos de doble uso y tecnología y equipos de fabricación extranjera;

    O.

    Considerando que, en diciembre de 2022, la Unión nombró a David O’Sullivan enviado especial internacional para la aplicación de las sanciones de la Unión; que en el último paquete de sanciones, adoptado en junio de 2023, se incluyó una herramienta antielusión específica;

    P.

    Considerando que Rosatom y el sector ruso de la energía nuclear todavía no están incluidos en los paquetes de sanciones; que Rosatom, a través de sus filiales, ha estado proporcionando importaciones críticas de tecnologías y materiales al complejo militar-industrial ruso; que durante el período 2022-2023 los Estados miembros han realizado progresos significativos en la reducción de su dependencia de la industria nuclear rusa;

    Q.

    Considerando que, el 2 de diciembre de 2022, la Comisión presentó una propuesta de Directiva relativa a la definición de las infracciones penales y las sanciones por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión (3), con vistas a facilitar la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de las infracciones de las sanciones de la Unión en todos los Estados miembros;

    R.

    Considerando que la sociedad civil rusa y los líderes de la oposición que viven exiliados en la Unión han sufrido el impacto desproporcionado de algunas de las sanciones en su vida cotidiana en modos que no se corresponden con el objetivo de la política de sanciones de la Unión y que por el contrario perjudican su credibilidad;

    1.

    Reitera su condena más enérgica de la guerra de agresión no provocada, ilegal e injustificada de Rusia contra Ucrania, así como de la implicación del régimen de Lukashenka en Bielorrusia; reitera su petición a Rusia de que detenga de inmediato todas sus actividades militares en Ucrania y retire incondicionalmente todas sus fuerzas, agentes subsidiarios y material militar de todo el territorio de Ucrania reconocido internacionalmente, que ponga fin a sus deportaciones forzosas de civiles ucranianos y que libere a todos los ucranianos detenidos y deportados, y en particular a los menores;

    2.

    Subraya que el objetivo de las sanciones de la Unión en respuesta a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania es debilitar estratégicamente la base económica e industrial rusa, en particular el complejo militar-industrial, con el fin de socavar la capacidad de la Federación de Rusia para seguir librando la guerra, atacando a la población civil y violando la integridad territorial de Ucrania, así como obstaculizar el acceso de Rusia a tecnologías y componentes militares y poner el foco en las élites políticas y económicas rusas para socavar su apoyo al régimen;

    3.

    Recuerda que la eficacia de las sanciones internacionales depende de la firmeza, la cohesión, la cooperación, la honestidad y el respeto de los compromisos de los Estados que las han adoptado; pide a los Estados miembros que identifiquen claramente los activos extranjeros rusos sancionados que se mantienen en sus territorios y que garanticen que se retiren efectivamente del alcance de las entidades rusas; destaca la necesidad de un enfoque más armonizado y de una mayor transparencia en la comunicación ubicación y el volumen de los activos inmovilizados;

    4.

    Subraya que, dado que las sanciones de la Unión a Rusia son un instrumento de política exterior destinado a poner fin a una guerra ilegal, la elusión de las citadas restricciones a la exportación de productos críticos para la guerra en determinados casos graves podría considerarse y enjuiciarse como complicidad en los crímenes de guerra de Rusia;

    5.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que refuercen y centralicen, a escala de la Unión, la supervisión de la aplicación de las sanciones y que desarrollen un mecanismo de prevención y supervisión de la elusión de sanciones para limitar la capacidad de Rusia para eludir las sanciones; pide a las autoridades de los Estados miembros que cooperen más estrechamente en las investigaciones sobre elusión e infracciones de las sanciones y que demuestren las consecuencias de tales violaciones mediante la prevención o el enjuiciamiento dinámicos y enérgicos de las infracciones de las sanciones de la Unión; pide, en este sentido, que las instituciones de la Unión alcancen un acuerdo rápido sobre una ambiciosa Directiva por la que se definen las infracciones y sanciones penales por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión; subraya que las sanciones deben seguir siendo proporcionadas, pero también lo suficientemente elevadas como para tener un efecto disuasorio; pide al Consejo Europeo que adopte una decisión por la que se amplíen las competencias de la Fiscalía Europea para incluir el delito de violación de las medidas restrictivas de la Unión, lo que permitiría una mayor armonización y un enjuiciamiento coherente y uniforme de esos delitos en toda la Unión;

    6.

    Expresa su profunda preocupación por el actual comercio entre los Estados miembros y Rusia de bienes sancionados críticos para la guerra; lamenta la grave falta de cultura de cumplimiento en relación con las sanciones de la Unión a Rusia; condena la práctica en virtud de la cual los productos de la Unión sancionados se venden a empresas o particulares de países no miembros de la Unión y después se envían directamente desde esta a Rusia; pide a la Unión y a sus Estados miembros que establezcan sistemas a través de los cuales pueda compartirse más eficazmente la información sobre las transacciones con el fin de mejorar la aplicación de las sanciones relacionadas con los productos militares y de doble uso; pide a las autoridades de los Estados miembros que faciliten la información y la asistencia necesarias a las empresas para mejorar el cumplimiento de las sanciones de la Unión y que colaboren con las empresas cuyos productos se exportan a Rusia con el fin de minimizar el riesgo de que se infrinjan inconscientemente los controles de las exportaciones; pide a los Estados miembros que investiguen exhaustivamente el cumplimiento por las empresas de las restricciones a la exportación de los productos incluidos en la lista correspondiente y que impongan sanciones disuasorias;

    7.

    Pide a los Estados miembros que amplíen los controles de las exportaciones para abarcar más categorías de productos, de manera que se armonicen los controles de las exportaciones en todos los territorios y se apliquen medidas coherentes para colmar las lagunas; pide a la Unión y a sus Estados miembros que adopten medidas específicas para evitar que los productos tecnológicos avanzados que se exportan a terceros países terminen en Rusia, y que supervisen constantemente la evolución a fin de determinar cómo funcionan los sistemas de elusión de sanciones y adaptar los regímenes de sanciones en consecuencia;

    8.

    Insta a las empresas de la Unión y de los países candidatos y candidatos potenciales a que retiren sus operaciones de Rusia y actúen con especial diligencia a la hora de exportar productos cuya exportación a Rusia está prohibida; hace hincapié en que las empresas de la Unión y sus filiales que vulneren las medidas restrictivas de la Unión deben ser excluidas de toda posibilidad de financiación, inclusive a través de licitaciones y otras formas en el marco del Mecanismo para Ucrania y otros programas de reconstrucción en Ucrania; estima que las empresas que utilizan las derogaciones a la aplicación de las sanciones de la Unión contra Rusia y, como tales, y mantienen actividades empresariales con Rusia, no deben beneficiarse de los fondos de la Unión, ni de asistencia técnica ni de participación en proyectos financiados por la Unión; estima que estas empresas deben ser automáticamente incluidas en el sistema de exclusión y detección precoz y que su situación en la herramienta de evaluación de riesgos Arachne debe actualizarse en consecuencia; considera que el mismo principio debe aplicarse, mutatis mutandis, a la contratación pública, según el cual los departamentos gubernamentales o las autoridades locales no deben estar autorizados a adquirir obras, bienes o servicios a empresas que se aparten de las sanciones de la UE en virtud del Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo;

    9.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que mejoren la comunicación estratégica de la Unión sobre las sanciones de la Unión contra Rusia y luchen contra la desinformación al respecto; pide a la Comisión y a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para informar al público en general sobre las medidas restrictivas de la Unión contra Rusia, en particular sobre su objetivo, y que aprovechen, a este respecto, la experiencia del Enviado de la UE para las Sanciones para convencer a socios, organizaciones y sectores clave internacionales de la necesidad de evitar la elusión de los esfuerzos destinados a reducir los ingresos disponibles para la continuación de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania;

    10.

    Insta a todos los países candidatos y candidatos potenciales a la adhesión a la Unión a que se ajusten estrictamente a las sanciones de la Unión en respuesta a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, como muestra de su preparación para asumir las obligaciones de la adhesión a la Unión;

    11.

    Condena el comportamiento de los Estados, los prestadores de servicios jurídicos y otras entidades y personas que ayudan a Rusia a evitar los efectos de las sanciones de la Unión; recuerda que la violación de las sanciones constituye un delito a escala de la Unión y tiene graves repercusiones en los intereses financieros de la Unión; pide a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión, incluido el Enviado de la UE para las Sanciones, que intensifiquen su labor para limitar la evasión y la elusión de las sanciones de la Unión contra Rusia, que socavan gravemente la eficacia de las sanciones de la Unión y obstaculizan los esfuerzos internacionales para poner fin a la guerra; destaca que los activos decomisados como consecuencia de violaciones de las sanciones deben utilizarse para indemnizar a las víctimas de la agresión rusa, así como para la reconstrucción de infraestructuras y las reformas en el marco del Mecanismo para Ucrania; pide a la Unión y a los Estados miembros que vuelvan a evaluar sus relaciones con los países que no hacen esfuerzos suficientes para limitar la evasión y la elusión de las sanciones de la Unión a Rusia, incluida la ayuda financiera proporcionada a estos países y cualquier acceso preferencial a los mercados de la Unión; manifiesta su preocupación por las informaciones según las cuales Azerbaiyán y otros países blanquean gas ruso; insta a la Unión y a sus Estados miembros a que se sirvan de todos los instrumentos posibles para convencer al Gobierno de Azerbaiyán de que cese la colusión con el régimen ruso;

    12.

    Pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que contribuyan activamente al mantenimiento de la unidad en materia de sanciones y pide, por tanto, que se prevean sistemáticamente períodos de renovación de todos los regímenes de sanciones relacionados con las acciones de Rusia contra Ucrania de no menos de doce meses y que se adopten nuevos paquetes de sanciones destinados a limitar estratégicamente la capacidad de Rusia para financiar su campaña de guerra; apoya al alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad para que siga contribuyendo a la unidad a largo plazo y a una mayor eficacia, haciendo un amplio uso de su derecho a presentar propuestas;

    13.

    Pide a la Comisión que revise su interpretación de las sanciones que dan lugar a la incautación y la confiscación de artículos y vehículos solo para uso personal; destaca que este exceso de cumplimiento desacredita el objetivo y la instrumentalidad de las sanciones;

    14.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que refuercen e incrementen la coordinación en la aplicación de las sanciones vigentes a las exportaciones rusas de petróleo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que cierren plenamente el mercado de la Unión para los combustibles fósiles de origen ruso; pide asimismo que se realicen pruebas armonizadas del origen de las importaciones de combustibles fósiles, GNL y combustibles fósiles refinados para impedir la reexportación de energía rusa a la Unión;

    15.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que colaboren con el G7 para reducir sustancialmente el límite de precios del petróleo y los productos petrolíferos rusos, que impongan una prohibición total a la importación de GNL y de gases licuados del petróleo a la Unión y a la importación de combustibles y otros productos petrolíferos procedentes de terceros países si dichos productos se han producido utilizando petróleo ruso, y que prohíban el envío de exportaciones de GNL y petróleo rusos a través del territorio de la Unión; pide a la Unión que introduzca límites de precios y volúmenes para las importaciones de fertilizantes rusos y bielorrusos en la Unión;

    16.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que impongan sanciones a todas las principales empresas petroleras rusas, Gazprombank, sus filiales y sus consejos de administración y dirección; pide a la Unión y a sus Estados miembros que amplíen a las importaciones de aluminio las sanciones contra Rusia e introduzcan sanciones contra el proyecto de GNL Arctic-2; pide a la Unión y a los Estados miembros que propongan una restricción a los servicios de petroleros y un embargo a la venta de petroleros a Rusia, así como una restricción de los servicios de seguros europeos para los petroleros si estos se utilizan para exportar petróleo ruso; pide a los países de la Coalición de Límites de Precios que prohíban el transbordo de petróleo y GNL rusos a través de sus aguas territoriales y zonas económicas exclusivas; pide a la Unión y a los Estados miembros que refuercen el cumplimiento de la limitación de los precios del petróleo y el cumplimiento de los límites de precios, en particular exigiendo que las certificaciones de precios de los cargamentos rusos de petróleo solo puedan ser expedidas por una lista de comerciantes autorizados y exigiendo a todos los petroleros que transiten por aguas territoriales europeas que verifiquen que disponen de un seguro adecuado de vertido de petróleo («P&I»);

    17.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que amplíen las sanciones para incluir una prohibición total en todos los Estados miembros de la comercialización y el corte de diamantes de origen ruso o reexportados por Rusia; pide a la Unión y a sus Estados miembros que sancionen a la empresa pública Alrosa y que introduzcan en general sistemas de seguimiento del origen de los diamantes basados en las nuevas tecnologías;

    18.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que limiten lo antes posible su cooperación con Rosatom, así como con sus dirigentes y filiales, a lo estrictamente necesario para la seguridad energética de la Unión; pide a la Comisión y a la Agencia de Abastecimiento de Euratom que examinen la cooperación actual con Rosatom y que presten apoyo para sustituir el combustible, las piezas de recambio y los servicios rusos por posibles alternativas, teniendo en cuenta el éxito de la experiencia de Ucrania; pide a la Unión y a sus Estados miembros que impidan la entrada en los puertos de la Unión de los buques de Atomflot, filial de Rosatom, así como que refuercen la presión internacional para poner fin a la ocupación de la central nuclear de Zaporiyia y, de manera más general, garantizar la seguridad de las centrales nucleares afectadas por conflictos; pide a la Unión y a sus Estados miembros que prohíban la importación de productos nucleares rusos;

    19.

    Expresa su preocupación por el hecho de que Rusia puede obtener un número significativo de los componentes informáticos necesarios para producir misiles balísticos y de crucero utilizando su programa espacial (Roscosmos) como medio para adquirir tecnologías con aplicaciones tanto civiles como militares; pide a la Unión y a sus Estados miembros que pongan fin inmediatamente a las entregas de dichos componentes a Rusia y que adopten medidas adicionales que perturben aún más la cadena de suministro militar de Rusia y estén dirigidas contra agentes externos que deseen apoyar el esfuerzo bélico de Rusia, en particular mediante la producción de drones y misiles;

    20.

    Pide a la Unión y a sus Estados miembros que encuentren vías legales que permitan la confiscación de los activos rusos inmovilizados por la Unión y su uso para la reconstrucción de Ucrania, así como la indemnización a las víctimas de la agresión rusa; acoge con satisfacción el anuncio del Gobierno belga sobre la imposición de los ingresos obtenidos de los activos inmovilizados propiedad rusa en poder de Euroclear;

    21.

    Pide que las medidas restrictivas contra Bielorrusia se alineen plenamente con las actualmente vigentes contra Rusia, ya que el régimen de Lukashenka es gravemente cómplice de la guerra de agresión rusa contra Ucrania;

    22.

    Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior que, junto con la Comisión, lleve a cabo una revisión exhaustiva de las sanciones de la Unión en respuesta a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y que presente propuestas sobre cómo seguir mejorando la preparación, el mantenimiento, el seguimiento de la aplicación y el cumplimiento de las sanciones de la Unión, y su coordinación con los aliados transatlánticos, los socios del G7 y el G20, otros socios afines y los miembros de las Naciones Unidas en general; reitera su posición sobre el mantenimiento de una sólida cooperación transatlántica entre la Unión y los EE.UU. en materia de sanciones, colmando cualquier laguna que pueda permitir a Rusia eludir las sanciones y racionalizar los controles de las exportaciones;

    23.

    Pide al Consejo que acelere sus trabajos encaminados a alcanzar un acuerdo para la rápida adopción de la propuesta de Reglamento sobre medidas restrictivas contra los actos graves de corrupción; pide asimismo al Consejo que imponga rápidamente sanciones en virtud de este nuevo régimen a las personas físicas y jurídicas que sean responsables de actos de corrupción en el contexto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y cuyo objetivo sea apoyar al régimen ruso;

    24.

    Pide al Consejo y a la Comisión que aumenten su transparencia y profesionalidad en cuanto a la forma de identificar a las personas que deben ser objeto de sanciones personales o ser liberadas de ellas; reitera que la forma modus operandi está dañando la reputación del régimen de sanciones vigente;

    25.

    Destaca que la limitada eficacia de las sanciones subraya la necesidad de un enfoque más global con respecto a Rusia; pide, por tanto, que las sanciones de la Unión en respuesta a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania se integren en una estrategia política y diplomática global con respecto a Rusia que incluya también el apoyo a la oposición en el exilio, la sociedad civil y los medios de comunicación y periodistas independientes rusos contrarios a la guerra, la coordinación con los socios internacionales para contrarrestar la injerencia de Rusia en los procesos democráticos y los conflictos internacionales y una cooperación multilateral eficaz para contrarrestar la obstrucción o el abuso de las instituciones o mecanismos multilaterales por parte de Rusia; pide a la Comisión y a los Estados miembros que minimicen las consecuencias negativas para la sociedad civil y los representantes de la oposición exiliados rusos y bielorrusos, ya que dichas consecuencias no contribuyen a alcanzar el objetivo declarado de las sanciones, a saber, limitar la capacidad de Rusia para librar su guerra de agresión contra Ucrania;

    26.

    Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al presidente, al Gobierno y a la Rada Suprema de Ucrania, al Consejo de Europa, a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a las autoridades rusas y bielorrusas.


    (1)   DO L 308 de 29.11.2022, p. 18.

    (2)  Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 78 de 17.3.2014, p. 6).

    (3)  Propuesta de la Comisión de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se definen las infracciones y sanciones penales por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión, (COM(2022)0684).


    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2838/oj

    ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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