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Document 52023BP1914

    Resolución (UE) 2023/1914 del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) para el ejercicio 2021

    DO L 242 de 29.9.2023, p. 387–392 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1914/oj

    29.9.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 242/387


    RESOLUCIÓN (UE) 2023/1914 DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 10 de mayo de 2023

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) para el ejercicio 2021

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados para el ejercicio 2021,

    Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0137/2023),

    A.

    Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y de gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2021 ascendió a 60 600 822 EUR, lo que representa un aumento del 7,64 % en comparación con 2020; que la Autoridad se financia mediante una contribución de la Unión (19 172 407 EUR, que representa el 30,59 % del presupuesto total), contribuciones de las autoridades de supervisión de los Estados miembros (23 936 648 EUR, que representa el 38,20 %) y tasas pagadas por las entidades supervisadas (17 087 867 EUR, que representa el 27,27 %);

    B.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio 2021 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

    Gestión presupuestaria y financiera

    1.

    Observa con satisfacción que la labor de supervisión presupuestaria realizada durante el ejercicio 2021 ha dado como resultado un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,94 %, lo que representa un ligero aumento —del 0,92 %— en comparación con el ejercicio 2020; toma nota de que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 89,91 %, lo que representa un incremento del 4,40 % en comparación con el ejercicio anterior;

    2.

    Observa que 2021 fue el primer año completo en que la Autoridad recaudó tasas a las entidades de contrapartida central (ECC) de terceros países y el primer año en que comenzó a recaudar tasas de los registros de titulizaciones, además de las tasas de las agencias de calificación crediticia y los registros de operaciones en virtud de los Reglamentos (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) y (UE) 2015/2365 del Parlamento Europeo y del Consejo (3);

    3.

    Observa con satisfacción que la Autoridad ha mejorado su sistema de gestión de pagos destinado a gestionar mejor los retrasos en los pagos efectuados, por ejemplo, por las agencias de calificación crediticia o los registros de operaciones y los intereses devengados en relación con dichos pagos;

    Rendimiento

    4.

    Observa que la Autoridad utiliza determinadas medidas como indicadores clave de rendimiento para evaluar el valor añadido de sus actividades y otras medidas para mejorar su gestión presupuestaria, como el número de puntos sometidos a un análisis de riesgos, la tasa de anulación de los créditos de pago y tasa de rotación de personal; felicita a la Autoridad por haber completado el 91 % de su programa de trabajo para 2021, de tal manera que se alcanzaron o superaron la mayoría de sus indicadores clave de rendimiento;

    5.

    Felicita a la Autoridad por haber agrupado sus realizaciones y resultados concretos para 2021 en tres categorías de prioridades: i) «prioridad máxima» para 128 realizaciones vinculadas a prioridades estratégicas, ii) «prioridad inferior» para 75 realizaciones no vinculadas a dichas prioridades, y iii) «sin ningún tipo de prioridad» para 29 realizaciones vinculadas a las tareas que deben llevarse a cabo solo si hay tiempo;

    6.

    Observa que, en 2021, las prioridades estratégicas de la Autoridad se centraron en tres temas transversales: la solidez de los mercados de capitales de la Unión, las finanzas sostenibles, y la innovación y digitalización; toma nota, además, de los resultados concretos y logros de la Autoridad en 2021 en ámbitos que no están directamente relacionados con esas prioridades, como, entre otros, el mercado del carbono de la Unión, las actividades de ejecución, los servicios de inversión, la gestión de inversiones o las ECC;

    7.

    Felicita a la Autoridad por sus logros en 2021, como la aplicación de los nuevos mandatos derivados de la revisión de 2019 de las Autoridades Europeas de Supervisión (AES), la preparación para las nuevas responsabilidades de supervisión (supervisión de los registros de titulizaciones, los proveedores de servicios de suministro de datos y los índices de referencia cruciales), la aprobación de la inscripción de los dos primeros registros de titulizaciones en virtud del Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), la preparación para la transferencia a la Autoridad de las responsabilidades de supervisión del Instituto Europeo de Mercados Monetarios y la asunción de la supervisión de los siete administradores de índices de referencia de terceros países reconocidos a escala de la Unión, entre otros;

    8.

    Felicita a la Autoridad, en el contexto de los riesgos derivados de la digitalización de los mercados financieros, por sus esfuerzos en 2021 para proporcionar a las instituciones de la Unión información técnica sobre las propuestas de la Comisión de Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos y de Reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero; acoge con satisfacción la elaboración de la hoja de ruta de la Autoridad en materia de finanzas sostenibles 2022-2024, que servirá de herramienta práctica para garantizar que la Autoridad cumpla de manera coordinada una amplia gama de tareas de financiación sostenible en varios sectores;

    9.

    Acoge la cooperación entre la Autoridad y las otras dos Autoridades Europeas de Supervisión —la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Bancaria Europea— a través del Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión; toma nota con satisfacción de que la Autoridad comparte un contable con la Autoridad Bancaria Europea, y de que la mayoría de los procedimientos de contratación pública que gestiona corresponden a contrataciones públicas conjuntas con otras agencias y la Comisión Europea; toma nota del memorando de entendimiento de 2013 entre la Autoridad y la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía por el que se establece un marco para el intercambio de información cuando las responsabilidades reguladoras de ambas entidades coinciden en relación con los mercados mayoristas de la energía; señala que la situación actual en los mercados de materias primas puede dar lugar a la necesidad de reforzar la cooperación en materia de cuestiones de regulación relativas a los mercados de la energía; anima a la Autoridad a adoptar medidas para facilitar esta cooperación reforzada;

    Política de personal

    10.

    Constata que, a 31 de diciembre de 2021, se había provisto el 85,20 % de los puestos del organigrama, a saber, 213 agentes temporales designados de un total de 250 agentes temporales autorizados en el marco del presupuesto de la Unión (frente a los 226 puestos autorizados en 2020); observa que, además, 85 agentes contractuales y 10 expertos nacionales en comisión de servicio trabajaron para la Autoridad en 2021;

    11.

    Observa que, en 2021, el número de miembros del personal aumentó un 23 % en comparación con 2020, con 58 miembros del personal estatutario adicionales; elogia a la Autoridad por sus esfuerzos por contratar a 102 miembros del personal, para lo que se iniciaron 21 procedimientos de selección (internos y externos), se evaluaron 2 075 currículos y se entrevistó a 175 candidatos en 2021;

    12.

    Toma nota de la distribución por género entre los cinco altos directivos de la Autoridad, de los que cuatro son mujeres (el 80 %); toma nota de la distribución por género en el Consejo de Administración de la Autoridad, tres de cuyos cinco miembros son mujeres (el 60 %); toma nota, asimismo, de la distribución por género en el personal total de la Autoridad, con 162 hombres de 308 trabajadores (el 53 %); recuerda la importancia de garantizar el equilibrio en cuanto al género y la representación geográfica en la dirección y el personal de la Autoridad y pide a esta que tenga en cuenta dicho aspecto en lo que respecta a los futuros nombramientos; subraya la importancia de las capacidades, los conocimientos y la experiencia de los candidatos en la contratación y promoción del personal;

    13.

    Observa que la Autoridad cuenta con una política de protección de la dignidad de la persona y prevención del acoso psicológico y sexual; acoge favorablemente que se refuerce la aplicación de esta política por medio de medidas de comunicación y sesiones de sensibilización; acoge con satisfacción que en 2021 no se hayan notificado, investigado o llevado ante los tribunales casos de acoso; acoge asimismo con satisfacción el plan de la Autoridad de desarrollar una «política de diversidad e inclusión»;

    14.

    Pide a la Autoridad que desarrolle una política de recursos humanos a largo plazo sobre la conciliación entre la vida profesional y la vida privada, la orientación permanente y la provisión de posibilidades de formación específicas para el desarrollo profesional, el equilibrio de género en todos los niveles del personal, el teletrabajo, el derecho a la desconexión, la mejora del equilibrio geográfico para tener una representación adecuada de todos los Estados miembros, y la contratación e integración de personas con discapacidad, así como de garantizar que reciban igualdad de trato y que sus oportunidades se promuevan ampliamente;

    Contratación pública

    15.

    Toma nota de que, en 2021, la Autoridad gestionó quince procedimientos de contratación pública, de los cuales siete se concluyeron por completo; elogia los esfuerzos de la Autoridad por crear sinergias por medio de procedimientos conjuntos de contratación pública con otras agencias de la Unión y la Comisión; anima a la Autoridad a seguir desarrollando sinergias con otros organismos de la Unión;

    16.

    Toma nota con preocupación de la observación formulada en el informe del Tribunal en el sentido de que en 2021 la Autoridad decidió iniciar un procedimiento negociado sin anunciarlo, lo que infringe el punto 3.1 del anexo I del Reglamento Financiero; observa, además, que la justificación de esta decisión no se aprobó en los informes de excepciones registrados de forma centralizada antes de que se tomaran medidas; pide a la Autoridad que garantice en el futuro que todos los casos de desviación de los procesos y procedimientos establecidos se traten de conformidad con los principios de legalidad y regularidad;

    Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

    17.

    Elogia a la Autoridad por las medidas y políticas globales que ha establecido y por la diligencia con la que se aplican para garantizar la transparencia, la ética y la buena conducta administrativa, así como la prevención y la gestión de conflictos de intereses relativos a los miembros del personal de la Autoridad, la Junta de Supervisores, el Consejo de Administración y el Comité de Supervisión de las ECC; toma nota de que, tras una evaluación realizada por el responsable de asuntos éticos de la Autoridad con ocasión de un control ad hoc que se llevó a cabo en el contexto de un procedimiento único vinculado a la creación de tres puestos de jefe de equipo, se propuso una revisión de las directrices sobre las declaraciones de intereses de los miembros del comité de selección con el fin de aumentar la transparencia de dichas declaraciones; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión una vez que dicha revisión se haya concluido y aprobado;

    18.

    Observa que, en 2021, la Autoridad recibió once declaraciones relativas a conflictos de intereses antes de las reuniones de la Junta de Supervisores y dos declaraciones similares antes de las reuniones del Consejo de Administración; observa, además, que en 2021 el equipo responsable de asuntos éticos de la Autoridad verificó, entre otras cosas, 251 declaraciones anuales de miembros del personal (ninguna de los cuales planteó problemas de conflictos de intereses), 16 declaraciones relativas al empleo remunerado de cónyuges para revisión (sin que se detectaran cuestiones que exigieran acciones específicas), y 38 solicitudes de liquidación para tratar los instrumentos financieros (la mayoría de las cuales se aprobaron); observa, además, que el equipo de asuntos éticos evaluó 94 solicitudes de prevención de conflictos de intereses en el contexto de la contratación en 2021, tras lo cual recomendó a la directora ejecutiva de la Autoridad un cambio en la composición de los comités de selección en nueve casos; pide a la Autoridad que mantenga informada a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas al objeto de garantizar que no existan conflictos de intereses;

    19.

    Toma nota de que la Autoridad creó dos comités mixtos, uno para los altos directivos y otro para los miembros del personal, que deben participar en la resolución de los problemas de conflictos de intereses que puedan surgir en el contexto de la actividad futura prevista tras abandonar la Autoridad; observa, además, que en 2021 la Autoridad organizó nueve «reuniones de salida» bilaterales con los miembros del personal que dejaron de trabajar en la Autoridad, con el fin de verificar las declaraciones relativas a las actividades y evaluar si existen conflictos de intereses entre las funciones de los miembros del personal en cuestión en la Autoridad y sus futuras actividades; observa que no se ha planteado ningún problema al respecto;

    20.

    Elogia a la Autoridad por haber emprendido en 2021 varias acciones para sensibilizar sobre las normas relativas a los conflictos de intereses, las normas deontológicas, la investigación relativa a la negociación de instrumentos financieros y las normas posteriores al cese de las funciones y los períodos de incompatibilidad; elogia asimismo a la Autoridad por haber establecido normas internas sobre conflictos de intereses y situaciones de «puertas giratorias» aplicables a los miembros de su Consejo de Administración;

    21.

    Celebra que la Autoridad publique los currículos y las declaraciones de intereses de los miembros del Consejo de Administración y del personal directivo; elogia la transparencia con que la Autoridad informa sobre las reuniones de su personal con partes interesadas externas y las publica en su sitio web;

    22.

    Acoge con satisfacción el compromiso de la Autoridad con las normas éticas más estrictas en relación con la prevención de conflictos de intereses; recuerda, a raíz de las observaciones del Tribunal, la obligación de los miembros del Consejo de Administración de la Autoridad de abstenerse de participar en los debates y las votaciones de las medidas con respecto a las que se encuentren en un situación de conflicto de intereses; subraya que dichos miembros también deben abstenerse de asistir a reuniones en las que tengan lugar tales debates, a fin de preservar la independencia del Consejo de Administración; acoge con satisfacción la respuesta de la Autoridad en el sentido de que ha modificado su política para exigir explícitamente que los miembros que se encuentren en situación conflicto de intereses salgan de la sala;

    23.

    Celebra que, de conformidad con su política ética y de conflicto de intereses, la Autoridad haya recurrido a la prohibición temporal de la negociación de determinados instrumentos financieros por parte de su personal con el fin de evitar cualquier riesgo de uso indebido de información privilegiada; pide a la Autoridad que mantenga informada a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas al objeto de evitar conflictos de intereses;

    24.

    Celebra que la Autoridad y la Autoridad Bancaria Europea publicaran directrices revisadas conjuntas sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración y los titulares de funciones clave en julio de 2021, a raíz de las modificaciones introducidas en las Directivas 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (5) y 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (6), que afectaban a dicha evaluación de idoneidad, en particular en relación con la lucha contra el blanqueo de capitales y los riesgos de financiación del terrorismo, y la promoción de la igualdad de género;

    25.

    Recuerda, a raíz de las conclusiones del Tribunal, que pueden surgir conflictos de intereses en el proceso de evaluación de la presidenta y de la directora ejecutiva de la Autoridad cuando la autoridad nacional competente de un miembro del Consejo de Administración es, por ejemplo, objeto de un procedimiento de infracción del Derecho de la Unión; acoge con satisfacción, por tanto, el compromiso de la Autoridad de introducir una referencia explícita a los conflictos de intereses en su proceso de evaluación;

    26.

    Insiste en la necesidad de establecer reglas sistemáticas en materia de transparencia, incompatibilidades, conflictos de intereses y grupos de presión ilegales; pide a la Autoridad que también establezca medidas internas de lucha contra la corrupción; insta a la Autoridad a que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados a este respecto;

    Control interno

    27.

    Acoge con satisfacción la evaluación anual del sistema de control interno de la Autoridad y la conclusión de que este existe y funciona correctamente; observa que, al igual que en un ejercicio similar de 2020, la Autoridad midió 78 indicadores de control interno, que abarcaban todos los principios de control interno, y detectó 22 deficiencias, la mayoría de las cuales eran menores y ninguna de las cuales cuestionaba la existencia y el correcto funcionamiento de los principios de control interno; señala que las oportunidades de mejora observadas están relacionadas principalmente con los componentes «entorno de control» y «actividades de control»;

    28.

    Toma nota de que el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión llevó a cabo una auditoría sobre la gestión de los recursos humanos y la ética de la Autoridad en 2021 en la que llegó a la conclusión de que los sistemas de gestión y control establecidos por la Autoridad en estos ámbitos están diseñados adecuadamente, se aplican eficazmente y apoyan a la Autoridad en la consecución de sus objetivos operativos; observa, en relación con dicha auditoría, que el SAI formuló cuatro recomendaciones; insta a la Autoridad a que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados a este respecto;

    29.

    Recuerda la importancia de reforzar los sistemas de gestión y de control para garantizar el funcionamiento adecuado de la Autoridad; insiste firmemente en que son necesarios unos sistemas de gestión y de control eficaces para evitar posibles casos de conflicto de intereses, la ausencia de controles ex ante o ex post, la gestión inadecuada de los compromisos presupuestarios y jurídicos, y los fallos en la declaración de incidencias en el registro de excepciones;

    Digitalización y la transición ecológica

    30.

    Observa con satisfacción que, en 2021, la Autoridad migró con éxito su modelo de gestión por actividades de un sistema basado en Excel a un nuevo entorno en la nube, que, según la Autoridad, se espera que mejore sus capacidades de planificación e información, en el contexto de la creciente complejidad de sus modelos de presupuestación y costes;

    31.

    Celebra que la Autoridad tuviera como objetivo reforzar sus defensas en materia de ciberseguridad mediante la revisión de su estrategia de detección de la seguridad con herramientas más sofisticadas y automatizadas, el aumento de las competencias en materia de seguridad entre la unidad de TIC de la Autoridad y la contratación de un nuevo responsable de seguridad de la información y un nuevo responsable de gestión de documentos;

    32.

    Recuerda la importancia de invertir en personal de TIC con contratos a largo plazo para evitar la fuga de cerebros, las ineficiencias y el posible aumento de los riesgos y la debilidad frente a los ciberataques;

    33.

    Anima a la Autoridad a trabajar en estrecha cooperación con la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) y el Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión (CERT-UE) y a que lleve a cabo evaluaciones periódicas de riesgos de su infraestructura informática y garantice unas auditorías y pruebas periódicas de sus ciberdefensas; propone ofrecer programas de formación relacionados con la ciberseguridad actualizados periódicamente a todos los miembros del personal de la Autoridad; pide a la Autoridad que siga desarrollando su política de ciberseguridad e informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados a este respecto;

    34.

    Elogia a la Autoridad por su ambiciosa política medioambiental, que en 2021 dio lugar a mejoras en varios indicadores medioambientales clave, como, entre otros, la reducción de residuos, el reciclado de papel y la disminución de los viajes; observa que las repercusiones o los avances en la consecución de los objetivos de sostenibilidad se miden y supervisan a través de un grupo de control de indicadores clave de rendimiento establecido por la dirección de la Autoridad;

    35.

    Elogia a la Autoridad por los progresos realizados para registrarse en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) para 2022; toma nota del plan de la Autoridad de dejar totalmente de utilizar papel de aquí a 2025;

    Continuidad de la actividad durante la crisis de COVID-19

    36.

    Observa que la Autoridad siguió afrontando con éxito los retos que plantea la pandemia de COVID-19, por ejemplo, adaptando continuamente las instalaciones y sus procesos a las cambiantes medidas de protección adoptadas por el Gobierno francés y la Comisión;

    37.

    Toma nota de que la Autoridad ha seguido funcionando sin problemas en 2021 debido a sus inversiones previas en audioconferencias y videoconferencias y en una herramienta de votación; observa, además, que la Autoridad instaló una nueva herramienta de gestión y reserva de oficinas para garantizar mejor el respeto de las orientaciones en materia de salud pública en la oficina, aumentar la flexibilidad y prepararse para la realidad posterior a la pandemia;

    Otras observaciones

    38.

    Observa que en 2021 la Autoridad detectó riesgos como, entre otros, la limitación de la capacidad para cumplir sus mandatos, la inadecuación de los recursos y la falta de conocimientos especializados para gestionar el amplio programa legislativo (en particular, en relación con la unión de los mercados de capitales y las ECC), las consecuencias de la retirada del Reino Unido de la Unión, posibles nuevos mandatos para la Autoridad en determinados ámbitos (por ejemplo, en relación con los depositarios centrales de valores), mercados financieros más volátiles y una convergencia y supervisión limitadas en materia de supervisión de las ECC de terceros países; pide a la Comisión que tenga en cuenta estas cuestiones y asigne los recursos necesarios para que la Autoridad pueda cumplir mandatos nuevos o ampliados;

    39.

    Observa que las cuestiones derivadas del seguimiento por parte de la Autoridad de las observaciones del Tribunal de ejercicios anteriores, como la financiación cruzada anual de actividades de la Autoridad, la armonización del sistema de cálculo de las tasas y el alcance de la elusión del mecanismo de cobro de tasas, no entran en el ámbito de actuación de la Autoridad; pide a la Comisión que revise los actos delegados y modifique los Reglamentos sobre estas cuestiones, tal como propone la Autoridad;

    40.

    Pide a la Autoridad que se centre en la difusión pública de los resultados de sus operaciones y se dirija al público a través de los medios sociales y otros medios de comunicación;

    41.

    Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 10 de mayo de 2023 (7), sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

    (1)   DO C 141 de 29.3.2022, p. 152.

    (2)  Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (DO L 201 de 27.7.2012, p. 1).

    (3)  Reglamento (UE) 2015/2365 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre transparencia de las operaciones de financiación de valores y de reutilización y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 337 de 23.12.2015, p. 1).

    (4)  Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por el que se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada, y por el que se modifican las Directivas 2009/65/CE, 2009/138/CE y 2011/61/UE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 648/2012 (DO L 347 de 28.12.2017, p. 35).

    (5)  Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338).

    (6)  Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (DO L 173 de 12.6.2014, p. 349).

    (7)  Textos Aprobados, P9_TA(2023)0190.


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