EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52023BP1902

Resolución (UE) 2023/1902 del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) para el ejercicio 2021

DO L 242 de 29.9.2023, p. 352–356 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1902/oj

29.9.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 242/352


RESOLUCIÓN (UE) 2023/1902 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2023

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) para el ejercicio 2021

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Marítima para el ejercicio 2021,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Vista la opinión de la Comisión de Transportes y Turismo,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0113/2023),

A.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y de gastos (1), el presupuesto definitivo de la Agencia Europea de Seguridad Marítima (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2021 ascendió a 105 774 716,82 EUR, lo que representa un aumento del 9,36 % en comparación con 2020; considerando que el presupuesto de la Agencia procede del presupuesto de la Unión y de los ingresos operativos;

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2021 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Toma nota con satisfacción de que los esfuerzos de supervisión presupuestaria realizados durante el ejercicio 2021 dieron lugar a un índice de ejecución presupuestaria de los créditos de compromiso del ejercicio en curso del 99,67 %, lo que representa un ligero incremento del 0,78 % con respecto al ejercicio 2020, y de que el índice de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso se situó en el 97,32 %, lo que representa también un incremento del 1,24 %;

2.

Observa con satisfacción, tras el seguimiento de la aprobación de la gestión de 2020, que las diferentes medidas adoptadas para abordar el problema de la morosidad dieron lugar a un porcentaje muy bajo de retrasos en los pagos, del 0,56 %, en 2021; observa, además, que en 2021 se cumplieron ambos objetivos de ejecución de más del 95 % para los créditos de compromiso y de anulación de menos del 5 % para los créditos de pago;

Rendimiento

3.

Observa que la Agencia utiliza indicadores clave de rendimiento para medir la ejecución de su programa de trabajo anual en los ámbitos clave a los que contribuye (sostenibilidad y asistencia técnica, protección, seguridad, servicios digitales y simplificación y vigilancia), así como sus actividades horizontales; observa que, a pesar de las restricciones persistentes creadas por la pandemia de COVID-19, los objetivos establecidos para 2021 se alcanzaron en general a través de un elevado nivel de ejecución del programa de trabajo anual;

4.

Toma nota de que la Agencia cooperó con la Agencia Europea de Medio Ambiente en un análisis de la dimensión medioambiental del sector del transporte marítimo que dio lugar a la publicación del primer informe medioambiental sobre el transporte marítimo europeo; observa que, dada su proximidad geográfica, la Agencia coopera con el OEDT; toma nota, además, del acuerdo de nivel de servicio con la AECP en relación con el mecanismo de seguridad para la función de contabilidad;

5.

Se congratula del buen funcionamiento del acuerdo de trabajo tripartito entre la Agencia, la Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP) y la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) desde 2017; considera que el acuerdo es un ejemplo de sinergia entre varias agencias de la Unión que debería servir de inspiración para otras agencias en otros ámbitos; pide a la Agencia que prosiga sus esfuerzos en ese sentido y considera adecuado aumentar también la cooperación entre la Agencia, la Agencia Europea de Medio Ambiente y la Agencia Europea de Control de la Pesca con el fin de recoger datos para la investigación científica sobre los ecosistemas marinos;

6.

Celebra que la Agencia siga ejecutando dos proyectos de cooperación en materia de asistencia técnica con terceros países respecto del mar Mediterráneo (SAFEMED IV) y del mar Negro y el mar Caspio (BCSEA); considera que estos proyectos con terceros países constituyen un buen ejemplo de cooperación para mejorar la seguridad marítima, la protección marítima y la conservación del medio marino; pide a la Agencia que prosiga sus esfuerzos en ese sentido y considere la posibilidad de una nueva cooperación similar con terceros países;

7.

Se congratula de que la Agencia siga siendo un socio clave de la Comisión y de los Estados miembros en lo que respecta al desarrollo de normas de seguridad marítima y a la digitalización y la simplificación del transporte marítimo de la Unión; celebra asimismo la asistencia técnica y operativa que presta la Agencia;

8.

Celebra, en especial, el mayor protagonismo de la Agencia en la evaluación, verificación y aplicación de la legislación de la Unión en materia de seguridad marítima, que ha crecido a lo largo de los años, al tiempo que se espera que la demanda de apoyo a la Comisión y al Órgano de Vigilancia de la AELC siga incrementándose, lo que refleja la prioridad cada vez mayor a escala de la Unión;

9.

Subraya el papel de la Agencia en la vigilancia de las aguas europeas en cooperación con los Estados miembros para detectar vertidos ilegales de residuos y posibles vertidos de petróleo; pide a la Agencia que siga reforzando sus capacidades digitales y de vigilancia con vistas a luchar contra la contaminación ilegal del agua; subraya la labor de apoyo que realiza la Agencia en las actividades de búsqueda y salvamento de los Estados miembros;

Política de personal

10.

Constata que, a 31 de diciembre de 2021, se había provisto el 99,06 % de los puestos del organigrama, con 210 funcionarios y agentes temporales designados de un total de 212 autorizados en virtud del presupuesto de la Unión (frente a 212 puestos autorizados en 2020); observa asimismo que en 2021 trabajaron para la Agencia 50 agentes contractuales y 13 expertos nacionales en comisión de servicio;

11.

Observa con satisfacción que se alcanzó el equilibrio de género entre los altos cargos de la Agencia, con un 60 % de mujeres (3 de 5); observa con preocupación la falta de equilibrio de género entre los miembros del Consejo de Administración de la Agencia, con un 72 % de hombres (47 de 65), así como entre el personal de la Agencia en su conjunto, con un 64 % de hombres (172 de 268); toma nota, además, de que en 2021 la Agencia puso en marcha con éxito la iniciativa Speed Network para ofrecer a las mujeres interesadas en un puesto en la Agencia o en una carrera en el sector marítimo en general la oportunidad de mantener una breve conversación informal con mujeres que forman parte del personal; anima a la Comisión y a los Estados miembros a que tengan en cuenta la importancia de garantizar el equilibrio de género cuando presenten sus candidatos para el Consejo de Administración de la Agencia;

12.

Toma nota de que la Agencia cuenta con una política de prevención del acoso psicológico y sexual, que incluye asesores confidenciales para apoyar al personal, así como sesiones periódicas de formación y sensibilización, e información específica en su intranet;

Contratación pública

13.

Toma nota de que en 2021 se iniciaron 51 procedimientos de contratación pública (25 procedimientos abiertos, 3 procedimientos negociados especiales, 4 procedimientos de licitación con negociación y 19 procedimientos negociados de muy escasa y escasa cuantía) y que se firmaron 65 contratos en total;

14.

Toma nota de que, según el informe del Tribunal, la Agencia modificó 14 contratos específicos para la prestación de servicios, por un valor total de 6 800 000 EUR en concepto de modificaciones, lo que supone un aumento del 76 % del valor inicial de los contratos, y que dichas modificaciones no se ajustaban a lo dispuesto en el artículo 172, apartado 3, letra d), del Reglamento Financiero; toma nota, además, de que los importes pagados en 2021 (5 400 000 EUR) fueron consecuencia de la aplicación de los precios unitarios establecidos en los respectivos contratos marco y no superaban el límite máximo del contrato marco original, y de que las modificaciones en cuestión no alteraron el equilibrio económico en favor del contratista y no dieron lugar a una distorsión de la competencia, por lo que los correspondientes pagos no resultaron afectados; toma nota de que, según la respuesta de la Agencia, esta ha adoptado medidas para modificar en consecuencia los futuros pliegos de condiciones y modelos de contrato; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de cualquier cambio que se produzca a este respecto;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

15.

Reconoce que la Agencia utiliza declaraciones de conflictos de intereses para los miembros del Consejo de Administración y los altos cargos; observa, además, que también se firman declaraciones específicas adicionales de conflictos de intereses, como en el caso de los miembros de los comités de contratación de personal; observa, además, que la Agencia dispone de una serie de políticas y procedimientos para detectar y evitar los conflictos de intereses, y que ha aplicado normas internas en materia de denuncia de irregularidades, que incluyen la formación periódica;

16.

Toma nota con satisfacción de que la Agencia elaboró y aplicó, en marzo de 2022, su Reglamento interno relativo al Registro de transparencia de la AESM y participa en el nuevo acuerdo interinstitucional sobre un registro de transparencia obligatorio para los representantes de grupos de interés, firmado por la Comisión, el Consejo y el Parlamento;

17.

Insiste en la necesidad de establecer normas más sistemáticas en materia de transparencia, incompatibilidades, conflictos de intereses y grupos de presión ilegales; insta a la Agencia a que refuerce sus mecanismos de control interno, incluida la creación de un mecanismo interno contra la corrupción;

Control interno

18.

Observa que la auditoría del Servicio de Auditoría Interna (SAI) sobre la gobernanza informática y la gestión de cartera de TI se llevó a cabo a distancia en 2021, y que el SAI llegó a la conclusión de que, debido a la reestructuración de las TIC en un solo departamento, la Agencia ha diseñado y aplicado en general sistemas de gestión y control eficientes y eficaces para sus mecanismos de gobernanza sobre tecnología de la información; observa, además, que el SAI formuló seis recomendaciones para las que la Agencia publicó un plan de acción; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de cualquier cambio que se produzca a este respecto;

19.

Se felicita de que ni el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión ni el Tribunal de Cuentas Europeo publicaran en 2021 ninguna recomendación u observación esencial de auditoría que pudiera dar lugar a una reserva en la declaración anual de fiabilidad; observa que en 2021 hubo una recomendación relacionada con una investigación de la OLAF que está siendo objeto de seguimiento;

20.

Toma nota de la evaluación anual del sistema de control interno llevada a cabo por la Agencia y de su conclusión de que todos los principios de control interno y los cinco componentes de control interno se aplicaron adecuadamente y son eficaces en general, que solo son necesarias pequeñas mejoras y que no se han notificado deficiencias de control significativas;

Digitalización y la transición ecológica

21.

Observa que la Agencia prosiguió las actividades de digitalización en curso para apoyar los objetivos de los certificados electrónicos a fin de facilitar la labor de los Estados miembros en su calidad de Estados de abanderamiento, del puerto y ribereños, y que apoyó a la Comisión en la preparación de la evaluación de impacto en relación con la revisión de la Directiva 2009/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2) sobre el control de los buques por el Estado rector del puerto y la Directiva 2009/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) sobre el cumplimiento de las obligaciones del Estado de abanderamiento, que prevén la inclusión de certificados electrónicos; considera que la Agencia puede desempeñar un papel de coordinación a la hora de garantizar la seguridad en los puertos europeos y puede ayudar a la Comisión en la labor de aplicación efectiva;

22.

Toma nota de la puesta en marcha de la estrategia de computación en la nube de la Agencia, que permite la creación de un panorama tecnológico de vanguardia que acelere los servicios digitales marítimos; celebra el desarrollo del cuadro de situación marítima y la puesta en marcha de la nueva SafeSeaNet;

23.

Alienta los esfuerzos de la Agencia por contribuir a la agenda ecológica europea para el transporte marítimo reforzando la capacidad de la Unión para proteger el medio marino y gestionar el cambio climático, en particular mediante el paso a una movilidad sostenible a la que contribuya el transporte marítimo, como se refleja en la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente adoptada en diciembre de 2020; recuerda, además, el papel que podría desempeñar la Agencia en la mejora de las capacidades de evaluación del riesgo en los ámbitos de la seguridad, incluido el despliegue de una infraestructura para los combustibles alternativos;

24.

Acoge con satisfacción que la Agencia prosiga la ejecución de su estrategia para el período 2020-2024, dado que le permitirá desempeñar sus tareas de vigilancia, seguridad y protección marítimas, contribuyendo al mismo tiempo de manera eficiente a las prioridades digitales y ambientales de la Unión; se felicita, en particular, de la publicación por parte de la Agencia, junto con la Agencia Europea de Medio Ambiente, del primer informe medioambiental sobre el transporte marítimo europeo, que recoge información verificada sobre la huella ambiental de las actividades de transporte marítimo; recuerda, en este sentido, que todas las medidas futuras en materia de clima y medio ambiente deben basarse en una evaluación de impacto exhaustiva y reconoce que es crucial adoptar un enfoque global sobre la reducción de las emisiones marítimas a través de la OMI;

25.

Considera que la Agencia tiene un papel importante que desempeñar a la hora de hacer que las aguas europeas no solo sean más seguras, sino también más sostenibles, y de contribuir a la agenda verde; acoge con satisfacción la adopción de la política medioambiental de la AESM y de los pilares y objetivos estratégicos para los años siguientes mediante el refuerzo de la capacidad de la Unión para proteger el medio marino y gestionar el cambio climático, también mediante la transición hacia una movilidad sostenible; anima a la Agencia a que desarrolle medidas para reducir el uso de plásticos a bordo de los buques;

26.

Subraya el papel de la Agencia en la consecución de la transición hacia combustibles renovables y con bajas emisiones de carbono en el transporte marítimo; elogia a este respecto la contribución de la Agencia a la hora de proporcionar apoyo técnico y datos para iniciativas relacionadas con el Pacto Verde Europeo, incluida la iniciativa «FuelEU Maritime», la iniciativa del Plan de Acción «contaminación cero» y el trabajo en la OMI sobre eficiencia energética e intensidad de carbono; destaca el papel que podría desempeñar la Agencia en la implantación de infraestructuras para los combustibles alternativos y las tecnologías de propulsión eólica, así como las instalaciones de energías renovables en el mar; subraya, por tanto, que pueden introducirse los debidos ajustes en el mandato de la Agencia, posiblemente junto con recursos presupuestarios, a fin de capacitarla para que refuerce su apoyo;

27.

Apoya el uso de nuevas tecnologías (Inteligencia Artificial y Aprendizaje Automático) y la posible evolución futura del prototipo de la herramienta de análisis marítimo (EMAT) de la AESM presentado durante el taller sobre los servicios digitales marítimos de la Agencia, que tuvo lugar el 15 de diciembre de 2021; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión a este respecto;

28.

Observa con satisfacción que, durante el último trimestre de 2021, la Agencia inició un proyecto de aplicación de la norma ISO 27.001 (sobre gestión de la seguridad de la información) en preparación de los futuros reglamentos sobre ciberseguridad y seguridad de la información; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la evolución al respecto;

29.

Anima a la Agencia a trabajar en estrecha cooperación con la ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) y CERT-UE (Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea) y a que lleve a cabo evaluaciones periódicas de riesgos respecto de su infraestructura informática y garantice unas auditorías y pruebas periódicas de sus ciberdefensas; sugiere que se ofrezcan periódicamente programas de formación actualizados relacionados con la ciberseguridad para todo el personal de la Agencia; pide a la Agencia que desarrolle su política de ciberseguridad con mayor rapidez, que la formule antes del 31 de diciembre de 2023 y que informe a la autoridad de aprobación de la gestión;

30.

Toma nota de que, en 2021, la Agencia procedió a aplicar su sistema de gestión medioambiental y preparó y adoptó su primera declaración medioambiental; observa con satisfacción las actividades y proyectos de ecologización de la Agencia en 2021, como garantizar que la energía que utiliza proceda de fuentes verdes renovables al 100 %, la instalación de paneles solares fotovoltaicos, su política de oficinas sin papel y los esfuerzos por minimizar el consumo de agua, entre otros;

31.

Observa que la auditoría interna relativa al registro en el Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) tuvo lugar en junio de 2021 y que la primera parte de la auditoría de certificación externa para el registro en el EMAS se llevó a cabo en noviembre de 2021; observa con satisfacción que la verificación externa concluyó en 2022 y que la Agencia está ahora registrada en el EMAS y ha publicado su declaración medioambiental;

Continuidad de la actividad durante la crisis de la COVID-19

32.

Observa que la pandemia aceleró la integración en la Agencia de una serie de herramientas y métodos para permitirle continuar su labor a distancia, desde la retransmisión en directo hasta la tecnología de realidad virtual y las técnicas de auditoría a distancia; anima a la Agencia a que ponga en práctica las lecciones aprendidas en relación con los métodos de trabajo a distancia e híbridos, con el fin de reconocer mejor las reuniones y tareas que podrían realizarse a distancia de manera más eficiente que en persona en el futuro; observa, además, que el personal que desempeñaba funciones que resultaron directamente afectadas por las restricciones de viaje relacionadas con la COVID-19, como los reembolsos de expertos y misiones, pasó a ejercer temporalmente otras funciones y a cubrir las ausencias del personal; Observa asimismo que se identificaron una serie de nuevos riesgos y oportunidades en relación con esta grave crisis sanitaria, que se incluyeron en los registros de riesgos actualizados;

33.

Toma nota con satisfacción del informe de la Agencia titulado «Impact of COVID-19 on the Maritime Sector in the EU» (Impacto de la COVID-19 en el sector marítimo de la Unión), que ofrece una visión en profundidad del impacto de la pandemia en el transporte marítimo en relación con el tráfico, el comercio, el pabellón de la Unión y la propiedad, la construcción naval, la seguridad y las inspecciones medioambientales, así como segmentos específicos como los cruceros y los buques de pasaje;

Otras observaciones

34.

Reitera su llamamiento a la Agencia para que aumente la disponibilidad de su sitio web en otros idiomas además del inglés; considera que una mayor diversidad lingüística facilitará el acceso a la información a los ciudadanos europeos y, con ello, mejorará su comprensión y conocimiento de la acción de la Unión en materia de seguridad marítima;

35.

Acoge con satisfacción la publicación por parte de la Agencia de su Informe anual sobre accidentes e incidentes marítimos de 2021, que presenta datos estadísticos sobre accidentes e incidentes marítimos para el período 2014-2020;

36.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 10 de mayo de 2023 (4), sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)   DO C 141 de 29.3.2022, p. 72.

(2)  Directiva 2009/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el control de los buques por el Estado rector del puerto (DO L 131 de 28.5.2009, p. 57).

(3)  Directiva 2009/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el cumplimiento de las obligaciones del Estado de abanderamiento (DO L 131 de 28.5.2009, p. 132).

(4)  Textos aprobados, P9_TA(2023)0190.


Top