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Document 52022XC0216(01)

    Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión 2022/C 75/05

    PUB/2021/285

    DO C 75 de 16.2.2022, p. 8–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.2.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 75/8


    Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

    (2022/C 75/05)

    La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

    COMUNICACION DE MODIFICACION NORMAL QUE MODIFICA EL DOCUMENTO UNICO

    «Montsant»

    PDO-ES-A1550-AM04

    Fecha de comunicación: 16 de noviembre de 2021

    DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

    1.   Permitir que la Mistela Negra se pueda elaborar con variedades que no sean tintas

    DESCRIPCIÓN

    Se elimina la obligación de que la Mistela Negra deba elaborarse únicamente con variedades tintas.

    Modifica el punto 2.1.2 del pliego de condiciones y no afecta al documento único.

    Es una modificación normal pues no se encuadraría en ninguno de los tipos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento (UE) 2019/33.

    JUSTIFICACIÓN

    En el pliego de condiciones, en la descripción de la Mistela Blanca, no se indica con que variedades se tiene que elaborar este vino. En cambio, en la Mistela Negra se restringe el uso solo a las variedades tintas. Sin embargo, en la elaboración de ambos vinos de licor se han utilizan tradicionalmente variedades tintas y blanca de forma conjunta.

    2.   Eliminar el límite maximo de grado alcohol adquirido y total en los vinos de licor

    DESCRIPCIÓN

    Se elimina, para los vinos de licor, el límite máximo de grado alcohólico total y adquirido.

    Modifica los puntos 2.1.2 y 2.2 del pliego de condiciones y no afecta al documento único.

    Es una modificación normal pues no se encuadraría en ninguno de los tipos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento (UE) 2019/33.

    JUSTIFICACIÓN

    El grado alcohólico total se calcula teniendo en cuenta los azucares del vino. En los vinos de licor la concentración de azucares, según el pliego de condiciones, puede ser elevada. Para los vinos dulces la concentración de azúcar no debe de ser inferior a 45 g/l, para las mistelas de 100 g/l y para la garnatxa de 50 g/l. Por ello, en los vinos de licor el grado alcohólico total, en muchas ocasiones, supera los 20 % vol.

    En cuanto al grado alcohólico adquirido máximo no se ve necesario tener un límite inferior (20 % vol) al que fija la reglamentación (22 % vol).

    3.   Incorporación de la sinonimia cariñena a la variedad Mazuela

    DESCRIPCIÓN

    A la variedad tinta autorizada Mazuela, se le añada una nueva sinonimia: «Cariñena».

    Modifica el punto 6 del pliego de condiciones y el punto 7 del documento único.

    Es una modificación normal pues no se encuadraría en ninguno de los tipos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento (UE) 2019/33.

    JUSTIFICACIÓN

    Es un sinónimo oficialmente admitido y de uso habitual en la zona.

    4.   Se completa la descripción del vino dulce natural

    DESCRIPCIÓN

    Se especifica que los vinos dulces naturales se obtendrán a partir, en un 85 % como mínimo, de las variedades Garnacha blanca, Macabeo, Monastrell, Moscatel, Garnacha tinta y Garnacha peluda.

    Modifica el punto 2.1.2 del pliego de condiciones y no afecta al documento único.

    Es una modificación normal pues no se encuadraría en ninguno de los tipos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento (UE) 2019/33.

    JUSTIFICACIÓN

    La normativa comunitaria obliga a que estos vinos de licor se elaboren con, al menos, un 85 % de ciertas variedades, recogida en el apéndice 3 del anexo III del REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/934 DE LA COMISIÓN. Dado que no todas las variedades autorizadas en esa DOP están en dicho apéndice, era necesario especificarlas.

    DOCUMENTO ÚNICO

    1.   Nombre(s)

    Montsant

    2.   Tipo de indicación geográfica

    DOP - Denominación de Origen Protegida

    3.   Categorías de productos vitivinícolas

    1.

    Vino

    3.

    Vino de licor

    4.   Descripción del (de los) vino(s)

    1.   Vino blanco

    BREVE DESCRIPCIÓN TEXTUAL

    Límpido, con tonalidades que van del amarillo limón al amarillo paja, con colores que pueden ser intensos y dorados. Aromas elegantes y sutiles a fruta madura, miel, frutas secadas (orejones). Sedosos, muy golosos y gran volumen gustativo. El postgusto es muy largo

    Anhídrido sulfuroso máximo: 200 mg/l si el contenido en azúcar es < 5 g/l y 250 mg/l si es igual o superior a 5 g/l

    En todos los límites no señalados se cumplirá la legislación vigente.

    CARACTERÍSTICAS ANALÍTICAS GENERALES

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.):

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.):

    11,5

    Acidez total mínima:

    3,5 en gramos por litro expresado en ácido tartárico

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro):

    13,33

    Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro):

    2.   Vino rosado

    BREVE DESCRIPCIÓN TEXTUAL

    De color brillante, intenso y nítido. Con aromas afrutados y/o florales, y toques de cereza madura y fresón, con presencia de frutas del bosque. Elegante, golosos y con carácter.

    Anhídrido sulfuroso máximo: 200 mg/l si el contenido en azúcar es < 5 g/l y 250 mg/l es igual o superior a 5 g/l

    En todos los límites no señalados se cumplirá la legislación vigente.

    CARACTERÍSTICAS ANALÍTICAS GENERALES

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.):

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.):

    12

    Acidez total mínima:

    3,5 en gramos por litro expresado en ácido tartárico

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro):

    13,33

    Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro):

    3.   Vino tinto

    BREVE DESCRIPCIÓN TEXTUAL

    Según la edad, presentan colores y reflejos diferentes. Desde los tonos más rojos (cereza) hacia el naranja a medida que envejecen (teja, ámbar). De aromas ligados a las variedades originarias, fruta muy madura, incluso pasas, sensaciones balsámicas y sazonadas.Anchos y redondos, con post-gustos más largos, tanicidad madura y aterciopelados.

    La acidez volátil máxima podrá aumentar 1 mEq/l por cada grado de alcohol que exceda 11 % y año de envejecimiento, hasta un máximo de 20 mEq/l

    Anhídrido sulfuroso máximo: 150 mg/l si el contenido en azúcar es < 5 g/l y 200 mg/l si es igual o superior a 5 g/l

    En todos los límites no señalados se cumplirá la legislación vigente.

    CARACTERÍSTICAS ANALÍTICAS GENERALES

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.):

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.):

    12,5

    Acidez total mínima:

    3,5 en gramos por litro expresado en ácido tartárico

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro):

    13,33

    Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro):

    4.   Vino de licor

    BREVE DESCRIPCIÓN TEXTUAL

    Rancio: obtenido por vía oxidativa en envases de madera y/o por el proceso acelerado de «sol y serena». Limpio, brillante. Olfato complejo, notas de especias, frutos secos, tostados. Seco. Mucho cuerpo.

    Mistela blanca y negra: color de miel intenso a naranja. Aromas dulces, de miel, con toque cítrico. En postgusto se mantiene la fruta y predomina la dulzura.

    Garnacha: encabezado con alcohol vínico. Color naranja con ligera evolución. Complejo, notas cítricas. Grado alcohólico volumétrico adquirido mín 15,5 %.

    Vimblanc: hecho con la variedad Pansal sobremadurada.

    Dulce natural: mostos de alta riqueza en azúcares, superior a 272 gr/l, fermentado parcialmente. Límpido. Tonalidades diferentes. Complejo y equilibrado.

    Anhídrido sulfuroso máximo: 150 mg/l si el contenido en azúcar es < 5 g/l y 200 mg/l si es igual o superior a 5 g/l

    En todos los límites no señalados se cumplirá la legislación vigente.

    CARACTERÍSTICAS ANALÍTICAS GENERALES

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.):

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.):

    15

    Acidez total mínima:

    en miliequivalentes por litro

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro):

    Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro):

    5.   Prácticas vitivinícolas

    5.1.   Prácticas enológicas específicas

    1.   Práctica de cultivo

    El órgano de gestión de la Denominación de Origen podrá prohibir el riego en una parcela concreta si considera que ello perjudica a la calidad o puede causar el incumplimiento de la normativa.

    La vendimia se realizará con la mayor atención, y exclusivamente se dedicará a la elaboración de vinos protegidos la uva con el grado de madurez necesario para la obtención de vinos con una graduación alcohólica volumétrica natural igual o superior al 10 % vol. para los vinos y 12 % para los vinos de licor.

    2.   Restricción pertinente en la vinificación

    Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de la brisa, de manera que su rendimiento no sea superior a 74 litros de vino por cada 100 Kg. de vendimia.

    5.2.   Rendimientos máximos

    1.

    Variedades blancas

    12 000 kilogramos de uvas por hectárea

    2.

     

    88,8 hectolitros por hectárea

    3.

    Variedades tintas

    10 000 kilogramos de uvas por hectárea

    4.

     

    74 hectolitros por hectárea

    6.   Zona geográfica delimitada

    La zona de producción de los vinos amparados por la Denominación de Origen Protegida Montsant está constituida por las parcelas de viña situadas en los términos municipales o áreas geográficas que se indican a continuación, con calidad necesaria para producir vinos de las características específicas de los protegidos por la Denominación de Origen Protegida.

    La totalidad de los términos municipales siguientes:

    La Bisbal de Falset

    Cabacés

    Capçanes

    Cornudella de Montsant

    La Figuera

    Els Guiamets

    Marçà

    Margalef

    El Masroig

    Pradell de la Teixeta

    La Torre de Fontaubella

    Ulldemolins

    Y, en parte, los términos municipales siguientes:

    Falset:

    Los polígonos números 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 23, 26, 27, 28, 29, 30 y 31.

    Polígono 2 parcelas de la 1 a la 37, de la 41 a la 70, de la 72 a la 91, parte sur de la 93 (1,631 ha), 94, 95, parte de la 102 (2,5052 ha), 125, 127, de la 132 a la 135, de la 137 a la 145, 148 y de la 151 a la 153.

    Polígono 3 parte sur de la parcela 47 (2,1549 ha), parcelas 48 y 49, parte sur de la parcela 50 (1,419 ha), parte sur de la parcela 52 (1,7365 ha), parte sur de la parcela 53 (1,2894 ha) y parcela 64.

    Polígono 19 parte sur de la parcela 28 (1,0809 ha), parte sur de la parcela 29 (12, 2046 ha), de la parcela 30 a la 36, de la 38 a la 46 y de la 48 a la 58.

    Polígono 20 parcelas de la 1 a la 17, de la 23 a la 26, parte sur de la 27 (2,45 ha), parte sur de la 28 (1,4096 ha), 29, 30, 32, 33, de la 59 a la 64, parte sur de la 65 (0,5789 ha), 66, 68, 72, 73, 74, 79 y 80.

    Polígono 22 parcelas de la 1 a la 24 y la 41.

    Polígono 24 parcelas de la 1 a la 8, 10, de la 31 a la 35, 37, de la 49 a la 52, 54, 55, de la 57 a la 60.

    El Molar:

    Polígonos 1, 2, 3, del 11 al 16.

    Polígono 4 parcelas de la 1 a la 7, parte oeste de la parcela 8 (0,5515 ha), de la 15 a la 17, 34, 35, 41, 43, 47, 48, 56, 58, 61, 64, 66, 67 y de la 69 a la 71.

    Polígono 8 parcelas de la 3 a la 18, de la 20 a la 28, 199, 200 y 202.

    Polígono 9 parcelas 1, de la 27 a la 32, de la 35 a la 37, de la 47 a la 55.

    Polígono 10 parcelas de la 1 a la 7, de la 9 a la 12, de la 29 a la 34, de la 45 a la 47, de la 66 a la 71 y 73.

    Garcia:

    Polígono 3 parcela 66.

    Polígono 6 parcelas 101, 105, de la 111 a la 113.

    Polígonos 7, 8, 9, 10, 11.

    Polígono 12 parcelas de la 1 a la 13, de la 17 a la 38,, 45, 133 y 134.

    Polígono 13 parcelas de la 70 a la 102, 104, 111, de la 220 a la 226, de la 228 a la 234, 314 y 315.

    Polígono 15 parcela 3.

    Polígono 22 parcela 65.

    Polígono 23 parcelas de la 26 a la 43, de la 60 a la 68, 70, de la 72 a la 78, 80, 81, 83, 84, 86, 87 y 88.

    Mora la Nova:

    Polígono 4 las parcelas 69, 70, 113 y 120;

    Polígono 5;

    Polígono 6 las parcelas de la 3 a la 15, de la 20 a la 27, de la 30 a la 54, la 56, 57, 58, 59 y de la 61 a la 73;

    Polígono 7 parcelas 8, 9, 10, 14, 16, 24, de la 30 a la 46, la 48, 49, 50, 56 y de la 59 a la 66;

    Polígono 8 las parcelas de la 76 a la 89, de la 91 a la 97, la 99, 100, 101, 102, 105 y 106 ;

    Polígono 9 las parcelas de la 38 a la 48, la 50, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 73 y 74;

    Polígono 10 parcela 8

    Polígono 13 y parcela 99

    Tivissa:

    Polígonos 2, 4, del 6 al 12 y del 21 al 23.

    Polígono 17 parcelas de la 238 a la 251, 253 y 254.

    Polígono 24 parcela 29.

    7.   Principales variedades de uva de vinificación

    CABERNET SAUVIGNON

    GARNACHA BLANCA

    GARNACHA TINTA

    MAZUELA - CARIÑENA

    MAZUELA - SAMSÓ

    8.   Descripción del (de los) vínculo(s)

    8.1.   Vino blanco

    Los vinos blancos están elaborados casi exclusivamente con las dos variedades tradicionales de la zona, la Garnacha blanca y la Macabeo. Mientras que Macabeo da vinos más finos, la garnacha blanca, con más cuerpo y estructura, es muy apta para hacer crianzas o fermentar en barricas de roble, a pesar de la tendencia natural a oxidarse. El resto de variedades blancas (Chardonnay, Pansal, Moscatel de grano menudo, Parellada y Picapoll blanco) aportan matices en la mezcla final.

    8.2.   Vino tinto y rosado

    Tanto la variedad Mazuela (Samsó) como la Garnacha tinta se encuentran en toda la DOP. Dan vinos con cuerpo, muy aptos para la crianza, sobre todo si se controla el rendimiento de la cepa y se vinifican adecuadamente. La variedad Ull de llebre predomina en la zona sur, más cálida. El resto de variedades tintas (Cabernet sauvignon, Garnacha peluda, Merlot, Monastrell, Picapoll tinto, Syrah), en muy menor cantidad, se adaptan bien a las diferentes viñas de la DOP, dando productos de calidad, equilibrados, aromáticos y con cuerpo, que aportan el rasgo diferenciador en las diferentes mezclas.

    8.3.   Vinos de licor

    La tradición de elaborar vinos de licor está muy arraigada en todo el norte de la provincia de Tarragona, y la DOP Montsant no es la excepción. Antiguamente, cuando las bodegas eran familiares, era habitual tener una barrica de vino rancio y otra de vino dulce. Actualmente, la elaboración de vinos de licor tradicional está mucho más sistematizada, aunque no por eso ha perdido su pequeño espacio en la totalidad de la producción.

    9.   Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

    Marco jurídico:

    En la legislación nacional

    Tipo de condición complementaria:

    Envasado en la zona geográfica delimitada

    Descripción de la condición:

    Deberá realizarse en las bodegas embotelladoras inscritas. El objetivo es garantizar el origen y la calidad propia de los vinos evitando el transporte a granel fuera de la zona de producción. Si este transporte no se realiza en determinadas condiciones, previa valoración individualizada que habría que hacer de acuerdo con las circunstancias propias de cada caso, puede implicar someter el vino a unas condiciones medioambientales inadecuadas que pueden afectar a sus características sensoriales.

    Marco jurídico:

    En la legislación nacional

    Tipo de condición complementaria:

    Disposiciones adicionales relativas al etiquetado

    Descripción de la condición:

    La altura máxima de los caracteres utilizados para indicar «Montsant» será de 3 a 6 mm y la mitad para «Denominación de Origen».

    Enlace al pliego de condiciones

    http://incavi.gencat.cat/web/.content/03-denominacions-origen/documents/plecs/montsant/fitxers-binaris/DOP-Montsant-Pliego-Maig-20-1.pdf


    (1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.


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