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Document 52022SC0402

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DEL INFORME DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO Evaluación de impacto de la iniciativa para reforzar las normas existentes y ampliar el marco para el intercambio de información en el ámbito de la fiscalidad a fin de incluir los criptoactivos. que acompaña al documento [Mandatory element] [Mandatory element]

SWD/2022/402 final

Bruselas, 8.12.2022

SWD(2022) 402 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN

RESUMEN DEL INFORME DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO

Evaluación de impacto de la iniciativa para reforzar las normas existentes y ampliar el marco para el intercambio de información en el ámbito de la fiscalidad a fin de incluir los criptoactivos.

que acompaña al documento

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{COM(2022) 707 final} - {SEC(2022) 438 final} - {SWD(2022) 400 final} - {SWD(2022) 401 final}


Ficha resumen

Evaluación de impacto de la iniciativa para reforzar las normas existentes y ampliar el marco para el intercambio de información en el ámbito de la fiscalidad a fin de incluir los criptoactivos.

A. Necesidad de actuar

¿Por qué? ¿Cuál es el problema que se afronta?

El principal problema que afronta la iniciativa es que las autoridades tributarias carecen de la información necesaria para controlar los ingresos obtenidos mediante el uso de criptoactivos. La falta de comunicación de datos sobre los ingresos y beneficios obtenidos por los usuarios de criptoactivos limita considerablemente la capacidad de las administraciones tributarias para garantizar el pago efectivo de los impuestos adeudados. Actualmente, los criptoactivos no están dentro del ámbito de aplicación de la Directiva relativa a la cooperación administrativa [Directiva 2011/16/UE del Consejo (DCA)], que prevé el intercambio automático de información entre los Estados miembros a efectos fiscales.

Los productos, servicios y aplicaciones basados en internet, en particular los que aprovechan las redes distribuidas, como los criptoactivos, se negocian fácilmente más allá de las fronteras. Todo ello crea desafíos fiscales relacionados con el acceso a la información que solo pueden resolverse mediante una estrecha cooperación administrativa entre países.

¿Qué se pretende conseguir con esta iniciativa?

Como objetivo general, la propuesta pretende garantizar un funcionamiento justo y eficiente del mercado único mediante un aumento de la transparencia fiscal general. Ello beneficiaría no solo a las autoridades tributarias, sino también a los usuarios y los proveedores de servicios. Esta iniciativa también tiene por objeto salvaguardar los ingresos tributarios de los Estados miembros a través de la ampliación y la clarificación de las obligaciones de comunicación de información relativas a los criptoactivos dentro de la Unión Europea. Más concretamente, la propuesta actual (DCA8) debe reforzar la capacidad de los Estados miembros para detectar y combatir el fraude, la evasión y la elusión fiscales. También debe tener un efecto disuasorio sobre los incumplimientos.

¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE? 

Las actuaciones de los Estados miembros no ofrecen una solución eficiente y eficaz a unos problemas que son esencialmente transnacionales. Parece preferible aplicar un enfoque de la UE para evitar que algunos o todos los Estados miembros apliquen unilateralmente un mosaico de requisitos de notificación. Una actuación a escala de la UE garantiza la coherencia, reduce la carga administrativa para las entidades que comunican la información y las autoridades tributarias, y es más sólida frente a las posibles lagunas debidas a la naturaleza volátil de los activos en cuestión.

B. Soluciones

¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué? 

Se han examinado las siguientes opciones: a) opción no legislativa, no vinculante; y b) seis iniciativas legislativas posibles. Las iniciativas legislativas abarcarían las alternativas siguientes: 1) operación por operación; 2) operación por operación con un umbral para las pymes; 3) comunicación de información totalmente agregada; 4) comunicación de información totalmente agregada con un umbral para las pymes; 5) opción híbrida o intermedia; y 6) opción híbrida o intermedia con un umbral para las pymes. 
La opción preferida es una iniciativa legislativa con cobertura intermedia. Por consiguiente, la opción híbrida o intermedia (opción 5) es la más adecuada para alcanzar los objetivos de la iniciativa. Todos los proveedores de servicios de criptoactivos, independientemente de su tamaño y país de establecimiento, tendrán que notificar las operaciones que realicen con clientes residentes en la UE. Esto creará un nuevo marco para la comunicación y el intercambio de información entre las administraciones tributarias. La iniciativa abarcará los criptoactivos negociables cuando el objetivo sea intercambiar información sobre las operaciones, aunque con un cierto grado de agregación.



¿Quién apoya cada opción? 

Los resultados de la consulta pública y de la consulta específica a los proveedores de servicios de criptoactivos muestran una tendencia favorable a la adopción de una iniciativa legislativa. La mayoría de los Estados miembros también han expresado su apoyo a la opción preferida.

C. Repercusiones de la opción preferida

¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (o, en su defecto, de las opciones principales)?

Se prevé que la iniciativa tenga ventajas económicas directas significativas. Tendrá un impacto positivo en la recaudación de impuestos, con unos ingresos tributarios adicionales estimados de 1 700 millones EUR procedentes de las operaciones con criptoactivos. Tales ingresos podrán ser una fuente de financiación de las políticas económicas y sociales de los Estados miembros. Se prevé que la iniciativa contribuya a aumentar la equidad y la confianza en los sistemas fiscales mediante un reparto equitativo de la carga entre los contribuyentes.

¿Cuáles son los costes de la opción preferida (o, en su defecto, de las opciones principales)? 

La solución informática que facilitaría la notificación y el intercambio de información de la mejor manera posible —con los menores costes y los mayores beneficios para todas las partes implicadas (los proveedores de servicios de criptoactivos, los Estados miembros y la Comisión)—, es el directorio central (ya utilizado para los intercambios realizados en el marco de la DCA3 y la DCA6). Por analogía con anteriores requisitos de notificación, se calcula que los costes en que encurrirían las administraciones tributarias para ocuparse de los criptoactivos oscilarán entre un millón EUR y 12,96 millones EUR en costes puntuales (de desarrollo) y entre un millón EUR y 5,67 millones EUR en costes recurrentes. Se calcula que los proveedores de servicios de criptoactivos deberán asumir unos 259 millones EUR en costes puntuales y entre 22,6 millones EUR y 24 millones EUR en costes recurrentes. La Comisión Europea también deberá asumir costes, que ascenderán previsiblemente a unos 0,48 millones EUR en costes puntuales y 0,21 millones EUR en costes recurrentes. Sin embargo, estas estimaciones se basan en una serie de supuestos y extrapolaciones y deben utilizarse con cautela.

¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas?

Se espera que la iniciativa tenga una incidencia limitada en las pequeñas y medianas empresas. La información que debe comunicarse está en gran medida a disposición de los proveedores de servicios de criptoactivos para sus operaciones diarias. Además, el mercado de criptoactivos se consolida rápidamente, al igual que los proveedores de servicios. Si bien la iniciativa generará costes de cumplimiento, disponer de un conjunto único de normas en toda la UE, en lugar de un posible mosaico de requisitos de notificación en toda la UE, puede beneficiar a las pymes. Asimismo, la iniciativa debe garantizar la igualdad de condiciones para los agentes de todas las categorías, lo cual debe beneficiar a las pymes.

¿Habrá repercusiones significativas en los presupuestos y las administraciones nacionales? 

Los costes que deberán asumir las administraciones nacionales dependen de la solución informática utilizada para el intercambio de información. Los beneficios para los presupuestos nacionales en términos del aumento de los ingresos tributarios superarían significativamente los costes de cualquiera de las opciones examinadas, y se estiman en miles de millones de euros (alrededor de 1 700 millones EUR en el caso de la opción preferida).

¿Habrá otras repercusiones significativas? 

La iniciativa cumplirá las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos y, por consiguiente, no tendrá repercusiones negativas en el derecho fundamental a la protección de los datos personales.

D. Seguimiento

¿Cuándo se revisará la iniciativa?

La iniciativa se supervisará mediante la información recopilada a través de evaluaciones anuales y debates con las administraciones tributarias. De conformidad con las disposiciones generales de la DCA sobre evaluación, se llevará a cabo una evaluación más exhaustiva cuando la Comisión deba presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el funcionamiento de la Directiva sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad directa.

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