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Document 52021AT39563
Opinion of the Advisory Committee on restrictive agreements and dominant positions at its meeting on 15 December 2020 concerning a draft decision relating to case AT.39563 – Retail Food Packaging Rapporteur: Ireland 2021/C 245/10
Dictamendel Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 15 de diciembre de 2020en relación con un proyecto de Decisión relativa al Asunto AT.39563 – Envases de alimentos al por menor Ponente: Irlanda 2021/C 245/10
Dictamendel Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 15 de diciembre de 2020en relación con un proyecto de Decisión relativa al Asunto AT.39563 – Envases de alimentos al por menor Ponente: Irlanda 2021/C 245/10
C/2020/8940
DO C 245 de 24.6.2021, p. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.6.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 245/10 |
Dictamendel Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión de 15 de diciembre de 2020en relación con un proyecto de Decisión relativa al Asunto AT.39563 – Envases de alimentos al por menor
Ponente: Irlanda
(2021/C 245/10)
1.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) coincide con la Comisión en dirigir la Decisión a tres entidades jurídicas del grupo CCPL.
2.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) está de acuerdo en que la Comisión puede volver a imponer multas a CCPL S.c., Coopbox Group S.p.A. y Coopbox Eastern s.r.o. mediante una decisión de conformidad con el artículo7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1/2003.
3.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) coincide con la Comisión sobre la aplicación de las Directrices de 2006 para el cálculo de las multas impuestas con arreglo al artículo 23, apartado 2, letra a), del Reglamento n.o 1/2003.
4.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) está de acuerdo en que el proyecto de Decisión de la Comisión proporciona información suficiente sobre el cálculo de las multas y en que este está suficientemente motivado.
5.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) coincide con la Comisión en los importes definitivos de las multas impuestas a CCPL S.c., Coopbox Group S.p.A. y Coopbox Eastern s.r.o.
6.
El Comité Consultivo (trece Estados miembros) recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Por la presente confirmo que Bélgica, Chequia, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Letonia, Hungría, los Países Bajos, Eslovenia y Suecia participaron en esta reunión del Comité Consultivo por audioconferencia y me pidieron que firmara el dictamen del Comité Consultivo en su nombre.
Dirk VAN ERPS
Presidente de la reunión del Comité Consultivo