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Document 52021AE3547

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros» [COM(2021) 282 final — 2021/0137 (NLE)]

    EESC 2021/03547

    DO C 517 de 22.12.2021, p. 97–102 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.12.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 517/97


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros»

    [COM(2021) 282 final — 2021/0137 (NLE)]

    (2021/C 517/15)

    Ponente:

    Marina Elvira CALDERONE

    Consulta

    Consejo de la Unión Europea, 11.6.2021

    Base jurídica

    Artículo 148, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

    Sección competente

    Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

    Aprobado en la sección

    7.9.2021

    Aprobado en el pleno

    23.9.2021

    Pleno n.o

    563

    Resultado de la votación

    (a favor/en contra/abstenciones)

    185/1/16

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1.

    El CESE acoge con satisfacción la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros. Las orientaciones se presentan como una referencia útil para marcar una dirección a políticas de empleo que puedan apoyar la deseada salida gradual de la situación de crisis pandémica y guiar las distintas formas de apoyo económico hacia un resultado favorable en términos de empleo. Estas orientaciones constituirán igualmente una referencia válida para que las acciones tendentes a la resiliencia y la recuperación sienten las bases para la creación de puestos de trabajo de calidad en una economía sostenible desde el punto de vista medioambiental y social. La coordinación de políticas de empleo eficaces constituye una referencia fundamental para mejorar el nivel de cohesión entre los Estados miembros y reducir las condiciones de desigualdad social y económica.

    1.2.

    Las orientaciones para las políticas de empleo deben tener en cuenta el impacto de la pandemia de COVID-19 en el mercado de trabajo, el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales y las conclusiones de la Cumbre Social de Oporto, en la que se han fijado objetivos sociales ambiciosos en materia de empleo, lucha contra la pobreza y acceso a las competencias. También deberá supervisarse el impacto sobre el empleo de instrumentos de ayuda como el programa SURE y Next Generation EU, basados en emisiones de bonos «comunitarios» como una forma de mutualizar la deuda generada para apoyar también las políticas laborales. Los planes nacionales de recuperación y resiliencia garantizarán además la disponibilidad de recursos para las políticas laborales de los Estados miembros, aunque irán acompañados de condiciones específicas sobre objetivos, ámbitos de actuación y modalidades de gasto, así como de una atención especial a las políticas laborales activas.

    1.3.

    Las políticas europeas deben coordinarse con los objetivos de las orientaciones en materia de empleo para reforzar el mercado laboral, apoyar la productividad y la competitividad de las empresas, así como la economía social de mercado de la Unión Europea, y reforzar las medidas estructurales para la transición desde medidas temporales de protección del empleo a la creación de empleo de calidad. En estos procesos, debe fomentarse el diálogo social, la negociación colectiva y la participación de los interlocutores sociales y de los representantes de la sociedad civil en las decisiones.

    1.4.

    Por lo que se refiere a la orientación n.o 5, «impulsar la demanda de mano de obra», el CESE considera que el proceso de recuperación de la demanda debe ir acompañado de medidas destinadas a mejorar la demanda en sí, que favorezcan el acceso al mercado de trabajo promoviendo la sostenibilidad económica y social de las empresas, la profesionalización de los trabajadores y la adecuación de las condiciones de trabajo. Esto puede lograrse aprovechando plenamente las oportunidades de transformación de los sistemas productivos, adoptando tecnologías digitales y herramientas para la sostenibilidad medioambiental y promoviendo el aprendizaje continuo y permanente. Las medidas de política económica deben coordinarse estrechamente con políticas para impulsar la demanda de mano de obra.

    1.5.

    En cuanto a la orientación n.o 6, cuyo objetivo es «aumentar la oferta de trabajo y mejorar el acceso al empleo, las capacidades y las competencias», el CESE señala que es fundamental la capacidad de planificar en cada Estado miembro una coordinación eficaz entre las medidas de inversión para la formación y el mercado laboral previstas en los planes nacionales de recuperación y resiliencia y en los Fondos Estructurales. La crisis actual ha puesto de manifiesto aún más la necesidad de reconocer y garantizar el derecho a la formación continua y al acceso efectivo a una educación y formación de calidad y a la adecuación de las competencias, así como de reducir la disparidad actual en el recurso al reciclaje profesional, tanto entre las categorías productivas como entre los Estados miembros; el objetivo de acceso a la formación fijado en el Plan de Acción del pilar europeo de derechos sociales medirá la capacidad de los Estados miembros para dotarse de instrumentos nuevos que reduzcan la desigualdad de acceso y respondan a las exigencias del mercado de trabajo sobre las nuevas competencias necesarias.

    1.6.

    Por lo que se refiere a la orientación n.o 7, «mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social», el CESE apoya la creación de una plataforma digital europea para la adecuación entre la oferta y la demanda de empleo, que se convierta en una norma compartida entre los Estados miembros y los servicios de empleo, con el fin de promover políticas activas y la movilidad europea, también mediante el refuerzo de los servicios de empleo públicos y privados. La adopción de medidas firmes de seguridad y prevención de riesgos debe constituir la base para la promoción en cada Estado miembro de una cultura más amplia de prevención, como elemento fundamental para difundir y compartir una «cultura del trabajo» que aproveche el potencial de cada persona, promueva el bienestar y elimine todas las situaciones de peligro y de riesgo en los lugares de trabajo. El diálogo social y la negociación colectiva son un pilar importante de la sostenibilidad y la resiliencia de las economías europeas, pero en algunos Estados miembros aún es necesario un marco reglamentario e institucional a nivel nacional que facilite y respalde los sistemas de relaciones laborales.

    1.7.

    Junto con el refuerzo de las políticas de empleo para el trabajo asalariado, el CESE considera importante reforzar la capacidad de los Estados miembros para promover medidas de apoyo al empleo por cuenta propia, el trabajo autónomo y las profesiones liberales, dirigidas especialmente a los jóvenes.

    1.8.

    La orientación n.o 8 tiene como finalidad «promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza». El CESE apoya esta orientación, ya que resulta esencial elaborar una estrategia de política de empleo que garantice la igualdad de condiciones en el acceso al mercado laboral y en el contexto de las relaciones laborales. La relación entre el bienestar, el mercado laboral, el funcionamiento de la economía y la lucha contra la desigualdad y la pobreza es una orientación fundamental y una directriz para políticas de empleo que establezcan una relación entre el crecimiento económico y el desarrollo social. El CESE insiste asimismo en la importancia de definir políticas de inclusión eficaces, que deben considerarse inversiones cruciales para el propio crecimiento y la adecuación de los sistemas económicos y productivos. También parece esencial introducir mecanismos para evitar el riesgo de «nuevas formas de pobreza» para los trabajadores con bajos ingresos, junto con otras estrategias coherentes de lucha contra la pobreza.

    2.   Contexto general

    2.1.   Introducción

    2.1.1.

    Las directrices para el empleo se adoptaron en 2019, pero en 2020 se adaptaron para incorporar algunos elementos a raíz de la crisis de la COVID-19, la transición ecológica y digital y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El CESE ya presentó un análisis y una evaluación de este asunto en el Dictamen SOC/646 (1), que reiteramos, pero el presente Dictamen pretende incorporar algunas observaciones en vista de la repercusión de la crisis pandémica sobre las condiciones de vida y de trabajo de los ciudadanos europeos y sobre la necesidad de redefinir las prioridades de actuación de los Estados miembros y de las instituciones europeas.

    2.1.2.

    La propuesta de la Comisión prevé que las directrices para el empleo, adjuntas a la Decisión (EU) 2020/1512 del Consejo (2), se mantengan para 2021 y sirvan de referencia para que los Estados miembros elaboren sus políticas de empleo y sus programas nacionales de reforma. El objetivo prioritario sería ahora garantizar el impacto social positivo de las medidas de apoyo a la resiliencia y a la recuperación económica y productiva.

    2.2.

    Las directrices son las siguientes:

    orientación n.o 5: impulsar la demanda de mano de obra;

    orientación n.o 6: aumentar la oferta de trabajo y mejorar el acceso al empleo, las capacidades y las competencias;

    orientación n.o 7: mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social;

    orientación n.o 8: promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza.

    2.3.

    La propuesta subraya que la UE y sus Estados miembros deberían:

    2.3.1.

    luchar contra la exclusión social y la discriminación y fomentar la justicia y la protección sociales, así como la igualdad de género, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño: en la Cumbre Social de Oporto, los Estados miembros se comprometieron a aplicar los ambiciosos objetivos sociales para la definición de políticas nacionales y nuevos instrumentos europeos de apoyo a la transición ecológica y digital y hacia una convergencia económica y social que refuerce la competitividad de la economía social de mercado de la UE;

    2.3.2.

    garantizar que las políticas económicas y de empleo se coordinen para lograr la neutralidad climática en la UE, acompañar la transición de Europa hacia una economía digital y ecológica sostenible, actualizar las competencias y mejorar la competitividad, garantizando unas condiciones de trabajo adecuadas, estimulando la innovación, promoviendo la justicia social y la igualdad de oportunidades y abordando las desigualdades y disparidades regionales. La puesta en común de políticas y la aplicación de estrategias de empleo eficaces y homogéneas es un elemento clave para pasar de la gestión de la emergencia a una fase de recuperación que promueva un desarrollo sostenible desde el punto de vista medioambiental y social y cree nuevos puestos de trabajo y mejores condiciones de empleo;

    2.3.3.

    trabajar juntos para abordar factores estructurales como el cambio climático y los retos medioambientales, la globalización, la digitalización, la inteligencia artificial, el teletrabajo, la economía de plataformas y los cambios demográficos, adaptando los sistemas existentes cuando sea necesario;

    2.3.4.

    adoptar las medidas y políticas necesarias para reforzar el crecimiento sostenible de la economía, el empleo de calidad y la productividad, pero aumentando la cohesión social y territorial, fomentando la convergencia al alza y la resiliencia de las economías y promoviendo la responsabilidad presupuestaria de los Estados miembros;

    2.3.5.

    garantizar que las reformas del mercado de trabajo, incluidos los mecanismos nacionales de fijación de salarios, respeten las prácticas nacionales de diálogo social y de negociación colectiva, con el fin de garantizar unos salarios justos y unas condiciones de vida y de trabajo dignas;

    2.3.6.

    garantizar que el impacto económico, social y en el empleo de la crisis de la COVID-19 se mitigue con políticas e instrumentos eficaces.

    2.4.

    Los Estados miembros y la Unión deben esforzarse por desarrollar una estrategia coordinada para el empleo y, en particular, para promover una mano de obra cualificada, formada y con las competencias adaptadas a los cambios en curso (así como mercados de trabajo orientados al futuro y capaces de responder a las transformaciones económicas). Los Estados miembros deben considerar el fomento del empleo un asunto de interés común y han de coordinar su acción al respecto en el seno del Consejo. El artículo 148 del TFUE prevé que el Consejo adopte orientaciones relativas al empleo que definan el alcance y la dirección de la coordinación de las políticas de los Estados miembros y sirvan de base para las recomendaciones específicas por país en el contexto del Semestre Europeo.

    2.5.

    Es importante subrayar que la presencia de factores de riesgo, como demuestra el impacto de la pandemia de COVID-19 en los sistemas económicos y sociales, implica instrumentos de apoyo, incluidos los financieros, que permitan a los Estados miembros adoptar iniciativas comunes para contrarrestar los efectos de las crisis sobre las condiciones de vida y de trabajo de los ciudadanos europeos.

    2.6.

    El CESE considera que las decisiones tomadas por la Comisión en los últimos meses, que han dado lugar a la adopción de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, son aceptables y van encaminadas a apoyar un modelo de desarrollo justo y sostenible. Asimismo, es importante evitar que, como consecuencia de la crisis provocada por la pandemia, aumente el riesgo de exclusión social o se agrave la situación de desequilibrio territorial, ya deteriorada durante los últimos años también entre las regiones europeas, como muestra desde 2013 el Índice de Competitividad Regional de la Comisión Europea, que mide la capacidad competitiva entre territorios.

    2.7.

    La construcción de un modelo económico y de desarrollo inclusivo requiere complementar las políticas e inversiones destinadas a reforzar las infraestructuras para la productividad, la digitalización y la logística con medidas destinadas a la cohesión territorial, la promoción del capital humano, la formación de la mano de obra y el refuerzo de los instrumentos de apoyo al mercado de trabajo, así como del sistema de servicios sociales y a las personas. Una Europa con diferencias excesivas y un acceso desigual a las oportunidades es más débil y el CESE considera que la cohesión debe seguir siendo el pilar de referencia también para las políticas orientadas al crecimiento.

    2.8.

    La crisis provocada por la pandemia ha agravado algunos problemas estructurales del mercado de trabajo europeo y ha puesto de relieve cuestiones que requieren una política de amplio alcance que pueda abordar tanto la situación de los grupos más vulnerables como la presencia de elementos problemáticos en sectores concretos del mercado laboral. La transición a la que se enfrentan los Estados miembros requiere políticas, acciones y medidas estrechamente compartidas y coordinadas, así como un respaldo continuo del diálogo social.

    2.9.

    Todos los trabajadores deben tener acceso a la protección social, también en el teletrabajo y en las nuevas formas de trabajo, incluido el trabajo en plataformas digitales, reforzando los sistemas de protección social. Se debe fomentar la inclusión de los grupos más vulnerables y la plena participación femenina en el mercado de trabajo, con el fin de evitar cualquier forma de discriminación y eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres.

    3.   Observaciones generales

    3.1.

    En relación con los Dictámenes anteriores sobre las orientaciones para las políticas de empleo, el CESE destaca lo siguiente:

    3.1.1.

    La cuestión de la lucha contra la discriminación coincide con los esfuerzos por mejorar la calidad del trabajo y este esfuerzo implica compartir estrategias entre los Estados miembros para conjugar la productividad y la capacidad competitiva con sistemas que puedan impulsar el capital humano y garantizar las mejores condiciones de trabajo para los trabajadores.

    3.1.2.

    Las situaciones de crisis tienden a aumentar los factores de riesgo social y, en particular, de desigualdad, por lo que las inversiones y las formas de apoyo a la recuperación económica deben articularse en torno a un sólido sistema de inversión en infraestructuras sociales y laborales, capaz de mejorar con políticas y medidas adecuadas las normas de protección social existentes en los Estados miembros.

    3.1.3.

    El proceso de crecimiento de los sistemas económicos y sociales europeos debe prever una acción decidida y compartida para evitar los fenómenos de dumping social entre los Estados miembros, que se basan en una reducción de las formas de protección, garantía y seguridad de los trabajadores, fomentando al mismo tiempo una competencia leal orientada a la innovación y basada en la valorización de la mano de obra y en la sostenibilidad de la producción y los servicios. Son necesarias políticas activas del mercado de trabajo, como incentivos temporales a la contratación de grupos vulnerables, oportunidades de mejora de las capacidades y de reciclaje profesional y apoyo empresarial, también para la economía social.

    3.1.4.

    Para innovar es esencial el impulso de las nuevas generaciones, a las que debe garantizarse el acceso a empleos estables y de calidad, potenciando la movilidad de los trabajadores entre los Estados miembros. El CESE apoya el contenido de la Declaración de Oporto, en la que se afirma que «los jóvenes representan una fuente indispensable de dinamismo, talento y creatividad para Europa». También a estos efectos, el trabajo por cuenta propia, intelectual y profesional constituye una parte importante que debe apoyarse junto con las nuevas actividades empresariales y empresas emergentes innovadoras.

    3.1.5.

    La necesidad de garantizar la calidad social del crecimiento exige que se preste una atención renovada al trabajo no productivo, en particular los servicios a las personas, al territorio y a las formas de organización cooperativa de las actividades económicas y sociales, en un contexto que haga de los vínculos sociales un elemento fundamental para el desarrollo y el crecimiento.

    3.1.6.

    En este sentido, resulta esencial que las orientaciones vayan dirigidas a aplicar el pilar europeo de derechos sociales, que es la referencia para garantizar que las medidas para superar la crisis económica y social tengan un efecto adecuado y positivo en la sociedad, todo ello en un contexto de aumento del riesgo de exclusión causado por la emergencia sanitaria (3). Los tres nuevos objetivos fijados en el Plan de Acción, para la tasa de empleo, para el acceso a la formación y la adecuación de las capacidades y para la lucha contra la pobreza, empezando por la pobreza infantil, exigen a los Estados miembros que definan políticas e instrumentos, como parte del proceso del Semestre Europeo, que establezcan las etapas para alcanzar estos objetivos. Además, el Comité ya ha subrayado la necesidad de definir nuevos indicadores sociales para medir los progresos realizados por los Estados miembros.

    3.1.7.

    La participación activa y estructurada de los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil es esencial para la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia y para la consecución de los objetivos del Plan de Acción. El Comité insiste en la necesidad de establecer procedimientos formales de consulta que faciliten un verdadero intercambio con los Gobiernos y las instituciones nacionales y eliminen los obstáculos existentes para una consulta y una participación eficaces de la sociedad civil; además, deben desarrollarse instrumentos para reforzar la negociación colectiva y fomentar la cobertura contractual.

    3.1.8.

    Resulta a todas luces evidente que la relación entre las políticas sociales, económicas y de empleo está basada en los sistemas de formación y el aprendizaje continuo. Este carácter central y transversal de las competencias también es esencial para la eficacia de las políticas activas y debe constituir un marco para las orientaciones.

    3.1.9.

    La evolución cualitativa de los sistemas de formación se considera un objetivo prioritario, no solo en la promoción de las competencias transversales relacionadas con la digitalización y la sostenibilidad medioambiental, sino también en términos de mejora de las competencias no técnicas y de la capacidad de cooperación entre los trabajadores.

    3.1.10.

    La situación de emergencia ha dado lugar a la activación de formas específicas de apoyo orientadas a gestionar las crisis y mitigar el riesgo de desempleo, entre las que se encuentra el programa SURE. A la luz de la orientación n.o 5, es importante que la Comisión prevea que, durante el proceso de recuperación, se conserven instrumentos de financiación y apoyo para luchar contra la crisis, junto con instrumentos y políticas para la reinserción laboral de los desempleados.

    3.1.11.

    Estas acciones deben permitir dar apoyo financiero para medidas como los regímenes de reducción del tiempo de trabajo, los mecanismos de compensación de ingresos, hasta que se supere la situación actual de crisis causada por la COVID-19.

    3.1.12.

    Teniendo esto en cuenta, en 2021 es fundamental continuar con las políticas puestas en marcha desde 2020, mediante el uso de instrumentos de solidaridad destinados a aliviar las situaciones más problemáticas para el empleo, acompañados de políticas activas del mercado de trabajo.

    3.1.13.

    Por tanto, resulta fundamental favorecer el acceso al crédito, apoyar las inversiones innovadoras y productivas y, en general, crear unas condiciones territoriales, de fiscalidad y de infraestructuras propicias para la innovación y la promoción de iniciativas económicas, en particular para las pymes, las empresas de la economía social, el trabajo por cuenta propia y el empleo profesional, que repercutan en el empleo.

    4.   Observaciones específicas

    4.1.

    El CESE reitera lo expresado en su Dictamen SOC/646, pero desea subrayar algunos aspectos en vista del impacto de la pandemia, que ha puesto de relieve no solo problemas, sino también prioridades de actuación y participación. Habida cuenta de que los desequilibrios han ido creciendo desde hace más de una década y se han visto agravados por la fase de crisis provocada por las consecuencias de la COVID-19, el CESE considera esencial adoptar medidas eficaces para adaptar el crecimiento económico al desarrollo social, mediante medidas de apoyo a la capacidad competitiva que puedan estimular la calidad de los sistemas laborales y las políticas de empleo. En este sentido, las inversiones relacionadas con el plan nacional de recuperación y resiliencia deben efectuarse en los Estados miembros y contrastarse con los objetivos de las orientaciones fijadas para 2021, prestando especial atención al aumento de la oferta y la demanda de mano de obra y a la promoción de las condiciones para la igualdad de oportunidades, el funcionamiento del mercado de trabajo y la inclusión. Es necesario actuar para conseguir una coordinación estrecha y coherente entre las políticas diseñadas para hacer frente a la emergencia, las formas de apoyo puestas en marcha a través del programa SURE, las acciones e inversiones promovidas para la recuperación a través del Plan de Recuperación, y lo que se define y financia a través de la programación de los Fondos Estructurales 2021-2027.

    4.2.

    La recuperación económica prevista para 2021 y posibilitada, en particular, por proyectos de inversión vinculados a los planes nacionales de recuperación y resiliencia puede dar lugar a una recuperación generalizada del empleo si va acompañada de una acción específica de los Estados miembros en el ámbito social y laboral, que responda a los retos que plantean los cambios en curso.

    4.3.

    En este contexto, es importante reiterar los objetivos del pilar europeo de derechos sociales y de la Agenda de Desarrollo Sostenible. Se trata de decisiones que deben incitar a la Comisión y a los Estados miembros a decantarse por soluciones que resultan inaplazables en relación con el modelo de desarrollo que se quiere promover, y que la pandemia ha hecho aún más evidentes y necesarias. En particular, los objetivos establecidos en la Agenda para la sostenibilidad económica, social y medioambiental y la centralidad del bienestar humano apuntan a un camino de gran importancia e inspiran algunas de las opciones fundamentales establecidas tanto en el Plan de Recuperación como en las principales directrices de los Fondos Estructurales Europeos.

    4.4.

    El CESE comparte la opinión de que es necesario impulsar la demanda (orientación n.o 5) y garantizar salarios mínimos adecuados y justos para todos los trabajadores en Europa, con arreglo a la legislación y las prácticas nacionales y ampliando la protección social y el acceso a los sistemas de protección social a todos los trabajadores, también en las nuevas formas de trabajo. Para pasar de la gestión de la crisis a la recuperación, la atención debe centrarse en medidas de bienestar sostenible e incentivos eficaces a la contratación, en particular para las pymes. A este respecto, también deben fomentarse medidas de reciclaje profesional en el contexto de los períodos de trabajo a tiempo parcial debidos a la pandemia. Deben fomentarse el diálogo social y la participación de los interlocutores sociales, a través de un proceso sólido de relaciones laborales que respete su autonomía. La reducción de la presión fiscal sobre el trabajo no debe dar lugar a una reducción de la cobertura social que tendría efectos negativos sobre los sistemas de bienestar y sobre su sostenibilidad; el CESE considera que debe reforzarse la lucha contra la evasión y la elusión fiscales.

    4.5.

    En cuanto a la orientación n.o 6, cuyo objetivo es aumentar la oferta de trabajo y mejorar el acceso al empleo, las capacidades y las competencias, el CESE señala que es fundamental la capacidad de planificar en cada Estado miembro una coordinación eficaz entre las medidas de inversión para la formación y el mercado laboral previstas en los planes nacionales de recuperación y resiliencia (PNR) y en los Fondos Estructurales. En particular, debe llevarse a cabo una coordinación entre el FSE + y las medidas de protección social y del empleo previstas en el programa SURE y otros instrumentos hasta el 31 de diciembre de 2022, con el fin de facilitar la creación de sistemas nacionales eficaces de activación del empleo que permitan la incorporación, la reconversión y la reintegración de los trabajadores. Deberían estudiarse incentivos eficaces a la contratación y medidas de reciclaje profesional para apoyar la creación de empleo durante la recuperación.

    4.6.

    La pandemia, con la extensión del trabajo a distancia, ha puesto aún más de manifiesto la necesidad de establecer normas e instrumentos orientados a establecer una relación virtuosa entre la organización del trabajo, el bienestar empresarial y el uso de las tecnologías digitales. El CESE insiste en la importancia de aprovechar plenamente el potencial que ofrece el teletrabajo como instrumento para mejorar las condiciones de trabajo y el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada, garantizando al mismo tiempo que no se convierta en una fuente potencial de discriminación y malestar (4).

    4.7.

    La crisis actual ha puesto de manifiesto aún más la necesidad de reconocer y garantizar el derecho a la formación continua y al acceso efectivo a una educación y formación de calidad y a la adecuación de las competencias, así como de reducir la disparidad actual en el recurso al reciclaje profesional, tanto entre las categorías productivas como entre los Estados miembros; el objetivo de acceso a la formación fijado en el Plan de Acción del pilar europeo de derechos sociales medirá la capacidad de los Estados miembros para dotarse de instrumentos nuevos que reduzcan la desigualdad de acceso y respondan a las exigencias del mercado de trabajo sobre las nuevas competencias necesarias.

    4.8.

    En cuanto a la orientación n.o 7, que tiene por objeto mejorar el funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social, el CESE señala que los objetivos de apoyar la movilidad y la empleabilidad de los trabajadores podrían alcanzarse mediante la creación de una plataforma digital europea para gestionar la adecuación entre la oferta y la demanda de empleo, a modo de referencia compartida entre los Estados miembros y los servicios de empleo, con el fin de promover políticas activas y la movilidad europea.

    4.9.

    El diálogo social y la negociación colectiva son un pilar importante de la sostenibilidad y la resiliencia de las economías europeas, pero en algunos Estados miembros aún es necesario un marco reglamentario e institucional (5) a nivel nacional que facilite y respalde los sistemas de relaciones laborales; la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia representará un banco de pruebas de la voluntad real de los Estados miembros de integrar y hacer partícipe a la sociedad civil en las decisiones y las actuaciones de desarrollo nacional.

    4.10.

    Por lo que se refiere a la orientación n.o 8 para promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza, el CESE hace hincapié en la importancia que reviste en esta fase la definición de políticas de integración eficaces, que deben considerarse inversiones cruciales para el propio crecimiento de los sistemas económicos y productivos. El CESE también reivindica el papel de la activación del empleo como instrumento para la inclusión y la lucha contra la pobreza, evitando el uso de medidas puramente sociales y promoviendo la inclusión a través de la empleabilidad y la integración laboral. En este sentido, resulta sin embargo esencial introducir mecanismos para evitar el riesgo de «nuevas formas de pobreza» para los trabajadores con bajos ingresos, junto con otras estrategias coherentes de lucha contra la pobreza.

    4.11.

    Por último, compartir normas comunes respecto a las políticas de género, integrar a las personas con discapacidad y las personas que viven en condiciones de fragilidad y establecer sistemas de promoción social que promuevan el envejecimiento activo y el relevo generacional de las competencias son componentes clave de la estrategia para la igualdad de oportunidades.

    4.12.

    La pandemia ha puesto de manifiesto la importancia de invertir en garantizar la salud y la seguridad en el trabajo, así como la urgencia de reforzar las inspecciones de trabajo en los Estados miembros para garantizar los controles destinados a proteger a los trabajadores. Varios países europeos han firmado protocolos con los interlocutores sociales para luchar contra la propagación del virus en el lugar de trabajo, demostrando responsabilidad y capacidad de respuesta ante situaciones de emergencia.

    Bruselas, 23 de septiembre de 2021.

    La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

    Christa SCHWENG


    (1)  DO C 232 de 14.7.2020, p. 18.

    (2)  Decisión (UE) 2020/1512 del Consejo, de 13 de octubre de 2020, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (DO L 344 de 19.10.2020, p. 22).

    (3)  DO C 374 de 16.9.2021, p. 38.

    (4)  DO C 220 de 9.6.2021, p. 13 y DO C 220 de 9.6.2021, p. 1.

    (5)  DO C 10 de 11.1.2021, p. 14.


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