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Document 52020DC0608

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Plan de Acción de la UE sobre el Tráfico de Armas de Fuego 2020-2025

COM/2020/608 final

Bruselas, 24.7.2020

COM(2020) 608 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Plan de Acción de la UE sobre el Tráfico de Armas de Fuego 2020-2025


Plan de Acción de la UE sobre el Tráfico de Armas de Fuego 2020-2025

Contenido

1.Introduction

2.The issue

3.EU initiatives

4.A new EU action plan 2020-2025

4.1.Establishing indicators and reporting

4.2.Overarching priorities

4.2.1.Priority 1: Safeguarding the licit market and limiting diversion

4.2.2.Priority 2: Building a better intelligence picture

4.2.3.Priority 3: Increasing pressure on criminal markets

4.2.4.Priority 4: Stepping up international cooperation

5.Specific actions for south-east Europe and its cooperation with the EU

5.1.Tailoring activities to the region

5.2.A modernised governance to ensure efficient delivery

5.2.1.Meeting funding needs to address challenges

5.2.2.A holistic steering to implement the south-east Europe activities

6.Conclusions



1.Introducción

A principios de julio de 2020, Europol, Francia y los Países Bajos anunciaron las conclusiones de una investigación transfronteriza conjunta de gran magnitud contra una importante red delictiva, que llevó a la incautación de docenas de armas de fuego automáticas en el territorio neerlandés. Durante unos disturbios producidos en Dijon (Francia) a finales de junio, un grupo de jóvenes se filmaron orgullosos luciendo armas de asalto y pistolas. Al mismo tiempo, una operación policial en España desmanteló una amplia red de tráfico de armas de fuego, incautando 730 armas y provocando la detención de 21 personas en todo el país. Todos estos son ejemplos de lo real que resulta la amenaza del tráfico de armas ilícitas. El foco se está colocando cada vez más sobre los activistas de extrema derecha, por la acumulación de armas que están llevando a cabo. Todo ello muestra cómo las armas de fuego pueden aumentar el peligro que supone la delincuencia grave y organizada, incluido el terrorismo. Se estima que, en 2017, los civiles poseían 35 millones de armas de fuego ilícitas en la UE (el 56 % del total estimado de armas de fuego) 1 . De acuerdo con esas estimaciones, las armas de fuego ilícitas superarían en número a las armas de fuego de posesión legal en doce Estados miembros de la UE 2 .

Como espacio sin fronteras interiores, la UE ha desempeñado un papel activo contra esta amenaza. Ha reforzado significativamente la legislación sobre armas de fuego para evitar que las armas caigan en manos equivocadas 3 . Las organizaciones delictivas activas en la UE obtienen armas de fuego fundamentalmente por medio de la transformación ilícita de armas no letales y del tráfico, que puede producirse a través de traslados ilícitos entre Estados miembros de la UE o bien a través del contrabando desde fuera de la Unión Europea (fundamentalmente desde Europa Sudoriental) 4 . En los últimos años, la UE ha prestado apoyo al desarrollo de una sólida cooperación policial en este ámbito.

Aún persisten muchos desafíos, y es necesaria una nueva serie de medidas para hacerles frente, como se señaló, en particular, en la evaluación llevada a cabo por la Comisión del plan de acción sobre el tráfico de armas de fuego entre la UE y la región de Europa Sudoriental para los años 2015-2019 5 . La Unión Europea, así como sus socios, en particular en Europa Sudoriental, deben estar a la altura de esos desafíos y considerar el tráfico de armas de fuego una prioridad de seguridad transversal desde el punto de vista temático. Dada la naturaleza global y multidisciplinar de la amenaza, solo un plan de acción unificado puede establecer un marco coherente de cooperación que intensifique la cooperación internacional de acuerdo con las necesidades, los requisitos y los indicadores de rendimiento específicos.

Por tanto, la Comisión propone un plan de acción único tanto para la UE como para los socios de Europa Sudoriental (Balcanes Occidentales, Moldavia y Ucrania), articulado en torno a cuatro prioridades específicas, para abordar los resquicios legales restantes y las incoherencias en los controles de las armas de fuego que obstaculizan la cooperación policial. El plan de acción definirá las actividades para un entendimiento común y una vía de avance compartida para abordar la amenaza de las armas de fuego ilícitas.

2.El problema

En 2019, Europol señaló que las conclusiones de su Evaluación de la amenaza de la delincuencia grave y organizada (SOCTA) de 2017 seguían siendo válidas y que la proliferación y la disponibilidad de armas de fuego ilícitas en los Estados miembros de la UE aumenta el riesgo de su uso en ataques terroristas y actividades de delincuencia organizada. No obstante, afirmaba que «las modificaciones en el modus operandi, las rutas y las zonas geográficas afectadas por algunas actividades delictivas pueden ser indicadores de una evolución a más largo plazo y de cambios que afecten a la delincuencia». El tráfico, la distribución y el uso ilícitos de armas de fuego «siguen representando una importante amenaza». En particular, la «venta de armas de fuego desactivadas, reactivadas y transformadas se ha incrementado» 6 . Las armas de fuego ilícitas son más fácilmente accesibles en línea (en particular en la web oscura) y su comercio se lleva a cabo cada vez en mayor medida por delincuentes individuales, además de por grupos de delincuencia organizada. Las armas de fuego ilícitas son fundamentalmente pistolas y fusiles (que representan el 34 % y el 27 % de las incautaciones, respectivamente).

Un estudio reciente 7 recopiló 23 incidentes de tiroteos masivos ocurridos en espacios públicos o semipúblicos de Europa entre 2009 y 2018, en los que murieron 341 personas. En 2015, Europol había registrado 57 incidentes terroristas en los que se usó algún arma de fuego 8 . En 2017, se usaron armas de fuego en el 41 % de todos los ataques terroristas, lo que supone un aumento reducido con respecto a 2016 (38 %) 9 . Los asuntos examinados recientemente por Eurojust confirman que en varias ocasiones se han utilizado armas de fuego ilícitas en ataques terroristas y que las redes de tráfico han interactuado con terroristas individuales u organizaciones terroristas. La coordinación de las investigaciones transfronterizas por parte de Eurojust llevó a la incautación de armas de fuego en varios casos.

Esas tendencias se confirman, en general, en los datos más recientes recabados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) 10 : en el período 2016-2017 en la UE, las escopetas supusieron de media el 30 % de las incautaciones, seguidas por las pistolas (22 %), los fusiles (15 %) y los revólveres (8 %), mientras que la mayor parte del resto (2 %) lo representaban los subfusiles y las ametralladoras. Dentro de Europa en su conjunto, las incautaciones se distribuyeron de manera más uniforme entre las pistolas (35 %), los fusiles (27 %) y las escopetas (22 %). Europa se considera uno de los puntos de salida principales de los flujos ilícitos, pero estos flujos permanecen en su gran mayoría dentro del continente. Además, entre las incautaciones hay un porcentaje significativo de armas distintas de las de fuego (como armas de fogueo y armas de gas), lo que subraya la amenaza de su transformación en armas de fuego ilícitas.

11 Europol y las autoridades encargadas de la aplicación de la ley destacan que bandas ilegales de motoristas trafican con armas de fuego por toda la UE. Muchos de los grupos de delincuencia organizada activos en el tráfico de armas de fuego se dedican también a otras actividades delictivas, como el tráfico de drogas, los delitos organizados contra la propiedad, el tráfico de migrantes, el blanqueo de capitales y los delitos violentos. En algunos Estados miembros (como Suecia y Dinamarca) se ha producido un notable aumento en los niveles de homicidios y otros delitos violentos, acompañado por un aumento en el uso de armas potencialmente letales como armas de fuego, cuchillos y explosivos. En Suecia se registraron 40 muertes por arma de fuego en 2017, un 33,3 % más que el año anterior.

12 13 14 Varios informes de evaluación de las amenazas elaborados por Europol confirmaban que los Balcanes Occidentales seguían estando entre las principales zonas de origen del tráfico a la UE, y señalaban la necesidad de aumentar el flujo de información, incluida la de inteligencia, entre la UE y los Balcanes Occidentales. La amenaza que actualmente se plantea en esta región fue confirmada por varios estudios, el más reciente de los cuales destaca que las armas usadas en los ataques terroristas ocurridos en la UE «fueron adquiridas a través de mercados locales de armas de fuego ilícitas, cuyo origen se detectó en los Balcanes». Este mismo estudio también identificaba a los Balcanes «como principal fuente de suministro de armas de fuego ilícitas a Europa» y revelaba «el vínculo entre los Balcanes y las armas pequeñas usadas en Estados miembros de la UE en varios tipos de actividades delictivas». Así lo confirma el último Estudio mundial de la UNODC sobre armas de fuego, de acuerdo con el cual los Balcanes Occidentales siguen siendo una fuente de origen de armas de fuego ilícitas, fundamentalmente fusiles de asalto, debido a la importante diferencia de precios con Europa Occidental.

La cooperación policial, tanto dentro de la UE como a escala internacional, ofrece un gran margen de mejora. Los marcos jurídicos y las definiciones nacionales siguen siendo divergentes, lo que impide planteamientos comunes y puede aún ser aprovechado por los delincuentes. Los Estados miembros están aún particularmente lejos de haber transpuesto y aplicado totalmente la Directiva sobre las armas de fuego 15 . El 24 de julio de 2019, la Comisión envió veinte dictámenes motivados a los Estados miembros que no habían notificado la plena transposición de la Directiva 16 . Además, en diciembre de 2017 la Comisión publicó una evaluación de la aplicación del Reglamento (UE) n.º 258/2012 relativo a la importación, la exportación y el tránsito de armas de fuego civiles, que detectaba resquicios debidos a la falta de una aplicación homogénea 17 . Posteriormente, en abril de 2018, siguió una Recomendación que instaba a reforzar las normas de la UE para mejorar la trazabilidad y la seguridad de los procedimientos de control de las importaciones y las exportaciones de armas de fuego y la cooperación entre autoridades en la lucha contra el tráfico de armas de fuego 18 .

A pesar de los esfuerzos, en particular el Estudio mundial de la UNODC sobre armas de fuego financiado por la Comisión, la situación en lo que respecta a la inteligencia sigue siendo desigual debido a la falta de datos exhaustivos y comparables sobre las incautaciones de armas de fuego en el continente. El intercambio de información para fines de inteligencia y elaboración de perfiles está limitado por las restricciones que las legislaciones nacionales imponen al intercambio de información (incluidos datos no personales como los datos balísticos) fuera del marco de una investigación específica. El problema se intensifica por la falta de comunicación y coordinación entre las diferentes Administraciones, tanto dentro de cada país como a escala transnacional. Veinte Estados miembros de la UE 19 y cuatro socios de los Balcanes Occidentales 20 cuentan con alguna forma de punto focal sobre armas de fuego. No obstante, frecuentemente no se dota a estos puntos de las competencias adecuadas (de control administrativo, recopilación de datos policiales, acceso a bases de datos, rastreo, cooperación internacional y criminalística) ni del personal recomendado por las orientaciones sobre buenas prácticas que han elaborado los expertos nacionales en armas de fuego 21 .

Además, la tipificación como delito del tráfico de armas de fuego muestra una situación desigual: no todos los traslados transfronterizos de armas no autorizados entran en el concepto de tráfico, en contradicción con lo dispuesto en el Protocolo sobre Armas de Fuego de las Naciones Unidas 22 . Esto lleva, en ocasiones, a que no pueda haber control del cumplimiento ni sanciones. Además, limita la confiscación de los productos del delito generados por el tráfico de armas de fuego. Los diferentes planteamientos nacionales impiden las operaciones conjuntas transfronterizas, como las entregas controladas.

Particularmente en Europa Sudoriental, aún es necesario un trabajo importante para que las Administraciones nacionales funcionen según los estándares más elevados y quede garantizado un control eficaz de las armas de fuego. Las necesidades varían notablemente, desde la creación de bases de datos nacionales hasta la creación de capacidades balísticas para mejorar la seguridad de las condiciones de almacenamiento o la realización de campañas de entrega voluntaria. En términos de gobernanza, el informe de evaluación del plan de acción 2015-2019 elaborado por la Comisión señalaba que «la cooperación entre la UE y Europa Sudoriental sigue siendo difícil a causa de la multitud de partes interesadas existentes, que no siempre están coordinadas», una «innecesaria duplicación de reuniones» y la «falta de un enfoque presupuestario integrado y exhaustivo a escala de la UE».

También están apareciendo nuevas tendencias en la UE y entre los vecinos europeos, que a menudo se enfrentan a desafíos similares. Estas tendencias incluyen cambios en las técnicas de transformación para convertir armas de fogueo o armas de gas y de alarma en armas de fuego y nuevos métodos de ocultación. Los delincuentes también tratan de eludir la legislación cambiando el cañón de armas fácilmente disponibles de calibre Flobert (armas de calibre pequeño y baja potencia diseñadas para tiro «en sala»). En lo sucesivo, las mejoras tecnológicas en la impresión 3D podrían facilitar la fabricación ilícita de armas de fuego. Están apareciendo nuevos patrones de distribución, incluido el tráfico de piezas de armas de fuego a través de servicios de paquetería y de correo rápidos, lo cual ha derivado, en particular, en un desplazamiento de las exportaciones de armas procedentes de conflictos tradicionales desde los Balcanes Occidentales a importaciones de nuevas armas desde Europa Occidental a los Balcanes o de componentes esenciales no marcados desde Estados Unidos. Los conflictos armados en la vecindad oriental de la UE también constituyen posibles fuentes de armas ilícitas que acaban llegando a la UE.

Los conflictos armados prolongados con amplias repercusiones regionales en Oriente Medio y el Norte de África (Región MENA) siguen siendo alimentados por la desviación y el tráfico de armas de fuego. El tráfico de armas de fuego en esta región se ve facilitado por diversos motivos, entre ellos el bajo nivel de seguridad de los arsenales y la desviación de armas de fuego legales, procedentes también de la producción lícita y la exportación autorizada de los Estados miembros de la UE. En África, el tráfico de armas de fuego contribuye a la inestabilidad de la región.

3.Iniciativas de la UE 23  

Hace ya tiempo que la UE calificó el tráfico de armas de fuego como amenaza importante para los ciudadanos. Por ello, la Comisión ha definido una estrategia específica para abordar esta cuestión en su Comunicación sobre las armas de fuego de 2013 24 y en la Agenda Europea de Seguridad de 2015 25 . En 2014, los Estados miembros elaboraron el primer plan de acción operativo sobre la delincuencia como parte de la plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas (EMPACT Armas de fuego), en el contexto del ciclo de actuación de la UE 2014-2018, dentro de la sección de «Armas de Fuego» 26 .

Desde 2002, la UE ha facilitado asistencia a los Balcanes Occidentales mediante un número consecutivo de Decisiones PESC del Consejo por las que se concedía financiación a proyectos de control de las armas pequeñas, por un valor total de casi 30 millones EUR en total. Las actividades cubiertas incluían gran cantidad de ámbitos, lo que ha contribuido a un control reforzado de las armas pequeñas y a la lucha contra el tráfico de armas y su prevención. La más reciente de esas Decisiones PESC del Consejo, que supone un importe sin precedentes de 11,8 millones EUR, fue propuesta por el Alto Representante, y el Consejo la adoptó en diciembre de 2019, con una validez de cuatro años. El socio de ejecución más relevante de la UE en lo que se refiere a la asistencia prestada a la región ha sido el Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) 27 , que ha empleado un planteamiento regional integral en relación con el control de las armas de fuego en la región y la mejora del marcado, el rastreo y el mantenimiento de registros; el refuerzo de la aplicación de la ley; la mejora de la seguridad física y la gestión de los arsenales; la toma de conciencia y la política de género; y la transparencia en las exportaciones de armas. Este apoyo persistente y duradero a los Balcanes Occidentales ha contribuido al surgimiento de una confianza entre las autoridades nacionales de la región y ha ayudado a reforzar la cooperación regional.

En diciembre de 2014, la UE y sus socios de los Balcanes Occidentales refrendaron un Plan de Acción sobre el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego entre la UE y la Región de Europa Sudoriental para el período 2015-2019 28 . Como consecuencia de los ataques terroristas de París, en noviembre de 2015 la Comisión propuso reforzar en mayor medida el marco jurídico de la UE para cerrar varios resquicios, lo que condujo a una revisión de la Directiva sobre las armas de fuego. Al mismo tiempo, la Comisión publicó un nuevo «Plan de Acción de la UE contra el tráfico ilícito y el uso de armas de fuego y explosivos» 29 .

En 2018, la Comunicación Conjunta de la Comisión y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre «Elementos para una Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición» 30 fue refrendada por el Consejo, lo que la convirtió en una Estrategia de la UE con naturaleza propia. 31  

La voluntad de las autoridades de los Balcanes Occidentales de abordar conjuntamente los resquicios restantes mediante un planteamiento regional se ha articulado recientemente a través del desarrollo de una hoja de ruta para una solución sostenible a la tenencia ilícita, el uso fraudulento y el tráfico de armas pequeñas y ligeras y su munición (en lo sucesivo, la «hoja de ruta regional» 32 ), adoptada en la cumbre de Londres celebrada en el marco del Proceso de Berlín el 10 de julio de 2018. Posteriormente, esa iniciativa recibió apoyo financiero de la UE a través de una Decisión del Consejo de 19 de noviembre de 2018 33 .

El desarrollo de acciones entre la UE y países no pertenecientes a ella en el ámbito de los aspectos policiales de la lucha contra el tráfico de armas de fuego se ha llevado a cabo principalmente a través del EMPACT Armas de fuego. Se ha centrado en el desarrollo de capacidades nacionales contra el tráfico de armas de fuego, de un intercambio operativo de información con los Estados miembros y Europol y de operaciones de control conjuntas.

La Comisión, a través del Fondo de Seguridad Interior – Policía, ha apoyado económicamente y promovido diversos estudios como los programas de investigación EFFECT 34 , FIRE 35 y SAFTE 36 , con el fin de mejorar el conocimiento relativo al tráfico ilícito de armas de fuego, entre otros el relativo al tráfico en línea y la desviación del comercio legal. La Comisión ha financiado el Programa Mundial sobre las Armas de Fuego de la UNODC, destinado a recabar y analizar información y datos cuantitativos y cualitativos sobre el tráfico de armas de fuego 37 .

La Comisión, a través del Instrumento en pro de la Estabilidad y la Paz, también ha financiado el trabajo del Programa Mundial sobre las Armas de Fuego de la UNODC en pos de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo sobre Armas de Fuego en los países socios. Del mismo modo, INTERPOL ha recibido apoyo financiero para la creación y el desarrollo de su Sistema para la Gestión de los Registros y el Rastreo de Armas Ilícitas (iARMS).

La Comisión y el Consejo han dado también apoyo a la recogida voluntaria de armas de fuego ilícitas; la destrucción del excedente de armas y de municiones; la gestión de la seguridad física y los arsenales; el desarrollo de capacidades de marcado, registro y rastreo; el desarrollo de capacidades para el control de la exportación de armas; y la vigilancia del embargo y el rastreo de las armas desviadas.

4.Nuevo plan de acción de la UE para el período 2020-2025

4.1.Establecimiento de indicadores y elaboración de informes

Los planes de acción anteriores no incluían indicadores adecuados, lo que complicaba la evaluación de su ejecución. En 2018, los socios de los Balcanes Occidentales y varios Estados miembros de la UE desarrollaron indicadores útiles en el contexto de la hoja de ruta regional. Todas las partes interesadas implicadas alabaron estos indicadores, elaborados por las autoridades de los Balcanes Occidentales con el apoyo del SEESAC.

La Comisión propone que se usen indicadores similares para evaluar y controlar la eficiencia del nuevo plan de acción destinado a la lucha contra el tráfico de armas de fuego, con una recopilación sistemática de datos sobre delincuencia y justicia penal por todas las autoridades encargadas de la aplicación de la ley (policía, aduanas, fiscales y servicios judiciales). Entre otros, esos indicadores incluyen la conformidad con el Derecho de la UE, el número de incautaciones, el número de enjuiciamientos y condenas por tráfico de armas de fuego, el número de licencias de exportación y controles posteriores al envío, el número de puntos focales sobre armas de fuego y el número de armas entregadas, legalizadas, desactivadas o destruidas (véase el anexo 4 para más información). Cuando corresponde, los indicadores correspondientes se mencionan después de cada acción.

Cada año, la Comisión Europea pedirá a los Estados miembros de la UE y a los socios de Europa Sudoriental, de conformidad con la Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo, que faciliten datos en relación con los indicadores de rendimiento, acompañados, cuando proceda, de pruebas concretas (por ejemplo, destrucciones), con el fin de contar con una evaluación actualizada de las actividades anuales. La Comisión dará apoyo a las autoridades competentes mediante el desarrollo de metodología y orientaciones claras para facilitar esa comunicación de información, en estrecha cooperación con EMPACT Armas de Fuego.

4.2.Prioridades principales

4.2.1.Prioridad 1: salvaguardar el mercado lícito y limitar la desviación 

La Comisión Europea intensificará su compromiso de garantizar que todos los Estados miembros transponen correctamente y aplican de manera efectiva la Directiva sobre las armas de fuego y sus correspondientes actos delegados y de ejecución. Continuará haciendo uso de todas las competencias que el Tratado le confiere a esos efectos. La transposición de la Directiva sobre las armas de fuego por los Estados miembros es una cuestión prioritaria. La Comisión anima a los socios de Europa Sudoriental a aproximar plenamente su legislación sobre el control legal a lo dispuesto en las normas de la UE e internacionales. [Acción 1.1 – ICR 1] Para asistir a los Estados miembros y los socios de Europa Sudoriental, la Comisión elaborará, junto con Europol, un cuadro de referencia sobre armas de fuego a escala de la UE que permita una rápida clasificación de las armas de fuego en consonancia con las categorías de la UE. [Acción 1.2]

Según lo exigido por la Directiva sobre las armas de fuego, la Comisión publicará un informe relativo a su aplicación a principios de 2021. Al hacerlo, examinará los modos de abordar de la mejor manera las amenazas emergentes y futuras, en particular las relativas a las armas de fuego «Flobert» y a la impresión 3D de armas de fuego. [Acción 1.3]

La Comisión llevará a cabo una evaluación de impacto sobre la legislación de la UE relativa a los controles de las importaciones y exportaciones de armas de fuego civiles, [Acción 1.4 – ICR 6] en particular para examinar los modos de mejorar el rastreo (marcas de importación armonizadas), intercambiar información entre autoridades nacionales para evitar la elusión de las prohibiciones de exportación y aumentar la seguridad de los procedimientos de control de las exportaciones e importaciones (mayor claridad en los procedimientos simplificados). Examinará cómo garantizar la coherencia entre el Reglamento n.º 258/2012 y la Directiva sobre las armas de fuego, por ejemplo para abordar mejor las importaciones de armas de alarma y de señalización fáciles de transformar, o para aplicar controles de exportación a todas las armas reguladas por la Directiva. Para garantizar una aplicación estricta de sus normas, la Comisión también tiene la intención de que el régimen de protección de los denunciantes instaurado mediante la Directiva (UE) 2019/1937 38 sea aplicable a las personas que informen sobre infracciones del Reglamento n.º 258/2012, en su versión modificada.

Finalmente, para apoyar la aplicación de los convenios internacionales pertinentes de la ONU 39 , la Comisión reforzará la capacidad de los países socios de realizar controles eficaces de las armas de fuego e intensificará su compromiso de convergencia con los estándares más elevados con el fin de asegurar un rastreo eficiente y evitar que las armas de fuego sean desviadas a mercados ilícitos. [Acción 1.5 – ICR 1] 

4.2.2.Prioridad 2: mejorar la inteligencia

La Comisión reitera su recomendación a los Estados miembros de alimentar sistemáticamente el Sistema de Información de Schengen con información sobre las armas de fuego extraviadas y robadas, así como las armas vendidas que podrían transformarse fácilmente en armas de fuego, y de consultarlo cuando incauten un arma. [Acción 2.1 – ICR 9.8] La Comisión prestará su apoyo a iniciativas que permitan búsquedas y/o entradas simultáneas de las autoridades nacionales tanto en el Sistema de Información de Schengen como en el iARMS de INTERPOL, e insta a los Estados miembros a responder a la convocatoria de voluntarios de INTERPOL para probar las nuevas características. [Acción 2.2 – ICR 9.6] Es crucial que toda la inteligencia operativa y estratégica y la información relativa a los riesgos pertinentes para las aduanas se transmitan automáticamente al Sistema común de gestión del riesgo aduanero (CMRS). [Acción 2.3 – ICR 9.9] Los Estados miembros y los socios de Europa Sudoriental deben registrar sistemáticamente las armas de fuego robadas y extraviadas en iARMS. [Acción 2.4 – ICR 9.6]

Partiendo del proyecto aplicado por la UNODC, la Comisión emprenderá acciones para instaurar una recopilación sistemática y armonizada de datos relativos a las incautaciones de armas de fuego, [Acción 2.5 – ICR 4] y publicará estadísticas anuales como ya se hace para el análisis de las incautaciones de droga 40 . Con ello se facilitará información útil a las autoridades encargadas de la aplicación de la ley, en particular para asistirlas en la detección de nuevas tendencias del tráfico y en la elaboración de perfiles de riesgo más precisos. Para ello, y partiendo del trabajo preparatorio llevado a cabo por diversos actores como Europol, Frontex, la UNODC, EMPACT Armas de Fuego y los socios de Europa Sudoriental, la Comisión propondrá un formulario común de información sobre incautaciones. La Comisión, en cooperación con Europol, estudiará la viabilidad de desplegar un instrumento a escala de la UE para rastrear en tiempo real los incidentes relacionados con las armas de fuego y disponer de una visión actualizada de la situación en todo momento. [Acción 2.6 – ICR 10] Para lograrlo, se inspirará en el proyecto FIRE de 2017 41 , financiado por la UE, y en la Plataforma de Seguimiento de la Violencia Armada, cuyo ámbito de aplicación son los Balcanes Occidentales 42 .

El tráfico de armas de fuego también puede tener lugar en mercados ubicados en la web oscura. La Comisión aplicará la acción preparatoria propuesta por el Parlamento Europeo sobre la vigilancia ininterrumpida de la web oscura. [Acción 2.7] Además, en el marco del ciclo de actuación de la UE, Europol continuará asistiendo a los Estados miembros en la recopilación de información y en la creación de una imagen de inteligencia sólida sobre el uso de la web oscura para el comercio ilícito de armas de fuego.

4.2.3.Prioridad 3: aumentar la presión sobre los mercados delictivos

La Comisión insta a los Estados miembros y a los socios de Europa Sudoriental a completar la creación de puntos focales sobre armas de fuego dotados de personal formado en cada jurisdicción, como recomiendan las orientaciones sobre buenas prácticas de los expertos nacionales 43 . [Acción 3.1 – ICR 7.1] Esos puntos focales también deben estar sistemáticamente vinculados con la aplicación del Programa de Acción de la ONU sobre las Armas Pequeñas y Ligeras y del Instrumento Internacional de Localización. Para facilitar la cooperación internacional y a escala de la UE, la Comisión publicará un cuadro de indicadores sobre esos puntos focales, en el que señalará claramente sus datos de contacto y sus competencias. [Acción 3.2 – ICR 7.1]

La Comisión invita a todos los Estados miembros que aún no lo hayan hecho 44 a ratificar el Protocolo sobre Armas de Fuego de las Naciones Unidas, que facilita y refuerza la cooperación para prevenir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego. [Acción 3.3 – ICR 1.5] La Comisión también va a iniciar una consulta con las partes interesadas para examinar si existen lagunas en el marco legislativo y evaluar la necesidad de establecer unas normas penales comunes para el tráfico de armas de fuego y su fabricación ilícita, de conformidad con el artículo 83 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. [Acción 3.4 – ICR 1.5 y 8] En este contexto, la Comisión examinará la viabilidad de permitir que las normas de cooperación policial velen por un rastreo más sistemático de las armas incautadas, intercambiar inteligencia fuera de las investigaciones específicas, compartir datos balísticos de forma más sencilla y sistemática o llevar a cabo entregas controladas.

La Comisión invita a los Estados miembros y a los socios de Europa Sudoriental a mejorar la cooperación entre sus autoridades encargadas de la aplicación de la ley (aduanas, policía y guardias de fronteras), además de con los fiscales y los especialistas en criminalística, para hacer frente a las principales fuentes y rutas de armas de fuego ilícitas, inspirándose en la Red de expertos en armas de fuego de Europa Sudoriental [Acción 3.5 – ICR 3] Los Estados miembros y los países socios de Europa Sudoriental deben desarrollar de manera importante el conocimiento de sus autoridades encargadas de la aplicación de la ley sobre la amenaza de las armas de fuego, el marco jurídico correspondiente y su herramienta de cooperación internacional, en particular haciendo un mejor uso de las oportunidades de formación ofrecidas por la CEPOL y desarrollando formación en cascada para mejorar su valor añadido. [Acción 3.6 – ICR 7.2]

La Comisión invita a Europol, los Estados miembros y los socios de Europa Sudoriental a mantener el enfoque sobre los asuntos relativos a armas de fuego en el marco de las operaciones y acciones de ciberpatrullaje contra los mercados de la web oscura, mediante la coordinación estrecha del Día de Acción Conjunta de Ciberpatrullaje y las investigaciones de la web oscura llevadas a cabo por el equipo de Europol dedicado a ese ámbito. [Acción 3.7 – ICR 9.4]

La Comisión también va a mejorar la cooperación entre las autoridades encargadas de la aplicación de la ley y los operadores postales y de paquetería, para garantizar una vigilancia más estricta de los envíos que contengan armas de fuego o sus componentes. En particular, examinará la medida en que puede usarse inteligencia artificial para mejorar la detección, fundamentalmente mediante rayos X, de piezas de armas ocultas en la masa de pequeños envíos. [Acción 3.8] También propondrá un memorando de acuerdo a escala de la UE entre los operadores de paquetería y las autoridades policiales y aduaneras, con el fin de mejorar la comunicación de los datos relativos a armas de fuego y sus piezas y el modo en que pueden prestarse apoyo mutuo con base en las buenas prácticas ya aplicadas a escala nacional. [Acción 3.9] Esto creará una igualdad de condiciones de competencia, que evitará que algunos operadores se establezcan donde los controles sean más laxos.

4.2.4.Prioridad 4: intensificar la cooperación internacional

La cooperación entre la UE y los socios no pertenecientes a la UE tiene que intensificarse en consonancia con las prioridades establecidas en la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y ligeras y su munición de 2018 45 .

La cooperación con los países del Norte de África y de Oriente Medio tiene que intensificarse particularmente.

Debe profundizarse la cooperación con Túnez, Líbano y Jordania en lo que respecta al rastreo de las armas y la mejora de su control. La Comisión colaborará estrechamente con el Alto Representante, e insta a los Estados miembros a dedicar más efectivos a prestar asistencia técnica a los países del Norte de África y de Oriente Medio. [Acción 4.1] Turquía, considerada un país de origen de muchas armas de gas y de alarma de fácil transformación y, por lo tanto, ilícitas, también debe ser un foco fundamental de cooperación. [Acción 4.2] En África, particularmente en la región del Sahel, se fomentará la mejora de la seguridad física y de la gestión de los arsenales, el mantenimiento de registros y el control de las armas. [Acción 4.3] Ya se están llevando a cabo intercambios de buenas prácticas con Europa Sudoriental.

Teniendo en cuenta el alto riesgo de tráfico de armas de fuego en Europa Sudoriental (entendiendo que esa región se compone de los socios no pertenecientes a la UE de los Balcanes Occidentales, Ucrania y Moldavia), las especificidades ligadas a su contexto político, el alto número y el tipo de actores nacionales e internacionales implicados y la actual inestabilidad en Europa Oriental, el informe de evaluación del Plan de acción 2015-2019 ha mostrado la necesidad de un nuevo plan de acción. Este nuevo plan también ha sido recomendado por los delegados de todos los socios participantes en la tercera reunión del Comité Mixto entre expertos en armas de fuego de la Unión Europea y expertos de Europa Sudoriental, que se celebró en Bruselas el 24 de septiembre de 2018. El informe de evaluación también subrayó la necesidad de incluir a Ucrania y Moldavia en un marco de cooperación coherente más amplio frente a las amenazas comunes que plantea el tráfico ilícito de armas de fuego en toda la región. Con ello también se da respuesta al llamamiento del Consejo para incluir a Ucrania en los planes pertinentes de acción operativa del ciclo de actuación de la UE en relación con la delincuencia internacional organizada y grave 46 . En lo que respecta a Ucrania, el plan de acción debe tener en cuenta el apoyo de la UE 47 a los esfuerzos del país en la lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos, en cooperación con la OSCE y el SEESAC 48 . La Comisión apoya, mediante financiación de la UE, la gestión integrada de las fronteras y las actividades contra el tráfico, a través, entre otros medios, de la Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea a Moldavia y Ucrania. El trabajo de Conflict Armament Research en Ucrania, que tiene el apoyo de la Decisión (PESC) 2017/2283 del Consejo, está en curso.

Por tanto, como parte de su plan de acción, la Comisión propone que se lleven a cabo acciones específicas detalladas y de gobernanza para Europa Sudoriental (véase la sección 5) en estrecha cooperación con el Alto Representante y en consulta con los socios.

5.Acciones concretas para Europa Sudoriental y su cooperación con la UE

5.1.Adaptación de las actividades a la región

Como se menciona en la sección 2, la evaluación del Plan de acción UE-Europa Sudoriental 2015-2019 49 mostró que ambas partes se enfrentan a desafíos comunes y que una cooperación regional más profunda es esencial para contrarrestar mejor la dimensión transnacional del tráfico ilícito de armas de fuego por toda la región.

El trabajo realizado en 2018 para desarrollar la hoja de ruta regional, apoyado por Francia y Alemania, fue el resultado de un planteamiento consensuado y participativo de todos los socios de los Balcanes Occidentales. Estableció muchos objetivos y metas que serían pertinentes para un plan de acción. Sobre esa base, la Comisión propone en el anexo 3 una serie de actividades concretas, que integran la hoja de ruta, en consonancia con la Decisión del Consejo por la que se financia su ejecución 50 .

Todos los países y territorios de la región se enfrentan a desafíos similares. No obstante, no todos los socios alcanzarán sus objetivos al mismo ritmo y las diferentes fases de avance requerirán diferentes ambiciones. En el momento adecuado, esas acciones deben incluir también, de forma adecuada, a Ucrania y Moldavia. La Comisión, en cooperación con el Alto Representante, entablará contactos con estos dos países para debatir formas y medios de integrarlos en el marco general.

Las autoridades de los Balcanes Occidentales han definido estas acciones específicas para Europa Sudoriental mediante el desarrollo y la adopción de la hoja de ruta regional, adjunta a la Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo. La hoja de ruta, que tiene por objeto alcanzar la meta general del Plan de Acción, es decir, la lucha contra el tráfico ilícito de armas de fuego y su munición, mantiene su foco en tres componentes principales, facilitando mayor claridad y estructura que el Plan de acción 2015-2019, fundamentalmente para abordar los resquicios legales restantes y las incoherencias en el control de las armas de fuego que obstaculizan la cooperación policial y judicial:

·Armonizar el entorno jurídico, modernizar la estructura administrativa y facilitar el desarrollo de capacidades.

·Aumentar la seguridad de los arsenales y reducirlos.

·Aumentar la eficiencia de las actividades de aplicación de la ley facilitando la cooperación operativa, el intercambio de información y la cooperación sobre el análisis balístico.

5.2.Una gobernanza modernizada para garantizar la eficiencia

Con el fin de realizar correctamente estas actividades, todos los socios tienen que aprender de las lecciones del pasado, en particular estableciendo un nuevo tipo de gobernanza que evite los solapamientos o la falta de coordinación.

5.2.1.Cubrir las necesidades de financiación para hacer frente a los desafíos

La Comisión se compromete a profundizar su compromiso con los socios de Europa Sudoriental y a asignar recursos financieros específicos para que puedan adaptarse a los estándares exigidos. Además de los 11,8 millones EUR concedidos en diciembre de 2019 por el Consejo 51 , la Comisión tratará de movilizar y asignar medios disponibles del Fondo de Seguridad Interior y del Instrumento de Ayuda Preadhesión para cubrir las cuestiones más acuciantes. En el contexto de las negociaciones del marco financiero plurianual, la Comisión insta a los Estados miembros a responder a las necesidades acordando soluciones presupuestarias ambiciosas y movilizando a sus expertos nacionales sobre el terreno.

La Comisión, junto con el Alto Representante, acordará la creación de un comité director de socios de ejecución clave y donantes compuesto por representantes de los Estados miembros, el Servicio Europeo de Acción Exterior, las agencias pertinentes de las Naciones Unidas (UNDP y UNODC) y la OTAN. El objetivo de ese comité director sería garantizar la coordinación estratégica total de los donantes, incluidos los que no formen parte del comité director del Fondo Fiduciario Multilateral de las Naciones Unidas para la ejecución de la hoja de ruta. En diálogo con los gobiernos de la región, la Comisión propondrá un memorando de acuerdo entre estos participantes, con el fin de poder tomar decisiones conjuntas sobre los proyectos que deben financiarse. Con pleno respeto de la autonomía jurídica de los donantes y de los procedimientos de toma de decisiones aplicables en virtud de los Tratados, ese memorando podría establecer el modo en que el comité elaboraría una planificación presupuestaria regional y nacional y recibiría una información financiera consolidada de todas las actividades e instrumentos pertinentes. Con ello se facilitaría a todos los donantes y partes interesadas una visión global actualizada de las actividades previstas o ejecutadas, así como de sus costes. Para garantizar las sinergias de esfuerzos y la eficacia de los contactos con el SEESAC, se intensificará la coordinación de los donantes a escala local y se garantizará una función coordinadora, en particular designando un coordinador regional en materia de armas de fuego, que trabajará en una de las Delegaciones de la UE en Europa Sudoriental, como la ubicada en Belgrado.

5.2.2.Una dirección integral para ejecutar las actividades en Europa Sudoriental 

La Comisión propone racionalizar el trabajo de los organismos existentes para mejorar la coordinación. La dirección política debe continuar correspondiendo al Consejo dentro de la UE, así como a las reuniones ministeriales de Justicia y Asuntos de Interior y, cuando proceda, de Asuntos Exteriores y de otras materias, entre la UE y los socios de Europa Sudoriental.

Para garantizar la dirección regional estratégica de las actividades, todos los organismos nacionales interministeriales que aúnen a todas las instituciones pertinentes para el control de las armas pequeñas (comisiones de armas pequeñas) deben continuar reuniéndose, con la presencia de representantes de la UE. Tal y como establece la práctica actual, las reuniones de coordinación de la hoja de ruta se organizarían conjuntamente con ellos y facilitarían el examen de los avances en la ejecución de la hoja de ruta, la puesta en común de las lecciones aprendidas y el debate en torno al cierre de los resquicios pendientes.

En lo que respecta a la aplicación de las normas a escala regional, también sería conveniente racionalizar la amplia variedad de organismos existentes 52 . La Comisión sugiere que las reuniones conjuntas entre los expertos de la UE y los de Europa Sudoriental tengan lugar en el marco de EMPACT Armas de Fuego, donde ya están invitados los socios de los Balcanes Occidentales.

A todos los niveles, la Comisión insta a las autoridades a encomendar a los participantes correspondientes el mandato claro de fijar una posición y de adoptar compromisos o hacer aportaciones sobre posibles entregables.

Finalmente, en lo que respecta a la gestión administrativa, desde 2002 el SEESAC ha facilitado particularmente los procesos de las comisiones de armas pequeñas y de la Red de expertos en armas de fuego de Europa Sudoriental, así como la coordinación de la hoja de ruta regional. Ha facilitado una asistencia técnica sustancial a los socios de la región, alabada por todas las partes interesadas sobre el terreno. Este proceso debe continuar, en consonancia con lo dispuesto en las Decisiones (PESC) 2013/710, 2016/2356, 2018/1788 y 2019/2111 del Consejo de la UE, en un espíritu de transparencia con respecto a la gestión general del presupuesto por medio del comité director de donantes. En particular, la planificación de las reuniones y los documentos presupuestarios e informativos deben presentarse con arreglo al enfoque integrado, previa consulta con la Comisión.

La Comisión concede la mayor importancia a guiar y apoyar a los socios en pro del cumplimiento de los diversos compromisos y del uso de los indicadores para medir los resultados, como la comunicación semestral de información sobre los avances en la ejecución de la hoja de ruta regional al SEESAC y la evaluación intermedia prevista de la ejecución de la hoja de ruta regional en virtud de la Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo. Por tanto, hará uso de todo el impulso del proceso de adhesión para debatir y vigilar las medidas adoptadas de cara a la ejecución del plan de acción. Esto supone que las reuniones del subcomité de Justicia y Asuntos de Interior, así como los informes anuales por país, se usarán para hacer balance de los avances realizados. Las negociaciones de adhesión del capítulo 24 (Justicia, libertad y seguridad) se usarán para ayudar a cumplir los objetivos del plan de acción. En lo que respecta a los países cuya adhesión no está prevista, se debatirá una actualización de los avances en el contexto de los subcomités de Justicia y Asuntos de Interior, las plataformas del Estado de Derecho y otros foros existentes.

6.Conclusiones

La lucha contra el acceso ilícito a las armas de fuego debe constituir una prioridad de seguridad transversal desde el punto de vista temático para la Unión Europea, sus Estados miembros y sus socios. Ese acceso ilícito alimenta la inseguridad física individual y aumenta el riesgo de que la violencia doméstica pueda derivar en homicidios o de que las armas de fuego puedan usarse en casos de suicidio. Ayuda a abordar otras formas de actividades delictivas, como el terrorismo, el tráfico de drogas ilícitas, la trata de seres humanos, el tráfico de migrantes, la piratería marítima, la falsificación, los delitos contra el medio ambiente o los delitos organizados contra la propiedad. La Comisión insta al Parlamento Europeo, el Consejo, los Estados miembros y los socios de Europa Sudoriental a reconocer plenamente la necesidad de intensificar sus acciones en este ámbito, tanto a escala nacional como a escala de la UE y a través de la cooperación internacional.

La Comisión considera que el carácter exhaustivo y multidisciplinar de este plan de acción puede facilitar un marco operativo coherente para la UE y sus Estados miembros dentro de las fronteras de la UE, y propuestas de cooperación y asistencia para luchar contra el tráfico de armas de fuego que se produce dentro de Europa Sudoriental y con origen o destino en esa región.

La Comisión insta, en particular, a todas las instituciones de la UE, las autoridades encargadas de la aplicación de la ley y las partes interesadas, tanto de la UE como de Europa Sudoriental, a estar a la altura de los desafíos mencionados en el presente plan de acción. La Comisión insta al Parlamento Europeo y al Consejo a refrendar este plan de acción y a apoyar el aprovechamiento pleno del potencial de cada prioridad estratégica.

(1)    Encuesta sobre armas pequeñas, Estimating Global Civilian-held Firearms Numbers (Estimación del número de armas de fuego en posesión de civiles en el mundo), documento de investigación, junio de 2018. Conjunto de datos disponible en http://www.smallarmssurvey.org/fileadmin/docs/Weapons_and_Markets/Tools/Firearms_holdings/SAS-BP-Civilian-held-firearms-annexe.pdf
(2)      HU, IT, BE, AT, LT, LV, FR, DE, SI, PL, RO, NL.
(3)    Véase el anexo I para más información.
(4)    A los efectos de este Plan de Acción, todos los socios de los Balcanes Occidentales, Moldavia y Ucrania se designan como «Europa Sudoriental».
(5)    COM(2019) 293 final de 27.6.2019.
(6)      Europol, Interim report of new, changing and emerging threats (Informe intermedio sobre amenazas nuevas, cambiantes y emergentes); documento del Consejo9037/19, de 8.5.2019.
(7)      Instituto Flamenco de la Paz, Armed to kill (Armados para matar); Bruselas, 3 de octubre de 2019.
(8)    Europol, TE-SAT 2017: Informe sobre terrorismo y tendencias en la UE.
(9)    Europol, TE-SAT 2018: Informe sobre terrorismo y tendencias en la UE.
(10)      UNODC (2020), Global Study on Firearms Trafficking (Estudio mundial sobre tráfico de armas de fuego), Viena: UNODC, disponible en https://www.unodc.org/unodc/en/firearms-protocol/firearms-study.html .
(11)      Estudio mundial de la UNODC sobre los homicidios de 2019.
(12)    Informes de Europol: Informe de evaluación de las amenazas en relación con el tráfico ilícito de armas de fuego (EDOC#673806v7A de junio de 2013), notificación de inteligencia (19/2014); Firearms in the hands of Terrorist in Europe (Armas de fuego en manos de los terroristas en Europa); EDOC:#759937v3; mayo de 2015).
(13)      Strengthening Resilience in the Western Balkans: Mapping Assistance for SALW Control (Reforzar la resiliencia en los Balcanes Occidentales: cartografía de la asistencia para el control de las armas pequeñas y ligeras), Encuesta sobre armas pequeñas, septiembre de 2018.
(14)      UNODC (2020), Global Study on Firearms Trafficking (Estudio mundial sobre tráfico de armas de fuego), Viena: UNODC, disponible en https://www.unodc.org/unodc/en/firearms-protocol/firearms-study.html .
(15)      Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (DO L 137 de 24.5.2017, p. 22).
(16)    A 15 de abril de 2020, diecisiete Estados miembros habían notificado la plena transposición (AT, BG, DE, DK, IE, EL, EE, FR, HR, IT, LV, LT, MT, NL, PT, RO, FI).
(17)    COM(2017) 737 final de 12.12.2017.
(18)    C(2018) 2197 final de 17.4.2018.
(19)    No existe punto focal en Bulgaria, Chipre, Estonia, Irlanda, Letonia, Lituania ni Malta.
(20)      No existe punto focal en Serbia ni en Bosnia y Herzegovina.
(21)      Best practice guidance for the creation of national firearms focal points (Orientaciones de buenas prácticas para la creación de puntos focales nacionales sobre armas de fuego), 15.5.2018, documento del Consejo n.º 8586/18.
(22)    Protocolo de 31 de mayo de 2001 contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Decisión del Consejo, de 11 de febrero de 2014, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (DO L 89 de 25.3.2014, p. 7).
(23)    Véase el anexo 1 para obtener información adicional.
(24)    Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Las armas de fuego y la seguridad interna de la UE: proteger a los ciudadanos e impedir el tráfico ilícito» [COM(2013) 716 de 21.10.2013].
(25)    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones [COM(2015) 185 final de 28.4.2015].
(26)      Doc. 16726/3/13 REV 3 RESTREINT UE/EU RESTRICTED.
(27)    El SEESAC es una iniciativa conjunta del PNUD y el Consejo de Cooperación Regional, instaurada en 2012.
(28)      14 de noviembre de 2014, documento del Consejo 15516/14, adoptado por el Consejo de 4 y 5 de diciembre de 2014 (documento del Consejo 16526/14); Foro Ministerial UE-Balcanes Occidentales sobre Justicia y Asuntos de Interior celebrado el 12 de diciembre de 2014 en Belgrado.
(29)      COM(2015) 624 final de 2.12.2015.
(30)      JOIN(2018) 17 final de 1.6.2018.
(31)      Conclusiones del Consejo de 19 de noviembre de 2018; documento 13581/18.
(32)    La hoja de ruta fue elaborada por autoridades de los Balcanes Occidentales, mediante un proceso consultivo y con el apoyo del SEESAC. Fue adoptada en la cumbre de Londres, celebrada en el marco del Proceso de Berlín el 10 de julio de 2018 entre los jefes de Estado y de Gobierno de los Balcanes Occidentales.
(33)    Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, de apoyo al Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) para la aplicación de la hoja de ruta regional en la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales (DO L 293 de 20.11.2018, p. 11).
(34)      Examination of Firearms and Forensics in Europe and across Territories (Estudio sobre las armas de fuego y la criminalística en Europa y sus territorios), ed. profesora Erica Bowen y dra. Helen Poole, Universidad de Coventry , Universidad de Calabria, Arquebus Solutions Ltd, 2016.
(35)      Fighting Illicit Firearms Trafficking Routes and Actors at European Level (Lucha contra las rutas y los actores del tráfico ilícito de armas de fuego a escala europea), eds. Ernesto U. Savona, Marina Mancuso, Transcrime – Universidad Católica del Sagrado Corazón, 31.3.2017.
(36)      Triggering Terror: Illicit Gun Markets and Firearms Acquisition of Terrorist Networks in Europe (Provocar el terror: mercados ilícitos de armas y adquisición de armas de fuego por parte de las redes terroristas en Europa), ed. Nils Duquet, Instituto Flamenco de la Paz, 17 de abril de 2018.
(37)      UNODC (2020), Global Study on Firearms Trafficking (Estudio mundial sobre tráfico de armas de fuego), Viena: UNODC, disponible en https://www.unodc.org/unodc/en/firearms-protocol/firearms-study.html .
(38)    Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).
(39)      Véase el anexo 1.
(40)    Artículos 5 y 5 bis del Reglamento (CE) n.º 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (DO L 376 de 27.12.2006).
(41)      Fighting Illicit Firearms Trafficking Routes and Actors at European Level (Lucha contra las rutas y los actores del tráfico ilícito de armas de fuego a escala europea), op. cit.
(42)       http://www.seesac.org/AVMP Decisión de financiación: Decisión (PESC) 2019/2111 del Consejo de 9 de diciembre de 2019 en apoyo de las actividades de desarme y control de armamentos del SEESAC en Europa Sudoriental para reducir la amenaza que suponen las armas pequeñas y las armas ligeras ilícitas y su munición (DO L 318 de 10.12.2019).
(43)    Véase la nota a pie de página 21.
(44)      Alemania, Irlanda, Luxemburgo y Malta. Todos los socios de Europa Sudoriental han ratificado el Protocolo o se han adherido a él.
(45)      Véase la nota a pie de página 30.
(46)    Conclusiones del Consejo sobre el refuerzo de la cooperación UE-Ucrania sobre Seguridad Interior; doc.15615/17 de 11.12.2017.    
(47)     Decisión (PESC) 2019/2009 del Consejo de 2 de diciembre de 2019 en apoyo de los esfuerzos de Ucrania en la lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos, en cooperación con la OSCE (DO L 312 de 3.12.2019, p. 42).
(48)    Véanse las Decisiones (PESC) 2018/1788, (PESC) 2019/2111 y (PESC) 2019/2113 del Consejo, por las que se facilita apoyo a Moldavia, Bielorrusia y Ucrania.
(49)    Véase la nota a pie de página 5.
(50)    Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, de apoyo al Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) para la aplicación de la hoja de ruta regional en la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales (DO L 293 de 20.11.2018, p. 11).
(51)    Decisión (PESC) 2019/2111 del Consejo de 9 de diciembre de 2019 en apoyo de las actividades de desarme y control de armamentos del SEESAC en Europa Sudoriental para reducir la amenaza que suponen las armas pequeñas y las armas ligeras ilícitas y su munición (DO L 318 de 10.12.2019).
(52)    Expertos europeos en armas de fuego, EMPACT Armas de Fuego, Red de expertos en armas de fuego de Europa Sudoriental y el Grupo de expertos en armas de fuego de Europa Sudoriental integrado en ella, Comité mixto de expertos en armas de fuego de la UE y los socios de los Balcanes Occidentales.
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Bruselas, 24.7.2020

COM(2020) 608 final

ANEXOS

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Plan de Acción de la UE sobre el Tráfico de Armas de Fuego 2020-2025


ANEXO 1
Lista de la normativa y las iniciativas de la UE pertinentes

Normativa de la UE

·Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (DO L 256 de 13.9.1991, p. 51, modificada).

·Posición Común 2008/944/PESC, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares, modificada por la Decisión (PESC) 2019/1560 del Consejo, de 16 de septiembre de 2019 (DO L 239 de 17.9.2019, p. 16).

·Directiva 2009/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, sobre la simplificación de los términos y las condiciones de las transferencias de productos relacionados con la defensa dentro de la Comunidad (DO L 146 de 10.6.2009, p. 1).

·Reglamento (UE) n.º 258/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se aplica el artículo 10 del Protocolo de las Naciones Unidas contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia transnacional organizada (Protocolo sobre Armas de Fuego de las Naciones Unidas), y por el que se establecen autorizaciones de exportación y medidas de importación y tránsito para las armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones (DO L 94 de 30.3.2012, p. 1).

·Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2403 de la Comisión, por el que se establecen orientaciones comunes sobre las normas y técnicas de inutilización de las armas de fuego para garantizar que las armas de fuego inutilizadas lo sean irreversiblemente (DO L 333 de 19.12.2015, p. 62, modificado).

·Directiva de Ejecución (UE) 2019/68 de la Comisión, de 16 de enero de 2019, por la que se establecen las especificaciones técnicas para el marcado de las armas de fuego y sus componentes esenciales en virtud de la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (DO L 15 de 17.1.2019, p. 18).

·Directiva de Ejecución (UE) 2019/69 de la Comisión, de 16 de enero de 2019, que establece especificaciones técnicas para las armas de alarma y de señalización con arreglo a la Directiva 91/477/CEE del Consejo, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (DO L 15 de 17.1.2019, p. 22).

·Reglamento Delegado (UE) 2019/686 de la Comisión, de 16 de enero de 2019, por el que se establecen las disposiciones detalladas en virtud de la Directiva 91/477/CEE del Consejo para el intercambio sistemático, por medios electrónicos, de la información relativa a la transferencia de armas de fuego dentro de la Unión (DO L 116 de 3.5.2019, p. 1).

·Decisión de Ejecución (UE) 2019/689 de la Comisión, de 16 de enero de 2019, relativa a un proyecto piloto para aplicar determinadas disposiciones de cooperación administrativa establecidas en la Directiva 91/477/CEE del Consejo por medio del Sistema de Información del Mercado Interior (DO L 116 de 3.5.2019, p. 75).

Instrumentos internacionales

·Convención de 2001 contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones.

·Programa de Acción 2001 de las Naciones Unidas de 2001 para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos.

·Instrumento Internacional de 2005 para Permitir a los Estados Identificar y Localizar, de Forma Oportuna y Fidedigna, las Armas Pequeñas y Ligeras Ilícitas.

·Tratado sobre el Comercio de Armas de 2013.

Iniciativas de la UE

Generales

·Ciclo de actuación de la UE 2014-2018, primer plan de acción operativo como parte de la plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas 1 . En él se integran numerosas actividades orientadas al incremento de la recopilación, la reunión y la producción de inteligencia, la mejora del intercambio de información balística, la creación de puntos focales nacionales, la organización de operaciones de control conjunto sobre amenazas específicas (armas transformadas, armas de gas y alarma, entrega de paquetería), la formación y el desarrollo de capacidades y la cooperación internacional.

·Las armas de fuego y la seguridad interna de la UE: proteger a los ciudadanos e impedir el tráfico ilícito; Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo [COM(2013) 716 de 21.10.2013].

·Agenda Europea de Seguridad; Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones [COM(2015) 185 final de 28.4.2015].

·Plan de Acción de la UE contra el tráfico ilícito y el uso de armas de fuego y explosivos [COM(2015) 624 final de 2.12.2015].

·Elementos de una Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición; Comunicación conjunta de la Comisión y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad [JOIN(2018) 17 final de 1.6.2018], refrendada por el Consejo, lo que la convirtió en una Estrategia de la UE con naturaleza propia (Conclusiones del Consejo de 19 de noviembre de 2018, documento 13581/18).

·Informe de la Comisión sobre la evaluación de la aplicación del Reglamento (UE) n.º 258/2012 relativo a la importación, la exportación y el tránsito de armas de fuego civiles [COM(2017) 737 final de 12.12.2017].

·Recomendación de la Comisión sobre acciones inmediatas para mejorar la seguridad de la exportación, la importación y las medidas de tránsito de las armas de fuego, sus piezas y componentes esenciales y municiones, que instaba a reforzar las normas de la UE a fin de mejorar la localización y la seguridad de los procedimientos de control de las exportaciones e importaciones de armas de fuego y la cooperación entre autoridades en la lucha contra el tráfico de armas de fuego [C(2018) 2197 final de 17.4.2018].

Europa Sudoriental

·Plan de Acción sobre el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego entre la UE y la Región de Europa Sudoriental para el período 2015-2019, de 14 de noviembre de 2014, documento del Consejo 15516/14, adoptado por el Consejo de 4 y 5 de diciembre de 2014 (documento del Consejo 16526/14). Foro Ministerial UE-Balcanes Occidentales sobre Justicia y Asuntos de Interior, celebrado el 12 de diciembre de 2014 en Belgrado.

·Una perspectiva creíble de ampliación y un mayor compromiso de la UE con los Balcanes Occidentales [COM(2018) 65 final de 6.2.2018]. La acción 2.12 se centraba específicamente en el tráfico de armas de fuego.

·Plan de Acción Conjunto sobre lucha contra el terrorismo en los Balcanes Occidentales, firmado por los representantes de la Unión Europea y los seis socios de los Balcanes Occidentales el 5 de octubre de 2018 en la Reunión Ministerial UE-Balcanes Occidentales sobre Justicia y Asuntos de Interior celebrada en Tirana 2 . Entre sus cinco objetivos globales está abordar la cuestión del tráfico ilícito de armas de fuego. Se han desarrollado conjuntamente y concluido acuerdos bilaterales específicos de lucha contra el terrorismo con las autoridades de los seis socios de los Balcanes Occidentales 3 . En ellos se incluyen cuestiones clave relacionadas con el tráfico de armas de fuego, como la creación de puntos focales de armas de fuego plenamente operativos. Las acciones prioritarias se determinan mediante indicaciones concretas de responsabilidades, indicadores y plazos.

·Hoja de ruta para una solución sostenible a la tenencia ilegal, el uso fraudulento y el tráfico de armas pequeñas y ligeras y su munición, cumbre de Londres del Proceso de Berlín celebrada el 10 de julio de 2018. Esta iniciativa recibió posteriormente apoyo financiero de la UE mediante la Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, de apoyo al Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) para la aplicación de la hoja de ruta regional en la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales (DO L 293 de 20.11.2018, p. 11), que define la coordinación general y la supervisión de la ejecución de la hoja de ruta.

·Evaluación del plan de acción sobre el tráfico de armas de fuego entre la UE y la región de Europa Sudoriental para los años 2015-2019; Informe de la Comisión de 27 de junio de 2019 [COM(2019) 293 final de 27.6.2019]. De conformidad con este informe de evaluación, el plan de acción mejoró el trabajo en red, el intercambio de información y el establecimiento de las piedras angulares para una cooperación futura. No obstante, aún no se han aplicado plenamente diversas acciones previstas, como la creación de puntos focales de armas de fuego, que son necesarias para unas estrategias de aplicación, una coordinación y unos intercambios de inteligencia e información adecuados, tanto a escala nacional como a escala europea. Además, aún no existe una recopilación armonizada de datos sobre incautaciones de armas de fuego, que facilitaría una política basada en pruebas y una evaluación adecuada y fiable de las tendencias del tráfico. De manera similar, las partes interesadas no desarrollaron un formato normalizado de comunicación de información, como se prevé en el plan de acción.

·Decisión (PESC) 2019/2111 del Consejo de 9 de diciembre de 2019 en apoyo de las actividades de desarme y control de armamentos del SEESAC en Europa Sudoriental para reducir la amenaza que suponen las armas pequeñas y las armas ligeras ilícitas y su munición (DO L 318 de 10.12.2019). Desde 2002, la UE ha facilitado asistencia a los Balcanes Occidentales a través de una serie de Decisiones del Consejo consecutivas que facilitan financiación a proyectos de control de las armas pequeñas, por un valor de 18,1 millones EUR.

· Decisión (PESC) 2019/2009 del Consejo de 2 de diciembre de 2019 en apoyo de los esfuerzos de Ucrania en la lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos, en cooperación con la OSCE (DO L 312 de 3.12.2019, p. 42).

Esos proyectos facilitaron un apoyo global a los esfuerzos de control de las APAL y a la prevención del tráfico de armas en Europa Sudoriental. Desde 2002, el socio de ejecución clave de la asistencia facilitada a la región por el Consejo ha sido el Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) del PNUD. La nueva Decisión del consejo, de 9 de diciembre de 2019, concede 11,8 millones EUR para las actividades de control de armas en los próximos cuatro años. Las Comisiones de armas pequeñas y ligeras y la Red de expertos en armas de fuego de Europa Sudoriental contribuyen a la normalización de los planteamientos en la región y a la formulación de las actividades a escala regional y local, lo que sirve como aportación a una formulación de políticas basada en pruebas; la mejora de la seguridad física y la gestión de los arsenales; la mejora del marcado, el rastreo y el mantenimiento de registros; el refuerzo de las capacidades de lucha contra el tráfico ilícito de armas de fuego mediante el apoyo a la creación de puntos focales de armas de fuego y el refuerzo de las capacidades de investigación. También se ha prestado apoyo a la sensibilización, las campañas de recogida de APAL y municiones, la transparencia en las exportaciones de armas en la región y la integración de la perspectiva de género en el control de las APAL.

·Política de la Asociación Oriental más allá de 2020; Comunicación conjunta [JOIN(2020) 7 final de 18.3.2020], que reiteró el llamamiento de la revisión de 2015 de la Política Europea de Vecindad (PEV) a una dimensión reforzada de seguridad para luchar contra la delincuencia organizada, incluido el tráfico de armas de fuego.

ANEXO 2
Lógica de intervención del Plan de Acción de la UE

 
ANEXO 3

Acciones específicas para Europa Sudoriental y su cooperación con la UE

Acciones

Horizonte temporal 4

Indicadores clave de rendimiento correspondientes 5

Actividades correspondientes en la hoja de ruta regional 6

Condiciones favorables

Entorno jurídico

Aproximar plenamente el control jurídico a lo dispuesto en la legislación de la UE (incluida la revisión de 2017 de la Directiva sobre las armas de fuego), incluidos los actos de ejecución sobre las normas de desactivación, sobre el marcado de armas de fuego y sus componentes esenciales y sobre las especificaciones técnicas para las armas de alarma y de señalización.

2023

1.1; 1.2; 1.3

O1 M3

Modernizar el marco jurídico para los fabricantes y comerciantes de armas de fuego

2020

1.1; 1.4; 1.5

O1 M2

Establecer el marco jurídico penal adecuado para garantizar el enjuiciamiento y las condenas por tráfico de armas de fuego.

2024

1.5
3

O1 M1
O3 M1

Aproximar los procedimientos penales y operativos en toda la región para facilitar la cooperación operativa transfronteriza.

2023

1.1
3

O1 M4
O3 M1

Adoptar el marco jurídico que permita las legalizaciones de armas de fuego y las entregas voluntarias de armas de fuego, municiones y explosivos

2020

11

O5 M2

Estructura administrativa

 

Establecer puntos focales de armas de fuego plenamente operativos y dotados de personal en cada jurisdicción.

2020

7

O2 M2
O2 M3

Formación y desarrollo de capacidades

Mejorar los procesos, los equipos y la formación de las unidades encargadas del cumplimiento de la ley.

2024

7

O3 M2

Intensificar la formación nacional dedicada a la lucha contra el tráfico de armas de fuego. Diversificar la asistencia a los cursos de formación de la CEPOL.

2024

7

O3 M4

Prevención y concienciación

Aumento de la seguridad de los arsenales

Establecer sistemas de inspección y aplicación de la gestión del ciclo de vida de las armas pequeñas y ligeras, tanto en los arsenales oficiales como en los privados. Facilitar formación y construcción de capacidades a ambos tipos de arsenales.

2024

12.4

O7 M1
O7 M3

O7 M4

Asegurar un almacenamiento seguro para las armas de fuego

2024

13

O7 M2

Reducción de los arsenales

Destrucción sistemática de los excedentes y las armas confiscadas

2024

12.2, 12.3, 12.5, 12.6

O6

Entregas voluntarias y programas de recompra

Establecer programas nacionales y regionales para la desactivación, la legalización, las entregas voluntarias y la destrucción acordes a las normas.

2024

11

O5 M3

Campañas de concienciación y perspectiva de género

Establecer campañas de concienciación entre la población general y públicos específicos (por ejemplo, fabricantes, personas privadas y personas jurídicas con licencia), construyendo redes de promoción.

2024

2
14

O4

Integrar plenamente las cuestiones de género en las políticas de control de las armas de fuego y garantizar la representación adecuada de las mujeres en el control de las armas de fuego y la aplicación de la ley.

2022

2.3

O2 M9

Mayor refuerzo de la aplicación de la ley

Inteligencia

 

Normalizar los procedimientos y sistematizar el intercambio de información, incluso fuera del ámbito de las investigaciones individuales.

2023

9

O1 M5

Establecer una recopilación exhaustiva de datos sobre denegaciones de armas de fuego (de propiedad, traslados, autorizaciones de importación o exportación), delitos por arma de fuego e incautaciones de armas de fuego. Sistematizar la recopilación de datos de justicia penal de todos los actores (policía, aduanas, fiscales, órganos jurisdiccionales, servicios penitenciarios). Emitir periódicamente informes de análisis de delitos por arma de fuego y evaluaciones de amenazas.

2024

2.2
3

6

7

8

O2 M1
O2 M5

O3 M1

Recopilar sistemáticamente datos en relación con las armas de fuego extraviadas y robadas y los componentes esenciales con el objetivo de llevar a cabo un rastreo, también usando para ello iARMS.

2022

5
7

O2 M8

Control jurídico riguroso

Elaborar estadísticas detalladas sobre la propiedad y los movimientos de las armas de fuego (autorizaciones de importación y exportación).

2024

2

O2 M1
O5 M4

Reforzar el control, la vigilancia y la prevención de las desviaciones.

2024

1; 6.3; 6.4

O1 M5
O3 M3

O5 M1, O5 M4

Reforzar la cooperación operativa (patrullas conjuntas, mayor implicación de la cooperación policial y aduanera, incluidos los centros de cooperación), incremento del uso de la asistencia internacional y los instrumentos especiales de investigación facilitados por EMPACT y Europol.

2024

9

O3 M4

Rastreo

Establecer un rastreo sistemático de todas las armas incautadas y un intercambio de información con Europol.

2024

5

O1 M5
O2 M7

Análisis balístico

Sistematizar el análisis balístico y facilitar el intercambio de información balística

2020

7

O2 M4

Intercambio de información en todas las etapas

Continuar el intercambio periódico de buenas prácticas en un entorno administrativo racionalizado (menos solapamientos entre reuniones, expectativas más claras de los resultados de las reuniones, mandato claro y posibilidad de asumir compromisos dados a los representantes de los países), con participación de las aduanas, la policía, los organismos criminalísticos, la fiscalía y los servicios jurisdiccionales.

2023

O1 M6

Garantizar el intercambio sistemático de información operativa y estratégica en EMPACT Armas de fuego (uso de las redes SIENA adecuadas), con Europol, Frontex y Eurojust. Garantizar que los receptores de las solicitudes de información y la presentación de información responden de forma periódica y sistemática.

2024

8

O2 M4
O2 M6

Recabar información y construir una imagen sólida de inteligencia sobre el uso de la web oscura para el comercio ilícito de armas de fuego, en el marco del ciclo de actuación de la UE.

2021

ANEXO 4
Indicadores clave de rendimiento

Los siguientes indicadores se desarrollaron en la Hoja de ruta para una solución sostenible a la tenencia ilegal, el uso fraudulento y el tráfico de armas pequeñas y ligeras (APAL) y su munición en los Balcanes Occidentales para 2024. Están formulados en el presente anexo de forma que se aplican también a los Estados miembros de la UE. Esto no afecta a la forma en que los socios de los Balcanes Occidentales han comenzado a informar sobre la aplicación de la hoja de ruta. La numeración de los indicadores no ha sido alterada.

1.Número de marcos jurídicos sobre el control de armas plenamente armonizados con la legislación de la UE 7 , el Tratado sobre el Comercio de Armas y el Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones (el Protocolo sobre Armas de Fuego).

1.1.Actos legislativos relativos al control de armas en relación con el uso civil de armas de fuego y municiones que se ajustan a lo dispuesto en las Directivas pertinentes de la UE sobre armas de fuego y municiones.

1.2.Actos legislativos relativos al control de armas en relación con el uso civil de explosivos armonizados con las Directivas pertinentes de la UE sobre explosivos.

1.3.Actos legislativos relativos al control de armas en relación con el uso militar de armas de fuego, municiones y explosivos armonizados con la Directiva 2009/43/CE.

1.4.Actos legislativos relativos al control de la exportación de armas que se ajustan a lo dispuesto en la Posición Común PESC 2008/944 y el Tratado sobre el Comercio de Armas.

1.5.Actos legislativos relativos al control de armas que se ajustan a lo dispuesto en el Protocolo sobre Armas de Fuego.

2.Exclusivamente Europa Sudoriental: número de documentos de política de control de armas basados en pruebas, desarrollados en cada jurisdicción, que también aborden las necesidades de los hombres, las mujeres, los niños y las niñas.

2.1.La Estrategia ALAS está en marcha.

2.2.La Estrategia ALAS está basada en pruebas.

2.3.La Estrategia ALAS aborda las necesidades de los hombres, las mujeres, los niños y las niñas.

3.Número de casos, de individuos afectados, y cantidad de armas de fuego, municiones y explosivos usados de modo fraudulento y objeto de tráfico enjuiciados y objeto de sentencia, en comparación con el número de informes policiales sobre las respectivas incautaciones.

4.Número de casos y cantidades de armas, municiones y explosivos incautados en el interior (incluso en las fronteras entre los Estados miembros dentro de la Unión Europea) comparada con el número de casos y la cantidad de armas, municiones y explosivos incautados en las fronteras exteriores (fronteras de los socios de Europa Sudoriental o fronteras exteriores de la UE).

4.1.Número de casos de armas, municiones y explosivos incautados en el interior.

4.2.Número de armas de fuego incautadas en el interior.

4.3.Número de piezas de munición incautadas en el interior.

4.4.Cantidad de explosivos incautados en el interior.

4.5.Número de casos de armas, municiones y explosivos incautados en las fronteras exteriores.

4.6.Número de armas de fuego incautadas en las fronteras exteriores.

4.7.Número de piezas de munición incautadas en las fronteras exteriores.

4.8.Cantidad de explosivos incautados en las fronteras exteriores.

5.Número de casos notificados de armas, municiones y explosivos incautados en las fronteras de la Unión Europea y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental, en comparación con el número de armas, municiones y explosivos incautados en toda la Unión Europea y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental o que han sido desviados desde allí.

5.1.[no aplicable – ya cubierto por el punto 4.2]

5.2.[no aplicable – ya cubierto por el punto 4.3]

5.3.[no aplicable – ya cubierto por el punto 4.4]

5.4.Número de armas de fuego incautadas en las fronteras de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental.

5.5.Cantidad de municiones incautadas en las fronteras de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental.

5.6.Cantidad de explosivos incautados en las fronteras de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental.

5.7.Número de armas de fuego incautadas en el conjunto de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental.

5.8.Cantidad de municiones incautadas en el conjunto de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental

5.9.Cantidad de explosivos incautados en el conjunto de la UE y cuyo rastreo lleva a Europa Sudoriental.

6.Número de armas, municiones y explosivos para las que las autoridades nacionales competentes hayan expedido licencias de exportación y que se hayan identificado como desviados.

6.1.Número de licencias de exportación de armas expedidas y realizadas.

6.2.Número de licencias de exportación de municiones expedidas y realizadas.

6.3.Número de casos en que las armas para las que se hubieran expedido y realizado licencias se hayan identificado como desviadas.

6.4.Número de casos en los que las municiones para los que se hubieran expedido y realizado licencias se hayan identificado como desviadas mediante procedimientos de control posteriores al envío.

7.Puntos focales de armas de fuego y desarrollo de capacidades.

7.1.Puntos focales de armas de fuego creados y operativos en cada jurisdicción, que cumplan los estándares fijados en las orientaciones de la UE sobre mejores prácticas;  8

7.2.Número de efectivos que hayan recibido formación sobre la amenaza de armas de fuego a escala de la UE (en particular, formación de la CEPOL) y a escala nacional (incluida la formación en cascada).

8.Número de casos de cooperación interinstitucional a nivel operativo, incluidas las fases de investigación, de enjuiciamiento y de instrucción.

8.1.Número de incidentes relacionados con armas, municiones y explosivos registrados por las autoridades nacionales encargadas del cumplimiento de la ley.

8.2.Casos de armas, municiones y explosivos procesados por los órganos jurisdiccionales encargados de las faltas.

8.3.Casos de armas, municiones y explosivos resueltos por los órganos jurisdiccionales encargados de las faltas.

8.4.Número de casos de armas, municiones y explosivos abandonados por la fiscalía.

8.5.Número de casos de armas, municiones y explosivos abandonados por el juez o el juez de instrucción.

9.Número de casos de cooperación operativa iniciados a partir de información de inteligencia, incluida la inteligencia balística en la lucha contra los delitos relacionados con armas de fuego, con los Estados miembros de la UE, las autoridades y organismos de Europa Sudoriental y los organismos internacionales encargados del cumplimiento de la ley.

9.1.Número de casos de cooperación operativa dirigidos por la inteligencia a nivel de jurisdicción.

9.2.Número de casos de cooperación operativa dirigidos por la inteligencia en Europa Sudoriental.

9.3.Número de casos de cooperación operativa con Frontex dirigidos por la inteligencia.

9.4.Número de casos de cooperación operativa con Europol/EMPACT dirigidos por la inteligencia.

9.5.Número de casos de cooperación operativa bilateral dirigidos por la inteligencia entre los socios de Europa Sudoriental y los Estados miembros de la UE en que no participe Europol.

9.6.Número de casos de cooperación operativa con Interpol dirigidos por la inteligencia.

9.7.Exclusivamente UE: número de casos de cooperación operativa bilateral dirigidos por la inteligencia entre los Estados miembros de la UE en que no participe Europol/EMPACT.

9.8.Exclusivamente UE: número de entradas y búsquedas en el Sistema de Información de Schengen.

9.9.Exclusivamente UE: número de entradas y búsquedas en el Sistema de gestión del riesgo aduanero.

10.mero de incidentes con armas de fuego y víctimas afectados por un uso fraudulento de las armas de fuego, desglosados por género y edad, en cada jurisdicción.

10.1.Número de incidentes cometidos con armas de fuego legales e ilegales.

10.2.Número de personas asesinadas con armas de fuego, por género y edad.

10.3.Número de personas heridas con armas de fuego, por género y edad.

10.4.Número de personas que se hayan suicidado con armas de fuego, por género y edad.

11.Número de armas de fuego y municiones entregadas voluntariamente, así como armas de fuego legalizadas o desactivadas.

11.1.Número de armas de fuego entregadas voluntariamente.

11.2.Número de municiones entregadas voluntariamente.

11.3.Número de armas de fuego legalizadas.

11.4.Número de armas de fuego desactivadas de conformidad con las normas de la UE.

12.Número de armas de fuego/APAL, municiones y explosivos (confiscados o excedentes) cuya destrucción sistemática se haya registrado.

12.1.Cantidad registrada de armas de fuego/municiones/explosivos confiscados.

12.2.Cantidad de armas de fuego/municiones/explosivos confiscados y destruidos.

12.3.Cantidad de armas de fuego/municiones/explosivos confiscados y a las que se haya dado salida de otro modo.

12.4.Cantidad de armas de fuego/municiones/explosivos excedentes.

12.5.Cantidad de armas de fuego/municiones/explosivos excedentes destruidos.

12.6.Cantidad de armas de fuego/municiones/explosivos excedentes a los que se haya dado salida de otro modo.

13.Número de arsenales de APAL / armas de fuego y sus municiones que cumplen los estándares internacionales de seguridad y protección.

13.1.Número de arsenales militares de APAL y municiones.

13.2.Número de arsenales de APAL / armas de fuego y municiones de los cuerpos policiales.

13.3.Número de arsenales civiles de armas de fuego y municiones.

13.4.Número de arsenales militares que cumplen los estándares internacionales de seguridad y protección.

13.5.Número de arsenales de los cuerpos policiales adaptados a los estándares internacionales de seguridad y protección.

13.6.Número de arsenales civiles de armas de fuego y municiones adaptados a los estándares internacionales de seguridad y protección.

14.Porcentaje de satisfacción ciudadana (desglosada por género y edad) o sensación de seguridad con respecto a la violencia armada.

14.1.Porcentaje de ciudadanos que se sienten amenazados por la tenencia ilegal o el uso fraudulento de las armas.

(1)    Doc. 16726/3/13 REV 3 RESTREINT UE/EU RESTRICTED.
(2)    https://ec.europa.eu/home-affairs/sites/homeaffairs/files/news/docs/20181005_joint-action-plan-counter-terrorism-western-balkans.pdf.
(3)    Los dos primeros acuerdos fueron firmados por el comisario Avramopoulos y los ministros del Interior de Albania y la República de Macedonia del Norte el 9 de octubre de 2019 en Bruselas; véase https://ec.europa.eu/home-affairs/news/news/20191009_security-union-implementing-counter-terrorism-arrangements-albania-north-macedonia . El acuerdo con Kosovo* se firmó en Bruselas el 30 de octubre de 2019. Los tres últimos, con Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Serbia, se firmaron el 19 de noviembre de 2019 en el seno de la Reunión Ministerial sobre Justicia y Asuntos de Interior celebrada en Skopie. * Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.
(4)    Horizonte temporal de la hoja de ruta regional.
(5)    Véase el anexo 4.
(6)    O= Objetivo; M=Meta.
(7)    Véase la nota a pie de página 1.
(8)    15 de mayo de 2018, documento del Consejo N. 8586/18.
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