Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52020DC0511

    Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Croacia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2020 de Croacia

    COM/2020/511 final

    Bruselas, 20.5.2020

    COM(2020) 511 final

    Recomendación de

    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Croacia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2020 de Croacia


    Recomendación de

    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Croacia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2020 de Croacia

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 9, apartado 2,

    Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos 2 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

    Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

    Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

    Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

    Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

    Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

    Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

    Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

    Considerando lo siguiente:

    (1)El 17 de diciembre de 2019, la Comisión adoptó la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible, y marcó así el inicio del Semestre Europeo de 2020 para la coordinación de las políticas económicas. Se tuvo debidamente en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, que fue proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. El 17 de diciembre de 2019, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Croacia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo.

    (2)El informe específico de 2020 sobre Croacia 3 fue publicado el 26 de febrero de 2020. En él se evaluaban los avances realizados por Croacia con vistas a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 4 , las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones de años anteriores, así como los avances de Croacia hacia sus objetivos nacionales en el marco de la Estrategia Europa 2020. Asimismo, incluía un examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, cuyos resultados también se publicaron el 26 de febrero de 2020. El análisis de la Comisión la llevó a concluir que Croacia está experimentando desequilibrios macroeconómicos vinculados a su elevado nivel de endeudamiento público, privado y exterior en un contexto de bajo potencial de crecimiento.

    (3)El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró oficialmente la COVID-19 una pandemia mundial. Constituye una grave emergencia de salud pública para los ciudadanos, las sociedades y las economías. Está sometiendo a fuertes tensiones a los sistemas sanitarios nacionales, perturbando las cadenas de suministro mundiales, causando volatilidad en los mercados financieros, alterando profundamente la demanda de los consumidores y provocando efectos negativos en diversos sectores. Supone una amenaza para el empleo y la renta de los ciudadanos y para la actividad empresarial. La pandemia ha ocasionado una grave perturbación económica que ya está teniendo graves repercusiones en la Unión Europea. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación 5 en la que reclamaba una respuesta económica coordinada a la crisis, en la que participaran todas las partes interesadas a nivel nacional y de la Unión.

    (4)Varios Estados miembros han declarado un estado de alarma o introducido medidas de emergencia. Cualquier medida de emergencia debe ser estrictamente proporcionada, necesaria, limitada en el tiempo y conforme a las normas europeas e internacionales. Ha de estar sometida al control democrático y al examen independiente del poder judicial.

    (5)El 20 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento 6 . La cláusula, tal como se recoge en el artículo 5, apartado 1, el artículo 6, apartado 3, el artículo 9, apartado 1, y el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 y en el artículo 3, apartado 5, y el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en tiempos de grave recesión económica. En su Comunicación, la Comisión compartía con el Consejo la opinión de que, teniendo en cuenta la grave recesión económica que se preveía como consecuencia de la pandemia de COVID-19, las condiciones actuales permiten la activación de la cláusula. El 23 de marzo de 2020, los ministros de Hacienda de los Estados miembros manifestaron su acuerdo con la evaluación de la Comisión. La activación de la cláusula general de salvaguardia permite una desviación temporal respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, siempre que dicha desviación no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. En cuanto al componente corrector, el Consejo puede también decidir, previa recomendación de la Comisión, la adopción de una trayectoria presupuestaria revisada. La cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Permite a los Estados miembros no cumplir los requisitos presupuestarios que se aplicarían en condiciones normales y a la Comisión y al Consejo tomar las medidas necesarias de coordinación de políticas en el marco del Pacto.

    (6)Es necesario seguir actuando para limitar y controlar la propagación de la pandemia, aumentar la resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales, paliar las consecuencias socioeconómicas mediante medidas de apoyo destinadas a las empresas y los hogares y garantizar unas condiciones adecuadas de salud y seguridad en el puesto de trabajo con vistas a la reanudación de la actividad económica. La Unión debe utilizar plenamente los distintos instrumentos de que dispone para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en esos ámbitos. Paralelamente, los Estados miembros y la Unión deben colaborar a fin de preparar las medidas necesarias para volver a un funcionamiento normal de nuestras sociedades y economías y a un crecimiento sostenible, integrando, en particular, la transición ecológica y la transformación digital, y extrayendo todas las lecciones de la crisis.

    (7)La crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la flexibilidad que ofrece el mercado único para adaptarse a situaciones extraordinarias. No obstante, a fin de garantizar una transición rápida y sin contratiempos a la fase de recuperación y la libre circulación de bienes, servicios y trabajadores, es preciso eliminar las medidas excepcionales urgentes que impiden el funcionamiento normal del mercado único tan pronto como dejen de ser indispensables. La crisis actual ha mostrado la necesidad de planes de preparación ante las crisis en el sector sanitario, que incluyan, en particular, unas mejores estrategias de adquisición, unas cadenas de suministro diversificadas y unas reservas estratégicas de suministros esenciales. Se trata de elementos clave para la elaboración de planes de preparación ante las crisis más amplios.

    (8)El legislador de la Unión ya ha modificado los marcos legislativos pertinentes 7 con objeto de permitir a los Estados miembros movilizar todos los recursos no utilizados de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para abordar los efectos excepcionales de la pandemia de COVID-19. Esas modificaciones proporcionarán una flexibilidad adicional, así como unos procedimientos simplificados y racionalizados. Con el fin de disminuir las presiones sobre la tesorería, los Estados miembros también pueden disfrutar de una tasa de cofinanciación del 100 % con cargo al presupuesto de la Unión en el ejercicio contable 2020-2021. Se anima a Croacia a aprovechar plenamente estas posibilidades para ayudar a las personas y sectores más afectados por la crisis.

    (9)Es probable que las consecuencias socioeconómicas de la pandemia sean importantes y se distribuyan de forma desigual en las distintas regiones croatas debido a sus diferentes modelos de especialización. Las regiones costeras y las islas que dependen en gran medida del turismo se verán especialmente afectadas. Por tanto, la situación actual requiere respuestas políticas específicas.

    (10)El jueves 30 de abril de 2020, Croacia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2020 y su Programa de Convergencia de 2020. Ambos programas se han evaluado simultáneamente para tener en cuenta sus interrelaciones.

    (11)Croacia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y está sujeta a la norma en materia de deuda.

    (12)En su Programa de Convergencia de 2020, el Gobierno prevé que el saldo presupuestario se deteriore, pasando de un superávit del 0,4 % del PIB en 2019 a un déficit del 6,8 % del PIB en 2020, y mejore en 2021 a un déficit del 2,4 % del PIB. Según el Programa de Convergencia de 2020, la ratio deuda de las administraciones públicas / PIB, tras disminuir al 73,2 % en 2019, aumentaría al 86,7 % en 2020. Las perspectivas macroeconómicas y presupuestarias están muy afectadas por el elevado nivel de incertidumbre derivado de la pandemia de COVID-19.

    (13)En respuesta a la pandemia de COVID-19, y como parte de un enfoque coordinado de la Unión, Croacia ha adoptado medidas presupuestarias para aumentar la capacidad de su sistema sanitario, contener la pandemia y prestar ayuda a las personas y empresas más afectadas. Según el Programa de Convergencia de 2020, el importe de estas medidas presupuestarias es equivalente al 2,8 % del PIB. Las dos medidas principales son la subvención pagada a las empresas por el mantenimiento de los empleados y las exenciones fiscales concedidas a las empresas más afectadas. Por otra parte, Croacia ha adoptado medidas que, sin tener un impacto directo sobre el presupuesto, contribuirán a respaldar la liquidez de las empresas, y cuyo importe estima el Programa de Convergencia de 2020 en el 1,3 % del PIB. Entre estas medidas figuran los aplazamientos fiscales para los impuestos sobre la renta de las personas físicas y de las sociedades y las cotizaciones sociales. Globalmente, las medidas tomadas por Croacia están en consonancia con las orientaciones establecidas en la Comunicación de la Comisión sobre una respuesta económica coordinada a la pandemia de COVID-19. La plena aplicación de estas medidas, seguida por una reorientación de las políticas fiscales hacia el logro de una situación presupuestaria a medio plazo prudente cuando lo permitan las condiciones económicas, contribuirá a preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio plazo.

    (14)Según las previsiones de la primavera de 2020 de la Comisión, con la hipótesis de mantenimiento de la política económica, el saldo de las administraciones públicas de Croacia sería del -7,1 % del PIB en 2020 y del -2,2 % del PIB en 2021. Se prevé que la ratio de deuda de las administraciones públicas alcance el 88,6 % del PIB en 2020 y disminuya al 83,4 % del PIB en 2021.

    (15)El 20 de mayo de 2020, la Comisión publicó un informe elaborado de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado como consecuencia del incumplimiento previsto por parte de Croacia del valor de referencia para el déficit (3 % del PIB) en 2020. Globalmente, el análisis indica que el criterio de déficit definido en el Tratado y en el Reglamento (CE) n.º 1467/97 no se cumple.

    (16)En respuesta a la pandemia, Croacia emprendió rápidamente medidas de gran alcance para proteger a sus ciudadanos y contener la propagación del virus. La pandemia (y las medidas de aislamiento asociadas) perturbó gravemente la actividad empresarial, con efectos negativos en el mercado laboral. Se estima que el PIB real disminuirá un 9,1 % en 2020 y se recuperará un 7,5 % en 2021, y se prevé que la tasa de desempleo aumente hasta el 10,2 % en 2020 y mejore hasta el 7,4 % en 2021, según las previsiones de la Comisión. El sector turístico, que representa una parte muy importante de la economía croata, se verá seriamente afectado. Al mismo tiempo, Croacia también tuvo que hacer frente a los efectos de un importante terremoto en Zagreb el 22 de marzo de 2020. Para mitigar el impacto negativo en la economía, Croacia emprendió una serie de medidas ambiciosas, como medidas de apoyo salarial, exenciones y aplazamientos del pago de impuestos y cotizaciones sociales, apoyo a las pymes, garantías adicionales para el seguro de exportación y moratorias sobre los plazos de los préstamos, así como medidas específicas para el turismo y otros sectores altamente afectados.

    (17)La pandemia de COVID-19 supone una prueba de resiliencia para el sistema sanitario croata. Aunque el acceso a la asistencia sanitaria es generalmente bueno en Croacia, las necesidades médicas no cubiertas debido a la distancia son de las más elevadas de la Unión. Una distribución geográfica más equilibrada de los trabajadores sanitarios y las instalaciones sanitarias permitiría un acceso más fácil a los servicios sanitarios. El reparto de responsabilidades entre el Gobierno central y las autoridades de condado por lo que respecta a las instalaciones de asistencia sanitaria en Croacia es mejorable. El Gobierno central tiene que cubrir las deudas de los hospitales que son propiedad de los condados, pero dispone de medios limitados para influir en su gestión. Una cooperación más estrecha entre el Gobierno central y los condados es fundamental para garantizar el suministro de productos médicos críticos y poder adoptar medidas para limitar la propagación de la COVID-19. El uso de herramientas de salud electrónica permite reducir los contactos directos entre los profesionales de la salud y los pacientes, así como reducir el riesgo de infecciones. La utilización de recetas electrónicas está muy extendida, pero el porcentaje de consultas y registros sanitarios digitales es muy bajo.

    (18)Debido a la ralentización de la actividad económica, los empresarios tienen dificultades para pagar los salarios, lo que se prevé que provoque un aumento del desempleo y de los niveles de pobreza, y acentúe las disparidades territoriales. Tradicionalmente, la participación en medidas activas de empleo ha sido muy baja, pero, en las circunstancias actuales, estos programas están adquiriendo mayor importancia. Con el fin de proporcionar apoyo a los empleadores y reducir al mínimo el número de despidos, deben reforzarse tales medidas, pero también otros regímenes de ayuda con plazos determinados, en particular los regímenes de reducción del tiempo de trabajo. A corto plazo, estas medidas permiten mantener puestos de trabajo, pero, también a medio plazo, hay margen para mejorar la previsión de las necesidades del mercado laboral durante la fase de recuperación. El servicio público de empleo croata debe intensificar sus esfuerzos para apoyar el desarrollo de capacidades adecuadas (por ejemplo, capacidades digitales) de la mano de obra, desarrollar estrategias de acercamiento a la población inactiva y luchar contra el trabajo no declarado. La prestación por desempleo no ofrece una red de seguridad a los trabajadores despedidos, ya que su cobertura y adecuación son bajas. La capacidad de la prestación de renta mínima para reducir la pobreza también se considera escasa, en un contexto de tasas elevadas de pobreza y exclusión social, disparidades territoriales y factores de riesgo relacionados con la edad, el sexo y la discapacidad.

    (19)Preocupa la fiabilidad de la conectividad a internet. Los hogares croatas no disponen de un acceso generalizado a internet de alta velocidad. Alrededor del 70 % de los hogares tienen acceso a banda ancha fija, y solo el 6 % tienen acceso a banda ancha de al menos 100 Mbps. Especialmente en las zonas rurales, esto podría impedir el teletrabajo y la formación a distancia, en particular entre los grupos vulnerables, como los estudiantes de familias desfavorecidas o las personas con discapacidad. Estos grupos corren el riesgo de quedar excluidos de la reorientación repentina a una sociedad más digitalizada. Deben intensificarse las modalidades de trabajo alternativas que emplean tecnología digital, en estrecha cooperación con los interlocutores sociales, ya que el porcentaje de teletrabajadores (del 6 al 7 %) es la mitad de la media de la UE.

    (20)La escasez de mano de obra ha afectado continuamente a algunos sectores de la economía, debido principalmente a la falta de capacidades. Promover la adquisición de competencias adecuadas, incluidas las digitales, durante la educación y la formación iniciales y posteriormente mediante el reciclaje y la mejora de las capacidades, podría aumentar la productividad y colmar las lagunas en materia de capacidades. Es preciso mejorar la calidad y el carácter inclusivo del sistema de educación y formación a todos los niveles, así como seguir reformando los planes de estudio. La introducción de la educación digital ya ha demostrado su valor en esta crisis; se necesitan más infraestructuras y material para la educación y la formación digital y mejorar las competencias digitales de los profesores, alumnos y adultos.

    (21)Croacia debe apoyar el flujo continuo de crédito y otra financiación, incluida financiación no bancaria, a los prestatarios viables que se vean afectados negativamente por la crisis. Croacia ha adoptado diversas medidas de estímulo y apoyo a las pequeñas y medianas empresas (pymes). Para superar la crisis y allanar el camino hacia la recuperación, deben proseguir los esfuerzos a fin de proporcionar un apoyo rápido y continuo a la liquidez de las empresas a través de préstamos y garantías, en particular garantías estatales, con especial atención a las pymes. Las empresas croatas dependen en gran medida de los préstamos bancarios y los flujos de tesorería para satisfacer sus necesidades de financiación. El sistema bancario debe contar con el apoyo de garantías para ofrecer nueva financiación a las pymes y mejorar el acceso a la financiación. En el proceso de concepción y aplicación de estas medidas debe tenerse en cuenta la resiliencia del sector bancario. La exención y la autorización de pagos diferidos de impuestos y cotizaciones sociales también han contribuido a mejorar la liquidez de las empresas.

    (22)Se han renovado los esfuerzos para reducir la carga administrativa y las restricciones reglamentarias. Sin embargo, el funcionamiento de las empresas en general sigue viéndose frenado por la aún elevada carga normativa y administrativa, por ejemplo, en lo que se refiere a las autorizaciones, los requisitos de información y los procedimientos fiscales. La identificación de las cargas administrativas y financieras está avanzando a través de las consultas con las partes interesadas y a través de un sitio web específico, y se están adoptando medidas para reducir las obligaciones más gravosas. También es esencial garantizar el acceso a las profesiones y el ejercicio de las mismas, mediante la racionalización de sus marcos reglamentarios y de los procedimientos administrativos conexos, especialmente para las pymes y las microempresas, incluidos los profesionales que ejercen a título individual. Se han revisado las tasas parafiscales y el Gobierno adoptó un primer plan de acción en mayo de 2020.

    (23)Con objeto de fomentar la recuperación económica, será importante anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada, particularmente a través de reformas pertinentes. Croacia debe promover la inversión en sectores potenciadores del crecimiento, contribuyendo así a la transición ecológica y digital. Una infraestructura digital moderna y sólida es clave para la transformación digital de la administración pública y las empresas. Las inversiones en redes de muy alta capacidad, incluida la 5G, son un prerrequisito para la transición digital. La inversión debe apoyar los objetivos de descarbonización y transición energética de Croacia establecidos en el plan nacional de energía y clima. Croacia tiene margen y oportunidades para invertir en transporte urbano y ferroviario sostenible, eficiencia energética, fuentes renovables de energía e infraestructuras medioambientales. Además, Croacia está muy por debajo de la media de la UE en cuanto a gestión del agua y los residuos, y es necesario invertir para apoyar el desarrollo económico croata. La programación del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 podría ayudar a Croacia a abordar algunos de los retos que plantea la transición hacia una economía climáticamente neutra, en particular en los territorios contemplados en el anexo D del informe por país. Esto permitiría a Croacia optimizar el uso de este Fondo.

    (24)La eficiencia de la administración pública croata es inferior a la media de la UE. Su baja capacidad para elaborar y aplicar políticas y proyectos obstaculiza su eficacia y rapidez, como se ha puesto de manifiesto durante la crisis en la aplicación de los Fondos Estructurales y de Inversión, que, en el caso de Croacia, representan una gran oportunidad para aliviar las consecuencias de la crisis y apoyar la recuperación económica. No avanza la aplicación del nuevo sistema de planificación estratégica ni la anunciada Estrategia Nacional de Desarrollo. Por otra parte, existe una elevada fragmentación territorial de la administración pública y un desequilibrio entre las responsabilidades y los recursos a nivel local. Esto contribuye a la calidad desigual de los servicios públicos prestados en todo el país y eleva los costes administrativos.

    (25)Los retrasos y procedimientos prolongados en los tribunales civiles y mercantiles siguen afectando al entorno empresarial y a la resolución eficaz de los procedimientos de insolvencia, y los desafíos en materia de calidad y eficiencia de la justicia penal dificultan la lucha contra los delitos económicos y financieros. Se ha avanzado en la resolución de los asuntos pendientes más antiguos y en el uso de la comunicación electrónica en los tribunales, aunque sigue habiendo margen de mejora.

    (26)Aunque las presentes recomendaciones se centran en hacer frente a los efectos socioeconómicos de la pandemia y facilitar la recuperación económica, las recomendaciones específicas por país de 2019 adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 también incluían reformas esenciales para afrontar los desafíos estructurales a medio y largo plazo. Esas recomendaciones aún son pertinentes y continuarán siendo objeto de seguimiento durante el ciclo anual del Semestre Europeo del año próximo. Lo anterior también se aplica a las recomendaciones sobre las políticas económicas relacionadas con la inversión. Estas recomendaciones deben tenerse en cuenta para la programación estratégica de la financiación de la política de cohesión después de 2020, incluidas las medidas de mitigación y las estrategias de salida en relación con la crisis actual.

    (27)El sector financiero de Croacia está bien capitalizado y es rentable, y la calidad de los activos del sector bancario ha mejorado en los últimos años. No obstante, es probable que las entidades financieras sufran algunas tensiones debido a su exposición a sectores más vulnerables a la pandemia de COVID-19. Se han introducido medidas para mitigar el impacto negativo de las medidas de confinamiento para las empresas. Es fundamental que estas medidas sean temporales, estén estrictamente vinculadas a la pandemia y sean adecuadas para ayudar a que las empresas que se enfrentan a dificultades financieras vuelvan a ser viables. Este enfoque apoyará a las empresas sin socavar los progresos realizados por Croacia para mejorar la estabilidad de su sector financiero.

    (28)Es esencial seguir reforzando el marco para prevenir y sancionar la corrupción a fin de garantizar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 y lograr una asignación y una distribución eficiente, responsable y transparente de los fondos y los recursos. A pesar de la ejecución parcial de varios planes de acción, las cuestiones relacionadas con la corrupción y los conflictos de intereses siguen estando generalizadas entre las empresas. Son necesarios esfuerzos adicionales a fin de reforzar el marco para prevenir y sancionar la corrupción, con objeto de garantizar un uso transparente y eficiente de los fondos públicos. Son necesarios instrumentos más eficaces de prevención y represión de la corrupción, en particular a nivel local. Sigue siendo necesario mejorar los mecanismos de supervisión de los funcionarios y administradores de empresas públicas locales, y garantizar que la Comisión sobre Conflictos de Intereses pueda cumplir su papel preventivo esencial. Se espera que las iniciativas de aumento de la transparencia, como la publicación de activos de jueces y fiscales, comiencen en 2020.

    (29)El Semestre Europeo proporciona el marco para una coordinación continua de las políticas económicas y de empleo en la Unión, que puede contribuir a una economía sostenible. Los Estados miembros han hecho balance de los avances en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas en sus Programas Nacionales de Reformas de 2020. Al garantizar la plena aplicación de las recomendaciones que figuran a continuación, Croacia contribuirá a los avances hacia los ODS y al esfuerzo común de asegurar la sostenibilidad competitiva en la Unión.

    (30)En el contexto del Semestre Europeo de 2020, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Croacia y lo ha publicado en el informe por país de 2020. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia de 2020, el Programa Nacional de Reformas de 2020 y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Croacia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y fiscal de Croacia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión mediante aportaciones de esta a las futuras decisiones nacionales.

    (31)A la luz de esta valoración, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia de 2020, y su dictamen 8 se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

    (32)A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas de 2020 y el Programa de Convergencia de 2020. Las presentes recomendaciones toman en consideración las necesidades de afrontar la pandemia y de facilitar la recuperación económica como primer paso ineludible para permitir un ajuste de los desequilibrios. Las recomendaciones que abordan directamente los desequilibrios macroeconómicos detectados por la Comisión con arreglo al artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 se reflejan en las recomendaciones 1, 2, 3 y 4.

    RECOMIENDA a Croacia que tome medidas en 2020 y 2021 con el fin de:

    1.En consonancia con la cláusula general de salvaguardia, tomar todas las medidas necesarias para combatir eficazmente la pandemia, sostener la economía y respaldar la posterior recuperación de forma eficaz. Cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas fiscales destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al mismo tiempo que se fomenta la inversión. Aumentar la resiliencia del sistema sanitario. Promover una distribución geográfica equilibrada de los trabajadores y las instalaciones de salud, una cooperación más estrecha entre todos los niveles de administración, e inversiones en sanidad electrónica.

    2.Reforzar las medidas e instituciones del mercado laboral, y mejorar la adecuación de las prestaciones por desempleo y de los regímenes de renta mínima. Aumentar el acceso a la infraestructura y los servicios digitales. Promover la adquisición de capacidades.

    3.Mantener las medidas destinadas a proporcionar liquidez a las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores por cuenta propia. Seguir reduciendo las tasas parafiscales y las restricciones en la regulación del mercado de bienes y servicios. Anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica. Centrar las inversiones en la transición verde y digital, en particular en las infraestructuras medioambientales, el transporte urbano y ferroviario sostenible, la producción y el uso limpios y eficientes de energía, y la banda ancha de alta velocidad.

    4.Reforzar la capacidad y eficiencia de la administración pública para concebir y aplicar políticas y proyectos públicos a nivel central y local. Mejorar la eficacia del sistema judicial.

    Hecho en Bruselas, el

       Por el Consejo

       El Presidente

    (1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
    (2)    DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
    (3)    SWD(2020) 510 final.
    (4)    DO C 301 de 5.9.2019, p. 117.
    (5)    COM(2020) 112 final.
    (6)    COM(2020) 123 final.
    (7)

       Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de marzo de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID‐19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus) (DO L 99 de 31.3.2020, p. 5) y Reglamento (UE) 2020/558 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013 y (UE) n.º 1303/2013 en lo que respecta a medidas específicas para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19 (DO L 130 de 24.4.2020, p. 1).

    (8)    Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.
    Top