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Document 52020DC0501

Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Bélgica y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de Bélgica

COM/2020/501 final

Bruselas, 20.5.2020

COM(2020) 501 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Bélgica y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de Bélgica


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Bélgica y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de Bélgica

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 5, apartado 2,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)El 17 de diciembre de 2019, la Comisión adoptó la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2020 para la coordinación de las políticas económicas. Se tuvo debidamente en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, que fue proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. El 17 de diciembre de 2019, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Bélgica como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también una Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro.

(2)El informe específico de 2020 sobre Bélgica 2 se publicó el 26 de febrero de 2020. En él se evaluaban los avances realizados por Bélgica de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 3 y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones de años anteriores, así como los avances de Bélgica hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020.

(3)El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró oficialmente la COVID-19 una pandemia mundial. La pandemia constituye una grave emergencia de salud pública para los ciudadanos, las sociedades y las economías. Está sometiendo a fuertes tensiones a los sistemas sanitarios nacionales, perturbando las cadenas de suministro mundiales, provocando la volatilidad de los mercados financieros, causando perturbaciones en la demanda de los consumidores y provocando efectos negativos en diversos sectores. Supone además una amenaza para el empleo y la renta de las personas y la actividad de las empresas. La pandemia ha ocasionado una grave perturbación económica que ya está teniendo repercusiones negativas significativas en la Unión Europea. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación 4 en la que reclamaba una respuesta económica coordinada a la crisis, en la que participaran todas las partes interesadas a nivel nacional y de la Unión.

(4)Varios Estados miembros han declarado un estado de alarma o introducido medidas de emergencia. Cualquier medida de emergencia debe ser estrictamente proporcionada, necesaria, limitada en el tiempo y conforme a las normas europeas e internacionales. Ha de estar sometida al control democrático y al examen independiente del poder judicial

(5)El 20 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento 5 . La cláusula, tal como se recoge en el artículo 5, apartado 1, el artículo 6, apartado 3, el artículo 9, apartado 1, y el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 y en el artículo 3, apartado 5, y el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en tiempos de grave recesión económica. En su Comunicación, la Comisión compartía con el Consejo su opinión de que, teniendo en cuenta la grave recesión económica que se preveía como consecuencia de la pandemia de COVID-19, las condiciones actuales permiten la activación de la cláusula. El 23 de marzo de 2020, los ministros de Hacienda de los Estados miembros aceptaron la evaluación de la Comisión. La activación de la cláusula general de salvaguardia permite una desviación temporal respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, siempre que dicha desviación no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. Por lo que respecta al componente corrector, el Consejo también puede decidir, previa recomendación de la Comisión, la adopción de una trayectoria presupuestaria revisada. La cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Permite a los Estados miembros apartarse de los requisitos presupuestarios que se aplicarían en condiciones normales y a la Comisión y al Consejo tomar las medidas necesarias de coordinación de políticas en el marco del Pacto.

(6)Es necesario seguir actuando para limitar y controlar la propagación de la pandemia, aumentar la resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales, paliar las consecuencias socioeconómicas mediante medidas de apoyo destinadas a las empresas y los hogares, y garantizar unas condiciones adecuadas de salud y protección en el lugar de trabajo con vistas a la reanudación de la actividad económica. La Unión debe utilizar plenamente los distintos instrumentos de que dispone para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en esos ámbitos. Paralelamente, los Estados miembros y la Unión deben colaborar a fin de preparar las medidas necesarias para recobrar un funcionamiento normal de nuestras sociedades y economías y un crecimiento sostenible, integrando, en particular, la transición ecológica y la transformación digital, y extrayendo de la crisis todas las lecciones pertinentes.

(7)La crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la flexibilidad que ofrece el mercado único para adaptarse a situaciones extraordinarias. No obstante, a fin de garantizar una transición rápida y sin contratiempos a la fase de recuperación y la libre circulación de bienes, servicios y trabajadores, es preciso eliminar las medidas excepcionales urgentes que impiden el funcionamiento normal del mercado único tan pronto como dejen de ser indispensables. La crisis actual ha dejado patente la necesidad de disponer de planes de preparación frente a las crisis en el sector sanitario, que incluyan, en particular, unas mejores estrategias de adquisición, unas cadenas de suministro diversificadas y reservas estratégicas de suministros esenciales. Se trata de elementos clave para la elaboración de planes de preparación ante las crisis más amplios.

(8)El legislador de la Unión ha modificado ya los marcos legislativos pertinentes 6 para permitir que los Estados miembros movilicen todos los recursos no utilizados de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, de modo que puedan paliar los efectos excepcionales de la pandemia de COVID-19. A través de esas modificaciones se logrará mayor flexibilidad, así como la simplificación y racionalización de los procedimientos. Con el fin de disminuir las presiones sobre la tesorería, los Estados miembros también pueden disfrutar de una tasa de cofinanciación del 100 % con cargo al presupuesto de la Unión en el ejercicio contable 2020-2021. Se anima a Bélgica a que aproveche plenamente estas posibilidades para ayudar a las personas y los sectores más afectados por los desafíos actuales.

(9)Es probable que las consecuencias socioeconómicas de la pandemia se distribuyan de forma desigual entre las distintas regiones debido a sus diferentes modelos de especialización. Ello conlleva un riesgo sustancial de que se amplíen las disparidades interregionales e intrarregionales en Bélgica. Habida cuenta también del riesgo de dislocación temporal del proceso de convergencia entre los Estados miembros, la situación actual requiere respuestas políticas específicas.

(10)El 30 de abril de 2020, Bélgica presentó su Programa Nacional de Reformas de 2020 y su Programa de Estabilidad de 2020. Ambos programas se han evaluado simultáneamente para tener en cuenta sus interrelaciones.

(11)Bélgica se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y está sujeta a la norma en materia de deuda.

(12)El 13 de julio de 2018, el Consejo recomendó a Bélgica que garantizase que la tasa de incremento nominal del gasto público primario neto 7 no rebasara el 1,8 % en 2019, lo que correspondería a un ajuste estructural anual del 0,6 % del PIB. Dado que, de acuerdo con las evaluaciones realizadas, Bélgica cumplía los requisitos necesarios para acogerse a la desviación temporal solicitada del 0,5 % del PIB en virtud de la cláusula de reforma estructural, el ajuste estructural requerido para 2019 se redujo al 0,1 % del PIB, lo que corresponde a una tasa de incremento nominal del gasto primario neto no superior al 2,8 % en 2019. La evaluación general de la Comisión confirma una desviación significativa de la trayectoria de ajuste recomendada hacia el cumplimiento del objetivo presupuestario a medio plazo en 2019 y a lo largo de 2018 y 2019, considerados en su conjunto. Se trata de un factor pertinente recogido en el informe de la Comisión elaborado de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado por el que se evalúa el cumplimiento del criterio de deuda por parte de Bélgica en 2019.

(13)En su Programa de Estabilidad de 2020, el Gobierno planifica que el saldo global se deteriore pasando de un déficit del 1,9 % del PIB en 2019 a un déficit del 7,5 % en 2020. Tras haberse reducido hasta el 98,6 % del PIB en 2019, se espera que la ratio deuda pública/PIB se incremente hasta situarse en torno al 115 % en 2020, según el Programa de Estabilidad de 2020. Las perspectivas macroeconómicas y presupuestarias se ven afectadas por una gran incertidumbre como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

(14)En respuesta a la misma, y en el marco de un enfoque de la Unión coordinado, Bélgica ha adoptado medidas presupuestarias para aumentar la capacidad de su sistema sanitario, contener la pandemia y proporcionar ayuda a aquellas personas y sectores que se han visto especialmente afectados. Según el Programa de Estabilidad de 2020, estas medidas presupuestarias han ascendido al 2,3 % del PIB. Las medidas incluyen un régimen federal de prestaciones por desempleo temporal, una renta sustitutiva para los trabajadores autónomos, una provisión federal para los gastos relacionados con la crisis, así como diversas asignaciones regionales en favor de las empresas y subvenciones sectoriales. La cuantificación de las medidas que incrementan el déficit coincide en líneas generales con las estimaciones de la Comisión, una vez que se tiene en cuenta el trato diferente otorgado al coste de los estabilizadores automáticos. Además, Bélgica ha anunciado la adopción de medidas que, sin tener un impacto presupuestario directo, contribuirán a aportar liquidez a las empresas. Esas medidas consisten en garantías de préstamos federales y regionales en beneficio de las empresas y los trabajadores autónomos, que el Programa de Estabilidad de 2020 estima en el 11,8 % del PIB. También se han aplicado aplazamientos de pagos tributarios, especialmente en relación con los impuestos sobre la renta de las personas físicas y de sociedades y las cotizaciones a la seguridad social, aunque el Programa de Estabilidad de 2020 no los cuantifica. Globalmente, las medidas adoptadas por Bélgica se ajustan a las directrices establecidas en la Comunicación de la Comisión sobre una respuesta económica coordinada a la pandemia de COVID-19. La plena aplicación de estas medidas, seguida por una reorientación de las políticas fiscales hacia el logro de una situación presupuestaria a medio plazo prudente cuando lo permitan las condiciones económicas, contribuirá a preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio plazo.

(15)Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2020 de la Comisión, con la hipótesis de mantenimiento de las políticas, el saldo presupuestario de las administraciones públicas de Bélgica sería del -8,9 % del PIB en 2020 y del -4,2 % en 2021. Se prevé que la ratio de deuda de las administraciones públicas alcance el 113,8 % del PIB en 2020.

(16)El 20 de mayo de 2020, la Comisión publicó un informe elaborado con arreglo al artículo 126, apartado 3, del Tratado como consecuencia del incumplimiento de la norma en materia de deuda en 2019 por parte de Bélgica y del incumplimiento previsto del valor de referencia del déficit (3 % del PIB) en 2020. Globalmente, el análisis indica que el criterio de déficit y el criterio de deuda establecidos en el Tratado y en el Reglamento (CE) n.º 1467/1997 no se cumplen.

(17)En respuesta al brote de COVID-19, las autoridades belgas han adoptado un amplio paquete de medidas para mitigar el impacto social y económico de la aguda recesión económica. Se ha establecido un régimen de garantías por valor de 50 000 millones EUR para los nuevos créditos a corto plazo concedidos a las empresas viables. Las regiones y comunidades han introducido también en favor de las empresas garantías para préstamos puente y ordinarios, aportes de liquidez en forma de préstamos directos y medidas de apoyo financiero para las más afectadas por la crisis. El reembolso de créditos hipotecarios y préstamos a empresas en curso puede prorrogarse. Las empresas más afectadas pueden acogerse a una moratoria temporal de los procedimientos concursales. Se han introducido diferentes incentivos para animar a los trabajadores a permanecer en el puesto de trabajo o reanudar su actividad a fin de garantizar la continuidad de las actividades. El pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos, como el impuesto sobre el valor añadido o los impuestos sobre sociedades y sobre la renta de las personas físicas, puede ser objeto de aplazamiento o condonación en algunos casos. El Gobierno federal ha puesto a disposición de las empresas afectadas por la crisis el régimen de prestaciones por desempleo temporal por motivos de fuerza mayor, que lleva aparejadas mayores ventajas. Se ha previsto una renta sustitutiva mensual para aquellos trabajadores autónomos cuya actividad se haya visto interrumpida durante al menos siete días consecutivos. Se congela temporalmente la reducción progresiva de las prestaciones por desempleo. El Gobierno federal también está preparando un conjunto adicional de medidas para hacer frente a la insolvencia de las empresas, como una exención del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta para el ejercicio 2020.

(18)El sistema de salud belga muestra un funcionamiento satisfactorio por lo que respecta a la prestación de cuidados intensivos en el medio hospitalario. Sin embargo, la pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto una serie de deficiencias en la resiliencia del sistema sanitario ante una crisis grave de salud pública. Ha evidenciado que Bélgica se enfrenta a una escasez estructural de personal sanitario que es preciso paliar. En un futuro inmediato, seguirá siendo fundamental garantizar el abastecimiento de suficientes productos médicos críticos, incluidos los equipos de protección, en particular para los trabajadores sanitarios y de otras profesiones de riesgo. Para garantizar la gestión eficaz de una crisis de salud pública como la provocada por la COVID-19 seguirá siendo esencial a corto y medio plazo aplicar una estrategia de salud pública que esté totalmente coordinada con las políticas de prevención y de cuidados de larga duración. En este contexto, se considera un componente importante la aplicación sin trabas del acuerdo sobre asistencia sanitaria pública alcanzado por la Conferencia Interministerial a fin de que el personal y las infraestructuras de los hospitales (una competencia federal) estén a disposición de los centros de cuidados de larga duración (una competencia de las comunidades).

(19)Tras haberse alcanzado niveles de empleo récord en 2019 y principios de 2020, la crisis provocada por la COVID-19 ha paralizado bruscamente el crecimiento del empleo en Bélgica. Los regímenes estatales de apoyo a la renta en vigor en el país, como el régimen de prestaciones por desempleo temporal para los trabajadores por cuenta ajena y el derecho de transición para los trabajadores autónomos, ofrecen una compensación parcial por las pérdidas de ingresos debidas a la reducción del tiempo de trabajo. Estos regímenes de reducción del tiempo de trabajo desempeñan un papel importante a la hora de atenuar el impacto de la disminución de la producción sobre los niveles de empleo. No obstante, se espera que el desempleo aumente hasta el 7 % en 2020 y disminuya ligeramente hasta situarse en el 6,6 % en 2021. A fin de evitar que el incremento del desempleo adquiera carácter estructural, será preciso realizar esfuerzos adicionales a fin reforzar la eficacia de las políticas activas del mercado de trabajo existentes, que sigue siendo exigua, como demuestra la coexistencia de una elevada proporción de desempleados que participan en medidas activas del mercado de trabajo con una baja transición del desempleo al empleo. Debe prestarse especial atención al establecimiento de un enfoque global que integre a las personas más alejadas del mercado de trabajo, que serán probablemente las más afectadas por las consecuencias socioeconómicas negativas de la crisis. Entre los grupos vulnerables cabe citar, en particular, a las personas poco cualificadas, de origen migrante y discapacitadas. Por otra parte, la cuña impositiva sobre el trabajo sigue siendo en promedio elevada en todos los niveles de salarios, excepto por lo que respecta a los trabajadores con sueldos muy bajos (50 % del salario medio). Se trata de un importante factor de la relativa elevación de los costes laborales, que podría afectar negativamente a la demanda de mano de obra, en particular en el caso de los empleos de baja productividad.

(20)Debe fomentarse la movilidad laboral hacia los sectores que registran carencias importantes, como la salud, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y las actividades técnicas y profesionales. Esta movilidad irá acompañada de importantes necesidades en términos de reciclaje y mejora de las cualificaciones y requerirá un incremento del nivel de participación de los adultos en la educación y formación, por ejemplo, aprovechando el tiempo que deja la jornada laboral reducida. Preocupa que los planes existentes en materia incentivación de la formación no lleguen a quienes más se beneficiarían de ellos, es decir las personas poco cualificadas, los trabajadores de más edad y las personas de origen migrante. La deficiencia de competencias lingüísticas es un obstáculo importante, en particular en Bruselas, ciudad con un régimen bilingüe. Las comunidades están tomando medidas para que se incremente la elección de estudios científicos, tecnológicos, de ingeniería y matemáticas, pero existe margen para implantar estrategias más globales a fin de satisfacer la futura demanda del mercado de trabajo. El nivel general de competencias digitales es satisfactorio, pero permanece estancado. Entre los jóvenes, y en particular entre aquellos con un bajo nivel educativo, el nivel de capacidades digitales es inferior a la media de la UE y ha empeorado en los últimos años. Para que quede garantizado el acceso al aprendizaje a distancia es esencial que todos los alumnos dispongan del equipo y las conexiones a Internet apropiados y que los profesores tengan acceso a formación y a los programas de tutorización necesarios. Esa medida es asimismo necesaria para que las desigualdades existentes en el sistema educativo no se agraven como consecuencia de la crisis.

(21)Bélgica ha adoptado numerosos regímenes para apoyar la liquidez de las empresas, incluido un régimen de garantías estatales para préstamos y varios regímenes regionales notificados en el marco temporal de medidas de ayuda estatal a fin de apoyar la economía en el actual brote de COVID-19. Es esencial lograr una aplicación eficiente y efectiva de dichos regímenes, también por parte de los intermediarios, a fin de garantizar que las empresas, especialmente las de pequeño y mediano tamaño, y los trabajadores autónomos se benefician de ellos de forma que queden protegidos y puedan recuperarse con mayor rapidez. En el proceso de diseño y aplicación de estas medidas es preciso tener en cuenta la resiliencia del sector bancario, incluidos los intermediarios.

(22)A pesar de los esfuerzos del Gobierno, la carga administrativa sobre las empresas supone unos 7 000 millones EUR anuales (1,6 % del PIB), la mayoría de los cuales en concepto de cumplimiento de la legislación tributaria y laboral. El sistema tributario es complejo debido a los diversos gastos fiscales. A las empresas les resulta difícil gestionar las nóminas, en particular en aquellos casos en que tienen que lidiar con los distintos sistemas regionales. Las autoridades públicas están demorando de forma creciente los pagos a las empresas, lo que contribuye a la quiebra de estas últimas y al deterioro del clima empresarial. Se están produciendo grandes retrasos en la concesión de permisos de construcción y en las conexiones para el suministro de agua y electricidad. El proceso de transmisión de la propiedad se encuentra entre los más lentos y caros de la UE. Existen importantes discrepancias regionales en cuanto a los requisitos de entrada para los servicios de artesanía y de construcción. Las normas sobre el horario de apertura de los comercios, las promociones de ventas, los descuentos y los canales de distribución de medicamentos no sujetos a prescripción lastran el entorno operativo de los minoristas. El despliegue de la tecnología 5G se está conteniendo, entre otras cosas, mediante la fijación de límites de radiación estrictos (especialmente en Bruselas) que varían según las regiones, el gravamen de las antenas con impuestos elevados en Bruselas y la dilatación de los plazos de concesión de los permisos necesarios para la instalación de las antenas. En el ámbito de la insolvencia, no existe ningún procedimiento especial simplificado de conciliación extrajudicial para las pequeñas y medianas empresas y solo los deudores pueden iniciar procedimientos de insolvencia. A pesar de las mejoras graduales, la informatización insuficiente y la falta de recursos siguen suponiendo un reto para el sistema judicial. La duración de los procedimientos en el ámbito de la justicia administrativa provoca importantes demoras en la tramitación de los casos relacionados con la contratación pública y la obtención de permisos de construcción. Las principales autoridades responsables de la vigilancia del mercado, la competencia y el transporte ferroviario carecen de personal suficiente para llevar a cabo sus tareas.

(23)Con objeto de fomentar la recuperación económica, será importante anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en un estado avanzado de desarrollo y promover la inversión privada, particularmente a través de reformas pertinentes. Como se indica en el Plan Nacional de Energía y Clima para el período 2021-2030 de Bélgica, este país tiene importantes necesidades de inversión en transporte sostenible, especialmente para hacer frente a la congestión del tráfico y la movilidad eléctrica. Antes de la crisis, las regiones belgas habían anunciado importantes planes plurianuales para infraestructuras de transporte. Se están llevando a cabo inversiones de calado en los servicios ferroviarios de cercanías en torno a Bruselas, sí como en las señalizaciones, y conexiones ferroviarias portuarias y transfronterizas. El Plan Nacional también ha identificado importantes necesidades de inversión en la generación de energía renovable y flexible, interconexiones, redes inteligentes, almacenamiento y eficiencia energética con vistas a cumplir los objetivos europeos en materia de energía, respetar el compromiso de Bélgica de ir eliminando gradualmente la energía nuclear de aquí a 2025 y renovar en un 80 % el parque inmobiliario construido antes de la introducción de las normas en materia energética. En contraste con la intensidad relativamente elevada de la Investigación y Desarrollo (I+D) privada, la intensidad de la I+D pública sigue siendo ligeramente inferior a la de la mayoría de los Estados miembros con un nivel de desarrollo económico similar. Bélgica corre el riesgo de quedarse rezagada en el despliegue de la tecnología 5G, ya que no tiene previsto asignar bandas pioneras 5G en los plazos fijados en la legislación de la Unión. En marzo de 2020, las autoridades belgas iniciaron una consulta pública sobre la concesión de licencias nacionales temporales para los 200 MHz del espectro disponible en la banda de 3,6-3,8 GHz, como solución temporal. La programación del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 podría ayudar a Bélgica a abordar algunos de los retos que plantea la transición hacia una economía climáticamente neutra, en particular en los territorios contemplados en el anexo D del informe por país. Ello permitiría al país garantizar la utilización óptima de ese Fondo.

(24)Aunque las presentes recomendaciones se centran en hacer frente a los efectos socioeconómicos de la pandemia y facilitar la recuperación económica, las recomendaciones específicas por país de 2019 adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 también incluían reformas esenciales para afrontar los desafíos estructurales a medio y largo plazo. Esas recomendaciones aún son pertinentes y continuarán siendo objeto de seguimiento durante el ciclo anual del Semestre Europeo del año próximo. Lo anterior también se aplica a las recomendaciones sobre las políticas económicas relacionadas con la inversión. Dichas recomendaciones deben tenerse en cuenta para la programación estratégica de la financiación de la política de cohesión después de 2020, incluidas las medidas de mitigación y las estrategias de salida en relación con la crisis actual.

(25)El Semestre Europeo proporciona el marco para una coordinación continua de las políticas económicas y de empleo en la Unión, que puede contribuir a una economía sostenible. Los Estados miembros han hecho balance de los avances en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas en sus Programas Nacionales de Reformas de 2020. Al garantizar la plena aplicación de las recomendaciones que figuran a continuación, Bélgica contribuirá a los avances hacia los ODS y al esfuerzo común de asegurar la sostenibilidad competitiva en la Unión.

(26)Para una recuperación rápida de las repercusiones económicas de la pandemia de COVID-19 es fundamental una estrecha coordinación entre las economías de la Unión Económica y Monetaria. Como Estado miembro cuya moneda es el euro, y teniendo en cuenta las orientaciones facilitadas por el Eurogrupo, Bélgica debe velar por que sus políticas sigan siendo coherentes con las recomendaciones de la zona del euro y estén coordinadas con las de los demás Estados miembros de la zona del euro.

(27)En el contexto del Semestre Europeo de 2020, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Bélgica y lo ha publicado en el informe por país de 2020. Ha evaluado también el Programa de Estabilidad de 2020 y el Programa Nacional de Reformas de 2020, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Bélgica en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y socioeconómica de Bélgica, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incorporando aportaciones a las futuras decisiones nacionales desde el nivel de la Unión.

(28)A la luz de esa evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2020, y su dictamen 8 se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

RECOMIENDA que Bélgica tome medidas en 2020 y 2021 con el fin de:

1.En consonancia con la cláusula general de salvaguardia, adoptar todas las medidas necesarias para combatir eficazmente la pandemia, sostener la economía y respaldar la posterior recuperación de forma eficaz. Cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas fiscales destinadas a lograr situaciones fiscales prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al mismo tiempo que se fomenta la inversión. Reforzar la resiliencia general del sistema sanitario y garantizar el suministro de productos médicos esenciales.

2.Mitigar el impacto de la crisis desde el punto de vista social y del empleo, en particular mediante el fomento de medidas eficaces y activas del mercado laboral y el estímulo del desarrollo de capacidades.

3.Garantizar la aplicación efectiva de las medidas de aporte de liquidez a fin de ayudar a las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores autónomos y mejorar el entorno empresarial. Anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica. Centrar la inversión en la transición ecológica y digital, en particular en las infraestructuras para un transporte sostenible, la producción y utilización de fuentes de energía limpias y eficientes, las infraestructuras digitales, como las redes 5G y Gigabit, y la investigación e innovación.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2)    SWD(2020) 500 final.
(3)    DO C 301 de 5.9.2019, p. 1.
(4)    COM(2020) 112 final.
(5)    COM(2020) 123 final.
(6)

   Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de marzo de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID‐19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus) (DO L 99 de 31.3.2020, p. 5) y Reglamento (UE) 2020/558 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013 y (UE) n.º 1303/2013 en lo que respecta a medidas específicas para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19 (DO L 130 de 24.4.2020, p. 1).

(7)    El gasto público primario neto se compone del gasto público total, excluidos los gastos en concepto de intereses, los gastos correspondientes a programas de la Unión compensados totalmente con ingresos procedentes de fondos de la Unión, y los cambios no discrecionales en los gastos destinados a prestaciones por desempleo. La formación bruta de capital fijo financiada a escala nacional se reparte a lo largo de un período de cuatro años. Las medidas discrecionales relacionadas con los ingresos o los aumentos de los ingresos fijados legalmente se integran en el cálculo. Las medidas puntuales, tanto por el lado de los ingresos como por el de los gastos, se calculan en cifras netas.
(8)    Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.
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