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Document 52019XC0806(01)

    Publicación de una comunicación de la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

    DO C 264 de 6.8.2019, p. 9–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.8.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 264/9


    Publicación de una comunicación de la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

    (2019/C 264/07)

    La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

    COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL

    «Fiefs Vendéens»

    Número de referencia: PDO-FR-A0733-AM01

    Fecha de la comunicación: 12.6.2019

    DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

    1.   Zona geográfica

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IV, apartado 1.o, del pliego de condiciones, el párrafo relativo a la zona geográfica se modifica como sigue: «La vendimia, la vinificación y la elaboración de los vinos se realizan en el territorio de los municipios del departamento de Vendée enumerados a continuación, tal como fue aprobado por el Institut national de l’origine et de la qualité en la reunión del comité nacional competente de 10 de febrero de 2011: Auchay-sur-Vendée (únicamente el territorio del municipio delegado de Auzay), Brem-sur-Mer, Bretignolles-sur-Mer, Le Champ-Saint-Père, Chantonnay, Château-Guibert, La Couture, L’Île-d’Olonne, Longèves, Mareuil-sur-Lay-Dissais, Olonne-sur-Mer, Pissotte, Le Poiré-sur-Velluire, Rives de l’Yon, Rosnay, Le Tablier, Vairé y Vix.».

    Esta modificación es consecuencia de la fusión de determinados municipios.

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    2.   Zona geográfica DGC Mareuil

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IV, apartado 2, del pliego de condiciones, los municipios de la denominación geográfica complementaria Mareuil se sustituyen por el texto siguiente: «“Mareuil”: Le Champ-Saint-Père, Château-Guibert, La Couture, Mareuil-sur-Lay-Dissais, Rives de l’Yon, Rosnay y Le Tablier.».

    Esta modificación es consecuencia de la fusión de determinados municipios.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    3.   Zona geográfica DGC Vix

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IV, apartado 2, del pliego de condiciones, los municipios de la denominación geográfica complementaria Vix se sustituyen por el texto siguiente: «“Vix”: Auchay-sur-Vendée (únicamente el territorio del municipio delegado de Auzay), Longèves, Le Poiré-sur-Velluire y Vix.».

    Esta modificación es consecuencia de la fusión de determinados municipios.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    4.   Encepamiento

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección V, el apartado 1 del pliego de condiciones se sustituye por el texto siguiente:

    «Los vinos se elaboran a partir de las cepas siguientes:

    Vinos blancos

    “Brem”

    cepa principal: Chenin B,

    cepa complementaria: Chardonnay B,

    cepa accesoria: Grolleau gris G.

    “Chantonnay”, “Mareuil”, “Pissotte”

    cepa principal: Chenin B,

    cepa complementaria: Chardonnay B.

    “Vix”

    cepa principal: Chenin B,

    cepa complementaria: Chardonnay B,

    cepa accesoria: Sauvignon B.

    Vinos tintos

    “Brem”, “Pissotte”

    cepa principal: Pinot noir N,

    cepa complementaria: Négrette N,

    cepas accesorias: Cabernet-Sauvignon N, Gamay N, Cabernet franc N.

    “Chantonnay”, “Mareuil”, “Vix”

    cepa principal: Cabernet franc N,

    cepa complementaria: Négrette N,

    cepas accesorias: Pinot noir N, Cabernet-Sauvignon N, Gamay N.

    Vinos rosados

    “Brem”

    cepa principal: Pinot noir N,

    cepa complementaria: Gamay N,

    cepas accesorias: Cabernet franc N, Cabernet-Sauvignon N, Grolleau gris G, Négrette N.

    “Chantonnay”

    cepa principal: Pinot noir N,

    cepa complementaria: Gamay N,

    cepas accesorias: Cabernet franc N, Cabernet-Sauvignon N, Négrette N.

    “Mareuil”, “Vix”, “Pissotte”

    cepa principal: Gamay N,

    cepa complementaria: Pinot noir N,

    cepas accesorias: Cabernet franc N, Cabernet-Sauvignon N, Négrette N.».

    Se incluye esta modificación para simplificar las normas de ensamblaje para las diferentes DGC, manteniendo al mismo tiempo la coherencia en el seno de la denominación.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    5.   Proporción en la explotación

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección V, el apartado 2 del pliego de condiciones se sustituye por el texto siguiente:

    «La conformidad del encepamiento se determina, en función del color de que se trate, sobre la totalidad de las parcelas de la explotación que producen el vino de la denominación de origen controlada.

    Vinos blancos

    “Brem”, “Vix”, “Chantonnay”, “Mareuil”, “Pissotte”

    La proporción de la cepa principal es superior o igual al 60 %;

    La proporción de la cepa complementaria es superior o igual al 10 %.

    Vinos tintos y rosados

    “Brem”, “Pissotte”, “Chantonnay”, “Mareuil”, “Vix”

    La proporción de la cepa principal es superior o igual al 50 %;

    La proporción de la cepa complementaria es superior o igual al 10 %.».

    Se incluye esta modificación para simplificar las normas de ensamblaje para las diferentes DGC, manteniendo al mismo tiempo la coherencia en el seno de la denominación.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    6.   Prohibición de la vendimia

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección VII, apartado 1, del pliego de condiciones, se suprime la frase «La fecha de inicio de las vendimias se fija de acuerdo con las disposiciones del artículo D. 645-6 del Código rural y de la pesca marítima».

    La supresión de la prohibición de la vendimia se produce en un contexto en el que el seguimiento analítico de la madurez está controlado y resulta suficiente. Por consiguiente, ya no resulta necesario fijar una fecha de inicio de las vendimias.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    7.   Contenido mínimo de azúcar

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección VII, apartado 2, del pliego de condiciones, la cifra correspondiente al contenido mínimo de azúcar de los vinos blancos se sustituye por 170. La cifra correspondiente al contenido mínimo de azúcar de los vinos tintos se sustituye por 190.

    Se aumenta el contenido mínimo de azúcar para una mejor madurez de las uvas.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    8.   Grado alcohólico volumétrico natural mínimo

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección VII, apartado 2, del pliego de condiciones, la cifra correspondiente al grado alcohólico volumétrico natural mínimo de los vinos blancos se sustituye por 10,5. La cifra del grado alcohólico volumétrico natural mínimo de los vinos tintos se sustituye por 11.

    Se aumenta el grado alcohólico volumétrico natural mínimo en consonancia con el aumento del contenido mínimo de azúcar de las uvas.

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    9.   Entrada en producción de las viñas jóvenes

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección VIII, apartado 2, primer guion, se suprime la palabra «existentes».

    Se ha incluido esta modificación para mejorar la coherencia del texto.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    10.   Ensamblaje

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IX, apartado 1, del pliego de condiciones de la denominación de origen controlada «Fiefs Vendéens», homologado por el Decreto de 9 de septiembre de 2011 antes mencionado, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

    «Vinos blancos

    Los vinos proceden del ensamblaje de uvas o de vinos en las mismas proporciones que las establecidas para el encepamiento.

    Vinos rosados y tintos

    Los vinos proceden del ensamblaje de uvas o de vinos cuya cepa principal está presente en al menos un 40 % y la complementaria en al menos un 10 %.».

    Esta modificación se introduce para garantizar la coherencia tras la simplificación de las normas de encepamiento.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    11.   Acidez volátil

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IX, apartado 1, letra d), del pliego de condiciones de la denominación de origen controlada «Fiefs Vendéens», homologado por el Decreto de 9 de septiembre de 2011 antes mencionado, la frase «Los vinos presentan tras la fermentación:» se sustituye por «Los vinos presentan en la fase de envasado:». La cifra correspondiente al contenido máximo de acidez volátil de los vinos blancos y rosados se sustituye por 14,3. La cifra correspondiente al contenido máximo de acidez volátil de los vinos tintos se sustituye por 16,3.

    Se han modificado los valores máximos de acidez volátil porque se consideraban demasiado bajos.

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    12.   Carbones enológicos

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IX, apartado 1, letra e), del pliego de condiciones, la frase «- Para la elaboración de los vinos rosados, se prohíbe la utilización de carbones para uso enológico, solos o mezclados en preparaciones» se sustituye por «Para la elaboración de los vinos rosados, se autoriza la utilización de carbones para uso enológico en el caso de los mostos y vinos nuevos aún en fermentación, hasta un límite del 15 % del volumen de vinos rosados elaborados por el vinificador de que se trate, para la cosecha considerada y con una dosis máxima de 60 gramos por hectolitro.».

    Se incluye la posibilidad de utilizar carbones enológicos para rectificar determinados defectos del vino.

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    13.   Circulación entre almacenistas autorizados

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección IX, apartado 4, del pliego de condiciones se suprime la letra b).

    Se trataba de una disposición que prohibía la circulación de los vinos entre almacenistas autorizados antes de una fecha determinada.

    Al modificar el pliego de condiciones se constató que esta disposición no estaba justificada técnicamente y, por tanto, se suprimió.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    14.   Vínculo con el origen

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección X, apartado 1, letra a), del pliego de condiciones, la cifra 19 se sustituye por 18.

    Esta modificación supone una actualización del número de municipios tras la fusión de algunos de ellos.

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    15.   Medidas transitorias

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección XI, apartado 2, letra a), del pliego de condiciones, se suprimen los párrafos siguientes:

    «A partir de la cosecha de 2011 y hasta la de 2015 inclusive:

    Vinos blancos

    “Brem”, “Pissotte”, “Mareuil”, “Vix”

    La proporción de la cepa principal es superior o igual al 50 %.

    Vinos tintos y rosados

    “Brem”, “Pissotte”, “Mareuil”, “Vix”

    La proporción de las cepas principales es superior o igual al 50 %.

    Vinos rosados

    “Brem”

    La proporción de las cepas principales es superior o igual al 80 %;

    La proporción de la cepa Pinot noir N es superior o igual al 30 %;

    La proporción de la cepa Gamay N es superior o igual al 10 %.

    “Mareuil”, “Pissotte”, “Vix”

    La proporción de las cepas principales es superior o igual al 80 %;

    La proporción de la cepa Gamay N es superior o igual al 30 %;

    La proporción de la cepa Pinot noir N es superior o igual al 15 %.».

    En el segundo guion, correspondiente a las denominaciones geográficas complementarias Brem y Pissote, se suprimen las frases «La proporción de las cepas principales es superior o igual al 80 %» y «La proporción de la cepa Cabernet franc N es superior o igual al 10 %; La proporción de la cepa Négrette N es superior o igual al 5 %.».

    En el segundo guion, correspondiente a las denominaciones geográficas complementarias Mareuil y Vix, se suprimen las frases «La proporción de las cepas principales es superior o igual al 80 %» y «La proporción de la cepa Pinot noir N es superior o igual al 10 %; La proporción de la cepa Négrette N es superior o igual al 5 %.».

    Estas supresiones corresponden a medidas transitorias expiradas.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    16.   Medida transitoria

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección XI, apartado 3, del pliego de condiciones, se añade el párrafo siguiente: «b - Los viñedos existentes en la fecha de homologación del presente pliego de condiciones que presenten una separación entre hileras superior a 1,80 m e inferior o igual a 2,20 m tendrán derecho, una vez vendimiados, a la denominación de origen controlada hasta su arranque y, a más tardar, hasta la cosecha de 2021 inclusive, siempre que satisfagan las demás disposiciones del presente pliego de condiciones.».

    Esta modificación permite una adaptación del viñedo con una medida de menos de tres años.

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    17.   Etiquetado

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección XII, apartado 2, del pliego de condiciones, se añade el párrafo siguiente: «d) - El etiquetado de los vinos que gozan de la denominación de origen controlada “Fiefs Vendéens” puede hacer mención a una unidad geográfica menor, a condición de que: se trate de un pago registrado en el catastro; figure en la declaración de vendimia; el nombre del pago registrado en el catastro se mencione inmediatamente debajo del nombre de la denominación y esté impreso en caracteres cuyas dimensiones no sean superiores, tanto en altura como en anchura, a la mitad de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen protegida.».

    A raíz de esta modificación se modifica el documento único.

    18.   Etiquetado

    Descripción y motivos

    En el capítulo I, sección XII, apartado 2.o, del pliego de condiciones, se suprime la letra e).

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    19.   Obligaciones de declaración

    Descripción y motivos

    El texto del capítulo II, sección I, apartado 1, del pliego de condiciones se sustituye por el siguiente: «Todos los agentes económicos deberán declarar al organismo de defensa y de gestión y al organismo de control, antes del 31 de mayo anterior a la vendimia, las parcelas en las cuales renuncian a producir la denominación de origen controlada.».

    En el capítulo II, sección I, apartado 3, del pliego de condiciones, se añaden las palabras «y del organismo de defensa y de gestión» después de «autorizado».

    En el capítulo II, sección I, apartado 4, del pliego de condiciones, se añaden las palabras «y del organismo de defensa y de gestión» después de «autorizado».

    En el capítulo II, sección I, apartado 5, del pliego de condiciones, se añaden las palabras «organismo de defensa y de gestión» después de «al».

    Con estas modificaciones se añade el organismo de gestión como destinatario de la información de los productores.

    Esta modificación no afecta al documento único.

    20.   Puntos principales objeto de control

    Descripción y motivos

    En el capítulo III, en la celda A1 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «(ficha CVI actualizada)».

    En el capítulo III, en la celda A2 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «(ficha CVI actualizada, declaración, registro)».

    En el capítulo III, en la celda A3 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «(declaración de identificación)».

    En el capítulo III, en la celda B1 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «(examen visual, recuento del número de racimos y estimación de la carga a partir de un cuadro indicativo elaborado a tal fin)».

    En el capítulo III, en la celda B2 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «fecha de recolección», «in situ (registros de bodega)» y «(muestreos de 200 bayas y mediciones por refractometría)».

    En el capítulo III, en la celda B3 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «Control documental (registros de bodega) y» y «(examen visual)».

    En el capítulo III, en la celda B4 del cuadro, del pliego de condiciones, se suprimen los términos «(declaraciones, registros, posibles excepciones) y control in situ».

    El documento único no se ve afectado tras esta modificación.

    DOCUMENTO ÚNICO

    1.   Nombre del producto

    Fiefs Vendéens.

    2.   Nombre del estado miembro

    Francia.

    3.   Tipo de indicación geográfica

    DOP - Denominación de origen protegida.

    4.   Categorías de productos vitivinícolas

    1.

    Vino.

    5.   Descripción de los vinos

    Vinos blancos y rosados

    Los vinos blancos, rosados y tintos son vinos tranquilos.

    Los vinos presentan las características analíticas siguientes:

    Grado alcohólico volumétrico natural mínimo: vinos blancos 10 %, vinos rosados 10,5 %, vinos tintos 10,5 %

    Grado alcohólico volumétrico total máximo tras el enriquecimiento: vinos blancos, 12 %; vinos rosados, 12 %; vinos tintos 12,5 %

    Contenido máximo de acidez volátil: vinos blancos, 11 miliequivalentes por litro; vinos rosados, 11 miliequivalentes por litro; vinos tintos, 13 miliequivalentes por litro

    Contenido máximo de azúcares fermentescibles (glucosa y fructosa): vinos blancos, 3 gramos por litro; vinos rosados, 3 gramos por litro; vinos tintos, 2,5 gramos por litro

    Contenido máximo de ácido málico: inferior o igual a 0,4 gramos por litro en el caso de los vinos tintos.

    Los contenidos de acidez total y de dióxido de azufre total así como el grado alcohólico total adquirido satisfacen las normas establecidas por la legislación comunitaria. Los vinos blancos presentan un equilibrio dominado por la frescura. Finos y delicados, presentan generalmente una bella mineralidad y ofrecen una amplia gama de notas florales y afrutadas.

    Los vinos rosados presentan una capa que ofrece matices que van del rosa pálido al rosa salmón. Ligeramente ácidos, caracterizados por la frescura y la untuosidad, suelen presentar aromas afrutados.

    Los vinos tintos se distinguen por sus potentes aromas afrutados, a veces acompañados de notas de especias dulces, cuero o regaliz.

    Características analíticas generales

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol)

     

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol)

     

    Acidez total mínima

     

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

    14,3

    Contenido máximo total de dióxido de azufre (en miligramos por litro)

     

    Vinos tintos

    Los vinos presentan las características analíticas siguientes:

    Grado alcohólico volumétrico natural mínimo: 11 %

    Contenido máximo de azúcares fermentescibles (glucosa y fructosa): 2,5 gramos por litro

    Contenido máximo de ácido málico: inferior o igual a 0,4 g/litro en el caso de los vinos tintos.

    Los contenidos de acidez total y de dióxido de azufre total así como el grado alcohólico total adquirido satisfacen las normas establecidas por la legislación europea.

    Los vinos tintos se distinguen por sus potentes aromas afrutados, a veces acompañados de notas de especias dulces, cuero o regaliz.

    Características analíticas generales

    Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol)

     

    Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol)

     

    Acidez total mínima

     

    Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

    16,3

    Contenido máximo total de dióxido de azufre (en miligramos por litro)

     

    6.   Prácticas vitivinícolas

    a.   Prácticas enológicas esenciales

    Práctica enológica específica

    Se prohíbe la utilización de carbones de uso enológico, solos o mezclados en preparaciones, para la elaboración de los vinos rosados.

    En el caso de los vinos tintos, se autorizan las técnicas sustractivas de enriquecimiento y se fija en el 10 % el porcentaje máximo de concentración parcial con respecto a los volúmenes utilizados.

    Tras el enriquecimiento, los vinos no rebasan el grado alcohólico volumétrico total siguiente: vinos blancos 12 %, vinos rosados 12 %, vinos tintos 12,5 %.

    Además de las disposiciones presentadas anteriormente, los vinos cumplen, en materia de prácticas enológicas, las obligaciones que figuran en la normativa comunitaria y en el Código rural y de la pesca marítima.

    Práctica de cultivo

    Las viñas presentan una densidad mínima de plantación de 5 000 cepas por hectárea.

    La distancia entre las hileras es inferior o igual a 1,80 metros y la distancia entre las plantas de una misma hilera oscila entre 0,90 y 1,30 metros.

    Las viñas se podan con un máximo de 10 yemas francas por planta:

    bien en Guyot simple o doble,

    bien en poda corta con un máximo de 5 pulgares por planta.

    La poda finaliza antes del 31 de mayo del año de la vendimia.

    Carbones

    Restricción aplicable a la elaboración

    Para la elaboración de los vinos rosados, se autoriza la utilización de carbones para uso enológico en el caso de los mostos y vinos nuevos aún en fermentación, hasta un límite del 15 % del volumen de vinos rosados elaborados por el vinificador de que se trate, para la cosecha considerada y con una dosis máxima de 60 gramos por hectolitro.

    b.   Rendimientos máximos

    Vinos blancos y rosados

    66 hectolitros por hectárea

    Vinos tintos

    62 hectolitros por hectárea

    7.   Zona geográfica delimitada

    La vendimia, la vinificación y la elaboración de los vinos se realizan en el territorio de los municipios del departamento de Vendée enumerados a continuación, tal como fue aprobado por el Institut national de l’origine et de la qualité en la reunión del comité nacional competente de 10 de febrero de 2011: Auchay-sur-Vendée (únicamente el territorio del municipio delegado de Auzay), Brem-sur-Mer, Bretignolles-sur-Mer, Le Champ-Saint-Père, Chantonnay, Château-Guibert, La Couture, L’Île-d’Olonne, Longèves, Mareuil-sur-Lay-Dissais, Olonne-sur-Mer, Pissotte, Le Poiré-sur-Velluire, Rives de l’Yon, Rosnay, Le Tablier, Vairé y Vix.

    8.   Principales uvas de vinificación

     

    Chenin B

     

    Négrette N

     

    Cabernet franc N

     

    Chardonnay B

     

    Pinot noir N

    9.   Descripción de los vínculos

    La zona geográfica está situada entre el boscaje de Vendée, al norte, y la llanura cerealística de Luçon, al sur. El límite del macizo Armoricano se extiende, de oeste a este, desde Les Sables-d’Olonne, en la costa atlántica, hasta Fontenay-le-Comte. El viñedo se implantó en las zonas donde este límite está recortado por la red hidrográfica que lo atraviesa, con pendientes cuya inclinación oscila a menudo entre el 3 % y el 5 % y fundamentalmente con orientación sur/suroeste. Se suceden las entidades geográficas de «Brem», en los alrededores de la zona pantanosa de Olonne, «Mareuil» y «Chantonnay», a lo largo de los valles del Lay y el Yon, «Vix» y «Pissotte», en las laderas del río Vendée. Esta zona geográfica abarca el territorio de dieciocho municipios del sur del departamento de Vendée.

    En el aspecto geológico, la zona geográfica es relativamente homogénea, implantada en el reborde del zócalo armoricano cristalino en contacto con formaciones jurásicas calcáreas. El sustrato geológico se compone principalmente de esquistos y riolitas, a veces de gneiss y anfibolitas, e incluso de calizas en el caso de la denominación geográfica «Vix». Sin embargo, estas calizas están muy a menudo recubiertas por depósitos de arena y grava fluviales de la era Terciaria. Por lo tanto, las parcelas precisamente delimitadas para la vendimia presentan generalmente suelos pardos ácidos que incluyen una elevada proporción de elementos gruesos. Se distinguen, fundamentalmente, de las tierras limosas profundas del boscaje, al norte, como de los suelos arcillosos fértiles de la llanura más al sur. El clima del sur de Vendée, oceánico templado, es mucho más cálido que el del boscaje situado más al norte. Es sobre todo menos lluvioso y más soleado, con un déficit de pluviosidad durante el verano (las regiones de Olonne y La Rochelle son las más soleadas de la costa atlántica, con una media de 1 430 horas de sol durante seis meses de junio a septiembre). La temperatura media anual varía entre 12 °C y 12,5 °C, con amplitudes térmicas más pronunciadas de oeste a este, a medida que aumenta la altitud y se atenúa la influencia marítima.

    Descripción de los factores humanos que contribuyen al vínculo

    Muchos documentos, que reflejan los diezmos sobre el producto de las viñas abonados a las abadías y priorazgos de la región, acreditan el desarrollo de la viticultura en Vendée en la Edad Media. A partir del siglo XI, se instauró hacia Holanda un negocio activo de los vinos de la denominación geográfica «Brem». Desde el siglo XII hasta el siglo XV, los vinos de la denominación geográfica «Mareuil» se transportaban en chalanas hasta los puertos de Saint-Benoist y Moricq-sur-le-Lay, pasando posteriormente por La Rochelle donde eran embarcados con destino a Inglaterra.

    Hubo que esperar hasta los escritos de Rabelais, que residió en Fontenay-le-Comte y en Maillzais, de 1520 a 1528, para conocer las cepas utilizadas en el pasado. En los siglos XVI y XVII, la cepa blanca más cultivada ya era la Chenin B («Franc Blanc» en «Brem», «Blanc d'Aunis» en «Vix»), mientras que el encepamiento de los vinos rosados y tintos estaba dominado por la cepa Pinot noir N y, sobre todo, la Négrette N (denominada «Pinot Rosé» o «Bourgogne» en «Brem», «Ragoûtant» en «Mareuil» y «Chantonnay», «Folle Noire» en «Vix»). La introducción de la cepa Cabernet franc N se remonta al siglo XVIII.

    La viticultura de Vendée conoció un auge importante en el siglo XIX, llegando a abarcar 18 000 hectáreas en 1880. Tras el ataque de filoxera, los productores del sur de Vendée se especializan y rehabilitan los viñedos, en las pendientes mejor expuestas, con plantas injertadas de cepas tradicionales, a las que se añaden principalmente las cepas Gamay B, Chardonnay B, Cabernet-Sauvignon N y, según los sectores, las cepas Sauvignon blanc B («Vix»), Grolleau gris G («Brem»).

    Tras la Segunda Guerra Mundial, los productores procuraron unificar los cinco centros históricos de producción. En 1953 se creó la etiqueta «Anciens Fiefs du Cardinal», en referencia a Richelieu, nombrado obispo de Luçon en 1608 y gran promotor de los vinos de la denominación geográfica «Mareuil». Las normas de producción se codificaron y reagruparon, lo cual permitió mejorar la calidad sin dejar de respetar las particularidades locales de encepamiento. Los «Vins des Fiefs Vendéens» obtuvieron su reconocimiento como denominación de origen simple en 1965, posteriormente como vino de país en 1974 y como denominación de origen vino delimitado de calidad superior en 1984. En 1991 se inició el procedimiento para su reconocimiento como denominación de origen controlada.

    En 2009, el viñedo abarcaba 480 ha explotadas aproximadamente por 40 viticultores, con una producción media anual de 27 000 hectolitros, de los cuales el 45 % de vino rosado, el 40 % de vino tinto y el 15 % de vino blanco. Los vinos blancos presentan un equilibrio dominado por la frescura. Finos y delicados, presentan generalmente una bella mineralidad y ofrecen una amplia gama de notas florales y afrutadas.

    Los vinos rosados presentan una capa que ofrece matices que van del rosa pálido al rosa salmón. Ligeramente ácidos, caracterizados por la frescura y la untuosidad, suelen presentar aromas afrutados.

    Los vinos tintos se distinguen por sus potentes aromas afrutados, a veces acompañados de notas de especias dulces, cuero o regaliz. En el caso de las denominaciones geográficas «Brem» y «Pissotte», suelen presentar un color rubí a granate y son redondos y finos, mientras que los vinos de «Mareuil», «Chantonnay» y «Vix» pueden ser más coloreados y ofrecer una boca más estructurada. La tendencia meridional del clima de Vendée, con su generosa insolación, asociada a la presencia de laderas con suelos pedregosos y superficiales de origen mayoritariamente esquistoso o riolítico, han dirigido la viticultura de la zona geográfica hacia una larga tradición de producción de vinos, principalmente rosados y tintos, que representan por término medio el 85 % de la producción de la denominación de origen controlada.

    La situación geográfica del viñedo, entre el Valle del Loira y Sudoeste, también se expresa en el encepamiento elegido a lo largo de las generaciones. El viñedo presenta un encepamiento original que mezcla influencias del Valle del Loira (Chenin, Cabernet franc, Grolleau gris), continentales (Pinot noir, Gamay) y sudoccidentales (Négrette, Cabernet-Sauvignon). En todos los casos, la cepa Chenin B domina en los vinos blancos, las cepas Pinot noir N y Gamay N son las cepas principales de los vinos rosados, mientras que las cepas Pinot noir, Cabernet franc N y Négrette N forman la base de los vinos tintos, garantizando la tipicidad de los productos.

    Sin embargo, la historia singular de cada denominación geográfica recuerda que desde hace mucho tiempo existen circuitos comerciales distintos. Por ejemplo, los vinos de la denominación geográfica «Brem» transitaban por el puerto de Saint-Martin-de-Brem, los de «Mareuil» y «Chantonnay», por el valle del Lay, y los de «Vix» y «Pissotte», por la desembocadura del Vendée. Habida cuenta de las variaciones de los factores naturales (suelo y clima), los productores se han orientado localmente, a lo largo del tiempo, hacia estrategias de encepamiento y hábitos de ensamblaje diferentes, que se traducen en matices gustativos en los vinos y contribuyen a la riqueza de los vinos de la denominación de origen controlada. El ensamblaje de los vinos de las cinco entidades geográficas no se ha practicado jamás y aún no es deseable.

    Desde 1985, la reputación de la denominación de origen controlada «Fiefs Vendéens» ha experimentado un fuerte aumento y los volúmenes comercializados se han duplicado prácticamente. Los veraneantes que frecuentan el litoral de Vendée aprecian la originalidad, la frescura y los aromas afrutados de los vinos. Su diversidad les permite asociarse, en cualquier circunstancia, a la gastronomía regional.

    10.   Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

    Etiquetado

    Marco jurídico:

    Legislación nacional

    Tipo de condición complementaria:

    Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

    Descripción de la condición:

    El nombre de la denominación de origen controlada se completa con una de las denominaciones geográficas complementarias siguientes:

    «Brem»;

    «Chantonnay»;

    «Mareuil»;

    «Pissotte»;

    «Vix»

    en el caso de los vinos que satisfagan las condiciones de producción establecidas para cada una de estas denominaciones en el pliego de condiciones.

    El nombre de la denominación de origen controlada puede completarse con la denominación geográfica complementaria «Val de Loire» según las normas establecidas en el pliego de condiciones.

    Cualquier indicación facultativa debe figurar en las etiquetas, en caracteres cuyas dimensiones en altura, anchura y espesor no sean superiores al doble de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

    Etiquetado

    Marco jurídico:

    Legislación nacional

    Tipo de condición complementaria:

    Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

    Descripción de la condición:

    Las dimensiones de los caracteres de las denominaciones geográficas complementarias «Brem», «Chantonnay», «Mareuil», «Pissotte» y «Vix» son inferiores o iguales, tanto en altura como en anchura y espesor, a las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

    Las dimensiones de los caracteres de la denominación geográfica complementaria «Val de Loire» son inferiores o iguales, tanto en altura como en anchura y espesor, a dos tercios de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada

    Está prohibida cualquier indicación de un nombre de cepa en la etiqueta en la que figuren todas las indicaciones obligatorias.

    Los vinos pueden presentarse con la indicación de la añada si únicamente se utilizan para su elaboración uvas del año en cuestión.

    El etiquetado de los vinos que gozan de la denominación de origen controlada «Fiefs Vendéens» puede hacer mención a una unidad geográfica menor, a condición de que: se trate de un pago registrado en el catastro; figure en la declaración de vendimia; el nombre del pago registrado en el catastro se mencione inmediatamente debajo del nombre de la denominación y esté impreso en caracteres cuyas dimensiones no sean superiores, tanto en altura como en anchura, a la mitad de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen protegida.

    Enlace al pliego de condiciones

    https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-b8ebb03b-ef0d-44f7-9695-fac9f1495b9e


    (1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.


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