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Document 52019XC0222(02)

    Anuncio relativo a una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE — Solicitud presentada por una entidad adjudicadora

    DO C 69 de 22.2.2019, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.2.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 69/6


    Anuncio relativo a una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE

    Solicitud presentada por una entidad adjudicadora

    (2019/C 69/04)

    El 7 de diciembre de 2018, la Comisión recibió una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1). El 10 de diciembre de 2018 fue el primer día hábil siguiente a la recepción de la solicitud.

    La presente solicitud, presentada por el servicio postal de Croacia (Hrvatska pošta) hace referencia a la paquetería exprés, los servicios de prensa y periódicos y los servicios de correo sin destinatario en Croacia. El artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE dispone lo siguiente: «La presente Directiva no se aplicará a los contratos destinados a hacer posible la prestación de una actividad contemplada en los artículos 8 a 14, siempre que el Estado miembro o las entidades adjudicadoras que hayan presentado la solicitud con arreglo al artículo 35 puedan demostrar que, en el Estado miembro en que se efectúe dicha actividad, esta está sometida directamente a la competencia en mercados cuyo acceso no esté limitado; tampoco se aplicará a los concursos de proyectos que se organicen para el ejercicio de esa actividad en dicho ámbito geográfico». La evaluación de la exposición directa a la competencia que puede efectuarse en el contexto de la Directiva 2014/25/UE debe entenderse sin perjuicio de la aplicación plena del Derecho de competencia.

    La Comisión dispone de un plazo de 105 días hábiles para tomar una decisión relativa a esta solicitud, a partir del día hábil mencionado anteriormente. Dicho plazo expira el 23 de mayo de 2019.

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 35, apartado 5, de la Directiva 2014/25/UE, toda solicitud ulterior referente al mismo sector o a la misma actividad en Croacia que se reciba antes de que concluya el plazo abierto relativo a esta solicitud no se considerará un nuevo procedimiento y se tratará en el marco de esta solicitud.


    (1)  Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 243).


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