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Document 52019AE5232
Opinion of the European Economic and Social Committee on ‘Communication from the Commission to the European Parliament, the Council, the European Central Bank, the European Economic and Social Committee, the Committee of the Regions and the European Investment Bank — Annual Sustainable Growth Strategy 2020’ (COM(2019) 650 final)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité Europeo de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones — Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020 [COM(2019) 650 final]
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité Europeo de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones — Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020 [COM(2019) 650 final]
EESC 2019/05232
DO C 120 de 14.4.2020, p. 1–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
14.4.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 120/1 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité Europeo de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones — Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020
[COM(2019) 650 final]
(2020/C 120/01)
Ponente: |
Tommaso DI FAZIO |
Consulta |
Comisión Europea, 6.2.2020 |
Fundamento jurídico |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
Sección competente |
unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social |
Aprobado en sección |
4.2.2020 |
Aprobado en el pleno |
19.2.2020 |
Pleno n.o |
550 |
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
120/1/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
1.1. |
El CESE acoge con satisfacción el enfoque de la Estrategia anual de crecimiento para 2020, basado en los cuatro pilares fundamentales del medio ambiente, la productividad, la estabilidad y la equidad. En particular, considera que el objetivo de sostenibilidad ambiental es —como se afirma con razón en la estrategia— una referencia absoluta en torno a la cual deben girar las decisiones y los esfuerzos del conjunto de la sociedad, así como los medios que se pueden y quieren emplear con el fin de alcanzar los objetivos fijados para 2030 y la neutralidad climática en 2050. En este sentido, el CESE recomienda que se contemple la posibilidad de anticiparse a dichos objetivos cuando así lo requieran los indicadores de deterioro medioambiental. |
1.2. |
El CESE acoge con satisfacción la inclusión de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de las Naciones Unidas para 2030 en la visión estratégica de la Comisión para todas las políticas económicas y de empleo, a fin de contribuir a una economía social de mercado europea al servicio de todos y de garantizar la sostenibilidad, la inclusión y la competitividad del crecimiento. |
1.3. |
El CESE está convencido de que la sostenibilidad es un componente clave de toda estrategia de competitividad de éxito y de que Europa debe reforzar sus motores económicos en este sentido. Se trata de fortalecer su posición global de bloque innovador, basada en el modelo de economía circular y en la transición hacia nuevos paradigmas sostenibles de desarrollo, y de crear la próxima generación de oportunidades de negocio impulsadas por la demanda de soluciones sostenibles. |
1.4. |
El CESE celebra el cambio anunciado en la estrategia anual, por el que se pretende dejar de programar, como hasta ahora, objetivos a corto y medio plazo y privilegiar las estrategias a largo plazo, tal como lo exigen las inversiones necesarias para aplicar la estrategia de sostenibilidad medioambiental a través de los complejos planes integrados de energía y clima preparados por los Estados miembros y aprobados por la Comisión. |
1.5. |
El CESE pide a la Comisión que integre en esta visión estratégica la necesidad de desarrollar rápidamente redes de infraestructuras inteligentes e interoperativas, materiales e inmateriales, que son indispensables para realizar y desarrollar un mercado único europeo bien equipado y cohesivo, a fin de garantizar un crecimiento armonioso, justo e integrador. |
1.6. |
El CESE coincide con las indicaciones de la estrategia anual relativas a la inversión en los sectores inmateriales de la educación, la formación y el desarrollo de competencias, que considera imprescindibles y decisivas. Constituyen inversiones a largo y muy largo plazo dirigidas a mejorar la sociedad, su cultura y su competitividad internacional. |
1.7. |
El CESE respalda la orientación de desarrollar la investigación y la innovación y de aumentar los fondos asignados a las mismas, ya que constituyen inversiones a largo plazo estratégicas para la competitividad del conjunto de la UE a nivel internacional. Esto se aplica, en particular, a los ámbitos caracterizados por la modernización y la sustitución por tecnologías limpias en los sectores de la energía, el transporte y la calefacción y refrigeración de edificios, así como en todos los sectores industriales. También se aplica a la agricultura y a los servicios, a través del uso cada vez más extendido de tecnologías innovadoras, especialmente la digital, la inteligencia artificial y la tecnología 5G. |
1.8. |
El CESE lamenta que la Comunicación de la Comisión dedique tan poco espacio al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de la Unión, limitándose a afirmar que «las perspectivas económicas a corto plazo se ven ensombrecidas por un entorno económico y geopolítico mucho menos favorable y una gran incertidumbre» y que «la inversión y el crecimiento potencial siguen estando por debajo de los niveles anteriores a la crisis». También podría incidir en esta situación un proceso inarmónico del Brexit. Para el CESE, la prioridad de las prioridades es relanzar el crecimiento sostenible, especialmente en los países y regiones más débiles, a fin de producir un fuerte aumento del PIB europeo y generar así la prosperidad y la riqueza necesarias para apoyar la estrategia. |
1.9. |
El CESE respalda, pues, cada una de las orientaciones estratégicas propuestas en favor del crecimiento y para dar forma al Semestre Europeo 2020. También coincide con el análisis de los problemas detectados para lograr cada uno de los objetivos, en particular el de las inversiones necesarias para aplicar los programas medioambientales que, en virtud del actual Pacto de Estabilidad y de sus estrictas normas, podrían dificultar la aplicación uniforme de los planes de energía y clima en los Estados miembros. Es fácil que solo alcancen los objetivos de rehabilitación medioambiental los países de la UE que cumplen o superan los requisitos del Pacto de Estabilidad. Esto dificultaría los esfuerzos para lograr el objetivo que la UE debe cumplir en su totalidad, al tiempo que arrojaría un resultado parcial para todo el planeta, alejándonos así de la ambición de que la UE en su conjunto sirva de referencia para los demás países del mundo. |
1.10. |
El CESE desea que se estudien y adopten medidas que regulen las inversiones y que, dados los imperativos del Pacto de Estabilidad —o como excepción a los mismos y a las normas relativas a las ayudas estatales— permitan a todos los países invertir los importes necesarios para cumplir sus propios objetivos fijados en los planes integrados de energía y clima aprobados por la Comisión. |
1.11. |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de la estrategia de crecimiento 2020 de utilizar todos los medios y el apalancamiento disponibles a través de los instrumentos actuales previstos en el plan financiero plurianual 2021-2027. Esta propuesta se hizo pública en una presentación al Parlamento Europeo el 15 de enero de 2020. No obstante, el CESE también espera que los medios financieros se incrementen allí donde sea necesario para cumplir los objetivos. |
1.12. |
El CESE espera que la Comisión realice un seguimiento eficaz y proactivo de los resultados que deben alcanzar los distintos Estados miembros según los planes de energía y clima acordados, y que se impulsen las actividades de apoyo dirigidas a resolver los problemas, tanto financieros como metodológicos, en vez de formular críticas. |
1.13. |
El CESE coincide en la necesidad tanto de reforzar la estabilidad y la resiliencia del sistema financiero como de hacer más rigurosas las normas que rigen los mercados financieros, con el fin de consolidar el papel internacional de la divisa europea y adoptar precauciones, recurriendo a normas macroprudenciales más estrictas y otras medidas encaminadas a salvaguardar la estabilidad financiera, ante cualquier futura crisis que pudiera tener su origen, como resultado de la globalización, en otra parte del mundo y afecte a Europa. Además del proceso en curso para completar la Unión Bancaria y la Unión de los Mercados de Capitales, la próxima revisión estratégica de la política monetaria del BCE (1) debería centrarse más en concreto en fomentar el crecimiento económico en la zona del euro y en reforzar el papel internacional del euro. |
1.14. |
El CESE destaca la importancia de situar en el centro de la estrategia de crecimiento 2020 la preservación del bienestar de las personas, manteniendo y reforzando los logros sociales que hacen de la UE el primer punto de referencia mundial en este ámbito. |
1.15. |
Por lo que respecta al pilar fundamental de los derechos sociales, el CESE se congratula de que estos derechos se reafirmen en la estrategia de crecimiento sostenible para 2020. El CESE espera que entre los objetivos del Semestre Europeo se preste especial atención a las cuestiones de género, y en particular a los derechos de las mujeres en el trabajo, la consecución de la igualdad de remuneración, la protección del empleo para las madres —en particular con vistas a contrarrestar la tendencia demográfica decreciente— y la aplicación de mejoras sustanciales en la legislación de protección de la familia, incluidas mejoras en el permiso parental de los padres, y la creación de un entorno de trabajo que contribuya a prevenir todas las formas de violencia física y psicológica contra las mujeres. En cuanto a la igualdad de género, también deberá supervisarse la aplicación coherente y equitativa de la legislación relativa al divorcio, para garantizar la igualdad de derechos de ambos cónyuges respecto de sus hijos menores. |
1.16. |
A juicio del CESE, la UE debe reforzar su posición en la escena internacional para preservar su prosperidad, seguridad y valores, asumiendo el liderazgo a nivel mundial a través de una aplicación generalizada, decidida y coherente de los ODS de las Naciones Unidas y de un orden mundial multilateral basado en normas —con las Naciones Unidas en su centro— y mediante una defensa resuelta de los principios de democracia y protección del planeta, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales. |
1.17. |
El CESE está convencido de que la culminación de un mercado único bien equipado y coherente, centrado en las necesidades de los ciudadanos y las empresas, puede aportar una contribución decisiva al crecimiento y debe estar en el centro de una integración europea armoniosa e integradora, revitalizada, actualizada y adaptada a las nuevas tecnologías e infraestructuras de un mercado único digital plenamente interoperable. En la transición del Pacto Verde Europeo, se debería prestar atención al papel de los modelos empresariales centrados en las personas, como es el caso de las empresas de economía social. |
1.18. |
El CESE considera necesario establecer una infraestructura de gobernanza del mercado único más sólida a nivel nacional y de la UE, junto con una simplificación administrativa exhaustiva, un proceso ambicioso de digitalización y una intensa labor de creación de capacidades para todas las partes interesadas. |
1.19. |
El CESE teme que, a falta de nuevos mecanismos de gobernanza capaces de asociar de manera proactiva tanto a los ciudadanos y las empresas como a los agentes públicos y privados a nivel local y regional, en un proceso de abajo arriba que pueda dar voz y peso a las peticiones y los problemas concretos sobre el terreno, la visión estratégica propuesta pueda encontrar dificultades y resistencia. |
1.20. |
Por consiguiente, el CESE aboga por que se creen nuevas estructuras de gobernanza, en distintos niveles, que permitan garantizar la participación de la economía local y la sociedad civil en el diseño y la aplicación de medidas justas y adaptadas a las circunstancias. |
2. Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020 propuesta por la Comisión
2.1. |
Existe un consenso general sobre la necesidad de una nueva estrategia de crecimiento sostenible e integrador, a largo plazo y global para el futuro de Europa —respaldada por un plan de acción completo para alcanzar los ODS para 2030— que abarque todos los aspectos que repercuten en la sociedad y los ciudadanos europeos, en las empresas y el entorno en el que operan, así como en la industria y su competitividad, desde la inversión y la contratación pública hasta el comercio, las cualificaciones, la innovación y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas (pymes). |
2.2. |
A la hora de elaborar sus políticas y estrategias nacionales, los Estados miembros deben tener en cuenta las prioridades establecidas por la Comisión en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de la UE. En efecto, las políticas y estrategias nacionales se reunirán en los respectivos programas de estabilidad o convergencia y en los programas nacionales de reforma. |
2.3. |
La Comunicación sobre la Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020 (2) presenta el punto de vista de la Comisión sobre las prioridades políticas que los Estados miembros deben tener en cuenta al elaborar sus políticas económicas para 2020, y supone la integración de los ODS de las Naciones Unidas para 2030 en todas las políticas europeas, y en particular:
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2.4. |
La UE y los Estados miembros deben convertir ahora estas prioridades en una estrategia y una serie de medidas aplicables. Para que la sostenibilidad sea una piedra angular de la política y la acción, las instituciones europeas, los Estados miembros y las regiones deben reunir una serie de instrumentos que permitan la participación de todos los ciudadanos y que, al mismo tiempo, mejoren la calidad de vida y la competitividad de la economía de la UE. |
2.5. |
En su Resolución de 30 de octubre de 2019, el CESE destacó la necesidad de «actuar en todos los niveles simultáneamente y crear una dinámica de acción para afrontar los urgentes retos económicos, sociales y medioambientales» (3), pidiendo «una estrategia global de la UE hasta 2050 en materia de sostenibilidad para aplicar la Agenda 2030 de las Naciones Unidas» (4). |
2.6. |
En dicha Resolución, el CESE también destacó que este cambio de paradigma requiere:
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2.7. |
La sostenibilidad es un componente clave de toda estrategia de competitividad de éxito y Europa debe reforzar sus motores económicos en este sentido. Se trata de fortalecer su posición mundial de bloque innovador, basada en el modelo de economía circular, y de crear la próxima generación de oportunidades de negocio impulsadas por la demanda de soluciones sostenibles. El sólido crecimiento de la demanda de soluciones sostenibles en el mercado exige coherencia entre los objetivos de las políticas orientadas a la sostenibilidad. |
2.8. |
En su Dictamen adicional sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2019 (5), el CESE destacó:
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2.9. |
A nivel macroeconómico, se «constata la necesidad patente de una nueva estrategia económica europea: un discurso positivo de la evolución futura de la economía de la UE en el resto del mundo que contribuya a reforzar la resiliencia de la UE a las perturbaciones económicas y la sostenibilidad —económica, social y medioambiental— de su modelo económico, restaurando así la confianza, estabilidad y prosperidad compartida por todos los europeos» (6). |
2.10. |
Las prioridades son: «crecimiento sostenible e inclusivo, reducción de las desigualdades, convergencia al alza, garantizar el crecimiento de la productividad y de la competitividad conforme a los objetivos de la Estrategia Europa 2020, entorno favorable para las empresas y las inversiones, empleo de calidad y remuneración adecuada, lucha contra la pobreza y la exclusión social, finanzas públicas estables y orientadas hacia la sostenibilidad, estabilidad del sector financiero y consecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) para 2030 y del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático» (7). |
2.11. |
«El CESE, convencido de que un futuro realista para la Unión Europea solo puede basarse en la combinación de una base económica sólida y una fuerte dimensión social (8), ha abogado siempre por una convergencia al alza y una política social más eficaz a nivel de la UE y de los Estados miembros» (9), mediante la elaboración de «una hoja de ruta clara y coordinada que establezca prioridades para la aplicación del pilar y de los derechos y normas sociales existentes». «Un nuevo proceso del Semestre Europeo debe lograr objetivos sociales en el marco de un seguimiento de los desequilibrios sociales y han de introducirse nuevos indicadores mensurables y recomendaciones sociales específicas por país» (10). |
2.12. |
En el ámbito de las medidas destinadas a reforzar el mercado único, es preciso favorecer «la creación de un marco adaptado al desarrollo de diversos tipos de empresas que estén preparadas para acometer los retos a los que se enfrenta la sociedad». «Es necesario conseguir que convivan y se integren los distintos tipos de empresa, pero cada uno de estos ámbitos merece una atención específica desde el punto de vista de la acción legislativa y la inversión pública […] rechazando una fórmula única para todos» (11). |
2.13. |
El CESE también destaca que «los cambios que las nuevas tecnologías, la inteligencia artificial y los macrodatos están provocando en los procesos productivos y en la economía en general también modifican profundamente el mercado de trabajo. Sin embargo, es importante que estos procesos de cambio tengan lugar en un marco de provechoso diálogo social y que respeten los derechos y la calidad de vida de los trabajadores» (12). |
3. Observaciones generales
3.1. |
El CESE considera que es absolutamente prioritario recomendar el fortalecimiento del crecimiento económico sostenible. Ello permitirá crear empleo, nuevo y sostenible, y generar la riqueza necesaria para apoyar la inversión destinada a acelerar el crecimiento de la productividad total de los factores en la economía circular, intensificar las reformas estructurales en favor de una mejor gobernanza y una mayor responsabilidad, en particular en los ámbitos digital y medioambiental, desarrollar competencias y cualificaciones y defender los derechos sociales necesarios en el marco del nuevo paradigma del Pacto Verde Europeo. |
3.2. |
La transición a un nuevo modelo de desarrollo debe basarse en una sostenibilidad competitiva como piedra angular de una economía social de mercado europea de éxito. En el futuro, esta sostenibilidad también debe seguir siendo un principio rector, siempre y cuando proteja a las personas y las regiones de los costes de los cambios que inevitablemente se producirán, invirtiendo en unos sistemas de protección social eficaces e integrados. |
3.3. |
La crisis financiera ha puesto de relieve la importancia de unos mercados financieros y de capitales estables e integrados, en los que la fragmentación sigue siendo un obstáculo al crecimiento de las empresas y la inversión: se precisan nuevas medidas, en particular en el sector financiero, para restablecer la confianza de los mercados en todos los Estados miembros. |
3.4. |
La Unión Europea necesita una nueva estrategia económica, que promueva un desarrollo económico sostenido, integrador y sostenible, y que ofrezca empleo pleno y productivo y trabajo digno para todos. El CESE está convencido de que la culminación de un mercado único bien equipado y coherente, centrado en las necesidades de los ciudadanos y las empresas, debe estar en el centro de una integración europea armoniosa e integradora, revitalizada, actualizada y adaptada a las nuevas tecnologías e infraestructuras de un mercado único digital plenamente interoperable. En la transición del Pacto Verde Europeo, se debería prestar atención al papel de los modelos empresariales centrados en las personas, como es el caso de las empresas de economía social. |
3.5. |
Junto con una simplificación administrativa exhaustiva, un proceso ambicioso de digitalización y una intensa labor de creación de capacidades para todas las partes interesadas, el CESE considera necesario establecer una infraestructura de gobernanza del mercado único reforzada a nivel nacional y de la UE en la que participen de manera proactiva los ciudadanos, los consumidores y las empresas, a fin de desarrollar diseños simplificados y fáciles de usar, y se apliquen de forma oportuna, transparente y eficiente las normas del mercado único para sentar las bases de una transición con éxito a una UE digital, eficiente, coherente, equilibrada y sostenible desde los puntos de vista económico, medioambiental y social. |
3.6. |
El Comité subraya la importancia, expresada anteriormente, de «reducir cuanto antes la brecha digital, cultural, territorial y de infraestructuras, que constituye hoy un freno al desarrollo económico y social de la UE, así como una fuente de desigualdades en las condiciones de vida y oportunidades para los ciudadanos y las empresas» (13). |
3.7. |
El CESE teme que, a falta de nuevos mecanismos de gobernanza capaces de asociar de manera proactiva tanto a los ciudadanos y las empresas como a los agentes públicos y privados a nivel local y regional, en un proceso de abajo arriba capaz de dar voz y peso a las peticiones y los problemas concretos sobre el terreno, la visión estratégica propuesta pueda encontrar dificultades y resistencia que ralenticen el proceso de aplicación. Por consiguiente, recomienda a las instituciones nacionales y europeas la creación de nuevas estructuras de gobernanza que permitan garantizar la participación de la economía local y la sociedad civil en el diseño y la aplicación de medidas justas y adaptadas a las circunstancias. |
Bruselas, 19 de febrero de 2020.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Luca JAHIER
(1) Comunicado preliminar de la conferencia de prensa de Christine Lagarde, presidenta del BCE, 12 de diciembre de 2019.
(2) Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020, COM (2019) 650 final.
(3) Resolución del CESE sobre el documento de reflexión sobre el tema «Para una Europa sostenible de aquí a 2030».
(4) Transforming our World: The 2030 Agenda for Sustainable Development [«Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible»].
(5) DO C 190 de 5.6.2019, p. 24.
(6) Dictamen del CESE de 17.7.2019 sobre el tema «Hacia una economía europea más resiliente y sostenible (DO C 353 de 18.10.2019, p. 23).
(7) Dictamen del CESE de 17.7.2019 sobre el tema «Una nueva visión para completar la unión económica y monetaria» (DO C 353 de 18.10.2019, p. 32).
(8) Dictamen del CESE de 19.10.2017 sobre el tema Impacto de la dimensión social y el pilar europeo de derechos sociales en el futuro de la UE» (DO C 81 de 2.3.2018, p. 145), puntos 1.2 y 2.2.
(9) Por ejemplo, en los Dictámenes sobre los temas siguientes: «Principios para unos sistemas de prestaciones sociales eficaces y fiables» (DO C 13 de 15.1.2016, p. 40); «Impacto de la dimensión social y el pilar europeo de derechos sociales en el futuro de la UE» (DO C 81 de 2.3.2018, p. 145), y «Propuesta de Recomendación del Consejo relativa al acceso a la protección social para los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia (DO C 440 de 6.12.2018, p. 135).
(10) Dictamen del CESE de 25.9.2019 sobre el tema «El pilar europeo de derechos sociales: evaluación de las primeras medidas de aplicación y recomendaciones para el futuro» (DO C 14 de 15.1.2020, p. 1).
(11) Dictamen del CESE de 17.7.2019 sobre el tema «Impulsar un mercado único que favorezca el espíritu empresarial y la innovación» (DO C 353 de 18.10.2019, p. 6), puntos 1.3 y 1.5.
(12) Ídem.
(13) Dictamen del CESE de 18.10.2017 sobre el tema «Mercado Único Digital / Revisión intermedia» (DO C 81 de 2.3.2018, p. 102), punto 1.8.