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Document 52017IR0851

    Dictamen del Comité Europeo de las Regiones sobre «Invertir en la juventud de Europa y el Cuerpo Europeo de Solidaridad»

    DO C 306 de 15.9.2017, p. 20–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.9.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 306/20


    Dictamen del Comité Europeo de las Regiones sobre «Invertir en la juventud de Europa y el Cuerpo Europeo de Solidaridad»

    (2017/C 306/04)

    Ponente:

    Paweł Grzybowski (PL/CRE), alcalde de Rypin

    Documentos de referencia:

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Invertir en la juventud de Europa

    COM(2016) 940 final

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Un Cuerpo Europeo de Solidaridad

    COM(2016) 942 final

    RECOMENDACIONES POLÍTICAS

    EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES (CDR),

    1.

    destaca que, pese a los esfuerzos realizados para reducir el desempleo juvenil, este problema no solo continúa siendo un importante reto socioeconómico, sino que también socava la justicia, la igualdad y la solidaridad, que sustentan el proyecto europeo;

    2.

    acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión Europea, surgida de la preocupación expresada por el presidente de la Comisión sobre la difícil situación actual de una parte considerable de la juventud duramente afectada por la crisis, que se materializa en las iniciativas denominadas «Invertir en la juventud de Europa» y «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»;

    3.

    subraya la importancia de la participación de los entes territoriales, así como de otros agentes, incluido el sector privado y las organizaciones del sector terciario, para la adopción de medidas que garanticen la integración de los jóvenes en el mercado de trabajo;

    4.

    pide a las instituciones de la Unión Europea que colaboren con el sector privado y las organizaciones del sector terciario, e insta a que los programas destinados a mejorar la correlación entre las necesidades del mercado y la cualificación de los trabajadores se elaboren conjuntamente con el sector privado y el sector terciario;

    5.

    subraya que el desempleo juvenil tiene repercusiones a escala local, nacional y de la UE, y que la educación, la formación profesional y la juventud son competencia de los Estados miembros y, de conformidad con el artículo 6 del TFUE, la Unión Europea debe apoyar, coordinar y complementar las acciones de los Estados miembros, dado que el fomento del empleo es un asunto de interés común. Por tanto, el éxito de las medidas pertinentes que la UE adopte, que deben respetar los principios de subsidiariedad y de proporcionalidad, dependerá de la colaboración con los gobiernos regionales y locales;

    Invertir en la juventud de Europa

    6.

    reitera que la garantía de la igualdad de oportunidades, el fomento de la inclusión social y la mejora de la competitividad de los jóvenes en el mercado laboral deben seguir siendo objetivos fundamentales de la política juvenil de la UE, al tiempo que se fomenta la participación y el protagonismo de los jóvenes en su trayectoria educativa y laboral, el refuerzo de la labor socioeducativa con la juventud, la no discriminación y el entendimiento intercultural; señala a este respecto que el acceso a los medios de transporte y el acceso a la información también son importantes factores para permitir la igualdad de oportunidades, y esto hay que tenerlo en cuenta;

    7.

    aboga por incentivar de manera integral una cooperación activa en todos los niveles de gobierno responsables de la colaboración con los jóvenes y sus organizaciones;

    8.

    se muestra convencido asimismo de que es necesario tomar medidas encaminadas a garantizar a los jóvenes un mejor comienzo de la vida laboral, invirtiendo en sus conocimientos técnicos y competencias comportamentales, sus capacidades y su experiencia laboral y relacional, y ayudándolos a integrarse en el mercado laboral a través de la creación de empleo autónomo o mediante la contratación para un puesto de trabajo que corresponda a sus características, o a invertir en un modelo que promueva la oportunidad de reconversión formativa que les ofrezca nuevas oportunidades laborales;

    9.

    propone desarrollar y apoyar, como una medida específica, las actividades de los talleres profesionales para jóvenes, que les permiten experimentar en nuevas áreas profesionales y les brindan, de ese modo, la posibilidad de encontrar nuevos campos de interés para ellos;

    10.

    sostiene que las diversas formas de inversión en la juventud, tanto en la formación en el ámbito formal como en el no formal, constituyen la base para la construcción de una sociedad democrática justa, integradora, abierta y eficaz, fundamentada en la movilidad social, la integración intercultural y un desarrollo y un crecimiento sostenibles; asimismo, está convencido de la importancia de brindar a nuestros jóvenes oportunidades que les permitan acceder debidamente a los bienes comunes creados por la UE y contribuir más activamente a los proyectos de solidaridad y a la configuración del futuro de Europa;

    11.

    señala que, a pesar de que en los últimos años la situación de los jóvenes en los mercados de trabajo de muchos Estados miembros ha mejorado considerablemente, la cifra de cuatro millones de jóvenes desempleados sigue siendo profundamente preocupante, con marcadas divergencias no solo entre los Estados miembros, sino también en un mismo Estado; constata que, pese a las medidas y los proyectos emprendidos a nivel europeo y nacional en los últimos años para activar profesionalmente a los jóvenes e incrementar su tasa de empleo, se requiere la intervención continua de los Estados miembros y de la UE;

    12.

    considera particularmente alarmante el hecho de que una parte importante de los jóvenes haya recibido una formación que no se corresponde con los retos del mercado de trabajo actual, no existan apoyos suficientes para desarrollar proyectos emprendedores, innovación e investigación y los sistemas de educación en los Estados miembros no se ajusten en su evolución al carácter dinámico de las transformaciones económicas y sociales. Por ello, muchos jóvenes acceden al mercado de trabajo sin estar preparados para responder a las expectativas sociales y personales;

    13.

    considera enormemente preocupantes los resultados de las investigaciones según las cuales más de la mitad de los jóvenes en Europa se consideran excluidos de la vida social, económica y política, aunque, al mismo tiempo, manifiestan una fuerte voluntad de participación en estas esferas de actividad en sus países; resalta que, paralelamente, los jóvenes muestran una pasividad cada vez mayor frente a los problemas sociales, la situación económica y la política;

    14.

    acoge con satisfacción que la Comisión Europea comprenda la necesidad de, en primer lugar, concentrar los esfuerzos en dicho ámbito en los Estados miembros, y opina que es acertada la idea de que son en particular los Estados miembros y sus gobiernos regionales y locales los que deben buscar los métodos y los recursos adecuados para alcanzar los objetivos esperados. Por lo tanto, la Comisión debería prestar el máximo apoyo a estas medidas y debería coordinar de manera efectiva los esfuerzos realizados por los distintos Estados, a fin de multiplicar los efectos positivos de dichas medidas en toda la UE;

    15.

    destaca especialmente, en este contexto, que los entes territoriales deben desempeñar un papel fundamental en la puesta en práctica de las medidas señaladas dentro de los distintos Estados miembros;

    16.

    considera que los entes locales y regionales, en virtud de su cercanía a los problemas sociales más acuciantes, conocen mejor sus circunstancias específicas locales, supralocales y regionales. Al mismo tiempo, ya disponen de instituciones generalmente eficientes que, desde hace años, trabajan para hacer frente a estos problemas. La concentración de esfuerzos y recursos por parte de estas instituciones sólidas y democráticamente legitimadas por sus comunidades locales garantiza las opciones más eficaces para poner en práctica de la manera más rápida posible las medidas planificadas;

    17.

    valora el alcance de las actividades realizadas gracias a la Iniciativa de Empleo Juvenil, el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Espera que la próxima revisión del MFP siga teniendo debidamente en cuenta, más allá de 2020, los múltiples desafíos sociales de la UE, incluidos la educación, el empleo de los jóvenes y la inclusión social, y que preste especial atención a las regiones menos favorecidas, tal como figura en el artículo 174 del TFUE;

    18.

    valora también las medidas emprendidas por el Banco Europeo de Inversiones a favor de los jóvenes empresarios y subraya la importancia del acceso a la financiación, abogando por la continuación de dichas medidas;

    19.

    reitera su apoyo a los sistemas de «Garantía Juvenil». A la luz de algunos desafíos locales y regionales planteados, insta al Consejo a seguir procedimientos simplificados para el pago de los períodos de prácticas, a fin de garantizar que los procedimientos no tengan un efecto disuasorio;

    20.

    pide a la Comisión Europea que tenga en cuenta la opinión de los gobiernos locales y regionales en la revisión de la Estrategia Europea para la Juventud después de 2018;

    21.

    destaca, por otra parte, que la Comisión Europea, en su esfuerzo por garantizar unos sistemas de educación y formación profesional de alta calidad, y la puesta en marcha de sistemas educativos que faciliten el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo, también debe tomar en consideración el problema de la adquisición por parte de los jóvenes de conocimientos y capacidades fundamentalmente prácticos a través de su participación en contextos de la educación no formal e informal. reitera a este respecto su solicitud de una estrecha cooperación basada en la asociación entre organismos públicos a nivel nacional, regional y local, las empresas, los trabajadores y sus organizaciones y los agentes de la sociedad civil, a fin de aprovechar mejor las capacidades y cualificaciones adquiridas mediante el aprendizaje no formal e informal (1); se muestra, además, convencido de la importancia de admitir unos sistemas de validación uniformes capaces de reconocer y formalizar las competencias transversales derivadas de la educación no formal y de lograr que el mercado de trabajo reconozca su valor, junto con los títulos de la educación formal;

    22.

    acoge con gran satisfacción que la Comisión Europea reconozca el programa Erasmus+ como uno de los instrumentos más importantes de desarrollo del acceso transnacional de los jóvenes al mercado de trabajo e instrumento de formación educativa y en capacidades personales, así como de concienciación sobre la ciudadanía europea y el mercado global; valora positivamente la actividad internacional de todos los agentes clave implicados en la promoción de los intercambios, incluidas las escuelas y los centros de formación profesional; destaca la necesidad de desarrollar este programa de manera aún más intensiva también a través de un aumento de los recursos financieros disponibles para este programa dentro de los marcos presupuestarios existentes. Al mismo tiempo, señala que uno de los elementos de consolidación de los efectos de los instrumentos de movilidad y formación (formal y no formal) en el marco de Erasmus+ debe ser el fortalecimiento simultáneo del papel de las universidades y los centros de educación superior, así como de las organizaciones del sector terciario, como promotores directos de este programa. Por ello, recomienda aquellas soluciones que permitan a las universidades y ONG crear instrumentos aún más efectivos de desarrollo de los instrumentos internacionales de movilidad y formación;

    Cuerpo Europeo de Solidaridad

    23.

    acoge favorablemente la idea de conformar un Cuerpo Europeo de Solidaridad y acoge con gran satisfacción el moderno método de captación de personas interesadas en las actividades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, que se basa en el registro en un sitio web específico. Este canal de registro debe poder complementarse con otros instrumentos que aseguren y faciliten la participación de todos los jóvenes, especialmente de aquellos en situación de mayor vulnerabilidad. Este método debe contribuir a difundir los principios del Cuerpo Europeo de Solidaridad, principalmente la importancia del valor de la solidaridad como principal aglutinante de la comunidad europea. El Comité subraya igualmente la necesidad de crear soluciones que garanticen a los jóvenes la posibilidad de acceder al Cuerpo Europeo de Solidaridad, con independencia de su situación socioeconómica y de su nivel de formación. Asimismo es necesario encontrar soluciones mediante las cuales los jóvenes que tengan un acceso limitado a internet puedan participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad;

    24.

    insta a la Comisión Europea a que establezca rápidamente el fundamento jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y proponga un medio sostenible de financiación más allá de 2017 para evitar la sobrecarga de los programas de financiación existentes, como Erasmus +, y poder responder a las expectativas de los jóvenes, cada vez más numerosos, que desean adherirse al Cuerpo Europeo de Solidaridad;

    25.

    señala que esta iniciativa no debe dar lugar a una burocracia excesiva para los jóvenes dispuestos a participar y debería funcionar como un complemento de las organizaciones juveniles ya existentes en los Estados miembros y, en particular, de las instituciones existentes a escala local, supralocal y regional responsables de aplicar las políticas juveniles y apoyar a las organizaciones juveniles;

    26.

    destaca que, para promover el Cuerpo Europeo de Solidaridad, es necesario establecer un sistema administrativo que pueda simplificar la participación en actividades de voluntariado tanto para los participantes como para las organizaciones de la sociedad civil;

    27.

    subraya que los dos pilares del Cuerpo Europeo de Solidaridad (trabajo profesional y voluntario) deben complementarse, si bien han de estar claramente diferenciados el uno del otro a fin de poner en marcha los mecanismos necesarios que eviten el empleo encubierto; al mismo tiempo, el Cuerpo Europeo de Solidaridad no debería servir para sustituir empleos remunerados por trabajo voluntario no remunerado;

    28.

    señala que la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad debe hacer especial hincapié en la dimensión práctica de la solidaridad europea, que se expresa en la construcción de vínculos duraderos entre las sociedades que forman la comunidad europea, al tiempo que refuerzan el sentido de la identidad europea;

    29.

    toma nota con satisfacción de que las ventajas de la colaboración interregional y transfronteriza deben promoverse, pero subraya que el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe concentrarse también en el voluntariado local. La gran mayoría de los voluntariados se realizan en los lugares donde residen los voluntarios. Centrarse en este tipo de voluntariados, que benefician a las sociedades locales, puede contribuir a crear un mercado de trabajo más fuerte, prevenir la exclusión social y frenar el éxodo de la población desde las zonas rurales hacia las urbanas;

    30.

    expresa su apoyo al objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad de ayudar a las personas más necesitadas. Las necesidades y las expectativas de las sociedades locales deben constituir un criterio importante a la hora de valorar la calidad de los proyectos;

    31.

    señala la necesidad de elaborar marcos comunes de colaboración entre el Cuerpo Europeo de Solidaridad y el programa Voluntarios de Naciones Unidas, el Cuerpo de Paz de los Estados Unidos y otras organizaciones de naturaleza similar;

    32.

    subraya la necesidad de definir los métodos de trabajo del Cuerpo Europeo de Solidaridad para que sea posible aprovechar el potencial existente en las organizaciones juveniles de Europa y los servicios de voluntariado creados por ellas; opina que el Cuerpo Europeo de Solidaridad no puede ser una institución que asuma o remplace los logros que estas organizaciones han alcanzado hasta la fecha, sino que debe complementarlos; observa que un elemento esencial para el éxito de los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad es asociar a las organizaciones juveniles activas en los Estados europeos animándolas de este modo a que colaboren con él. Por otra parte, subraya la importancia de otorgar, a la hora de elaborar la estrategia del Cuerpo Europeo de Solidaridad, un papel especialmente relevante a la experiencia acumulada desde hace décadas por las organizaciones juveniles europeas en materia de gestión del voluntariado y de desarrollo comunitario, así como de apoyarse en esta base de conocimientos;

    33.

    destaca la necesidad de establecer instrumentos de seguimiento y acompañamiento de los jóvenes participantes para asegurar la calidad de las actividades ofertadas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, y también para velar por la capacitación y preparación de los jóvenes para su participación en las diferentes actividades que se oferten en el Cuerpo. Por otra parte, las organizaciones de acogida implicadas en la vertiente laboral, especialmente por lo que respecta a los períodos de prácticas y aprendizaje, deberían seguir los principios y normas recogidos en la Carta Europea de Calidad de pasantías y aprendizaje, para garantizar puestos de trabajo de calidad;

    34.

    considera asimismo que debe especificarse cómo será la relación entre el Cuerpo Europeo de Solidaridad y el Servicio Voluntario Europeo (SVE), a fin de evitar solapamientos y garantizar la continuidad y fluidez de las oportunidades brindadas en el contexto de la Unión Europea;

    35.

    señala que, de manera simultánea a la creación del Cuerpo Europeo de Solidaridad, se debe elaborar un sistema de validación de las capacidades adquiridas en el marco de un voluntariado realizado en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, tanto en los sectores público y privado como en los centros de enseñanza superior. Esas capacidades constituyen un elemento de la educación no formal que actualmente no tiene reflejo en un sistema apropiado de certificación oficial de cualificaciones;

    36.

    subraya que brindar a los jóvenes la posibilidad de adquirir capacidades complementarias a través del trabajo y el voluntariado repercute de manera ventajosa tanto en el sector público como en el privado, ya que favorece la empleabilidad de los jóvenes, al crear una reserva de talento más competitiva a la que puede recurrirse para contratar. Por tanto, pide que se coopere con el sector privado para explorar cómo las capacidades adquiridas pueden responder mejor a las necesidades del mercado de trabajo.

    Bruselas, 11 de mayo de 2017.

    El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

    Markku MARKKULA


    (1)  Dictamen del CDR sobre «Una nueva Agenda de Capacidades para Europa» (CDR-2016-04094).


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