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Document 52016IE0959

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro» (Dictamen de iniciativa)

DO C 303 de 19.8.2016, p. 17–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.8.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 303/17


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro»

(Dictamen de iniciativa)

(2016/C 303/03)

Ponente:

Emmanuelle BUTAUD-STUBBS

El 21 de enero de 2016, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre:

«El trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro».

(Dictamen de iniciativa)

La Sección de Relaciones Exteriores, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 19 de abril de 2016.

En su 517.o pleno de los días 25 y 26 de mayo de 2016 (sesión del 25 de mayo), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 188 votos a favor y 1 en contra el presente dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

La cuestión del trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro (CMS), como, por ejemplo, las del textil, la confección y el calzado, la electrónica, los minerales y las industrias agrícolas, es sin duda fundamental para todos los agentes públicos y privados que participan a nivel nacional e internacional en la gestión de las cadenas de suministro.

1.2.

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha modificado sus procedimientos internos para estar en condiciones de emitir un dictamen antes de la 105.a sesión plenaria de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) de Ginebra sobre el tema del trabajo digno en las CMS.

El CESE formula las siguientes recomendaciones:

1.3.

La adopción, por parte de la Comisión Europea, de una estrategia global y ambiciosa con el fin de fomentar el trabajo digno en las CMS mediante el conjunto de sus políticas internas (acceso a la contratación pública de la UE, etiquetado, etc.) y externas (comercio, desarrollo, política de vecindad, etc.).

1.4.

Adoptar una terminología común y definiciones comunes, así como evaluar los datos estadísticos de las diferentes partes interesadas, a saber, la OCDE, la OIT, la OMC, la Comisión Europea, el Banco Mundial y el FMI (1), con el fin de evitar la confusión y las interpretaciones erróneas, y elaborar una política coherente para los organismos públicos competentes en este ámbito.

1.5.

Habida cuenta de los principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, debemos reconocer y promover las mejores prácticas e iniciativas disponibles en la actual «caja de herramientas»: las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales, las directrices sectoriales de la OCDE sobre la diligencia debida (textiles y confección, minerales, agricultura y finanzas), las ayudas comerciales, los planes financieros de compensación de daños y perjuicios, los códigos de conducta, el etiquetado, las normas y las herramientas de autoevaluación. El objetivo consiste en disponer de una política gradual, coherente y sostenible para la gestión responsable de las CMS.

1.6.

Promover la adopción de planteamientos prácticos y adecuados basados en los riesgos, que tengan en cuenta la naturaleza específica de la cadena mundial de valor y las CMS (lineal o modular, sencilla o compleja, organización de larga o corta duración).

1.7.

Fomentar, sobre la base de una evaluación de las prácticas actuales, el formato de múltiples partes interesadas, con la participación de agentes públicos y privados, interlocutores sociales, ONG, expertos, etc., al objeto de desarrollar la mejor cartera de acciones posible, basada en las líneas directrices de la OCDE para detectar, prevenir y mitigar los riesgos, y comunicar e informar sobre el plan de acción. Los planes de acción podrían incluir medidas legislativas y no legislativas, buenas prácticas, incentivos económicos, acceso a la formación y desarrollo de capacidades para el diálogo social y los sindicatos.

1.8.

Impulsar una reflexión específica sobre el tipo de instrumento de transparencia que podría ponerse en práctica con el fin de informar al consumidor final acerca de las condiciones sociales de producción.

1.9.

La próxima Conferencia de la OIT debería considerar la posibilidad de que la OIT desempeñe un papel activo para garantizar el trabajo decente en las cadenas de suministro mundiales, incluida la valoración de la evolución y la futura adopción de todos los instrumentos pertinentes y adecuados que, junto con el compromiso de todas las partes interesadas, contribuyan a una mejora efectiva de las condiciones de trabajo.

2.   La cuestión del trabajo digno en las cadenas mundiales de suministro: definiciones, contexto y riesgos

2.1.    Definiciones

2.1.1.

Cadena mundial de valor (CMV): este concepto surgió a mediados de la década de los noventa para describir el conjunto de actividades necesarias para poner un producto a disposición del consumidor final, que van desde su concepción y diseño, pasando por la obtención de las materias primas necesarias y los insumos intermedios, hasta su comercialización, distribución y apoyo a los consumidores finales (2).

Se supone que las CMV favorecen la «modernización de los procesos» (el productor adopta tecnologías más avanzadas en aras de una mayor eficiencia) y la «mejora funcional» (la capacidad del productor para desarrollar competencias de diseño, estrategia de marca y comercialización). Sin embargo, una serie de ejemplos demuestra que no siempre es el caso.

La necesidad de una gestión sostenible y responsable de las CMV ocupa un lugar central en la agenda internacional (OCDE, OIT, G-7, G-20, UE, Naciones Unidas), dado que los crecientes intercambios comerciales e inversiones a escala mundial se producen a través de las CMV y la externalización y la coordinación transfronteriza de la producción mundial por parte de las empresas líderes tienen importantes consecuencias sociales. Algunas de estas consecuencias son positivas; por ejemplo, empleos mejor remunerados, más empleo femenino, creación de puestos de trabajo que permiten acceder al empleo, desarrollo de capacidades y difusión de conocimientos y tecnología. Pero hay otras que son motivo de preocupación, como el trabajo precario, las malas condiciones laborales (también en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo), la ausencia de derechos sociales (en particular, la falta de cobertura de seguridad social) y la violación de los derechos humanos y los derechos laborales fundamentales.

Esto se traduce en el desarrollo y la aplicación de diversos instrumentos a nivel nacional e internacional, como los convenios de la OIT, las líneas directrices de la OCDE o los principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos (véase el punto 2.3.3), y marcos políticos, tales como la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible (3), acompañada de la Agenda de Acción de Addis Abeba sobre la Financiación para el Desarrollo (4), que fomenta el cumplimiento de las normas laborales y promueve tanto el trabajo digno como el desarrollo ulterior del comercio, la inversión, el sector privado y las cadenas de suministro.

2.1.2.

Cadena mundial de suministro (CMS): las CMS están compuestas por organizaciones, recursos y procesos relacionados entre sí, que permiten crear productos y prestar servicios destinados a los consumidores finales. Forman parte de las CMV que se dedican al aprovisionamiento, pero no a la concepción o la distribución de los productos o servicios.

En la sesión plenaria de junio de 2016 de la Conferencia Internacional del Trabajo (órgano decisorio supremo de la OIT), se entablará un debate general sobre el trabajo digno en las CMS, con el fin de ayudar a los mandantes de la OIT (gobiernos, empresarios y trabajadores) a comprender mejor la manera en que la participación en las CMS puede contribuir a un crecimiento sostenible e integrador de las economías nacionales y locales, coadyuvando a la creación y el crecimiento de empresas, así como al fomento de empleos de calidad y el respeto de las normas laborales. El presente dictamen se entiende como la contribución del CESE a ese debate.

2.1.3.

Trabajo digno: se trata de un concepto formulado por los mandantes de la OIT, que la Conferencia Internacional del Trabajo hizo suyo en la Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa (5), y que abarca los programas nacionales y locales emprendidos con el fin de alcanzar cuatro objetivos estratégicos:

fomentar la creación de empleo, el desarrollo de competencias y los medios de vida sostenibles,

garantizar los derechos en el trabajo y, en particular, los derechos de trabajadores desfavorecidos o pobres,

ampliar la protección social de las personas con el fin de prever una compensación adecuada en caso de pérdida o reducción de los ingresos, y el acceso a una atención sanitaria adecuada;

promover el diálogo social mediante la participación de organizaciones de empresarios y trabajadores fuertes e independientes.

La OIT, como organismo regulador a escala mundial, ha adoptado una serie de convenios pertinentes para las cadenas mundiales de suministro. Estos convenios incluyen normas laborales fundamentales (a saber, el fomento de la libertad de asociación y el derecho de negociación colectiva, el fomento de la no discriminación en el trabajo, la prohibición del trabajo forzoso y el trabajo de los niños), así como acuerdos en materia de salud y seguridad en el trabajo, inspecciones laborales, etc. Los países signatarios están obligados a adecuar sus leyes y prácticas a los convenios. Además, según la Declaración de la OIT de 1998 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (6), todos los países miembros de la OIT están obligados a respetar e integrar las normas laborales fundamentales en sus leyes y prácticas, incluso si no han ratificado los convenios pertinentes.

2.2.    Estructura e incidencia de las CMV y las CMS en el comercio internacional

2.2.1.

La incidencia de las CMV en el comercio mundial ha aumentado rápidamente y, según la OMC, la OCDE, la OIT y la UNCTAD 2013 (7), representan entre un 60 y un 80 % del comercio internacional y más del 20 % de los puestos de trabajo en todo el mundo (8). Los sectores cubiertos por componentes organizativos interrelacionados como la concepción, la producción, la distribución y el consumo, de los que son responsables las empresas multinacionales, incluyen la agricultura, la industria (por ejemplo, el automóvil, la aeronáutica, el textil y la confección, los juguetes y la electrónica) y los servicios (por ejemplo, los centros de llamadas y las tecnologías de la información).

2.2.2.

La forma y la estructura de estas CMV también varían: algunas de ellas son relativamente cortas (número reducido de actividades), mientras que otras son más largas, lo cual implica la existencia de vínculos económicos, sociales y financieros entre empresas establecidas en numerosos países, algunos de ellos remotos (desde Estados Unidos hasta la UE y Asia). Según Gary Gereffi (9), hay tres tipos predominantes de gobernanza: las CMV impulsadas por los compradores y, en la mayoría de los casos, por el coste (es el caso de las CMV de confección y calzado) y las CMV impulsadas por los productores con algunas competencias tecnológicas de los proveedores en los países en desarrollo, incluidos el diseño y la innovación (equipos electrónicos).

2.2.3.

Las CMS, que son un componente de las CMV, se basan en la relación entre los compradores y los proveedores y los posibles subcontratistas. Esta «cadena» puede configurarse de diversas maneras: integración vertical, cadena cautiva, gobernanza de cadena modular (los principales proveedores pueden operar con independencia de la empresa principal) o cadenas de comercialización para los mercados de productos básicos.

2.3.    La gestión de las CMS en el contexto de la Estrategia sobre la responsabilidad social de las empresas (RSE): agentes clave y caja de herramientas

2.3.1.

La definición de la UE de la RSE reconoce que es «responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad» (10).

2.3.2.

Habida cuenta de una serie de problemas que se han producido a lo largo de los últimos veinte años, sobre todo en sectores como la electrónica, los artículos de deporte y la confección, la OCDE, en particular, considera que las siguientes cuestiones son decisivas para una gestión sostenible por parte de una empresa multinacional, como empresa responsable de su CMV y su CMS:

a)

detectar los riesgos de infracción grave de los derechos humanos y laborales, de daños medioambientales y de corrupción;

b)

prevenir la aparición de dichos riesgos mediante un planteamiento de diligencia debida y una gestión sostenible basada en una evaluación del perfil de riesgo del país de que se trate y la evaluación del riesgo individual del proveedor (11);

c)

mitigar los riesgos por medio de políticas de RSE coherentes, sólidas y duraderas en lo que respecta a la cadena de suministro: elección del proveedor, requisitos y contratos con proveedores existentes, auditorías sociales y mejora de los criterios para evaluar los avances realizados;

d)

facilitar información y comunicar con distintas partes interesadas dentro de la empresa, como los sindicatos, y fuera de la empresa, como las ONG o las autoridades públicas responsables de la salud y la seguridad en el trabajo o la aplicación de los convenios de la OIT sobre la mejora de la gestión sostenible de las CMS.

2.3.3.

Una amplia gama de partes interesadas, entre ellas numerosas organizaciones y organismos públicos y privados, nacionales, europeos e internacionales están estudiando actualmente estas cuestiones, especialmente tras el dramático suceso del Rana Plaza (Bangladés) que se cobró la vida de más de 1 100 personas en 2013:

a)

a nivel nacional, además de las medidas legislativas adoptadas en ámbitos cubiertos por el trabajo digno y los derechos humanos (por ejemplo, la Ley británica de 2015 sobre la esclavitud moderna, que contiene disposiciones en materia de transparencia y cadenas de suministro) (12), los gobiernos y parlamentos, con el apoyo de los interlocutores sociales, partes interesadas como las ONG y los puntos de contacto nacionales de la OCDE, están desarrollando y poniendo en marcha diversas iniciativas (por ejemplo, planes de acción nacionales sobre la empresa y los derechos humanos o sobre la RSE, y otras medidas como las recientes iniciativas en materia de diligencia debida emprendidas, por ejemplo, en Francia o Alemania);

b)

a nivel de la UE, se han tomado medidas en el marco de diversas políticas internas y externas, tanto en el contexto de asociaciones más amplias con terceros países, como a través de iniciativas sectoriales. Por ejemplo, los capítulos de comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos de comercio e inversión de la UE, negociados y concluidos recientemente, incluyen el compromiso vinculante de las partes de respetar las normas laborales fundamentales (en particular, avanzando hacia la ratificación de los convenios fundamentales de la OIT y procurando establecer niveles más altos de protección laboral a escala nacional), aplicar de manera eficaz los convenios de la OIT ratificados, y fomentar el trabajo digno, los sistemas de comercio justo y las prácticas de RSE. Asimismo, prevén la creación de un mecanismo de supervisión de la sociedad civil (además del organismo intergubernamental), incluidos los interlocutores sociales, para supervisar la aplicación de estas disposiciones y asesorar a las partes signatarias sobre asuntos relacionados, entre otras cosas, con el comercio y el trabajo. Las preferencias arancelarias concedidas a los países en desarrollo con arreglo al régimen SPG+ prevén la supresión total de más del 66 % de las líneas arancelarias aplicadas a los países vulnerables, que deben comprometerse de manera vinculante a ratificar y aplicar de manera efectiva 27 convenios internacionales esenciales, incluidos los ocho convenios fundamentales de la OIT (13). La UE también ha desarrollado y aplica una estrategia de RSE, la revisión de la Directiva 2013/34/UE sobre los informes no financieros (cuestiones medioambientales y sociales, derechos humanos, lucha contra la corrupción, diversidad de los consejos de administración, etc.); el Pacto de Sostenibilidad con Bangladés (una iniciativa internacional liderada por la UE y destinada a mejorar el cumplimiento de los derechos laborales, las normas en materia de salud y seguridad en el trabajo y las normas de seguridad de los edificios en el sector de la confección del país) (14); una nueva estrategia de comercio e inversión de la UE, incluida la gestión responsable de las CMS (15), en lo que hace hincapié la actual Presidencia (neerlandesa) de la UE;

c)

en el plano internacional, se está debatiendo y trabajando en la OCDE (por ejemplo, elaboración de directrices sobre la diligencia debida para la gestión responsable de la cadena de suministro en el sector de la confección y el calzado (16), directrices para las empresas multinacionales (17), lanzamiento de las Directrices para cadenas de suministro responsables en el sector agrícola (18)), las Naciones Unidas (por ejemplo, el Pacto Mundial y los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos (19)) y la OIT (revisión de la Declaración tripartita sobre las empresas multinacionales y la política social, y preparación del debate sobre el trabajo digno en las CMS, que se entablará en la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 2016).

Se han emprendido diversas iniciativas privadas sobre una base permanente o temporal; por ejemplo, para mejorar la salud y la seguridad en las fábricas de confección de Bangladés tras la catástrofe del Rana Plaza (Acuerdo de Bangladés sobre seguridad de los edificios y protección contra incendios) (20).

2.3.4.

Todos estos agentes públicos y privados participan en el desarrollo y la aplicación de diversas herramientas e instrumentos destinados a mejorar las condiciones de trabajo y los derechos laborales:

regulación, legislación, convenios,

códigos de conducta,

diálogo social, especialmente en el contexto transfronterizo (21),

certificaciones de RSE y responsabilidad social,

regímenes de financiación para compensar a las víctimas,

otras iniciativas con múltiples partes interesadas,

programas de ayuda y desarrollo, incluido el desarrollo de capacidades (salud y seguridad en el trabajo, diálogo social, aplicación de los convenios de la OIT, etc.).

3.   Evaluación de algunas buenas prácticas en dos sectores económicos diferentes

3.1.    La CMS de la confección y el calzado

3.1.1.

La CMS del sector de la confección y el calzado abarca varias partes interesadas y procesos de producción. La región de Asia y el Pacífico representa un importe de 601 000 millones USD respecto de las exportaciones mundiales de prendas de vestir, textiles y calzado, lo que a su vez representa el 60 % del total del comercio mundial, cuya mayor parte corresponde a China. Países como Bangladés o Camboya se están especializando aún más en la producción y exportación de confección y calzado, con un volumen total de exportación de mercancías que se elevó en 2014 al 89,2 y al 77,4 %, respectivamente (22). Esto se debe principalmente al fuerte incremento de los salarios en la industria textil y de la confección china, lo que llevó a los compradores internacionales a buscar nuevos proveedores en Asia.

En 2014, en la mayoría de los países los ingresos medios se encontraban, según la OIT (23), por debajo de los 200 USD al mes. Se han establecido salarios mínimos mensuales para trabajadores no cualificados del sector de la confección en China (hasta 297 USD), Filipinas, Malasia, Indonesia (247 USD), Tailandia, Vietnam (145 USD), India (136 USD), Camboya (128 USD), Pakistán (119 USD), Bangladés (71 USD) y Sri Lanka (66 USD).

Los riesgos principales son la falta de un salario mínimo vital, el trabajo forzoso y el trabajo de los niños, las malas relaciones laborales debido a una escasa protección de la libertad de asociación y una negociación colectiva limitada, una salud y seguridad en el trabajo deficiente, inspecciones laborales insuficientes, sistemas en materia de accidentes laborales poco desarrollados, la contaminación del agua, la exposición a sustancias químicas y la explotación de la mano de obra femenina.

3.1.2.

El 24 de abril de 2013, el derrumbamiento del edificio Rana Plaza en Bangladés, utilizado por fábricas del sector de la confección, causó la muerte de 1 136 trabajadores, de los cuales la mayoría eran mujeres. La magnitud del accidente, provocado por el pésimo estado en que se encontraba el edificio y la ausencia de salidas de emergencia, dio lugar a una movilización sin precedentes de gobiernos (UE y Estados miembros, EE. UU., Canadá, Noruega), organizaciones internacionales (OIT, OCDE, Banco Mundial) y partes interesadas internacionales y locales, que adoptaron un ambicioso conjunto de iniciativas destinadas a promover medidas nacionales a corto plazo (compensación para las familias de las víctimas, inspección de las fábricas de confección y medidas correctoras, nuevos métodos de auditoría, revisión de la legislación laboral), medidas nacionales a medio plazo (creación de sindicatos independientes y consolidación de los mecanismos de inspección del trabajo) y medidas sistemáticas para promover una gestión responsable de las cadenas mundiales de suministro.

Ejemplo: Evaluación de los avances realizados en el sector de la confección en Bangladés desde el derrumbamiento del edificio Rana Plaza (enero de 2016)

El Acuerdo de Bangladés sobre seguridad de los edificios y protección contra incendios: firmado por 220 compradores de prendas de vestir.

La Alianza por la seguridad de los trabajadores de Bangladés: creada en mayo de 2013 por 26 marcas, principalmente norteamericanas.

Se han creado 341 nuevos sindicatos en el sector de la confección en Bangladés a fecha de enero de 2016 (132 en 2014).

Hasta enero de 2016, se han llevado a cabo inspecciones, en 3 734 fábricas de confección orientadas a la exportación, en relación con la seguridad estructural, la electricidad y las medidas contra incendios.

Se han contratado 235 nuevos inspectores  (24).

El programa Better Work (Mejor trabajo) para Bangladés: 38 fábricas que suministran prendas de vestir a diecisiete marcas y minoristas.

La indemnización de las víctimas: 24,1 millones USD para 3 490 demandas interpuestas.

3.1.3.

La OCDE está elaborando directrices sobre la diligencia debida para la gestión responsable de las cadenas de suministro en el sector de la confección y el calzado.

3.1.4.

La OIT, en colaboración con donantes internacionales, gobiernos, trabajadores y empresarios, está llevando a cabo proyectos en el sector de la confección (por ejemplo, en Asia) con el fin de lograr un mayor acceso a la información sobre los salarios, las condiciones de trabajo y las relaciones laborales para mejorar la calidad del diálogo social sobre normas laborales, reforzar la capacidad de los interlocutores sociales y los mecanismos de convenio colectivo, así como garantizar el cumplimiento de las normas laborales en las fábricas (25).

3.1.5.

La Comisión Europea está elaborando una iniciativa emblemática sobre una cadena de suministro sostenible para el sector de la confección, que prevé la planificación conjunta, una financiación coordinada, la ejecución conjunta de programas, la sensibilización de los consumidores, etc.

3.1.6.

Los interlocutores sociales de la UE del sector textil y de la confección han desarrollado una iniciativa conjunta, respaldada por la Comisión Europea, que incluye una herramienta de evaluación del riesgo de RSE pertinente para las CMS. Actualmente, están ultimando la iniciativa para preparar su difusión entre las pymes y otras partes interesadas.

3.1.7.

La Presidencia neerlandesa de la UE desea explorar vías para reforzar las sinergias entre las políticas comerciales y de desarrollo de la UE para contribuir a la sostenibilidad de las CMV.

3.1.8.

El ministro federal alemán de Economía, Cooperación y Desarrollo, Gerd Müller, creó una alianza específica para el «textil sostenible» con los socios principales. En la última reunión del G-7, hizo un resumen muy concreto de la situación: «costaría 1 EUR asumir la responsabilidad, solo 1 EUR por vestido, por chaqueta o por pantalón, para garantizar que trabajar duro en Bangladés, Camboya o África es rentable y que los niños y las costureras pueden tener oportunidades en la vida» (26).

3.1.9.

Una proliferación de iniciativas privadas ha aportado experiencia y ayuda para el intercambio de buenas prácticas, entre ellas, la Iniciativa Cláusula Social con 22 grandes minoristas como Monoprix, Carrefour o Casino, que representan un volumen de negocios de más de 243 000 millones EUR y comparten una metodología similar para sus auditorías sociales, y la Iniciativa de Cumplimiento Social de las Empresas, iniciada en 2003 por la Asociación de Comercio Exterior, con sede en Bruselas y más de 1 700 minoristas e importadores de 36 países que mantienen relaciones comerciales con 30 000 fábricas.

3.2.    La CMV y la CMS del sector de la electrónica

3.2.1.

Según el estudio de Sturgeon y Kawakami (27) sobre las CMV, «los insumos intermedios de la industria de la confección parecen ser mucho menos importantes en términos del valor del comercio de bienes intermedios que los insumos de los sectores de la electrónica y los vehículos de pasajeros».

3.2.2.

La CMV de la electrónica es una de las más importantes del sector de producción de bienes con más del 17 % del total de los productos intermedios manufacturados en 2006, frente a un 2,7 % para los productos químicos y plásticos y un 1,9 % para las piezas de aeronaves. China/Hong Kong y los Estados Unidos son los dos países líderes en la exportación de productos electrónicos intermedios.

3.2.3.

Los tres agentes empresariales que dirigen la «modularidad de la cadena de valor» son:

las empresas líderes (principalmente en los países industrializados),

los subcontratistas encargados de la adquisición de componentes, el ensamblaje de placas de circuito, el ensamblaje final y el ensayo, principalmente en China, Taiwán y Vietnam,

los líderes de plataforma, definidos como «empresas que han logrado implantar su tecnología (en forma de software, hardware o una combinación de ambos) en los productos de otras empresas».

La modularidad de esta cadena de valor específica reside en la codificación y la estandarización de procesos empresariales clave como el diseño asistido por ordenador, la planificación de la producción y el control del inventario y la logística.

3.2.4.

La electrónica de consumo tiene un ciclo de vida reducido, que va desde los tres a los dieciocho meses, con un corto período de fin de vida útil. Como consecuencia de ello, los proveedores de estos productos se enfrentan a unos pedidos que exigen unos plazos de comercialización cada vez más reducidos. Por ejemplo, cuando se introdujo el iPhone de Apple en 2007, el plazo de comercialización era de seis meses; en 2012 ya se había reducido a menos de dos semanas (28). Desde el punto de vista de los fabricantes y los trabajadores, esto plantea un problema para el que es necesario desarrollar y aplicar soluciones.

En algunas empresas se ha llegado a un acuerdo para hacer horas extraordinarias o trabajar por turnos durante la temporada de máxima actividad y compensar este trabajo durante el resto del año, mientras que otras registran un aumento sustancial de contratos temporales o recurren a la contratación de trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal o migrantes (por ejemplo, en México en 2009, el 60 % de la mano de obra de la industria de la electrónica eran trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal, porcentaje que se elevó al 90 % en la temporada de máxima actividad) (29). Esto conduce, a menudo, a una reducción de los derechos de los trabajadores; por ejemplo, salarios más bajos, ausencia de cobertura de la seguridad social o la prohibición de afiliarse a un sindicato. Entre las posibles soluciones cabría incluir, además de la legislación nacional, acuerdos a nivel de empresa y una mejor coordinación del intercambio de información entre compradores y proveedores, lo cual permitiría mejorar la planificación de la producción y emplear trabajadores con contratos indefinidos en lugar de contratos temporales.

3.2.5.

En cuanto al respeto de los derechos humanos y laborales, el sector de la electrónica también se ve afectado por la cuestión de la utilización de minerales extraídos en zonas de conflicto y de alto riesgo como, por ejemplo, la región de los Grandes Lagos de África (30). Tras la adopción de un acto legislativo en los Estados Unidos (la Ley Dodd-Frank), la Comisión Europea presentó en 2014 una propuesta de Reglamento sobre la creación de un mecanismo de autocertificación para los importadores de estaño, tantalio, wolframio y oro en el mercado de la UE, para garantizar que los beneficios de la extracción y el comercio de estos minerales no contribuyan a conflictos armados a escala local. No obstante, la diligencia debida, acompañada de medidas adicionales, debería contribuir a la transparencia en toda la cadena de suministro y tener un impacto positivo en la creación de empleo y las condiciones de trabajo en las minas (por ejemplo, salud y seguridad en el trabajo, niveles de renta o formalización de la actividad). Esto permitiría seguir adquiriendo los minerales en África en vez de otras regiones del mundo no afectadas por conflictos (31).

3.2.6.

La OCDE ha elaborado directrices sobre la diligencia debida para la gestión responsable de las cadenas de suministro de minerales procedentes de zonas afectadas por conflictos y zonas de alto riesgo (32).

3.3.    Las CMV y las CMS en otros sectores

3.3.1.

El CESE hace hincapié, asimismo, en que las CMV y las CMS en otros sectores, como los servicios y la industria agrícola, podrían afrontar problemas relacionados con las condiciones laborales; en particular, la salud y la seguridad en el trabajo.

3.3.2.

El apoyo de la OIT al trabajo digno en la economía rural (33) se centra en tres ámbitos de acción prioritarios: el trabajo digno para las personas desfavorecidas, marginadas y vulnerables de la población rural, el trabajo digno para los trabajadores de las cadenas de suministro rurales y el trabajo digno para los trabajadores de plantaciones rurales.

4.   La contribución del CESE sobre la manera de garantizar el trabajo digno en las CMS

Con vistas a la 105.a sesión plenaria de la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2016 (Ginebra), el CESE desea hacer pública su contribución por medio de una serie de recomendaciones sobre los modos y medios más eficaces para garantizar una mejora de las condiciones de trabajo en las empresas de proveedores o subcontratistas que forman parte de la capacidad de producción en las CSM.

4.1.    Aclarar el papel de todas las partes interesadas

Deberían aclararse las funciones y las responsabilidades de cada una de las partes interesadas con el fin de evitar toda confusión:

los gobiernos son responsables de elaborar, aplicar y hacer cumplir la legislación laboral y social nacional, ratificar y aplicar de manera efectiva los convenios de la OIT, y, en el caso de los Estados miembros de la UE, transponer y aplicar asimismo las directivas de la UE; tienen también el deber de poner a disposición todos los recursos administrativos y financieros, en particular, para las inspecciones del trabajo, a fin de garantizar la conformidad con el marco jurídico,

las organizaciones internacionales establecen estándares y desarrollan iniciativas globales con el fin de promover las normas internacionales del trabajo y una conducta empresarial responsable. En este contexto, existen instrumentos, como los principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos (marco «proteger, respetar y remediar»), que ofrecen orientación sobre las funciones y las responsabilidades de las principales partes interesadas,

se anima a los interlocutores sociales a fomentar y participar en el diálogo social sobre las normas laborales y las condiciones de trabajo, especialmente en los contextos sectorial y transfronterizo; además, los gobiernos deben garantizar la promoción y la protección eficaz de la libertad de asociación y la negociación colectiva,

las empresas multinacionales deberían cumplir las normas aplicables de los países en los que operan; se les anima, asimismo, a que se comprometan con la RSE y adopten los planteamientos de diligencia debida,

las ONG completan los esfuerzos de otras partes interesadas y desempeñan un papel clave en la sensibilización sobre los derechos laborales, además de denunciar prácticas abusivas.

Dada la complejidad y los evidentes riesgos excepcionales que corren estos agentes clave, el CESE aboga por la creación de plataformas de partes interesadas estructuradas, transparentes e integradoras para abordar estas cuestiones complejas.

4.2.    Responder al reto estadístico de medir los flujos comerciales y de inversión

El CESE se propone evaluar la realidad de las CMV y las CMS en términos de valor, crecimiento y empleo, así como su reciente evolución cualitativa. Ello significa colaborar, por ejemplo, con Eurostat y la DG Comercio sobre los datos disponibles recabados por la OMC y la OCDE. Sin duda, esta mejor comprensión de la nueva organización del comercio internacional dará lugar a nuevas propuestas sobre la utilización de los instrumentos tradicionales de los acuerdos sobre comercio y desarrollo, como, por ejemplo, la supresión de aranceles, la convergencia reglamentaria, un mayor acceso a la contratación pública, las normas comunes de origen, el desarrollo de capacidades y la ayuda para el comercio.

4.3.    Impulsar un planteamiento de la UE verdaderamente integrado, entre otros, para el comercio, el desarrollo y la política de vecindad

El CESE apoya la voluntad de la Comisión Europea, expresada en su reciente Comunicación sobre la política comercial y de inversión de la UE, de utilizar las diversas políticas exteriores de la UE para fomentar el desarrollo sostenible en terceros países, especialmente en países en desarrollo como Bangladés, Vietnam, Myanmar/Birmania (34), Camboya o Laos, así como en países de otros continentes, a través de varios instrumentos. Para ello, deberían incluirse capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible en los acuerdos de libre comercio (ALC) en curso de negociación y futuros, así como establecer un vínculo más estrecho entre la política comercial y el desarrollo de la ayuda/las capacidades, fomentar una conducta empresarial responsable en materia de política de inversión y desarrollo del sector privado, concebir proyectos específicos destinados a mejorar el cumplimiento de las normas laborales, apoyar a los interlocutores sociales nacionales mediante la organización de seminarios de formación e información, y así sucesivamente.

4.4.    Proponer compromisos realistas

El CESE posee una gran experiencia en el ámbito de la sostenibilidad gracias a su participación en la aplicación y el seguimiento de capítulos específicos de los ALC, y en una amplia gama de comités de la sociedad civil que le permiten proponer un justo equilibrio entre los requisitos legales necesarios en el ámbito de los derechos humanos y laborales, la transparencia, la lucha contra la corrupción y la flexibilidad que requieren las empresas multinacionales para organizar y desarrollar sus CMS de manera efectiva y adaptada a las distintas realidades locales.

4.5.    Promover medidas preventivas eficaces

Se ha constatado, a nivel mundial, una creciente participación de las pymes en las CMS, ámbito en el que aún queda un potencial considerable sin explotar. Por tanto, el CESE desea dar a conocer en mayor medida algunos instrumentos específicos disponibles en el mercado, ya ensayados y probados por las empresas, que ayudarán a las pymes a participar en la gestión sostenible de sus CMS, concretamente, la localización de los proveedores, las herramientas de autoevaluación, y las normas y propuestas de cláusulas contractuales.

4.6.    Contribuir a la creación de un nuevo tipo de auditoría

Las auditorías sociales, que empezaron a realizarse en la década de los noventa, se han criticado por sus aspectos técnicos (por ejemplo, las cualificaciones de los auditores, la forma de llevarlas a cabo, la naturaleza de las preguntas) y otros aspectos importantes (una auditoría provisional para un proveedor, ningún avance sistémicos y gradual, terceros encargados de la mejora de las condiciones sociales, etc.). El CESE aboga por la creación de un nuevo tipo de auditoría que abarque no solo el aspecto social, sino también las cuestiones medioambientales y de gobernanza, con objetivos más ambiciosos. En última instancia, el objetivo consistirá en sustituir los cuestionarios estandarizados por evaluaciones basadas en criterios múltiples, adaptadas a empresas individuales en CMS específicas, e introducir un procedimiento sólido de seguimiento con el apoyo de los interlocutores sociales.

4.7.    Concebir instrumentos de transparencia eficaces para los consumidores

La cumbre del G-7 de diciembre de 2015 acogió favorablemente, por ejemplo, la utilización de instrumentos prácticos como las aplicaciones para dispositivos móviles, que pueden ayudar a los consumidores a comparar y comprender las etiquetas de los productos ecológicos y sociales.

El CESE respalda los esfuerzos que está realizando actualmente la UE para medir y dar a conocer la huella de carbono de determinadas categorías de bienes de consumo y se declara dispuesto a promover las mejores prácticas nacionales en el ámbito del etiquetado ecológico, tales como el experimento de etiquetado ecológico, basado en múltiples criterios, llevado a cabo en Francia entre 2010 y 2013.

4.8.    Apoyar los programas de desarrollo de capacidades y otras iniciativas destinadas a fomentar el diálogo social y los enfoques multilaterales

Los resultados económicos globales de las empresas y el respeto de los principios del trabajo digno están estrechamente vinculados a la existencia de organizaciones sindicales y patronales independientes, la calidad del diálogo social y el bienestar de la mano de obra.

El CESE apoya el programa Better Work (Mejor Trabajo) concebido por la OIT, cuyo objetivo consiste en ayudar a los interlocutores sociales locales a desempeñar un papel efectivo y estar en condiciones de negociar convenios colectivos.

Las iniciativas de carácter sectorial, como el Acuerdo de Bangladés sobre seguridad de los edificios y protección contra incendios en el sector de la confección, pueden inducir a los compradores, los productores y los sindicatos a desarrollar y aplicar un enfoque integral y eficaz para toda la industria.

El CESE apoya, asimismo, el diálogo social intersectorial, incluidos los CCT/AMI. Los CCT/AMI existentes han resultado ser un instrumento importante para la promoción de los derechos de los trabajadores en las CMS. Para el desarrollo ulterior o una aplicación más amplia de estos acuerdos debería, no obstante, tenerse en cuenta la necesidad de preservar la flexibilidad en términos de su contenido y sus mecanismos de seguimiento. Habida cuenta de la experiencia adquirida en materia de aplicación, los socios también deberían esforzarse por seguir mejorando estos acuerdos.

Bruselas, 25 de mayo de 2016

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Georges DASSIS


(1)  OCDE: Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos; OIT: Organización Internacional del Trabajo; OMC: Organización Mundial del Comercio; FMI: Fondo Monetario Internacional.

(2)  www.globalvaluechains.org/concept-tools

(3)  http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/70/1&Lang=E

(4)  http://www.un.org/esa/ffd/wp-content/uploads/2015/08/AAAA_Outcome.pdf

(5)  http://www.ilo.org/global/meetings-and-events/campaigns/voices-on-social-justice/WCMS_099768/lang--es/index.htm

(6)  http://www.ilo.org/declaration/thedeclaration/textdeclaration/lang--es/index.htm

(7)  http://unctad.org/en/PublicationsLibrary/wir2013_en.pdf

(8)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_368626.pdf

(9)  Commodity chains and global capitalism (véase el capítulo titulado «The organisation of buyer-driven global commodity chain: how US retailers shape overseas production networks»), Wesport, 1994.

(10)  http://ec.europa.eu/growth/industry/corporate-social-responsibility/index_en.htm

(11)  Véase, por ejemplo, el instrumento de autoevaluación elaborado por Euratex e IndustriAll, con el apoyo de la Comisión Europea, para las empresas textiles y de confección de la UE.

(12)  http://www.legislation.gov.uk/ukpga/2015/30/contents/enacted

(13)  En 2011, el CESE emitió un dictamen sobre el régimen SPG+ (DO C 43 de 15.2.2012, p. 82).

(14)  http://trade.ec.europa.eu/doclib/events/index.cfm?id=1433 y http://trade.ec.europa.eu/doclib/press/index.cfm?id=1447

(15)  http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2015/october/tradoc_153846.pdf

(16)  https://mneguidelines.oecd.org/responsible-supply-chains-textile-garment-sector.htm

(17)  https://mneguidelines.oecd.org/text/

(18)  http://www.oecd.org/daf/inv/investment-policy/rbc-agriculture-supply-chains.htm

(19)  http://www.ohchr.org/Documents/Publications/GuidingPrinciplesBusinessHR_EN.pdf

(20)  http://bangladeshaccord.org/

(21)  Puede adoptar la forma de convenios colectivos transnacionales (CCT), también denominados acuerdos marco internacionales (AMI). Para más información, véase el documento informativo REX/443, p. 8: http://www.eesc.europa.eu/?i=portal.en.rex-opinions.35349

(22)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---asia/---ro-bangkok/documents/publication/wcms_419798.pdf

(23)  Ibídem.

(24)  «Progress in implementation, outcome of the Review meeting on the Sustainability Compact for Bangladesh», 11 de enero de 2016.

(25)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---asia/---ro-bangkok/---ilo-islamabad/documents/publication/wcms_363149.pdf

(26)  http://www.bmz.de/g7/en/Entwicklungspolitische_Schwerpunkte/Menschenwuerdige_Arbeit/index.html

(27)  «Was the crisis a window of opportunity for developing countries?», Timothy J. Sturgeon, Momoko Kawakami, World Bank Policy Research Paper.

(28)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---sector/documents/meetingdocument/wcms_345445.pdf

(29)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---sector/documents/meetingdocument/wcms_317267.pdf

(30)  En octubre de 2013, el CESE aprobó un dictamen sobre las importaciones esenciales para la UE, incluidos los minerales y las materias primas (DO C 67 de 6.3.2014, p. 47).

(31)  http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-14-157_en.htm

(32)  http://www.oecd.org/corporate/mne/mining.htm

(33)  http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_311653.pdf

(34)  Por ejemplo, la iniciativa sobre los derechos laborales con Myanmar/Birmania (OIT, EE. UU., Japón, Dinamarca, UE).


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