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Document 52015XG0715(01)

Notificación del Gobierno de Dinamarca en aplicación de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos

DO C 231 de 15.7.2015, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.7.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 231/6


Notificación del Gobierno de Dinamarca en aplicación de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos

(2015/C 231/06)

De conformidad con el artículo 9, apartado 4, de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, de 14 de septiembre de 2009, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos (1), Dinamarca notifica por la presente su compromiso de mantener unas reservas específicas.

1.

El nivel de las reservas específicas que Dinamarca se compromete a mantener equivale a 30 días de consumo diario medio.

2.

El compromiso se aplica al período comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016.

3.

Las reservas específicas se compondrán de las siguientes categorías de productos:

gasolina de automoción,

gasóleo/carburante diésel.

4.

Las reservas serán propiedad y se encontrarán en poder del organismo de almacenamiento danés Foreningen Danske Olieberedskabslagre (FDO).


(1)  DO L 265 de 9.10.2009, p. 9.


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