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Document 52015PC0553

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (solicitud de Finlandia «EGF/2015/005 FI/Computer Programming»)

COM/2015/0553 final

Bruselas, 6.11.2015

COM(2015) 553 final

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
(solicitud de Finlandia «EGF/2015/005 FI/Computer Programming»)


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CONTEXTO DE LA PROPUESTA

1.Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006 1 (el «Reglamento del FEAG»).

2.El 12 de junio de 2015, Finlandia presentó la solicitud «EGF/2015/005 FI/Computer programming», relativa a una contribución financiera del FEAG, a raíz de los despidos 2 de trabajadores en el sector económico clasificado en la división 62 de la NACE Revisión 2 (Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática) en las regiones finlandesas de nivel NUTS 3 2 de Länsi-Suomi (FI19), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D). Estas regiones, consideradas conjuntamente, abarcan la totalidad de Finlandia, a excepción de las islas Åland.

3.Tras evaluar la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión de que, con arreglo a todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.

RESUMEN DE LA SOLICITUD

Solicitud de contribución del FEAG

EGF/2015/005 FI/Computer programming

Estado miembro

Finlandia

Regiones afectadas (nivel NUTS 2):

Länsi-Suomi (FI19)

Helsinki-Uusimaa (FI1B)

Etelä-Suomi (FI1C)

Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D)

Fecha de presentación de la solicitud

12 de junio de 2015

Fecha de acuse de recibo de la solicitud

12 de junio de 2015

Fecha de solicitud de información adicional

26 de junio de 2015

Plazo para la presentación de la información adicional

21 de agosto de 2015

Plazo para completar la evaluación

13 de noviembre de 2015

Criterio de intervención

Artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG


Número de empresas afectadas

69

Sectores de actividad económica

(División de la NACE Rev. 2) 4

División 62 (Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática)

Período de referencia (nueve meses):

30 de julio de 2014 - 30 de abril de 2015

Despidos durante el período de referencia

1 603

Número total de beneficiarios admisibles

1 603

Número total de beneficiarios previstos

1 200

Número de jóvenes beneficiarios previstos que ni estudian ni trabajan (ninis)

0

Presupuesto para servicios personalizados (EUR)

4 167 000

Presupuesto para la ejecución del FEAG 5 (en EUR)

205 000

Presupuesto total (EUR)

4 372 000

Contribución del FEAG (60 %) (EUR)

2 623 200

EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

Procedimiento

4.Las autoridades finlandesas presentaron la solicitud «EGF/2015/005 FI/Computer programming» el 12 de junio de 2015, dentro del plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención establecidos en el artículo 4 del Reglamento del FEAG. La Comisión acusó recibo de la solicitud el 12 de junio de 2015, dentro del plazo de dos semanas a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y solicitó información adicional a las autoridades finlandesas el 26 de junio de 2015. Dicha información adicional se facilitó en el plazo de ocho semanas a partir de la petición, tras ampliarse el plazo dos semanas en respuesta a la solicitud debidamente justificada de Finlandia. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa, en el cual la Comisión debe finalizar su evaluación de la adecuación de la solicitud a las condiciones de concesión de una contribución financiera, finaliza el 13 de noviembre de 2015.

Admisibilidad de la solicitud

Empresas y beneficiarios afectados

5.La solicitud se refiere a 1 603 trabajadores despedidos en el sector económico clasificado en la división 62 de la NACE Revisión 2 (Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática). Los despidos están situados en las regiones de nivel NUTS 2 de Länsi-Suomi (FI19), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D). Los despidos se produjeron en 69 empresas 6 , con casi la mitad de ellos (778) en Microsoft Mobile Oy.

Criterios de intervención

6.Finlandia presentó la solicitud con arreglo a los criterios de intervención del artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG, que requiere que se haya despedido como mínimo a 500 trabajadores durante un período de referencia de nueve meses en empresas que operen en un mismo sector económico definido en una división de la NACE Revisión 2 y estén situadas en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2 de un Estado miembro. Tan solo en la región de Helsinki-Uusimaa (FI1B) se produjeron 737 despidos.

7.El período de referencia de nueve meses para la solicitud abarca del 30 de julio de 2014 al 30 de abril de 2015.

Cálculo de los despidos y del cese de actividad

8.Los despidos durante el período de referencia se han calculado de la manera siguiente:

1 218 despidos a partir de la fecha en que la empresa notificó individualmente a los trabajadores su intención de despedirlos o de poner término a su contrato laboral.

385 a partir de la fecha de la rescisión de facto del contrato laboral o su extinción.

Beneficiarios admisibles

9.El número total de beneficiarios admisibles es de 1 603.

Vínculo entre los despidos y «los importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial debidos a la globalización»

10.Para establecer el vínculo entre los despidos y los importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial debidos a la globalización, Finlandia alega que, en los últimos años, la distribución del empleo en el sector de las TIC entre la UE y otras economías ha evolucionado en detrimento de la UE. Mientras que el volumen de este ámbito ha ido aumentando a escala mundial, ha disminuido en Europa, ya que las empresas y los servicios se trasladan a China, la India, Taiwán y a otros destinos no europeos. Solo en 2014, el personal de las empresas de las TIC de Finlandia se redujo un 3 por ciento o en 1 500 personas.

Distribución del empleo en el sector de las TIC entre la Unión Europea y otras economías (2009 y 2011)

Fuente: Comisión Europea. ICT Industry Analysis Predict 2013 & 2014 Reports: An Analysis of ICT R&D in the EU and Beyond.

11.Estos efectos se han hecho sentir especialmente en Finlandia, donde la totalidad de la industria electrónica finlandesa se ha visto gravemente afectada, culminando en el anuncio en 2011 de despidos a gran escala por parte de Nokia. En 2012, Nokia despidió en un primer momento a 1 000 trabajadores de Salo («EGF/2012/006 FI/Nokia Salo»), y luego a otros 3 700 a finales de 2012 e inicios de 2013 («EGF/2013/001 FI/Nokia»), lo que fue seguido por otros 600 despidos en el sector de desarrollo de juegos de chips en 2014 (EGF/2015/001 FI/Broadcom).

12.En estas circunstancias, el sector de la programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática ha continuado sus esfuerzos por competir a escala mundial, aun cuando había desaparecido el principal cliente de sus servicios, a saber, Nokia.

13.La industria finlandesa de software invierte cada vez más en los servicios industriales de internet y de computación en nube, optando por mejorar los servicios entre empresas, mientras que al mismo tiempo experimenta dificultades para acceder a los servicios de empresas a clientes, lo que se debe a la presión de los precios del mercado mundial. A la hora de conseguir pedidos, los agentes del mercado tienen que competir con empresas de países con costes menores. Existe también la tendencia de que las empresas mundiales que operan en Finlandia transfieran algunas de sus operaciones a países con costes más bajos. Por ejemplo, CGI anunció en noviembre de 2014 que necesitaba reducir su personal finlandés en 270 personas y transferir sus operaciones fuera de la UE 7 .

14.Las empresas de software son empresas mundiales y sus productos se adquieren a escala mundial a las fuentes más rentables. No obstante, los productos de software aún pueden adaptarse para cumplir requisitos específicos relacionados con el país, la región o el idioma.

15.Una característica importante de la industria mundial del software consiste en que exige constantemente personal nuevo y cualificado, ya que el ciclo de vida de los productos y las soluciones de software correspondientes es muy corto en comparación con el ciclo de vida de su personal. La competencia entre los trabajadores de la UE y de fuera de la UE es feroz. Los trabajadores de la UE, con mayor edad y menos cualificados, no pueden competir fácilmente con los empleados de fuera de la UE, jóvenes y mejor formados.

16.En 2008, el sector tecnológico empleaba a un total de 326 000 personas en Finlandia, mientras que el número de personas empleadas por esas empresas en 2014 era de 276 000. Esto corresponde a un descenso medio anual de aproximadamente el 3 % (10 000 trabajadores).

17.Hasta la fecha, el sector de la programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática ha sido objeto de dos solicitudes de intervención del FEAG, una de ellas basada en la globalización y otra en la crisis financiera y económica mundial 8 .

Hechos que han provocado los despidos y el cese de la actividad

18.Los hechos que han dado lugar a dichos despidos son los cambios que afectaron a Nokia en los últimos años, que han tenido un impacto importante en el sector finlandés de las TIC. El desarrollo y la concepción de sistemas operativos para teléfonos móviles Nokia daba empleo a miles de ciudadanos finlandeses, en particular en Oulu, mientras que ahora estas actividades se han trasladado a países fuera de Europa.

19.Las decisiones de Nokia y Microsoft (deslocalización, cierre de la producción y supresión de las actividades de desarrollo en Finlandia) han afectado a numerosas empresas de la industria de software cuyas operaciones estaban vinculadas a Nokia o Microsoft. Como consecuencia de ello, los problemas de Nokia han afectado a todo el sector finlandés del software. Por ejemplo, en su anuncio de otoño de 2014, la empresa de servicios de TIC Tieto justificó los despidos mediante el escaso número de pedidos de uno de sus principales clientes, a saber, Nokia. Empresas como Atos IT Solutions and Services, la empresa de juegos Rovio Entertainment y Samlink hicieron lo mismo por razones similares.

20.En total, 69 empresas del sector del software acabaron despidiendo empleados durante el otoño de 2014 y la primavera de 2015. Los motivos que dieron lugar a los despidos varían, pero el denominador más común es que las empresas han tenido que enfrentarse a una competencia internacional cada vez más intensa y dinámica. Los cierres de Nokia y de Microsoft han desempeñado un papel fundamental pero la mayoría de los despidos forman parte de un fenómeno más amplio en todo el sector de la programación.

Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional o nacional

Más del 75 % de los despidos se produjeron en las regiones NUTS 2 de Helsinki-Uusimaa (FI1B) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D), por lo cual estas dos regiones se examinan en detalle en los apartados siguientes.

21.Ostrobotnia Septentrional [la parte de la región de Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D) donde se encuentra Oulu] es una región con una elevada tasa de desempleo (superior a la media nacional). En febrero de 2015, la tasa de desempleo nacional era del 13,5 %, mientras que la de Ostrobotnia Septentrional era del 15,7 % y en Oulu era del 17,1 %. Casi dos tercios de los demandantes de empleo desempleados en busca de trabajo de la región viven en la zona de Oulu, al igual que la mayoría de los profesionales sin empleo de la región.

22.Hay actualmente unas 1 250 unidades de actividad en el sector de las TIC en Ostrobotnia Septentrional, la mayoría en Oulu. Las cifras sobre las tendencias económicas muestran que el volumen de negocios de las empresas del sector de las TIC está disminuyendo desde 2012 9 . La totalidad del sector de las TIC representa aproximadamente el 12 % de los puestos de trabajo en la zona. Estas dificultades han dado lugar a numerosos despidos, tanto en el sector privado como en el público. Si bien en 2008 las empresas del sector de las TIC daban empleo a unas 13 000 personas en la región, esta cifra se ha reducido a unos 10 000 más recientemente.

23.La zona de Oulu se ha visto considerablemente afectada por la eliminación de puestos de trabajo en el sector de las TIC, ya que era un polo de sedes de empresas, de I+D+i y de trabajo desde la década de 1980. En la primavera de 2015 había unos 1 500 desempleados que buscaban trabajo en el sector de las TIC en la región. Aproximadamente el 80 % de ellos viven en la zona de Oulu. Además, un tercio de los desempleados con un título de enseñanza superior en el sector de las TIC llevan ininterrumpidamente sin trabajar más de un año. Los despidos de Microsoft empeoraron una situación ya de por sí excepcionalmente difícil.

24.En la zona de Oulu se están desarrollando activamente nuevos sectores de crecimiento que crearán puestos de trabajo, como la digitalización de los procesos industriales, y la mayor previsibilidad, y es preciso garantizar la inclusión de los expertos en TIC desempleados en esta evolución 10 .

25.En Uusimaa, a finales de febrero de 2015 los desempleados que buscaban trabajo representaban el 11 % de la mano de obra. Aunque esta cifra es inferior a la media nacional, el aumento del desempleo es considerablemente mayor en Uusimaa (15,0 %) que en Finlandia en su conjunto (9,7 %). En febrero, había 5,1 desempleados que buscaban trabajo por cada puesto vacante. El desempleo también está aumentando debido a la inmigración neta a la zona. El número de desempleados que buscaban trabajo en Uusimaa superó los 104 000 en agosto de 2015 y es el más elevado desde principios de la década de 1990.

26.El PIB de Uusimaa representa el 36 % del PIB de Finlandia. Es responsable del 71 % del volumen de negocios, del 62 % de los empleos y el 52 % de las empresas del conjunto del sector privado finlandés del software. Esto significa que, en el sector del software, puede decirse que Uusimaa tiene un papel aún mayor que en todos los demás sectores juntos.

27.En 2013, el sector del software suponía el 3 % del volumen de negocios, el 5 % del personal y el 3 % de las empresas del sector privado en Uusimaa.

28.Durante el período de referencia, un total de 49 empresas de software recurrieron a negociaciones de concertación en la región de Uusimaa. Al comienzo de las negociaciones de concertación se calculaba que los recortes de personal necesarios eran de 1 681 personas.

29.Sobre la base de una evaluación preliminar, parece que (en particular en el caso de CGI) los despidos han afectado a empleados mayores de 50 años, un grupo para el cual es difícil encontrar un nuevo puesto de trabajo, por lo que está justificado considerar que, para junio de 2016, más del 50 % de estas personas serán desempleados de larga duración.

Beneficiarios previstos y acciones propuestas

Beneficiarios previstos

30.Se calcula que participarán en las medidas 1 200 trabajadores despedidos. El desglose de estos trabajadores por sexo, nacionalidad y grupo de edad es el siguiente:

Categoría

Número de
beneficiarios previstos

Sexo:

Hombres:

660

(55,0 %)

Mujeres:

540

(45,0 %)

Nacionalidad:

UE:

1 160

(96,7 %)

no UE:

40

(3,3 %)

Grupo de edad:

15-24 años:

24

(2,0 %)

25-29 años:

72

(6,0 %)

30-54 años:

936

(78,0 %)

55-64 años:

156

(13,0 %)

mayores de 64 años:

12

(1,0 %)

Admisibilidad de las acciones propuestas

31.Los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores despedidos consisten en las acciones siguientes:

A. Medidas de tutoría y otras medidas preparatorias

Formación para la búsqueda de empleo

El objetivo de la formación para la búsqueda de empleo es aportar a los participantes información sobre el mercado de trabajo, ayudarles a determinar sus opciones y mejorar y actualizar sus aptitudes para la búsqueda de empleo. Debido a las características especiales de la búsqueda de empleo en el sector de las TIC, se comprarán servicios de formación adaptados a la competencia profesional y las necesidades del grupo destinatario.

El empleo puede promoverse a través de servicios de formación, apoyando la movilidad laboral en cooperación con los servicios de EURES y, por ejemplo, proponiendo grupos de formación específicos para la búsqueda de empleo centrados en hallar puestos de trabajo en el ámbito de las TIC en el extranjero.

Tutoría para el empleo (orientación individual)

La finalidad de la tutoría para el empleo es orientar a un cliente privado en la búsqueda de empleo o la formación en el puesto de trabajo. Por una parte, los tutores para el empleo pueden fomentar el reempleo orientando al solicitante a la hora de recurrir a las diferentes opciones para encontrar un puesto de trabajo (gestión de casos) y, por otra, pueden ayudarles a buscar un nuevo puesto de trabajo asesorándolos durante la búsqueda.

Asesoramiento sobre la carrera profesional

Se proporciona asesoramiento sobre la carrera profesional si, según la evaluación de un funcionario de las Oficinas de Empleo y Desarrollo Económico (Oficinas TE), los clientes necesitan más apoyo funcional, intensivo y a largo plazo para planificar su carrera profesional.

Evaluaciones de expertos

Las personas en el sector de la programación tienen competencias muy diferentes. Para evaluar las necesidades de servicios del solicitante de empleo, las Oficinas TE pueden organizar varias evaluaciones de expertos, como la evaluación de la aptitud para el trabajo, la identificación de competencias y cualificaciones profesionales, la evaluación de las competencias empresariales y de las oportunidades de actividad empresarial. El contenido y alcance de la evaluación de los expertos dependerá de la situación personal del solicitante de empleo.

B. Servicios de empleo y prestados a las empresas

Entre los servicios de empleo y los prestados a las empresas por parte de las Oficinas TE, financiados por el FEAG, cabe mencionar el apoyo a la búsqueda independiente de empleo mediante servicios en línea, ofertas de empleo y otros servicios de empleo, incluidos los de carácter internacional, las dietas de viaje y una indemnización por gastos de mudanza, la identificación de competencias y cualificaciones profesionales, las evaluaciones de la aptitud para el trabajo, la formación, las experiencias de prueba (prueba del trabajo, prueba de la formación) y subvenciones para salarios. Las Oficinas TE son responsables de los servicios ofrecidos y los especialistas en servicios del FEAG se encargarán de este trabajo.

C. Formación

La formación se lleva a cabo como reciclado profesional, cuyo objetivo es la adquisición de una cualificación profesional primera o adicional en un sector con una elevada tasa de empleo, o como una formación permanente mediante el refuerzo de las competencias existentes. La formación se adapta al grupo destinatario.

El objetivo de esta formación también consiste en proporcionar a los alumnos una comprensión práctica de cómo funcionan las empresas y ofrecerles las competencias necesarias para trabajar en una de ellas, así como las competencias requeridas para crear una empresa. La formación tiene por objetivo encontrar un empleo en una de las empresas asociadas o bien poner en marcha una nueva empresa a través de un proyecto de creación.

Podrá impartirse formación especial para las personas que cuenten con un nivel de educación superior.

D. Subvención para salarios

Los trabajadores despedidos dispondrán de subvenciones para salarios a fin de apoyar el empleo en un nuevo puesto de trabajo reduciendo los costes salariales del empleador. Las subvenciones para salarios se utilizan sobre todo para impulsar la contratación del sector privado mediante una subvención. A partir de 2015, la subvención para salarios representará entre el 30 y el 50 % de los costes salariales correspondientes, en función del tiempo que haya estado desempleada la persona que vaya a contratarse gracias a la subvención.

E. Ayuda de puesta en marcha

El objetivo de las ayudas de puesta en marcha es promover la creación de actividades empresariales y el empleo de personas. La ayuda de puesta en marcha garantiza un ingreso a un aspirante a emprendedor durante el tiempo necesario para poner en marcha y establecer un negocio a tiempo completo, que no podrá exceder de dieciocho meses.

La ayuda de puesta en marcha consta de dos partes, el subsidio básico y un suplemento. En 2015, el subsidio básico asciende a 32,80 EUR diarios. El importe del suplemento varía en cada caso y se sitúa entre el 10 y el 60 % del importe del subsidio básico, a discreción de las Oficinas TE.

F. Orientación hacia el emprendimiento y servicios para nuevos emprendedores

Las etapas relacionadas con la promoción del emprendimiento se aplican como formación de tipo incubadora de empresas y como formación para el emprendimiento. Además, se ofrece a los nuevos emprendedores asesoramiento, consultoría y ayudas de puesta en marcha. La creación de nuevas empresas se respaldará mediante redes de servicios empresariales subregionales y la planificación de la clientela empresarial de la sociedad del Ministerio de Empleo y Economía (MEE).

G. Indemnizaciones por gastos de viaje, alojamiento y mudanza

Los solicitantes de empleo podrán recibir una indemnización por sus gastos de viaje y de alojamiento durante la búsqueda de empleo o sus gastos de este tipo derivados de la participación en formaciones, y una indemnización por los gastos de mudanza cuando acepten un puesto de trabajo fuera de la zona de desplazamiento profesional habitual.

32.Las acciones propuestas a continuación son medidas activas del mercado de trabajo correspondientes a las acciones elegibles expuestas en el artículo 7 del Reglamento del FEAG. Estas acciones no sustituyen a las medidas pasivas de protección social.

33.Las autoridades finlandesas han proporcionado la información requerida sobre las acciones obligatorias para la empresa afectada en virtud de la legislación nacional o con arreglo a convenios colectivos. Han confirmado que la contribución financiera del FEAG no sustituirá a estas acciones.

Presupuesto estimado

34.Los costes totales estimados ascienden a 4 372 000 EUR; incluyen gastos de servicios personalizados por valor de 4 167 000 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad y de control y presentación de informes por valor de 205 000 EUR.

35.La contribución financiera total solicitada al FEAG asciende a 2 623 200 EUR (el 60 % del coste total).

Acciones

Número estimado de participantes

Coste estimado por participante
(EUR)

Costes totales estimados

(EUR)

Servicios personalizados [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento del FEAG]

Medidas de tutoría y otras medidas preparatorias

710

400,00

284 000,00

Empleo y servicios a las empresas

1 200

375,00

450 000,00

Formación

468

5 000,00

2 340 000,00

Ayuda de puesta en marcha

45

6 000,00

270 000,00

Orientación hacia el emprendimiento y servicios para nuevos emprendedores

12

5 000,00

60 000,00

Subtotal (a):

Porcentaje del conjunto de servicios personalizados

3 404 000

(81,69 %)

Subsidios e incentivos [Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]

Subvención para salarios

92

8 000,00

736 000,00

Indemnizaciones por gastos de viaje, alojamiento y mudanza

180

150,00

27 000,00

Subtotal (b):

Porcentaje del conjunto de servicios personalizados:

763 000

(18,31 %)

Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG

1. Actividades preparatorias

10 000,00

2. Gestión

165 000,00

3. Información y publicidad

25 000,00

4. Control y presentación de informes

5 000,00

Subtotal (c):

Porcentaje del coste total:

205 000,00

4,69 %

Coste total (a + b + c):

4 372 000

Contribución del FEAG (60 % del coste total)

2 623 200

36.Los costes de las acciones identificadas en el cuadro anterior como acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG no superan el 35 % del coste total del conjunto coordinado de servicios personalizados. Finlandia ha confirmado que esas acciones están condicionadas a la participación activa de los beneficiarios previstos en las actividades de búsqueda de empleo o de formación.

37.Finlandia ha confirmado asimismo que los costes de las inversiones para el empleo por cuenta propia, la creación de empresas y la compra de empresas por los trabajadores no excederán de 15 000 EUR por beneficiario.

Período de admisibilidad de los gastos

38.Finlandia empezó a ofrecer servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 1 de agosto de 2014. Por lo tanto, los gastos de estas acciones podrán optar a una contribución financiera del FEAG desde el 1 de agosto de 2014 hasta el 12 de junio de 2017.

39.Finlandia empezó a realizar los gastos administrativos de ejecución del FEAG el 1 de agosto de 2014. Los gastos de preparación, gestión, información y publicidad, control y presentación de informes podrán, por lo tanto, optar a una contribución financiera del FEAG desde el 1 de agosto de 2014 hasta el 12 de diciembre de 2017.

Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión

40.Las fuentes de prefinanciación o cofinanciación nacionales proceden principalmente de la partida de los servicios públicos de empleo en la rama administrativa del Ministerio de Empleo y Economía. Algunos servicios se financiarán también en el marco de los gastos operativos de los Centros para el Desarrollo Económico, el Transporte y el Medio Ambiente (Centros ELY) y de las Oficinas TE. Las tareas de apoyo técnico serán financiadas en el marco de los gastos operativos del Ministerio de Empleo y Economía y los Centros ELY.

41.Finlandia ha confirmado que las medidas descritas anteriormente que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán ninguna otra contribución financiera de otros instrumentos financieros de la Unión.

Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o sus representantes o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales

42.Finlandia ha indicado que el conjunto coordinado de servicios personalizados se ha elaborado en consulta con los interlocutores sociales y las autoridades regionales. El Centro ELY y la Oficina TE de Ostrobotnia Septentrional organizaron un acto (el 1 de octubre de 2014) para planificar las medidas incluidas en los proyectos del FEAG. Se invitó a participar en dicho acto a los socios de las organizaciones que realizan el proyecto (Business Oulu, el Ayuntamiento de Oulu, la Universidad de Oulu, Yritystakomo [incubadora de empresas], la Cámara de Comercio y los Empresarios de Ostrobotnia Septentrional) y a representantes de grupos destinatarios.

43.El MEE ha convocado un grupo de trabajo para abordar los despidos en el sector de la programación informática y ha participado en la elaboración de la solicitud de ayuda del FEAG. Este grupo incluye a representantes de los Centros ELY y las Oficinas TE de las regiones afectadas, Business Oulu y a los interlocutores sociales.

Sistemas de gestión y control

44.La solicitud contiene una descripción del sistema de gestión y control que especifica las responsabilidades de los organismos participantes. Finlandia ha informado a la Comisión de que la contribución financiera será gestionada por el MEE, que gestiona también los fondos del FSE. Este mismo Ministerio ejerce de autoridad de certificación. Existe una separación estricta de funciones y de relaciones jerárquicasentre los departamentos responsables de estas dos actividades. Las funciones de gestión relativas al FEAG se han asignado al Departamento de Empleo y Emprendimiento, mientras que las relativas al FSE corresponden al Departamento Regional. Las funciones de certificación de ambos Fondos son competencia de la Unidad de Recursos Humanos y Administración. El Ministerio ha elaborado un manual que establece detalladamente los procedimientos que deben seguirse.

45.Por lo que se refiere a la auditoría, el organismo responsable es la Unidad de Auditoría Interna independiente, que actúa bajo la supervisión directa de la Secretaría Permanente del mismo Ministerio. Entre las funciones de las autoridades tanto de gestión como de certificación se incluyen también funciones relacionadas con el seguimiento y la auditoría.

Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado

46.Finlandia ha proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a lo siguiente:

se respetarán los principios de igualdad de trato y de no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;

se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE sobre despidos colectivos;

las empresas que han efectuado los despidos, que han proseguido con sus actividades después de haberlos llevado a cabo, lo han hecho cumpliendo con sus obligaciones legales en materia de despidos y han atendido en consecuencia a sus trabajadores;

las acciones propuestas no recibirán contribuciones financieras de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión y se evitará toda doble financiación;

las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales;

la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas estatales.

REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

Propuesta presupuestaria

47.El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 11 .

48.Tras examinar la solicitud con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones propuestas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG para responder a la solicitud con una contribución financiera de 2 623 200 EUR, que representa el 60 % del coste total de las acciones propuestas.

49.La Decisión propuesta de movilizar el FEAG será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con el apartado 13 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera 12 .

Actos conexos

50.A la vez que presenta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de transferencia de la cantidad de 2 623 200 EUR a la correspondiente línea presupuestaria.

51.Asimismo, a la vez que adopta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará una decisión relativa a una contribución financiera, mediante un acto de ejecución, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
(solicitud de Finlandia «EGF/2015/005 FI/Computer Programming»)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006 13 , y en particular su artículo 15, apartado 4,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera 14 , y en particular su apartado 13,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) tiene por objeto prestar ayuda a los trabajadores despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a sus actividades como consecuencia de los importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial debidos a la globalización, de la continuación de la crisis financiera y económica mundial o de una nueva crisis económica y financiera mundial, y ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral.

(2)Dicho Fondo no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo 15 .

(3)El 12 de junio de 2015, Finlandia presentó una solicitud «EGF/2015/005 FI/Computer programming», relativa a una contribución financiera del FEAG, a raíz de los despidos de trabajadores en el sector económico clasificado en la división 62 de la NACE Revisión 2 (Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática) en las regiones finlandesas de nivel NUTS 16 2 de Länsi-Suomi (FI19), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D). Dicha solicitud fue completada con información adicional aportada de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 1309/2013. Esta solicitud cumple los requisitos para la fijación de una contribución financiera del FEAG con arreglo a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) nº 1309/2013.

(4)Procede, por tanto, movilizar el FEAG para asignar una contribución financiera por un importe de 2 623 200 EUR en respuesta a la solicitud presentada por Finlandia.

(5)Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el FEAG, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para proporcionar la cantidad de 2 623 200 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del [the date of its adoption] 17 .

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo    Por el Consejo

El Presidente    El Presidente

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.
(2) A tenor del artículo 3 del Reglamento del FEAG.
(3) Reglamento (UE) nº 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional (DO L 310 de 9.11.2012, p. 34).
(4) DO L 393 de 30.12.2006, p. 1.
(5) De acuerdo con el artículo 7, párrafo cuarto, del Reglamento (UE) nº 1309/2013.
(6) En el anexo figura la lista de empresas.
(7) http://yle.fi/uutiset/it_firm_cgi_decides_to_send_home_270_in_finland/7632870 http://www.itviikko.fi/ihmiset-ja-ura/2014/11/14/cgi-paatyi-irtisanomaan-270/201415871/7
(8) EGF/2011/016/Agile ; COM(2013) 120 final y el presente documento.
(9) http://www.pohjois-pohjanmaa.fi/file.php?3634 pp 3
(10) http://www.temtoimialapalvelu.fi/files/2285/Ohjelmistoala_joulukuu_2014.pdf pp 42
(11) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(12) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(13) DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.
(14) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(15) Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
(16) Reglamento (UE) nº 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional (DO L 310 de 9.11.2012, p. 34).
(17) Date to be inserted by the Parliament before the publication in OJ.
Top

Bruselas, 6.11.2015

COM(2015) 553 final

ANEXO

de la propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
(solicitud de Finlandia «EGF/2015/005 FI/Computer Programming»)


ANEXO

Empresas y número de trabajadores despedidos durante el período de referencia

10tons Oy

1

Kielisoft IT Solutions Oy

1

Accenture Services Oy

1

Kuru Digital Creations Oy

1

Amadeus Finland Oy

2

LeadDesk Oy

4

Amdocs Finland Oy

4

Leadin Oy

1

Analyse Solutions Finland Oy

5

Leonidas Oy

3

Atex Media Oy

1

Microsoft Mobile Oy

778

Atos IT Solutions and Services Oy

53

Miracle Finland Oy

6

Avarea Oy

3

ML-Soft Oy

1

Basware Oyj

4

MSG Software Oy

2

BeiZ Oy

2

Net Man Oy

1

Bilot Oy

4

Nortal Oy

1

Bluegiga Technologies Oy

2

Ohjelma-Aitta Oy

1

BTJ Finland Oy

2

Oudata Oy

1

Capgemini Finland Oy

8

Oy Gamecluster Ltd

9

CDC Software Finland Oy

1

PLM Group OY

3

CGI Suomi Oy

125

Qualcomm Atheros Finland Oy

1

Cisco Systems Finland Oy

4

Rovio Entertainment Oy

107

Cloud Solutions CS Oy

1

Salcom Group Oy

3

Codenomicon Oy

4

Samlink Oy

39

Conmio Oy

2

SC5 Online Oy

1

Cybercom Finland Oy

1

Scatman Oy

1

Digia Finland Oy

15

SecIT Oy

9

Dovre Group Oyj

2

Seven Networks International Oy

26

Esri Finland Oy

8

Softeri Oy

1

Fenix Solutions Oy

2

Solinor Oy

3

Fiksu Finland Oy

4

Solteq Oyj

28

F-Secure Oyj

17

Staria Consulting Oy

4

Fujitsu Finland Oy

18

Stonesoft Oy

4

Gurux Oy

1

Symbio Finland Oy

9

IBS Enterprise Finland Oy

1

Tecnotree Oyj

8

IndoorAtlas Oy

1

Tieto Finland Oy

215

Innofactor Oyj

9

Tieturi Oy

2

Ixonos Oyj

4

Vaimo Finland Oy

1

Javerdel Oy

14

Whitelake Software Point Oy

1

KajaPro Oy

1

 

 

Número total de empresas:

69

Número total de despidos:

1 603

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