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Document 52015DC0387

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO SOBRE LA APLICACIÓN DEL APARTADO SCHENGEN DEL MECANISMO TEMPORAL DE FLUJOS DE EFECTIVO Y DE SCHENGEN (2007-2009) A BULGARIA Y RUMANÍA

COM/2015/0387 final

Bruselas, 3.8.2015

COM(2015) 387 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

SOBRE LA APLICACIÓN DEL APARTADO SCHENGEN DEL MECANISMO TEMPORAL DE FLUJOS DE EFECTIVO Y DE SCHENGEN (2007-2009) A BULGARIA Y RUMANÍA

{SWD(2015) 157 final}


INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre la aplicación del apartado Schengen del Mecanismo temporal de flujos de efectivo y de Schengen (2007-2009) a Bulgaria y Rumanía

1.Introducción

El Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen se creó en virtud del artículo 32, apartado 1, del Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea 1 (en lo sucesivo denominada «Acta de adhesión») como instrumento temporal para ayudar a Bulgaria y Rumanía a financiar acciones en las nuevas fronteras exteriores de la Unión con miras a aplicar el acervo de Schengen, controlar las fronteras exteriores y contribuir a mejorar los flujos de efectivo a los presupuestos nacionales.

El artículo 32, apartado 3, del Acta de adhesión establece que al menos el 50 % de los fondos aportados por el instrumento debería haberse utilizado para ayudar a Bulgaria y Rumanía a cumplir su obligación de financiar acciones en las nuevas fronteras exteriores de la Unión con miras a la aplicación del acervo de Schengen y al control de las fronteras exteriores.

El objeto del presente informe es:

facilitar información sintética sobre la aplicación del apartado Schengen del Mecanismo temporal de flujos de efectivo y de Schengen (en lo sucesivo denominado Mecanismo de Schengen II); y

presentar los resultados de la evaluación ex post del instrumento.

2.Descripción de la aplicación del Mecanismo de Schengen II

De conformidad con el artículo 32 del Acta de adhesión, la Comisión abonó a Bulgaria y Rumanía durante el período 2007-2009 los pagos a tanto alzado anuales contemplados en el Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen en doceavas partes (los importes totales se recogen en el cuadro que figura a continuación).

Cuadro 1: Pagos y costes subvencionables del Mecanismo de Schengen II — visión general

Bulgaria

Rumanía

Pagos anuales totales del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen (millones EUR — precios de 2004) 2

239,5

559,8

Pagos anuales totales del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen (millones EUR — precios corrientes)

257,9

602,5

50 % de los pagos anuales totales del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen (millones EUR — precios corrientes) 3

129,0

301,2

Importes totales programados (millones EUR— precios corrientes)

161,0

404,4

Importes totales declarados y certificados (millones EUR — precios corrientes)

128,2

353,6

Gastos no subvencionables (millones EUR — precios corrientes)

2,7

3,1

Costes subvencionables totales imputables al Mecanismo de Schengen II (millones EUR — precios corrientes)

125,5

350,5

Importes recuperados por la Comisión (millones EUR — precios corrientes)

3,5

0,0

La Comisión adoptó una decisión sobre la gestión y el control del Mecanismo de Schengen II 4 en la que se determinaban los distintos tipos de acciones que podían optar a la ayuda:

inversión en infraestructura en los pasos fronterizos;

inversiones en equipos de control de fronteras;

formación de guardias de fronteras;

aportación a los costes de funcionamiento.

El período de subvencionabilidad comenzó el 1 de enero de 2007 y concluyó el 31 de diciembre de 2010.

Los Estados miembros beneficiarios eran responsables de la selección y ejecución de las operaciones individuales con cargo al instrumento.

Las autoridades búlgaras y rumanas elaboraron programas indicativos plurianuales y anuales que describían las necesidades derivadas de la aplicación del acervo de Schengen y del control de las fronteras, una estrategia para satisfacer esas necesidades, los objetivos perseguidos con el Mecanismo de Schengen II y una serie de medidas específicas que debían ejecutarse merced al instrumento.

Dentro de esos programas indicativos del Mecanismo de Schengen II, Bulgaria definió ocho objetivos. El desglose por objetivos de las asignaciones programadas del Mecanismo de Schengen II (y el gasto real declarado correspondiente) se presenta en el cuadro 2:

Cuadro 2: Asignaciones financieras programadas y gastos declarados por objetivos — Bulgaria

Asignaciones programadas (EUR)

Total de gastos declarados y certificados (EUR)

Objetivo 1: Adquisición de nuevo equipo técnico para la vigilancia y el control de las fronteras exteriores

97 324 000,00

80 393 650,78

Objetivo 2: Equipo técnico especial para operaciones policiales conjuntas en la zona fronteriza

7 454 000,00

4 509 320,63

Objetivo 3: Modernización y desarrollo de los sistemas de comunicaciones nacionales

21 279 000,00

20 688 213,42

Objetivo 4: Sistemas de información y redes informáticas relacionadas con la aplicación del acervo de Schengen

12 650 000,00

8 458 239,17

Objetivo 5: Renovación y modernización de la actual infraestructura de fronteras

4 400 000,00

4 077 125,06

Objetivo 6: Otras actividades directamente relacionadas con el control de las fronteras exteriores de la UE

2 808 000,00

654 711,43

Objetivo 7: Mejora de la cualificación del personal, formación lingüística incluida

1 510 000,00

521 649,45

Objetivo 7: Desarrollo del sistema nacional de visados y conexión al Sistema de Información de Visados de la UE (VIS) y a la Red de consulta VISION

13 575 000,00

8 891 301,83

Total

161 000 000,00

128 194 211,77

Más del 60 % de los fondos del Mecanismo de Schengen II destinados a Bulgaria se programaron y gastaron en acciones del objetivo 1. La mayor parte de esos recursos del objetivo 1 se programaron y gastaron en la compra de tres helicópteros y nueve buques y para la creación de un sistema integrado de control y vigilancia de la frontera del Mar Negro, consistente en puestos de observación fijos y móviles equipados con radares, cámaras y equipos de comunicación.



En los programas indicativos del Mecanismo de Schengen II, Bulgaria fijó tres objetivos. El desglose por objetivos de las asignaciones programadas del Mecanismo de Schengen II (y el gasto real declarado correspondiente) se presenta en el cuadro 3:

Cuadro 3: Asignaciones financieras programadas y gastos declarados por objetivos — Rumanía

Asignaciones programadas (EUR)

Total de gastos declarados y certificados (EUR)

Objetivo 1: Refuerzo del control de las fronteras exteriores y la vigilancia de la zona fronteriza exterior y protección contra la delincuencia transfronteriza

199 700 000,00

174 970 037,61

Objetivo 2: Aumento de la capacidad de control mediante la ampliación de la capacidad de transmisión de datos y de acceso a los mismos

192 121 240,00

177 792 172,57

Objetivo 3: Aportación para costes logísticos y operativos

14 565 504,00

478 673,92

Total

404 383 744,00

353 593 864,85

Con cargo al objetivo 1, Rumanía compró 33 buques, 1 278 vehículos y equipo de vigilancia de fronteras y controles fronterizos. También al amparo del objetivo 1 se llevó a cabo la rehabilitación de 31 puestos de policía de fronteras y pasos fronterizos.

El objetivo 2 permitió a Rumanía desarrollar diversos sistemas de información y comunicación, incluida la parte nacional de la segunda generación del Sistema de Información de Schengen, la parte nacional del Sistema de Información de Visados y el sistema de radiocomunicación digital TETRA.

Conviene observar que Rumanía programó, con cargo al Mecanismo de Schengen II, un porcentaje superior al mínimo del 50 % de la dotación del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen (301 234 674 EUR), umbral que superó también el total de gastos declarados y certificados (353 593 864,85 EUR).

 

3.Evaluación ex post del Mecanismo de Schengen II

3.1.Organización de la evaluación y de la metodología

En 2014, un evaluador externo independiente llevó a cabo una evaluación ex post del Mecanismo de Schengen II. Se le había encomendado la misión de determinar la pertinencia, la eficacia, la eficiencia, la complementariedad, la coherencia, la sostenibilidad y el impacto del Mecanismo de Schengen II.

La metodología de evaluación constaba de las siguientes herramientas de recogida de datos:

investigación documental;

entrevistas semiestructuradas;

observación directa durante las visitas in situ;

encuestas a los beneficiarios.

Los datos compilados con estas herramientas se analizaron a la luz de 12 estudios de casos prácticos (cinco sobre Bulgaria y siete sobre Rumanía) a los que había correspondido el 79 % de los gastos del Mecanismo de Schengen II en Bulgaria y el 76 % en Rumanía.

Las conclusiones del estudio de estos casos prácticos sirvieron de base para las respuestas a nueve preguntas de evaluación formuladas por la Comisión.

El informe de la evaluación ex post del Mecanismo de Schengen II fue aceptado por la Comisión en septiembre de 2014. La Comisión considera verosímiles las constataciones y conclusiones de la evaluación que se presentan a continuación, al demostrarse en la propia evaluación que se basan en datos procedentes de fuentes fiables y en análisis fundamentados.

3.2.Pertinencia

Con el criterio «pertinencia» de la evaluación del Mecanismo de Schengen II se determinó la medida en que los objetivos del instrumento se adecuaban a las necesidades. Además, se examinó la pertinencia de los efectos reales del Mecanismo de Schengen II (realizaciones, resultados e impactos) para las necesidades (utilidad).

La evaluación llegó a la conclusión de que los objetivos y los efectos reales del Mecanismo de Schengen II eran pertinentes para las necesidades.

Las inversiones destinadas a la vigilancia de la frontera marítima de Bulgaria atendían claras necesidades, dado que la costa del Mar Negro había sido cubierta por buques patrulleros fronterizos que habían ido depreciándose y quedando obsoletos progresivamente desde la década de los noventa y carecían de la capacidad suficiente para salvaguardar las fronteras marítimas en condiciones meteorológicas adversas.

Por motivos similares, las inversiones correspondientes a la vigilancia aérea permitieron resolver la falta de capacidad en ese ámbito del Ministerio búlgaro del Interior.

La inversión en la movilidad naval y terrestre de la policía de fronteras rumana acometió el problema de la inadecuación de la flota y el parque de vehículos existentes a los fines de vigilancia de las fronteras.

La construcción y renovación de las instalaciones de los pasos fronterizos en Rumanía atendió una necesidad palmaria, dado que esos pasos terrestres se habían descuidado y considerado demasiado antiguos o inadecuados para responder a los requisitos del Código de fronteras de Schengen.

3.3.Eficacia

Con el criterio «eficacia» de la evaluación del Mecanismo de Schengen II se determinó la medida en que se alcanzaban los objetivos del instrumento.

En particular, se evaluó hasta qué punto el Mecanismo de Schengen II había contribuido a la preparación de Bulgaria y Rumanía para su adhesión al espacio Schengen mediante el refuerzo de la vigilancia y los controles fronterizos en la futura frontera exterior, el incremento de la capacidad de suministro de datos relacionados con Schengen y el acceso a los mismos y la modernización de los sistemas de gestión de visados.

La evaluación concluyó que, en conjunto, el Mecanismo de Schengen II había sido eficaz para la consecución de sus objetivos.

Las conclusiones del Consejo de junio de 2011 confirmaron que Bulgaria y Rumanía estaban suficientemente preparadas para la adhesión al espacio Schengen 5 .

El Mecanismo de Schengen II contribuyó a esta preparación mediante la modernización de los controles fronterizos, la vigilancia de fronteras, los sistemas informáticos y de comunicación y la gestión de visados.

La creación de un sistema integrado de control y vigilancia en la frontera del Mar Negro en Bulgaria fue sumamente eficaz, dado que transformó las prácticas de control de las fronteras marítimas y aseguró una vigilancia continua de las mismas. La inversión permitió aumentar la vigilancia de fronteras y la capacidad de la policía para luchar contra la delincuencia transfronteriza.

La compra de helicópteros amplió la capacidad de vigilancia de fronteras de la policía búlgara. El uso de helicópteros para la vigilancia de fronteras resulta especialmente eficaz en las regiones montañosas aisladas, como las próximas a la frontera turca, dado que determinadas secciones de la frontera natural terrestre no son accesibles por los vehículos de patrulla. No obstante, algunos impedimentos han restado eficacia a los equipos de vigilancia aérea. Las limitaciones legales de los vuelos nocturnos y la falta de equipo antihielo que permita volar en todo tipo de condiciones meteorológicas, unidas a la escasez de personal padecida durante los dos años siguientes a la compra redujeron considerablemente la eficacia de la inversión. La eficacia de las inversiones en vigilancia aérea se vio también recortada por la falta de combustible y los retrasos en las entregas de piezas de recambio.

La inversión en la movilidad naval, fluvial y terrestre de la policía de fronteras rumana mejoró su capacidad para llevar a cabo actividades de vigilancia de las fronteras marítimas y terrestres. El equipo adquirido amplió la capacidad de intervenir en regiones donde anteriormente la dificultad de las operaciones restringía la cobertura de vigilancia. Desde 2010, gracias al aumento de la autonomía operativa de los nuevos buques, la vigilancia marítima se ha ampliado más allá de las 24 millas náuticas de zona contigua a la zona económica exclusiva de Rumanía.

En el caso de Rumanía, los controles de fronteras se han reforzado mediante la inversión en la modernización de los pasos fronterizos. La renovación de la infraestructura existente y la mejora de las condiciones de trabajo en los pasos fronterizos permitió aumentar el número de agentes que pueden trabajar en ellos, lo que incrementa el número de controles de frontera realizados en un período determinado.

3.4.Eficiencia

Con el criterio «eficiencia» de la evaluación del Mecanismo de Schengen II se determinó la medida en que los objetivos del instrumento se alcanzaban a un coste razonable.

La evaluación concluyó que la eficiencia del Mecanismo de Schengen II podía considerarse adecuada, aunque que los procedimientos de contratación pública no siempre eran óptimos.

La evaluación de la eficiencia se basó en una comparación de los costes del Mecanismo de Schengen II con los de instrumentos comparables y en el análisis de los procedimientos de contratación pública que se consideraron un parámetro sustitutivo adecuado de eficiencia, partiendo de la base de que toda contratación competitiva asegura que se pagan los precios del mercado por los bienes o servicios contratados.

Los precios pagados por los helicópteros con cargo a la inversión en vigilancia área del Mecanismo de Schengen II en Bulgaria eran similares, por unidad, a los pagados en virtud del Mecanismo de Schengen I 6 .

En Bulgaria, el procedimiento de contratación pública para vigilancia de las fronteras marítimas había limitado la competencia en lo que respecta al número de empresas participantes en la oferta, dado que cinco de los seis licitadores fueron descalificados por razones técnicas. Las licitaciones correspondientes a los buques se tramitaron de forma similar. En un caso (un buque de 200 GT y varios buques de 60 GT), la licitación fue cancelada al quedar los dos únicos licitadores descalificados por motivos técnicos, tras lo que se recurrió a un procedimiento negociado con uno de ellos. En el segundo caso (buques de 20 GT y 15 GT), dos de las tres ofertas presentadas fueron descalificadas por razones técnicas.

Idéntica situación se planteó para la vigilancia aérea, ámbito en el que los procedimientos de licitación fueron anulados dos veces y no se llegó a la adjudicación de un contrato hasta el tercer intento. Las tres ofertas estaban limitadas a licitadores de la UE y todos los licitadores menos uno (el mismo en las tres ofertas) fueron rechazados por razones técnicas antes de poder presentar su oferta financiera. Cabe por lo tanto concluir que el procedimiento de licitación ha restringido la competencia, lo que pone en tela de juicio la eficiencia de la medida.

En Rumanía se plantearon también ciertos problemas en cuanto a la eficiencia del proceso de contratación pública, aunque parecen haberse resuelto con mayor celeridad y haber ocasionado menos retrasos que en Bulgaria. Otra particularidad observada fue que los valores indicativos de los contratos eran a menudo muy superiores a las ofertas recibidas.

La contratación relativa a la movilidad terrestre y naval tenía dos componentes entre los que se registraron variaciones de la competencia. Para las ofertas marítimas, se presentó un menor número de licitadores por licitación, muchos de los cuales quedaron descalificados en la fase de preselección. Para el componente de movilidad terrestre, únicamente quedó descalificado un licitador (de un total de 15 para los cinco contratos adjudicados) por rebasar el presupuesto máximo. El procedimiento de licitación electrónica aumentó la eficiencia de la contratación pública. El criterio de selección en todas las licitaciones era el precio más bajo; los importes ofrecidos por las ofertas ganadoras eran considerablemente más bajos que el presupuesto asignado (hasta en un 50 % en el componente de movilidad terrestre).

En el procedimiento de contratación para la modernización y reconfiguración de los pasos fronterizos, solo 11 de los 31 procedimientos de licitación se consideraron lo suficientemente competitivos como para garantizar la mejor relación calidad/precio.

3.5.Complementariedad y coherencia

Con los criterios «complementariedad y coherencia» de la evaluación del Mecanismo de Schengen II se determinó la medida en que otras intervenciones contribuían a los objetivos del Mecanismo de Schengen II, así como la medida en que este no era contrario a otras intervenciones con objetivos similares.

La evaluación concluyó que el Mecanismo de Schengen II era coherente y complementario con las medidas de control de fronteras financiadas con cargo a otras fuentes tanto en Bulgaria como en Rumanía.

En Bulgaria y en Rumanía, se destinaron recursos procedentes de distintos fondos a la consecución de objetivos similares a los del Mecanismo de Schengen II. Se registró un buen nivel de complementariedad y de sinergias entre las estrategias nacionales para la adhesión al espacio Schengen y el Mecanismo de Schengen II.

En el contexto de la vigilancia de la frontera marítima en Bulgaria, la financiación procedente del Mecanismo de Schengen II fue complementaria de otras inversiones en capacidad de vigilancia de las fronteras marítimas. Se renovaron tres buques de patrulla y se adquirieron seis buques con la ayuda del Instrumento de Ayuda preadhesión PHARE.

Del mismo modo, en el ámbito de la vigilancia aérea, Phare financió la compra de un helicóptero Agusta АW109Е en 2008.

 

3.6.Sostenibilidad

Con el criterio «sostenibilidad» de la evaluación del Mecanismo de Schengen II se determinó la medida en que los efectos positivos del instrumento se prolongaban una vez concluida la intervención.

La evaluación llegó a la conclusión de que la mayor parte de las medidas del Mecanismo de Schengen II no habrían tenido un impacto prolongado tras su conclusión si no hubieran ido respaldadas por nuevos gastos de mantenimiento y formación. En algunas ocasiones, una presupuestación inadecuada ha impedido durante algún tiempo la puesta en funcionamiento del equipo comprado a través del Mecanismo de Schengen II debido a los elevados costes de mantenimiento o de reparación, especialmente en Bulgaria.

Por lo que respecta a la inversión en la vigilancia de la frontera marítima en Bulgaria, los datos de que se dispone indican que el sistema integrado de control y vigilancia de la frontera del Mar Negro ha experimentado un problema de mantenimiento a pesar de su elevada sostenibilidad general. Ya desde la puesta en marcha del sistema quedó patente que existían dificultades con los gastos considerados consumibles, no siempre cubiertos por la garantía. El problema más frecuentemente mencionado por los entrevistados es el desgaste de los magnetrones de los radares de los 12 puestos fijos de vigilancia.

Por lo que respecta a la vigilancia aérea, los costes anuales de mantenimiento y funcionamiento incluían el seguro, el alquiler de los hangares y el combustible. Los datos sobre vuelos muestran que el uso de diferentes tipos de helicópteros se limitó después de 2010. Como norma general, solo se utilizó activamente uno de los helicópteros ligeros (el modelo A109-SN11790), mientras que los demás tuvieron una utilidad limitada o prácticamente nula durante algunos años. Suele darse prioridad al uso de helicópteros ligeros que, a pesar de tener las mismas capacidades de vigilancia que el modelo más pesado, AW139, consumen menos combustible. La diferencia en el número de vuelos se explica también por el tiempo de inactividad, pues tras un accidente de cierta importancia, uno de los helicópteros A109 no ha estado operativo desde 2012. El aumento de la utilización del helicóptero más pesado AW 139 después de julio de 2012, en lugar del más pequeño A109 (en reparación), generó un aumento de los costes de combustible por hora de vuelo, de forma que en 2013, a pesar de la considerable reducción de horas de vuelo, el coste global del combustible aumentó.

Otros problemas iniciales se derivaban de la falta de instalaciones de almacenamiento adecuadas para los helicópteros. La base aérea de Bezmer para helicópteros no ofrecía condiciones óptimas, dado que el hangar y las instalaciones de almacenamiento no presentaban el ambiente controlado recomendado en cuanto a humedad y temperatura. El helicóptero se trasladará a una nueva base aérea en Sofía, financiada por el Fondo para las Fronteras Exteriores (FFE). Sin embargo, a largo plazo, la disponibilidad de un hangar adecuado y de instalaciones operativas cerca del Mar Negro y de la frontera suroriental sigue siendo una cuestión pendiente de solución.

Los programas del FFE incluían también formación básica de pilotos e ingenieros de vuelo. Los problemas de plantilla existentes se debieron a la incapacidad de algunos miembros del personal para aprobar los exámenes de las anteriores actividades de formación impartidas por el fabricante y a la falta de pilotos disponibles en el sistema del Ministerio del Interior.

La sostenibilidad del equipo adquirido con cargo al Mecanismo de Schengen II ha sido mayor en Rumanía, país en el que se han utilizado fondos nacionales para pagar el mantenimiento de vehículos y buques.

3.7.Impacto

En la evaluación de impacto se estudiaron los efectos a largo plazo -buscados o no- producidos directa o indirectamente por el Mecanismo de Schengen II.

La evaluación concluyó que, en general, el Mecanismo de Schengen II ha tenido el impacto deseado, especialmente en lo que se refiere a la preparación de Bulgaria y Rumanía para la adhesión al espacio Schengen. No obstante, si bien el Mecanismo de Schengen II repercutió positivamente en la migración irregular entre las futuras fronteras exteriores de Bulgaria y Rumanía y en la seguridad en estos dos países, los plenos efectos de las inversiones en las futuras fronteras exteriores sobre la seguridad de los ciudadanos dentro del espacio Schengen no se materializará hasta la adhesión de estos dos países a ese espacio. La evaluación no detectó repercusiones negativas, aunque sí una serie de efectos positivos no buscados y relacionados con el aumento de la capacidad propiciado por el Mecanismo de Schengen II.

El Mecanismo de Schengen II tuvo un impacto positivo en el nivel de preparación de Bulgaria y Rumanía para la adhesión al espacio Schengen, como pone de manifiesto la mejora de la vigilancia de la futura frontera exterior, los controles fronterizos, los sistemas informáticos y de comunicación y la gestión de visados y conforme recogen las conclusiones correspondientes del Consejo de junio de 2011.

En cuanto a las repercusiones de mayor alcance del Mecanismo de Schengen II, las medidas financiadas con cargo al instrumento tuvieron efectos positivos en la migración irregular entre las futuras fronteras exteriores de Bulgaria y Rumanía y en la seguridad dentro de estos dos países, como demuestra el aumento de cruces irregulares de fronteras y delitos transfronterizos detectados, si bien el primer tipo de detecciones podría también atribuirse a factores externos (aumento de la presión migratoria). Las inversiones del Mecanismo de Schengen II (en particular, las inversiones en el sistema de vigilancia de fronteras) tuvieron un efecto disuasorio tanto de la migración irregular como de la delincuencia transfronteriza. No obstante, las repercusiones de las inversiones del Mecanismo de Schengen en la seguridad dentro del espacio Schengen se mantendrán limitadas hasta la adhesión de Bulgaria y Rumanía, a ese espacio, dado que aún se efectúan controles fronterizos en las fronteras entre Bulgaria y Rumanía, por una parte, y el espacio Schengen, por otra. Por consiguiente, cualquier variación de la calidad de los controles fronterizos en las fronteras entre Bulgaria y Rumanía, por una parte, y terceros países, por otra, puede tener solo un impacto marginal en la seguridad dentro del espacio Schengen.

Por lo que respecta a los efectos positivos no buscados, la evaluación permitió constatar que las inversiones en la vigilancia de la frontera marítima habían contribuido también a la detección de actividades de contrabando o de delitos contra el medio ambiente (vertido de residuos en el mar).

4.Conclusiones

El Mecanismo de Schengen II, instrumento cuyos objetivos eran «financiar acciones en las nuevas fronteras exteriores de la Unión en favor de la aplicación del acervo de Schengen y el control de las fronteras exteriores», ha sido aplicado de forma satisfactoria. El Mecanismo de Schengen II ha facilitado un total de 476 millones EUR a Bulgaria y Rumanía.

En general, el instrumento ha desempeñado un papel crucial a la hora de garantizar que Rumanía y Bulgaria pudieran considerarse técnicamente preparadas para adherirse al espacio Schengen en 2011. Las inversiones financiadas por el Mecanismo de Schengen II modernizaron la vigilancia de la futura frontera exterior, los controles fronterizos, los sistemas informáticos y de comunicación y la gestión de visados. La intervención fue pertinente para las necesidades determinadas, coherente con otras fuentes de financiación y eficaz en la consecución de sus objetivos. La eficiencia con la que estos se cumplieron podría haber sido mayor, al igual que la sostenibilidad de algunas de las inversiones, la prolongación de cuyo impacto exige financiación futura.

Si bien es cierto que la inversión del Mecanismo de Schengen II contribuyó a prevenir la migración irregular a través de las futuras fronteras exteriores de Bulgaria y Rumanía y a aumentar la seguridad en estos dos países, el impacto de las inversiones del Mecanismo de Schengen II en la seguridad dentro del espacio Schengen se mantendrá limitada hasta la adhesión de Bulgaria y Rumanía.

Aunque la no adhesión de Bulgaria y Rumanía al espacio Schengen ha tenido hasta la fecha repercusiones limitadas en la eficacia de las inversiones del Mecanismo de Schengen II, el continuo aplazamiento de la adhesión de estos países al espacio Schengen hará con toda probabilidad que ciertas partes de las inversiones requieran actualizaciones importantes.

(1)

Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea. DO L 157 de 21.6.2005, p. 203.

(2)

El artículo 32, apartado 2, del Acta de adhesión definía los pagos anuales en precios de 2004.

(3)

De conformidad con el artículo 32, apartado 3, del Acta de adhesión, al menos el 50 % de la dotación procedente del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen debía utilizarse para financiar acciones en las nuevas fronteras exteriores de la Unión con miras a la aplicación del acervo de Schengen y al control de las fronteras exteriores.

(4)

Decisión C(2007) 1417 de la Comisión, de 4 de abril de 2007, sobre la gestión y el control del apartado Schengen del Mecanismo de flujos de efectivo y de Schengen.

(5)

Conclusiones del Consejo sobre la terminación del proceso de evaluación del estado de preparación de Bulgaria para aplicar todas las disposiciones del acervo de Schengen (9167/4/11); Conclusiones del Consejo sobre la terminación del proceso de evaluación del estado de preparación de Rumanía para aplicar todas las disposiciones del acervo de Schengen (9166/4/11).

(6)

Con arreglo al Mecanismo de Schengen I, se prestó ayuda para la aplicación del acervo de Schengen y el refuerzo de los controles fronterizos en las nuevas fronteras exteriores de la UE a siete de los diez países que se adhirieron a la UE en 2004. 

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