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Document 52015DC0284

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo a la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)

    /* COM/2015/0284 final */

    Bruselas, 12.6.2015

    COM(2015) 284 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

    sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo a la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)


    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo a la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)

    1. INTRODUCCIÓN

    La Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) 1 , tiene por objeto prevenir y controlar la contaminación del aire, el agua y el suelo provocada por las emisiones de las instalaciones industriales.

    Esa Directiva otorga a la Comisión poderes para adoptar actos delegados con el fin de fijar la fecha a partir de la cual deben efectuarse mediciones continuas de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes, así como para adaptar al progreso científico y técnico varios métodos de monitorización de las emisiones y de evaluación del cumplimiento previstos en sus anexos.

    2. BASE JURÍDICA

    El artículo 76, apartado 1, de la Directiva 2010/75/UE prescribe la redacción del presente informe. De conformidad con esa disposición, el poder para adoptar actos delegados se otorga a la Comisión por un período de cinco años a partir del 6 de enero de 2011, y la Comisión debe elaborar un informe sobre la delegación de poderes a más tardar seis meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará automáticamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo la revocan con arreglo al artículo 77.

    3. EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN

    Se consideró necesario delegar esos poderes para completar o adaptar una serie de disposiciones previstas en la Directiva.

    Las técnicas de medición y las normas sobre mediciones en continuo de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes exigidas con arreglo al artículo 48 están en fase de desarrollo. Por consiguiente, la Comisión no ha adoptado aún ningún acto delegado para fijar una fecha a partir de la cual deban efectuarse mediciones continuas de las emisiones.

    Las partes 3 y 4 del anexo V, las partes 2, 6, 7 y 8 del anexo VI, y las partes 5, 6, 7 y 8 del anexo VII se refieren a los métodos de monitorización de las emisiones y a los métodos para evaluar el cumplimiento de los valores límite de emisión. A falta de progresos científicos o técnicos en relación con esos métodos, la Comisión no ha adoptado ningún acto delegado con el fin de adaptar las partes pertinentes de los anexos V, VI o VII de la Directiva 2010/75/UE.

    4. CONCLUSIÓN

    La Comisión no ha ejercido en los últimos cinco años los poderes delegados conferidos con arreglo a la Directiva 2010/75/UE. Invita al Parlamento Europeo y al Consejo a que tomen nota del presente informe.

    (1)

    DO L 334 de 17.12.2010, p. 17.

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