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Document 52015DC0051
REPLIES OF THE COMMISSION TO THE SPECIAL REPORT OF THE EUROPEAN COURT OF AUDITORS "ERRORS IN RURAL DEVELOPMENT SPENDING: WHAT ARE THE CAUSES, AND HOW ARE THEY BEING ADDRESSED?"
RESPUESTA DE LA COMISIÓN AL INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO «ERRORES EN EL GASTO EN DESARROLLO RURAL: ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CÓMO SE ESTÁN ABORDANDO?»
RESPUESTA DE LA COMISIÓN AL INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO «ERRORES EN EL GASTO EN DESARROLLO RURAL: ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CÓMO SE ESTÁN ABORDANDO?»
/* COM/2015/051 final */
RESPUESTA DE LA COMISIÓN AL INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO «ERRORES EN EL GASTO EN DESARROLLO RURAL: ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CÓMO SE ESTÁN ABORDANDO?» /* COM/2015/051 final */
RESPUESTA DE LA COMISIÓN
AL INFORME ESPECIAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO «ERRORES EN EL GASTO EN
DESARROLLO RURAL: ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS Y CÓMO SE ESTÁN ABORDANDO?»
Resumen
II. La Comisión agradece el
informe del Tribunal de Cuentas sobre el análisis de las causas subyacentes a
los errores en el gasto en desarrollo rural, que presenta un resumen de los
resultados de la declaración de fiabilidad de los tres últimos años y confirma
en gran medida las principales conclusiones ya reflejadas por la Comisión en su
Documento de trabajo sobre la evaluación de las causas subyacentes a los
errores en la aplicación de la política de desarrollo rural y de las medidas
correctoras presentado al Parlamento Europeo y al Consejo en junio de 2013[1]. El Tribunal indica un porcentaje
medio de error del 8,2 % en el gasto en desarrollo rural entre 2011 y
2013. Sin embargo, la Comisión observa que en el caso del FEADER ha habido una
ligera reducción de ese porcentaje (del 8,4 % en 2011 al 7,9 % en
2013). Este porcentaje de error es mayor
que los porcentajes individuales que publica cada año el Tribunal en el
capítulo 4 de su informe anual. El motivo de esta diferencia es que el presente
análisis cubre 461 operaciones del total de las 532 realizadas durante el
período de tres años (y abarcan las políticas de sanidad, medio ambiente y
pesca). Las 71 operaciones que no cubre el informe tienen un porcentaje medio
inferior. Asimismo, la Comisión observa que el Tribunal define las muestras y
calcula el porcentaje de error de cada política (desarrollo rural, medio
ambiente, pesca y sanidad) anualmente. El desarrollo rural representa el
90 % del gasto y en general es más propenso a errores que otras políticas.
La complejidad de algunos requisitos de subvencionalidad de las medidas de inversión
en desarrollo rural desempeña un papel importante en el elevado nivel de
porcentajes de error. III. La Comisión lleva abordando
desde 2012 el problema del elevado porcentaje de error, solicitando planes de
acción nacionales a los Estados miembros y llevando a cabo un seguimiento de su
aplicación. Estos planes de acción han ido mejorando con el transcurso del
tiempo, tomando como base la experiencia adquirida y las recomendaciones del
Tribunal de Cuentas. Los resultados esperados de todas
las acciones no son siempre evidentes a corto plazo, especialmente en lo que
respecta a las medidas que se ejecutan mediante compromisos plurianuales. No
obstante, los primeros resultados del esfuerzo realizado conjuntamente para
reducir los porcentajes de error mediante la puesta en práctica de los planes
de acción se están notando ya en el menor porcentaje de error para el
desarrollo rural de 2013. La Comisión seguirá llevando a
cabo el seguimiento de la aplicación de los planes de acción, tanto desde el
punto de vista de la fiscalización como desde el punto de vista operativo,
mediante reuniones bilaterales, comités de seguimiento y reuniones de revisión
anuales. V. La Comisión también ha
detectado en sus propias auditorías problemas relacionados con la contratación
pública y se han hecho importantes correcciones financieras en este sentido. La contratación pública es uno de
los elementos fundamentales de los planes de acción relativos al desarrollo
rural. Sin embargo, debe tenerse en
cuenta que el incumplimiento de las normas de contratación pública no quiere
decir necesariamente que el 100 % de los gastos sean no subvencionables.
El proyecto en sí puede conseguir su objetivo y proporcionar un verdadero valor
añadido. La Comisión ya ha facilitado
directrices a los profesionales para evitar los errores más frecuentes en los
proyectos de los Fondos Estructurales y del Fondo Europeo de Inversiones para
el período 2014-2020. Estas directrices se presentaron a las autoridades de
gestión y a los organismos pagadores en el Seminario sobre el porcentaje de
error que tuvo lugar en octubre de 2014. VI. En los procedimientos de
conformidad de las auditorías se hace un seguimiento de las deficiencias más
importantes detectadas en la medida de apoyo a la transformación de productos
agrícolas. Con respecto a las infracciones
deliberadas, la Comisión está poniendo en práctica una estrategia de lucha
contra el fraude, organizando seminarios al respecto en diversos Estados
miembros. La Comisión comparte esta
conclusión. La Comisión seguirá
proporcionando a los Estados miembros recomendaciones y directrices, y
difundiendo las buenas prácticas para mejorar el sistema de control y evitar
errores. Además, los organismos pagadores,
antes de llevar a cabo cualquier pago, deben cumplir los criterios de
autorización que establece el Anexo I del Reglamento Delegado (UE) nº 907/2014 antes
de proceder a ningún pago. Los servicios de la Comisión revisan las
autorizaciones mediante auditorías ex post. VIII. En lo referente a los
escasos incentivos existentes para que los beneficiarios cumplan con sus
compromisos agrícolas, los regímenes de ayudas agroambientales reflejan
compromisos que los agricultores asumen voluntariamente para proporcionar unos
beneficios medioambientales y bienes públicos que exceden los requisitos
obligatorios. El carácter compensatorio de los pagos agroambientales (que
cubren tanto los gastos de producción como las pérdidas de ingresos) no suponen
un beneficio económico inmediato para el agricultor, aunque no se excluya la posibilidad
de que pueda haber un beneficio económico a largo plazo. En cuanto al «bajo» porcentaje de
controles de los compromisos: de acuerdo con la legislación vigente, si los
controles sobre el terreno revelan un incumplimiento significativo, el Estado miembro
está obligado a aumentar el porcentaje de beneficiarios que deben someterse a
esos controles. La aplicación correcta de esta norma se verifica en las
auditorías de conformidad de la Comisión. El porcentaje de control de los
compromisos agrícolas está establecido en el 100 % de las solicitudes de
ayuda en el caso de los controles administrativos y en una muestra de proyectos
que representen el 5 % del gasto realizado en el de los controles sobre el
terreno. Los gastos de gestión y de control, publicados en el informe anual de
actividades de 2013, ascienden a 4 000 millones de euros para toda la PAC.
Por lo tanto, los esfuerzos no deben centrarse en aumentar el número de
controles, sino en mejorar su eficacia. En lo que respecta a las
sanciones, la Comisión considera que, aunque las relativas al incumplimiento
deben ser proporcionadas, van a seguir constituyendo un instrumento de
disuasión. IX. Los planes de acción se
concibieron inicialmente como un proceso preventivo, tomando como base el
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión nº 244 de 2013, que se
elaboró como respuesta a la autoevaluación de los Estados miembros sobre las
principales causas que habían motivado los porcentajes de error. Este proceso
preventivo ha ido incorporado progresivamente una perspectiva reactiva,
integrando sistemáticamente los resultados de las auditorías y proponiendo
medidas correctoras concretas. La doble perspectiva, preventiva y reactiva,
sigue siendo parte del ejercicio. La última actualización de los planes de
acción pone de manifiesto que casi el 50 % de las acciones se pusieron en
marcha como consecuencia de los resultados de las auditorías del Tribunal o de
la Comisión, y que el 50 % restante se basaron en la autoevaluación de los
Estados miembros. Además, la evaluación ex ante
de la verificabilidad y controlabilidad de todas las medidas de los PDR del
período 2014-2020 también aborda el riesgo de error desde un punto de vista
preventivo. X. La Comisión está de acuerdo en
que es necesario conseguir un equilibrio adecuado entre el número y complejidad
de las normas y la necesidad de garantizar la legalidad y la regularidad del
gasto. XI. a) La Comisión acepta la
recomendación. Los problemas que plantea el Tribunal solo pueden abordarse con
los planes de acción si se identifica cuáles son las deficiencias. La Comisión
reconoce la importancia de establecer directrices sobre las tres causas
principales de los errores y de la difusión de las buenas prácticas. Esto se
hará a través de la Red Europea de Desarrollo Rural y los seminarios. Además, la Comisión ya ha
facilitado a los Estados miembros directrices concretas sobre la contratación
pública y la medida agroambiental y climática, incluyendo la doble
financiación. La elusión deliberada de
las normas se está abordando en la estrategia de lucha contra el fraude y en
los seminarios organizados al respecto en algunos Estados miembros. b) La
Comisión acepta la recomendación. La Comisión está evaluando actualmente la
controlabilidad y verificabilidad de los nuevos programas y pondrá de
manifiesto cualquier deficiencia en el marco de los comités de seguimiento y
las reuniones de revisión anual con las autoridades de gestión. Por otro
lado, se va a llevar a cabo un seguimiento exhaustivo de los resultados de las
auditorías con el fin de detectar y corregir toda posible causa de error que
pueda atribuirse a las normas de aplicación nacionales y, en caso necesario,
solicitar inmediatamente las modificaciones pertinentes. La
experiencia adquirida durante la ejecución de los programas y la aplicación de
las normas nacionales se compartirán a través de la Red Europea de Desarrollo
Rural y de los seminarios dedicados a los porcentajes de error. c) La
Comisión acepta parcialmente la recomendación, ya que no puede juzgar de antemano
el alcance y el resultado que pueden tener el análisis y las futuras opciones
políticas por parte de los legisladores en el próximo período de programación. En 2017,
la Comisión elaborará un informe estratégico de los Fondos, que contendrá un
resumen de los informes de evolución anuales enviados por los Estados miembros,
como establece el Artículo 53 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Además, la
Comisión y los Estados miembros evaluarán el rendimiento de los programas de
desarrollo rural durante el proceso de examen previsto en el Artículo 21 del
Reglamento (UE) nº 1303/2013. Tomando como base estos informes y otras
evidencias, como los resultados de las auditorías, la Comisión evaluará la
concepción de la política y, en su caso, la necesidad de elaborar propuestas
para el próximo período de programación. Al
finalizar el período de programación, la Comisión realizará un análisis
pormenorizado de las necesidades aún existentes con respecto a cada una de las
medidas de apoyo antes de hacer una propuesta para el período de programación
siguiente, tal como ha sucedido en el presente período. La
Comisión está de acuerdo con llevar a cabo controles administrativos siempre
que sea posible, aunque debe tenerse en cuenta que esto no es factible en la
mayor parte de las operaciones agroambientales.
Introducción
1. La UE asignó 96 000 millones
de euros y se espera una contribución de 55 000 millones de euros de los
Estados miembros. 4. El Tribunal indica un
porcentaje medio de error del 8,2 % en el gasto en desarrollo rural entre
2011 y 2013. Sin embargo, la Comisión observa que en el caso del FEADER ha
habido una ligera reducción de ese porcentaje (del 8,4 % en 2011 al
7,9 % en 2013). Este porcentaje de error es mayor
que los porcentajes individuales que publica cada año el Tribunal en el
capítulo 4 de su informe anual. El motivo de esta diferencia es que el presente
análisis cubre 461 operaciones del total de las 532 realizadas durante el
período de tres años (y abarcan las políticas de sanidad, medio ambiente y pesca).
Las 71 operaciones que no cubre el informe tienen un porcentaje medio inferior.
Asimismo, la Comisión observa que el Tribunal define las muestras y calcula el
porcentaje de error de cada política (desarrollo rural, medio ambiente, pesca y
sanidad) anualmente. El desarrollo rural representa el
90 % del gasto y en general es más propenso a errores que otras políticas.
La complejidad de algunos requisitos de subvencionalidad de las medidas de
inversión en desarrollo rural desempeña un papel importante en el elevado nivel
de porcentajes de error. 5. Los porcentajes de error no
implican necesariamente que no se consigan los objetivos de la política, lo
cual solo podría afirmarse evaluando el rendimiento de las operaciones que han
recibido ayudas. Teniendo en cuenta el carácter tan ambicioso de los objetivos
de la política de desarrollo rural, para conseguirlos es inevitable un cierto
grado de complejidad en la aplicación de la política, por lo cual se ha
reconocido la enorme dificultad de conseguir un error del 2 % o inferior
sin hacer uso de una cantidad de recursos de control desproporcionada e
imposible de costear.
Tipo y prevalencia de los errores encontrados
12. Con respecto al tipo de
errores señalados por el Tribunal, debe observarse que la Comisión, durante sus
propias auditorías de las medidas de inversión y de los regímenes de ayudas
relacionados con estas, ha encontrado deficiencias similares a las detectadas
por el Tribunal de Cuentas. Se han impuesto correcciones financieras a los
Estados miembros correspondientes (o bien hay procedimientos de liquidación de
conformidad en marcha para hacer tales correcciones), con el fin de proteger el
presupuesto de la EU. Además, cuando se han encontrado deficiencias, se ha
instado a los Estados miembros afectados a adoptar las medidas correctoras
pertinentes. 14. La política de
desarrollo rural se aplica mediante programas de desarrollo rural nacionales o
regionales. La mayor parte de los errores están relacionados con las
condiciones específicas que establecen los programas y otras normas nacionales,
que son necesarios para la aplicación de la política; el reto para los Estados
miembros radica en limitar estas normas nacionales a las estrictamente
necesarias pera conseguir los objetivos de la política. En el período de programación
2014-2020 se ha exigido que todos los programas de desarrollo rural incluyan
una evaluación ex ante de la verificabilidad y controlabilidad de las
medidas, que se realizará de forma conjunta por las autoridades de gestión y
los organismos pagadores. 26. La Comisión también ha
encontrado en sus auditorias deficiencias en los procedimientos de contratación
pública y se han hecho correcciones financieras en este sentido. La contratación pública es uno de
los elementos fundamentales de los planes de acción de desarrollo rural. Sin embargo, no hay que olvidar
que el incumplimiento de estos procedimientos no significa necesariamente que
el 100 % de los gastos afectados por el mismo no sean subvencionables. El
proyecto en sí puede conseguir su objetivo y proporcionar un verdadero valor
añadido. Por otro lado, la Comisión aprobó,
el 19 de diciembre de 2013, nuevas directrices para determinar las correcciones
financieras que se han de aplicar a los gastos financiados mediante la gestión
compartida en caso de incumplimiento de las normas en materia de contratación
pública[2]. Según estas
directrices, el incumplimiento de las normas de contratación pública debe
juzgarse tomando como base el principio de proporcionalidad. También se ha facilitado a los
Estados miembros un documento de orientación sobre las irregularidades más
frecuentes en la gestión de los Fondos Estructurales y del Fondo Europeo de
Inversiones (4º Seminario sobre el porcentaje de error, octubre de 2014). 27. En referencia al cuadro 1: Rumanía: el error que se menciona fue
detectado por el Tribunal de Cuentas Europeo en la declaración de fiabilidad de
2012. El plan de acción sobre el porcentaje de error de Rumanía incluye medidas
para abordar los problemas detectados en los procedimientos de contratación
pública. Países Bajos: el municipio retiró en
2012 las normas de contratación de forma retroactiva, con efecto a partir del 1
de enero de 2010. No obstante, en este caso no se habrían aplicado. La Comisión
está llevando a cabo el seguimiento correspondiente, junto con el Estado
miembro. Alemania (Brandemburgo-Berlín): teniendo en cuenta que
los últimos compromisos con respecto a la banda ancha pudieron hacerse en 2012,
no ha sido posible aplicar más medidas preventivas y correctoras al respecto.
La ayudas a la banda ancha ya no se contemplan en el período de programación
2014-2020. Recuadro 2 – Contratos
adjudicados directamente a antiguos proveedores Suecia ha incluido la
contratación pública entre las principales causas de los errores y ha adoptado
medidas correctoras y preventivas al respecto en su plan de acción sobre los
porcentajes de error. 32. Los problemas que se
mencionan en el cuadro 2 se abordan en los planes de acción respectivos para
mejorar el sistema de control administrativo. 35. La Comisión comparte el punto
de vista de que la simplificación no debería lastrar los principios de buena
gestión financiera. El nuevo marco legal de la PAC
para el período 2014-2020 contiene factores de simplificación que no tienen un
efecto negativo para la buena gestión financiera (por ejemplo, los pagos a
tanto alzado o los costes tipo). El artículo 60 del Reglamento (UE) nº
1305/2013 establece que solo son subvencionables los gastos de inversión
efectuados después de haberse solicitado la ayuda. Recuadro
3 – Ejemplo de supresión de un criterio eficaz de subvencionabilidad Estos problemas se
abordan en los respectivos planes de acción para mejorar el sistema de control
administrativo y ya no son posibles con el nuevo marco legal. Véanse los comentarios
sobre el apartado 35. 38. El pago a tanto alzado, como
sucede en el caso de las ayudas a los jóvenes agricultores, puede no responder
a los objetivos políticos de otras medidas. Por consiguiente, la simplificación
debe garantizar un equilibrio adecuado entre la consecución de los objetivos de
la política y la buena gestión financiera. La ventaja de reducir el porcentaje
de error no debe ser el único factor que se tenga en cuenta. 40. La Comisión desea
poner de manifiesto que el gasto fraudulento en el desarrollo rural que han
detectado los Estados miembros, según sus informes, asciende al 0,11 %[3]. 43. La Comisión también ha
detectado en sus auditorías deficiencias en la verificación de los criterios
establecidos para las pequeñas y medianas empresas (PYME) e incumplimiento de
los procedimientos pertinentes de contratación pública. Cuando se han
encontrado deficiencias se han impuesto correcciones financieras netas a los
Estados miembros afectados (o bien hay procedimientos de liquidación de conformidad
en marcha para hacer tales correcciones), con el fin de proteger el presupuesto
de la EU. Además, se instó a los Estados miembros a adoptar medidas
correctoras. En el marco legal actual para el
período 2014-2020 no se imponen límites al tamaño de la empresa para poder
optar a las ayudas a la inversión en activos físicos. Los Estados miembros
pueden orientar las ayudas hacia determinados beneficiarios, una vez obtenidas
las conclusiones del análisis DAFO y de la evaluación de las necesidades. Tales
requisitos adicionales deben poderse controlar y verificar. 46. Durante el período 2014-2020
se aplicarán disposiciones similares. 48. La Comisión comparte la
opinión de que las autoridades nacionales podrían haber detectado muchos de los
errores que ha encontrado el Tribunal: las normas de la PAC facilitan a los
Estados miembros todos los instrumentos necesarios para reducir la mayor parte
de los riesgos de error. La Comisión seguirá
proporcionando a los Estados miembros recomendaciones y directrices, y difundiendo
las buenas prácticas para mejorar el sistema de control y evitar errores. Recuadro
5 – Ejemplos de calidad insuficiente de los controles realizados por las
autoridades de los Estados miembros Estos problemas se
abordan en los respectivos planes de acción para mejorar el sistema de control
administrativo. 51. La Comisión también ha
detectado en sus auditorias deficiencias en los controles administrativos. Se
ha instado a los Estados miembros afectados a adoptar medidas correctoras y se
han impuesto correcciones financieras cuando ha sido procedente. 57. En las auditorías de la
Comisión también se han encontrado deficiencias en la verificación de los
compromisos agroambientales, y se ha instado a los Estados miembros afectados a
adoptar medidas correctoras. Además, se han impuesto correcciones financieras
cuando ha sido procedente. Recuadro 7 – Ejemplos de
incumplimiento de compromisos agroambientales sencillos En general, las deficiencias
encontradas en Malta se deben a que los beneficiarios de las ayudas
agroambientales no respetan los compromisos que adquieren. La Administración de
ese país ha emprendido al respecto muchas acciones de información con objetivos
concretos y ha proporcionado formación a determinados beneficiarios, uno por
uno. 59. Los programas agroambientales
reflejan compromisos que los agricultores adquieren voluntariamente para
proporcionar beneficios medioambientales y bienes públicos que exceden los
requisitos obligatorios. El carácter compensatorio de los pagos agroambientales
(que cubren tanto los gastos de producción como las pérdidas de ingresos) no
suponen un beneficio económico inmediato para el agricultor, aunque no se
excluya la posibilidad de que pueda haber un beneficio económico a largo plazo. 62. En referencia al «bajo»
porcentaje de controles de los compromisos agroambientales, de acuerdo con los
actos jurídicos aplicables, cuando los controles sobre el terreno revelan
incumplimientos importantes en el contexto de un determinado régimen de ayudas
o de una determinada medida de apoyo, o en una región o una parte de una
región, el Estado miembro está obligado a aumentar el porcentaje de los
beneficiarios que deben someterse a un control sobre el terreno. Por tanto, dependiendo del Estado
miembro de que se trate y de la medida en concreto, el porcentaje real de
controles sobre el terreno podría ser superior al 5 %. La aplicación
correcta de esta disposición se verifica durante las auditorías de conformidad
de la Comisión. En los controles sobre el terreno
deben verificarse todos los criterios de subvencionalidad, compromisos y
obligaciones. Si no es posible verificar alguno de ellos durante el control,
debe realizarse una segunda visita. 63. De conformidad con los actos
jurídicos aplicables, los controles administrativos deben cubrir todos los
elementos que puedan controlarse adecuadamente con medios administrativos (lo
cual incluye el cumplimiento de los compromisos agroambientales). La Comisión, en sus auditorías de
conformidad, verifica si se ha podido llevar a cabo el control administrativo
además del control sobre el terreno. Cuando procede, se envían recomendaciones
a los Estados miembros y se aplican correcciones financieras. Por otra parte, el nuevo marco
legal de la PAC para el período 2014-2020 incluye disposiciones que instan a
los Estados miembros a garantizar que todas las medidas de desarrollo rural que
se vayan a aplicar sean verificables y puedan someterse a control, y los
programas de desarrollo rural deben contener una evaluación ex ante de
la verificabilidad y controlabilidad de las medidas. 64. La Comisión considera que,
aunque las sanciones relativas al incumplimiento deben ser proporcionadas, van
a seguir constituyendo un método de disuasión. Con el nuevo marco legal se tiene
en cuenta también la reincidencia para calcular la reducción. Son los Estados
miembros los que determinan cómo se aplican los criterios contenidos en los
textos jurídicos, así como los porcentajes concretos y las cantidades. 65. En caso de incumplimiento
grave de los compromisos, el beneficiario será excluido de la ayuda durante el
año en el que se detecta el incumplimiento, y durante el año siguiente. Recuadro
10 – Condiciones adicionales de subvencionabilidad impuestas por los Estados
miembros para las ayudas a zonas desfavorecidas Estos problemas se
abordan en los respectivos planes de acción para mejorar el sistema de control
administrativo. 74. La Comisión lleva abordando
desde 2012 el problema del elevado porcentaje de error, solicitando planes de
acción nacionales a los Estados miembros y llevando a cabo un seguimiento de su
aplicación. Estos planes de acción han ido mejorando con el transcurso del
tiempo, tomando como base la experiencia adquirida y las recomendaciones del
Tribunal de Cuentas. Los resultados esperados de todas
las acciones no son siempre evidentes a corto plazo, especialmente en lo que
respecta a las medidas que se ejecutan mediante compromisos plurianuales. No
obstante, los primeros resultados del esfuerzo realizado conjuntamente para
reducir los porcentajes de error mediante la puesta en práctica de los planes
de acción se están notando ya en el menor porcentaje de error para el
desarrollo rural de 2013. La Comisión seguirá llevando a
cabo el seguimiento de la aplicación de los planes de acción, tanto desde el
punto de vista de la fiscalización como desde el punto de vista operativo,
mediante reuniones bilaterales, comités de seguimiento y reuniones de revisión
anuales. 75. Las competencias de la
Comisión se ha reforzado con el nuevo Reglamento (UE) nº 1306/2013. El artículo
41, apartado 2 de dicho Reglamento establece la suspensión o reducción de los
pagos intermedios a los Estados miembros si los componentes clave del sistema
de control nacional no son operativos o si no se aplican las medidas
correctoras necesarias. Por otro lado, el articulo 36, apartado 7, del mismo
Reglamento establece la interrupción de los pagos intermedios como herramienta
inicial de reacción rápida cuando se detectan deficiencias en la legalidad y
regularidad de los pagos. Además, los organismos pagadores
sobre los que se hayan impuesto reservas en el informe anual de actividades de
la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural tendrán que actuar con
celeridad para evitar la imposición de correcciones financieras. La
Comisión considera que, aunque las sanciones relativas al incumplimiento deben
ser proporcionadas, van a seguir constituyendo un instrumento de disuasión. 76. En las versiones más
recientes de los planes de acción (de septiembre de 2014) se ha prestado más
atención a los resultados de las auditorías del Tribunal y de la Comisión. Los
Estados miembros debían tenerlos mucho más en cuenta. Efectivamente, el 46 %
de las acciones que han presentado los Estados miembros abordan resultados
concretos de las auditorías, el 50 % de los cuales corresponden a los
informes del Tribunal. Es preciso poner de relieve que
la Comisión ha efectuado un seguimiento de todos los casos de los que ha
informado el Tribunal, incluido el procedimiento de conformidad cuando se ha
estimado oportuno. 77. En el marco de la tercera
actualización de los planes de acción llevada a cabo en septiembre de 2014, con
el fin de mejorar la efectividad de las acciones, se instó a los Estados
miembros a facilitar indicadores de seguimiento y los últimos resultados
conocidos. 78. Las cuatro reuniones
conjuntas del Comité de los Fondos Agrícolas y Desarrollo Rural organizadas
hasta ahora, que se han dedicado exclusivamente a los seminarios sobre los
porcentajes de error, han constituido un proceso sistemático de intercambio de
buenas prácticas y de prácticas innovadoras. Además, es preciso señalar que,
fuera del marco de los seminarios y de las actividades de la Red Europea de
Desarrollo Rural, el intercambio de buenas prácticas se lleva a cabo durante
las reuniones del Comité de Desarrollo Rural y también en las tres reuniones
anuales de los directores de los organismos pagadores de todos los Estados
miembros. A partir de 2015, la Red Europea
de Desarrollo Rural constituirá otro medio de difusión de las buenas prácticas
durante el período 2014-2020. Esta red organizará eventos, difundirá
información importante e involucrará a todas las partes interesadas en
iniciativas de concienciación. 79. La Comisión mantiene
conversaciones periódicas con los Estados miembros acerca de los problemas
relacionados con los porcentajes de error, y ha proporcionado una serie
completa de documentos de orientación sobre las medidas de desarrollo rural y
sobre otros asuntos transversales pertinentes, como las opciones de costes
simplificados o las normas de contratación pública. Concretamente, el Documento de
trabajo de los servicios de la Comisión [SWD (2013)244] sobre los porcentajes
de error en el desarrollo rural contiene una serie de causas frecuentes de los
errores, que podrían darse en todos los Estados miembros, y son estos los que
definen finalmente cuáles de esas causas les afectan realmente y adoptan las
medidas correctoras pertinentes. 80. La Comisión está efectuando
un seguimiento de las deficiencias detectadas en las auditorías, y ha instado
sistemáticamente a los Estados miembros a abordar estas deficiencias en sus
planes de acción. 81. Los planes de acción van a
mejorar en eficacia con la evaluación ex ante (preventiva) de la
verificabilidad y la controlabilidad de las medidas efectuada por los Estados
miembros, junto con el seguimiento exhaustivo de los resultados de las
auditorías, como se ha visto en la actualización de octubre de 2014. 90. El cambio al que se refiere
el Tribunal se introdujo porque el coste de aplicar sanciones administrativas a
las cantidades pequeñas sería desproporcionado en comparación con los
beneficios que se obtendrían, y esto iría en detrimento de la buena gestión
financiera. 91. La Comisión es plenamente
consciente de la importancia de los pasos posteriores del proceso
reglamentario. En este sentido, se ha reforzado la responsabilidad de los
Estados miembros al requerir una evaluación ex ante tanto por parte de
las autoridades de gestión como por parte de los organismos pagadores. Por otro
lado, la Comisión dispone ahora de mejores herramientas preventivas, como las
suspensiones y las interrupciones, que en principio deben tener un efecto
disuasorio de los errores. Como confirma el Tribunal en su
informe especial, la sobrerregulación (normas nacionales o regionales
adicionales de forma injustificada) tiene un efecto muy limitado sobre el
porcentaje de error. 93. La Comisión lleva abordando
desde 2012 el problema del elevado porcentaje de error, solicitando planes de
acción nacionales a los Estados miembros y llevando a cabo un seguimiento de su
aplicación. Estos planes de acción han ido mejorando con el transcurso del
tiempo, tomando como base la experiencia adquirida y las recomendaciones del
Tribunal de Cuentas. Los resultados esperados de todas
las acciones no son siempre evidentes a corto plazo, especialmente en lo que
respecta a las medidas que se ejecutan mediante compromisos plurianuales. No
obstante, los primeros resultados del esfuerzo realizado conjuntamente para
reducir los porcentajes de error mediante la puesta en práctica de los planes
de acción se están notando ya en el menor porcentaje de error para el
desarrollo rural de 2013. La Comisión seguirá realizando el
seguimiento de la aplicación de los planes de acción, tanto desde el punto de
vista de la fiscalización como desde el punto de vista operativo, mediante
reuniones bilaterales, comités de seguimiento y reuniones de revisión anuales. 95. Primer guion: La Comisión también ha detectado
en sus propias auditorías problemas relacionados con la contratación pública y
se han hecho importantes correcciones financieras en este sentido. La contratación pública es uno de
los elementos fundamentales de los planes de acción de desarrollo rural. Sin embargo, debe tenerse en
cuenta que el incumplimiento de las normas de contratación pública no quiere
decir necesariamente que el 100 % de los gastos sean no subvencionables.
El proyecto en sí puede conseguir su objetivo y proporcionar un verdadero valor
añadido. Segundo guion: La Comisión comparte esta
conclusión. La Comisión seguirá
proporcionando a los Estados miembros recomendaciones y directrices, y
difundiendo las buenas prácticas para mejorar el sistema de control y evitar
errores. Además, los organismos
pagadores, antes de llevar a cabo cualquier pago, deben cumplir los criterios
de autorización que establece el Anexo I del Reglamento Delegado (UE) nº
907/2014 (programa 2014-2020) antes de proceder a ningún pago. Los servicios de
la Comisión revisan las autorizaciones mediante auditorías ex post. 96. En lo referente a los escasos
incentivos existentes para que los beneficiarios cumplan con sus compromisos
agrícolas, los regímenes de ayudas agroambientales reflejan compromisos que los
agricultores asumen voluntariamente para lograr unos beneficios
medioambientales y obtener unos bienes públicos que van más allá de los
requisitos obligatorios. El carácter compensatorio de los pagos agroambientales
(que cubren tanto los gastos de producción como las pérdidas de ingresos) no
suponen un beneficio económico inmediato para el agricultor, aunque no se
excluya la posibilidad de que pueda haber un beneficio económico a largo plazo. En cuanto al «bajo» porcentaje de
controles de los compromisos: de acuerdo con la legislación vigente, si los
controles sobre el terreno revelan un incumplimiento significativo, el Estado
miembro está obligado a aumentar el porcentaje de beneficiarios que deben
someterse a esos controles. La aplicación correcta de esta norma se verifica en
las auditorías de conformidad de la Comisión. El porcentaje de control de los
compromisos agrícolas está establecido en el 100 % en el caso de los
controles administrativos y en el 5 % por lo que se refiere a los
controles sobre el terreno. Los gastos de gestión y de control, publicados en
el informe anual de actividades de 2013, ascienden a 5 mil millones de euros
para toda la PAC. Por lo tanto, los esfuerzos no deben centrarse en aumentar el
número de controles, sino en mejorar su eficacia. En lo que respecta a las
sanciones, la Comisión considera que, aunque las relativas al incumplimiento
deben ser proporcionadas, van a seguir constituyendo un método de disuasión. 97. Los planes de acción se
concibieron inicialmente como un proceso preventivo, tomando como base el
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión nº 244 de 2013, que se
elaboró como respuesta a la autoevaluación de los Estados miembros sobre las
principales causas de los porcentajes de error. Este proceso preventivo ha ido
incorporado progresivamente una perspectiva reactiva, integrando
sistemáticamente los resultados de las auditorías y proponiendo medidas
correctoras concretas. La doble perspectiva, preventiva y reactiva, sigue
siendo parte del ejercicio. La última actualización de los planes de acción
pone de manifiesto que casi el 50 % de las acciones se pusieron en marcha
como consecuencia de los resultados de las auditorías del Tribunal o de la
Comisión, y que el 50 % restante se basaron en la autoevaluación de los
Estados miembros. Además, la evaluación ex ante
de la verificabilidad y controlabilidad de todas las medidas de los PDR del
período 2014-2020 también aborda el riesgo de error desde un punto de vista
preventivo. Recomendación
1 La
Comisión acepta esta recomendación. Los problemas que plantea el Tribunal solo pueden
abordarse con los planes de acción si se identifica cuáles son las
deficiencias. La Comisión reconoce la
importancia de establecer directrices sobre las tres causas principales de los
errores y de la difusión de las buenas prácticas. Esto se hará a través de la
Red Europea de Desarrollo Rural y los seminarios. Además, la Comisión ya ha
facilitado a los Estados miembros directrices concretas sobre la contratación
pública y la medida agroambiental y climática, incluyendo la doble
financiación. La elusión deliberada de
las normas se está abordando en la estrategia de lucha contra el fraude y en
los seminarios organizados al respecto en algunos Estados miembros. Contratación
pública La
recomendación se dirige a los Estados miembros. No
obstante, la Comisión desea poner de relieve que ya ha facilitado directrices a
los profesionales para evitar los errores más frecuentes en los proyectos de
los Fondos Estructurales y del Fondo Europeo de Inversiones durante el período
2014-2020. Estas directrices se presentaron a las autoridades de gestión y a
los organismos pagadores en el Seminario sobre el porcentaje de error que tuvo
lugar en octubre de 2014. Elusión
deliberada de las normas La
Comisión está de acuerdo con la recomendación dirigida a los Estados miembros. Pagos
agroambientales La Comisión está de acuerdo con
la recomendación dirigida a los Estados miembros y desea poner de relieve que
durante sus auditorías de conformidad verifica sistemáticamente si es posible
llevar a cabo controles administrativos además de los que se hacen sobre el
terreno; en caso afirmativo, se recomienda a los Estados miembros que amplíen
el alcance de los controles administrativos y apliquen correcciones
financieras. Además,
el marco legal de la PAC para el período 2014-2020 incluye disposiciones que
instan a los Estados miembros a garantizar que todas las medidas de desarrollo
rural que vayan a aplicarse puedan verificarse y someterse a control. Todos los PDR incorporan
evaluaciones ex ante de la verificabilidad y controlabilidad de las
medidas (incluyendo las agroambientales y climáticas), de las operaciones y de
los compromisos. En caso de que estos controles no tengan un resultado
satisfactorio, debe modificarse el PDR en consecuencia, según dispone el artículo
62 del Reglamento (UE) nº 1305/2013. Por otro lado, está prevista la reducción
total de la ayuda en caso de incumplimiento grave de los compromisos o de los
criterios de subvencionalidad, así como la exclusión del beneficiario en
cuestión de las ayudas durante el año en que se detecta la infracción y el año
siguiente. En lo que respecta a las
sanciones, la Comisión está de acuerdo con que, aunque las sanciones por
incumplimiento deben ser proporcionales, deberían seguir constituyendo un
método de disuasión. Recomendación
2 La
Comisión acepta esta recomendación. La Comisión está evaluando actualmente la
controlabilidad y verificabilidad de los nuevos programas y pondrá de
manifiesto cualquier deficiencia en el marco de los comités de seguimiento y
las reuniones de revisión anual con las autoridades de gestión. Por otro
lado, se va a realizar un seguimiento exhaustivo de los resultados de las
auditorías con el fin de detectar y corregir toda posible causa de error que
pueda atribuirse a las normas de aplicación nacionales y, en caso necesario,
solicitar inmediatamente las modificaciones pertinentes. La
experiencia adquirida durante la puesta en marcha de los programas y la
aplicación de las normas nacionales se compartirán a través de la Red Europea
de Desarrollo Rural y de los seminarios dedicados a los porcentajes de error. Recomendación
3 La
Comisión acepta esta recomendación solo en parte, ya que no puede juzgar de
antemano el alcance y el resultado que pueden tener el análisis y las futuras
opciones políticas por parte de los legisladores en el próximo período de
programación. En
2017, la Comisión elaborará un informe estratégico de los Fondos, que contendrá
un resumen de los informes de evolución anuales enviados por los Estados
miembros, como establece el Artículo 53 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
Además, la Comisión y los Estados miembros evaluarán el rendimiento de los
programas de desarrollo rural durante el proceso de examen previsto en el
Artículo 21 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Tomando como base estos informes
y otras evidencias, como los resultados de las auditorías, la Comisión evaluará
la concepción de la política y, en su caso, la necesidad de elaborar propuestas
para el próximo período de programación. Al
finalizar el período de programación, la Comisión realizará un análisis
pormenorizado de las necesidades aún existentes con respecto a cada una de las
medidas de apoyo antes de hacer una propuesta para el período de programación
siguiente, tal como ha sucedido en el presente período. Por último: La Comisión está de acuerdo con
llevar a cabo controles administrativos siempre que sea posible, aunque debe
tenerse en cuenta que esto no es factible en la mayor parte de las operaciones
agroambientales. [1] SWD
(2013) 244 de 27 de junio de 2013 [2] Decisión
de la Comisión C(2013) 9527 [3] Informe
de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Protección de los intereses
financieros de la Unión Europea — Lucha contra el fraude. Informe anual 2013 [COM(2014)474
final]