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Document 52015DC0035
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL On Progress in Romania under the Co-operation and Verification Mechanism
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación
/* COM/2015/035 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación /* COM/2015/035 final */
1. INTRODUCCIÓN
El Mecanismo de
Cooperación y Verificación (MCV) se creó en el momento de la adhesión de
Rumanía a la Unión Europea, en 2007[1]. Se
convino, a la sazón, en la necesidad de intensificar la actividad en sectores
clave para subsanar las carencias en materia de reforma judicial y lucha contra
la corrupción. Desde entonces, sucesivos informes relativos al MCV han
registrado los avances efectuados por Rumanía y, mediante recomendaciones
específicas, intentado contribuir a centrar los esfuerzos de las autoridades
rumanas. El
MCV ha desempeñado un importante papel en la consolidación del Estado de
Derecho en Rumanía como faceta esencial de la integración europea. La actividad
de supervisión de la Comisión y su cooperación con las autoridades búlgaras
para promover la renovación han incidido de forma concreta en la cadencia y el
calado de las reformas. Las conclusiones de la Comisión y la metodología del
MCV han gozado sistemáticamente del firme apoyo del Consejo[2], y
se han nutrido de la cooperación y las aportaciones de muchos Estados miembros.
El informe que
se presenta a continuación sintetiza las medidas adoptadas el pasado año y
ofrece recomendaciones para las etapas siguientes. Es el resultado de un
minucioso proceso de análisis, por parte de la Comisión, de la información
facilitada por las autoridades rumanas, la sociedad civil y demás interesados.
Además, la Comisión ha logrado recabar el asesoramiento específico de
magistrados de otros Estados miembros, lo que le permite ofrecer una opinión
profesional. La calidad de la información facilitada por las autoridades
rumanas ha mejorado considerablemente a lo largo del tiempo, lo que constituye
un reflejo interesante de los avances logrados en la gestión del proceso de
reforma. El informe sobre
el MCV de 2014 indica que se han realizado progresos en muchos ámbitos y
subraya que las principales instituciones de la lucha contra la corrupción han
dado un paso importante hacia la sostenibilidad. Al mismo tiempo, observa que
los ataques políticos contra los fundamentos de la reforma han puesto de
manifiesto que no había consenso para perseguir los objetivos del MCV. Este
informe tiene en cuenta estas dos tendencias para evaluar la medida en que la
reforma ha arraigado. La importancia
del MCV ha sido corroborada por las encuestas de opinión efectuadas entre los
propios ciudadanos rumanos. Un Eurobarómetro realizado en el otoño de 2014
mostró un fuerte consenso en la sociedad rumana en el sentido de que la reforma
judicial y la lucha contra la corrupción son importantes problemas que afronta
Rumanía. Los resultados también mostraron un aumento sustancial en el número de
personas que han constatado una mejora en los últimos años y cierta confianza
en que la mejora continúe. Se apoya claramente el papel de la UE a la hora de
abordar estas cuestiones y la continuación de su acción hasta que Rumanía haya
alcanzado un nivel comparable al de otros Estados miembros[3]. La coherencia de
resultados constituye una de las mejores maneras de demostrar la sostenibilidad
de los avances en pos de los objetivos del MCV, que es una de las condiciones
para dejar patente que un mecanismo como el MCV ya no sería necesario. La
Comisión ha prestado este año una atención especial a este aspecto en su
actividad de seguimiento. El establecimiento de instituciones sólidas y
duraderas es un factor importante para la selección de fondos de la UE en apoyo
de los objetivos del MCV, en particular mediante una priorización eficaz de la
Política de Cohesión en el marco del objetivo temático de fomento de la
eficiencia y la capacidad institucional de las autoridades públicas. Con una
implicación más sistemática y un establecimiento más eficaz de las prioridades,
Rumanía puede colaborar con los socios de la UE[4]
para mantener el impulso de la reforma durante el próximo año. 2. SITUACIÓN
DEL PROCESO DE REFORMAS EN RUMANÍA 2.1.
Independencia
judicial Nombramientos El riesgo de
injerencia política en los nombramientos para puestos de nivel superior ha sido
una de las principales preocupaciones en lo que respecta a la independencia del
poder judicial. En los informes relativos al MCV se ha hecho hincapié en la
importancia de unos procedimientos de selección transparentes y basados en los
méritos[5].
En 2014, no fue necesario proceder a nombramientos de jueces o fiscales al más
alto nivel. Una importante prueba será el próximo nombramiento de un nuevo
Fiscal Jefe de la Dirección de Investigación de la Delincuencia Organizada y el
Terrorismo (Diicot), tras la dimisión del anterior en noviembre[6].
El procedimiento incluye un fuerte componente político habida cuenta del papel
que se confiere al Ministro de Justicia[7].
El Consejo Superior de la Magistratura (CSM) trabaja actualmente en una
enmienda a la ley para cambiar esta situación y adaptar el nombramiento de
fiscales a los procedimientos utilizados para el nombramiento de los jueces, en
consonancia con las orientaciones de la Comisión Europea para la Democracia a
través del Derecho del Consejo de Europa (Comisión de Venecia)[8];
en caso de seguir adelante con la propuesta, el próximo paso sería que el
Gobierno la presente al Parlamento. El año 2015 representa una buena
oportunidad para que Rumanía se comprometa plenamente con un sistema de
nombramientos transparentes y basados en los méritos, y ello con la antelación
suficiente respecto del importante número de procedimientos de nombramiento
para puestos de responsabilidad en la judicatura que están previstos en 2016[9]. El respeto de
los jueces y el proceso judicial En anteriores
informes del MCV se había señalado un gran número de ataques por motivos
políticos contra jueces y fiscales en los medios de comunicación[10].
Si bien no se alcanzó la acritud de años anteriores (2012 en particular), en
2014 esta cuestión siguió siendo problemática, estando a menudo asociada a
casos de corrupción en que estaban involucradas personalidades públicas
influyentes. Entre los ejemplos señalados por el CSM cabe citar los casos en
los que los medios de comunicación habían hecho circular falsedades
demostrables o acusado de corrupción a los magistrados (o a miembros de su
familia). Asimismo, en algunos casos, el Tribunal Constitucional ha recibido
fuertes críticas por parte de personalidades públicas[11]. Uno de los
cometidos del CSM es garantizar la independencia del poder judicial. Desde
2012, el CSM dispone de un procedimiento, en el que también participa la
Inspección Judicial, con el fin de defender la independencia de la justicia y
la reputación profesional, la independencia y la imparcialidad de los jueces.
El número de solicitudes enviadas al CSM para la puesta en marcha de este
procedimiento aumentó en 2014 en comparación con 2013, aunque esto podría
deberse más a la mayor credibilidad del sistema que a un aumento del número de
problemas. A pesar de este aumento, la Inspección Judicial logró reducir el
tiempo necesario para las investigaciones, permitiendo al CSM reaccionar con
mayor rapidez frente a los ataques, incluso en el plazo de uno o dos días. Esto
hizo posible una réplica más eficaz. Aun reconociendo
las ventajas del procedimiento establecido por el CSM, las ONG y los
representantes de las organizaciones de magistrados han señalado la dificultad
de garantizar una cobertura de las declaraciones del CSM equivalente a la de la
primera acusación. Se ha pedido que el Consejo Nacional Audiovisual desempeñe
un papel más activo en la sanción de los medios de comunicación por violación
de la ética profesional. De forma más proactiva, las autoridades judiciales han
adoptado medidas para mejorar la información sobre la evolución del sistema
judicial que se pone a disposición de los medios de comunicación[12]. Con todo, no
parecen haberse adoptado directrices para fijar el límite más allá del cual las
acciones políticas interfieren con el poder judicial y las decisiones
judiciales, y aún menos unas sanciones aplicables a los casos en que se rebasen
dichos límites. El informe relativo al MCV de 2014 incluía la recomendación de
«garantizar que el código deontológico de los parlamentarios incluya
disposiciones claras para que estos y el procedimiento parlamentario respeten
la independencia del poder judicial»[13].
Estas disposiciones no se han incluido en el código (véase la recomendación
repetida más abajo). Tribunal
Constitucional y respeto de las decisiones judiciales El Tribunal
Constitucional ha desempeñado un papel esencial respaldando el equilibrio de
poderes y el respeto de los derechos fundamentales en Rumanía y resolviendo los
problemas no resueltos por vía judicial. Después de la entrada en vigor del
nuevo Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las sentencias del
Tribunal Constitucional han superado los principales escollos. Otro ejemplo
importante se refería a la Ley sobre incompatibilidades, que ha resuelto un
problema que venía generando incoherencias en las sentencias judiciales[14]. Algunas
sentencias del Tribunal Constitucional han representado un reto importante para
el sistema judicial, requiriendo la adaptación de los métodos de trabajo. Otras
han requerido una modificación urgente de la legislación. La reacción de las
autoridades judiciales y del Ministerio de Justicia ha respetado el plazo
establecido. No obstante, hay claros ejemplos en los que el Parlamento no ha
seguido inmediatamente las sentencias del Tribunal Constitucional relativas a
la legislación o a los derechos y obligaciones de los parlamentarios[15]. En
lo que se refiere más generalmente al respeto de las resoluciones judiciales,
el sistema judicial parece cada vez más propenso a emprender acciones tendentes
a garantizar que van seguidas de medidas de ejecución oportunas. Pero aún
quedan problemas importantes[16], y
las empresas y las ONG han señalado el incumplimiento de ciertas decisiones por
parte de los poderes públicos, de los que cabría esperar que diesen ejemplo. Constitución Los debates
sobre una revisión de la Constitución avanzaron a principios de 2014,
habiéndose presentado proyectos de enmienda en febrero de dicho año. Muchos de
ellos fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional y
varios problemas serios fueron señalados por la Comisión de Venecia[17].
En caso de que se reanude el trabajo, ello representaría una oportunidad para
reexaminar la manera en que podría utilizarse la Constitución a fin de
consolidar la independencia del poder judicial. El proceso de
revisión de la Constitución es pertinente para el MCV, ya que algunas enmiendas
afectan a la justicia y al funcionamiento del Consejo Superior de la
Magistratura. El proceso de «parada y arranque» seguido hasta la fecha ha sido
criticado por la falta de transparencia, tanto en lo relativo al calendario
como al proceso de consulta. Sin embargo, la intervención de la Comisión de
Venecia ha ayudado a focalizar el proceso, y la plena participación de las
instituciones fundamentales, como el CSM, podría contribuir a generar confianza
en que cualquier modificación respetará plenamente la independencia del poder
judicial. En anteriores
informes sobre el MCV se ha abordado el recurso a los decretos gubernamentales
urgentes como parte del sistema legislativo en el que ha de desarrollarse la
normativa sobre reforma judicial y sobre la corrupción[18].
Se han detectado dos dificultades, en particular en los debates con el Tribunal
Constitucional. Una es el recurso frecuente a decretos gubernamentales
urgentes, lo que limita las oportunidades de consulta y ha provocado una falta
de claridad legislativa, y repercute en la unificación de la jurisprudencia y
la práctica[19].
La segunda se refiere a la posibilidad de impugnar estos decretos. La
utilización de dichos decretos puede ser impugnada por el Defensor del Pueblo.
En anteriores informes relativos al MCV se ha señalado la importancia de esta
función para el equilibrio de poderes y la calidad del procedimiento
legislativo. El Defensor del Pueblo actual, elegido en abril con el apoyo de un
único partido[20],
ha manifestado la opinión de que el Defensor del Pueblo no debe inmiscuirse en
las cuestiones que se refieren al equilibrio de poderes entre las autoridades
estatales, sino que debe centrarse fundamentalmente en cuestiones de derechos
individuales. Si bien es comprensible que el Defensor del Pueblo disponga de un
margen de apreciación en cuanto a los casos en que ejerce su facultad de
someter al Tribunal Constitucional la cuestión de la constitucionalidad de
decretos urgentes en una fase temprana, esta autolimitación crea en la práctica
una laguna, que, en el actual marco institucional de Rumanía, no puede ser
colmada por otros actores[21]. 2.2.
Reforma judicial[22] Nuevos
códigos Anteriores
informes relativos al Mecanismo de Cooperación y Verificación han subrayado la
importancia de los nuevos códigos jurídicos para la modernización del sistema
judicial rumano[23].
La aplicación del nuevo Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en
febrero de 2014, fue una tarea de envergadura, y una prueba de la capacidad de
adaptación del sistema judicial. El cambio se alcanzó con éxito, habiendo
contribuido a ello la colaboración entre las principales instituciones: el
Ministerio de Justicia, el Tribunal Supremo de Casación y Justicia (TSCJ), el
CSM, la Fiscalía y el Instituto Nacional de la Magistratura. La magistratura
rumana ha demostrado ser capaz de adaptarse a los nuevos códigos sin una
interrupción de su actividad. Ya parecen haberse utilizado con buenos
resultados algunas medidas innovadoras, tales como la posibilidad de sentencias
de conformidad. Han
aparecido algunas cuestiones complejas relativas a la transición. En una serie
de casos se han encontrado soluciones, como por ejemplo en la aplicación del
principio de la legislación más favorable. Para algunas cuestiones, el Gobierno
aprobó modificaciones por medio de decretos urgentes. Para otras cuestiones, se
presentaron propuestas legislativas, pero aún están pendientes los
correspondientes procedimientos parlamentarios. También se necesitarán nuevas adaptaciones
tras las sentencias del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, el Tribunal
declaró en diciembre que eran anticonstitucionales algunas disposiciones de los
códigos en relación con el control judicial y las salas preliminares[24].
En materia de control judicial, el Ministerio de Justicia ha actuado para
garantizar la continuidad dentro del plazo aceptado. En lo que se refiere a las
salas preliminares, el TSCJ y el CSM comenzaron a buscar inmediatamente
soluciones prácticas que permitan la presencia del abogado defensor. Un
nuevo desafío práctico vendrá con la entrada en vigor diferida de ciertas
disposiciones de los códigos civiles en 2016. No obstante, existen pruebas de
que los códigos civiles han conseguido algunos de sus objetivos y, en
particular, la disminución de la duración de los juicios (aproximadamente un
año y seis meses por término medio). Para febrero de 2015 está prevista una
evaluación similar de la repercusión de los códigos penales. Estrategia
de Desarrollo del Sistema Judicial (2015-2020) La
Estrategia de Desarrollo del Sistema Judicial para los años 2015-2020,
presentada por el Ministerio de Justicia, fue aprobada por el Gobierno el 23 de
diciembre de 2014. Este documento se inspira en gran medida en las
recomendaciones del MCV, así como en estudios realizados con el Banco Mundial,
en particular el dedicado al análisis funcional del sistema judicial rumano
(Functional
Analysis of the Romanian judiciary)[25] [26].
Partiendo de una serie de principios fundamentales, basados en la primacía de la
ley, la estrategia define los objetivos en cuanto a reformas adicionales en el
período 2015-2020 a fin de aumentar la eficacia, el control democrático y la
calidad de la justicia. Esta estrategia y su plan de acción deben ser también
el punto de partida para la definición de las prioridades de la financiación de
la UE en el ámbito de la justicia. El proceso de aprobación del documento ha
sido lento, aunque el primer proyecto ya estaba listo en septiembre de 2013. La
consulta tuvo lugar en el otoño y la estrategia y su plan de acción deberían
estar finalizados en abril de 2015. La
experiencia sugiere que esta estrategia cuenta con una amplia adhesión y
participación de los principales actores. Sin embargo, el CSM parece haber
estado trabajando principalmente en varios proyectos en paralelo. Presupuesto
y recursos humanos A
pesar de las presiones sobre las finanzas públicas, el Ministro de Justicia ha
logrado considerables aumentos de la financiación disponible para facilitar la
reforma. En 2014, el presupuesto aumentó un 4 % y el proyecto de
presupuesto de 2015 incluye otro incremento. Esto ha contribuido a la
financiación de nuevos puestos de trabajo en los tribunales y las fiscalías
(200 nuevos puestos auxiliares). La Escuela Nacional de Secretarios Judiciales,
el Instituto Nacional de la Magistratura y el CSM han organizado formaciones y
los concursos para los nuevos puestos de trabajo, habiéndose cubierto
rápidamente las vacantes correspondientes. Se ha determinado la necesidad de
aumentar el número de secretarios judiciales, modernizar los equipos
informáticos y renovar los edificios de los tribunales, así como apoyar a las
instituciones fundamentales, tales como la Inspección Judicial y la Escuela
Nacional de Secretarios Judiciales. Se espera que la financiación de la UE
desempeñe un importante papel en el apoyo a proyectos específicos vinculados a
la reforma. Eficiencia
del sistema judicial Una
carga de trabajo excesiva constituye un problema recurrente del sistema
judicial. Ello repercute en la calidad de las decisiones judiciales y en la
facilidad del acceso a la administración de justicia. El Ministerio de Justicia
y el CSM han presentado una serie de propuestas legislativas para abordar el
problema que plantea la carga de trabajo. Una ley (aprobada rápidamente por el
Parlamento en octubre de 2014) abordó la duplicación de procedimientos de
ejecución de las resoluciones judiciales, y se estima que liberó a los
tribunales civiles de aproximadamente 300 000 casos. Ha resultado más
difícil lograr un consenso sobre el cierre de los pequeños juzgados y parece
haberse estancado una ley encaminada a dar más libertad a los interesados para
la distribución de funciones entre los jueces y los secretarios judiciales.
Como formas de avanzar se han sugerido soluciones imaginativas, como los
tribunales itinerantes o la ruptura del paralelismo entre los tribunales y las
fiscalías. En
mayo, el CSM creó un grupo de trabajo con la misión de definir los métodos para
medir, analizar y mejorar los resultados de todos los órganos jurisdiccionales.
Esto parece ser un importante paso en el suministro de instrumentos para
gestionar el funcionamiento del sistema judicial, en particular en el contexto
de la estrategia judicial global. Podría ser útil examinar en este marco la
acción del sistema judicial para garantizar la ejecución de sus resoluciones. El
CSM sigue sancionando las faltas profesionales y las faltas disciplinarias de
los magistrados. La Inspección Judicial se ha convertido en el principal
organismo responsable de investigar las faltas disciplinarias. El número de
expedientes disciplinarios aumentó en 2014 en comparación con 2013, y el
proceso de toma de decisiones ha sido más rápido. Varias
encuestas han puesto de manifiesto una mayor confianza de los ciudadanos rumanos
en el sistema judicial de su país, en particular en las instituciones que
persiguen la corrupción de alto nivel[27].
Se trata de un importante reconocimiento de los avances logrados, pero que
viene acompañado de unas expectativas cada vez mayores. Los abogados, los
empresarios y las ONG siguen notificando dificultades en sus relaciones con los
tribunales. Coherencia
de la jurisprudencia Otro
elemento esencial de la reforma judicial es la coherencia de la jurisprudencia.
El TSCJ ha seguido ampliando su utilización de recursos y decisiones
prejudiciales en interés de la ley con el fin de unificar la jurisprudencia.
También ha adoptado medidas destinadas a mejorar la difusión de las sentencias
judiciales. Medidas prácticas similares se han observado en el Ministerio
Fiscal y en las altas instancias judiciales. Las inspecciones temáticas
llevadas a cabo por la Inspección Judicial también contribuyen a la coherencia
de las prácticas. A
pesar de estos esfuerzos, sigue existiendo una serie de obstáculos a la coherencia.
Aún no parece clara la responsabilidad de los magistrados en caso de que
decidan apartarse de la práctica establecida o de la jurisprudencia. El CSM ha
tenido que dejar claro que la independencia del poder judicial no puede ser una
excusa para prácticas no uniformes. La administración pública también tiene la
obligación de aceptar las sentencias alcanzadas en casos recurrentes. De este
modo, se limitará el número de asuntos judiciales y se reforzará la seguridad
jurídica, al evitar la adopción de decisiones divergentes en asuntos idénticos.
Ha
habido progresos en cuanto a la publicación de las resoluciones judiciales. El
Ministerio de Justicia finalizó un proyecto de portal de consolidación de la
legislación vigente (financiado con fondos de la UE)[28]. El
TSCJ dispone de un excelente sitio web. El CSM también ha firmado un acuerdo de
asociación con la misión de organizar la publicación de la jurisprudencia, que
comenzará en agosto de 2015. 2.3.
Integridad Agencia
Nacional de Integridad (ANI) y Consejo Nacional de Integridad (CNI) La
Agencia Nacional de Integridad (ANI) ha proseguido la tramitación de un gran
número de casos en 2014[29].
Un elevado porcentaje (70 %) de las decisiones de la ANI sobre
incompatibilidades y conflictos de intereses se impugnaron ante los tribunales,
pero alrededor de un 90 % de ellas fueron confirmadas por estos. Las
interpretaciones de la ley realizadas por la ANI han sido confirmadas tanto por
el Tribunal Constitucional como por el TSCJ. Por tanto, puede considerarse que la
ANI actúa sobre una sólida base jurídica. En 2014, el TSCJ también contribuyó a
encontrar soluciones para acelerar la tramitación de los asuntos de
incompatibilidad, a pesar de tener que ocuparse de otras peticiones que
aumentaban su carga de trabajo. Esto ha contribuido a garantizar la seguridad
jurídica y a mejorar el efecto disuasorio de las leyes en materia de
integridad. No
obstante, a pesar del carácter sensible de la línea divisoria entre la
independencia judicial y la incoherencia judicial, en 2014 hubo varios ejemplos
de resoluciones contradictorias procedentes de órganos jurisdiccionales
diferentes (incluso al nivel del tribunal de apelación), que ofrecían
interpretaciones diferentes, las cuales, en ocasiones, diferían de las
interpretaciones del propio TSCJ[30]. Se
considera que está mejorando el seguimiento de las decisiones de la ANI. No
obstante, sigue habiendo casos en los que la falta de aplicación ha obligado a
la ANI a enviar el expediente al Ministerio Fiscal (no aplicar una decisión
final es un delito) o a imponer multas[31].
Esto parece indicar un nivel bajo de comprensión, por parte de los ciudadanos,
de que las normas sobre incompatibilidades pueden ser un medio para evitar los
conflictos de intereses. Esto queda ilustrado por el gran número de casos de
cargos electos en que se detectan incompatibilidades[32].
Dado que la jurisprudencia permite concienciar a los ciudadanos sobre la
necesidad de que se apliquen las decisiones en materia de incompatibilidades,
también podrían utilizarse otras medidas para garantizar que las normas se
conozcan bien. Desde
un punto de vista presupuestario y de personal, la situación de la ANI se ha
mantenido estable en 2014. La Agencia se ha asegurado los recursos necesarios
para realizar un importante nuevo proyecto en 2015. El sistema informático
«Prevent» para el control ex ante de los conflictos de intereses en la
contratación pública estará totalmente finalizado a mediados de 2015 y deberá
aportar grandes beneficios, evitando desde un principio conflictos de intereses.
El sistema se aplicará a la contratación tanto con fondos de la UE como con
fondos nacionales. La legislación de desarrollo necesaria deberá ser aprobada
en la primavera de 2015, previa consulta. El
Consejo Nacional de Integridad (CNI) ha seguido cumpliendo su papel de
organismo de supervisión, en particular interviniendo tanto públicamente como
frente al Parlamento en caso de necesidad[33].
El mandato actual del CNI expiró en noviembre de 2014. El proceso de
nombramiento de un nuevo CNI fue objeto de numerosas controversias, incluida la
propuesta de nombramiento (en una primera fase) de candidatos sujetos a su vez
a procedimientos de la ANI, lo que ha arrojado dudas sobre el verdadero empeño
de las autoridades en apoyar a las instituciones encargadas de defender la
integridad y sugería que el objetivo de integridad no había sido bien
entendido. Marco
de integridad: Parlamento La
estabilidad del marco jurídico en materia de integridad sigue siendo una
cuestión problemática. En el Parlamento se han elaborado propuestas encaminadas
a modificar algunos aspectos del marco jurídico. Aunque ninguna de ellas se ha
traducido en la aprobación de una ley, no hay pruebas de que se hayan evaluado
con antelación las implicaciones para las incompatibilidades o los riesgos de
corrupción, y no se consultó a la ANI[34].
Un problema particular han sido las normas sobre incompatibilidades que afectan
a las autoridades locales electas, tales como los alcaldes, dado su papel
fundamental en la contratación pública. Aunque cabe destacar que no se repitió
la votación parlamentaria de diciembre de 2013[35],
sigue muy marcada la impresión de que en el Parlamento no existe consenso en
favor de una legislación estricta en materia de integridad. Un
plan anterior tendente a codificar todas las normas sobre integridad —que
habría contribuido a mejorar su coherencia y claridad— se ha dejado en suspenso
debido a la preocupación por el hecho de que el proceso legislativo pueda
rebajar el nivel de las normas existentes. Se trata de una oportunidad perdida
para eliminar cualquier riesgo de ambigüedad en las normas. También será
importante integrar en la legislación las sentencias pronunciadas en 2014 por
el Tribunal Constitucional, que confirman la constitucionalidad de las
disposiciones en materia de incompatibilidades[36]. El
seguimiento por el Parlamento de las decisiones de la ANI (en caso de ser
confirmadas por el Tribunal) sigue siendo incoherente, a pesar de que cabía
esperar que las reformas aportasen una mayor automaticidad. En un asunto
emblemático, solo se encontró la solución tras la dimisión de un senador. En
otro asunto, la Cámara tardó muchos meses en tomar una decisión, a pesar de que
ahora las normas disponen que deben respetarse de forma automática las
sentencias judiciales firmes[37].
Un nuevo asunto de posible incompatibilidad de un diputado está a la espera de
la decisión del Parlamento. Lucha
contra la corrupción Lucha
contra la corrupción de alto nivel Los
informes relativos al MCV recientes[38]
han indicado una eficacia creciente en la lucha contra los casos de corrupción
de alto nivel, tendencia que se ha confirmado en 2014. Ello es válido tanto
para la DNA por lo que respecta a la labor de acusación[39]
como para el TSCJ en cuanto al enjuiciamiento[40].
Esto también confirma que persiste un importante problema[41] [42]. La
actividad de la DNA en 2014 abarcó una amplia gama de casos de corrupción de
alto nivel en todas las ramas de la función pública, en los que estaban
involucradas personalidades de diversos partidos. Entre las personas acusadas o
que seguían siendo objeto de investigación cabe citar diputados, alcaldes,
jueces, fiscales de alto rango y ministros, en activo o no. Los
asuntos tratados por el TSCJ incluyen condenas en última instancia de un
antiguo primer ministro, antiguos ministros, diputados, alcaldes y magistrados.
También ha habido otros asuntos importantes, en los que estaban implicadas
personalidades influyentes del mundo de los negocios, resueltos por el Tribunal
de Apelación. Sin embargo, la ejecución de la mayoría de las sentencias en los
asuntos de corrupción es objeto de suspensión (aunque este fenómeno es menos
frecuente a nivel del TSCJ). Durante
la mayor parte de 2014, la DNA tuvo escaso éxito en su intento de persuadir al
Parlamento a adherirse a sus peticiones de suspensión de la inmunidad
parlamentaria para permitir la apertura de una investigación y la aplicación de
medidas de prisión preventiva. Esta tendencia parece haber cambiado a finales
de 2014, cuando el Parlamento procedió a la suspensión de la inmunidad de varios
diputados investigados por la DNA en un asunto de corrupción de gran
envergadura. La respuesta del Parlamento a las peticiones de la DNA parece
arbitraria y carente de criterios objetivos. En cambio, todas las peticiones de
suspensión de la inmunidad parlamentaria de ministros enviadas al Presidente de
Rumanía fueron aprobadas[43].
Sin embargo, no ha habido unas normas claras para el seguimiento de la
recomendación del MCV a fin de garantizar la rápida aplicación de las normas
constitucionales sobre la suspensión de los ministros acusados y suspender a
los diputados cuya integridad ha sido objeto de una sentencia condenatoria o
sobre los que ha recaído una condena por corrupción[44].
El hecho de que sigan en el cargo ministros tras haber sido objeto de acusación
en materia penal y diputados con condenas firmes por corrupción plantea algunas
cuestiones más generales acerca de las actitudes frente a la corrupción en la
clase política de Rumanía. El
rechazo de la Ley de amnistía por el Parlamento en noviembre de 2014 dio una
señal positiva al mostrar su oposición a una ley que en la práctica habría
exculpado a las personas condenadas por delitos de corrupción. No obstante, el
hecho de que tan solo una semana después de esta votación volviera a
presentarse en el Parlamento un nuevo proyecto de ley sobre una amnistía
colectiva indica que el debate no está cerrado. El
aumento de la actividad también está relacionado con la denuncia de casos de
corrupción dentro de la Magistratura, que se reconoce como una forma de corrupción
particularmente corrosiva[45].
Según la DNA, esta elevada cifra no refleja un aumento de la corrupción dentro
de la Magistratura (si bien la magnitud del fenómeno es un motivo de
preocupación), sino más bien un aumento en el número de denuncias presentadas[46].
Estos casos son complejos y se ha creado una nueva unidad especial en la DNA
con la misión de abordarlos. Lucha
contra la corrupción a todos los niveles En
los últimos años, en los informes relativos al MCV ha sido difícil encontrar un
balance de la lucha contra la corrupción en la sociedad en general. No
obstante, en 2014 se observaron algunos signos de progreso. El Ministerio
Fiscal ha adoptado una serie de medidas concretas para mejorar los resultados
de los procesos judiciales en este ámbito[47].
La Dirección General Anticorrupción, como servicio de apoyo de los procesos
judiciales (DNA y Fiscalía General) y como organismo interno de lucha contra la
corrupción en el Ministerio del Interior, ha seguido desempeñando un papel
significativo, aunque sus planes de ampliar su competencia a otros ministerios
parecen haber sido bloqueados. Sin embargo, el número de resoluciones
judiciales sobre casos de corrupción ha disminuido en 2014, y sigue siendo
elevada la proporción de personas condenadas con suspensión de pena
(80 %). La
Estrategia Nacional Anticorrupción 2012-2015[48] se
ha convertido en un marco importante para la administración pública. La segunda
ronda de evaluación, sobre la base de la revisión inter pares, tuvo
lugar en 2014 al nivel de las administraciones públicas locales. El concepto se
basa en las prácticas del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) y de la
OCDE. Las entidades que forman parte de la Estrategia Nacional Anticorrupción
(ENA) se comprometen a respetar un conjunto de 13 medidas preventivas
jurídicamente vinculantes y se someten a una revisión inter pares. Este
trabajo también está respaldado por proyectos preventivos concretos
desarrollados por organizaciones no gubernamentales con el apoyo de los fondos
de la UE (particularmente, en el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de
Desarrollo Regional). Si bien esta labor sigue siendo fragmentaria y ha de
trabajarse con empeño para arraigarse en las administraciones que se enfrentan
a una escasez de recursos, existe una serie de casos patentes de éxito. La
evaluación de riesgos y los controles internos son ámbitos de acción
prioritarios. Recientemente ha habido importantes casos de cohecho, que, aunque
podrían haber sido detectados antes si se hubiese realizado un examen detenido
de los registros, fueron sacados a la luz por la presentación de una denuncia[49].
En una situación de presión sobre el gasto público, cabría esperar una
focalización en los ámbitos de los impuestos y el gasto que representan
importes elevados. También pueden extraerse enseñanzas en términos de quién
tiene que presentar declaraciones de activos, y la manera de controlarlas. En
relación con la recuperación de activos, y, en particular, la reparación de los
daños causados, las autoridades rumanas reconocen que el sistema debe
mejorarse. Aunque uno de los problemas en este ámbito es la necesidad de
mejorar la recogida de datos, el índice de recuperación garantizado por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria en la ejecución de las decisiones
de los tribunales se estima en solo el 5-15 % de los activos objeto de una
orden judicial. Esto hace las sanciones menos disuasorias, y, asimismo,
perpetúa la pérdida sufrida por la víctima (a menudo el Estado en los casos de
corrupción), proporcionando otro ejemplo de falta de ejecución de las
decisiones judiciales. La decisión del Ministerio de Justicia de crear una
nueva Agencia para hacer frente a la gestión de los activos incautados es una
oportunidad para mejorar la situación. Los
procedimientos de contratación pública, en particular a nivel local, siguen
expuestos a la corrupción y a los conflictos de intereses, hecho que es
ampliamente reconocido por las autoridades rumanas encargadas de velar por la
integridad y por la aplicación de la legislación. Esto ha tenido consecuencias
para la absorción de los fondos de la UE. Sin embargo, también es cierto que
existen otros muchos factores, entre los que cabe destacar la capacidad
administrativa de los compradores públicos, la falta de estabilidad y la
fragmentación del marco jurídico, y la calidad de la competencia en la
contratación pública. Renovar el diálogo estructurado entre la Comisión y
Rumanía en el marco de la aplicación de las nuevas Directivas sobre
contratación pública, y del mecanismo de condicionalidad ex ante para
los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos debe ayudar a detectar
deficiencias, incluidas las áreas de riesgo en materia de corrupción y
conflicto de intereses. El control ex ante de la contratación pública
diseñado por la Agencia Nacional de Integridad parece ser un paso en la buena
dirección, pero debería ir acompañado de otras acciones para reducir al mínimo
las posibilidades de que aparezcan conflictos de intereses, favoritismo, fraude
y corrupción en la contratación pública. 3.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES El
informe relativo al MCV de 2014, elaborado por la Comisión, ha puesto de
manifiesto una serie de áreas de progreso, algunas de las cuales muestran una
resiliencia que es indicio de sostenibilidad. Esta tendencia se confirmó
durante el pasado año. Las medidas adoptadas por las principales instituciones
judiciales y por las instituciones responsables de la integridad para luchar
contra la corrupción de alto nivel han mantenido una dinámica excelente y
llevado a una mayor confianza de los ciudadanos rumanos en el poder judicial,
en general, y en las instancias encargadas de luchar contra la corrupción, en
particular. Esta tendencia ha sido apoyada por un mayor nivel de
profesionalidad del sistema judicial en su conjunto, y particularmente por la
voluntad de defender la independencia de la judicatura de un modo más coherente
y por un enfoque más dinámico en favor de la coherencia de la jurisprudencia.
En la actualidad existe una oportunidad de poner a prueba este progreso en
momentos de especial sensibilidad, especialmente en lo que se refiere a los
nombramientos de altos cargos. Al
mismo tiempo, persiste la idea de que los progresos deben consolidarse y
afianzarse más. Aunque la aplicación de los códigos ha permitido al Gobierno y
a la Magistratura trabajar conjuntamente de forma productiva y pragmática
durante un año, siguen pendientes muchas cuestiones legislativas. Sigue
habiendo un sorprendente grado de incoherencia en algunas resoluciones
judiciales, lo que no deja de ser preocupante. Las decisiones adoptadas en el
Parlamento acerca del enjuiciamiento de diputados en las mismas condiciones que
el resto de los ciudadanos todavía parecen carecer de criterios objetivos y de
un calendario fiable. El Parlamento también se ha mostrado en varias ocasiones
reticente a aplicar decisiones definitivas de los tribunales o decisiones del
Tribunal Constitucional, lo que constituye un problema aún más extendido, y,
aunque en el seno de la administración pública realmente se está abriendo
camino la idea de la necesidad de abordar la corrupción de forma global, la
magnitud del problema exige un enfoque más sistemático. La
Comisión acoge con satisfacción la constructiva cooperación que ha mantenido
con las autoridades rumanas a lo largo del pasado año. El consenso en favor de
la reforma y la confianza en que el progreso está arraigando siguen una
tendencia al alza, que deberá mantenerse. La Comisión confía en seguir
colaborando estrechamente con Rumanía para garantizar el logro de los objetivos
del MCV. La
Comisión invita a Rumanía a adoptar medidas en los siguientes ámbitos: 1. Independencia judicial ·
Garantizar
que el nombramiento del nuevo Fiscal Jefe de la Dirección de Investigación de
la Delincuencia Organizada y el Terrorismo (DIICOT) tenga lugar con arreglo a
un procedimiento transparente y basado en el mérito. ·
Llevar
a cabo un examen global de los procedimientos de nombramiento de altos cargos
de la Magistratura, con el fin de disponer de unos procedimientos claros y
exhaustivos de aquí a diciembre de 2015, inspirándose en los procedimientos
utilizados para designar al presidente del Tribunal Supremo de Casación y
Justicia (TSCJ). ·
Garantizar
que el código deontológico de los parlamentarios incluya disposiciones claras
para que los miembros de las cámaras y el proceso parlamentario respeten la
independencia del poder judicial. ·
En
los debates sobre la Constitución, mantener en el centro del debate la
independencia judicial y su papel en materia de controles y equilibrios. 2.
Reforma judicial ·
Completar
los ajustes necesarios de los códigos penales lo antes posible, en consulta con
el Consejo Superior de la Magistratura (CSM), el Tribunal Supremo de Casación y
Justicia y la Fiscalía. El objetivo deberá ser garantizar un marco estable que
no requiera modificaciones sucesivas. ·
Elaborar
un plan de acción operativo para la aplicación de la estrategia de reforma
judicial, con un calendario preciso y con la implicación del Ministerio de
Justicia y del CSM, dando a las principales partes interesadas la oportunidad
de contribuir a dicho plan. Dotar a los organismos del sistema judicial de
herramientas más eficaces que les permitan obtener información sobre el
funcionamiento de la administración de justicia (instrumentos estadísticos,
sistemas de gestión de los asuntos, encuestas entre los usuarios y el personal,
etc.), a fin de que el proceso de toma de decisiones esté basado en datos de
mayor calidad y sean patentes los avances. ·
Estudiar
soluciones pragmáticas para mantener el acceso a los tribunales sin conservar
el actual mapa judicial de juzgados pequeños. ·
Mejorar
el seguimiento de las sentencias judiciales a todos los niveles para garantizar
la adecuada ejecución de las sentencias y las sanciones pecuniarias. 3.
Integridad ·
Volver
a examinar la manera de garantizar que las resoluciones judiciales que
requieran la suspensión de funciones de los diputados sean aplicadas
automáticamente por el Parlamento. ·
Aplicar
el control ex ante por parte de la ANI a los conflictos de intereses en
la contratación pública. Reforzar los contactos entre la Fiscalía y la ANI, de
forma que se persigan las posibles infracciones relacionadas con los casos de
la ANI. ·
Estudiar
vías para mejorar la aceptación por la opinión pública y la aplicación efectiva
de las normas en materia de incompatibilidades y prevención de
incompatibilidades. 4.
Lucha contra la corrupción ·
Mejorar
la recogida de estadísticas sobre recuperación efectiva de activos y garantizar
que la nueva Agencia pueda mejorar la gestión de los activos congelados y
colaborar con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para mejorar las
tasas de recuperación. Otras partes de la administración pública deben ser
consideradas claramente responsables en caso de no abordar estas cuestiones. ·
Intensificar
las acciones de prevención y represión de los conflictos de intereses, el
favoritismo, el fraude y la corrupción en la contratación pública, prestando
una atención particular a los sectores fundamentales, tales como el sistema
judicial. ·
Utilizar
la estrategia nacional de lucha contra la corrupción para detectar mejor las
áreas con riesgo de corrupción y diseñar medidas educativas y preventivas, con
el apoyo de las ONG y aprovechando las oportunidades que ofrecen los fondos de
la UE. ·
Seguir
mejorando la lucha contra la corrupción de bajo nivel, tanto mediante medidas
preventivas como mediante sanciones disuasorias. [1] Conclusiones
del Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2006 (13339/06); Decisión de la
Comisión por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de
los avances logrados por Rumanía para cumplir indicadores concretos en materia
de reforma judicial y lucha contra la corrupción, 13 de diciembre de 2006
[C(2006) 6569 final]. [2] http://ec.europa.eu/cvm/key_documents_en.htm [3] Encuesta
«Flash» de Eurobarómetro nº 406. [4] Algunos
Estados miembros proporcionan asistencia técnica a Rumanía en ámbitos
pertinentes del MCV. [5] COM(2014)
37 final; COM(2013) 47 final; COM(2012) 410 final. [6] El
Fiscal Jefe dimisionario de la DIICOT está acusado de corrupción por hechos anteriores
a su nombramiento en 2013. En enero de 2013, la Comisión expresó su
preocupación por el proceso en curso y recomendó a Rumanía que garantizase que
los nuevos altos cargos del Ministerio Fiscal sean elegidos entre un grupo
suficientemente amplio de candidatos cualificados al término de un proceso
abierto y transparente y cumplan los criterios de competencia e integridad.
COM(2013) 47 final, p. 7. [7] Esta
situación fue fuente de controversia en lo que se refiere a los nombramientos
para los altos cargos del Ministerio Fiscal en el período 2012-2013. [8] Las
normas europeas de la Comisión de Venecia relativas a la independencia del
sistema judicial insisten en la importancia de evitar que los políticos
desempeñen un papel demasiado preponderante en el nombramiento de cargos del
Ministerio Fiscal. [9] Fiscal
general y fiscal jefe de la DNA: mayo de 2016; Presidente del Tribunal Supremo
de Casación y Justicia: septiembre de 2016; Consejo Superior de la
Magistratura: elecciones en 2016. El Presidente y el Vicepresidente de la
Agencia Nacional de Integridad se nombrarán también en abril de 2016. [10] COM(2013) 47 final,
p. 4. COM(2014) 37 final, p. 3. [11] Por
ejemplo, después del dictamen relativo a las leyes de conservación de datos. [12] Informe
técnico, apartado 1.1.2. [13] Véase,
por ejemplo, COM(2014) 37 final, p. 13. [14] Informe
técnico, apartado 1.1.1. [15] Por
ejemplo, en el ámbito de las decisiones sobre incompatibilidades, algunas
instituciones, incluido el Parlamento, siguen mostrándose reticentes a aplicar
decisiones definitivas contra sus miembros. Véase el apartado sobre integridad
y el informe técnico. [16] Véase
más abajo en relación con la confiscación. [17] Se acoge
favorablemente el hecho de que las autoridades rumanas hayan asociado a la
Comisión de Venecia y a la Comisión Europea al proceso de reforma
constitucional. La Comisión de Venecia también ha criticado los cambios
introducidos en el sistema judicial, y, en particular, el hecho de privar al
TSCJ de la responsabilidad de investigar y enjuiciar a los parlamentarios. La
Comisión de Venecia también pidió que se examinase más detenidamente el
estatuto de fiscal. [18] Este
extremo también ha sido señalado por la Comisión de Venecia. [19] En
términos más generales, la «Estrategia para el reforzamiento de la
administración pública», adoptada por el Gobierno en octubre de 2014, debería
ayudar a mejorar la calidad de la legislación. [20] En el
informe relativo al MCV de julio de 2012 se señala: «Las autoridades rumanas
deben garantizar la independencia de esa institución y nombrar para ese cargo a
una personalidad que cuente con el apoyo de todos los partidos y pueda
desempeñar eficazmente y con plena independencia las funciones que la
legislación le atribuye» [COM(2012) 410 final, p.18]. [21] Por
ejemplo, existía la opinión muy extendida de que el decreto gubernamental
urgente de agosto de 2014 sobre «migración de los partidos políticos» planteaba
cuestiones constitucionales. El Defensor del Pueblo no sometió la cuestión al
Tribunal Constitucional. La Ley fue posteriormente declarada inconstitucional
previa consulta de los diputados en una fase posterior del procedimiento,
cuando ya había entrado en vigor. [22] La
importancia de la reforma judicial en Rumanía se reconoce también en el
contexto del Semestre Europeo, a través de las recomendaciones específicas para
Rumanía adoptadas por el Consejo en julio de 2014, que instan al país a mejorar
la calidad y la eficiencia de su sistema judicial (2014/C 247/21). [23] COM(2014)
37 final. [24] Véase el
informe técnico, apartado 1.1.1. [25] http://www.just.ro/LinkClick.aspx?fileticket=h7Nit3q0%2FGk%3D&tabid=2880. [26] El
proyecto de consulta pública se basa en: la revisión funcional del sistema
judicial; los informes relativos al MCV y las recomendaciones de la CE; la
optimización de los tribunales; y las contribuciones de los servicios
especializados del Ministerio de Justicia, del CSM, del Ministerio Fiscal, del
Tribunal Supremo de Casación y Justicia, de la Oficina nacional de comercio y
de la Oficina nacional de instituciones penitenciarias. [27] Informe
técnico, apartado 1.4.8. [28] La base
de datos ofrece acceso gratuito a la legislación rumana desde 1989 en un
formato de fácil utilización. [29] Informe
técnico, apartado 2.1.3. Se notificó un total de 638 asuntos a la ANI y 541 se
iniciaron de oficio. La ANI finalizó 514 informes en 2014. En comparación con
2013, se produjo un aumento de los asuntos de conflictos de intereses y
enriquecimiento injustificado, y una disminución de los asuntos de
incompatibilidades. [30] Uno de
los candidatos en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de 2014 había
sido objeto de una decisión de incompatibilidad. Su elegibilidad fue impugnada
por la ANI, pero el tribunal de apelación dictaminó que podía presentarse a las
elecciones (aunque se trataba del problema del «mandato idéntico», sobre el
cual ya se había pronunciado el TSCJ). El tribunal de apelación no remitió el
asunto al TSCJ, de forma que no había ningún mecanismo para que el TSCJ pudiese
restablecer su propia interpretación de esta cuestión. [31] Por
ejemplo, la ANI ha tenido que imponer una multa a los miembros de un consejo
municipal hasta que finalmente aplicaron una decisión de la ANI sobre conflicto
de intereses a uno de ellos, destituyéndolo de su puesto. La ANI incluso tuvo
que considerar la adopción de medidas similares contra una comisión
parlamentaria. [32] Véase el
informe técnico, apartado 2.1. En 2014, la Agencia constató 294 casos de
incompatibilidad, de los cuales el 70 % afectaban a funcionarios electos. [33] Por
ejemplo, a fin de garantizar la independencia de la Agencia ante el Senado:
http://www.integritate.eu/Comunicate.aspx?Action=1&Year=2014&Month=5&NewsId=1578¤tPage=3&M=NewsV2&PID=20. [34] Por
ejemplo, la manera en que se presentó la propuesta de modificación de la Ley
nº 51/2006 sobre los servicios comunitarios o los intereses públicos. [35] En
particular, las enmiendas al Código Penal adoptadas por el Parlamento Europeo
en diciembre de 2013, y declaradas inconstitucionales por el Tribunal
Constitucional en enero de 2014, habrían debilitado la eficacia del marco de
integridad. [36] Sobre
todo en lo que se refiere, en particular, a la cuestión del «mandato público
equivalente» (véase el apartado 1.1.1 del informe técnico). [37] La
decisión se adoptó alrededor de seis meses después de la sentencia del Tribunal
Constitucional, pero aproximadamente dos años tras la sentencia del TSCJ. [38] COM(2014)
37 final, p. 9. [39] Informe
técnico, apartado 3.2.3. En 2014, la DNA registró 4 987 nuevos asuntos, lo
que representa un aumento muy pronunciado respecto de 2013. 1 167 personas
fueron llevadas ante los tribunales, involucradas en 246 asuntos; 47 de estas
personas aceptaron sentencias acordadas. [40] Informe
técnico, apartado 3.1. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, la
Sala de lo Penal resolvió, en primera instancia, 12 asuntos de corrupción de
alto nivel y los tribunales compuestos por cinco jueces resolvieron, en última
instancia, 13 asuntos de corrupción de alto nivel. [41] Esta
constatación también ha sido corroborada por estudios de percepción, tales como
la encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 406, que muestran que al menos
nueve de cada diez encuestados en Rumanía (91 %, proporción estable desde
2012) afirman que la corrupción es un problema importante. [42] Este
aspecto se reconoce también en las recomendaciones específicas por país
dirigidas a Rumanía por el Consejo en 2014 (2014/C 247/21) y en el Informe
sobre la lucha contra la corrupción en la UE [COM(2014) 38 final]. [43] Ministros
o ex ministros que no son miembros del Parlamento al mismo tiempo. [44] COM(2013)
47 final, p. 7. [45] En 2014,
fueron acusados de corrupción 23 jueces (incluidos cuatro jueces del TSCJ), así
como seis fiscales jefe y seis fiscales. [46] Lo que
refleja una tendencia más general de aumento de la confianza pública en la DNA
y, en general, en el sistema judicial. [47] Informe
técnico, apartado 4.1. [48] http://www.just.ro/LinkClick.aspx?fileticket=T3mlRnW1IsY%3D&tabid=2102. [49] Un
ejemplo es un caso de cohecho vinculado a pagos por discapacidad, cuya magnitud
en la localidad afectada era excesiva respecto del tamaño de la población.