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Document 52015BP0930(12)

    Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2015, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013

    DO L 255 de 30.9.2015, p. 144–152 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2015/930(12)/oj

    30.9.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 255/144


    RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 29 de abril de 2015

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013,

    Vistos el artículo 93, el artículo 94, tercer guion, y el anexo V de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A8-0102/2015),

    A.

    Considerando que el objetivo primordial del Acuerdo de Cotonú, como marco de las relaciones de la Unión con los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y los países y territorios de ultramar (PTU) es reducir la pobreza hasta erradicarla, y que este objetivo es coherente con los de desarrollo sostenible e integración gradual de los países ACP y los PTU en la economía mundial;

    B.

    Considerando que los objetivos específicos de la política de desarrollo deben estar amparados por el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE); subrayando que otras consideraciones relativas a la política comercial y a la política exterior y de seguridad no deberían ir en detrimento de las prioridades de la Unión en materia de desarrollo;

    C.

    Considerando que los Fondos Europeos de Desarrollo (FED), financiados por los Estados miembros, son el principal instrumento financiero de la Unión para la cooperación al desarrollo con los Estados ACP, y que la Comisión es responsable a efectos de la aprobación de la gestión de los FED;

    D.

    Considerando que los instrumentos de prefinanciación abonados por la Comisión Europea representaron 424 millones EUR y que los ingresos de funcionamiento alcanzaron los 124 millones EUR en el ejercicio 2013;

    E.

    Considerando que el FED ha definido sus sectores estratégicos y prioritarios sobre la base de preferencias políticas, así como de criterios económicos y financieros y de criterios de eficacia general, y que trabaja con instrumentos financieros idóneos para cumplir dichas prioridades definidas en una perspectiva sostenible y a largo plazo;

    F.

    Considerando que en el ámbito de los países en desarrollo es inherente un elevado nivel de exposición al riesgo, debido a un entorno geopolítico, institucional y administrativo frecuentemente asociado a un contexto inestable y frágil;

    G.

    Considerando que el nivel y la naturaleza del compromiso de la Unión deben ser objeto de diferenciación y de condicionalidad y depender de progresos cuantificables en diversos ámbitos, como la democratización, los derechos humanos, la buena gobernanza, el desarrollo socioeconómico sostenible, el Estado de Derecho, la transparencia y la lucha contra la corrupción;

    H.

    Considerando que el recurso a instrumentos financieros innovadores, como los mecanismos de financiación combinada, se considera una de las formas de ampliar el alcance de los instrumentos ya existentes, como las subvenciones y los préstamos, y supone asimismo desafíos en términos de control y gobernanza;

    I.

    Considerando que es fundamental garantizar la visibilidad de la Unión y fomentar sus valores en todas las intervenciones de la Unión;

    J.

    Considerando que la incorporación e integración del FED en la estructura del presupuesto de la Unión sigue siendo una prioridad del Parlamento; que la inclusión del FED en el presupuesto general proporcionaría una mayor seguridad financiera a los países receptores y mejoraría también la coherencia política y el control democrático;

    K.

    Considerando que el apoyo presupuestario conlleva un riesgo fiduciario considerable y plantea, en particular, retos en materia de transparencia, rendición de cuentas y buena gestión financiera; que el apoyo presupuestario requiere un seguimiento estrecho y un diálogo sobre políticas entre la Unión y el país socio en lo que atañe a los objetivos, los progresos hacia los resultados acordados y los indicadores de resultados así como un análisis del riesgo sistémico y una estrategia de reducción del riesgo que deben reforzarse;

    Declaración de fiabilidad

    Fiabilidad de las cuentas

    1.

    Se congratula de que el Tribunal de Cuentas estime que las cuentas anuales definitivas de los octavo, noveno y décimo FED para el ejercicio 2013 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de los FED a 31 de diciembre de 2013, y que los resultados de sus operaciones, sus flujos de tesorería para el ejercicio y los cambios en los activos netos al final del ejercicio sean conformes con lo dispuesto en Reglamento Financiero de los FED y con las normas de contabilidad para el sector público internacionalmente aceptadas;

    2.

    Observa con satisfacción la mejora registrada con respecto a 2012 al registrarse un incremento en el número y el valor de las recuperaciones, con 24 recuperaciones por un valor de 4 700 000 EUR en 2013 frente a 13 recuperaciones por un valor de 1 300 000 EUR en 2012;

    3.

    Constata, sin embargo, con profunda preocupación que los ordenadores subdelegados todavía no respetan sistemáticamente la norma según la cual, para los pagos de prefinanciación superiores a 750 000 EUR, la Comisión tiene que recuperar los intereses sobre una base, y que el importe de los ingresos por intereses que figura en las cuentas está parcialmente basado en estimaciones;

    4.

    Lamenta asimismo que los intereses percibidos sobre la prefinanciación (entre 250 000 y 750 000 EUR) no se consideraran todavía ingresos financieros en los estados financieros, debido a que aún no se había completado el desarrollo del Sistema Común de Información RELEX (CRIS);

    Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

    5.

    Acoge con satisfacción la opinión del Tribunal de Cuentas de que los ingresos y compromisos subyacentes a las cuentas del ejercicio 2013 son legales y regulares en todos sus aspectos significativos;

    6.

    Expresa su preocupación, no obstante, por la conclusión del Tribunal de Cuentas sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas según la cual los sistemas de control y supervisión en los servicios centrales de EuropeAid y en las delegaciones de la Unión son solo parcialmente eficaces para garantizar la legalidad y la regularidad de los pagos;

    7.

    Lamenta que, según la estimación del Tribunal de Cuentas, el porcentaje de error más probable en las operaciones de gasto relativas a los octavo, noveno y décimo FED sea del 3,4 %, lo que indica un ligero aumento en comparación con 2012 (3 %), pero sigue siendo inferior al nivel máximo registrado en 2011 (5,1 %);

    8.

    Toma nota de que el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre las actividades del FED para el ejercicio 2013 muestra un incremento del porcentaje de error en comparación con el ejercicio anterior y que dicho porcentaje es todavía demasiado elevado; insta a la Comisión a que se esfuerce por alcanzar el porcentaje de error acordado del 2 %;

    9.

    Toma nota con preocupación de que los pagos subyacentes a las cuentas se deben a las insuficiencias que presenta el sistema de supervisión, y de que los pagos adolecen de errores significativos; toma nota de que el 27 % de los pagos estaban afectados por errores, en concreto 45 de las 165 operaciones auditadas;

    10.

    Toma nota de los resultados de las muestras en relación con los proyectos, según los cuales de las 130 operaciones de gastos auditadas, 42 (el 32 %) estaban afectados por errores, y, en particular, del hecho de que de 30 de esas 42 operaciones contenían errores considerados cuantificables y 17 correspondían a operaciones finales autorizadas después de haberse realizado todos los controles ex ante;

    11.

    Lamenta que, a pesar del plan de medidas correctivas creado en mayo de 2013, la tipología de errores establecida sea, en gran medida, similar a la de años precedentes, a saber, ausencia de documentación justificativa, incumplimiento por el beneficiario de las normas de contratación pública y gastos no subvencionables; observa que dichos errores también guardaban relación con operaciones vinculadas a las siguientes actividades: i) estimaciones de programas, ii) acuerdos de subvención, y iii) acuerdos de contribución entre la Comisión y organizaciones internacionales;

    12.

    Insta a la Comisión a que intensifique sus esfuerzos en estos ámbitos específicos de cooperación ajustando el plan de medidas correctivas existente, especialmente cuando los errores cuantificables denoten deficiencias en los controles efectuados por organizaciones internacionales en relación con el cumplimiento de disposiciones contractuales como parte del esfuerzo general destinado a mejorar los métodos de gestión del riesgo y los sistemas generales de control y gestión;

    Riesgos relativos a la regularidad y a la eficacia de los mecanismos de control

    13.

    Reconoce que, en la ejecución de los FED, se recurre a numerosos modus operandi y a diversos métodos de ejecución (gestión centralizada directa e indirecta) con normas y procedimientos complejos, como la licitación y adjudicación de contratos, y con un ámbito geográfico muy amplio, lo que conlleva un elevado riesgo inherente que hace difícil optimizar los sistemas de control y reforzar la transparencia de la financiación de los FED;

    14.

    Está profundamente preocupado por el hecho de que, según la evaluación del Tribunal, sigue habiendo insuficiencias significativas en los controles ex ante efectuados antes de efectuar los pagos de los proyectos;

    15.

    Pide a la Comisión que preste una atención constante a la calidad y la adecuación de los controles ex ante realizados por todos los actores (personal de la Comisión y auditores externos) antes de efectuar los pagos de los proyectos, en vista, especialmente, del entorno de alto riesgo político y operativo;

    16.

    Toma nota de que, tanto en el caso del apoyo presupuestario (con 718 millones EUR de pagos efectuados en 2013 con cargo al FED) como en el de las contribuciones de la Unión a proyectos de donantes múltiples ejecutados por organizaciones internacionales como las Naciones Unidas (los pagos con cargo a los FED ascendieron a 458 millones EUR en 2013), la naturaleza de los instrumentos y las condiciones de pago limitan la propensión al error en las operaciones;

    17.

    Muestra su preocupación por el problema recurrente de que los errores constatados de forma persistente en las declaraciones finales, a pesar de las auditorías externas y las verificaciones de gastos;

    18.

    Insta a la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (DG DEVCO) de la Comisión a que atienda la recomendación, formulada en 2011 por el Tribunal, de reforzar lo antes posible la capacidad de su estructura de auditoría interna para que pueda cumplir sus tareas de manera más eficaz;

    Estrategia y prioridades

    19.

    Hace hincapié en que todas las actividades de los FED tienen que atenerse estrictamente a los sectores estratégicos y prioritarios generales basados en preferencias políticas, así como a los criterios económicos y de eficiencia financiera, lo que ha de reflejarse, por consiguiente, en la actividad de gestión, en particular en la gestión del riesgo y las actividades de control y la forma concreta de los instrumentos financieros empleados para este fin;

    20.

    Llama la atención, a la vista de la importancia creciente que se atribuye al rendimiento de la ayuda de la Unión, sobre el hecho de que el África subsahariana es la región que más retraso presenta con respecto a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), y la única región del mundo donde, según las previsiones, la pobreza muy probablemente no se habrá reducido a la mitad en 2015; expresa su preocupación por el riesgo de que la disminución de los niveles de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) destinada a los servicios sociales a lo largo de los últimos años, en particular a los sectores de la educación y la salud reproductiva, revierta los avances en el desarrollo del capital humano;

    21.

    Llega a la conclusión de que es necesaria una intensificación de los esfuerzos para acelerar la consecución de los ODM en África en la fecha límite de 2015; pide a la Comisión que tome en cuenta la Agenda para el desarrollo después de 2015 y las negociaciones sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) una vez adoptados como base para la auditoría de resultados del Tribunal de Cuentas; acoge con satisfacción el hecho de que los FED, que son el instrumento principal con el que la Unión presta ayuda para la cooperación al desarrollo de los Estados ACP, alcanzaron el 45 % del valor total de los nuevos contratos celebrados por la DG DEVCO en 2013;

    22.

    Toma nota de que en 2013 se alcanzó un acuerdo sobre el establecimiento del undécimo FED con un valor total cercano a los 27 000 millones EUR (a precios de 2011), es decir, congelando en la práctica los fondos al nivel del décimo FED, en vez de incrementarlos en un 13 %, tal y como había propuesto la Comisión, a pesar del compromiso permanente de la Unión de aumentar la financiación para el desarrollo en los próximos años;

    Seguimiento y supervisión

    23.

    Se muestra gravemente preocupado por las deficiencias que persisten en el sistema de información de la gestión por lo que respecta a los resultados y el seguimiento de las auditorías externas, las verificaciones de gastos y las visitas de control, a pesar del compromiso de la Comisión de mejorar la calidad de los datos del sistema CRIS en los últimos años;

    24.

    Recuerda que la fiabilidad y la exactitud del sistema de información de la gestión tienen una importancia fundamental que requiere una vigilancia constante; insta a la Comisión a que mantenga sus esfuerzos para desarrollar y crear nuevas funciones en el módulo de auditoría de su sistema de gestión CRIS, en particular, el seguimiento de todos los informes de auditoría y todos los tipos de evaluación; considera que es fundamental disponer de sistemas de control orientados a los resultados para ofrecer información adecuada y fiable sobre los resultados alcanzados, a fin de ajustar las prioridades estratégicas;

    25.

    Pide a los servicios de la DG DEVCO que, dado que las delegaciones de la Unión ejecutan la mayor parte de los FED de modo descentralizado, apoyen, por consiguiente, a las delegaciones en la gestión de su cartera, en función de los respectivos componentes de riesgo a través del sistema CRIS; reitera y promueve el mejor uso de las posibilidades que ofrece la evaluación del riesgo en el marco del seguimiento de las operaciones de las delegaciones de la Unión;

    26.

    Se felicita de la introducción del estudio de cuantificación del porcentaje de error residual en las operaciones cerradas como un ejemplo de cómo debe funcionar el entorno de gestión de la DG DEVCO;

    27.

    Señala que, sobre la base del segundo estudio de 2013, el porcentaje de error estimado por la DG DEVCO era de 3,35 % (aproximadamente 228 550 000 EUR) frente al 3,4 % estimado por el Tribunal de Cuentas; observa con preocupación que las principales causas señaladas son la ausencia de documentación satisfactoria facilitada por las organizaciones beneficiarias, los errores debidos a la falta de justificantes suficientes para comprobar la regularidad de las operaciones, el incumplimiento de los procedimientos de contratación pública y los importes no recuperados y no corregidos;

    28.

    Considera que el establecimiento de prioridades debe integrarse en el plan de acción elaborado por la DG DEVCO para la aplicación de acciones de mitigación, prestando especial atención a los ámbitos de preocupación específicos y más críticos y a las oportunidades de rentabilidad; pide a la DG DEVCO que, en su informe anual de actividad, señale los progresos alcanzados y las dificultades encontradas en la ejecución del plan de acción;

    29.

    Considera que será útil establecer claramente qué actividad de la presupuestación por actividades presenta el nivel más elevado de insuficiencias, errores y vulnerabilidad; estima que, para mantener el coste de los controles en un nivel razonable, el tratamiento y el análisis de estos ámbitos específicos podrían efectuarse siguiendo un plan de rotación plurianual;

    30.

    Reconoce, en relación con la rentabilidad de los mecanismos de control, que no se trata de añadir nuevos niveles de control sino de trabajar sobre la eficacia del marco de las actividades de control y su complementariedad de conformidad con los principios de buena gobernanza;

    31.

    Se felicita por la inclusión, en el informe anual de actividad, del cuadro general de los costes, incluidos el coste del gasto administrativo y el coste de los sistemas de control y gestión;

    32.

    Acoge con satisfacción la revisión de los informes sobre la gestión de la ayuda exterior, que ahora incluyen un resumen de las medidas correctivas para los errores identificados, y la introducción de la garantía ofrecida por los jefes de las delegaciones de que aumentarán su nivel de responsabilidad en la cadena de garantía global y la exhaustividad de los informes elaborados por las delegaciones de la Unión;

    Apoyo presupuestario

    33.

    Constata con interés y acoge con satisfacción la aplicación del nuevo enfoque de la Comisión sobre el apoyo presupuestario; observa que en 2013 se destinó un total de 660 millones EUR a nuevas operaciones de apoyo presupuestario en África, empleados en parte en la aplicación de la «iniciativa ODM» a fin de ayudar a los países que presentaban un retraso en sectores importantes tales como la salud, el agua, el saneamiento, la seguridad alimentaria y la nutrición;

    34.

    Insiste, teniendo en cuenta el objetivo del apoyo presupuestario, con la transferencia directa de las contribuciones al presupuesto general de los países receptores o a un presupuesto destinado a una política u objetivo generales específicos, en que el apoyo presupuestario respete las condiciones generales de subvencionabilidad y las vincule estrictamente a los progresos significativos alcanzados por los países socios, en particular en la gestión de las finanzas públicas; le agradaría que se elaboraran indicadores clave de resultados vinculantes para intentar reducir el riesgo;

    35.

    Pone de relieve la necesidad de apoyar la lucha contra el fraude y la corrupción en todos los ámbitos de la gobernanza abarcados por la estrategia de cooperación de la Unión; destaca que el riesgo de desvío de recursos sigue siendo elevado y que el margen para la corrupción y el fraude se presenta en los ámbitos en que se gestionan fondos públicos;

    36.

    Reitera que se han de aplicar indicadores clave de resultados sólidos y verificables a todo programa de apoyo presupuestario que se mantenga; destaca que se debe prestar la máxima atención al principio de diferenciación con el fin de evitar una interpretación laxa del principio condicionalidad en el desembolso del apoyo presupuestario; solicita un apoyo firme a los mecanismos de lucha contra la corrupción, ya que la corrupción parece ser una de los problemas fundamentales que reducen la eficacia de los programas de apoyo y, por ende, aboca a la ineficacia de la cooperación europea al desarrollo; destaca, por tanto, la necesidad de reforzar la cooperación en la medidas de buena gobernanza y lucha contra la corrupción;

    37.

    Reprueba que los fondos puestos a disposición por la Unión se combinen en última instancia con los recursos presupuestarios propios del país socio y que, de este modo, no quepa hacer un seguimiento de los fondos de la Unión; pide que se publiquen informes pormenorizados sobre la forma en que se emplean los fondos, con el fin de aumentar la transparencia y garantizar un seguimiento más fácil de los fondos puestos a disposición por la Unión;

    38.

    Pide al Tribunal, en este contexto, que, en sus informes especiales y en su informe anual de actividades, incremente de forma progresiva su atención al problema de la corrupción e intente cuantificar e indicar el grado de corrupción;

    39.

    Pide, por lo que respecta al apoyo presupuestario sectorial, que la matriz de la condicionalidad sectorial sea utilizada sistemáticamente y reforzada para definir indicadores adecuados para la intervención de la Unión; desearía que todos los programas generales de apoyo presupuestario se convirtieran gradualmente en programas de apoyo presupuestario sectoriales con el fin de aumentar el nivel de control y responsabilidad para proteger mejor los intereses financieros de la Unión;

    40.

    Hace hincapié en la importancia de garantizar un diálogo político adecuado basado en incentivos y un seguimiento continuo de las reformas sectoriales y los programas de medición del rendimiento y la sostenibilidad de los resultados a través de los sistemas de gestión financiera de la Comisión para la ejecución del apoyo presupuestario en los países socios;

    41.

    Pide a la Comisión que apoye firmemente el desarrollo de capacidades, competencia y órganos de control parlamentario y supervisión en los países beneficiarios, también mediante la prestación continua de asistencia técnica; insiste en que la existencia de un organismo nacional de auditoría independiente debe ser una condición para conceder apoyo presupuestario;

    42.

    Apoya firmemente que la Comisión tenga competencias para detener las transferencias de fondos a los países receptores cuando, entre otras cosas, no se cumplan las condiciones ex ante, en particular, las condiciones macroeconómicas exigidas; pide a la Comisión que bloquee la transferencia de fondos en aquellos países con un elevado índice de corrupción que no hayan adoptado políticas específicas para luchar contra este fenómeno;

    Cooperación con las organizaciones internacionales

    43.

    Sugiere que, durante la nueva legislatura, se debería encontrar la manera de dar un paso adelante para mejorar el intercambio de información con las instituciones del Banco Mundial y de las Naciones Unidas, con el fin de optimizar la cooperación;

    44.

    Reitera el apoyo del Parlamento en la definición y el intercambio de buenas prácticas para establecer principios fundamentales sostenibles similares en materia de garantía y cumplimiento de la reglamentación financiera de la Unión;

    45.

    Apoya la mayor divulgación de los informes de auditoría de las instituciones de las Naciones Unidas para lograr una mejor gestión de la financiación de la Unión;

    46.

    Opina que debe proseguir la continua aproximación de sus respectivos sistemas de gobernanza y de las auditorías internas y externas para comparar sus datos, metodologías y resultados;

    47.

    Pide que, en particular cuando los fondos de la Unión se desembolsen en un entorno de riesgo, se respete escrupulosamente la visibilidad de la financiación de la Unión;

    48.

    Acoge con satisfacción la profundización de las relaciones del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Banco Mundial con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), mediante la adopción de las directrices de la OLAF en materia de intercambio de información y estrategias;

    49.

    Reitera su preocupación, en relación con la aplicación del undécimo FED, por el hecho de que entidades encargadas puedan a su vez encargar tareas de ejecución presupuestaria a otros organismos de Derecho privado con un contrato de servicios, creando así una cadena de relaciones de confianza; pide a la Comisión que aplique estrictamente las condiciones de subcontratación, y recuerda que, con respecto a este modo de aplicación, dichas entidades encargadas garantizarán un grado elevado de protección de los intereses financieros de la Unión;

    50.

    Pide que se faciliten rápidamente aclaraciones más completas sobre la puesta en común de fondos (incluidos fiduciarios) y riesgos relativos en lo que se refiere a la regularidad de las operaciones, en particular cuando las contribuciones de la Comisión a los proyectos de donantes múltiples se suman a las de otros donantes y no se destinan específicamente a la financiación de gastos claramente identificables;

    51.

    Pide que se le informe del estudio preliminar de los sistemas de control y gestión efectuado por la Comisión sobre otras organizaciones internacionales asociadas; solicita además información sobre el nivel de comparabilidad y de coherencia de los sistemas ya en vigor;

    52.

    Pide que se le informe de las medidas preventivas, de mitigación o de otro tipo, que podrían activarse en caso de divergencia de opiniones sobre el nivel de fiabilidad que debe alcanzarse y sobre el riesgo correlativo que conlleva para el gasto total;

    El Mecanismo de Inversión del Banco Europeo de Inversiones

    53.

    Reitera que el Mecanismo de Inversión gestionado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) en nombre de la Unión debe estar también sujeto al procedimiento de aprobación de la gestión por el Parlamento, ya que se financia con dinero de los contribuyentes de la Unión;

    54.

    Toma nota de que el acuerdo tripartito a que hace referencia el artículo 287, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por el que se rige la cooperación entre el BEI, la Comisión y el Tribunal de Cuentas con respecto a los métodos de control aplicados por el Tribunal sobre la actividad del BEI en la gestión de los fondos de la Unión y de los Estados miembros, se va a revisar en 2015; pide al BEI que actualice el ámbito de competencias del Tribunal de Cuentas Europeo en este sentido, mediante la inclusión de todo nuevo instrumento financiero del BEI que implique fondos públicos de la Unión o el FED;

    55.

    Acoge con satisfacción la inclusión en el plan de trabajo del Tribunal de Cuentas de una auditoría del Instrumento de Inversión del FED, tras el llamamiento del Parlamento en el marco de la aprobación de la gestión de 2012, y espera los resultados de este informe especial en 2015;

    56.

    Reconoce que el BEI apoya proyectos en contextos de riesgo elevado, en particular de riesgo político, vinculados a la inestabilidad de los países receptores;

    57.

    Acoge con satisfacción el enfoque orientado hacia los resultados adoptado por el BEI, en particular la introducción de un marco de medición de resultados que permite la evaluación de la solidez de los proyectos, su sostenibilidad financiera y económica y el propio valor añadido del BEI; pide que se garantice un diálogo permanente sobre los indicadores de medición y sobre la convergencia de los resultados conseguidos con los miembros asociados;

    58.

    Destaca la importancia de la política de tolerancia cero en materia de fraude y corrupción por parte del BEI; recuerda la necesidad de evitar financiar a empresas que estén involucradas en fraudes y casos de corrupción comprobados; opina que la actual política del BEI sobre las jurisdicciones no cooperativas, incluida la última adición, es inadecuada, y que sería, por el contrario, conveniente que el BEI adoptara lo antes posible una política sobre la «fiscalidad responsable» con arreglo a la cual el BEI aplique una revisión legal de los beneficiarios efectivos de las empresas financiadas y en aquellos casos en los que la financiación del BEI favorezca a multinacionales que proporcionen ex ante los datos desglosados correspondientes a cada uno de los países con rentas, beneficios y cargas fiscales sostenidas;

    59.

    Recuerda la importancia de conseguir un importante impacto social con proyectos financiados por el BEI, evitando especulaciones y favoreciendo a las empresas locales; pide una evaluación anual detallada del impacto social de los proyectos financiados por el BEI;

    60.

    Pide que la ayuda de la UE se conceda únicamente a intermediarios financieros que no operen en centros financieros extraterritoriales, que tengan suficiente propiedad local y que estén equipados para aplicar un enfoque favorable al desarrollo que apoye las especificidades de las pequeñas y medianas empresas en cada país; pide que el BEI no coopere con intermediarios financieros que tengan un historial negativo en términos de transparencia, fraude, corrupción e impacto medioambiental y social; señala que el BEI, junto con la Comisión, elaborará una lista de criterios rigurosos de selección de intermediarios financieros y la pondrá a disposición del público;

    61.

    Alienta al BEI a que financie inversiones productivas y combine los préstamos con la asistencia técnica cuando sea necesario, a fin de aumentar la eficacia de los proyectos y garantizar un verdadero valor añadido de la Unión en lo que se refiere a la adicionalidad en la ejecución de los proyectos y la obtención de un mayor impacto en materia de desarrollo;

    62.

    Recuerda que la coherencia con los objetivos de la Unión es fundamental, y que se debe prestar una atención especial a la capacidad de absorción de los Estados ACP;

    63.

    Pide que se examine de forma minuciosa a los posibles actores e intermediarios locales durante el proceso de establecimiento y selección de dichos actores e intermediarios;

    Financiación combinada

    64.

    Reconoce que el aumento del interés por la financiación combinada está motivado principalmente por la correlación entre los importantes desafíos en materia de desarrollo y las graves limitaciones de los fondos públicos, lo que conlleva la creación de nuevos recursos financieros que aúnan la ayuda de las subvenciones de la UE y otros recursos distintos de las subvenciones; alienta al Tribunal a que facilite periódicamente una evaluación exhaustiva de las actividades financiadas mediante la combinación de instrumentos financieros;

    65.

    Reconoce que, mediante la combinación de subvenciones con recursos adicionales públicos y privados (como préstamos y capital), se puede obtener un importante efecto multiplicador de las subvenciones y un mayor desarrollo e impacto de las políticas de la Unión más sólidas para desbloquear la financiación adicional;

    66.

    Destaca que todo nuevo instrumento financiero y la financiación combinada deben ser coherentes con los objetivos de desarrollo de la Unión basados en los criterios de ayuda oficial al desarrollo y fijados en el Programa para el Cambio; considera que dichos instrumentos deben centrarse en las prioridades de la Unión, caracterizadas por un valor añadido y un impacto estratégico más elevados;

    67.

    Toma nota de los resultados de la revisión de la Plataforma de la UE para la financiación combinada en el ámbito de la cooperación exterior, cuyo objetivo inicial es aumentar la eficacia, la eficiencia y la calidad de los mecanismos e instrumentos de financiación combinada;

    68.

    Pide la introducción de normas comunes de ejecución para dichas actividades financieras y la definición de mejores prácticas y de criterios de elegibilidad y evaluación; opina que unas normas coherentes de gestión, como la información estructurada, marcos de control claros y condiciones de supervisión, reducirán los costes de las operaciones y la posible duplicación de los pagos gracias al mayor nivel de transparencia y responsabilidad;

    69.

    Pide que se facilite información periódica al Parlamento sobre el uso de estos instrumentos financieros y sobre los resultados, a fin de permitir que el Parlamento ejerza sus competencias de vigilancia y aprobación, en particular sobre la evaluación del apalancamiento financiero y no financiero y la adicionalidad;

    Ayuda de la UE a la República Democrática del Congo

    70.

    Reitera su postura sobre la preocupante situación que se vive en la República Democrática del Congo (RDC), en particular en lo que se refiere a la reforma del sistema judicial y a la situación del Estado de Derecho, las finanzas públicas y la cuestión de la descentralización;

    71.

    Se felicita de la evaluación del Tribunal de Cuentas sobre la ayuda al desarrollo de la Unión Europea financiada con instrumentos del FED; está de acuerdo en que la falta de voluntad política y de capacidad de absorción son en gran parte la causa del poquísimo éxito de la mejora de la gobernanza en la RDC;

    72.

    Toma nota de que existe consenso en cuanto a que la RDC es uno de los Estados más frágiles del mundo; propone encarecidamente el desarrollo de indicadores y parámetros clave de resultados para mejorar la fiabilidad de la evaluación; propone asimismo con insistencia que estos indicadores y parámetros se redacten de forma realista;

    73.

    Pide a la Comisión y al SEAE que faciliten la lista más reciente de las prioridades de la ayuda al desarrollo europea en la RDC como seguimiento del informe de aprobación de la gestión del ejercicio anterior, en el que se sugería un número más limitado de prioridades para permitir una estrategia de ayuda al desarrollo de más calidad y mejor orientada;

    Ayuda de la UE a Haití

    74.

    Reitera su satisfacción general por el trabajo y los esfuerzos realizados por los servicios de la Comisión en respuesta al terremoto en Haití en 2010, en una situación extremadamente crítica para la delegación de la Unión y de su personal; acoge con satisfacción que la Comisión tenga competencias para suspender los pagos y desembolsos como consecuencia del avance insuficiente en la gestión financiera del Gobierno de Haití o deficiencias en los procedimientos nacionales de contratación pública;

    75.

    Toma nota de las deficiencias constatadas por el Tribunal de Cuentas en relación con la coordinación y, en este sentido, subraya la importancia de que se mantenga una coordinación estrecha entre los donantes y entre los servicios de la Comisión; pide una articulación continua de la ayuda humanitaria y de la ayuda al desarrollo, con vínculos más estrechos entre la ayuda, la rehabilitación y el desarrollo a través de una plataforma interservicios permanente de vinculación de la ayuda de emergencia, la rehabilitación y el desarrollo (VARD); considera que, siempre que sea posible, se deben aplicar los enfoques integrados, con objetivos de coordinación claramente establecidos, y una estrategia coherente entre ECHO y EuropeAid, junto con las mejores prácticas que comparten; pide a la Comisión que entable un diálogo con el Parlamento; opina asimismo que la participación de la sociedad civil local puede fortalecer el uso de los conocimientos locales;

    76.

    Recuerda las recomendaciones tras la visita de la delegación de la Comisión de Control Presupuestario a Haití en febrero de 2012 e insiste de nuevo en la importancia fundamental de la trazabilidad y la rendición de cuentas de los fondos de desarrollo de la UE, en particular, mediante la vinculación de la ayuda presupuestaria a los resultados; pide a la Comisión y al SEAE que hagan hincapié en la matriz de la condicionalidad para la ayuda presupuestaria sectorial;

    77.

    Recuerda que las medidas de consolidación del Estado deben ser el objetivo principal de la estrategia de desarrollo de la Unión y la piedra angular de los planes de acción para toda situación de crisis; pide la definición de una buena combinación de políticas en consonancia con la intervención de la Unión;

    78.

    Considera que las situaciones de crisis y de fragilidad requieren el desarrollo de nuevos enfoques, en particular en relación con actividades tales como i) la identificación de riesgos en diferentes modelos operativos, ii) la elaboración de proyecciones de las posibles consecuencias, y iii) el diseño de instrumentos para reducir los posibles riesgos y catástrofes y prepararse para ello, que posibiliten un suficiente nivel de flexibilidad y de capacidad de movilizar expertos en distintos ámbitos de competencia;

    79.

    Alienta a la Comisión y al SEAE a que trabajen de forma más sistemática y conjuntamente en las cuatro fases del ciclo de gestión de catástrofes; pide a la Comisión y al SEAE que informen al Parlamento acerca de los avances, en particular en materia de gestión de riesgos y de preparación para la aplicación y la consecución de los objetivos del programa en un contexto posterior a la catástrofe;

    80.

    Recuerda que en toda situación de crisis se debe prestar especial atención a la solidez y la eficacia operativa del marco de gobernanza nacional para la gestión de la reducción del riesgo de catástrofes, como una condición previa para el éxito de la intervención de la Unión;

    Futuro del FED

    81.

    Recomienda que se definan con precisión las estrategias y las prioridades de las futuras actividades del FED y se cree un sistema de instrumentos financieros sobre esa base, respetando los principios de eficacia y transparencia;

    82.

    Lamenta que los FED no se hayan incluido en el presupuesto general en el marco de las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión Europea [Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012];

    83.

    Recuerda que el Parlamento, el Consejo y la Comisión acordaron la revisión de las normas financieras para aportar las modificaciones que resultaran necesarias tras el resultado de las negociaciones sobre el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, incluida la cuestión de la posible inclusión del FED en el presupuesto de la Unión; reitera su llamamiento al Consejo y a los Estados miembros para que acuerden la plena inclusión de los FED en el presupuesto de la Unión;

    84.

    Considera que la nueva legislatura constituye una nueva oportunidad política para alentar a las instituciones de la Unión a poner pronto en marcha un proceso de reflexión y de evaluación del escenario posterior a 2020 para la posible sustitución del Acuerdo de Cotonú; recuerda que, en opinión del Parlamento, el FED se incluirá en el presupuesto general lo antes posible;

    85.

    Considera que la inclusión de los FED en el presupuesto general de la Unión reforzará el control democrático implicando al Parlamento en el establecimiento de las prioridades estratégicas en lo que se refiere a la asignación de fondos y garantizará también una ejecución más eficaz, con mejores mecanismos coordinación, tanto en los servicios centrales de la Comisión como sobre el terreno; pide de nuevo a la Comisión que, en la próxima evaluación, tenga debidamente en cuenta el impacto de la inclusión de los FED sobre los Estados miembros y una posible clave de contribución de los Estados miembros vinculante;

    86.

    Considera que la racionalización y aproximación de las normas de los FED darán lugar probablemente a una reducción del riesgo de errores e ineficiencias y aumentarán el nivel de transparencia y seguridad jurídica; alienta a la Comisión a que proponga un reglamento financiero único para todos los FED; lamenta que, en el marco del debate sobre el futuro acuerdo para el undécimo FED, la Comisión no haya presentado una propuesta de reglamento financiero único para simplificar la gestión de los FED;

    Seguimiento de las resoluciones del Parlamento

    87.

    Pide al Tribunal de Cuentas que en su próximo informe anual incluya un análisis del seguimiento dado a las recomendaciones formuladas por el Parlamento en su informe anual sobre la aprobación de la gestión.

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