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Document 52014TA1210(19)
Report on the annual accounts of the European Institute for Gender Equality for the financial year 2013, together with the Institute’s reply
Informe sobre las cuentas anuales del Instituto Europeo de la Igualdad de Género correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de la respuesta del Instituto
Informe sobre las cuentas anuales del Instituto Europeo de la Igualdad de Género correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de la respuesta del Instituto
DO C 442 de 10.12.2014, p. 167–173
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
10.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 442/167 |
INFORME
sobre las cuentas anuales del Instituto Europeo de la Igualdad de Género correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de la respuesta del Instituto
(2014/C 442/19)
INTRODUCCIÓN
1. |
El Instituto Europeo de la Igualdad de Género (conocido como «EIGE» y denominado en lo sucesivo «el Instituto»), con sede en Vilna, se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). Su misión consiste en recopilar, analizar y difundir información sobre la igualdad entre hombres y mujeres, desarrollar, analizar, evaluar y difundir herramientas metodológicas para integrar la dimensión de género en todas las políticas de la Unión y en las políticas nacionales resultantes (2). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave del sistema de control y supervisión del Instituto, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
Responsabilidades de la dirección
Responsabilidades del auditor
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
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10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
11. |
En 2013, el nivel general de créditos comprometidos representó el 99 %, lo que indica que los compromisos se contrajeron puntualmente. El Instituto redujo de nuevo el nivel global de prórrogas de créditos comprometidos pasando de 2,5 millones de euros (el 32 %) en 2012 a 2,2 millones de euros (el 29 %) en 2013. Estas prórrogas atañen principalmente al título III (gastos operativos) con 2,0 millones de euros, lo cual representa el 56 % de los créditos comprometidos correspondientes. Se refieren fundamentalmente a los procedimientos de adjudicación pública que tuvieron lugar al final del ejercicio debido a motivos en gran medida fuera del control del Instituto, como la comunicación tardía por la presidencia del Consejo de la UE de un estudio que debía realizarse (1,1 millones de euros) y la complejidad de unos proyectos informáticos en los que la adjudicación pública requirió un tiempo considerable (0,6 millones de euros). |
SEGUIMIENTO DE COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
12. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con ejercicios anteriores. |
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión del día 8 de julio de 2014.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 403 de 30.12.2006, p. 9.
(2) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades del Instituto.
(3) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(5) Artículos 39 y 50 del Reglamento Delegado de la Comisión (UE) n o 1271/2013 (DO L 328 de 7.12.2013, p. 42).
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(7) Artículo 107 del Reglamento (UE) n o 1271/2013.
ANEXO I
Seguimiento de comentarios de ejercicios anteriores
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2011 |
El elevado nivel de prórrogas es contrario al principio presupuestario de anualidad. |
Aplicada |
2011 |
El Servicio de Auditoría Interna de la Comisión Europea llevó a cabo una «Revisión limitada de la aplicación de las normas de auditoría interna» en el Instituto en diciembre de 2011. Este aceptó las recomendaciones para finalizar el procedimiento de aplicación de las normas de auditoría interna y la dirección adoptó un plan de acción que debía ejecutarse en 2012. |
En curso |
2012 |
El Instituto redujo el nivel global de prórrogas de créditos comprometidos pasando del 50 % en 2011 al 32 % en 2012. Las prórrogas a 2013 ascienden a 2,5 millones de euros y atañen principalmente al título II (gastos administrativos) con 0,3 millones de euros y al título III (gastos operativos) con 2,1 millones de euros, que representan el 23 % y el 59 % de los créditos comprometidos correspondientes. Las prórrogas del título II se refieren fundamentalmente a los compromisos contraídos al final del ejercicio en relación con el traslado a las nuevas oficinas, que tuvo lugar en enero de 2013. Las prórrogas del título III corresponden primordialmente a los procedimientos de adjudicación pública que tuvieron lugar al final del ejercicio. El Instituto no dispone de un procedimiento formalizado de planificación y supervisión de la adjudicación pública. En particular, su programa anual de trabajo no incluye un calendario de actividades planificadas que defina el alcance y el momento óptimos de las adjudicaciones públicas. Sin embargo, solo el 7 % de los créditos comprometidos prorrogados de 2011 a 2012 no se habían utilizado y debían anularse. |
Aplicada |
2012 |
El Tribunal detectó deficiencias en la documentación de los procedimientos de selección del personal. No hay constancia de que las preguntas de las pruebas escritas y orales, así como sus respectivas ponderaciones, se hubieran definido antes del examen de las solicitudes. |
En curso |
ANEXO II
Instituto Europeo de Igualdad de Género (Vilna)
Competencias y actividades
Ámbitos de competencias de la Unión según el Tratado (artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea) |
La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres. La Unión combatirá la exclusión social y la discriminación, y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño. |
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Competencias del Instituto [Reglamento (CE) no 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo] |
Objetivos Contribuir a la promoción de la igualdad de género y reforzarla, incluida la incorporación de la perspectiva de género en todas las políticas comunitarias y en las políticas nacionales resultantes, luchar contra la discriminación por motivos de sexo y dar a conocer mejor las cuestiones relacionadas con la igualdad de género entre los ciudadanos de la UE. Funciones
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Gobernanza |
Consejo de Administración Composición: Dieciocho representantes nombrados por el Consejo, sobre la base de una propuesta de cada Estado miembro y un representante de la Comisión nombrado por ésta. Los miembros se nombran de forma que se garantice el máximo nivel de competencia y una amplia gama de conocimientos transdisciplinarios pertinentes en el ámbito de la igualdad de género. El Consejo y la Comisión procurarán obtener una representación equilibrada entre hombres y mujeres en el Consejo de Administración. Los miembros nombrados por el Consejo representarán a dieciocho Estados miembros según el orden de rotación de la Presidencia. Tareas
Foro de expertos Composición: Compuesto por miembros de organismos competentes especializados en cuestiones de igualdad de género a razón de un representante designado por cada Estado miembro, dos miembros designados por el Parlamento Europeo que representen otras organizaciones pertinentes especializadas en cuestiones de igualdad de género, así como tres miembros designados por la Comisión. Tareas Ayudar al director a asegurar la excelencia y la independencia de las actividades del Instituto, constituye un mecanismo para intercambiar información y compartir conocimientos en cuestiones de igualdad de género y velar por que haya una colaboración estrecha entre el Instituto y los organismos competentes de los Estados miembros. El director es nombrado por el Consejo de Administración a partir de una lista de candidatos propuesta por la Comisión tras una oposición abierta. Tareas Responsable del desempeño de las funciones previstas en el Reglamento (CE) no 1922/2006, preparará y ejecutará los programas de actividad anual y a medio plazo del Instituto; organizará las reuniones del Consejo de Administración y del foro de expertos, preparará y publicará el informe anual, y se encargará de todas las cuestiones relativas al personal y de la administración ordinaria, así como de la aplicación de procedimientos eficaces de supervisión y evaluación de las realizaciones del Instituto. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Auditoría interna Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión Europea. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo. |
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Medios a disposición del Instituto en 2013 (2012) |
Presupuesto definitivo 7,5(7,7) millones de euros, sufragados en un 100 % (100 %) por la subvención de la Unión. Efectivos a 31 de diciembre de 2013 30 (30) puestos previstos en el organigrama. Puestos cubiertos: 30 (30); 16 (14) otros puestos (agentes contractuales, expertos nacionales en comisión de servicio). Total de efectivos a 31 de diciembre de 2013 46 (44), agentes encargados de tareas:
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Productos y servicios facilitados en 2013 (2012) |
Ámbitos clave: Datos comparables y fiables, e indicadores sobre la igualdad de género; recopilación y tratamiento de los métodos y buenas prácticas para los trabajos de igualdad de género; centro de recursos y documentación; aumento de la sensibilización, creación de redes y comunicación. Número de estudios lanzados: 14 (7) Número de contribuciones a los países que tienen la presidencia: 2 (2) Número de reuniones de expertos y grupos de trabajo: 13 (23) Se celebraron muchas reuniones adicionales en el marco de la presidencia del Consejo de la UE de Lituania. Conferencias internacionales: 2 (1) Número de informes de investigación: 2 (2) Informes anuales: 1 (1) |
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Fuente: Anexo facilitado por el Instituto. |
RESPUESTA DEL INSTITUTO
11. |
Aprobado. EIGE ha introducido límites máximos aceptables por título (título I) máx. 10 %, título II: máx. 20 %, título II: máx. 30 %). No obstante, igual que en el ejercicio precedente, de nuevo en 2013 los retrasos en los créditos operativos se deben a circunstancias fuera del control del EIGE, es decir, una decisión que la Presidencia del Consejo de la UE tomó con retraso en relación con un tema de estudio. Con objeto de mejorar la planificación y el seguimiento de las adjudicaciones públicas, el EIGE va a crear una herramienta de control que siga las fechas previstas para cada etapa de los procedimientos anuales de adjudicaciones públicas. |