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Document 52014TA1210(04)

Informe sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de las respuestas del Centro

DO C 442 de 10.12.2014, p. 35–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

10.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 442/35


INFORME

sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de las respuestas del Centro

(2014/C 442/04)

INTRODUCCIÓN

1.

El Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (también conocido como «CDT», en lo sucesivo «el Centro»), con sede en Luxemburgo, se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo (1). Su misión consiste en facilitar a las instituciones y los organismos de la Unión Europea que lo deseen, los servicios de traducción necesarios para la realización de sus actividades (2).

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

2.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control del Centro, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas anuales del Centro que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2013;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Responsabilidades de la dirección

4.

La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales del Centro, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5):

a)

las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales del Centro consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales del Centro previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera del Centro en todos sus aspectos significativos;

b)

las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

Responsabilidades del auditor

5.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7) basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales del Centro estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

6.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas.

7.

El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

8.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales del Centro presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2013 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

9.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2013 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

10.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

11.

En 2008, el Centro concluyó 472 contratos marco con proveedores de servicios de traducción con una duración máxima de cuatro años. A fin de obtener mejores condiciones para los nuevos contratos marco que debían firmarse en 2012, el Centro deseaba participar en el procedimiento de la Comisión en curso para la adjudicación de servicios de traducción. Sin embargo, como no pudo llegarse a un acuerdo con la Comisión sobre las cláusulas del contrato, el Centro prorrogó los contratos marco vigentes por un año más. Aunque se basara en una excepción debidamente aprobada por el director del Centro, esta prórroga no se ajusta a las normas de desarrollo del reglamento financiero del Centro, que prevé una duración máxima de cuatro años para los contratos marco.

COMENTARIOS SOBRE LOS CONTROLES INTERNOS

12.

Las delegaciones formales (subdelegaciones) de los ordenadores (ordenadores delegados) no son siempre compatibles con las condiciones de autorización de operaciones en el sistema contable ABAC.

OTRAS CUESTIONES

13.

El saldo en efectivo del Centro aumentó de 35 millones de euros al final de 2012 a 40 millones de euros al final de 2013 (el excedente presupuestario y las reservas pasaron de 30,9 millones de euros a 37,5 millones de euros), de lo cual se deduce que hay margen para reducir los precios.

14.

El Centro empezó a funcionar en 1994 y, hasta la fecha, ha trabajado sobre la base de la correspondencia y los intercambios con el Estado miembro de acogida. Pese a ello, no existe un acuerdo global de sede entre el Centro y el Estado miembro. Dicho acuerdo intensificaría la transparencia de las condiciones en las que funciona el Centro y su personal.

SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR

15.

En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior.

El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Pietro RUSSO, miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión del día 16 de septiembre de 2014.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.

(2)  El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades del Centro.

(3)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(4)  Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(5)  Artículos 39 y 50 del Reglamento Delegado (UE) no 1271/2013 de la Comisión (DO L 328 de 7.12.2013, p. 42).

(6)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(7)  Artículo 107 del Reglamento (UE) no 1271/2013.


ANEXO I

Seguimiento de los comentarios del ejercicio anterior

Ejercicio

Comentario del Tribunal

Estado de aplicación de la medida correctora

(Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

2012

Al final de 2012, la tesorería y depósitos a corto plazo el Centro ascendían a 35 millones de euros (excedente presupuestario y reservas por un importe de 30,9 millones de euros). El Centro no puede ajustar los precios durante el ejercicio para equilibrar los ingresos y los gastos aunque ocasionalmente haya reembolsado a sus clientes para reducir el excedente.

En curso

2012

El Reglamento de base de veinte agencias reguladoras fiscalizadas por el Tribunal en 2012 les exige recurrir al Centro para todas las traducciones (el Reglamento de base del Centro establece el mismo requisito para otras cuatro agencias). Las demás agencias no están obligadas a recurrir a los servicios del Centro. Las agencias podrían reducir sus costes recurriendo a servicios locales para traducir los documentos que no sean de carácter técnico. En opinión del Tribunal, el legislador debería considerar la posibilidad de permitir que todas las agencias pudieran hacerlo.

En curso


ANEXO II

Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (Luxemburgo)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

Los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros aprobaron de común acuerdo una declaración relativa a la creación, bajo los auspicios de los servicios de traducción de la Comisión instalados en Luxemburgo, de un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión, que facilitará los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los organismos y servicios cuyas sedes quedan fijadas por la Decisión de 29 de octubre de 1993.

Competencias del Observatorio Centro

[Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo, modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1645/2003]

Objetivos

Prestar los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los siguientes organismos:

Agencia Europea de Medio Ambiente,

Fundación Europea de Formación,

Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías,

Agencia Europea de Medicamentos,

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo,

Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos),

Oficina Europea de Policía (Europol) y unidad de drogas Europol.

También pueden recurrir a los servicios del Centro otros organismos creados por el Consejo no citados. Las instituciones y organismos de la Unión Europea que dispongan de sus propios servicios de traducción pueden, en caso necesario, utilizar los servicios del Centro de forma voluntaria.

El Centro participa plenamente en los trabajos del Comité interinstitucional de la traducción.

Funciones

Acordar disposiciones para cooperar con organismos, órganos e instituciones,

participar en los trabajos del Comité interinstitucional de la traducción.

Gobernanza

Consejo de Administración

Composición

un representante por Estado miembro,

dos representantes de la Comisión,

un representante de cada organismo, órgano o institución que recurra a los servicios del Centro.

Tareas

Aprobar el presupuesto y el programa de trabajo anuales, la plantilla y el informe anual del Centro.

Director

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

Auditoría interna

Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión.

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición del Centro en 2013 (2012)

Presupuesto definitivo:

52  194(48  293) millones de euros

Efectivos:

206 (225) puestos previstos en el organigrama, de los cuales están cubiertos 193 (199).

+ 23 (17) agentes contractuales

Total de efectivos: 216 (216), agentes encargados de tareas:

administrativas: 118 (114)

mixtas: 98 (102)

Productos y servicios facilitados en 2013 (2012)

Número de páginas traducidas:

8 04  986(7 35  007)

Número de páginas por idioma:

lenguas oficiales: 8 00  221(7 22  505)

otras lenguas: 4  765(12  502)

Número de páginas por cliente:

organismos: 7 80  310(7 07  888)

instituciones: 24  676(27  119)

Número de páginas contratadas a traductores externos:

5 12  524(4 80  695)

Fuente: Anexo facilitado por el Centro.


RESPUESTAS DEL CENTRO

11.

El Centro ya había participado con anterioridad en la licitación de la Comisión para este tipo de servicios de traducción. En lo que respecta a las licitaciones indicadas, la Comisión inició el trabajo preparatorio bastante tarde y cambió las condiciones aplicables al Centro de modo que estas diferían de las condiciones de la licitación organizada cuatro años antes. Lamentablemente, el Centro no pudo llegar a un acuerdo con la Comisión acerca de las condiciones. Además, la fecha de entrada en vigor de los nuevos contratos no coincidía con la fecha de vencimiento de los contratos vigentes, lo que suponía problemas técnicos para el Centro.

Por lo tanto, el Centro decidió organizar una licitación propia para este tipo concreto de servicios de traducción y prorrogar los contratos vigentes un año más con el fin de preparar adecuadamente una licitación de tal envergadura. Habida cuenta de las repercusiones que tendría para el Centro el hecho de no haber formalizado nuevos contratos cuando vencieran los contratos vigentes, se consideró justificado prolongar estos últimos.

12.

El Centro ha actualizado la delegación formal para que se encuentre en consonancia con los derechos de ABAC. Se ha modificado ligeramente el procedimiento interno vigente para mantener actualizadas las delegaciones en ABAC con el fin de evitar cualquier discrepancia entre los derechos de ABAC y las delegaciones formales.

13.

El Centro es plenamente consciente de que generó un excedente económico por segundo año consecutivo. No obstante, cabe señalar que el excedente de 2013 se produjo como resultado de factores externos ajenos al control del Centro; en particular, un volumen de páginas facturadas mayor de lo previsto, la anulación del incremento salarial y el reembolso de la contribución al régimen de pensiones.

El presupuesto de 2013 se preparó en 2012 teniendo en cuenta la pérdida económica de 1 millón de euros en 2011 y que los ingresos de las marcas comunitarias eran especialmente inciertos. El Centro no pudo reaccionar a los resultados financieros hasta diciembre de 2012, en el anteproyecto de presupuesto para 2014, y entonces propuso el presupuesto de 2014 con un déficit de 1 0 92  890 euros, financiados con la reserva para estabilizar los precios creada con anterioridad. Basándose en el análisis de costes de 2012 y al análisis de la primera mitad de 2013, el Centro redujo considerablemente los precios de 2014 no solo para reflejar cambios en el coste de los productos, sino también para emplear parte de los excedentes. Por lo tanto, el presupuesto de 2014 se estableció como presupuesto deficitario desde el principio; el déficit de 4 1 06  650 euros se compensó con la reserva para estabilizar los precios creada en años anteriores.

El presupuesto de 2015 volverá a elaborarse como presupuesto deficitario con el fin de utilizar parte del excedente del año anterior. Tomando como base el análisis de costes semestral de 2014 y las simulaciones y volúmenes previstos para 2015, se propondrán nuevas modificaciones de precios para 2015. Como medida adicional, el Centro, por primera vez en su historia, propuso que el Consejo de Administración redujera de nuevo los precios de 2014 a mediados del año para responder con mayor celeridad y devolver a los clientes los resultados financieros positivos de 2013.

14.

El trabajo sobre el acuerdo de sede ha alcanzado la fase final. El proyecto de acuerdo se remitió al Consejo de Gobierno de Luxemburgo, el cual lo analizó y aprobó durante su reunión de finales de abril. El Centro está a la espera de la confirmación de una fecha para la firma del acuerdo por parte de las autoridades luxemburguesas.


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