This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52014PC0255
Proposal for a DECISION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL on the mobilisation of the European Globalisation Adjustment Fund, in accordance with Point 13 of the Interinstitutional Agreement between the European Parliament, the Council and the Commission of 2 December 2013 on budgetary discipline, on cooperation in budgetary matters and on sound financial management (application EGF/2012/010 RO/Mechel from Romania)
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía)
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía)
/* COM/2014/0255 final */
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel de Rumanía) /* COM/2014/0255 final - 2014/ () */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 12 del Reglamento (UE,
Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, por el que se establece el marco
financiero plurianual para el período 2014-2020[1],
permite la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG)
hasta un máximo anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), además de
las partidas pertinentes del marco financiero. Las normas aplicables a las
contribuciones del FEAG correspondientes a las solicitudes presentadas hasta el
31 de diciembre de 2013 se establecen en el Reglamento
(CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de
diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la
Globalización[2]. El 21 de diciembre de 2012, a raíz de los
despidos de trabajadores en SC Mechel Campia Turzii SA y una empresa
transformadora (SC Mechel Reparatii Targoviste SRL) en Rumanía, este país
presentó la solicitud EGF/2012/010 RO/Mechel, relativa a una contribución
financiera del FEAG. Tras un examen exhaustivo de la
solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión, de conformidad con el
artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, de que se cumplen las
condiciones para la concesión de una contribución financiera con arreglo a
dicho Reglamento. RESUMEN DE LA SOLICITUD Y ANÁLISIS Datos clave: || Nº de referencia del FEAG: || EGF/2012/010 Estado miembro || Rumanía Artículo 2 || a) Empresa principal || SC Mechel Campia Turzii SA Proveedores y transformadores de productos de dicha empresa || 1 Período de referencia || 20.6.2012 – 20.10.2012 Fecha de inicio de los servicios personalizados || 1.3.2013 Fecha de la solicitud || 21.12.2012 Despidos durante el período de referencia || 825 Despidos antes y después del período de referencia || 688 Número total de trabajadores despedidos que pueden acogerse a la ayuda || 1 513 Trabajadores despedidos que se espera que se acojan a las medidas || 1 000 Gastos destinados a servicios personalizados (EUR) || 6 909 300 Gastos de intervención del FEAG[3] (EUR) || 233 000 Gastos de intervención del FEAG (%) || 3,26 Presupuesto total (EUR) || 7 142 300 Contribución del FEAG (50 %) (EUR) || 3 571 150 1. La solicitud se presentó
a la Comisión el 21 de diciembre de 2012 y se completó con información
adicional hasta el 4 de marzo de 2014. 2. La solicitud cumple las
condiciones para la intervención del FEAG establecidas en el artículo 2, letra
a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006 y se presentó dentro del plazo de
diez semanas indicado en el artículo 5 de dicho Reglamento. Relación entre los despidos y los
grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial a causa de
la globalización 3. A fin de establecer la
relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones
del comercio mundial como consecuencia de la globalización, Rumanía alega que
el sector de la fabricación de los productos acabados y semiacabados de acero,
en el que operaban Mechel Campia Turzii y Mechel Reparatii Targoviste, ha
sufrido perturbaciones económicas graves como consecuencia de una rápida
disminución de la cuota de mercado de la UE en el sector siderúrgico y el
crecimiento de la cuota de mercado de países como China. Las autoridades
rumanas han aportado datos[4]
que indican que, en la industria siderúrgica en su conjunto, la producción de
acero bruto en la EU-27 cayó de 206,9 millones de toneladas en 2006 a 177,6
millones toneladas en 2011, lo que dio lugar a un descenso de la cuota de
mercado de la EU-27, que pasó del 16,6 % en 2006 al 11,7 % en 2011,
mientras que, durante el mismo período, la cuota de mercado de China aumentó del
33,7 % al 45,0 %. Durante el período 2002-2011, China multiplicó por
más de dos su cuota de mercado (20,2 %), mientras que la de la EU-27
(20,8 %) se redujo a la mitad. 4. En el período 2009-2011,
el consumo aparente[5]
de acero (en equivalente de acero bruto) aumentó en la EU-27 de 127,0 millones
de toneladas a 168,7 millones de toneladas (+ 32,9 %), aunque sin
llegar a los niveles anteriores a la crisis, mientras que el consumo mundial
aumentó de 1 219,6 millones de toneladas a 1 484,7 millones de
toneladas (+ 21,7 %), por encima de las cifras correspondientes a
2008. Una tendencia similar se registró en el consumo aparente de productos
siderúrgicos acabados, que aumentaron un 32,0 % en la EU-27 frente al
21,4 % a escala mundial. En la EU-27, la mayor parte de esta recuperación
de la demanda fue absorbida por las importaciones. 5. Entre 2009 y 2011, las
importaciones de productos de acero semiacabados y acabados en la EU-27 aumentó
de 101,0 millones de toneladas a 138,4 millones de toneladas
(+ 37,0 %), mientras que, en comparación, la importación de dichos
productos en China disminuyó, pasando de 22,3 millones de toneladas a 16,3
millones de toneladas (− 26,9 %). Durante el mismo período,
mientras las exportaciones de productos siderúrgicos semiacabados y acabados en
la EU-27 aumentó de 112,8 millones de toneladas a 145,8 millones de toneladas
(+ 29,2 %), el aumento fue mucho más fuerte en terceros países como
China (+ 99,8 %), los EE.UU. (+ 43,8 %) o Corea del Sur
(+ 42,6 %), que representaban en conjunto el 21,8 % de las
exportaciones de productos siderúrgicos acabados y semiacabados a escala
mundial en 2009, frente al 35,8 % para la EU-27. Estos datos demuestran
que la UE ha registrado un aumento sustancial de las importaciones de productos
siderúrgicos acabados y semiacabados en los últimos años, así como una
disminución relativa de las exportaciones de dichos productos, lo cual
representa una pérdida de cuota de mercado de la UE en el sector de los
productos de acero, acabados y semiacabados, en el que operaba Mechel. Esta
situación ha incidido negativamente en los resultados del sector, tal como se
refleja en las presiones sobre la competitividad de la industria siderúrgica de
la UE a nivel internacional y la pérdida de puestos de trabajo debido a la
reestructuración en el sector del acero en Europa[6]. 6. Hasta la fecha, el
sector de la siderurgia ha sido objeto de cinco solicitudes al FEAG: cuatro
destinadas a prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de
grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial debido a la
globalización[7]
y una para ayudar a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la
crisis económica y financiera mundial[8]. Demostración del número de
trabajadores despedidos y cumplimiento de los criterios establecidos en el
artículo 2, letra a) 7. Rumanía presentó esta
solicitud con arreglo a los criterios de intervención establecidos en el
artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que condicionan la
ayuda a que se haya producido el despido, en un período de cuatro meses, de al
menos 500 trabajadores de una empresa en un Estado miembro, incluidos los
trabajadores despedidos por los proveedores o los transformadores de productos
de dicha empresa. 8. En la solicitud se
informa de 825 despidos del Grupo Mechel Campia Turzii y de una empresa de
transformación durante el período de referencia de cuatro meses, del 20 de
junio de 2012 al 20 de octubre de 2012, y de otros 688 despidos fuera del
período de referencia, pero relacionados con el mismo procedimiento de despido
colectivo. Todos estos despidos se calcularon con arreglo al artículo 2,
párrafo segundo, tercer guión, del Reglamento (CE) nº 1927/2006. La
Comisión ha recibido la confirmación que se exige en el artículo 2, párrafo
segundo, tercer guión, de que ese es el número real de despidos. Explicación del carácter imprevisto
de los despidos 9. Las autoridades rumanas
alegan el carácter imprevisto de la decisión de despedir a los trabajadores en
Mechel Campia. En noviembre de 2009, Mechel anunció la puesta en marcha de tres
nuevas líneas de producción en su fábrica de Câmpia Turzii. Sin embargo, a
finales de 2011, las operaciones de Mechel en Rumanía comenzaron a
experimentar dificultades financieras como consecuencia de las pérdidas
contraídas durante los dos ejercicios financieros anteriores debido a los
precios desfavorables en los mercados del acero en Europa y a la subida de los
precios de la chatarra férrica y la escasa demanda de productos acabados. A
finales de 2011, Mechel Campia Turzii puso en marcha una serie de medidas para
reducir los gastos de personal (por ejemplo, suspensión de aumentos salariales,
primas e incentivos individuales, prohibición de las horas extraordinarias,
reorganización de los turnos de trabajo y reducción del tiempo de trabajo con
una disminución proporcional de los salarios). No obstante, estas medidas no
permitieron superar las dificultades financieras de la empresa, que decidió
proceder a despidos colectivos. Identificación de las empresas en
las que se produjeron los despidos y de los trabajadores destinatarios de la
ayuda 10. La solicitud se refiere a
1 513 trabajadores despedidos (1 441 durante y después del período de
referencia en Mechel Campia Turzii y 72 en Mechel Reparatii Targoviste). Las
autoridades rumanas han calculado que 1 000 de los trabajadores despedidos
se beneficiarán de las medidas coordinadas de servicios personalizados. 11. Los trabajadores
destinatarios se desglosan del siguiente modo: Categoría || Número || Porcentaje Hombres || 728 || 72,80 Mujeres || 272 || 27,20 Ciudadanos de la UE || 1 000 || 100,00 Ciudadanos de terceros países || 0 || 0,00 15-24 años || 9 || 0,90 25-54 años || 879 || 87,90 55-64 años || 112 || 11,20 Mayores de 64 años || 0 || 0,00 12. De los trabajadores
destinatarios de la ayuda, cuatro padecen una discapacidad o un problema de
salud de larga duración. 13. El desglose por categoría
profesional es el siguiente: Categoría || Número || Porcentaje Directores y gerentes || 32 || 3,20 Profesionales científicos e intelectuales || 61 || 6,10 Técnicos y profesionales de nivel medio || 91 || 9,10 Personal de apoyo administrativo || 81 || 8,10 Trabajadores de los servicios y vendedores de comercios y mercados || 6 || 0,60 Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y de otros oficios || 271 || 27,10 Operadores de instalaciones y máquinas y montadores || 449 || 44,90 Trabajadores no cualificados || 9 || 0,90 14. Con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, Rumanía
ha confirmado que se ha aplicado una política de igualdad entre mujeres y
hombres y de no discriminación, y que continuará aplicándose en las diferentes
fases de ejecución del FEAG, en particular en el acceso al mismo. Descripción del territorio afectado
y de sus autoridades y partes interesadas 15. Los despidos han afectado
principalmente al municipio de Câmpia Turzii y sus alrededores en el sudeste de
la región de Cluj, en el noroeste de Rumanía. Desde el punto de vista
socioeconómico, la zona de Câmpia Turzii se caracteriza por los bajos niveles
de renta y la escasa diversificación de las actividades económicas. AJOFM Cluj calcula
que alrededor de la mitad de la población en edad de trabajar en Câmpia Turzii
está empleada en el sector industrial. Con una
plantilla de 1 837 empleados (en junio de 2012), Mechel Campia Turzii era
el mayor empleador, lo que equivale a alrededor de un tercio del número total
de trabajadores en la zona. El mercado de trabajo local es muy limitado puesto
que la tasa de paro en Câmpia Turzii se sitúa por lo general en torno al
5 % y la tasa de vacantes de empleo es muy baja (inferior al 0,5 %)[9]. 16. Las autoridades
encargadas de las medidas de ejecución son la Agencia Nacional de Empleo de
Rumanía (ANOFM) y la Agencia de Empleo de la Región de Cluj (AJOFM). 17. Otras partes interesadas
son las autoridades locales y regionales, los sindicatos y las empresas que se
vincularán a la cooperativa que se creará para apoyar a los trabajadores
destinatarios de la solicitud de ayuda en el marco de la medida «Ayuda para la
puesta en marcha de actividades independientes». Efectos esperados de los despidos
en el empleo local, regional o nacional 18. Más de dos tercios de los
trabajadores despedidos viven en Câmpia Turzii y sus alrededores y casi un
tercio en otras partes de la región de Cluj. Según
AJOFM Cluj, la tasa de desempleo en la región de Cluj era del 3,7 % antes
de los despidos y aumentó hasta el 4,1 % en febrero de 2013 tras los
despidos. El número de desempleados en Câmpia Turzii creció más del doble,
pasando de 481 a 1 290, como resultado de los despidos, y el porcentaje de
personas desocupadas entre la población de 18 a 62 años aumentó del 2,7 %
al 7,2 %. Por lo tanto, los despidos han
tenido importantes repercusiones en el mercado de trabajo local, dado el escaso
número de puestos de trabajo disponibles (una media de 30 ofertas de trabajo al
mes) y el escaso número de empleadores potenciales. Entre
2008 y 2010 se registró una disminución constante en el número de trabajadores
de la industria siderúrgica en la región de Cluj y una reducción significativa
en el volumen de inversión neto en este sector. Según AJOFM Cluj, la
mayoría de los trabajadores despedidos tienen cualificaciones específicas de la
industria metalúrgica para las que ya no hay demanda de los empleadores con
puestos vacantes en la región de Cluj. Conjunto coordinado de servicios
personalizados que van a financiarse y desglose de sus costes estimados,
precisando su complementariedad con las medidas financiadas por los Fondos
Estructurales 19. Todas las medidas
indicadas a continuación se combinan para formar un conjunto coordinado de
servicios personalizados cuya finalidad es la reincorporación al empleo de los
trabajadores despedidos[10]: –
Inscripción de los trabajadores Esta medida consiste en completar un formulario de inscripción en
la base de datos del centro de coordinación del proyecto a fin de determinar
las capacidades, las competencias y la experiencia de cada uno de los
trabajadores, validar su situación y definir sus necesidades y preferencias. –
Información, orientación profesional y
asesoramiento Esta medida consiste en una serie
de actividades desarrolladas por el centro de coordinación del proyecto: –
Informar a los operadores comerciales en la
zona de Câmpia Turzii sobre el proyecto e identificar las ofertas de empleo. –
Informar a los trabajadores destinatarios
sobre el mercado de trabajo local, la legislación laboral, los cursos de
formación profesional y las oportunidades de empleo. –
Realizar entrevistas de motivación,
evaluaciones psicológicas y pruebas de aptitud con los trabajadores
destinatarios. –
Proporcionar asesoramiento y orientación
profesional a los trabajadores destinatarios y elaborar planes de acción
individuales para cada trabajador. –
Proporcionar asesoramiento sobre cómo
identificar un empleo, contactar a un posible empleador o comportarse antes y
después de una entrevista de trabajo. –
Recomendar la participación en otras
actividades del proyecto (por ejemplo, cursos de formación profesional,
periodos de prácticas y cooperativas). –
Cursos de formación profesional y períodos
de prácticas Esta medida consiste en ofrecer cursos
de formación profesional a los trabajadores que correspondan a sus necesidades
identificadas durante la información, la orientación profesional y el
asesoramiento. Los proveedores externos autorizados reconocidos por la Agencia
nacional de pagos e inspección social y por el Centro nacional de formación
profesional impartirán los cursos de formación, cuya duración será de entre
tres y seis meses, a grupos de 7 a 28 personas, que podrán obtener un
certificado de las competencias adquiridas.[11]
El pago a los proveedores de formación se realizará una vez concluido el curso
a través de un sistema de reembolso mediante bonos, tras la confirmación por
parte de AJOFM Cluj y la entrega de los certificados a los participantes. El
centro de coordinación del proyecto coordinará las actividades de formación y
supervisará cada curso de formación. Seis meses después de que finalice el
curso de formación se hará un seguimiento de los participantes. Los
trabajadores despedidos podrán también participar en períodos de prácticas, con
una duración de entre cinco y noventa días, organizados específicamente por
empleadores potenciales de la zona afectada por los despidos. –
Ayuda para la puesta en marcha de
actividades independientes Cluj AJOFM facilitará
la creación de una nueva empresa en forma de sociedad cooperativa[12] , con
arreglo a la ley[13],
cuyos miembros serán 250 de los trabajadores destinatarios y que fabricará
diversos artículos de equipos deportivos para una empresa rumana, a su vez
subcontratista de una empresa multinacional de equipos deportivos[14]. Los
trabajadores afectados han tenido la oportunidad de manifestar su interés en
formar parte de la cooperativa. Entre el grupo de trabajadores interesados,
AJOFM Cluj seleccionará mediante dos pruebas de aptitud a los 250 miembros de
la cooperativa. Posteriormente, estos realizarán períodos de prácticas en otras
empresas con actividades similares donde se les evaluará. Cada trabajador
recibirá un bono de 15 000 euros que se utilizará como una aportación de
capital a la cooperativa[15].
La mayor parte de estos fondos, salvo la parte reservada a los costes jurídicos
y administrativos de puesta en marcha y al capital circulante[16], serán
utilizados por la cooperativa para comprar la maquinaria, los equipos y las
materias primas que se necesiten para llevar a cabo las actividades productivas[17]. La
maquinaria, el equipamiento y las materias primas se pagarán con los bonos
entregados a cada uno de los miembros de la cooperativa. –
Existe un vínculo entre la necesidad de
comprar estos bienes, la provisión de locales para la producción y el número de
personas que se incorporarán a la cooperativa. El ritmo de integración de las
personas en la cooperativa dependerá de las necesidades para comprar los bienes
y para el funcionamiento de la cooperativa. Todos los trabajadores tendrán los
mismos derechos en la cooperativa. La propiedad de los bienes de producción
será colectiva, fijarán su propio salario y beneficios y decidirán los futuros
planes empresariales y las inversiones[18].
Los trabajadores se comprometerán a permanecer en la cooperativa durante los
tres primeros años de funcionamiento. Si alguno decide abandonar la cooperativa
antes de este plazo, los administradores decidirán el importe de la
indemnización correspondiente al valor de la aportación al capital social de la
cooperativa que se puede abonar a dichos trabajadores, así como las
condiciones. Los nuevos miembros que deseen incorporarse a la cooperativa
deberán hacer una aportación equivalente (que puede financiarse a través de
otros proyectos de apoyo). –
Se firmará un contrato comercial entre la
cooperativa y su cliente, por una duración inicial de cuatro años que puede
prorrogarse (el cliente tiene un contrato de diez años con la multinacional de
equipos deportivos). El contrato entre la cooperativa y su cliente se basará en
las condiciones de mercado y aportará los ingresos de la cooperativa, aunque no
habrá ninguna cláusula de exclusividad que le impida diversificar su base de
clientes. Cluj AJOFM garantizará la sostenibilidad del proyecto a través de un
compromiso escrito con la cooperativa[19]. –
La Comisión considera que esta medida, aunque
innovadora en su concepción y aplicación, cumple plenamente las condiciones
para las acciones subvencionables establecidas en el artículo 3,
letra a), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y, en particular, que
esta medida corresponde a la categoría de medidas a las que se hace referencia
como «promoción del espíritu empresarial o asistencia con vistas al
establecimiento por cuenta propia». –
Alquiler del local destinado a la
producción y pago de la renta para la duración del proyecto: La cooperativa empezará a funcionar con una línea de muestreo que
empleará a 50 trabajadores y que se ampliará hasta un total de 250
trabajadores. El pago del alquiler de las instalaciones de producción correrá a
cargo de AJOFM Cluj (con la cofinanciación del FEAG) hasta el final de la
aplicación del FEAG (marzo de 2015) y, posteriormente, se hará cargo el cliente
de la cooperativa. –
Asignación para desplazamientos: Esta medida consiste en una asignación de hasta 250 euros por
persona que se destina a cubrir los gastos realizados por los trabajadores para
el desplazamiento desde su domicilio al lugar de la entrevista de trabajo o
para participar en otras actividades del proyecto. Los beneficiarios deberán
residir en la zona afectada por los despidos y participar en al menos dos
actividades del proyecto. –
Asignación para entrevistas: Esta asignación, de hasta 100 euros por persona, se pagará a los
trabajadores que participen en las entrevistas de trabajo, las pruebas de
selección u otros procedimientos de selección de personal organizados por un
empleador potencial. La asignación se destinará a cubrir los gastos personales
relacionados con la entrevista. Los beneficiarios que participen en más de dos
entrevistas con empleadores diferentes podrán recibir la asignación dos veces
como máximo. –
Asignaciones para períodos de prácticas: Esta medida consiste en una asignación de hasta 1 000 EUR[20] (o hasta
3 000 EUR para los trabajadores que sigan una formación técnica o
especializada[21])
destinada a los trabajadores que realizan un período de prácticas. La
asignación servirá para cubrir los gastos de alojamiento y manutención, los
seguros médicos, las materias primas, el equipo de protección, etc. Los
beneficiarios deben residir en la zona afectada por los despidos y participar
en al menos dos actividades del proyecto. –
Asignación de subsistencia: Esta medida consiste en un pago a tanto alzado de 150 EUR a
los trabajadores que participan en los períodos de prácticas con el fin de
compensar el hecho de que algunas medidas pueden tener lugar fuera de la zona
de residencia de los beneficiarios y requieran una ausencia temporal del hogar
y la familia. Las personas que participan en los períodos de prácticas no
perciben ya el subsidio por desempleo y no pueden estar empleadas. La
asignación se abonarán una sola vez después de que haya finalizado la medida en
que ha participado el trabajador. –
Asignación de participación: Esta medida consiste en un pago a tanto alzado de 200 EUR a
los trabajadores que completen un programa de certificación como parte de un
curso de formación profesional. La finalidad de la asignación es motivar a los
trabajadores y compensarlos por los gastos generados por su participación en el
curso de formación. Las personas que participan en un curso de formación no
pueden ejercer un empleo al mismo tiempo, ya que la asistencia es obligatoria y
los cursos suelen impartirse durante la primera parte del día. –
La asignación para gastos de viaje, la
asignación para las entrevistas y la asignación para los períodos de prácticas
únicamente se pagarán previa presentación de justificantes por los
beneficiarios (por ejemplo, recibos, facturas, etc.). Los trabajadores que
participen en las prácticas y que perciban el subsidio no recibirán la
asignación de desplazamiento, ya que el transporte corre a cargo de la empresa
que organiza el período de prácticas. –
Tutoría posterior a la integración laboral: Esta medida consiste en actividades de tutoría proporcionadas por
los empleadores a los trabajadores recién contratados por un período de tres a
seis meses. El tutor ofrecerá apoyo y asistencia con el fin de facilitar la
transición entre la situación de trabajador despedido y la de empleado. 20. Los gastos de
intervención del FEAG, que se incluyen en la solicitud con arreglo al
artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, cubren las actividades
de preparación y control, así como la información y la publicidad. 21. Los servicios
personalizados presentados por las autoridades rumanas consisten en medidas
activas del mercado de trabajo que figuran entre las medidas subvencionables
establecidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Las
autoridades rumanas calculan que el coste total será de 7 142 300 EUR,
de los que 6 909 300 EUR corresponden a los servicios
personalizados y 233 000 EUR (3,26 % de la cantidad total) a los
gastos de aplicación del FEAG. La contribución total solicitada al FEAG
asciende a 3 571 150 EUR (el 50 % de los costes totales). Acciones || Número estimado de trabajadores destinatarios || Coste estimado por trabajador destinatario (EUR) || Coste total (FEAG y cofinanciación nacional) (EUR) Servicios personalizados [artículo 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006] Inscripción de los trabajadores || 1 000 || 50 || 50 000 Información, orientación profesional y asesoramiento || 1 000 || 1 500 || 1 500 000 Cursos de formación profesional y períodos de prácticas || 500 || 800 || 400 000 Ayuda para la puesta en marcha de actividades independientes || 250 || 15 000 || 3 750 000 Alquiler del local destinado a la producción y pago de la renta para la duración del proyecto || 250 || 860 || 215 000 Asignación para gastos de desplazamiento || 300 || 250 || 74 300 Asignación para las entrevistas || 400 || 100 || 40 000 Asignación para períodos de prácticas || 400 || 1 000 || 400 000 Asignación de subsistencia || 400 || 150 || 60 000 Asignación de participación || 500 || 200 || 100 000 Tutoría posterior a la integración laboral || 400 || 800 || 320 000 Subtotal de servicios personalizados || || 6 909 300 Gastos de intervención del FEAG [artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006] Actividades preparatorias || || 153 000 Gestión || || 0 Información y publicidad || || 70 000 Actividades de control || || 10 000 Subtotal gastos de intervención del FEAG || || 233 000 Coste total estimado || || 7 142 300 Contribución del FEAG (50 % del coste total) || || 3 571 150 22. Las autoridades rumanas
han confirmado que las medidas descritas anteriormente son complementarias de
las acciones financiadas por los Fondos Estructurales[22] y que se
evitará cualquier doble financiación. Para evitar la doble financiación de las
actividades con cargo al FSE y al FEAG, las autoridades rumanas han firmado un
protocolo marco que permite a las autoridades responsables de gestionar las
operaciones del FSE hacer verificaciones cruzadas de las bases de datos del
Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Mayores, de la Autoridad de
Gestión del Programa Operativo del FSE «Desarrollo de los Recursos Humanos» y
del ANOFM. Fecha(s) en que comenzaron o se
prevé que comiencen los servicios personalizados para los trabajadores
afectados 23. El 1 de marzo de 2013,
Rumanía puso en marcha los servicios personalizados para los trabajadores
afectados incluidos en el paquete coordinado para el que solicita la
cofinanciación del FEAG. Por consiguiente, esa fecha representa el inicio del
período de admisibilidad de cualquier ayuda que pueda conceder el FEAG. Procedimientos de consulta de los
interlocutores sociales 24. Se ha consultado en
varias ocasiones a los trabajadores despedidos durante la preparación de la
solicitud de ayuda del FEAG. El procedimiento de consulta de los interlocutores
sociales sobre el paquete coordinado de servicios personalizados propuesto se
ha desarrollado como sigue: · en junio de 2012, se celebró una reunión entre el Ministro de
Trabajo y la dirección de Mechel Campia Turzii sobre la posición de la empresa
en lo que respecta a los despidos; · en agosto de 2012, el Viceministro para el Diálogo Social y los
miembros de la Comisión para el Diálogo Social (que incluye a los
representantes sindicales) mantuvieron una reunión sobre la situación generada
por los despidos; · en septiembre de 2012, se celebró una reunión entre el
Viceministro para el Diálogo Social y los representantes de los sindicatos y de
las autoridades públicas locales sobre la posibilidad de que el Gobierno rumano
reciba las ayudas del FEAG. 25. Las autoridades rumanas
confirmaron que se habían cumplido los requisitos establecidos en la
legislación nacional y de la UE sobre despidos colectivos. Información sobre las acciones
obligatorias en virtud del Derecho nacional o de conformidad con los convenios
colectivos 26. Respecto a los criterios
que figuran en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1927/2006,
en su solicitud, las autoridades rumanas: · han confirmado que la contribución financiera del FEAG no
reemplaza las medidas que son responsabilidad de las empresas en virtud del
Derecho nacional o de los convenios colectivos; · han demostrado que las acciones ayudan a trabajadores individuales
y que no se destinarán a la reestructuración de empresas o sectores; · han confirmado que las acciones subvencionables mencionadas no
reciben ayuda de otros instrumentos financieros de la UE. Sistemas de gestión y control 27. Rumanía ha informado a la
Comisión de que la contribución financiera será gestionada y controlada por los
mismos organismos que gestionan y controlan el FSE. La contribución financiera
será gestionada por ANOFM, que había sido designada la autoridad nacional
responsable de la gestión de la contribución financiera del FEAG. La decisión
gubernamental nº 11/2009 establece el marco institucional para la
coordinación y la gestión de las contribuciones financieras del FEAG. Los
procedimientos de gestión del FEAG, el papel de los diferentes organismos implicados
y los mecanismos para garantizar el cumplimiento de los principios generales de
gestión del FEAG y del marco jurídico pertinente se describen en unas
directrices específicas. La Autoridad de Auditoría adscrita al Tribunal de
Cuentas rumano ha sido designada como autoridad de auditoría para el FEAG. Financiación 28. Teniendo en cuenta la
solicitud de Rumanía, la contribución del FEAG propuesta para el conjunto
coordinado de servicios personalizados (incluidos los gastos de aplicación del
FEAG) asciende a 3 571 150 EUR, lo que supone el 50 % del
coste total. La asignación del Fondo propuesta por la Comisión se basa en la
información facilitada por Rumanía. 29. Teniendo en cuenta el
importe máximo permitido de una contribución financiera del FEAG con arreglo a
lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013
del Consejo y el margen existente para la reasignación de créditos, la Comisión
propone movilizar el FEAG para proporcionar la cantidad total indicada
anteriormente. 30. La Decisión propuesta de
movilizar el FEAG será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el
Consejo, de conformidad con lo establecido en el punto 13 del Acuerdo
Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el
Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia
presupuestaria y buena gestión financiera[23]. 31. La Comisión presenta por
separado una solicitud de transferencia para consignar en el presupuesto de
2014 los correspondientes créditos de compromiso, tal como exige el punto 13
del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013. Origen de los créditos de pago Los créditos inscritos en la línea
presupuestaria del FEAG en el presupuesto de 2014 se utilizarán para cubrir el
importe de 3 571 150 EUR necesario para atender a la presente
solicitud. Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y
DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo
Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del
Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento
Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación
en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2012/010
RO/Mechel de Rumanía) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Visto el Reglamento (CE)
nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de
2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[24], y, en
particular, su artículo 12, apartado 3, Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2
de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión
sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena
gestión financiera[25]y,
en particular, su apartado 13, Vista la propuesta de la Comisión Europea[26], Considerando lo siguiente: (1) El Fondo Europeo de
Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar apoyo adicional a los
trabajadores despedidos a raíz de importantes cambios estructurales en los
patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y ayudarlos
a reincorporarse al mercado de trabajo. (2) El FEAG no puede superar
la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo
con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom)
nº 1311/2013 del Consejo, por el que se establece el marco financiero
plurianual para el período 2014-2020[27]. (3) El 21 de diciembre de
2012, Rumanía presentó una solicitud de movilización del FEAG en relación con
los despidos de trabajadores de SC Mechel Campia Turzii SA y una empresa
transformadora y la complementó con información adicional hasta el 4 de marzo
de 2014. Dicha solicitud cumple los requisitos para fijar el importe de las contribuciones
financieras de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE)
nº 1927/2006. Por tanto, la Comisión propone movilizar un importe de
3 571 150 EUR. (4) Procede, por tanto,
movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a
la solicitud presentada por Rumanía. HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 En el marco del presupuesto general de la
Unión Europea para el ejercicio 2014, se movilizará el Fondo Europeo de
Adaptación a la Globalización (FEAG) para proporcionar un importe de
3 571 150 EUR en créditos de compromiso y de pago. Artículo 2 La presente Decisión se publicará en el Diario
Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por el Parlamento Europeo
Por el Consejo El Presidente
El Presidente [1] DO L 347 de 20.12.2013, p. 884. [2] DO L 406 de 30.12.2006, p. 1. [3] De acuerdo con el artículo 3, párrafo tercero, del
Reglamento (CE) nº 1927/2006. [4] Fuente: Asociación Mundial del Acero, Steel
Statistical Yearbook 2012. [5] El consumo aparente se define como la producción
más las importaciones menos las exportaciones. [6] Véase la Comunicación de la Comisión al Parlamento
Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las
Regiones: Plan de Acción para una Industria del Acero Competitiva y Sostenible
en Europa, COM(2013) 407. [7] EGF/2009/022/BG/Kremikovtsi AD (solicitud rechazada
por la Comisión), EGF/2013/002 BE/Carsid (solicitud presentada a la Comisión el
2 de abril de 2013) y EGF/2013/007 BE (DUFERCO-NLMK (solicitud presentada a la
Comisión el 27 de septiembre de 2013). [8] EGF/2010/007 AT/Steiermark y Niederösterreich. Decisión 2011/652/UE de 27 de septiembre 2011 (DO L 263 de
7.10.2011, p. 9). [9] La tasa de vacantes de empleo mide el porcentaje de
puestos vacantes, en comparación con el número total de puestos ocupados y no
ocupados. Se calcula que en el tercer trimestre de 2012 la tasa de vacantes de
empleo en la EU-28 de la NACE Rev. 2, secciones B a S (industria, construcción
y servicios) fue del 1,4 %. [10] Varias de las medidas propuestas son similares a las
aplicadas en el caso EGF/2011/014 RO/Nokia. [11] Los cursos de formación se destinan a los
trabajadores despedidos que no sean seleccionados para participar en la
cooperativa. [12] Las autoridades rumanas consideran que las medidas de
apoyo a la creación de empresas por los trabajadores individuales no serían
eficaces ya que la demanda de bienes y servicios en la región es escasa debido
al bajo nivel de vida. [13] La nueva empresa se creará con arreglo a la Ley
nº 1/2005 sobre el establecimiento de cooperativas. [14] La empresa cliente ha sido identificada como
resultado de un estudio de mercado realizado por AJOFM para encontrar empresas
idóneas dispuestas a invertir en la zona de Câmpia Turzii y participar en el
establecimiento de la cooperativa. [15] Según las autoridades rumanas, la cantidad de
15 000 EUR por trabajador destinatario se ha calculado dividiendo la
estimación de los costes totales de la operación industrial por el número
previsto de trabajadores necesarios. La entrega de los bonos estará sujeta a la
firma de un contrato entre AJOFM Cluj y cada miembro de la cooperativa en el
que se estipule que las personas despedidas tienen que respetar el plan de
creación y actividad de la cooperativa. [16] El capital circulante se refiere al importe necesario
para cubrir los gastos que haya generado el funcionamiento de la cooperativa
durante un período de algunos meses, que comenzará a partir del momento en que
la cooperativa decida el muestreo y la producción hasta recibir el valor de los
primeros productos suministrados. [17] En la práctica, AJOFM Cluj pagará el importe de
15 000 euros directamente a la cooperativa sobre la base de las facturas
expedidas por las empresas que suministran la maquinaria, el equipamiento y las
materias primas y de cualquier tipo de documento contable conforme a la ley. [18] Los trabajadores podrán designar a un gestor
profesional, aunque algunos de los antiguos trabajadores de Mechel con la
experiencia pertinente podrían ejercer también funciones de dirección o intermediarias
(recursos humanos, contabilidad, ingeniería, control de operaciones, ventas,
etc.). Los derechos y condiciones aplicables a las personas que se incorporen o
abandonen la cooperativa serán establecidos por la dirección de la cooperativa,
e, implícitamente, por cada miembro de la cooperativa a través de su derecho de
voto en la asamblea general. [19] Cluj AJOFM firmará un contrato con la cooperativa,
que incluirá disposiciones relativas a la creación, el funcionamiento y la
sostenibilidad de la cooperativa, así como cláusulas en caso de incumplimiento
de las obligaciones asumidas en el marco del contrato. AJOFM Cluj y las
empresas que contraten a los desempleados celebrarán un contrato similar. En
caso de que la empresa no respete sus obligaciones contractuales, deberá
reembolsar los fondos recibidos. [20] Este importe se ha fijado sobre la base de las
estimaciones proporcionadas por los empleadores potenciales y los proveedores
de los períodos de prácticas con el objeto de cubrir los costes relacionados
con la participación de los trabajadores despedidos. [21] El importe más elevado de la asignación para los
trabajadores que sigan una formación técnica o especializada se debe al hecho
de que la duración del período de prácticas en estos casos es tres veces más
larga y los gastos son, en consecuencia, más elevados. [22] Como ejemplo, las autoridades rumanas completarán las
medidas del FEAG con el proyecto Callcem cofinanciado por el FSE. Este proyecto
ofrece servicios de búsqueda de empleo y de colocación a los demandantes de
empleo (por teléfono o por medios informáticos). [23] DO C 373 de 20.12.2013, p. 1. [24] DO L 406 de 30.12.2006, p. 1. [25] DO C 373 de 20.12.2013, p. 1. [26] DO C […] de […], p. […]. [27] DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.