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Document 52014IP0044

    Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2014, sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y los militantes de la oposición en Camboya y Laos (2014/2515(RSP))

    DO C 482 de 23.12.2016, p. 145–148 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.12.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 482/145


    P7_TA(2014)0044

    Situación de los defensores de los derechos humanos y los activistas de la oposición en Camboya y Laos

    Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2014, sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y los militantes de la oposición en Camboya y Laos (2014/2515(RSP))

    (2016/C 482/22)

    El Parlamento Europeo,

    Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Camboya y Laos,

    Vistas las declaraciones locales de la UE, de 4 de enero de 2014, sobre la violencia en torno a conflictos laborales, y de 23 de septiembre de 2013, sobre la nueva legislatura en Camboya,

    Vista la declaración, de 29 de julio de 2013, del portavoz de la Vicepresidenta/Alta Representante Catherine Ashton a raíz de las elecciones celebradas en Camboya,

    Visto el informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Camboya, de 5 de agosto de 2013,

    Visto el informe «Bittersweet harvest — A Human Rights Impact Assessment of the European Union‘s Everything But Arms Initiative in Cambodia», elaborado por Equitable Cambodia and Inclusive Development International en 2013,

    Visto el Acuerdo de Cooperación de 1997 entre la Comunidad Europea y el Reino de Camboya,

    Vista la declaración del portavoz de la Vicepresidenta/Alta Representante Catherine Ashton sobre la desaparición de Sombath Somphone en Laos, de 21 de diciembre de 2012,

    Vista la declaración, de 19 de noviembre de 2013, de los socios europeos para el desarrollo en la reunión de la Mesa Redonda organizada por la República Democrática Popular de Laos,

    Visto el Acuerdo de cooperación entre la UE y la República Democrática Popular de Laos, de 1 de diciembre de 1997,

    Vistas las directrices de la UE sobre los defensores de los derechos humanos, de 2008,

    Vistas la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y la declaración de las Naciones Unidas, de 18 de diciembre de 1992, sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas,

    Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

    Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

    Vistos el artículo 122, apartado 5, y el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

    Camboya

    A.

    Considerando que, el 3 de enero de 2014, en manifestaciones pacíficas de trabajadores de la industria textil en demanda de mejores salarios que degeneraron en violentas, las fuerzas de seguridad abrieron fuego con munición real contra los manifestantes, matando a cinco personas e hiriendo a más de treinta; y que el 4 de enero de 2014 las fuerzas de seguridad desalojaron por la fuerza el Parque de la Libertad, donde se habían concentrado militantes de la oposición;

    B.

    Considerando que veintitrés personas, incluidos defensores de los derechos humanos, han sido detenidas durante los recientes acontecimientos, y que, según se informa, han sido golpeadas y torturadas;

    C.

    Considerando que la tensión, en aumento con la presencia policial, ha desembocado en la prohibición de las manifestaciones;

    D.

    Considerando que el derecho de libre reunión pacífica está consagrado en la Constitución de Camboya, en el artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

    E.

    Considerando que los líderes del Partido de Salvación Nacional de Camboya (CNRP) Sam Rainsy y Kem Sokha fueron citados a declarar ante el Tribunal Municipal de Nom Pen el 14 de enero de 2014; y que Sam Rainsy y Kem Sokha podrían ser acusados de incitación a alteración del orden público;

    F.

    Considerando que las autoridades no tomaron todas las medidas necesarias para remediar algunas de las deficiencias clave del proceso electoral, como mejorar la fiabilidad del censo electoral, garantizar el acceso equitativo a los medios de comunicación y evitar el uso de recursos del Estado, incluida la participación de funcionarios y militares en la campaña electoral;

    G.

    Considerando que el Rey amnistió a Sam Rainsy el 14 de julio de 2013, haciendo posible su regreso a Camboya; que, no obstante, no se restableció su derecho de sufragio activo y pasivo;

    H.

    Considerando que en septiembre de 2013, tras la proclamación de los resultados electorales, el CNRP inició tres días de manifestaciones masivas no violentas contra los resultados oficiales de las elecciones a la Asamblea Nacional; que, en respuesta a estas manifestaciones pacíficas, el Gobierno desplegó numerosas fuerzas de seguridad armadas;

    I.

    Considerando que se está produciendo un acoso creciente contra los defensores de los derechos humanos a través de detenciones arbitrarias por acusaciones falsas o exageradas por el ejercicio pacífico de derechos humanos, y que reina un clima de impunidad por tales actos;

    J.

    Considerando que Camboya ha conocido serios desafíos en cuanto a su situación de los derechos humanos, en particular a consecuencia de la corrupción y de las expropiaciones sistemáticas de tierras por parte del Gobierno, el partido gobernante y agentes privados con apoyo y protección oficial;

    K.

    Considerando que el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Camboya cursará una visita oficial al país del 12 al 17 de enero de 2014;

    L.

    Considerando que la UE es el mayor donante de ayuda a Camboya;

    M.

    Considerando que numerosas empresas internacionales, también empresas europeas, han estado supuestamente envueltas en violaciones del derecho de propiedad de la tierra, principalmente en el sector del azúcar, y que, en noviembre de 201, la empresa Coca-Cola se prometió una «tolerancia cero» frente a los desalojos de las tierras sin indemnizaciones;

    Laos

    N.

    Considerando que Sombath Somphone, militante por los derechos humanos y el medio ambiente y líder de la sociedad civil, copresidente del noveno Foro de los Pueblos Asia-Europa celebrado en Vientián en octubre de 2012 previamente a la novena ASEM, fue presuntamente víctima de desaparición forzada el 15 de diciembre de 2012 en Vientián; y que la familia de Sombath Somphone ha sido incapaz de localizarlo desde ese día, y ello a pesar de los continuos llamamientos a las autoridades locales y de las búsquedas en la zona circundante;

    O.

    Considerando que en la visita de la Delegación para las Relaciones con los Países del Sudeste Asiático y la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) a Laos del 28 de octubre de 2013, se trató la desaparición de Sombath Somphone con las autoridades de Laos;

    P.

    Considerando que cuestiones cruciales relacionadas con el asunto, como si se efectuó o no una investigación, siguen sin resolver más de un año después de la mencionada desaparición, y que las autoridades de Laos declinaron las ofertas de asistencia del exterior para investigar la desaparición;

    Q.

    Considerando que los socios europeos de Laos opinan que la inexplicable desaparición de Sombath Somphone es un asunto muy grave y que las declaraciones del Gobierno sobre este caso son insuficientes y poco convincentes;

    R.

    Considerando que, el 15 de diciembre de 2013, sesenta y dos ONG solicitaron una nueva investigación sobre su desaparición; que, el 16 de diciembre de 2013, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre desapariciones forzadas o involuntarias instó al Gobierno de Laos a que hiciera todo lo posible para localizar a Sombath Somphone, conocer su suerte y su paradero y llevar a los responsables ante la justicia;

    S.

    Considerando que se han producido otros casos de desapariciones forzadas; que, hasta la fecha, se sigue sin conocer el paradero de otras nueve personas —dos mujeres, Kingkeo y Somchit, y siete hombres, Soubinh, Souane, Sinpasong, Khamsone, Nou, Somkhit y Sourigna—, que fueron detenidos arbitrariamente por las fuerzas de seguridad de Laos en noviembre de 2009 en distintos lugares del país;

    T.

    Considerando que Laos ha registrado el crecimiento económico más rápido del sureste asiático en los últimos años, y que el trabajo de la sociedad civil es fundamental para garantizar que los derechos humanos no se dejen de lado por el rápido desarrollo del país;

    Camboya

    1.

    Expresa sus condolencias a las familias de las víctimas; condena el uso desproporcionado y excesivo de la fuerza por las fuerzas de seguridad de Camboya, lo que ha provocado la pérdida de vidas humanas y ha dejado personas heridas;

    2.

    Pide a las autoridades de Camboya que actúen con mesura ante quienes protestan, y recuerda que todo uso de la fuerza por parte de los agentes estatales debe estar sujeto a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad;

    3.

    Pide a las autoridades de Camboya que liberen inmediatamente a las veintitrés personas detenidas injustamente;

    4.

    Insta a las autoridades de Camboya a que lleven a cabo investigaciones minuciosas y lleven ante la justicia a los responsables de matar y herir a manifestantes pacíficos;

    5.

    Muestra su preocupación por la situación de los defensores de los derechos y los militantes de la oposición en Camboya; condena todos los cargos, sentencias y condenas impuestos por motivos políticos a críticos políticos, políticos de la oposición, defensores de los derechos humanos y activistas agrarios en Camboya; hace hincapié en que las autoridades deben velar por que se proteja el derecho de las personas y las organizaciones a defender y promover los derechos humanos, incluido el derecho a criticar y oponerse de modo pacífico a las políticas de los gobiernos a través de manifestaciones públicas y huelgas;

    6.

    Pide al Gobierno de Camboya que consolide la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y revoque inmediatamente la prohibición de celebrar reuniones públicas;

    7.

    Insta al Gobierno de Camboya a que reconozca el legítimo papel desempeñado por la oposición política contribuyendo al desarrollo económico y político general del país; pide a las autoridades de Camboya que anulen inmediatamente las citaciones de comparecencia enviadas a Sam Rainsy y Kem Sokha, dirigentes del CNRP, y a Rong Chhun, dirigente sindical de CITA (Asociación Independiente de Profesores de Camboya) y CCFU (Confederación de Sindicatos de Camboya);

    8.

    Observa con preocupación la actual controversia sobre presuntas irregularidades en el proceso electoral; pide a los partidos políticos que trabajen juntos para determinar los fallos ocurridos y acordar medidas para mejorar el proceso electoral, en particular la reforma de los censos electorales, el acceso a los medios de comunicación y una información equilibrada, y el comité electoral nacional, así como las reformas estructurales en sectores que pueden contribuir al desarrollo del país a largo plazo, incluidas la reforma judicial, la reforma de la Asamblea Nacional y otros esfuerzos encaminados a fomentar la buena gobernanza y la democracia;

    9.

    Pide al Gobierno de Camboya que acepte una investigación independiente, con ayuda internacional, sobre las acusaciones de fraude electoral y otras irregularidades relativas a las elecciones de julio de 2013;

    10.

    Pide al Gobierno y al Parlamento de Camboya que promulguen y apliquen leyes para garantizar que el sistema judicial funcione con independencia del control político y al margen de la corrupción;

    11.

    Pide al Gobierno de Camboya que cree una institución nacional de derechos humanos que coopere plenamente con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas, y que permita, en particular, la visita del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados y del Relator Especial sobre los derechos de reunión pacífica y asociación;

    12.

    Insta al Gobierno de Camboya a que ponga fin a todos los desalojos forzados e introduzca y aplique una moratoria sobre los desalojos en el país hasta que se adopten un marco jurídico transparente y que permita establecer responsabilidades y políticas pertinentes para garantizar que los desalojos solo se lleven a cabo en el respeto de las normas internacionales; pide a las empresas internacionales que no se beneficien directamente de esos desalojos forzados sin ofrecer una compensación justa;

    13.

    Acoge con satisfacción la visita, del 12 al 17 de enero de 2014, del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Camboya, y pide al Gobierno de dicho país que se atenga a las recomendaciones de los informes del Relator;

    14.

    Acoge con satisfacción iniciativas, como la Iniciativa para la Transparencia de la Industria Textil, puesta en marcha recientemente, concebida como enfoque común de los gobiernos, el sector empresarial y la sociedad civil en los países productores y en los consumidores y destinada a alcanzar un acuerdo sobre normativa laboral global y supervisada de manera conjunta;

    15.

    Pide a las instituciones de la UE, a los Estados miembros y a las empresas europeas y multinacionales que apoyen activamente esta iniciativa y otras similares y se comprometan a seguir prácticas corporativas éticas y socialmente responsables, que incluyan normas laborales justas y salarios suficientes, reconozcan el derecho de sindicación y de participar en negociaciones colectivas y garanticen condiciones laborales humanas y seguras para todos los trabajadores;

    16.

    Pide a la Comisión que tome medidas urgentemente en vista de los resultados de la reciente evaluación del impacto en materia de derechos humanos sobre el funcionamiento de la iniciativa de la UE «Todo Menos Armas» en Camboya, y que considere la posibilidad de incluir, en los criterios para los exportadores de los países menos desarrollados que intentan beneficiarse de los privilegios de dicha iniciativa, una obligación de testificar que no han desalojado a personas de sus tierras y de sus casas sin una indemnización adecuada;

    17.

    Pide a la Vicepresidenta/Alta Representante que observe atentamente la situación de Camboya;

    Laos

    18.

    Pide al Gobierno de Laos que aclare el estado de las investigaciones sobre el paradero de Sombath Somphone, responda a las numerosas preguntas pendientes sobre la desaparición de Sombath y solicite y acepte la colaboración de peritos forenses y expertos en cuestiones de cumplimiento de ley extranjeros;

    19.

    Considera que la falta de reacción por parte del Gobierno de Laos suscita sospechas de que las autoridades podrían estar implicadas en esta desaparición;

    20.

    Reitera su llamamiento a la Vicepresidenta/Alta Representante para que observe atentamente las investigaciones que lleva a cabo el Gobierno de Laos sobre la desaparición de Sombath Somphone;

    21.

    Pide a los Estados miembros que sigan planteando el caso de Sombath Somphone ante el Gobierno de Laos; subraya que las desapariciones forzadas siguen constituyendo un obstáculo de primer orden para la incorporación de Laos al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas;

    22.

    Pide al Gobierno de Laos que acometa una investigación exhaustiva, imparcial y efectiva sobre todas las denuncias de desapariciones forzadas, y aborde la actual represión de los derechos civiles y políticos en Laos, incluida la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, y que garantice el respeto y la protección de todos los defensores de derechos humanos, militantes, minorías y miembros de la sociedad civil y proteja el derecho a la libertad religiosa y de conciencia;

    23.

    Pide al Gobierno de Laos que ratifique cuanto antes la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, firmada en 2008;

    24.

    Pide a las autoridades de Laos que velen por que se impulsen reformas que garanticen el respeto de los derechos humanos fundamentales, y les recuerda sus obligaciones internacionales en el marco de los tratados de derechos humanos que ha ratificado;

    25.

    Manifiesta su preocupación por las expropiaciones y los desalojos forzosos sin compensación y por la corrupción en Laos;

    o

    o o

    26.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, a la Secretaría de la ASEAN, al Secretario General de las Naciones Unidas, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al Gobierno y a la Asamblea Nacional del Reino de Camboya y al Gobierno y al Parlamento de Laos.


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