Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52014DP0410

Decisión del Parlamento Europeo, de 16 de abril de 2014, sobre la modificación del Reglamento del Parlamento para permitir la utilización de la firma electrónica (2014/2011(REG))

DO C 443 de 22.12.2017, p. 100–100 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 443/100


P7_TA(2014)0410

Modificación del Reglamento del Parlamento para prever la posibilidad de firma electrónica

Decisión del Parlamento Europeo, de 16 de abril de 2014, sobre la modificación del Reglamento del Parlamento para permitir la utilización de la firma electrónica (2014/2011(REG))

(2017/C 443/22)

El Parlamento Europeo,

Vista la carta del Presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión de 10 de diciembre de 2013,

Vistos los artículos 211 y 212 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A7-0175/2014),

1.

Decide introducir en su Reglamento las modificaciones que figuran a continuación;

2.

Recuerda que dichas modificaciones entrarán en vigor el primer día del próximo período parcial de sesiones;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.

Enmienda 1

Reglamento del Parlamento Europeo

Artículo 148 bis (nuevo)

Texto en vigor

Enmienda

 

Artículo 148 bis

 

Tratamiento electrónico de los documentos

 

Los documentos del Parlamento se podrán preparar, firmar y distribuir en formato electrónico. La Mesa fijará las especificaciones técnicas y la presentación del formato electrónico.

Enmienda 2

Reglamento del Parlamento Europeo

Artículo 156 — apartado 1 — interpretación que aparece tras el párrafo 2

Texto en vigor

Enmienda

Se permitirá la firma electrónica de las enmiendas en el marco de un proyecto piloto que afecte a un número limitado de comisiones parlamentarias, a condición de que, por una parte, las comisiones que participen en el proyecto hayan dado su acuerdo y, por otra, se hayan establecido las medidas adecuadas para garantizar la autenticidad de las firmas.

suprimido


Top