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Document 52014BP0080
European Parliament resolution of 16 December 2014 on the proposal for a decision of the European Parliament and of the Council on the mobilisation of the European Globalisation Adjustment Fund, in accordance with point 13 of the Interinstitutional Agreement of 2 December 2013 between the European Parliament, the Council and the Commission on budgetary discipline, on cooperation in budgetary matters and on sound financial management (application EGF/2014/010 IT/Whirpool, from Italy) (COM(2014)0672 — C8-0231/2014 — 2014/2170(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2014, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool, de Italia) (COM(2014)0672 — C8-0231/2014 — 2014/2170(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2014, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool, de Italia) (COM(2014)0672 — C8-0231/2014 — 2014/2170(BUD))
DO C 294 de 12.8.2016, p. 46–48
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 294/46 |
P8_TA(2014)0080
Movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool, de Italia
Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2014, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool, de Italia) (COM(2014)0672 — C8-0231/2014 — 2014/2170(BUD))
(2016/C 294/17)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2014)0672 — C8-0231/2014), |
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Visto el Reglamento (UE) no 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1927/2006 (1) (Reglamento FEAG), |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (2), y en particular su artículo 12, |
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Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (3) (AI de 2 de diciembre de 2013), y en particular su apartado 13, |
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Vistos los resultados de la negociación tripartita prevista en el apartado 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013, |
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Vista la carta de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, |
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Vista la carta de la Comisión de Desarrollo Regional, |
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Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0064/2014), |
A. |
Considerando que la Unión ha establecido instrumentos legislativos y presupuestarios para proporcionar ayuda adicional a los trabajadores que sufren las consecuencias de cambios estructurales importantes en el comercio mundial, así como para ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral; |
B. |
Considerando que la ayuda financiera de la Unión Europea a los trabajadores despedidos debe ser dinámica y ponerse a disposición de los mismos de la manera más rápida y eficaz posible, de conformidad con la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión aprobada en la reunión de concertación celebrada el 17 de julio de 2008, y teniendo debidamente en cuenta el AI de 2 de diciembre de 2013 por lo que respecta a la adopción de las decisiones de movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG); |
C. |
Considerando que la adopción del Reglamento FEAG, que refleja el acuerdo alcanzado entre el Parlamento y el Consejo a fin de reintroducir el criterio de movilización de crisis, aumentar la contribución financiera de la Unión hasta el 60 % del coste total estimado de las medidas propuestas, aumentar la eficiencia en el tratamiento de las solicitudes de intervención del FEAG en la Comisión, agilizar los procedimientos de evaluación y aprobación por parte del Parlamento y el Consejo, ampliar el abanico de actuaciones y de posibles beneficiarios mediante la introducción de los autónomos y los jóvenes y financiar los incentivos para la creación de empresas propias; |
D. |
Considerando que las autoridades italianas presentaron la solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool el 18 de junio de 2014 a raíz del despido de 608 trabajadores de Whirlpool Europe S.r.l., una empresa que operaba en el sector económico clasificado en la división 27 de la NACE Rev. 2 («Fabricación de material y equipo eléctrico») y de cinco proveedores y transformadores de productos; |
E. |
Considerando que la solicitud cumple los criterios de admisibilidad establecidos por el Reglamento FEAG; |
1. |
Toma nota de que las autoridades francesas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra a) del Reglamento FEAG, que requiere que se haya despedido o haya cesado la actividad de como mínimo quinientos trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia de una empresa de un Estado miembro durante un período de referencia de cuatro meses, incluido el despido de asalariados o el cese de actividades de trabajadores por cuenta propia de sus proveedores o de los transformadores de los productos de dicha empresa; expresa su acuerdo con la Comisión en el sentido de que se cumplen los criterios establecidos en el Reglamento y que, por lo tanto, Italia tiene derecho a una contribución financiera en virtud del citado Reglamento; |
2. |
Señala que las autoridades italianas presentaron la solicitud de contribución financiera del FEAG el 18 de junio de 2014 y que la Comisión presentó su evaluación el 28 de octubre de 2014; celebra el cumplimiento por parte de la Comisión del plazo ajustado de doce semanas impuesto en el Reglamento FEAG; |
3. |
Toma nota de que las autoridades italianas alegan que la crisis financiera y económica mundial ha tenido un profundo efecto en las elecciones de consumo de los hogares italianos que han reconsiderado sus decisiones de compra, en particular las relacionadas con la compra de bienes duraderos, entre ellos los electrodomésticos: |
4. |
Subraya que, debido a la significativa disminución del consumo de los hogares como consecuencia de la crisis económica y financiera, el mercado italiano de los grandes electrodomésticos ha caído de 3,174 billones en 2010 a 2,649 billones en 2013, lo que representa una disminución del 16,5 %; |
5. |
Coincide en que la fuerte disminución en la producción de equipos eléctricos en el periodo 2008-2012 guarda relación con la crisis económica y financiera mundial contemplada en el Reglamento (CE) no 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y en que, por consiguiente, Italia tiene derecho a una contribución financiera del FEAG; |
6. |
Toma nota de que, hasta la fecha, el sector de fabricación de material y equipo eléctrico ha sido objeto de otras dos solicitudes de contribución del FEAG (5), basadas igualmente en la crisis económica y financiera mundial; |
7. |
Toma nota de que esos despidos agravarán aún más la situación de desempleo en la provincia de Trento, en la que la tasa de desempleo se ha duplicado desde el inicio de la crisis, aumentando del 2,9 % en 2007 al 6,1 % en 2013; subraya que la caída del empleo ha afectado tanto al sector de la construcción (-10,3 %) como a la industria (-2,4 %), y que en el Trentino el número de desempleados, según estimaciones del ISTAT para el primer trimestre de 2014, ronda los 18 700, en tanto que el de los inscritos en las oficinas de empleo de la provincia se acerca a los 41 800; |
8. |
Toma nota de que, además de los 502 despidos de Whirlpool, considerada como la empresa principal, en el periodo de referencia otros 106 trabajadores despedidos de cinco proveedores y transformadores de los productos se incluyen también en el número de posibles beneficiarios, lo que asciende a un total de 608 personas que tienen derecho a beneficiarse de las medidas del FEAG; |
9. |
Toma nota de que el coste total estimado es de 3 150 000 EUR, de los cuales 126 000 se destinan a la aplicación, y de que la contribución financiera del FEAG asciende a 1 890 000 EUR, lo que representa el 60 % de los costes totales; |
10. |
Celebra el hecho de que, con el fin de prestar a los trabajadores una asistencia rápida, las autoridades francesas decidieron iniciar la aplicación de los servicios personalizados a los trabajadores afectados el 4 de febrero de 2014, adelantándose a la decisión final relativa a la concesión de la ayuda del FEAG para el paquete coordinado propuesto e incluso a la solicitud de una contribución financiera del FEAG; |
11. |
Celebra que los interlocutores sociales hayan participado en la negociación de las medidas para las que se pide apoyo; valora asimismo la participación de los sindicatos en el seguimiento de la aplicación y la posible remodelación de las medidas, así como en la evaluación de los resultados; celebra además que las medidas previstas, su contenido y los aspectos importantes de su aplicación (incluido el calendario) se presentaran a los antiguos trabajadores de Whirlpool de la planta de Spini di Gargarolo y fueran debatidos con ellos en varias reuniones (15 en total) celebradas entre febrero y marzo de 2014 y que, de todos los trabajadores participantes en estas reuniones, 393 se hayan inscrito ya como participantes en las medidas; |
12. |
Toma nota de que los servicios personalizados que han de prestarse consisten en lo siguiente: sesiones de información, admisión e inscripción, asesoramiento y orientación, evaluación de las competencias, formación general y reciclaje, formación profesional, tutoría, acompañamiento después de la reinserción laboral y acompañamiento hacia el emprendimiento, asignaciones por búsqueda de empleo, asignaciones por participación y contribución a los gastos de desplazamiento e incentivos a la contratación; |
13. |
Señala que el 16,78 % de los beneficiarios previstos no son ciudadanos de la UE; considera que determinados elementos de la actividad de tutoría pueden resultar especialmente útiles para ayudar a estos beneficiarios en su reincorporación al mercado de trabajo; |
14. |
Aboga por que se evalúen los resultados concretos de la formación general, reciclaje y formación profesional ofrecidos a los participantes con objeto de obtener una mejor perspectiva sobre la eficiencia de las medidas adoptadas; |
15. |
Acoge con satisfacción las medidas de acompañamiento después de la reinserción laboral y acompañamiento hacia el emprendimiento;
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(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.
(2) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(3) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(4) Reglamento (CE) no 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (DO L 167 de 29.6.2009, p. 26).
(5) EGF/2009/010 LT AB Snaige COM(2010)0008, EGF/2011/023 IT Antonio Merloni COM(2013)0090.
ANEXO
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/010 IT/Whirlpool, de Italia)
(No se reproduce el texto del presente anexo dado que coincide con el acto final, la Decisión (UE) 2015/42.)