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Document 52013XG0412(01)R(01)

Corrección de errores del anuncio del Ministro de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, letra a), de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos ( DO C 106 de 12.4.2013 )

DO C 339 de 20.11.2013, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.11.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 339/10


Corrección de errores del anuncio del Ministro de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, letra a), de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

( Diario Oficial de la Unión Europea C 106 de 12 de abril de 2013 )

2013/C 339/07

En la página 8, en el párrafo segundo:

en lugar de:

«Las entidades interesadas disponen de tres meses a partir de la fecha de publicación del citado Decreto en el Diario Oficial de la Unión Europea para presentar solicitudes de autorización de prospección o exploración de hidrocarburos líquidos y gaseosos con arreglo a las normas vigentes en las zonas ampliadas contempladas en el párrafo primero del Decreto antes mencionado.»,

léase:


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