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Document 52013XC1203(03)

    Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea

    DO C 353 de 3.12.2013, p. 9–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    3.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 353/9


    Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea

    2013/C 353/04

    De conformidad con lo dispuesto en artículo 9, apartado 1, letra a), segundo guion, del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), las notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea (2) se modifican como sigue:

    Página 125

    Se añadirá el texto siguiente tras la partida 2711«Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos»:

    «2711 19 00

    Los demás

    Esta subpartida incluye el gas licuado obtenido a partir de biomasa.

    Este gas licuado resulta de la fermentación de la fracción biodegradable de los residuos industriales, domésticos o municipales, de los lodos de depuración de aguas residuales, de la fracción biodegradable de los residuos agrícolas y forestales, de los residuos de la industria agroalimentaria y de otras materias primas de origen vegetal y animal obtenidas a partir de biomasa.

    Este gas se compone predominantemente de metano, así como de dióxido de carbono, en general, y, en menor medida, de sulfuro de hidrógeno, hidrógeno, nitrógeno y oxígeno.

    2711 29 00

    Los demás

    Esta subpartida incluye el gas (en estado gaseoso) obtenido a partir de biomasa.

    Este gas resulta de la fermentación de la fracción biodegradable de los residuos industriales, domésticos o municipales, de los lodos de depuración de aguas residuales, de la fracción biodegradable de los residuos agrícolas y forestales, de los residuos de la industria agroalimentaria y de otras materias primas de origen vegetal y animal obtenidas a partir de biomasa.

    Este gas se compone predominantemente de metano, así como de dióxido de carbono, en general, y, en menor medida, de sulfuro de hidrógeno, hidrógeno, nitrógeno y oxígeno».


    (1)  Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).

    (2)  DO C 137 de 6.5.2011, p. 1.


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