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Document 52013XC0403(01)
Notice of the impending expiry of certain anti-dumping measures
Anuncio de expiración inminente de determinadas medidas antidumping
Anuncio de expiración inminente de determinadas medidas antidumping
DO C 94 de 3.4.2013, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.4.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 94/9 |
Anuncio de expiración inminente de determinadas medidas antidumping
2013/C 94/08
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009 (1), relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea, la Comisión comunica que, salvo que se inicie una reconsideración de conformidad con el procedimiento expuesto a continuación, las medidas antidumping que se mencionan en el presente anuncio expirarán en la fecha indicada en el cuadro que figura más abajo.
2. Procedimiento
Los productores de la Unión podrán presentar una solicitud de reconsideración por escrito. Esta solicitud deberá recoger pruebas suficientes de que la expiración de las medidas probablemente conllevaría una continuación o reaparición del dumping y del perjuicio.
En caso de que la Comisión decida reconsiderar las medidas en cuestión, se dará a los importadores, los exportadores, los representantes del país exportador y los productores de la Unión la oportunidad de completar, refutar o comentar las cuestiones expuestas en la solicitud de reconsideración.
3. Plazo
De acuerdo con lo expuesto, los productores de la Unión podrán remitir por escrito una solicitud de reconsideración a la dirección siguiente: Comisión Europea, Dirección General de Comercio (Unidad H-1), N-105 8/20, 1049 Bruxelles/Brussel, Belgium (2) a partir de la fecha de publicación del presente anuncio y, a más tardar, tres meses antes de la fecha indicada en el cuadro que figura a continuación.
4. El presente anuncio se publica de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1225/2009.
Producto |
País(es) de origen o de exportación |
Medidas |
Referencia |
Fecha de expiración (3) |
Determinados cítricos preparados o conservados (principalmente mandarinas, etc.) |
República Popular China |
Derecho antidumping |
Reglamento (CE) no 1355/2008 del Consejo (DO L 350 de 30.12.2008, p. 35) y Reglamento de Ejecución (UE) no 158/2013 del Consejo (DO L 49 de 22.2.2013, p. 29) |
31.12.2013 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.
(2) Fax +32 22956505.
(3) La medida expirará a las doce de la noche del día mencionado en esta columna.