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Document 52013TA1213(09)

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Agencia

DO C 365 de 13.12.2013, p. 57–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.12.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 365/57


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Agencia

2013/C 365/09

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores (conocida como «EAHC» y denominada en lo sucesivo «la Agencia»), con sede en Luxemburgo, se creó en virtud de la Decisión 2004/858/CE (1) de la Comisión, que fue modificada por la Decisión 2008/544/CE (2). La Agencia se estableció por un período que se inició el 1 de enero de 2005 y que finalizará el 31 de diciembre de 2015, con la misión de gestionar las acciones de la Unión en el ámbito de la sanidad y la protección de los consumidores (3).

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

2.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas anuales de la Agencia que comprenden los estados financieros (4) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2012;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Responsabilidades de la dirección

4.

De conformidad con los artículos 33 y 43 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (6), la dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes:

a)

Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Agencia consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (7) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Agencia previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que acompañará a las cuentas en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Agencia en todos sus aspectos significativos.

b)

Las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

Responsabilidades del auditor

5.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (8), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales Intosai de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Agencia estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

6.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas.

7.

El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

8.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2012 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

9.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2012 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

10.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIAA

11.

De los 1,1 millones de euros prorrogados de 2011, en 2012 se anularon 0,2 millones de euros (18 %). Aunque puede explicarse parcialmente por las dificultades de prever el coste de las reuniones con participantes externos, este alto porcentaje denota deficiencias en la planificación presupuestaria.

12.

Los porcentajes de pago de los créditos comprometidos en 2012 son satisfactorios en lo referente a los títulos I y II (96 % y 84 % respectivamente). El nivel de prórrogas del título III, sin embargo, resulta elevado, situándose en 1,1 millones de euros, lo que representa el 47 % de los créditos comprometidos del título III. Aunque puede explicarse parcialmente por el retraso en la presentación de declaraciones de gastos de viaje por los participantes externos de las reuniones, este alto porcentaje contraviene el principio presupuestario de anualidad.

SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR

13.

En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior.

El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 10 de septiembre de 2013.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 369 de 15.12.2004, p. 73.

(2)  DO L 173 de 3.7.2008, p. 27.

(3)  El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.

(4)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(5)  Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(6)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

(7)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(8)  Artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).


ANEXO I

Seguimiento de los comentarios del ejercicio anterior

Ejercicio

Comentario del Tribunal

Estado de aplicación de la medida correctora

(Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

2011

Un total de 0,8 millones de euros del título III (Gastos vinculados a las operaciones de la Agencia), que representaba el 46 % de los compromisos contraídos fue prorrogado al ejercicio presupuestario de 2012. El elevado nivel de prórrogas contraviene el principio presupuestario de anualidad.

Pendiente


ANEXO II

Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores (Luxemburgo)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(artículos 168 y 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Unión, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud física y psíquica. Dicha acción abarcará la lucha contra las enfermedades más graves y ampliamente difundidas, apoyando la investigación de su etiología, de su transmisión y de su prevención, así como la información y la educación sanitarias. La Unión complementará la acción de los Estados miembros dirigida a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y la prevención.

Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses.

Competencias de la Agencia

Objetivos

La Agencia es responsable de la ejecución de las tareas de gestión del segundo programa en el ámbito de la salud (2008-2013), conforme a la Decisión no 1350/2007/CE, el programa en el ámbito de la protección de los consumidores (2007-2013), conforme a la Decisión no 1926/2006/CE y las medidas de formación sobre seguridad alimentaria contempladas en el Reglamento (CE) no 882/2004 y la Directiva 2000/29/CE.

La Agencia también gestiona todas las fases de las medidas de ejecución que le han sido delegadas en el marco del programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008), adoptado mediante la Decisión no 1786/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Funciones

En el marco de los programas de la Unión la Agencia desempeña las tareas siguientes, definidas en el acto de delegación adoptado el 9 de septiembre de 2008 (1):

 

Programa de Salud Pública 2003-2008 — Decisión no 1786/2002/CE

 

Programa de Salud Pública 2008-2013 — Decisión no 1350/2007/CE

 

Programa de protección de los consumidores 2007-2013 — Decisión no 1926/2006/CE

 

Medidas de formación sobre seguridad alimentaria — Reglamento (CE) no 882/2004 y Directiva 2000/29/CE:

a)

la gestión de todas las fases del ciclo de los proyectos (a fines de control y divulgación, la Agencia tomará las medidas necesarias para crear una base de datos de los proyectos o para desarrollar una ya existente, que contenga una descripción de los proyectos y los resultados finales);

b)

el control de los proyectos llevados a cabo en el marco de estos programas y medidas, incluida la realización de las etapas necesarias;

c)

la recopilación, tratamiento y divulgación de datos, y en particular la compilación, análisis y transmisión a la Comisión de toda la información necesaria para orientar la ejecución de los programas y medidas, fomentar la coordinación y sinergia con otros programas de la Unión Europea, de los Estados miembros o de organizaciones internacionales;

d)

la organización de reuniones, seminarios, discusiones y formaciones;

e)

la contribución a la evaluación del impacto del programa, en particular la evaluación anual o intermedia de la ejecución de los programas, y la aplicación de medidas de seguimiento requeridas por la Comisión a las evaluaciones;

f)

la difusión de los resultados de las actividades de información previstas y realizadas por la Comisión;

g)

la producción de datos globales de control y de supervisión;

h)

la participación en los trabajos preparatorios a las decisiones de financiación.

Gobernanza

Comité de dirección

Compuesto de cinco miembros nombrados por la Comisión Europea, nombrados por un período de dos años.

Adopta el programa anual de trabajo de la Agencia tras su aprobación por la Comisión Europea, así como el presupuesto de funcionamiento de la Agencia y su informe anual de actividades.

Director

Nombrado por la Comisión Europea por un período de cuatro años.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición de la Agencia en 2012 (2011)

Presupuesto definitivo

El presupuesto administrativo de la Agencia para 2012 ascendió a 7,22 (7,04) millones de euros.

Efectivos a 31 de diciembre de 2012

A 31 de diciembre de 2012, la Agencia contaba con 50 (49) agentes estatutarios, 11 (11) temporales y 39 (38) contractuales.

Productos y servicios 2012

1.   Supervisión de las subvenciones de 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009 concedidas en virtud del Programa de salud pública (PHP) 2003-2008, culminación de las negociaciones relativas a las subvenciones de las convocatorias de propuestas de 2009 (proyectos, congresos, subvenciones de funcionamiento, acciones conjuntas y gestión de las convocatorias de ofertas de 2011. Subvenciones y contratos adjudicados en virtud de las convocatorias de propuestas de 2008 y de las licitaciones del Programa de protección de los Consumidores (CP) 2007-2013 y proyectos adjudicados mediante licitaciones celebradas en 2007, 2008 y 2009 en virtud de las Medidas de formación sobre seguridad alimentaria.

2.   Programa de trabajo del PHP

La convocatoria de propuestas de 2012 fue lanzada el 8 de diciembre de 2011 y se cerró el 9 de marzo de 2012. Su publicación se hizo en el Diario Oficial de la Unión Europea (2) y en los sitios web Europa y de la Agencia (3).

Propuestas de proyectos: de las 84 evaluadas se recomendaron 16 (19,5 %) para una cofinanciación de la UE por un total de 13 312 116 euros.

Propuestas de congresos: de las 41 evaluadas se recomendaron 7 (17 %) para una cofinanciación por un total de 599 097 euros.

Propuestas de subvenciones de funcionamiento: de las 40 evaluadas se recomendaron 19 (47,5 %) para una cofinanciación de la UE por un total de 4 330 590 euros.

Propuestas de acciones conjuntas: se recomendaron las cinco presentadas para una cofinanciación de la UE por un total de 8 941 660 euros.

Las listas de reserva incluyen cinco proyectos, dos propuestas de congresos y dos propuestas de subvenciones de funcionamiento que podrían recibir cofinanciación de la UE por un total, respectivamente de 4 540 962 euros, 90 000 euros y 273 754 euros.

Se publicaron en 2012 tres convocatorias de ofertas, una de ellas referente a protección sanitaria, un procedimiento negociado y diez solicitudes de servicios.

Los contratos fueron celebrados en su mayor parte durante el segundo semestre de 2012, por lo que se empezó a trabajar en ellos a finales de año. La Agencia organizó una reunión inicial para cada contrato y supervisó estrechamente su ejecución en coordinación con la DG Sanidad y Consumidores.

3.   Programa de trabajo del CP

En 2012, la Agencia lanzó siete convocatorias de propuestas.

La Agencia cofinanció 64 subvenciones, que dieron la oportunidad a funcionarios de varios Estados miembros de compartir conocimientos y experiencias sobre la aplicación de la Directiva 2001/95/CE relativa a la seguridad general de los productos y del Reglamento (CE) no 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores.

Dentro de la convocatoria referente a la seguridad general de los productos, la Agencia cofinanció un proyecto de intercambio y aplicación de buenas prácticas entre los Estados miembros que ayudó a mejorar la cooperación transfronteriza y a aumentar la seguridad de los productos para los consumidores. Su objetivo principal es aumentar dicha seguridad en relación con los productos y artículos de puericultura, nanotecnología y cosmética, cordones y cordeles, escaleras de mano y detectores de humo y de dióxido de carbono.

En relación con las acciones conjuntas CPC, la Agencia cofinanció dos proyectos. El primero persigue desarrollar un enfoque común de la legislación sobre comercio en línea, mientras que el segundo se centrará en cláusulas abusivas de los contratos concluidos con consumidores.

En 2012 la Agencia firmó la concesión de ayudas específicas a las organizaciones: BEUC (Bureau Européen des Unions de Consommateurs) y ANEC (European Association for the Coordination of Consumer Representation in Standardisation).

La cofinanciación de la BEUC contribuirá a potenciar los intereses de los consumidores europeos en el proceso de adopción de políticas de la UE en su condición de adquirentes o usuarios de bienes y servicios.

La ayuda financiera prestada a ANEC garantiza la representación y defensa de los intereses de los consumidores en los procesos de normalización y certificación.

Los centros europeos de consumidores de 29 países tratan diariamente problemas que se plantean en la práctica a los consumidores como la calidad de productos o servicios, los retrasos en la entrega de productos procedentes de otros países o la introducción de cláusulas abusivas en los contratos. En 2012, la Red de Centros Europeos de Consumidores mantuvo más de 72 000 comunicaciones con consumidores con problemas de ámbito transfronterizo y en total ha ayudado a dichos consumidores en aproximadamente 416 000 desde su creación en 2005. La Agencia lanzó en 2012 una convocatoria de propuestas para la ayuda financiera a los centros europeos de consumidores en relación con sus actividades de 2013 y concluyó 29 acuerdos de subvención.

En el marco del programa CP de 2012 la Agencia lanzó dos licitaciones y once solicitudes de servicios específicos.

Dolceta es una herramienta de aprendizaje en línea desarrollada en el marco del programa CP. La Agencia lanzó dos solicitudes de servicios en 2012, una para promover el nuevo sitio web y enriquecer su contenido y otra para mantener y dirigir el actual y asegurar el mantenimiento, la dirección y la moderación del nuevo sitio para el próximo ejercicio.

En 2012 se desarrolló una nueva plataforma interactiva para profesores de secundaria con el fin de sustituir el actual sitio web de Dolceta. La creación de dicha plataforma estuvo basada en un análisis de las necesidades de los profesores en términos de contenido, características, identificación y diseño. La entrada en funcionamiento del sitio web está prevista para marzo de 2013.

En 2012, la Agencia firmó tres contratos específicos dentro del contrato marco de estudios de mercado. El primero tiene como fin analizar si el mercado de carburantes funciona para los consumidores y si estos pueden tomar decisiones fundadas. El segundo persigue determinar hasta qué punto las declaraciones y certificaciones voluntarias presentes en los productos alimenticios se ajustan a la legislación aplicable. El tercero está orientado a facilitar información sobre las declaraciones de compromiso ecológico presentes en los productos no alimenticios del mercado único.

Con el fin de facilitar datos a la Comisión para una mejor comprensión, supervisión y consideración de los intereses de los consumidores en el mercado interior, la Agencia firmó un contrato para llevar a cabo el seguimiento de encuestas de 52 mercados de consumidores en 27 Estados miembros además de Croacia, Noruega e Islandia. Los resultados de las encuestas se analizarán y se formularán recomendaciones para remediar las deficiencias detectadas en el funcionamiento del mercado único o en la capacidad de los consumidores para tomar decisiones fundadas.

En 2012, la Agencia supervisó la ejecución de múltiples contratos marco para reiniciar un concurso para la provisión de estudios de comportamiento económico no solo para ella sino también para la DG Sanidad y Consumidores y otros servicios de la Comisión (DG Justicia y DG Acción por el clima).

En concreto, la Agencia lanzó tres solicitudes de conclusión de dichos estudios en los siguientes ámbitos: comisiones interbancarias multilaterales para tarjetas de crédito; apuestas en línea y pantallas de información sobre comportamientos de consumo inteligente en el punto de compra (Eco-Search).

La Agencia trabajó en la preparación de un nuevo proyecto sobre aumento de capacidades de las organizaciones de consumidores y lanzó una convocatoria pública para la conclusión de un contrato marco de ejecución de acciones de formación, incluido el aprendizaje en línea multilingüe y el desarrollo de una plataforma web. En agosto se contrató un estudio para evaluar las necesidades de formación de las asociaciones de consumidores en Europa. Sus resultados definitivos apoyarán la realización del nuevo proyecto.

4.   Programa de trabajo BTSF

La Agencia está encargada de la ejecución de todas las actividades BTSF, salvo la formación sobre organismos genéticamente modificados que sigue estando a cargo de la DG Sanidad y Consumidores. A pesar del aumento de los cursos que oferta, la Agencia consiguió batir la marca del porcentaje de satisfacción del 85 % de los participantes un año antes de lo previsto. Además, la última evaluación provisional del BTSF muestra que más del 96 % de los participantes consideraba que los conocimientos adquiridos en la formación eran útiles para su trabajo cotidiano.

En 2012, unos 6 300 participantes, en su mayoría funcionarios de los Estados miembros, asistieron a 156 talleres y actividades de formación que, en su mayoría también tenían alcance europeo. Otros estuvieron destinados a terceros países, y la formación impartida en ellos se dirigía a participantes de las zonas del mundo en que tuvieron lugar.

Un importante hito de 2012 fue la ampliación del mandato de la Agencia (4) para permitirle utilizar fuentes de financiación incluidas en las líneas presupuestarias de la DG Comercio y la DG Desarrollo y Cooperación para actividades BTSF no previstas en su base legal (5). Como resultado, se publicó una primera licitación para un nuevo programa que gestionará la Agencia con la finalidad de permitir a países terceros participar con más eficacia en organismos internacionales de normalización.

Fuente: Información comunicada por la Agencia.


(1)  Decisión de la Comisión de 9 de septiembre de 2008 — delegación de competencias a la Agencia.

(2)  DO C 358 de 8.12.2011, http://ec.europa.eu/eahc/documents/health/calls/2012/WP_2012_en_for_projects.pdf.

(3)  http://ec.europa.eu/eahc/health/projects.html.

(4)  Véase la Decisión COM C(2012) 8448.

(5)  Reglamento (CE) no 882/2004 y Directiva 2000/29/CE.

Fuente: Información comunicada por la Agencia.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

11.

La Agencia toma nota de la observación del Tribunal. La permanente labor desarrollada hadado como resultado/se ha traducido en una reducción a la mitad (es decir, del 36 % al 18 %) del porcentaje de prórrogas canceladas durante el período 2009-2012. Esta tendencia positiva se reforzará en los próximos años mediante una mejora de la planificación y el seguimiento de las acciones contempladas en el título III del presupuesto.

12.

La Agencia seguirá mejorando su ejecución presupuestaria, con el fin de incrementar la ejecución de los pagos contemplados en el título III del presupuesto, reduciendo de este modo el porcentaje de pago de créditos prorrogados para el año siguiente. Se solicitará encarecidamente a los contratistas que en la medida de lo posible, agilicen la expedición de sus facturas durante el año natural.


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