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Document 52013TA1213(09)
Report on the annual accounts of the Executive Agency for Health and Consumers for the financial year 2012, together with the Agency’s replies
Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Agencia
Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Agencia
DO C 365 de 13.12.2013, p. 57–65
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 365/57 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores correspondientes al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de la Agencia
2013/C 365/09
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores (conocida como «EAHC» y denominada en lo sucesivo «la Agencia»), con sede en Luxemburgo, se creó en virtud de la Decisión 2004/858/CE (1) de la Comisión, que fue modificada por la Decisión 2008/544/CE (2). La Agencia se estableció por un período que se inició el 1 de enero de 2005 y que finalizará el 31 de diciembre de 2015, con la misión de gestionar las acciones de la Unión en el ámbito de la sanidad y la protección de los consumidores (3). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
3. |
De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:
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Responsabilidades de la dirección
4. |
De conformidad con los artículos 33 y 43 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (6), la dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes:
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Responsabilidades del auditor
5. |
El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (8), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales Intosai de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Agencia estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares. |
6. |
Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas. |
7. |
El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad. |
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
8. |
En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2012 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión. |
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
9. |
En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2012 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares. |
10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIAA
11. |
De los 1,1 millones de euros prorrogados de 2011, en 2012 se anularon 0,2 millones de euros (18 %). Aunque puede explicarse parcialmente por las dificultades de prever el coste de las reuniones con participantes externos, este alto porcentaje denota deficiencias en la planificación presupuestaria. |
12. |
Los porcentajes de pago de los créditos comprometidos en 2012 son satisfactorios en lo referente a los títulos I y II (96 % y 84 % respectivamente). El nivel de prórrogas del título III, sin embargo, resulta elevado, situándose en 1,1 millones de euros, lo que representa el 47 % de los créditos comprometidos del título III. Aunque puede explicarse parcialmente por el retraso en la presentación de declaraciones de gastos de viaje por los participantes externos de las reuniones, este alto porcentaje contraviene el principio presupuestario de anualidad. |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
13. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior. |
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Louis GALEA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 10 de septiembre de 2013.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO L 369 de 15.12.2004, p. 73.
(2) DO L 173 de 3.7.2008, p. 27.
(3) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.
(4) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(5) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(6) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(7) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(8) Artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios del ejercicio anterior
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2011 |
Un total de 0,8 millones de euros del título III (Gastos vinculados a las operaciones de la Agencia), que representaba el 46 % de los compromisos contraídos fue prorrogado al ejercicio presupuestario de 2012. El elevado nivel de prórrogas contraviene el principio presupuestario de anualidad. |
Pendiente |
ANEXO II
Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores (Luxemburgo)
Competencias y actividades
Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (artículos 168 y 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Unión, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud física y psíquica. Dicha acción abarcará la lucha contra las enfermedades más graves y ampliamente difundidas, apoyando la investigación de su etiología, de su transmisión y de su prevención, así como la información y la educación sanitarias. La Unión complementará la acción de los Estados miembros dirigida a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y la prevención. Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses. |
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Competencias de la Agencia |
Objetivos
Funciones En el marco de los programas de la Unión la Agencia desempeña las tareas siguientes, definidas en el acto de delegación adoptado el 9 de septiembre de 2008 (1):
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Gobernanza |
Comité de dirección Compuesto de cinco miembros nombrados por la Comisión Europea, nombrados por un período de dos años. Adopta el programa anual de trabajo de la Agencia tras su aprobación por la Comisión Europea, así como el presupuesto de funcionamiento de la Agencia y su informe anual de actividades. Director Nombrado por la Comisión Europea por un período de cuatro años. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo. |
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Medios a disposición de la Agencia en 2012 (2011) |
Presupuesto definitivo El presupuesto administrativo de la Agencia para 2012 ascendió a 7,22 (7,04) millones de euros. Efectivos a 31 de diciembre de 2012 A 31 de diciembre de 2012, la Agencia contaba con 50 (49) agentes estatutarios, 11 (11) temporales y 39 (38) contractuales. |
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Productos y servicios 2012 |
1. Supervisión de las subvenciones de 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009 concedidas en virtud del Programa de salud pública (PHP) 2003-2008, culminación de las negociaciones relativas a las subvenciones de las convocatorias de propuestas de 2009 (proyectos, congresos, subvenciones de funcionamiento, acciones conjuntas y gestión de las convocatorias de ofertas de 2011. Subvenciones y contratos adjudicados en virtud de las convocatorias de propuestas de 2008 y de las licitaciones del Programa de protección de los Consumidores (CP) 2007-2013 y proyectos adjudicados mediante licitaciones celebradas en 2007, 2008 y 2009 en virtud de las Medidas de formación sobre seguridad alimentaria. 2. Programa de trabajo del PHP
3. Programa de trabajo del CP
4. Programa de trabajo BTSF
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Fuente: Información comunicada por la Agencia. |
(1) Decisión de la Comisión de 9 de septiembre de 2008 — delegación de competencias a la Agencia.
(2) DO C 358 de 8.12.2011, http://ec.europa.eu/eahc/documents/health/calls/2012/WP_2012_en_for_projects.pdf.
(3) http://ec.europa.eu/eahc/health/projects.html.
(4) Véase la Decisión COM C(2012) 8448.
(5) Reglamento (CE) no 882/2004 y Directiva 2000/29/CE.
Fuente: Información comunicada por la Agencia.
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
11. |
La Agencia toma nota de la observación del Tribunal. La permanente labor desarrollada hadado como resultado/se ha traducido en una reducción a la mitad (es decir, del 36 % al 18 %) del porcentaje de prórrogas canceladas durante el período 2009-2012. Esta tendencia positiva se reforzará en los próximos años mediante una mejora de la planificación y el seguimiento de las acciones contempladas en el título III del presupuesto. |
12. |
La Agencia seguirá mejorando su ejecución presupuestaria, con el fin de incrementar la ejecución de los pagos contemplados en el título III del presupuesto, reduciendo de este modo el porcentaje de pago de créditos prorrogados para el año siguiente. Se solicitará encarecidamente a los contratistas que en la medida de lo posible, agilicen la expedición de sus facturas durante el año natural. |