This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52013SC0223
COMMISSION STAFF WORKING DOCUMENT EXECUTIVE SUMMARY OF THE IMPACT ASSESSMENT Accompanying the document Proposal for a Directive of the European Parliament and of the Council on electronic invoicing in public procurement
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la facturación electrónica en la contratación pública
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la facturación electrónica en la contratación pública
/* SWD/2013/0223 final */
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la facturación electrónica en la contratación pública /* SWD/2013/0223 final */
ÍNDICE Introducción................................................................................................................................. 3 1........... Cuestiones de procedimiento y
consulta de las partes interesadas..................................... 3 2........... Contexto político, definición
de los problemas y subsidiariedad........................................ 3 3........... Objetivos de la iniciativa................................................................................................. 5 4........... Opciones de actuación.................................................................................................... 5 5........... Evaluación de impacto.................................................................................................... 6 6........... Comparación de las opciones......................................................................................... 8 7........... Seguimiento y evaluación.............................................................................................. 10 Introducción La presente evaluación de impacto examina
los efectos de una posible iniciativa de la UE que fomente la interoperabilidad
de la facturación electrónica en la contratación pública en toda la Unión
Europea, con el fin de eliminar la fragmentación del mercado interior. 1. Cuestiones de
procedimiento y consulta de las partes interesadas La Comisión considera prioritaria para el
futuro próximo una actuación en relación con el fomento de la adopción de la
facturación electrónica en la contratación pública, tal como se desprende de la
inclusión de una iniciativa al respecto entre las acciones clave del «Acta del
Mercado Único II». La presente evaluación de impacto se basa
en los análisis de una investigación externa, en las consultas de las partes
interesadas y en una encuesta en línea en la que se obtuvieron más de 700
respuestas. 2. Contexto
político, definición de los problemas y subsidiariedad La presente iniciativa se refiere
únicamente a la contratación pública regulada por las Directivas 2004/17/CE,
2004/18/CE y 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. 2.1. Definición
de los problemas La existencia de múltiples normas de
facturación electrónica no interoperables en toda la UE es el principal
problema que plantea el intercambio de facturas en la contratación pública.
Este problema debe situarse en un contexto más amplio: a pesar de los esfuerzos
para fomentar el uso de la facturación electrónica y el reconocimiento general
de sus numerosas ventajas, el sector público de la UE se ha mantenido más bien
indiferente. Los Estados miembros que han tomado la decisión de facilitar o
imponer el uso de la facturación electrónica han aplicado a menudo sus propias
soluciones técnicas, basadas en normas nacionales, lo que no ha hecho sino
agravar el problema de interoperabilidad, al multiplicarse el número de normas
en el mercado. 2.1.1. Problema
(P1) — Nivel excesivo de complejidad e inseguridad jurídica para las empresas La existencia de múltiples requisitos y
normas diferentes en materia de facturación electrónica en toda la UE se
traduce en un nivel excesivo de complejidad e inseguridad jurídica para las
empresas al enviar sus facturas a otro Estado miembro. Los proveedores
consideran un engorro la compleja situación del mercado de la facturación
electrónica de la UE, que presenta el riesgo de rechazo de facturas
electrónicas en otros Estados miembros. 2.1.2. Problema
(P2) — Costes más elevados para las empresas Dado que los múltiples requisitos,
normas, soluciones y redes o plataformas de facturación electrónica que existen
en la UE no son interoperables, y que no está disponible en el mercado ninguna
norma común, las empresas que desean realizar actividades de contratación
transfronteriza deben con frecuencia adaptarse a una nueva norma cada vez que
acceden a un nuevo mercado. Ello aumenta los costes, con independencia de que
las facturas se presenten directamente o a través de los proveedores de
servicios. Estos mayores costes de funcionamiento para las empresas también
repercuten negativamente en los consumidores, ya que deben pagar más por sus
productos o servicios. 2.1.3. Consecuencias El nivel excesivo de complejidad e
inseguridad jurídica y unos mayores costes de funcionamiento para las empresas
pueden constituir barreras de acceso al mercado en la contratación pública
transfronteriza. Cuando la facturación electrónica tiene lugar en la UE, se
limita, en su mayor parte, a redes independientes, a menudo nacionales, creando
«islas de facturación electrónica» en el mercado interior. Estos problemas
también pueden disuadir a las empresas de presentar ofertas en los
procedimientos de contratación pública celebrados en otros Estados miembros,
dejando pasar de esta forma posibles oportunidades de negocio debido a
requisitos específicos de facturación electrónica que no pueden cumplir o que
consideran demasiado caros. Por último, el predominio de regímenes de
facturación electrónica nacionales implica menos licitaciones transfronterizas,
menos empresas participantes y, por ende, menor competencia, lo que a su vez se
traduce en un funcionamiento ineficiente del mercado interior. 2.2. Escenario
de referencia Si no se adoptaran nuevas medidas a nivel
de la UE, la penetración de la facturación electrónica en la contratación
pública en la UE mantendría un ritmo lento y constante, con la aparición de un
número creciente de normas nacionales en el mercado. No puede garantizarse que
los Estados miembros vayan a optar por soluciones interoperables; de hecho, la
experiencia reciente parece indicar más bien lo contrario. Como tal, la facturación electrónica en la
contratación pública en la UE corre el riesgo de resultar cada vez más compleja
y costosa, ya que los compradores, los proveedores y los prestadores de
servicios tendrían que atenerse a un número cada vez mayor de requisitos y
normas nacionales. Las barreras de acceso al mercado no solo seguirían
existiendo, sino que incluso podrían aumentar. 2.3. Base
jurídica y subsidiariedad El derecho de la UE a tomar medidas a fin
de garantizar el funcionamiento del mercado interior se basa en el
artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La acción de la UE en el ámbito de la
facturación electrónica en la contratación pública se justifica por razones de
subsidiariedad. Las acciones emprendidas por los Estados miembros han agravado
el problema de interoperabilidad, ya que se ha multiplicado en el mercado el
número de normas de facturación electrónica (generando nuevos costes y
aumentando la complejidad). Teniendo en
cuenta el interés transfronterizo de las operaciones de contratación pública
cubiertas por las Directivas y las iniciativas nacionales en curso para la
introducción de la facturación electrónica en este sector, una acción de la UE
en relación con la facturación electrónica en la contratación pública sería el
método más apropiado para mejorar la interoperabilidad y evitar una mayor
fragmentación del mercado interior. Este objetivo no puede ser alcanzado por
los Estados miembros por sí solos, ya que sus medidas no garantizarían la
interoperabilidad a los agentes económicos ni eliminarían las barreras de
acceso al mercado. 3. Objetivos de la
iniciativa 3.1. Objetivos
generales El objetivo principal de la presente
iniciativa es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante la
introducción de mecanismos que reduzcan las barreras de acceso al mercado en la
contratación pública transfronteriza, generadas por la insuficiente
interoperabilidad de las normas de facturación electrónica. 3.2. Objetivos
específicos Los objetivos específicos que contribuyen
a la consecución del objetivo general serían los siguientes: (1)
reducir la complejidad y mejorar la claridad y
la seguridad jurídica para los operadores económicos, permitiéndoles enviar
facturas con arreglo a normas que conozcan y que sean ampliamente reconocidas; (2)
reducir los costes de funcionamiento de los
operadores económicos que participen en la contratación pública
transfronteriza, como los costes de adaptarse a múltiples normas y sistemas de
facturación electrónica. 3.3. Objetivos
operativos La iniciativa tiene el objetivo operativo
siguiente: · Crear las condiciones que propicien la aparición de una solución o
soluciones técnicas para la facturación electrónica en la contratación pública
que garanticen la interoperabilidad transfronteriza, es decir, crear las
condiciones necesarias para que la comunicación y coordinación de los sistemas
de facturación electrónica requieran menos recursos, permitiendo a los
compradores y vendedores intercambiar facturas en la contratación pública al
mejor coste y con la mínima complejidad. 4. Opciones de
actuación || Proponer una nueva norma europea al mercado || Los Estados miembros deberán aceptar facturas conformes con la nueva norma europea || Solo se permite la nueva norma europea Opción 1: Ninguna medida nueva de la UE || NO || NO || NO Opción 2: Libertad de elección || SÍ || NO || NO Opción 3: Conversión selectiva a la facturación electrónica || SÍ || NO/SÍ (Sí — solo si un Estado miembro o un poder adjudicador obliga a utilizar la facturación electrónica) || NO Opción 4: Aceptación obligatoria || SÍ || SÍ || NO Opción 5: Plena armonización || SÍ || SÍ || SÍ 5. Evaluación de
impacto La eliminación de las barreras de acceso
al mercado en materia de facturación electrónica tendría repercusiones
principalmente de índole económica, tanto en términos de costes como de
beneficios, siendo estos últimos más significativos. Estos efectos primarios se
completarían con efectos «secundarios», ya que probablemente la mejora de la
interoperabilidad se traduciría en un mayor grado de penetración de la
facturación electrónica. Estos efectos «secundarios» serían de naturaleza
económica, social y medioambiental. 5.1. Efectos
primarios La magnitud de estos efectos dependerá de
la opción elegida: cuantos más usuarios adopten una solución única, menos
barreras de acceso al mercado se mantendrán. El establecimiento de una norma común
resolvería el problema de interoperabilidad para todas las empresas que traten
con poderes adjudicadores que se adhieran a los nuevos requisitos. La
disponibilidad de una norma europea interoperable y comúnmente aceptada
supondría para las empresas una menor complejidad de sus actividades en el
extranjero y una mayor seguridad jurídica. Asimismo, reduciría los costes
derivados de la necesidad de adaptarse a una gran variedad de normas de
facturación electrónica. Las empresas podrían beneficiarse de más ahorros
potenciales derivados de algunas adaptaciones de los sistemas de fijación de
precios y de las estructuras de mercado para la transmisión de las facturas
electrónicas. Cualquier medida que requiera el uso de
una nueva norma europea de facturación electrónica generará costes de
aplicación para las empresas, los poderes adjudicadores y los Estados miembros.
Sin embargo, estos costes se verían compensados por los beneficios previstos,
es decir, el ahorro de costes de funcionamiento derivado de la facturación
electrónica y los menores precios en la contratación pública debido a la mayor
competencia. 5.2. Efectos
secundarios La adopción de la nueva norma europea de
facturación electrónica puede tener efectos secundarios, asociados al mayor uso
de la facturación electrónica en la contratación pública. Estos efectos serían
de carácter económico, social y medioambiental. 5.2.1. Efectos
económicos, medioambientales y sociales El impacto económico de una mayor
utilización de la facturación electrónica estaría ligado al ahorro que se
obtendría en el ciclo de contratación pública (es decir, la reducción de los
costes de funcionamiento para los compradores y vendedores, una mayor
transparencia y la aceleración del tiempo de tramitación de los pagos). Se
prevé que las repercusiones sociales sean neutras y el impacto ambiental,
positivo, ya que, ante todo, la medida se traduciría en una menor utilización
de papel y menores emisiones de CO2. 5.2.2. Reducción
de la carga administrativa La disponibilidad de los datos de la
factura en forma electrónica simplificaría las labores de auditoría y
recaudación de impuestos de las autoridades tributarias de los Estados
miembros, así como la preparación de cualquier informe que deban presentar las
empresas, lo que, a su vez, aligeraría la carga administrativa de estas. Puesto
que tales requisitos administrativos afectan en mayor medida a las empresas más
pequeñas, esta reducción resultaría especialmente beneficiosa para las PYME. 5.3. Impacto
de las diferentes opciones 5.3.1. Opción
1 — Ninguna medida nueva de la UE Esta opción se describe en el escenario
de referencia. 5.3.2. Opción
2 — Libertad de elección Se desarrollaría y recomendaría una nueva
norma europea de facturación electrónica para su uso en la contratación
pública, pero la aceptación de las facturas electrónicas con arreglo a la norma
seguiría dependiendo de cada Estado miembro y/o poder adjudicador. Las barreras
de acceso al mercado se mantendrían. Los costes para las empresas no
disminuirían, ya que se verían obligadas a atenerse a numerosas normas de
facturación electrónica al mismo tiempo. Si decidieran no hacerlo, perderían
posibles oportunidades de negocio. No se lograría el objetivo de la presente
iniciativa, ya que la interoperabilidad seguiría siendo problemática. Se
observarían efectos secundarios solo en la medida en que tuviera lugar una
transición a la facturación electrónica; pero debido al carácter voluntario de
esta opción, la magnitud de este proceso es difícil de predecir. 5.3.3. Opción
3 — Conversión selectiva a la facturación electrónica Los Estados miembros que impusieran la
facturación electrónica en la contratación pública por iniciativa propia
tendrían que aceptar facturas electrónicas con arreglo a la nueva norma
europea. Ello permitiría a las empresas reducir los costes y la complejidad de
la facturación electrónica, ya que ahora podrían enviar facturas electrónicas
en un formato único a cualquier poder adjudicador que obligara a utilizar la
facturación electrónica. Se facilitaría la interoperabilidad, pero podría no
quedar garantizada en los Estados miembros en los que la introducción de la
facturación electrónica fuera un requisito de hecho, pero no de derecho. Podría
seguir existiendo inseguridad jurídica para las empresas. Los Estados miembros serían tratados de
forma no equitativa: los que ya utilicen la facturación electrónica en la
contratación pública tendrían que adaptarse a la nueva norma, mientras que los
demás no estarían obligados a cambiar y podrían incluso carecer de incentivos
para hacerlo rápidamente. Los efectos secundarios son difíciles de
predecir. La transición de todos los Estados miembros a la facturación electrónica
en la contratación pública podría llevar mucho tiempo. Los beneficios
potenciales derivados de la mayor eficiencia de costes y el ahorro, gracias a
una mayor competencia en la contratación pública, no se materializarían o lo
harían muy lentamente. 5.3.4. Opción
4 — Aceptación obligatoria Se elaboraría una nueva norma europea
común a disposición de todos los operadores del mercado. En la contratación
pública sería necesario que todos los poderes adjudicadores aceptaran las
facturas electrónicas conformes con esta norma, sin sustituir las soluciones
técnicas existentes. El objetivo operativo se cumpliría
rápidamente: la obligación de aceptar las facturas electrónicas conformes con
la norma europea permitiría garantizar la interoperabilidad y, por consiguiente,
eliminar las barreras de acceso al mercado a partir de la fecha de entrada en
vigor de las disposiciones. Podría proporcionar también una solución ya
preparada y servir de orientación a los Estados miembros que aún no hayan
aplicado la facturación electrónica. Para las empresas, esta opción crearía la
certeza de que todos los esfuerzos y gastos se amortizarán en un plazo
relativamente breve. El hecho de saber que una inversión en una solución única
permitirá enviar facturas electrónicas a cualquier poder adjudicador de
cualquier Estado miembro debería ser un factor de persuasión para adoptar la
facturación electrónica. Podrían observarse efectos secundarios
únicamente en la medida en que tuviera lugar la transición a la facturación
electrónica. Puesto que la disponibilidad de una norma común animaría a más
agentes del mercado a optar por esta solución, la escala de este procedimiento
debería ser más significativa que en las opciones anteriores. 5.3.5. Opción
5 — Plena armonización Ya no se permitirían las facturas con
arreglo a las normas actualmente vigentes. Si bien es cierto que este enfoque
armonizaría plenamente la facturación electrónica en la UE, se habrían
desperdiciado las inversiones realizadas en los Estados miembros que ya han
desarrollado sistemas nacionales de facturación electrónica. Este enfoque sería
también sumamente perturbador y costoso para los proveedores de servicios, que
tendrían que rediseñar totalmente sus sistemas. Por último, encontraría una
fuerte oposición política por parte de los Estados miembros que ya hubieran
instaurado sistemas de facturación electrónica. 6. Comparación de
las opciones Un análisis de las distintas opciones
arrojó los resultados siguientes: || Objetivo: mejorar y facilitar la interoperabilidad de la facturación electrónica en la contratación pública Opciones de actuación || EFICACIA || EFICIENCIA || COHERENCIA[1] Opción 1: Ninguna medida nueva de la UE || 0 || 0 || 0 Opción 2: Libertad de elección || (+ / ?) || (≈) || (?) Opción 3: Conversión selectiva a la facturación electrónica || (+) || (+) || (- / ?) Opción 4: Aceptación obligatoria || (+ +) || (+) || (+ / ?) Opción 5: Plena armonización || (+ +) || (- -) || (≈) Magnitud del
impacto, con respecto al escenario de referencia (que se indica como «0»): ++: muy positivo, +: positivo; –
–: muy negativo; –: negativo; ≈: marginal o neutro;
?: incierto La opción 4 parece ser la opción más
adecuada: ·
Permitiría superar la actual fragmentación y
garantizaría el correcto funcionamiento del mercado interior. ·
Dado que la transición a la facturación
electrónica se produciría por iniciativa de la empresa, no se generarían costes
innecesarios. De esta forma, también se respetarían los principios de
subsidiariedad y proporcionalidad. ·
Al alentar una transición más amplia a la
facturación electrónica, se obtendrían todas las mejoras de eficiencia y ahorro
económico que ofrece la facturación electrónica. ·
Al permitir a las empresas y a los poderes
adjudicadores seguir utilizando los sistemas nacionales de facturación en
vigor, se reduciría el coste y el trastorno de la transición para ambos grupos. Se propone como plazo 2017 o 2018 para
establecer la aceptación obligatoria de las facturas electrónicas que cumplan
la nueva norma europea. Este plazo refleja el deseo de las partes interesadas
de avanzar rápidamente y es coherente con la fecha prevista para la puesta en
marcha de la contratación pública electrónica obligatoria contemplada en el
proyecto de revisión de las Directivas sobre contratación pública. 7. Seguimiento y
evaluación A fin de evitar cualquier carga
(administrativa) adicional para los poderes adjudicadores, las empresas o los
Estados miembros, a causa de la recogida de información con fines de
seguimiento, los indicadores propuestos se basan principalmente en fuentes de
datos existentes (por ejemplo, DO/TED, Eurostat) o en datos ya recogidos por
las partes interesadas (por ejemplo, proveedores de servicios de facturación
electrónica) en sus actividades económicas. No obstante, algunas lagunas en los
datos requerirán una investigación suplementaria (estudios y encuestas
específicos), que será efectuada por la DG Mercado Interior y Servicios. [1] La coherencia se ha evaluado teniendo en cuenta también
los efectos secundarios (es decir, las repercusiones de la mayor penetración de
la facturación electrónica) y la medida en que las opciones son compatibles con
otras políticas de la UE (en particular, la iniciativa de contratación
electrónica y los objetivos de la Directiva sobre morosidad).