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Document 52013IP0374

    Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2013, sobre la microgeneración — generación de electricidad y de calor a pequeña escala (2012/2930(RSP))

    DO C 93 de 9.3.2016, p. 105–110 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    9.3.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 93/105


    P7_TA(2013)0374

    Microgeneración

    Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2013, sobre la microgeneración — generación de electricidad y de calor a pequeña escala (2012/2930(RSP))

    (2016/C 093/14)

    El Parlamento Europeo,

    Vistos los artículos 192, apartado 2, y 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE (1),

    Vista la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE (2), y sus repercusiones para la generación de calor y energía,

    Vistos la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía (3), la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada (4) y sus respectivos reglamentos de aplicación,

    Vistos la Comunicación de la Comisión titulada «Velar por la buena marcha del mercado interior de la energía» (COM(2012)0663) y los documentos de trabajo que la acompañan (SWD(2012)0367, SWD(2012)0368),

    Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Energías renovables: principales protagonistas en el mercado europeo de la energía» (COM(2012)0271),

    Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2010, sobre la revisión del Plan de acción para la eficiencia energética (5),

    Vista la pregunta a la Comisión sobre la microgeneración (E-010355/2011),

    Vista la pregunta a la Comisión sobre los proyectos de inversión en centrales de energía solar con participación ciudadana (E-011185/2012),

    Vista la pregunta a la Comisión sobre la microgeneración (O-000074/2013 -B7-0217/2013),

    Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

    A.

    Considerando que el acceso a una cantidad de energía suficiente para gozar de un nivel de vida digno es un derecho universal básico y que los precios de la energía se han encarecido de manera significativa en los últimos años;

    B.

    Considerando que la Unión Europea es cada vez más dependiente de las importaciones procedentes de terceros países para su abastecimiento energético, por lo que es necesario un cambio para garantizar el cumplimiento de sus objetivos en materia de clima, energía y crecimiento;

    C.

    Considerando que el uso de combustibles fósiles como fuente de energía ha producido un aumento de los niveles de CO2 en la atmósfera, contribuyendo así al cambio climático global; que la Unión Europea se ha fijado objetivos de generación de energía renovable para el año 2020 y está trabajando actualmente en un marco político en materia de clima y energía para 2030; que actualmente existen disposiciones sobre la generación de energía a pequeña escala (microgeneración) aunque están dispersas en iniciativas legislativas y no legislativas como la Directiva sobre energía renovable y la Directiva sobre eficiencia energética;

    D.

    Considerando que los dirigentes de la Unión Europea deben asumir la dirección de la transición energética, teniendo en cuenta la necesidad de que participen todos los ciudadanos de la UE, independientemente de sus ingresos y su riqueza; que la energía a pequeña escala puede contribuir a fomentar la cohesión comunitaria, luchar contra la pobreza energética, crear nuevos puestos de trabajo y crecimiento económico y conducir a una nueva forma de hacer frente a la crisis económica actual;

    E.

    Considerando que la generación de energía descentralizada y a pequeña escala representa una oportunidad para que los hogares, las pequeñas y medianas empresas, y las comunidades, tanto en zonas urbanas como rurales, se conviertan en productores de energía y colaboren así en la lucha contra el cambio climático; que los consumidores deben informarse sobre las formas eficientes de producir y consumir energía; que la capacitación de los consumidores para que generen su propia electricidad y calor puede conducir a una sociedad más sostenible y participativa; que la Comunicación de la Comisión sobre el mercado interior de la energía aborda la cuestión de la capacitación de los productores-consumidores; que, aunque ya existen muchas oportunidades para que los consumidores se comprometan activamente con una producción y un consumo de energía eficientes, todavía se plantean retos a los que hacer frente;

    F.

    Considerando que la microgeneración de energía también puede desempeñar un papel en la escena mundial;

    G.

    Considerando que los incentivos para la generación de energía y calor a pequeña escala difieren considerablemente entre los Estados miembros; y que las políticas de la UE deberían aplicarse mejor para aprovechar el potencial de la generación de energía a pequeña escala en toda la UE;

    Definición

    1.

    Define, a efectos de la presente Resolución, el término «microgeneración» como: 1) la generación a pequeña escala de calor o frío y de energía que suministra electricidad por particulares y PYME para satisfacer sus propias necesidades; y 2) distintas formas de producción agrupada o cooperativa a pequeña escala en las comunidades para satisfacer las necesidades locales; observa que la microgeneración engloba diversas tecnologías (hidroeléctrica, geotérmica, solar, marina, eólica, bomba de calor, biomasa) que se caracterizan específicamente por su carácter renovable y sostenible;

    Introducción

    2.

    Afirma que la microgeneración debe ser un elemento vital en la generación de energía en el futuro si la UE quiere cumplir sus objetivos en materia de energías renovables a largo plazo; recuerda que la microgeneración está contribuyendo al aumento de la proporción general de renovables en la combinación energética de la UE y permite un consumo eléctrico eficiente cercano al punto de generación que evita las pérdidas derivadas del transporte de la energía;

    3.

    Recuerda que el éxito en la utilización de la microgeneración depende de muchos factores distintos, como: un mercado interior europeo de la energía que funcione correctamente; el desarrollo técnico de instalaciones de microgeneración; la creación de infraestructuras de energía inteligentes, en especial de distribución; políticas y programas de apoyo efectivos a corto, medio y largo plazo para incentivar la microgeneración a escala europea, nacional y local;

    4.

    Reconoce el papel de la investigación y la tecnología para mejorar la eficiencia y reducir los costes de la microgeneración;

    5.

    Señala que existen obstáculos específicos que impiden la implantación a mayor escala de las tecnologías de microgeneración como, entre otros: el problema que plantean los elevados costes de inversión inicial; la gran complejidad administrativa asociada a la conexión y el acceso a la red eléctrica; el desconocimiento respecto al ahorro de costes y energía que suponen las distintas tecnologías de microgeneración durante ciclo de vida;

    6.

    Señala que la pobreza energética es un problema cada vez mayor; hace hincapié en que facilitar la microgeneración en los hogares y las comunidades puede servir para capacitar a los consumidores de modo que se conviertan en agentes activos en el sector energético, a la vez que controlan mejor su consumo de energía y reducen la cantidad de energía que han de comprar, y evitar así la pobreza energética; observa que la microgeneración representa una oportunidad para reconfigurar la sociedad de una manera más sostenible, cooperativa y equitativa; pide que se preste una atención especial a los inquilinos, a los que a menudo se disuade de introducir mejoras en materia de eficiencia energética y de generar su propia energía;

    7.

    Hace hincapié en que las tecnologías de microgeneración como la microcogeneración y las renovables a pequeña escala hacen posible disponer de edificios de energía neta nula o de energía positiva que alimenten la red con el excedente de electricidad generado en sus instalaciones;

    8.

    Toma nota de la importancia de la promoción de las cooperativas locales de energía renovable, tanto en zonas rurales como urbanas, para promover el apoyo de los ciudadanos a la energía renovable, mejorar sus conocimientos acerca de la producción de energía a pequeña escala y fomentar su participación en ella, así como para mejorar la accesibilidad de las energías renovables y generar inversiones; destaca la importancia de promover agregadores locales y regionales que posibiliten la participación segura y eficiente de los ciudadanos en el mercado de la electricidad y garanticen precios justos para el productor-consumidor por los servicios prestados al sistema energético; observa que las autoridades locales desempeñan un importante papel en la promoción e incentivación de la microgeneración entre los ciudadanos, las PYME y las partes interesadas;

    9.

    Considera que los beneficios de la microgeneración son poco conocidos por los ciudadanos europeos y pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen medidas para difundir las soluciones de la microgeneración y las buenas prácticas en este ámbito;

    10.

    Toma nota de la escasa información disponible sobre la capacidad y el potencial futuro de la microgeneración en la UE; considera que un mejor conocimiento permitiría que la microgeneración desempeñase un papel crucial en las políticas climática, energética e industrial;

    11.

    Observa que, para promover la microgeneración de electricidad, se necesitan contadores eléctricos inteligentes que puedan calcular la electricidad utilizada para fines propios del productor y la proporción que debe inyectarse en la red, así como contadores de energía térmica para controlar el calor que entra en un inmueble y sale de él en una red de calefacción, para que pueda acreditarse la energía térmica producida;

    12.

    Observa que suele ser viable inyectar en las centrales el calor y la electricidad combinados que se han producido, incluso en el contexto de la microgeneración, porque, a menudo, ello mejora sustancialmente la eficiencia energética;

    13.

    Toma nota de que la utilización de la microgeneración a gran escala representa un importante paso en la transición del sistema energético centralizado tradicional a un sistema energético más descentralizado y flexible necesario para alcanzar los objetivos de la UE en materia de clima y energía; destaca la importancia de promover la microgeneración ahora, al tiempo que se abordan de manera justa los problemas relacionados con los operadores de redes de distribución, como el reparto de los costes y la necesidad de invertir en tecnologías inteligentes; hace hincapié en que el impacto positivo de los servicios auxiliares que proporcionan los microgeneradores y que contribuyen a un funcionamiento seguro de los sistemas debe definirse debidamente y recibir un trato equitativo; pone de relieve, por tanto, la necesidad de tomar ahora las decisiones correctas y de fijarse los objetivos adecuados, y de no retrasar más las inversiones necesarias y la adopción de una regulación ambiciosa;

    14.

    Señala que aumentar la capacidad de microgeneración en la UE puede resultar muy costoso, y que una mayor inversión en la microgeneración por parte de los productores-consumidores individuales requerirá también inversiones en distintos niveles del sistema energético como, por ejemplo, en los sistemas de distribución y transporte que facilitan el empleo de la microgeneración; señala que esto no puede socavar la seguridad total del suministro o aumentar artificialmente los precios energéticos; conviene con el Consejo Europeo en que la política energética de la UE debe garantizar la seguridad del suministro a los hogares y las empresas a precios y costes competitivos y asequibles;

    Marco regulador

    15.

    Pide a la Comisión que elabore recomendaciones, basadas en las mejores prácticas para los reguladores y los operadores de sistemas, sobre la manera de agilizar y simplificar los procedimientos administrativos derivados del funcionamiento de las unidades de microgeneración y de su conexión a la red, centrándose particularmente en la definición de procedimientos de ventanilla única; destaca la necesidad de promover una aplicación estricta de las directrices en vigor, como las disposiciones sobre unidades de microcogeneración de la Directiva sobre eficiencia energética;

    16.

    Señala que la energía producida por los microgeneradores, si se consume instantáneamente y a nivel local, ayuda a evitar los flujos de energía y las pérdidas relacionadas en el sistema y potencia el sentimiento de responsabilidad y control de los productores-consumidores; pide, por lo tanto, a la Comisión Europea y a los Estados miembros que desarrollen mecanismos específicos para fomentar la autosuficiencia junto con una reducción general del consumo;

    17.

    Pide a la Comisión Europea y a los reguladores nacionales que elaboren marcos normativos que definan las funciones y responsabilidades de todos los agentes de las redes de distribución, centrándose particularmente en las condiciones que permiten la utilización de la agregación, teniendo en cuenta su futuro papel crucial para la participación activa de la microgeneración en el sistema;

    18.

    Observa la importancia cada vez mayor del papel de los operadores de redes de distribución en una red energética más descentralizada, consistente en ofrecer seguridad de suministro y un funcionamiento estable y fiable de la red, garantizando al mismo tiempo la privacidad de los datos de los consumidores; hace un llamamiento a la Comisión Europea y a las autoridades reguladoras nacionales para que reconozcan este papel y faciliten la inversión de los operadores de redes de distribución en el sistema de distribución, con miras a mejorar la eficiencia general del sistema energético; pide, además, un papel más institucional de los operadores de redes de distribución en la organización de los servicios de compensación y otros servicios auxiliares;

    19.

    Considera que es necesaria una acción coordinada eficaz en la generación de energía a pequeña escala en toda la UE como parte de la creación de un mercado interior europeo de la energía;

    20.

    Toma nota de que los diferentes Estados miembros tienen diferentes objetivos y estructuras en materia de disposiciones fiscales y jurídicas relativas a la microgeneración, lo que puede ser un obstáculo para la utilización generalizada de la microgeneración; pide a la Comisión que identifique las líneas presupuestarias del programa Energía Inteligente — Europa (EIE) y que colabore con los Estados miembros para eliminar los obstáculos existentes en las legislaciones nacionales sobre el acceso a la financiación para los proyectos de microgeneración individuales y cooperativos, cree nuevos instrumentos financieros específicos (por ejemplo, microcréditos) y difunda las mejores prácticas en relación con estas actividades;

    21.

    Pide a los Estados miembros que tengan en cuenta las especificidades de la microgeneración al diseñar y revisar los incentivos y sistemas de apoyo nacionales para garantizar que se adapten a la generación de energía a pequeña escala;

    Infraestructura, productos y normas

    22.

    Exige que el tercer paquete sobre energía se aplique íntegramente y sin demora, y en particular la legislación de la UE relativa a los contadores, a fin de facilitar las actividades de los productores-consumidores en la red, así como la gestión eficaz de la distribución; pide que se haga posible la transferencia de energía entre el productor y el consumidor a pequeña escala como, por ejemplo, en un barrio o en una cooperativa; pide a los Estados miembros que, en los casos en que el análisis de los costes y los beneficios demuestre que va en interés del consumidor, agilicen la instalación de contadores inteligentes para ayudar a los hogares a obtener datos precisos y el valor íntegro de la energía que producen en sus instalaciones;

    23.

    Propone que la Comisión estudie la posibilidad de introducir sistemas de microgeneración en los proyectos de planificación urbanística; cree que ello podría dar lugar a un aumento de la eficiencia y a una reducción del coste en el desarrollo del transporte y la distribución a pequeña escala de energías renovables;

    24.

    Señala que la normalización es fundamental para el desarrollo de equipos de producción masiva utilizados para la microgeneración de una manera racionalizada y rentable; pide a los organismos de normalización europeos que agilicen sus actividades de normalización;

    25.

    Recuerda que los pequeños generadores interactúan con la red de distribución de manera distinta a como lo hacen los grandes generadores, por lo que deben ser tratados de manera diferente en la futura legislación;

    26.

    Es consciente de que una utilización significativa de la microgeneración ocasionará problemas en la gestión de las redes de distribución a la hora de equilibrar la demanda y el suministro de energía y que será necesario invertir con carácter innovador en una red de distribución mejorada; observa la importancia de las tecnologías inteligentes para conseguirlo; pide a los Estados miembros que faciliten el acceso de los microgeneradores a la red cuando aborden la cuestión de los costes de la red relacionados con la producción de energía a pequeña escala y para mantener una gestión de la red eficiente; pide a las autoridades reguladoras nacionales que incentiven la innovación y la inversión en redes de distribución locales;

    27.

    Observa que se ha demostrado que los proyectos basados en la propiedad disfrutan de una mayor aceptación y deben, por tanto, facilitarse; recuerda que, aunque los agregadores pueden desempeñar un importante papel a la hora de facilitar tales proyectos, su función no ha sido definida con claridad hasta ahora en la legislación pertinente de la UE; pide, por consiguiente, la aplicación rápida y rigurosa de las disposiciones de respuesta a la demanda contempladas en la Directiva sobre eficiencia energética;

    28.

    Alienta a la Comisión a estudiar la posibilidad de apoyar modelos de financiación colectiva, es decir, sistemas de inversión a largo plazo en los que los inversores y los emprendedores estén en contacto directo a través de una plataforma, con el fin de ofrecer opciones y animar a las personas a crear cooperativas de microgeneración;

    29.

    Señala que la posibilidad de financiar proyectos mediante una convocatoria abierta dirigida a la población en general (crowdfunding, o microfinanciación colectiva) está suscitando cada vez mayor interés público; pide a la Comisión que promueva la posibilidad de la copropiedad de proyectos locales, mejorando así la movilización del apoyo local;

    30.

    Pide asimismo a la Comisión que determine en qué medida facilitan ya las normativas de la UE, como la Directiva sobre el folleto (Directiva 2003/71/CE), la Directiva sobre los mercados de instrumentos financieros (Directiva 2004/39/CE) y la Directiva sobre el dinero electrónico (Directiva 2009/110/CE), la ejecución de determinados proyectos sobre la base de una copropiedad de las estructuras locales;

    31.

    Señala que toda iniciativa en materia de microgeneración debería estar en consonancia con los códigos de la red; observa que los objetivos de la legislación secundaria en materia de electricidad, como los códigos de la red, pueden lograrse de una manera más rentable y mejor mediante el establecimiento de normas a escala de la UE para la mayor parte de los tipos de tecnología de microgeneración; pide que las autoridades responsables de la red implanten un modelo activo de gestión del sistema de distribución basado en una cooperación estrecha entre los operadores de redes de distribución y los operadores de redes de transporte y otros elementos (unidades de generación, consumo y almacenamiento), a fin de incentivar la innovación y la inversión en las redes de distribución local;

    32.

    Pide a la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía, la Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Electricidad, la Comisión y los Gobiernos nacionales que presten especial atención a las renovables descentralizadas en el proceso actual de negociación y elaboración de los códigos de la red;

    33.

    Señala que los nuevos modelos de producción, propiedad y consumo, como la leasing society, o sociedad de los productos-servicio, podrían desempeñar un papel esencial en la utilización de la microgeneración, puesto que muchos elementos propiciados por este enfoque son positivos en dicho ámbito como, por ejemplo, los menores costes iniciales, la transparencia de costes al ofrecer combinaciones de productos y servicios a un precio fijo, la solución al importante problema de financiación de los productores-consumidores de menores ingresos, una calidad óptima de instalación y un mejor mantenimiento y, por tanto, un ciclo de vida más largo de los productos que aporta el proveedor;

    Acciones específicas

    34.

    Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación general de la capacidad potencial de microgeneración y examine las mejores prácticas en la UE y el impacto potencial de una utilización a gran escala de la microgeneración en el mercado interior europeo de la energía y sus infraestructuras;

    35.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que la microgeneración puede optar a una financiación mediante fondos europeos, incluidos los Fondos Estructurales, a partir del período 2014-2020;

    36.

    Pide que se financien actividades de investigación, desarrollo e innovación en relación con la microgeneración a fin de desarrollar soluciones técnicas e instalaciones adecuadas;

    37.

    Reconoce la importancia del liderazgo de la UE en materia de políticas climática y energética, y afirma que la microgeneración debe contribuir a alcanzar nuestros objetivos a largo plazo; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren la aplicación de las estrategias de generación de electricidad y calor a pequeña escala contempladas en marco de las políticas de la UE ya existentes, y que reconozcan así la importancia de la microgeneración y faciliten su utilización en los Estados miembros;

    38.

    Pide a la Comisión que tenga en cuenta el papel de la microgeneración en la futura legislación de la UE en materia de energía, en particular en el contexto del futuro paquete en materia de clima y energía para 2030;

    39.

    Pide a la Comisión que examine cuidadosamente, junto con los Estados miembros, las estructuras de costes existentes en la red de energía y que proporcione orientación sobre la manera de facilitar la obtención de permisos, el acceso a la red y el funcionamiento de las unidades de microgeneración;

    o

    o o

    40.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.


    (1)  DO L 140 de 5.6.2009, p. 16.

    (2)  DO L 315 de 14.11.2012, p. 1.

    (3)  DO L 285 de 31.10.2009, p. 10.

    (4)  DO L 153 de 18.6.2010, p. 1.

    (5)  DO C 169 E de 15.6.2012, p. 66.


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