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Document 52013DC0269
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE COUNCIL, THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE AND THE COMMITTEE OF THE REGIONS EU Citizenship Report 2013 EU citizens: your rights, your future
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro
/* COM/2013/0269 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro /* COM/2013/0269 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO
EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS
REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE
2013
Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro
1. Introducción Los ciudadanos son y deben ser el
eje de la integración europea. Para confirmarlo, las instituciones de la UE
proclamaron el año 2013 como Año Europeo de los Ciudadanos con objeto de dar un
nuevo impulso a la ciudadanía de la UE y a la vertiente ciudadana del proyecto
europeo. En un momento en que la UE está dando grandes pasos hacia una Unión
Económica y Monetaria profunda y auténtica[1],
una de cuyas piedras angulares es la legitimidad democrática, con una Unión Política
en el horizonte, es aún más importante centrarse en lo que hace la UE para que
la vida de los ciudadanos sea más fácil, para ayudarlos a comprender sus
derechos y para involucrarlos en un debate sobre la Europa en la que quieren
vivir y que desean construir para las generaciones futuras. La ciudadanía de la UE ofrece a los
ciudadanos nuevos derechos y oportunidades. El derecho a desplazarse y vivir
libremente dentro de la UE es el que asocian más estrechamente con la
ciudadanía de la UE. Gracias a la tecnología moderna y a que ahora es más fácil
viajar, la libre circulación permite a los europeos expandir sus horizontes más
allá de las fronteras nacionales, salir de su país durante períodos más o menos
largos, ir y venir entre los países de la UE para trabajar, estudiar y formarse,
para viajar por motivos profesionales o de ocio o para hacer compras transfronterizas.
La libre circulación incrementa las interacciones sociales y culturales dentro
de la UE y crea unos lazos más estrechos entre los europeos. Además, genera beneficios económicos
recíprocos para las empresas y los ciudadanos, incluso para aquellos que no se
desplazan, ya que la UE suprime de forma constante los obstáculos interiores. En 1993, el Tratado de Maastricht
definió la ciudadanía de la UE y concedió un conjunto de derechos a todos los
ciudadanos de la UE, con independencia de que ejercieran o no una actividad
económica. El Tratado de Lisboa y la Carta de los Derechos Fundamentales de la
UE reforzaron los derechos de los ciudadanos de la UE[2]. En particular, los ciudadanos de la UE tienen derecho a: –
no sufrir discriminación por motivos de
nacionalidad; –
circular y residir libremente en la UE; –
votar y ser candidatos en las elecciones
municipales y al Parlamento Europeo, con independencia de su lugar de
residencia en la Unión Europea, en las mismas condiciones que los nacionales; –
ser asistidos fuera de la UE por la embajada o
el consulado de otro país de la UE en las mismas condiciones que los ciudadanos
de ese país, si su país no tiene representación propia; –
presentar peticiones al Parlamento Europeo y
dirigirse al Defensor del Pueblo Europeo y a las instituciones de la UE (en
cualquier lengua oficial de la UE); y –
organizar o apoyar, junto con otros ciudadanos
de la UE, iniciativas ciudadanas en favor de una nueva legislación comunitaria. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado la
importancia constitucional de la ciudadanía de la UE al afirmar que «la vocación del estatuto de
ciudadano de la Unión es convertirse en el estatuto fundamental de los
nacionales de los Estados miembros»[3]. En una reciente sentencia trascendental[4], el Tribunal de
Justicia ha manifestado que el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea (TFUE) se opone a las medidas nacionales que puedan privar
a los ciudadanos de la Unión del disfrute efectivo de la esencia de los
derechos conferidos por su estatuto de ciudadanos de la UE. En 2010, la Comisión presentó su
primer Informe sobre la ciudadanía de la UE[5] y anunció veinticinco
acciones para garantizar que los ciudadanos de la UE puedan disfrutar de sus
derechos en su vida cotidiana, sin encontrarse con obstáculos innecesarios. Desde
entonces, la Comisión ha dado curso a estos veinticinco compromisos[6]. Las
medidas adoptadas consisten en: –
facilitar la buena circulación de documentos
públicos (como certificados relativos al de nacimiento, matrimonio o defunción,
o títulos de propiedad); –
reforzar los derechos de los aproximadamente
75 millones de personas que cada año son víctimas de delitos en toda la UE; –
reducir la burocracia para los 3,5 millones de
personas que cada año matriculan un vehículo en otro país de la UE, lo que
supone un ahorro de al menos 1 500 millones EUR al año para las empresas,
los ciudadanos y las autoridades encargadas de la matriculación; –
proponer soluciones rápidas y económicas para
que los consumidores resuelvan sus litigios con comerciantes de la UE, lo que
les permitirá ahorrar en torno a 22 500 millones EUR al año en toda
Europa; –
mejorar la accesibilidad del sistema
ferroviario para los aproximadamente 80 millones de europeos con discapacidad; –
eliminar los obstáculos al ejercicio efectivo
de los derechos electorales en las elecciones europeas y locales por parte de
los ocho millones de ciudadanos de la UE en edad de votar que viven en un país
de la UE distinto del suyo; –
ofrecer a los ciudadanos información accesible
sobre sus derechos en la UE a través de una ventanilla única de información en
línea — Tu Europa y Europe Direct. Hacer que la
ciudadanía de la Unión sea una realidad en la vida cotidiana de los ciudadanos
es una actividad permanente. La persistencia de los
obstáculos se ha confirmado en una consulta pública de gran alcance sobre
la ciudadanía de la UE, lanzada por la Comisión el 9 de mayo de 2012[7], las encuestas del Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de
la UE[8] y los derechos electorales[9],
y varios actos organizados por los principales interesados como preparación del
presente informe, en cooperación con el Parlamento Europeo[10], el Comité de las Regiones[11] y el Comité Económico y Social Europeo[12]. Los Diálogos
con los ciudadanos[13] iniciados por la Comisión en el marco del Año Europeo de los
Ciudadanos[14]
están proporcionando un mejor conocimiento de las preocupaciones y sugerencias
de los ciudadanos. En este Informe sobre la
ciudadanía de la UE 2013, la Comisión presenta doce nuevas medidas en
seis ámbitos fundamentales con objeto de seguir eliminando los obstáculos
que impiden que los ciudadanos disfruten de sus derechos en la UE[15]. Suprimir los obstáculos para los
trabajadores, los estudiantes y los trabajadores en prácticas en la UE Hoy en día, la principal preocupación de la
población es la crisis financiera y de la deuda soberana y sus repercusiones
económicas. Nueve de cada diez europeos consideran
que el desempleo o la situación económica son los problemas más importantes a
los que se enfrenta actualmente su región[16].
Lo que los europeos esperan de la UE ante todo es que luche contra la crisis,
lo que significa reducir el desempleo y, en particular, el desempleo juvenil,
cuya tasa duplica con creces la del paro entre los adultos (23,5 %, frente
al 9,5 % en el primer trimestre de 2013). Los ciudadanos reclaman un
verdadero mercado laboral de la UE que les permita beneficiarse de las
oportunidades de empleo en otros países de la UE y contribuir a la economía europea.
Además, piden iniciativas que les permitan mejorar sus cualificaciones y tener
acceso a oportunidades de formación de calidad en otros países de la UE. La
Comisión presenta propuestas para que los ciudadanos tengan más facilidades
para trabajar, estudiar y formarse en otro país de la UE, que benefician tanto
al desarrollo personal y profesional de los ciudadanos como al crecimiento
económico del conjunto de la UE. Reducir la burocracia en los Estados
miembros Los ciudadanos de la UE saben que tienen derecho a la libre
circulación[17].
Más de dos tercios consideran que la libre circulación de personas en la UE
aporta beneficios económicos para su país[18].
Los ciudadanos utilizan activamente este derecho haciendo cada año miles de
millones de viajes en el interior de la UE. Sin embargo, casi uno de cada cinco
de los que respondieron a la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la
UE, que hizo uso de su derecho a la libre circulación, se encontró con
problemas, debidos a menudo a procedimientos administrativos largos y confusos.
Los ciudadanos quieren soluciones que les faciliten la vida a la hora de viajar
y vivir en la UE. La Comisión presenta sugerencias para reducir el papeleo
excesivo y simplificar los procedimientos en los Estados miembros. Proteger a los más vulnerables de la UE Los cuidados
específicos y la protección para las personas más vulnerables de la sociedad
son aspectos fundamentales del modelo social europeo. En las consultas, los
ciudadanos mencionaron las dificultades especiales a las que se enfrentan las
personas con discapacidades (cerca de 80 millones en la UE), al viajar por la
UE. También indicaron que algunos ciudadanos son más vulnerables a la hora de
hacer valer sus derechos, en particular en los procesos penales, debido, por
ejemplo, a su corta edad o a su condición mental o física. La Comisión propone
avanzar en el refuerzo de los derechos de los ciudadanos más vulnerables. Eliminar los obstáculos a las compras
en la UE Las compras transfronterizas en línea
crecen constantemente en la UE. Una cuarta parte de los ciudadanos que
compraron por internet en 2012 lo hicieron a vendedores de otros países de la
UE[19]. Sin embargo, los
ciudadanos de la UE siguen teniendo problemas al comprar en línea[20]. Esto exige que los
consumidores estén mejor protegidos e informados, especialmente sobre los
productos de sectores que se desarrollan con rapidez, como el de la tecnología
digital. Las compras transfronterizas fáciles y seguras son inseparables de
unos recursos judiciales transfronterizos fáciles y rápidos. La Comisión
presenta medidas para velar por que los ciudadanos estén mejor informados, en
particular al comprar en línea, y dispongan de medios de recurso sencillos
cuando las cosas vayan mal. Información específica y accesible en
la UE Se ha hecho mucho para mejorar la
sensibilización de los ciudadanos sobre sus derechos en la UE, en particular
mediante el desarrollo de «Europe Direct»[21] y del punto único de contacto «Tu Europa»[22]. Uno de cada tres ciudadanos afirma
ahora que está bien informado de sus derechos en la UE[23]. Esto supone una
mejora, pero sigue siendo insuficiente. Algo menos de una cuarta parte de los
encuestados (24 %) se consideran bastante o muy bien informados de lo que
pueden hacer si no se respetan sus derechos en la UE[24]. La Comisión está
elaborando propuestas para agilizar y mejorar más la información a los
ciudadanos sobre sus derechos en la UE y cómo utilizarlos. Participar en la vida democrática de
la UE La plena participación de los ciudadanos en
la vida democrática de la UE en todos los niveles es la esencia misma de la
ciudadanía de la Unión. El fomento de la participación de los ciudadanos y de
la sociedad civil en el debate sobre los problemas europeos es una tarea
oportuna en el contexto del Año Europeo de los Ciudadanos y de las próximas
elecciones al Parlamento Europeo, que son ocasiones clave para que los
ciudadanos puedan manifestar su opinión. Los ciudadanos dudan de las prácticas
de algunos Estados miembros que privan a sus nacionales de su derecho a votar en
las elecciones nacionales, por haber vivido en otro país de la UE durante un
cierto período de tiempo (denegación del derecho de voto)[25]. En la audiencia
conjunta del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la ciudadanía de la UE,
celebrada el 19 de febrero de 2013, los ciudadanos, la sociedad civil, los
especialistas y los diputados del Parlamento Europeo debatieron la
justificación de la denegación del derecho de voto a la luz de la realidad
actual. La Comisión propone vías para promover la participación de los
ciudadanos en la vida democrática de la UE. Junto con el Informe sobre la ciudadanía de
la UE 2013 se adjunta el Informe sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo
de la ciudadanía de la Unión durante el período 2011-2013 (con arreglo al artículo 25
TFUE), que analiza la aplicación de las disposiciones del Tratado sobre la
ciudadanía de la UE en los últimos tres años. Simultáneamente, la Comisión adoptó también
el Informe anual sobre la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales
de la UE[26]. 2. Doce nuevas acciones
clave para mejorar la vida de los ciudadanos de la UE 2.1 –
Suprimir los obstáculos para los trabajadores, los estudiantes y los
trabajadores en prácticas en la UE Facilitar que los ciudadanos,
especialmente los jóvenes, desarrollen sus cualificaciones, encuentren un
empleo y contribuyan al crecimiento en la Unión Europea La movilidad de los ciudadanos impulsa
la economía de la UE A pesar de los elevados niveles de
desempleo (más de 26 millones de personas en la UE), el número de empleos
vacantes va en aumento en comparación con 2009 y las empresas tienen
dificultades a la hora de contratar personal cualificado. Esto constituye un
riesgo para el crecimiento y la innovación de la economía de la UE. En este
orden de cosas, la movilidad laboral puede ser un potente mecanismo de ajuste
para hacer frente a los desequilibrios y para contribuir a mejorar el ajuste
entre empleos y cualificaciones, al tiempo que restablece el dinamismo y alivia
el sufrimiento social entre los ciudadanos de la UE. Aumenta las posibilidades
de que los ciudadanos hagan una transición fluida al empleo y brinda
oportunidades de desarrollo personal y profesional. Hay fuertes razones económicas que abogan
por la movilidad. La reciente experiencia de las ampliaciones de 2004 y
2007 ha puesto de manifiesto que la movilidad dentro de la UE tiene
efectos positivos para las economías y los mercados laborales. Por ejemplo, se
estima que el PIB de los países de la EU-15 ha aumentado casi un 1 % a
largo plazo de resultas de la movilidad posterior a la ampliación (en
2004-2009)[27].
En el conjunto de la UE, el efecto sobre el PIB de los recientes flujos de
movilidad dentro de la UE equivale a un incremento colectivo de los ingresos de
cerca de 24 000 millones EUR para los ciudadanos de la UE[28]. Sin
embargo, hoy en día la movilidad de los trabajadores sigue siendo baja en la UE[29]. Los ciudadanos de la UE aún dudan en buscar
trabajo en otro país de la UE, ya que les preocupa su situación si no
encuentran empleo rápidamente[30].
Actualmente, el Derecho de la UE garantiza que los
ciudadanos desempleados que tienen derecho a prestaciones de desempleo y que
van a otro país de la UE en busca de trabajo sigan recibiendo sus prestaciones
de desempleo en su país de origen durante un período de tres meses[31]. Si bien el
Derecho de la UE contempla la posibilidad de que los Estados miembros amplíen
este derecho a un periodo máximo de seis meses, este aún no está garantizado en
sus respectivas prácticas nacionales[32].
En la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE, la mayoría de los
encuestados (69 %) consideraba que debían recibir la prestación de
desempleo durante al menos seis meses en caso de que se buscara empleo en otro
país de la UE. Fuente: Consulta
pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: encuestados que habían buscado un empleo
en otro país de la UE Frederico, un joven cocinero de Portugal
decidió ir a Suecia en busca de un nuevo empleo. Pidió a los servicios de
empleo de Portugal el documento que le permitiría recibir sus prestaciones de
desempleo portuguesas en Suecia durante un período de tres meses y se inscribió
en los servicios de empleo de Suecia en cuanto llegó. Sin embargo, no encontró
trabajo en los tres meses de validez del documento. Tenía que elegir entre volver
a Portugal para no perder sus derechos a la prestación de desempleo o quedarse
en Suecia pero sin derecho alguno a esa prestación. Decidió hacer unas cuantas
entrevistas de trabajo más en Suecia y regresó a Portugal una vez transcurridos
cinco meses. Como consecuencia, perdió su derecho a las prestaciones de
desempleo en Portugal. Acción 1: la
Comisión propondrá una revisión del Reglamento sobre la coordinación de los
sistemas de seguridad social[33]
y estudiará la posibilidad de prorrogar la exportación de las prestaciones de
desempleo por un periodo superior al obligatorio de tres meses para facilitar
que los ciudadanos busquen un empleo en otro país de la UE. La Comisión insta a
los Estados miembros a aplicar plenamente las normas vigentes para permitir que
los solicitantes de empleo reciban sus prestaciones de desempleo durante un
máximo de seis meses cuando busquen trabajo en otro Estado miembro[34]. Los ciudadanos desean mejorar sus
cualificaciones y competencias en el extranjero Tal como subrayó la Comisión en su paquete
sobre empleo «Hacia una recuperación generadora de empleo»[35] y en su Agenda
de nuevas cualificaciones y empleos[36],
la inversión en sistemas de educación y formación es fundamental para aumentar
la productividad, la competitividad, el crecimiento económico y, en último
término, el empleo. Los jóvenes ciudadanos de la Unión Europea
están abiertos a mejorar sus cualificaciones y competencias estudiando o
formándose en otro país de la UE[37]. En total, más de la mitad de los
jóvenes europeos están dispuestos o quieren ir a trabajar en otro Estado
miembro de la UE[38].
Disponibilidad de
los jóvenes para trabajar en otro país de la UE Fuente:
Eurobarómetro 2011 sobre Juventud en movimiento Los datos actualmente disponibles estiman
que solo un 10 % de los europeos titulados de enseñanza superior han
estudiado en otro lugar de la UE[39].
Las cifras correspondientes a la movilidad en la UE durante el grado (programa
completo) son aún más bajas. Esto se debe en parte a los costes de estudiar en
otro país de la UE. En su propuesta de programa Erasmus para todos[40], la
Comisión ha presentado un sistema de garantía de préstamos para estudiantes
para hacer posible que los estudiantes de máster que deseen cursar un programa
entero en otro país de la UE accedan a préstamos bancarios en condiciones
favorables. Según la propuesta de la Comisión, hasta 330 000 estudiantes
deberían beneficiarse de ese sistema durante el período de siete años cubierto
por el programa. Además, la Comisión seguirá fomentado la movilidad para que
los jóvenes estudien, se formen o realicen una labor de voluntariado en el
extranjero o participen en intercambios de jóvenes. También se dará a los
profesores y al personal docente la posibilidad de enseñar o formarse en el
extranjero. Gracias al nuevo programa, casi cinco millones de ciudadanos
deberían beneficiarse de estas posibilidades durante el periodo 2014-2020. Al plantarse la posibilidad de un periodo
de prácticas en otro país de la UE, los jóvenes no siempre encuentran
información pertinente sobre las oportunidades que existen y se preocupan por
la calidad y las condiciones de los acuerdos laborales. Los estudios y
encuestas ponen de manifiesto una serie de problemas de calidad relacionados
con los periodos de prácticas: falta de contenidos didácticos y términos y
condiciones insuficientes, en particular un bajo nivel (o carencia) de
protección social y de compensación o remuneración[41]. Además, en varios países de la UE (hasta un 25 % según una
encuesta de 2011 realizada por el Foro Europeo de la Juventud[42]) todavía no es
obligatorio que el contrato en prácticas especifique los derechos y
obligaciones de las partes. La escasa o nula remuneración suscita dudas
respecto a la posibilidad de que los empleadores hagan uso de esto como una
forma de empleo no retribuido. Existe la necesidad urgente de abordar estas
deficiencias y mejorar las posibilidades de que los jóvenes desarrollen sus
cualificaciones y adquieran experiencia laboral en el extranjero. Esto es
necesario no solo para resolver las preocupaciones expresadas por los
ciudadanos, en particular los jóvenes, sino también para resolver los terribles
niveles de desempleo juvenil. Nathalie se graduó en Francia y pensó en
comenzar su carrera profesional en España o en Alemania. Como nunca había vivido
en el extranjero, quería realizar primero un período de prácticas, pero se
preguntaba si podría hacerlo sin estar matriculada en un programa educativo (en
Francia es un requisito previo). Además, ignoraba los derechos que tendría como
trabajadora en prácticas en esos países y si tendría protección social o
derecho a compensación o remuneración. En 2013, para que los jóvenes encuentren
más fácilmente una experiencia profesional de calidad en otro país de la UE, la
Comisión desarrollará un marco de calidad para los periodos de prácticas que
establezca las principales características de los periodos de prácticas de alta
calidad, protegiendo los derechos de los trabajadores en prácticas y ayudándoles
a sacar el mayor provecho de su experiencia laboral. Asimismo, revisará y
reformará la red EURES para adecuarla más a las necesidades reales del mercado
laboral, mejorando los servicios de enlace entre la oferta y la demanda de
empleo, en beneficio tanto de los solicitantes de empleo como de las empresas.
Además lanzará una iniciativa piloto con algunos Estados miembros para mejorar
el intercambio de información en EURES sobre periodos de prácticas y de
aprendizaje para facilitar aún más la transición de los jóvenes al empleo. Asimismo, la Comisión insta a los Estados
miembros a aplicar rápidamente la Garantía Juvenil[43] de forma
duradera y ambiciosa para ayudar a los jóvenes a adquirir experiencia laboral. Acción 2: con
objeto de ayudar a los jóvenes ciudadanos de la Unión Europea a desarrollar sus
cualificaciones e introducirse en el mercado de trabajo, la Comisión desarrollará
en 2013 un marco de calidad para los periodos de prácticas. La Comisión
presentará también una iniciativa en 2013 para modernizar EURES con objeto de reforzar
la función y el impacto de los servicios de empleo a nivel nacional y mejorar
la coordinación de la movilidad laboral en la UE. Además de la reforma de EURES,
la Comisión lanzará una iniciativa piloto para mejorar el intercambio de
información en EURES sobre periodos de prácticas y de aprendizaje. 2.2 – Reducir
la burocracia en los Estados miembros Suprimir los obstáculos administrativos
y simplificar los procedimientos para los ciudadanos de la UE que viajan y
viven en ella Documentos de identidad y residencia
de los ciudadanos El derecho de la UE que los ciudadanos asocian más directamente a
la ciudadanía de la Unión es el de circular y vivir libremente en la UE[44]. De acuerdo con el
Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE[45], casi nueve de cada
diez ciudadanos de la UE saben que tienen este derecho a la libre circulación. Fuente:
Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía de la UE Sin embargo, casi uno de cada cinco de
todos los participantes en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de
la UE[46]
señalaron la existencia de problemas al viajar o vivir en otro país de la UE
(17 %); entre estos problemas están los obstáculos administrativos con
documentos cuando quieren probar su identidad o viajar por la UE. Las preguntas
relacionadas con la libre circulación y la residencia representaron el
21 % de las consultas formuladas en 2012 a Tu Europa-Asesoramiento[47] y el
13 % del total de los casos SOLVIT en 2012[48]. Los ciudadanos de la UE que residen en un
país de la UE distinto del suyo durante más de tres meses pueden estar obligados
a registrarse ante las autoridades locales, en cuyo caso reciben un certificado
de registro. Sin embargo, estos certificados de registro no siempre se aceptan como
documentos de identidad en la UE (especialmente por entidades privadas tales
como bancos, empresas, etc.) y los ciudadanos no pueden utilizarlos como
documento de viaje, ni siquiera dentro de la UE. Un problema similar se plantea
a los ciudadanos de la UE que poseen documentos de identidad expedidos por su
propio país y que a menudo no pueden usarlos en sus operaciones en otros países
de la UE. Las empresas privadas no se encuentran cómodas a la hora de aceptar
documentos «extranjeros» como prueba de identidad ya que, a diferencia de los
pasaportes, el formato de esos documentos no está armonizado a escala de la UE.
Los ciudadanos de la UE que viven en otro país de esta también se enfrentan a
dificultades cuando tienen que obtener o renovar sus documentos de identidad o
pasaportes para viajar por la UE a corto plazo, en particular cuando su
consulado más cercano se encuentra en otro país. Sanna, ciudadana finlandesa residente en
Munich, ha reservado un vuelo para Finlandia pero, dos días antes del viaje,
sufre un atraco y le roban su pasaporte y su documento de identidad. Sanna no
puede obtener a tiempo un nuevo pasaporte, ya que las únicas representaciones
consulares finlandesas en Alemania que podrían expedir un pasaporte se
encuentran en Berlín y Hamburgo, y no puede ir allí en tan breve plazo. En el
aeropuerto, cuando presenta únicamente su certificado de registro alemán, la
compañía aérea se niega a permitirle embarcar, alegando normas de seguridad. En la consulta pública sobre la ciudadanía
de la UE, los ciudadanos reclamaron soluciones que les simplificasen la vida y
reforzasen su identificación con la UE, incluso mediante documentos europeos
uniformes, cuando proceda[49].
La Comisión va a plantearse, entre otras cosas, si sería conveniente establecer
unas normas relativas a un formato común seguro para los certificados de
registro expedidos a los ciudadanos de la UE por los Estados miembros y para
los documentos de residencia expedidos a los miembros de sus familias. Esta
iniciativa haría posible que los ciudadanos de la UE y sus familias usen un
único documento en su vida diaria y resuelvan los problemas que se encuentren
en sus relaciones con entidades privadas en otros países de la UE, al tiempo
que mejoraría también la seguridad de los documentos. Para reducir aún más las cargas
administrativas, los ciudadanos de la UE también deben tener la opción de
utilizar esos certificados de registro seguros como documentos de viaje para
los desplazamientos en la UE, cuando dichos documentos hayan sido expedidos por
su Estado miembro de residencia. Acción 3: en
2013 y 2014, la Comisión estudiará soluciones para eliminar los obstáculos a
que se enfrentan los ciudadanos de la UE y los miembros de sus familias que
residen en un país de la UE distinto del suyo en relación con los documentos de
identidad y residencia expedidos por los Estados miembros, incluso mediante
documentos europeos uniformes facultativos para los ciudadanos, cuando proceda. Formalidades de la fiscalidad
transfronteriza de los ciudadanos Los ciudadanos de la UE pueden vivir en un
país, trabajar en otro y poseer bienes en un tercero. Esto puede hacer que les
resulte difícil saber dónde deben pagar sus impuestos y cómo hacerlo. Las
barreras lingüísticas y la falta de cooperación entre las autoridades
tributarias de distintos países a la hora de resolver problemas de fiscalidad
transfronteriza no facilitan las cosas. Los ciudadanos también pueden
encontrarse con obstáculos administrativos importantes, en particular a la hora
de solicitar la devolución de impuestos adeudados en otros países o debido a
los sistemas tributarios contradictorios de distintos Estados miembros que
pueden incluso dar lugar a que una misma renta sea objeto de doble imposición
por parte de Estados miembros diferentes. Solo las preguntas sobre impuestos constituyeron
un 9 % de los asuntos planteados a SOLVIT en 2012. Tu Europa-Asesoramiento,
los servicios de asistencia como las oficinas del consumidor de las regiones
transfronterizas y EURES también señalan que reciben muchas y variadas
preguntas relacionadas con temas fiscales. Ylva, ciudadana sueca, está casada con
Martin, que es eslovaco. Viven en Suecia y en la actualidad ambos están
jubilados. Aunque Ylva solo ha trabajado en Suecia, Martin también ha trabajado
en Eslovaquia. Ahora quieren ir a vivir a los Países Bajos para estar cerca de
sus nietos, pero tienen muchas dudas en cuanto a su situación fiscal y no saben
a quién dirigirse. ¿Cuál será la fiscalidad de sus pensiones cuando se hayan
trasladado? ¿Qué ocurre con los posibles impuestos sobre sucesiones? ¿Qué
deberían hacer si después de trasladarse son objeto de una doble imposición? Si
conservan su casa en Suecia, ¿dónde pagarán sus impuestos sobre bienes
inmuebles y dónde estará gravada la renta de ese bien? Durante 2013, la Comisión identificará las
mejores prácticas en los países de la UE para ayudar a los ciudadanos que se
encuentran en situaciones fiscales transfronterizas y va a participar en
reuniones de seguimiento con las autoridades nacionales para fomentar la
implantación a gran escala de esas prácticas. Las mejores prácticas podrían
consistir en puntos de contacto informativos en las administraciones nacionales
especializados en cuestiones de fiscalidad transfronteriza, sitios web que
ofrezcan información básica para los ciudadanos y les dirijan al punto de
contacto más apropiado, simplificación de los procedimientos para evitar la
doble imposición y el pago excesivo de impuestos en el extranjero, códigos de
los contribuyentes que describan sus derechos y deberes fundamentales, y
cooperación estrecha entre países de la UE para resolver los litigios de
imposición transfronteriza. La Comisión acompañará esta acción con una
nueva iniciativa aplicable a toda la UE para velar por que las legislaciones de
todos los Estados miembros relativas a la fiscalidad de las personas que
ejerzan la movilidad se atengan a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y
que esos ciudadanos no sufran una carga administrativa innecesaria ni costes
adicionales al ejercer su derecho a ir a otros países para trabajar o vivir en
ellos. Acción 4: la
Comisión, en 2013, adoptará iniciativas para fomentar las mejores prácticas
tributarias en situaciones transfronterizas y velar por la correcta aplicación
del Derecho de la UE con objeto de hacer más fácil para los ciudadanos europeos
el desplazamiento o la actividad transfronterizos para operar con conjuntos
diferentes de normas tributarias y, en particular, para evitar la doble
imposición. Trámites de los ciudadanos relacionados
con los automóviles Hoy en día
la inspección técnica de vehículos se realiza de muy distintas maneras en toda
la Unión, las categorías de vehículos que deben someterse a esa inspección, la
periodicidad, los métodos de la inspección y la evaluación de los fallos son
diferentes. Por consiguiente, un mismo vehículo podría ser inspeccionado en
distintos países de la UE con distintos resultados, lo que dará lugar a
diferentes niveles de seguridad. Como consecuencia de estas normas divergentes,
los países de la UE no reconocen recíprocamente sus certificados de inspección
técnica. Esto supone una carga administrativa y unos costes innecesarios para
los ciudadanos que viajan a otro país con su automóvil. Monika,
lituana, trabaja en un hotel en una estación de esquí austríaca cinco meses al
año. Como debe hacer la inspección anual de su coche en marzo, cuando está en
Austria tiene que interrumpir su estancia y volver en coche a Lituania
únicamente para realizar la inspección periódica de su vehículo. Sería mucho
más fácil si pudiera hacerlo en Austria y su certificado de inspección técnica
fuese reconocido automáticamente en Lituania y en el resto de la UE. En 2012,
la Comisión presentó propuestas[50]
para establecer unas normas mínimas para el control y la seguridad de los
automóviles (aumento de la calidad de las pruebas, introducción de requisitos
aplicables a los equipos de inspección, mejora de las cualificaciones de los
inspectores, mayor supervisión de los centros de inspección). Partiendo de unas
normas armonizadas para controlar la inspección técnica de automóviles, durante
2014 la Comisión dará pasos concretos de cara a la creación de una «plataforma
electrónica de información sobre vehículos» que facilite el reconocimiento de
los certificados de inspección técnica. Acción 5:
partiendo de su trabajo para mejorar la seguridad vial de los ciudadanos de la
UE, durante 2014 la Comisión dará pasos concretos de cara a la creación de una
«plataforma electrónica de información sobre vehículos» que facilite el
reconocimiento de los certificados de inspección técnica, haciendo que sea más
fácil y más seguro para los ciudadanos viajar a otro país de la UE con su
automóvil. 2.3 – Proteger a los
más vulnerables de la UE Eliminar los obstáculos para los
ciudadanos con discapacidad y reforzar los derechos procesales de los
ciudadanos, teniendo en cuenta la situación específica de los niños y los
ciudadanos vulnerables Ciudadanos con discapacidad En la Unión Europea hay aproximadamente 80
millones de personas con discapacidades. A menudo tienen acceso a determinados
derechos, en particular relacionados con los transportes públicos o las
instituciones culturales, vinculados a su tarjeta de discapacidad.
Contrariamente a las tarjetas de aparcamiento para
las personas con discapacidad, para las que se estableció un modelo común de la
UE hace casi quince años, las tarjetas de discapacidad solo se reconocen a
nivel nacional, lo que complica la situación para las personas con discapacidad
que viajan a otro país de la UE. Seán, un ciudadano irlandés con
discapacidad, quisiera ir con sus compañeros de clase a su viaje escolar anual.
Sin embargo, no está seguro de que su tarjeta irlandesa de discapacidad esté
reconocida en otros países de la UE y que, por lo tanto, pueda disfrutar de las
condiciones para acceder al transporte que tienen los residentes locales con
discapacidad. Si Seán tuviera una tarjeta de discapacidad de la UE, tendría la
tranquilidad de tener acceso a algunas de las ventajas específicas de que
disfrutan los nacionales de ese país. La Comisión pondrá en marcha una iniciativa
piloto para desarrollar una tarjeta de discapacidad reconocida recíprocamente en
la UE, que facilite la igualdad de trato de las personas con discapacidades que
viajen a otros países de la UE en lo que respecta al acceso al transporte, el
turismo, la cultura y el ocio. Acción 6: la
Comisión facilitará la movilidad de las personas con discapacidad en la UE
dando su apoyo, en 2014, al desarrollo de una tarjeta de discapacidad de la UE reconocida
recíprocamente que garantice la igualdad de acceso en la UE a determinadas
prestaciones (principalmente en los ámbitos del transporte, el turismo, la
cultura y el ocio). Derechos procesales de los ciudadanos Todo acusado se presume inocente hasta que
su culpabilidad haya sido legalmente declarada[51].
La divergencia de las normas nacionales que regulan la presunción de inocencia
puede complicar la cooperación policial y judicial y el reconocimiento mutuo de
las resoluciones judiciales. También crea incertidumbre entre los ciudadanos
ante la protección que podrían obtener en otro país de la UE. Por otra parte,
el derecho a asistencia jurídica gratuita en los procedimientos penales[52] varía
considerablemente según los Estados miembros y en la actualidad no siempre se
garantiza la asistencia jurídica efectiva y a tiempo de los sospechosos o
acusados en procesos penales en otro país de la UE. Determinadas personas sospechosas y
acusadas son más vulnerables, ya que, debido a su edad o a su condición
mental o física, tienen dificultades para comprender, seguir o participar
efectivamente en las discusiones. Esto puede afectar a su derecho a un juicio
justo y hace que sea aún más importante garantizar la presunción de inocencia y
la asistencia jurídica. En
la consulta pública sobre la ciudadanía de la UE, el 73 % de los
encuestados apoyaron la idea de dar a los niños y a los adultos vulnerables una
protección que garantice un juicio justo y que deba aplicarse en todos los
países de la UE. Christian, un joven de 16 años que vive
con sus padres en un país de la UE distinto de su país de origen, fue detenido
en su casa y llevado a una comisaría para ser interrogado en relación con el
robo de un automóvil encontrado ese día cerca de la manzana donde vive. Se le
interrogó durante seis horas, durante las cuales primero negó cualquier
participación en el robo y luego, cuando la policía le dijo que una confesión
tendría una repercusión positiva para el desenlace de su caso, acabó
reconociendo que era el autor. Christian fue interrogado sin que se le
permitiera contactar con sus padres y sin la presencia de un abogado. No se le
informó de sus derechos a negarse a declarar y a no autoinculparse. La Comisión tiene la intención de proponer,
antes de que finalice el año 2013, un paquete de instrumentos jurídicos para
garantizar la presunción de inocencia y la asistencia jurídica gratuita cuando
un ciudadano sea sospechoso o esté acusado en un proceso penal en otro país de
la UE y para reforzar los derechos procesales de los niños y las personas
vulnerables. Acción 7: a
finales de 2013, la Comisión propondrá un paquete de instrumentos jurídicos para
reforzar los derechos procesales de los ciudadanos que sean sospechosos o estén
acusados en procesos penales, teniendo en cuenta la situación específica de los
niños y los ciudadanos vulnerables. 2.4 –Eliminar
las barreras a las compras en la UE Los ciudadanos y los litigios de
menor cuantía En los últimos doce meses, cuatro de cada
diez ciudadanos han comprado o pedido bienes o servicios a través de internet
para uso privado (40 %). Los europeos que compran bienes o servicios a proveedores
radicados en otros países de la UE son más numerosos que hace dos años (+4
puntos porcentuales). Casi uno de cada tres compra mercancías en línea o fuera
de ella a empresas radicadas en otros Estados miembros (30 %)[53]. El hecho de que sea
más fácil comprar en la UE puede significar que haya más conflictos y hay que
resolverlos de manera fácil y rápida con objeto de no frustrar a los
ciudadanos. El Reglamento europeo de reclamaciones de
escasa cuantía[54]
introdujo una serie de soluciones prácticas para facilitar los litigios
transfronterizos en las demandas de cuantía inferior a 2 000 EUR, tales
como suprimir la necesidad de que se reconozca la sentencia para su ejecución
en el extranjero o admitir un procedimiento escrito basado en un formulario
normalizado. No obstante, las reclamaciones de los ciudadanos dirigidas a la
Comisión demuestran que es necesario reforzar el Reglamento existente, en
particular para hacer frente a las prácticas deficientes observadas en muchos
Estados miembros, tales como la falta de asistencia práctica al rellenar el
formulario, la inobservancia del principio de procedimiento escrito, las
audiencias innecesarias, el uso insuficiente de la teleconferencia y la
videoconferencia para oír a los testigos, etc. Tibor, que vive en Hungría, quiere
comprar un televisor nuevo. Encuentra su aparato ideal en una tienda cercana
por 2 750 EUR pero decide buscar un mejor precio en la red. Encuentra
exactamente el mismo televisor por EUR 2 200 y hace el pedido en línea. El
televisor se entrega a tiempo pero, para su sorpresa, es negro y no plateado
como había pedido. Devuelve el televisor y solicita la devolución de la
cantidad abonada. El vendedor no contesta. Como este está domiciliado en
Portugal, Tibor se pregunta cómo obtener reparación. Un amigo le informa sobre
el proceso europeo de escasa cuantía, al que puede acceder a través del Portal
Europeo de e-Justicia[55],
y rápidamente comprendieron todas las ventajas: se puede presentar la
reclamación en Hungría y no en Portugal, sin pagar los honorarios del abogado ¡e
incluso sin tener que comparecer ante un tribunal! Entonces se da cuenta de que
no podrá valerse de este procedimiento sencillo ya que el umbral de las
reclamaciones con arreglo al proceso es de solo 2 000 EUR. Los ciudadanos consideran que si se eleva el
umbral del proceso europeo de escasa cuantía será más fácil para los
consumidores obtener reparación en otro país de la UE[56]. En el Eurobarómetro 2013 sobre
reclamaciones de escasa cuantía, los encuestados dijeron que lo que más les
animaría a acudir a los tribunales de su país sería: la posibilidad de desarrollar
el procedimiento solo por escrito, sin acudir físicamente al tribunal
(37 %), la de realizar las actuaciones sin necesidad de recurrir a un
abogado (31 %) y la de que el procedimiento se desarrolle en línea
(20 %). La Comisión revisará las normas existentes para simplificar el
proceso europeo de escasa cuantía, velará por que las facilidades que ofrece el
mismo se aprovechen al máximo y elevará el umbral actual a 25 000 EUR. El
Reglamento en cuestión también creará un marco jurídico con arreglo al cual los
ciudadanos puedan intervenir en el procedimiento en línea. Acción 8: a
finales de 2013, la Comisión revisará el proceso europeo de escasa cuantía para
facilitar la solución de litigios relativos a compras en otro país de la UE. Las compras en línea de los
ciudadanos Los consumidores europeos se benefician de
una legislación que les garantiza un trato justo, la seguridad de los productos
que compran, una información completa antes de comprar y unos recursos en caso
de problemas[57]. Muy recientemente, en febrero de 2013, la Comisión ha adoptado
un paquete de medidas para mejorar la seguridad de los productos de consumo,
incluso los comprados en línea, con objeto de impulsar la confianza de los
ciudadanos y fomentar las ventas[58].
A pesar de esta protección, los ciudadanos
siguen enfrentándose a problemas, en particular en las compras en línea, según
manifiestan casi uno de cada cuatro participantes (24 %) en la consulta
pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Es frecuente que los consumidores
se pierdan a menudo información crucial a la hora de comparar o adquirir
productos digitales (por ejemplo, descargas audiovisuales de música, películas
o juegos). Cuando la información existe, las personas no avezadas no siempre la
entienden. A menudo les resulta difícil determinar si van a poder utilizar el
producto en su dispositivo o juzgar la calidad que obtendrán. Florian está buscando el mejor lugar
para comprar y descargar el nuevo álbum de su grupo de rock favorito. Puede
descargarlo en una importante tienda en línea. Hasta que no lo ha descargado no
se da cuenta de que también tiene que comprar el reproductor de música de la
tienda para poder escucharlo. Una presentación fácilmente comprensible de la información
pertinente sobre las principales características, la interoperabilidad y la
funcionalidad permitiría a Florian comparar fácilmente varias ofertas y comprar
ficheros de música de alta calidad que funcionen en su reproductor de sonido. La Comisión quiere garantizar que los
consumidores que adquieren productos digitales reciban la información
fundamental de manera comprensible y comparable. La Comisión contribuirá a que las
autoridades nacionales hagan cumplir las normas de protección de los consumidores,
asesorándoles sobre las obligaciones de información para los productos
digitales. También elaborará un modelo de presentación uniforme y de fácil
utilización de la información esencial (p. ej. el precio, el tipo de contrato, el
derecho de retractación, la interoperabilidad con el hardware y el software,
la funcionalidad tal como el formato digital utilizado, la calidad y el tamaño
del fichero, la portabilidad a otros dispositivos del consumidor, la
posibilidad de hacer copias privadas, etc.) que aparecerá en la pantalla en el
momento oportuno (es decir, cuando se hace la oferta). Así será más fácil comparar los productos
digitales y se facilitará el desarrollo de sitios web comparativos con datos
exactos. Más del 80 % de los consumidores europeos usaron sitios web
de comparación de precios en 2010 y cinco de cada diez consumidores los
utilizaron al menos una vez al mes[59].
La Comisión, en consulta con los interesados, seguirá trabajando con objeto de
mejorar la transparencia y fiabilidad para los consumidores de esos
instrumentos de comparación[60]. La Comisión tiene intención de poner en
marcha, para la primavera de 2014, una campaña de sensibilización en toda la UE
para sensibilizar más a los ciudadanos sobre sus derechos como consumidores y,
por consiguiente, reforzar su confianza en el mercado digital en línea. Acción 9: la
Comisión desarrollará, para la primavera de 2014, en estrecha colaboración con
los responsables nacionales y las partes interesadas pertinentes, un modelo
para la presentación en línea de los requisitos clave para que la información
sobre productos digitales sea más clara y fácil de comparar. También
emprenderá, en la primavera de 2014, una campaña de sensibilización en toda la
UE sobre los derechos de los consumidores. 2.5 –
Información específica y accesible en la UE Los derechos de los ciudadanos a la
libre circulación y la administración local Las ventanillas de atención al público de
las administraciones locales desempeñan un papel clave en la aplicación de los
derechos de los ciudadanos a la libre circulación ya que suelen ser el primer
contacto para aquellos que se instalan en otra ciudad así como una fuente primaria
de información y asistencia. Sin embargo, las denuncias recibidas por la
Comisión y los servicios de asistencia de la UE muestran que los problemas con
que se encuentran los ciudadanos de la UE que se van a vivir en otro país de la
UE están a menudo relacionados con el hecho de que los funcionarios de las
administraciones locales que están en contacto con el público no están
suficientemente familiarizados con los derechos de los ciudadanos de la UE a la
libre circulación. Esto se ve confirmado en los resultados de un estudio de
2012 del Comité de las Regiones[61]
y en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Uno de cada
cuatro ciudadanos residentes en otro país de la UE señala problemas (27 %)
y casi uno de cada dos afirma que el personal de las administraciones locales
carece de información suficiente sobre sus derechos en la UE (47 %). Así
pues, hay que dar al personal de las administraciones locales herramientas para
que comprendan plenamente las normas sobre libre circulación. Fuente: Consulta
pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: encuestados que han tenido
problemas al trasladarse o residir en otro país de la UE Cécile, que es belga, y su marido
Nicolás, ciudadano argentino, se van a vivir a otro país de la UE y, en cuanto
se establecen allí, Nicolás supera con éxito una entrevista de empleo para
trabajar en una empresa local. Sin embargo, en respuesta a una consulta de la
empresa, el funcionario del ayuntamiento afirma que Nicolás necesita un permiso
de trabajo, sin darse cuenta inmediatamente de que ese requisito no se aplica a
los miembros de la familia de los ciudadanos de la UE que ejercen su derecho a
la libre circulación. De resultas de ello, Nicolás no es contratado. Para finales de 2014, La Comisión desarrollará
una herramienta de formación electrónica para las administraciones
locales con objeto de velar por que los ciudadanos de la UE, independientemente
del municipio de la UE al que se dirijan, se encuentren con funcionarios de
atención al público que tengan un sólido conocimiento de sus derechos y de las
condiciones y los procedimientos para ejercerlos. Asimismo, a partir de 2013, la Comisión
también apoyará, a través de su sistema de hermanamiento de ciudades,
los intercambios de las mejores prácticas entre los municipios y proyectos
destinados a reforzar el conocimiento de los derechos de los ciudadanos y a
facilitar su aplicación. Acción 10: la
Comisión tomará medidas para garantizar que se den a las administraciones
locales los instrumentos para comprender plenamente los derechos de los
ciudadanos de la UE a la libre circulación. Los ciudadanos buscan a quién
dirigirse para hacer valer sus derechos Demasiado a menudo los ciudadanos no saben
qué hacer cuando no se respetan sus derechos y, en particular, si deben acudir
a las autoridades nacionales, a las instituciones de la UE o a otros organismos
como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Incluso cuando está claro que es
competencia de las instituciones de la UE, los ciudadanos suelen tener dudas
acerca de a cuál de ellas dirigirse. El Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía
de la UE muestra que algo menos de una cuarta parte de los encuestados
(24 %) se consideran bastante o muy bien informados de lo que pueden hacer
cuando no se respetan sus derechos en la UE. Aproximadamente la mitad de los
encuestados (51 %) piensan que no están muy bien informados, mientras que
otra cuarta parte (23 %) piensan que no están nada informados. Fuente:
Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía de la UE Estas constataciones se confirmaron en la
consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Muchos de los
encuestados afirmaron también que no conocían los instrumentos enumerados en la
pregunta (SOLVIT, Europe Direct, Tu Europa - Asesoramiento). La mayoría de los
encuestados indicaron que verían con agrado una herramienta en línea que les
permitiera comprender fácilmente a qué nivel (de la UE, nacional o local) se
resolvería mejor su problema (63 %). Fuente: Consulta
pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: todos los encuestados Maja, ciudadana eslovena, compró un
pequeño apartamento en Bulgaria, pero posteriormente descubrió que su edificación
infringía varias normativas sobre construcción y que el agente inmobiliario lo
sabía, pero no le había comunicado esta información. Ella cree que se ha
infringido su derecho fundamental a la propiedad, pero se pregunta si debe
presentar una denuncia ante la Comisión Europea, el Defensor del Pueblo
Europeo, el Defensor del pueblo búlgaro o el esloveno. Tampoco sabe que las
autoridades nacionales de consumo son el organismo adecuado al que dirigirse. El punto único de información a través de
Tu Eruropa y de Europe Direct, así como otros instrumentos temáticos, ofrece a
los ciudadanos información práctica sobre sus derechos y se desarrollará en
mayor medida. En su sitio web central Europa, la Comisión
facilitará a los ciudadanos orientaciones de fácil uso hacia el servicio más
adecuado para resolver su problema, ya sean los servicios de asistencia e
instituciones de la UE o las instancias nacionales y locales. Acción 11:
durante 2013, la Comisión hará que los ciudadanos puedan saber con más claridad
y sencillez a quién dirigirse para obtener reparación de sus derechos
proporcionando orientaciones de fácil comprensión en su sitio web central
Europa. 2.6 –
Participar en la vida democrática de la UE Mejorar los derechos electorales de los
ciudadanos y promover su plena participación en la vida democrática de la UE Los
ciudadanos y su participación política en la UE Reforzar la plena
participación de los ciudadanos de la UE en la vida democrática de esta, a
todos los niveles, es la esencia misma de la ciudadanía de la Unión. La
movilización de los ciudadanos, el refuerzo del diálogo con la sociedad civil y
el fomento de la libertad de prensa y el pluralismo son fundamentales para un
debate político informado en un proceso democrático. La participación en las
elecciones al Parlamento Europeo es la manera principal en que los ciudadanos
contribuyen a configurar la política de la UE y constituye la piedra angular de
la democracia representativa en la Unión Europea. Casi seis de cada diez
ciudadanos de la UE creen que votar en las elecciones al Parlamento Europeo es
la mejor manera de asegurarse de que los responsables políticos de la UE oigan
su voz[62].
La Comisión presentó recientemente una serie de recomendaciones para seguir
mejorando la transparencia de las elecciones europeas y reforzar los vínculos
entre los ciudadanos y la UE, que subraya el importante cometido de los
partidos políticos europeos[63].
Además, la Comisión seguirá fomentando el uso de la iniciativa ciudadana
europea. Para propiciar la
concienciación sobre la ciudadanía de la UE y los derechos concretos que esta
confiere a todos los ciudadanos de la UE, en particular sus derechos
electorales, y sobre las posibilidades de participar en el proceso decisorio de
la UE, la Comisión elaborará y fomentará la difusión de un manual en el que se
presenten al ciudadano de forma clara, concisa y de fácil lectura, los derechos
vinculados a la ciudadanía de la UE. Las autoridades nacionales podrían
distribuir ese manual a cada joven ciudadano de la UE que alcance la edad para
votar, pero también en otras ocasiones diferentes, como la inscripción de los nacimientos
en el registro, la expedición de pasaportes, la adquisición de la nacionalidad
de un Estado miembro, o como material para incluirlo en los programas
escolares, especialmente en la educación para la ciudadanía. Los
ciudadanos y su derecho a participar en las elecciones en su país de origen de
la UE En general, los
europeos creen que los ciudadanos de la UE no deben perder su derecho a votar
en las elecciones nacionales de su país de origen por el mero hecho de haberse
trasladado a otro país de la UE (denegación del derecho de voto). Fuente: Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE
2012 - Base: todos los encuestados Fuente:
Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales Una pareja
danesa ha encontrado unas oportunidades de empleo interesantes en una empresa
en Polonia y se traslada a vivir allí, mientras que su hija se queda en
Dinamarca para finalizar sus estudios. A menudo vuelven a Copenhague a ver a su
familia y amigos y se mantienen estrechamente conectados con la evolución
política y social en Dinamarca, donde tienen la intención de regresar en última
instancia. Sin embargo, no pueden votar en las elecciones nacionales, ya que la
legislación solo permite a los ciudadanos daneses que abandonan el país seguir
figurando en el censo electoral si hacen constar su intención de volver en el
plazo de dos años. Las políticas nacionales de denegación
del derecho a voto, si existen, se suelen justificar por el hecho de que, tras
un determinado período de tiempo de estancia en el extranjero, el vínculo con
la sociedad de origen se debilita. Este argumento debe ser objeto de un nuevo
examen teniendo en cuenta las actuales realidades socioeconómicas y
tecnológicas, las mayores facilidades para moverse y la creciente
interpenetración social y cultural en la UE. El hecho
de residir en otro país de la UE ya no supone una ruptura definitiva de los
vínculos con el país de origen, como podía ocurrir anteriormente. Los
ciudadanos de la UE deben poder ahora decidir por sí mismos si quieren seguir
participando en la vida política de su país de origen o intervenir en la de su
sociedad de acogida. Los debates en la audiencia conjunta del Parlamento
Europeo y la Comisión sobre la ciudadanía de la UE, de 19 de febrero de 2013,
han puesto también de relieve la incongruencia que supone privar a los
ciudadanos de la UE de los derechos políticos esenciales por la mera razón de
que han ejercido su derecho fundamental de la Unión Europea a la libre
circulación. Quienes han ejercido su derecho a la
libre circulación pueden encontrarse en una situación menos favorable que si
hubieran permanecido en su país o reducido su estancia en otro país de la UE.
Ha habido litigios nacionales que han cuestionado la conformidad de las
políticas nacionales de denegación del derecho a voto con la legislación de la
UE[64], pero hasta la fecha no se ha planteado ninguna cuestión
prejudicial al Tribunal de Justicia. Los ciudadanos y su derecho a participar en las elecciones en su
Estado miembro de residencia La ciudadanía de la UE incluye los
derechos de los ciudadanos de la UE a votar y a ser candidatos en las
elecciones municipales y europeas en el país de acogida en las mismas
condiciones que los nacionales. Estos derechos pretendían plasmar en concreto
el principio de no discriminación entre nacionales y no nacionales y permitir
que los ciudadanos de la UE se integrasen mejor y participasen en la vida
democrática de su país de acogida[65].
No obstante, no incluyen los niveles más importantes de participación política,
es decir, el nivel nacional y, en los trece Estados miembros en los que las
regiones tienen poder legislativo, el nivel regional[66]. Esa asimetría
supone que los ciudadanos de la UE que ya son miembros de la comunidad a escala
local se ven privados de una voz efectiva por lo que respecta a las decisiones
del legislador nacional que les afectan directamente. Esta laguna en el ámbito
de la igualdad de trato y la participación política de los ciudadanos de la UE
que ejercen su derecho de la UE a circular y residir libremente en la UE
aumenta a medida que avanza la integración europea y el fomento de la
participación de los ciudadanos de la UE en la vida democrática de la Unión
gana importancia. En la consulta
pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE y en el Eurobarómetro 2013 sobre
los derechos electorales, el 72 % y el 67 %, respectivamente, de los
encuestados consideraban que los ciudadanos de la UE no nacionales debían poder
votar en las elecciones nacionales de su país de acogida. Esto representa un importante aumento desde 2010 (+17 puntos
porcentuales). Fuente: Consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE - Base:
todos los encuestados Fuente: Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales Por lo que se
refiere a las elecciones regionales, el 64 % de los encuestados en el
Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales declaró que debe darse el
derecho de voto a los ciudadanos de la UE (suponiendo que se celebren esas
elecciones en ese país). También en este caso ello supone un aumento considerable
desde 2010 (+10 puntos porcentuales). Fuente: 2013 Eurobarómetro sobre los derechos electorales Si se diera a los ciudadanos de la UE que
residen en otro país de la Unión el derecho a determinar por sí mismos, en
función de los vínculos que mantienen con su Estado miembro de nacionalidad o
que han creado con su Estado miembro de residencia, en cuál de estos dos países
desean ejercer sus derechos políticos clave, se daría un nuevo impulso a su
inclusión y participación en la vida democrática de la Unión. La dinámica
tendente a reforzar los derechos vinculados a la ciudadanía de la UE está
incorporada en el propio Tratado (por ejemplo, en el artículo 25 TFUE). En
el contexto de las reflexiones de mayor alcance en torno a la forma del futuro
de la Unión Europea, la Comisión examinará las formas de hacer posible que los
ciudadanos de la UE participen en las elecciones nacionales y regionales de su
país de residencia. Los ciudadanos y su acceso a un
debate europeo Actualmente el
68 % de los ciudadanos de la UE no se sienten suficientemente informados
sobre los asuntos europeos. El 74 % de las personas que tienen una percepción
negativa de la UE declaran espontáneamente que no están bien informadas sobre ella.
A pesar de un mayor uso de internet y de las redes sociales, en especial entre
los ciudadanos más jóvenes, para la mayor parte de los encuestados (58 %)
la televisión sigue siendo el medio elegido en primer lugar a la hora de
informarse sobre los asuntos europeos[67].
La Directiva de servicios de comunicación audiovisual[68] fomenta el
pluralismo de los medios de comunicación abriendo los mercados nacionales a los
radiodifusores y los proveedores de video a la carta procedentes de otros
países. Además, internet hace que el acceso a contenidos de otros Estados
miembros sea más fácil. Sin embargo, los canales nacionales de televisión
informan a menudo sobre temas europeos desde un punto de vista nacional para un
público nacional. Al facilitar información a los ciudadanos sobre los temas
europeos desde un punto de vista europeo, pero también desde un abanico de
perspectivas nacionales de otros Estados miembros, se puede incrementar el
espacio público europeo y contribuir a un debate democrático más informado[69]. Acción 12: la
Comisión: - promoverá
la concienciación de los ciudadanos de la UE sobre sus derechos de ciudadanía
de la Unión y, en particular, sus derechos electorales, publicando el Día de
Europa de mayo de 2014 un manual en el que se presenten esos derechos de la UE
en un lenguaje claro y sencillo, - propondrá
formas constructivas para que los ciudadanos de la UE que viven en otro país puedan
participar plenamente en la vida democrática de la UE conservando su derecho a
votar en las elecciones nacionales de su país de origen, y - explorará
en 2013 cómo reforzar y desarrollar el espacio público europeo, basándose en
las estructuras nacionales y europeas existentes, con objeto de poner fin a la
actual fragmentación de la opinión pública siguiendo las fronteras nacionales. 3. Conclusión: Un nuevo
impulso para la ciudadanía de la UE Con su Informe de 2013 sobre la
ciudadanía de la UE y con las consultas de gran alcance que han
contribuido a configurarlo, la Comisión se basa en las experiencias de los
ciudadanos para velar por que puedan disfrutar plenamente de sus derechos de la
UE y de los beneficios que la ciudadanía de la Unión les aporta en su vida
diaria. El informe y los debates en torno a él
son pasos, junto con el Año Europeo de los Ciudadanos[70] y los Diálogos con los ciudadanos[71] actualmente en curso, para involucrar a los ciudadanos junto con
los políticos, los especialistas y la sociedad civil, en el período previo a
las elecciones al Parlamento Europeo de 2014, en un auténtico debate sobre
cómo avanzar hacia una Unión más fuerte y cada vez más estrecha en la que el
ciudadano ocupe el centro de su actuación. Tal como ha
subrayado el Presidente Barroso en su discurso sobre el estado de la Unión
2012, «Europa tiene que ser cada vez más democrática». Los ciudadanos de la UE seguirán
adelante con el proyecto si perciben sus ventajas concretas para ellos y sus
familias, si se identifican con su objetivo y su idea y si están implicados en
el proceso. ANEXO 1 Seguimiento del Informe de 2010 sobre la ciudadanía de la UE: 25
acciones realizadas El Informe de 2010 sobre la ciudadanía de
la UE destacaba 25 acciones previstas por la Comisión para eliminar los
principales obstáculos a los que se enfrentan los ciudadanos de la UE cuando
quieren ejercer sus derechos de la UE en distintas facetas de su vida
cotidiana. El presente anexo recoge las principales acciones adoptadas por la
Comisión para cumplir sus compromisos de 2010[72]. Aportar
seguridad jurídica a los derechos patrimoniales de las parejas internacionales
- Acción 1 El 16 de marzo de 2011, la Comisión
adoptó dos propuestas de Reglamento en materia de competencia, ley
aplicable, y reconocimiento y ejecución de resoluciones - sobre regímenes económicos
matrimoniales[73], y - sobre los efectos patrimoniales de
las uniones registradas[74]. Las propuestas de Reglamento tienen por
objeto ayudar a las parejas internacionales que intentan resolver problemas
relacionados con la propiedad en caso de divorcio, separación o fallecimiento,
a determinar la legislación aplicable y el tribunal competente. También
contienen normas para el reconocimiento y ejecución de las resoluciones
judiciales sobre el patrimonio de una pareja en todos los Estados miembros
mediante un único procedimiento. De este modo, las parejas podrían ahorrarse
una media estimada de entre 2 000 y 3 000 EUR por caso, dependiendo
de su complejidad. Eliminar
los trámites complejos y costosos del reconocimiento transfronterizo de
certificados de registro civil y facilitar el acceso transfronterizo a la
justicia - Acciones 2 y 3 Acción 2 El 14 de diciembre de 2010, la Comisión
publicó un Libro Verde «Menos trámites administrativos para los
ciudadanos: promover la libre circulación de los documentos públicos y el
reconocimiento de los efectos de los certificados de estado civil»[75] y realizó, hasta el 10
de mayo de 2011, una consulta pública. El 24 de abril de 2013, la
Comisión propuso un Reglamento[76]
que ayudará a que los ciudadanos consigan el reconocimiento de los documentos
públicos exigidos en situaciones transfronterizas (como los certificados de
nacimiento, fallecimiento o matrimonio o los documentos relacionados con la
propiedad inmobiliaria). Las normas propuestas suponen una reducción de la
burocracia al simplificar los trámites administrativos. También se reducirán
los costes de traducción relacionados con el uso de documentos públicos en la
UE. La propuesta establece también unos modelos de formularios multilingües de
la UE, que pueden pedir los ciudadanos, relativos, entre otras cosas, al
nacimiento, matrimonio o fallecimiento. Acción 3 La Comisión puso en marcha en julio de
2010 el Portal
Europeo de e-Justicia, una ventanilla única electrónica de
acceso a la justicia en toda la UE. Los ciudadanos pueden obtener respuesta
rápidamente a una serie de preguntas relacionadas con acontecimientos como
divorcios, fallecimientos, litigios o mudanzas, cuando necesitan hacer valer
sus derechos ante los tribunales de otro país de la UE. En especial, pueden
encontrar un abogado en otro país, saber cómo se podrían evitar pleitos
costosos gracias a la mediación, dónde presentar una denuncia, cuál es el
Estado miembro cuya legislación se aplica en su caso y si tienen derecho a
asistencia jurídica. Mejorar la
protección de los sospechosos y los acusados en procesos penales y la
protección de las víctimas de delitos - Acciones 4 y 5 Acción 4 El 8 de junio de 2011, la Comisión
presentó una propuesta de Directiva[77]
sobre el derecho de acceso a un abogado en los procesos penales y el derecho de
comunicación en el momento de la detención con el fin de garantizar que
todo acusado en un proceso penal disfrute del mismo nivel básico de derechos,
independientemente de su nacionalidad y del país de la UE en el que se
sustancie el proceso. Esta propuesta establece unas normas mínimas a escala de la UE sobre
el derecho de los sospechosos y acusados a tener acceso a un abogado y sobre el
derecho del detenido a comunicarse en el momento de la detención con una
persona de su elección, como por ejemplo un miembro de su familia, un empleador
o una autoridad consular[78]. Acción 5 El 18 de mayo de 2011, la Comisión
presentó: - una Comunicación sobre el «refuerzo
de los derechos de las víctimas en la UE»[79],
que establece la posición de la Comisión sobre las medidas relativas a las
víctimas de los delitos; - una propuesta de Directiva
por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la
protección de las víctimas de delitos[80],
que tiene por objeto mejorar las medidas nacionales existentes mediante unas
normas mínimas a escala de la UE, de modo que cualquier víctima pueda disfrutar
del mismo nivel de derechos, sea cual sea su nacionalidad y el país de la UE
donde se haya cometido el delito; y - una propuesta de
Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia
civil[81]
(como complemento de la Directiva de 2012 sobre la orden europea de protección[82], que se aplica a las
medidas de protección en materia penal). La propuesta pretende garantizar que
las víctimas de la violencia puedan seguir disponiendo de una medida de
protección dictada contra los autores de estos actos cuando viajen o se
trasladen a otro país de la UE. A raíz de la propuesta de la Comisión, el
25 de octubre de 2012 se adoptó la Directiva 2012/29/UE por la que se
establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las
víctimas de delitos[83].
Las normas mínimas que establece garantizan, entre otras cosas, que las
víctimas sean tratadas con respeto, obtengan información sobre sus derechos y
sobre su caso y puedan participar activamente en el proceso. Asimismo, velan
por la existencia del apoyo a las víctimas en todos los Estados miembros y por
la identificación y protección adecuada de las víctimas con necesidades
especiales de protección debido a su vulnerabilidad (incluidos los niños). Suprimir los problemas fiscales en
situaciones transfronterizas, en particular por lo que respecta a la
tributación de los automóviles[84], y simplificar los procedimientos de matriculación de estos -
Acción 6 El 20 de diciembre de 2010[85], la Comisión publicó una Comunicación titulada «Eliminar
las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE»,
que identificaba los problemas fiscales más graves a los que se enfrentan los
ciudadanos de la UE en situaciones transfronterizas y anunciaba su intención de
presentar propuestas en algunos ámbitos específicos, así como, de forma más
general, ayudar a los Estados miembros a hacer que sus sistemas fiscales sean
más compatibles y a cooperar mejor en interés de los ciudadanos de la UE. Además,
la Comisión constató la existencia de infracciones del Derecho de la UE y tomó
medidas contra los Estados miembros afectados cuando fue necesario. La Comunicación sobre «La doble
imposición en el mercado único», de 11 de noviembre de 2011[86], subrayaba los
principales problemas de doble imposición en la UE y las medidas concretas que
la Comisión propondrá a los Estados miembros para resolverlos, como por ejemplo
la creación de un foro sobre la doble imposición y la adopción por los Estados
miembros de un código de conducta y un mecanismo de resolución de
controversias. El 15 de diciembre de 2011, la Comisión
adoptó una iniciativa de gran alcance sobre la fiscalidad de las sucesiones,
incluida una Recomendación[87]
con objeto de estimular a los Estados miembros a resolver los problemas de
doble o múltiple imposición de una misma herencia. La Comisión también
proporcionó a los Estados miembros orientaciones sobre cómo hacer que sus
sistemas de impuestos sobre sucesiones no sean discriminatorios. Además, la
Comisión efectuó una revisión de las disposiciones tributarias de los Estados
miembros aplicables a las herencias transfronterizas y tomó medidas, cuando fue
necesario, contra los Estados miembros en cuestión. En 2014, la Comisión
elaborará un informe. Entre el 3 de marzo y el 26 de mayo de 2011, la Comisión realizó
una consulta pública para determinar las principales dificultades a las
que se enfrentan los ciudadanos de la UE en lo que respecta a la matriculación
de vehículos matriculados anteriormente en otro Estado miembro. Sobre esta
base, el 4 de abril de 2012, la Comisión adoptó una Propuesta de Reglamento que
simplifica considerablemente los procedimientos de nueva matriculación[88]. Esta iniciativa pretende reducir las
cargas administrativas innecesarias, lo que supondrá un ahorro total de, por lo
menos, 1 500 millones EUR al año para las empresas, los ciudadanos y las
autoridades encargadas de
la matriculación. Para hacer frente a los problemas de los ciudadanos de la UE en
relación con la fiscalidad transfronteriza de los automóviles, el 14 de
diciembre de 2012 la Comisión presentó una Comunicación titulada «Fortalecer
el mercado único mediante la eliminación de las barreras fiscales
transfronterizas a los vehículos de turismo»[89], que aclara las normas
de la UE por lo que respecta a la tributación de los vehículos de turismo e
identifica las mejores prácticas que los Estados miembros deberían aplicar,
tales como informar a los ciudadanos sobre sus derechos y obligaciones por lo
que respecta a la aplicación de los impuestos sobre vehículos en situaciones
transfronterizas y la devolución parcial del impuesto de matriculación de los
automóviles que se trasladan con carácter permanente a otro Estado miembro con
objeto de evitar la doble imposición. En el documento de trabajo de los
servicios de la Comisión que acompaña a dicha Comunicación[90], la
Comisión presenta un resumen de la protección jurídica de que disponen los
ciudadanos y operadores económicos con arreglo al Derecho de la UE. Ayudar
a que los ciudadanos europeos disfruten plenamente de la atención sanitaria
transfronteriza y de la tecnología de los servicios de salud en línea - Acción
7 La Directiva 2011/24/UE, relativa a
los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza[91] entró en vigor el 24 de abril de 2011 y debe transponerse al
Derecho nacional a más tardar el 25 de octubre de 2013. Aclara los derechos de los pacientes a
tener acceso transfronterizo a un tratamiento seguro y de buena calidad y a que
se les reembolse. La Directiva 2011/24/UE creó una Red
de autoridades nacionales responsables en materia de sanidad electrónica,
denominada la Red de sanidad electrónica. Uno de los objetivos de esta red consiste
en desarrollar unas orientaciones que definan un conjunto mínimo de datos sobre
los pacientes para facilitar el intercambio transfronterizo de estos datos
entre los Estados miembros[92].
Además, la Red apoyará a los Estados miembros a desarrollar unas medidas
comunes de identificación y autenticación que faciliten la transferibilidad de
los datos. Por otra parte, el 6 de diciembre de
2012, la Comisión publicó un Documento de trabajo de los servicios de la
Comisión sobre la aplicabilidad de la legislación vigente de la UE a los
servicios de telemedicina[93]
para aclarar el marco jurídico de los servicios de telemedicina prestados con
carácter transfronterizo. Ese documento acompañaba al Plan de acción sobre
salud en línea 2012-2020 que presenta la visión de la UE para mejorar el
despliegue de la salud en línea así como la capacitación de los pacientes y de
los trabajadores de la sanidad al usar la sanidad electrónica. Por último, con vistas a equipar a los
europeos con un acceso seguro en línea a sus datos médicos, la Comisión financia, desde enero de 2012 hasta finales de 2014,
dos proyectos piloto[94]
en los que participan más de veinte regiones de distintos Estados miembros. Hacer
que el derecho a la protección consular de los ciudadanos de la UE que se
enfrentan a dificultades en los terceros países sea plenamente efectivo -
Acción 8 El 23 de marzo de 2011, la Comisión presentó una Comunicación
titulada «Protección consular para los ciudadanos de la UE en
terceros países: situación actual y perspectivas de futuro»[95] que anunciaba medidas concretas para aumentar
la eficacia del derecho de los ciudadanos de la UE a recibir asistencia en
terceros países, incluso en tiempos de crisis, por parte de las autoridades
diplomáticas y consulares de todos los Estados miembros. Ese mismo día, la Comisión
abrió una página web dedicada a la protección consular[96] para uso de los ciudadanos que busquen
información general sobre la protección consular, las direcciones de las
representaciones diplomáticas y consulares en países no pertenecientes a la UE
y acceso a las recomendaciones de viaje de los Estados miembros. El 14 de diciembre de 2011, la Comisión adoptó una propuesta
de Directiva sobre la protección consular para los ciudadanos de la Unión en el
extranjero[97].
Mejorar
el conocimiento y aplicación de los derechos de los ciudadanos al comprar
paquetes turísticos, y cuando viajan como pasajeros y como turistas, y suprimir
los obstáculos para las personas con discapacidad - Acciones 9, 10, 11 y 12 Acción 9 La Comisión
ha estudiado a fondo el mercado de los viajes combinados, incluidas las posibles
respuestas políticas a los cambios registrados en este mercado desde la
adopción en 1990 de la Directiva vigente. Entre esos cambios cabe citar, en
particular, la introducción y la expansión de internet como canal de
distribución que ha cambiado la manera en que los consumidores organizan sus
vacaciones. La Comisión ha organizado recientemente varias consultas con
asociaciones de consumidores, las partes interesadas del sector y los Estados
miembros y cabe esperar que anuncie su propuesta para el futuro a más tardar en
el verano de 2013. Acción 10 La nueva legislación europea que entró en
vigor en 2012 y 2013 garantiza que los pasajeros tengan derechos básicos
similares en toda Europa, con independencia de si viajan en avión, tren, barco
o autobús: el Reglamento (UE) nº 1177/2010[98] sobre los derechos
de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables entró en vigor el
6 de enero de 2011, y el Reglamento (UE) nº 181/2011[99] sobre
los derechos de los viajeros de autobús y autocar entró en vigor el 20 de
marzo de 2011. Estas nuevas normas garantizan que los viajeros que usan todos
esos modos de transporte tengan derecho a ser informados y obtengan asistencia
en caso de que surja algún problema con su viaje. En particular, las personas
con discapacidad y las personas con movilidad reducida se beneficiarán de
protección y asistencia gratuita cuando viajen. Entre 2010 y 2012 la Comisión organizó
una campaña de concienciación a escala europea sobre los derechos de los
pasajeros que proporcionaba información sobre los derechos de los viajeros
por avión y ferrocarril en Europa e incluía un «Día del aeropuerto», un acto
informativo paneuropeo celebrado en veintiocho aeropuertos el 4 de julio de
2012. La actividad de la Comisión para concienciar a la opinión pública sobre
los derechos de los viajeros por todos los modos de transporte proseguirá con
una nueva campaña de información a escala europea, que se pondrá en marcha en
2013 y concluirá a mediados de 2015. Además, el 13 de marzo de 2013, la
Comisión propuso revisar los derechos de los pasajeros[100], lo que
reforzará la aplicación de esos derechos mediante una aclaración de los textos
jurídicos y unos mejores mecanismos de aplicación y de tramitación de
denuncias. Acción 11 El 15 de noviembre de 2010, la Comisión
adoptó la Estrategia sobre Discapacidad 2010-2020[101], destinada a hacer que las personas con discapacidad puedan
disfrutar de sus derechos y participar plenamente en la sociedad. La estrategia
se centra en la eliminación de las barreras en ocho ámbitos principales:
accesibilidad, participación, igualdad, empleo, educación y formación,
protección social y salud. El 11 de abril de 2011, la Comisión
presentó un informe sobre el Reglamento (CE) nº 1107/2006 sobre los
derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte
aéreo[102], en el que se identifican las áreas confusas de la aplicación del
Reglamento. Como consecuencia de este informe, en junio de 2012, la Comisión
publicó unas Directrices[103]
para las autoridades nacionales y los interesados del sector del transporte
aéreo que ofrecían aclaraciones y pretendían mejorar la aplicación del
Reglamento. La nueva campaña de sensibilización de la Comisión que se pondrá en
marcha a mediados de 2013 incluirá acciones específicas dedicadas a los
pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida. El 11 de marzo de 2013, la
Comisión adoptó la Directiva 2013/9/UE[104] que añade
requisitos esenciales explícitos en términos de accesibilidad del sistema
ferroviario por parte de las personas con discapacidad y los pasajeros con
movilidad reducida. Otro aspecto de la acción de la Comisión
se refiere al actual proceso de normalización de la accesibilidad de los
entornos construidos. La Comisión ha elaborado un estudio que describe la
situación fragmentada en la UE y presenta una visión general de más de 250
regulaciones, normas y directrices y, en 2013, actuará para desarrollar una
norma europea. Por otra parte, el 3 de diciembre de 2012
la Comisión presentó por tercera vez el Premio Ciudad Accesible. Este
galardón, que se concede anualmente con motivo del Día Europeo de las personas
con discapacidad, premia a las ciudades de más de 50 000 habitantes que
toman iniciativas ejemplares para mejorar la accesibilidad en el entorno
urbano. Hasta la fecha los ganadores han sido Berlín en 2012, Salzburgo en 2011
y Ávila en 2010. Por último, entre el 12 de diciembre de
2011 y el 29 de febrero de 2012, la Comisión lanzó una consulta pública como
preparativo de la Ley europea de accesibilidad. Esta iniciativa tiene
por objeto velar por que las personas con discapacidad tengan acceso a bienes y
servicios importantes en los Estados miembros. Asimismo redundará en beneficio
de las personas con movilidad reducida, como las personas de edad avanzada. Acción 12 Para aumentar la confianza de los
consumidores en los servicios turísticos la Comisión está preparando una
etiqueta europea de calidad con objeto de garantizar la coherencia de la
evaluación de la calidad de los servicios ofrecidos a los consumidores. La
Comisión también quiere que aumente el número de ciudadanos que pueden irse de
vacaciones, a pesar de su discapacidad o las dificultades relacionadas con la
edad o con problemas económicos. Para ello, promueve la sensibilización de las
empresas sobre los beneficios de invertir en accesibilidad, fomenta el turismo
en temporada baja y realiza actividades de comunicación específicas para
promover los destinos turísticos sostenibles. Aumentar la
sensibilización de los consumidores sobre sus derechos y las vías de recurso existentes
y facilitar la resolución extrajudicial rápida y poco costosa de los conflictos
de los consumidores - Acciones 13 y 14 Acción 13 En consonancia con el objetivo de la
Agenda Digital para Europa de fomentar la sensibilización y la comprensión de los
derechos digitales de los ciudadanos, el 17 de diciembre de 2012 la Comisión
presentó el Código de derechos en línea de la UE[105]. Este Código no crea
nuevos derechos sino que expone de manera transparente y comprensible
los principales principios y derechos vigentes de los ciudadanos con arreglo a
la legislación de la UE, que les protegen al utilizar servicios en línea y
comprar bienes en línea y en caso de conflicto con sus prestadores de dichos
servicios. Aunque el Código no tiene fuerza imperativa en sí mismo, los
derechos y principios concretos sí la tienen conforme a la legislación nacional
de transposición de las normas de la UE de las que aquellos que se derivan. Acción 14 Para facilitar una resolución
extrajudicial rápida y poco costosa de conflictos en materia de consumo en la
UE, el 29 de noviembre de 2011 la Comisión presentó un paquete legislativo que
incluye una propuesta de Directiva relativa a la resolución alternativa de
litigios (RAL) en materia de consumo[106]
y una propuesta de Reglamento sobre resolución de litigios en línea (RLL) en
materia de consumo[107].
El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron ambas propuestas en diciembre de
2012. La legislación se publicará en junio de 2013. - La Directiva RAL en materia de
consumo permitirá a los consumidores resolver extrajudicialmente los
litigios con los comerciantes cuando tengan un problema con un producto o un
servicio que han comprado (excepto los litigios en los sectores de la sanidad y
la educación), con la intervención de una entidad de RAL (p. ej., un árbitro,
un conciliador, un mediador, un Defensor del consumidor, una oficina de
reclamaciones, etc.). La entidad de RAL deberá cumplir unos requisitos
específicos de calidad (como transparencia, independencia, equidad y eficacia)
y deberá comunicar el desenlace del procedimiento en el plazo de 90 días. Los
comerciantes en línea también deberán informar a los consumidores sobre la RAL.
- El Reglamento RLL en materia
de consumo crea una plataforma en línea para toda la UE que proporcionará a
consumidores y empresas un único punto de entrada para resolver totalmente en
línea, en un plazo de 90 días, los litigios referentes a compras hechas en
línea. Los comerciantes en línea también deberán informar a los consumidores
sobre la RLL. La RAL y la RLL son más rápidas, más
baratas y más sencillas que un procedimiento judicial y se espera que ahorren a
los consumidores de toda Europa en torno a 22 500 millones EUR al año. La Comisión se centró aún más en promover
la mediación, ya que puede dar lugar a importantes ahorros de tiempo y dinero
para los ciudadanos. Las normas de la UE sobre la mediación están contempladas
en una Directiva[108]
adoptada el 21 de mayo de 2008 y que tenía que ser incorporada por los Estados
miembros a más tardar el 21 de mayo de 2011. En julio de 2012, la Comisión puso
en marcha un estudio para evaluar de forma exhaustiva la transposición de la
Directiva por los Estados miembros, centrándose también en la importancia
de fomentar el uso generalizado de la mediación para una justicia más sencilla
para los ciudadanos. Este análisis también debería permitir a la Comisión
determinar si es necesario adoptar nuevas medidas. Facilitar
la movilidad de los ciudadanos de la UE en el interior de esta y el ejercicio
de sus derechos en materia de seguridad social - Acciones 15 y 16 Acción 15 La Comisión ha seguido una política de
aplicación rigurosa a fin de alcanzar la plena y correcta incorporación y
aplicación de las normas sobre libre circulación en toda la Unión Europea. Como
consecuencia de esta política, la mayoría de los Estados miembros han
modificado su legislación o se han comprometido a adoptar, en un plazo
determinado, las modificaciones destinadas a garantizar el pleno respeto de
dichas normas. Entre los problemas resueltos cabe citar la transposición
incorrecta o incompleta de las disposiciones de la legislación de la UE
relativa a los derechos de entrada y residencia de los miembros de las familias
de los ciudadanos de la Unión, incluidas las parejas del mismo sexo, las
condiciones de expedición de visados y tarjetas de residencia para los
nacionales de terceros países miembros de la familia y las salvaguardias contra
las expulsiones. En siete de los doce procedimientos de infracción incoados, la
Comisión ha enviado un dictamen motivado a los Estados miembros interesados, lo
que constituye el último paso antes de llevar el asunto ante el Tribunal de
Justicia de la UE. Para una evaluación más detallada cabe consultar el Informe
sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la ciudadanía de la Unión
durante el período 2011-2013 (informe elaborado de conformidad con el
artículo 25 TFUE), anejo al Informe sobre la ciudadanía de la UE de 2013. El 26 de abril de 2013, la Comisión
propuso una Directiva para facilitar el ejercicio efectivo del derecho a la
libre circulación de los trabajadores en la UE[109]. El objetivo de esa
propuesta es mejorar el ejercicio del derecho a la libre circulación de los
trabajadores y prevenir la discriminación por motivos de nacionalidad. En
particular, se exigirá a los Estados miembros que creen una serie de
instituciones a nivel nacional que faciliten información sobre los derechos de
los trabajadores migrantes de la UE y que ayuden a los que sufren una
discriminación por motivos de nacionalidad. Por otra parte, los Estados
miembros tendrán que garantizar a los trabajadores móviles de la UE que
consideren que son víctimas de una discriminación unos medios adecuados de
reparación a nivel nacional, y velar por que las asociaciones y organizaciones
tales como los sindicatos y las ONG puedan incoar procedimientos
administrativos o judiciales en nombre de los trabajadores migrantes de la UE
que sean víctimas de discriminación o en su apoyo. Para aumentar la concienciación de los
ciudadanos europeos y garantizar su fácil acceso a la información sobre su
derecho a circular y residir libremente en la UE, en 2010 la Comisión publicó
en el portal especial Tu Europa[110], que también da
acceso a servicios de asistencia personalizada, y en el folleto de 2012 «Tu
Europa – Tus derechos»[111],
una información sencilla y fácilmente comprensible sobre las normas de la UE
aplicables y sobre cómo beneficiarse realmente de este derecho. Además, en 2013
publicó una versión actualizada de la Guía para los ciudadanos de la UE
sobre la libertad de circulación y residencia en Europa, que explica de forma
sencilla los derechos y oportunidades que se les ofrecen[112]. Acción 16 Con objeto de ayudar a los ciudadanos que
se desplazan por Europa a ejercer sus derechos de seguridad social, la Comisión
está desarrollando el Intercambio Electrónico de Información sobre
Seguridad Social (EESSI), un sistema informático para ayudar a
los organismos de la seguridad social de toda la UE a intercambiar
información de forma más rápida y segura. Mediante este sistema, la
comunicación entre los organismos nacionales de seguridad social se efectúa a
través de documentos electrónicos estructurados que sustituyen a los
intercambios en papel. Este sistema aportará
importantes ventajas para los ciudadanos, ya que permite gestionar mejor y
calcular y abonar con más rapidez las prestaciones de seguridad social y
reducir los errores en el tratamiento de las reclamaciones. La Comisión y los Estados miembros están
desarrollando actualmente el sistema central y orientarán más sus esfuerzos a
apoyar los preparativos de los organismos nacionales de seguridad social con
vistas a operar en un entorno electrónico. Eliminar
los obstáculos al ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos -
Acciones 17, 18, 19 y 20 Las iniciativas tomadas por la Comisión
para eliminar los obstáculos a que se enfrentan los ciudadanos de la UE que
desean participar en las elecciones europeas se presentaron en la Comunicación
de la Comisión de 12 de marzo de 2013 titulada «Preparación de las
elecciones al Parlamento Europeo de 2014: intensificación de su desarrollo
democrático y eficiente»[113]
y se resumen en el Informe sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la
ciudadanía de la Unión durante el período 2010-2013 (informe elaborado de
conformidad con el artículo 25 TFUE), que acompaña al Informe sobre la
ciudadanía de la UE de 2013. La presente sección resume los avances
realizados en otros dos problemas expuestos en el Informe sobre la ciudadanía
de la UE de 2010. En primer lugar, como se anunció en la Acción
18, la Comisión ha seguido una política de aplicación rigurosa para
garantizar que todos los Estados miembros permitan a los ciudadanos que no son
nacionales de la UE fundar un partido político o afiliarse a uno. El
principio de no discriminación por razón de la nacionalidad implica no solo la
supresión del requisito de la nacionalidad como condición para que los
ciudadanos de la Unión puedan presentarse como candidatos o votar en las
elecciones municipales y europeas, sino también la eliminación de cualquier
medida que les pueda impedir ejercer este derecho en igualdad de condiciones,
tal como garantiza el Tratado. La prohibición de que los ciudadanos que
no son nacionales de la UE se afilien a un partido político les priva de la
posibilidad de usar la principal plataforma de participación política, en
particular durante las elecciones, y tiene un impacto negativo en sus
posibilidades de ser elegidos en comparación con las de los nacionales. La
Comisión ha adoptado medidas contra siete Estados miembros y cuatro asuntos se
aclararon satisfactoriamente y se cerraron. En segundo lugar, tal como se anunció en
la Acción 20, en 2011, la Comisión puso en marcha un diálogo político
con aquellos Estados miembros cuyos nacionales pueden perder sus derechos políticos
en su país de origen (al denegarles el derecho al voto) si viven en otro
Estado miembro durante un determinado período de tiempo. El objetivo era
determinar las opciones para impedir que los ciudadanos de la UE pierdan de
este modo su derecho a participar en las elecciones nacionales en cualquier
país por haber ejercido su derecho a la libre circulación. En particular, la Comisión envió
cartas a los Estados miembros interesados en las que explicaba su punto de
vista y les invitaba a contribuir a una reflexión común. Las respuestas
aportaron aclaraciones sobre las leyes y políticas vigentes y sobre los debates
que tienen lugar a escala nacional. Este diálogo destacó la necesidad de buscar
maneras constructivas de avanzar con vistas a promover la participación de los
ciudadanos en la vida democrática de la UE a todos los niveles, tal como se
explica y se desarrolla en la Acción 12 anunciada en el presente Informe sobre
la ciudadanía. Facilitar
a los ciudadanos información fácilmente accesible sobre sus derechos en la UE -
Acciones 21 y 22 Acción 21 Durante los tres últimos años, la
Comisión ha procurado una integración más estrecha de los servicios de Europe
Direct, el Centro de contacto de Europe Direct y la red de de
alrededor de 450 Centros de información de Europe Direct, y el portal
web Tu Europa-Ciudadanos, para ofrecer a los ciudadanos una plataforma
de información plenamente multilingüe y multicanal: en línea, por teléfono, por
correo electrónico y en persona. El portal Tu Europa se ha renovado
completamente y ahora ofrece información práctica y de fácil utilización
en 22 lenguas sobre los derechos de la UE y sus normas de aplicación
nacionales desde la perspectiva de los usuarios, mientras que, para un
asesoramiento más personalizado, se orienta a los visitantes hacia los
servicios de ayuda y asistencia pertinentes (tales como Europe Direct, Tu
Europa Asesoramiento, SOLVIT, EURES, ECC-Net). El portal se está desarrollando
aún más, en particular merced a una cooperación más intensa con los Estados
miembros para garantizar la disponibilidad de información específica para cada
país sobre los derechos de los ciudadanos de la UE (por ejemplo, contactos de
las autoridades nacionales, orientación sobre los procedimientos específicos
que se deben seguir o los documentos que deben presentarse para ejercer los
derechos de la UE, e información sobre las normas nacionales pertinentes, tales
como las aplicables al comprar bienes inmuebles). Al mismo tiempo, la Comisión
continuará reforzando SOLVIT y aumentando su visibilidad en línea y fuera de
ella. Durante 2011 y 2012, los 450 Centros
de información Europe Direct de todos los Estados miembros recibieron
información detallada sobre el contenido del portal Tu Europa-Ciudadanos y
sobre cómo utilizar este contenido para satisfacer las necesidades de
información de los ciudadanos. La misión de la nueva Red Europe Direct para
el período 2013-2017 se redefinió, estableciendo claramente el papel
de los Centros de información como interlocutores privilegiados de la «ventanilla
única» y a la hora de proporcionar información sobre la UE orientando a los
ciudadanos hacia el contenido pertinente de Tu Europa. Paralelamente, la Comisión se esforzó por
atraer la atención del mayor número posible de europeos hacia la existencia de
Europe Direct y Tu Europa como punto único de información primario y de
fácil acceso por lo que respecta a los derechos en la UE. Como resultado de
estos esfuerzos de sensibilización, en 2012 el número de preguntas
contestadas por el Centro de contacto de Europe Direct aumentó más de un
20 % en comparación con 2011. Tu Europa también atrajo un número
cada vez mayor de visitantes (tuvo cerca de 4,3 millones de visitantes en 2012,
frente a 2,4 millones en 2011 y 1,5 millones en 2010). Las encuestas recientes
a los usuarios indican un alto grado de satisfacción: el 70 % de
visitantes encuentra al menos parte de la información que buscan, y el
93 % de los usuarios califican al portal como satisfactorio o mejor[114]. Acción 22 Con el apoyo y coordinación de las
Representaciones de la Comisión en los países de la UE, los Centros de
información Europe Direct han llegado a ser importantes vehículos de
información sobre los derechos en la UE a nivel local, regional y nacional.
Las Representaciones reforzaron también su cooperación con Tu Europa-Asesoramiento para ofrecer a los ciudadanos asesoramiento
personalizado en temas jurídicos. En la actualidad, los Centros de
información Europe Direct sirven de principal punto de entrada a la
información a nivel local: responden a preguntas del público local o
dirigen a hacia servicios y puntos de información temáticos de la UE a nivel
nacional. En 2012, se estableció un canal automatizado para conectar la red al
Centro de contacto de Europe Direct, con sede en Bruselas. Este canal permite a
cada Centro local de información de Europe Direct presentar preguntas
directamente al Centro de contacto en nombre de los ciudadanos. Prosiguiendo su labor de racionalización
del acceso a la información que necesitan los ciudadanos sobre cómo
beneficiarse de sus derechos en la UE, la Comisión está implantando
actualmente una política de «cualquier puerta vale», es decir, unas
conexiones sin cortes entre Europe Direct y los proveedores de información
temática de la UE de tal modo que las preguntas de los ciudadanos recibirán
siempre una respuesta del proveedor de información adecuado, con independencia
de su punto de entrada. Las representaciones de la Comisión en
los Estados miembros realizaron numerosas acciones de sensibilización y divulgación
en relación con los derechos de los ciudadanos,
ya fueran con un vínculo temático o de carácter más general y también
participaron activamente en la concienciación en torno a la iniciativa
ciudadana europea, empleando una variedad de medios de comunicación. En
2012, el Centro de contacto de Europe Direct se convirtió en el punto central
de contacto para la información sobre la Iniciativa ciudadana europea. Sensibilizar
a la opinión pública sobre la ciudadanía de la UE y los derechos que se derivan
de este estatuto - Acciones 23, 24 y 25 Acción 23 Basándose en una propuesta de la
Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo designaron 2013 como el Año
Europeo de los Ciudadanos[115].
El Año (http://europa.eu/citizens-2013/es/home)
tiene como objetivo sensibilizar a los ciudadanos de la Unión sobre sus
derechos de la UE y las políticas y programas que existen para apoyar el
ejercicio de esos derechos, y fomentar un debate sobre las políticas de la
Unión y reforzar la participación cívica y democrática en ellas. El Año Europeo de los Ciudadanos
ofrece muchas oportunidades en todo el continente para que los ciudadanos
debatan estos importantes aspectos. Para alcanzar los objetivos del Año
Europeo, la Comisión colabora estrechamente con muchas partes interesadas,
instituciones y otros terceros, todos ellos multiplicadores fundamentales, con
el fin de asegurarse de que los mensajes del Año Europeo puedan llegar hasta el
nivel local. Además, el Séptimo Programa Marco de
Investigación, Ciencias socioeconómicas y humanidades, gestionado por la
Comisión, dedica un ámbito de actividad al tema «El ciudadano en la Unión
Europea». La investigación en este sector pretende impulsar el conocimiento
sobre la ciudadanía de la UE, contribuir a la concienciación y difundir los
resultados de la investigación entre los medios académicos, los responsables
políticos, las organizaciones de la sociedad civil y el público en general. La
Comisión ha financiado una serie de proyectos de investigación
multidisciplinares que tratan en particular de cuestiones relativas a la
consecución de un sentimiento de titularidad y participación democrática de los
ciudadanos de la UE[116].
Acción 24 El 15 de noviembre de 2011 y el 14 de
diciembre de 2011, la Comisión presentó, respectivamente, sus propuestas del
futuro Programa de Derechos y Ciudadanía[117],
y del futuro Programa Europa con los ciudadanos[118]. Estas dos propuestas
tienen por objeto prestar apoyo financiero a la ciudadanía de la UE de
manera coherente y complementaria. En particular, el Programa de Derechos y
Ciudadanía abordará los derechos que se derivan de la ciudadanía de la UE,
mientras que el programa Europa con los Ciudadanos fomentará la participación
de estos en la vida democrática de la Unión. Ambos programas se complementan
mutuamente, aprovechan las sinergias y evitan las duplicaciones. Al elaborar estas propuestas, el objetivo
final de Comisión era la racionalización y simplificación[119]. Como consecuencia de
ello, estos programas están plenamente en consonancia con el Reglamento
financiero, lo que significa que, en principio, estarán sujetos a la misma
normativa general y se beneficiarán de los elementos de simplificación
introducidos en el nuevo Reglamento financiero. Acción 25 Con el fin de garantizar un alto grado de
calidad de la información y reforzar la comunicación facilitada sobre asuntos
europeos, en la primavera de 2011 se lanzaron nuevos programas en Euronews y
el 14 de junio de 2011 se abrió un estudio situado en Bruselas. De resultas
de ello, la cobertura diaria de los asuntos de la UE se ha visto reforzada y se
ha agilizado, con más debates y entrevistas, así como con programas en los que
participan los ciudadanos. Además, la Comisión firmó un acuerdo de asociación
con Euronews, que ha permitido apoyar estas iniciativas a largo plazo. ANEXO 2 — Doce nuevas acciones
clave para mejorar la vida de los ciudadanos de la UE 1. La Comisión propondrá
una revisión de la normativa de coordinación de la seguridad social y estudiará
la ampliación de la exportación de las prestaciones de desempleo durante un
período de tiempo superior a tres meses para facilitar a los ciudadanos la
búsqueda de empleo en otro país de la UE. La Comisión insta a los Estados
miembros a que hagan pleno uso de las normas actuales para que los demandantes
de empleo perciban sus prestaciones de desempleo durante un período de hasta
seis meses mientras buscan trabajo en otro Estado miembro. 2. Con el fin de ayudar a
los jóvenes ciudadanos de la UE a desarrollar sus capacidades y entrar en el
mercado laboral, la Comisión desarrollará, en 2013, un marco de calidad para
los períodos de prácticas. La Comisión presentará también en 2013 una
iniciativa para modernizar EURES con objeto de reforzar el papel y el impacto
de los servicios de empleo a nivel nacional y mejorar la coordinación de la
movilidad laboral en la UE. Además de la reforma de EURES, la Comisión pondrá
en marcha una iniciativa piloto para mejorar el intercambio de información
sobre las oportunidades de periodos de prácticas y de aprendizaje en otros
países de la UE a través de EURES. 3. En 2013 y 2014 la Comisión
buscará soluciones para eliminar los obstáculos a que se enfrentan los
ciudadanos de la UE y los miembros de sus familias que residen en un país de la
UE distinto del suyo en relación con los documentos de identidad y residencia
expedidos por los Estados miembros, incluso a través de documentos optativos europeos
uniformes para los ciudadanos, cuando proceda. 4. La Comisión, en 2013,
adoptará iniciativas para promover las mejores prácticas fiscales en
situaciones transfronterizas y garantizar la correcta aplicación del Derecho de
la UE para que resulte más fácil para los ciudadanos europeos que se desplazan
u operan a través de las fronteras hacer frente a distintos conjuntos de normas
fiscales y, en particular, evitar la doble imposición. 5. Partiendo de su trabajo
para mejorar la seguridad vial de los ciudadanos de la UE, durante 2014 la
Comisión tomará medidas para establecer una «plataforma de información sobre
vehículos» con el fin de facilitar el reconocimiento de los certificados de
inspección técnica, para que los ciudadanos puedan viajar a otro país de la UE
con su automóvil de forma más fácil y más segura. 6. La Comisión facilitará
la movilidad de las personas con discapacidad en la UE dando su apoyo, en 2014,
al desarrollo de una tarjeta de discapacidad reconocida recíprocamente que garantice
la igualdad de acceso en la UE a determinadas prestaciones (principalmente en
los ámbitos del transporte, el turismo, la cultura y el ocio). 7. La Comisión propondrá, a
finales de 2013, un paquete de instrumentos jurídicos para reforzar los
derechos procesales de los ciudadanos que sean sospechosos o estén acusados en
procesos penales, teniendo en cuenta la situación específica de los niños y los
ciudadanos vulnerables. 8. Para finales de 2013, la
Comisión revisará el proceso europeo de escasa cuantía para facilitar la
solución de litigios relativos a compras en otro país de la UE. 9. La Comisión
desarrollará, para la primavera de 2014, en estrecha cooperación con las
autoridades nacionales y las partes interesadas pertinentes, un modelo para la
presentación en línea de los requisitos clave para que la información sobre
productos digitales sea más clara y fácil de comparar. Además, para la
primavera de 2014, lanzará una campaña de sensibilización específica en toda la
UE sobre los derechos de los consumidores. 10. La Comisión tomará
medidas para velar por que se dote a las administraciones locales de
instrumentos para comprender plenamente la libre circulación de los ciudadanos
de la UE. 11. Durante 2013, la Comisión
hará que los ciudadanos puedan saber con más claridad y sencillez a quién
dirigirse para obtener reparación de sus derechos proporcionando orientaciones
de fácil comprensión en su sitio web central Europa. 12. La Comisión: –
promoverá la concienciación de los ciudadanos
de la UE sobre sus derechos de ciudadanía de la Unión y, en particular, sus derechos
electorales, lanzando, el Día de Europa de mayo de 2014, un manual en el que se
presenten esos derechos de la UE en un lenguaje claro y sencillo; –
propondrá formas constructivas para que los
ciudadanos de la UE que viven en otro país puedan participar plenamente en la
vida democrática de la UE conservando su derecho a votar en las elecciones nacionales
de su país de origen; y –
explorará en 2013 las maneras de reforzar y
desarrollar el espacio público europeo, basándose en las estructuras nacionales
y europeas existentes, para poner fin a la actual fragmentación de la opinión
pública siguiendo las fronteras nacionales. [1] Un Plan director para una Unión Económica y
Monetaria profunda y auténtica - Apertura de un debate europeo, COM(2012) 777
final/2. [2] Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(título II, artículos 20-24) y Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea (capítulo V). En el presente informe, el término «ciudadano»
puede referirse también a cualquier persona residente en la UE de conformidad
con las disposiciones pertinentes del Tratado y del Derecho derivado. [3] Véase, por ejemplo, el asunto C-184/99, Grzelczyk,
apartado 31. [4] Asunto C-34/09, Ruiz Zambrano, apartado 42. [5] Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010, La
eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE,
COM(2010) 603. [6] La descripción detallada de las acciones emprendidas
desde 2010 se encuentra en el anexo 1 del presente informe. [7] Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE
lanzada por la Comisión el 9 de mayo de 2012 (en lo sucesivo, «la consulta
pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE») -
http://ec.europa.eu/justice/citizen/files/eu-citizen-brochure_en.pdf
[8] Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 365 - La
ciudadanía de la Unión Europea - febrero de 2013 (en lo sucesivo, «el
Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE») -
http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_365_en.pdf
[9] Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 364 -
Derechos electorales - marzo de 2013 (en lo sucesivo, «el Eurobarómetro de 2013
sobre los derechos electorales») — http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_364_en.pdf.
[10] Audiencia conjunta del Parlamento Europeo y la
Comisión sobre la ciudadanía de la UE de 19 de febrero de 2013 «Aprovechar al
máximo la ciudadanía de la UE» — http://ec.europa.eu/justice/citizen/document/files/eu_hearing_report.pdf.
[11] Foro de 28 de noviembre de 2012 «Agenda de los
ciudadanos a escala local» -
http://www.cor.europa.eu/en/news/forums/Documents/proceeding_forum_citizens.pdf [12] Conferencia de 22-23 de enero de 2013 «Aprovechar al
máximo el Año Europeo de los ciudadanos». [13] http://ec.europa.eu/european-debate/index_en.htm. [14] http://europa.eu/citizens-2013/. [15] Todas las acciones propuestas presentadas en la
presente sección estarán sujetas a los procedimientos habituales de la Comisión
de preparación del proceso decisorio y del marco financiero plurianual 2014-2020. [16] Eurobarómetro estándar 78 – Ciudadanía Europea – Otoño
2012 (en lo sucesivo «el Eurobarómetro estándar 78») - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb/eb78/eb78_first_en.pdf.
El desempleo es una preocupación cada vez mayor para los ciudadanos europeos (+
4 puntos porcentuales desde la encuesta del Eurobarómetro de la primavera de
2012). [17] Así lo afirman nueve de cada diez ciudadanos, según
el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE. [18] Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE. [19] Eurostat - Compras de particulares en Internet
http://appsso.eurostat.ec.europa.eu/nui/submitViewTableAction.do.
Las
cifras son más altas tratándose de jóvenes (de entre 25 y 34 años). [20] La consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la
UE pone de relieve que uno de cada cuatro encuestados encuentra dificultades a
la hora de comprar en línea. [21] http://europa.eu/europedirect/index_en.htm. [22] http://europa.eu/youreurope/index.htm. [23] Véase el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de
la UE. [24] Ibídem. [25] Consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE
y Eurobarómetro de 2013 sobre los derechos electorales. [26] COM(2013) 271 - http://ec.europa.eu/justice/fundamental-rights/files/charter_report_2012_en.pdf. [27] Véase Empleo y evolución social en Europa 2011,
capítulo 6: Movilidad laboral dentro de la UE y el impacto de la ampliación,
p.274. [28] Véase el informe del European Integration
Consortium sobre movilidad laboral en la UE en el contexto de la ampliación
y el funcionamiento del régimen transitorio, Nuremberg, 2009, p. 132. Véase
también Five years of an enlarged EU, Economic achievements and challenges,
European economy 1/2009, p. 135. [29] Solo el 3 % de los ciudadanos de la UE en edad
laboral vive en otro país de la UE. La movilidad transfronteriza anual en la UE
se sitúa en una tasa media anual de solo el 0,29 %. Esta cifra es muy
inferior a las de Australia (1,5 %) y Estados Unidos (2,4 %). Véase OECD
Economic Surveys – European Union – March 2012 -
http://www.oecd.org/eco/49950244.pdf. [30] Según la encuesta del Eurobarómetro sobre movilidad
geográfica y del mercado laboral, casi una cuarta parte de los encuestados
(24 %) espera encontrar o ha encontrado dificultades para encontrar
trabajo en el extranjero. Eurobarómetro especial 337 - Movilidad geográfica y
del mercado laboral - junio 2010 - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_337_en.pdf [31] El Reglamento (CE) nº 883/2004 sobre la coordinación
de los sistemas de seguridad social, DO L 166, p. 70, establece en su artículo 64,
apartado 1, letra c) que «el interesado conservará el derecho a las prestaciones
durante un periodo de tres meses a partir d la fecha en que haya dejado de
estar a disposición de los servicios de empleo del Estado miembro del que
proceda, a condición de que la duración total del período durante el cual se
facilitan las prestaciones no supere la duración total del período de
prestaciones a las que tenía derecho con arreglo a la legislación de dicho
Estado; los servicios o instituciones competentes podrán prorrogar dicho
período de tres meses hasta un máximo de seis meses». Las modalidades de los
intercambios de información, cooperación y asistencia mutua entre las
instituciones y servicios de los Estados miembros interesados, en particular la
información sobre la observancia, por parte del demandante de empleo, de los procedimientos
de control organizados, se establecen el artículo 55 del Reglamento (CE) nº 987/2009,
DO L 284, p. 19. [32] COM(2012) 173. [33] Reglamento (CE) nº 883/2004 sobre la coordinación de
los sistemas de seguridad social, DO L 166, p. 1. [34] COM(2012) 173 final. [35] Ibídem. [36] COM(2010) 682. [37] Según el Eurobarómetro de 2011 sobre el Mercado
único, un 28 % de los ciudadanos de la UE en edad de trabajar se
plantearía trabajar en otro país de la UE en el futuro. La proporción es
particularmente elevada (54 %) entre los jóvenes (de 15 a 24 años) y entre
las personas de 25 a 39 años (38 %). Eurobarómetro especial 363 - Mercado
interior: sensibilización, percepción e impacto - septiembre de 2011 -
http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_363_en.pdf. [38] Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 319b -
Juventud en movimiento: educación y formación, movilidad,
empleo y espíritu emprendedor - mayo de 2011 -
http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_319b_sum_en.pdf. [39] En 2011 el Consejo adoptó un valor de referencia
sobre la movilidad en la formación en el ámbito de la educación superior según
el cual al menos un 20 % de los titulados de enseñanza superior debería
haber realizado un período de estudios o de formación en el extranjero
relacionado con la enseñanza superior (ya sea para obtener un título o al menos
por un período de tres meses) en 2020. [40] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo por el que se crea «Erasmus para todos» El Programa de educación,
formación, juventud y deporte de la Unión, COM(2011) 788. [41] Estudio de la Comisión Europea relativo a una visión
global de las disposiciones sobre los períodos de prácticas en los Estados
miembros - 2012 -
http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catid=738&langid=en&pubid=6717. [42] Estudio del Foro Europeo de la Juventud 2011 - Interns
revealed -
http://issuu.com/yomag/docs/yfj_internsrevealed_web [43] La Garantía Juvenil es un programa que garantiza que
todos los jóvenes menores de veinticinco años reciban una oferta de empleo de
buena calidad, una educación continuada, un aprendizaje o un periodo de
prácticas en los cuatro meses siguientes a quedar desempleados o dejar la
enseñanza ordinaria, conforme a la Recomendación del Consejo adoptada el 22 de
abril de 2013. [44] Eurobarómetro especial 75.1 — El Defensor del Pueblo
Europeo y los derechos de los ciudadanos - julio de 2011 -
http://www.ombudsman.europa.eu/es/press/statistics/eb751_eb_report.faces. [45] http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/flash_arch_374_361_en.htm#365. [46] http://ec.europa.eu/justice/citizen/files/eu-citizen-brochure_en.pdf. [47] Tu Europa-Asesoramiento es un servicio de asesoría
jurídica destinada al público compuesto por un equipo de juristas que abarcan
todas las lenguas oficiales de la UE y conocen tanto el Derecho de la UE como
las normativas nacionales de todos países de la UE.
http://europa.eu/youreurope/advice/index_es.htm [48] SOLVIT se ocupa de los problemas que presentan un
componente transfronterizo y que se deben a una aplicación incorrecta del
Derecho de la UE por parte de las autoridades públicas de los Estados miembros de
la UE. http://ec.europa.eu/solvit/. [49] La acción en cuestión solamente será aplicable a los
Estados miembros que expiden documentos de identidad o certificados de
registro. [50] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo
relativo a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de
sus remolques, COM(2012) 380; Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo relativo a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos
comerciales que circulan en la Unión, COM(2012) 382; y Propuesta de Directiva
del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los documentos de matriculación
de los vehículos, COM(2012) 381. [51] Este principio básico del Derecho penal se establece
en el artículo 48 de la Carta de los derechos Fundamentales de la UE y en
el artículo 6, apartado 2, del Convenio Europeo de Derechos Humanos;
emana además de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados
miembros. [52] El derecho a la asistencia jurídica gratuita se
establece en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de
la UE y en el artículo 6, apartado 3, del Convenio Europeo de
Derechos Humanos. [53] Eurobarómetro especial 395 sobre el procedimiento de
escasa cuantía - abril de 2013 - (en lo sucesivo el Eurobarómetro de 2013 sobre
reclamaciones de escasa cuantía - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb_special_399_380_en.htm#395 [54] En vigor desde el 1 de enero de 2009. [55] https://e-justice.europa.eu/home.do [56] Véase en particular la consulta pública de 2012 sobre
la ciudadanía de la UE. [57] Véase el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010,
«La eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE»,
COM(2010) 603, y, en particular, las acciones 9 a 13, la Agenda del consumidor
COM(2012) 225; y el Acta del Mercado Único II - Juntos por un nuevo
crecimiento, COM(2012) 573. [58] El paquete sobre seguridad de los productos y
vigilancia del mercado consiste, entre otras cosas, en una propuesta de Reglamento
sobre seguridad de los productos de consumo [COM(2013) 78 final], una propuesta
de Reglamento relativo a la vigilancia del mercado de los productos [COM(2013)
75 final] y una Comunicación de la Comisión titulada «Veinte acciones en pro de
unos productos más seguros y conformes en Europa: Plan de Acción Plurianual
para la Vigilancia de los Productos en la UE» [COM(2013) 76 final]. Los
documentos están disponibles en
http://ec.europa.eu/consumers/safety/psmsp/index_en.htm [59] «Consumer market study on the functioning of
e-commerce» (2011), realizado por Civic Consulting en nombre de la Comisión
Europea, DG Salud y Consumidores. [60] Para más información, véase el Informe del Diálogo
multilateral sobre instrumentos de comparación:
http://ec.europa.eu/consumers/documents/consumer-summit-2013-msdct-report_en.pdf. [61] Estudio de 2012 del Comité de las Regiones sobre «La
promoción de la ciudadanía de la UE y los derechos de los ciudadanos por parte
de los entes locales y regionales» -
http://www.cor.europa.eu/en/news/forums/Documents/summary_cor_study_citizenship.pdf.
[62] Eurobarómetro del Parlamento Europeo 77.4 - Los europeos
a dos años de las elecciones europeas de 2014, junio de 2012.
http://www.europarl.europa.eu/pdf/eurobarometre/2012/election_2012/eb77_4_ee2014_synthese_analytique_en.pdf. [63] Recomendación de la Comisión con vistas a reforzar el
desarrollo democrático y eficaz de las elecciones al Parlamento Europeo C(2013)
1303. [64] Por ejemplo, en el asunto Preston, el Tribunal
Superior de Justicia y el Tribunal de Apelación del Reino Unido desestimaron la
demanda de una ciudadana del Reino Unido que había residido en España durante más
de 15 años y había impugnado su denegación del derecho de voto. La solicitud
del derecho a recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo se desestimó sin
que se presentase una cuestión prejudicial. [65] Preámbulo de las Directivas 93/109/CE y 94/80/CE, respectivamente. [66] Los 13 Estados miembros cuyas regiones tienen poder
legislativo son: Alemania (Länder), Austria (Länder), Bélgica (Région),
Dinamarca (Amtskommuner), Eslovaquia (Kraje), España (comunidades autónomas),
Francia (Région), Italia (2 provincias autónomas y 20 regiones), Países
Bajos (provinciale staten), Polonia (województwo), Reino Unido, República Checa
(Kraje) y Suecia (Landstingsfullmäktige). [67] Eurobarómetro estándar 78 – Informe sobre el uso de
los medios de comunicación en Europa - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb/eb78/eb78_media_en.pdf [68] Directiva 2010/13/UE, sobre la coordinación de
determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los
Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación
audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), DO L 95, p.
1-24. [69] Véase el discurso del presidente Barroso sobre el
estado de la Unión 2012: «Me gustaría que se creara un espacio público europeo,
en el que se debatieran los problemas europeos desde un punto de vista europeo.
No podemos seguir intentando resolver problemas de dimensión europea solo con
soluciones nacionales». http://europa.eu/rapid/press-release_SPEECH-12-596_es.htm;
véase también la Resolución del Parlamento Europeo de 7 de septiembre de 2010
sobre «Periodismo y nuevos medios de comunicación: creación de un ámbito
público en Europa» [2010/2015(INI)] y el discurso sobre Europa del Canciller
federal alemán Joachim Gauck de 22 de febrero de 2013.
http://www.bundespraesident.de/shareddocs/reden/en/joachimgauck/reden/2013/130222-europe.html
[70] http://europa.eu/citizens-2013/. [71] http://ec.europa.eu/european-debate/index_es.htm. [72] El seguimiento de las 25 acciones presentadas en el
informe de 2010 se actualizará periódicamente – http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/reding/factsheets/pdf/table_of_actions_en.pdf [73] COM(2011) 126. [74] COM(2011) 127/2. [75] COM(2010) 747 final. [76] Propuesta de Reglamento por el que se facilita la
libertad de circulación de los ciudadanos y de las empresas, simplificando la
aceptación de determinados documentos públicos en la Unión Europea, y por el que
se modifica el Reglamento (UE) nº 1024/2012 COM(2013) 228. [77] COM(2011) 326. [78] Esta propuesta forma parte de una serie de medidas
que se están implantando para definir unos derechos claros en toda la UE y
salvaguardar el derecho fundamental de los ciudadanos a un juicio justo y el
derecho de defensa.
Una Directiva
relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales
entró en vigor en noviembre de 2010 y debe transponerse al Derecho nacional a
más tardar el 27 de octubre de 2013, y una Directiva
relativa al derecho a la información en los procesos penales entró en vigor el
21 de junio de 2012 y debe transponerse antes del 2 de junio de 2014. [79] COM(2011) 274. [80] COM(2011) 275. [81] COM(2011) 276. [82] Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 13 de diciembre de 2011, DO L 338, p. 2. [83] Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y
la protección de las víctimas de delitos y por la que se sustituye la Decisión
marco 2001/220/JAI del Consejo, DO L 315, p. 57. [84] Incluidos los impuestos de matriculación y circulación. [85] COM(2010) 769. [86] COM(2011) 712. [87] 2011/856/UE. [88] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo por el que se simplifica el traslado de vehículos de motor ya
matriculados en otro Estado miembro en el mercado único, COM(2012) 164. [89] COM(2012) 756. [90] SWD(2012) 429. [91] Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9
de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en
la asistencia sanitaria transfronteriza, DO L 88, p. 45. [92] A tal fin, la Red cuenta con el apoyo de la Acción
Común sobre la Iniciativa de buena gestión de la sanidad electrónica (eHGI) y
de la Acción Común sobre los registros de pacientes (PARENT). [93] SWD(2012) 414 final. [94] Proyectos SUSTAINs y PALENTE. [95] COM(2011) 149. [96] http://ec.europa.eu/consularprotection. [97] COM(2011) 881. [98] Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de
24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar
y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE)
nº 2006/2004, DO L 334, p. 1. [99] Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de
16 de febrero de 2011, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar
y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004, DO L 55,
p. 1. [100] COM(2013) 130. [101] COM(2010) 636. [102] Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al
Consejo sobre el funcionamiento y los efectos del Reglamento (CE)
nº 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006,
sobre los derechos de las personas con discapacidad y de las personas con
movilidad reducida en el transporte aéreo [COM(2011) 166 final]. [103] SWD(2012) 171 final, http://ec.europa.eu/transport/themes/passengers/air/doc/prm/2012-06-11-swd-2012-171_es.pdf. [104] Directiva de la Comisión por la que se modifica el
anexo III de la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea, DO L
68, p. 55. [105] El Código está disponible en su versión completa,
junto con los resúmenes, en el sitio web la Agenda Digital para Europa
mientras que se ha publicado una versión simplificada en el portal Tu Europa-Ciudadanos
en una nueva sección sobre los derechos
en línea. [106] Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo,
que modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE
(Directiva sobre RAL en materia de consumo), COM(2011) 793. [107] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo (Reglamento
sobre RLL en materia de consumo), COM(2011) 794. [108] Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en
asuntos civiles y mercantiles. [109] Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del
Consejo sobre medidas para facilitar el ejercicio de los derechos concedidos a
los trabajadores en el marco de la libre circulación de los trabajadores,
COM(2013) 236. [110] http://europa.eu/youreurope/citizens/residence/index_es.htm [111] http://bookshop.europa.eu/en/your-europe-your-rights-pbKM3212120/ [112] http://bookshop.europa.eu/en/freedom-to-move-and-live-in-europe-pbNE3210299/ [114] Conclusiones de una encuesta a los interesados
realizada del 18.12.2012 al 1.2.2013 para evaluar la pertinencia y utilidad de
Tu Europa tras su renovación en 2009 y de una encuesta mediante una ventana
desplegable realizada directamente en el portal en enero/febrero de 2013 para
saber más sobre el perfil de los visitantes del portal y su satisfacción con el
mismo. [115] Decisión nº 1093/2012/UE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre el Año Europeo de los ciudadanos
(2013), DO L 325, p. 1. [116] Puede encontrarse una descripción general en http://ec.europa.eu/research/social-sciences/research_en.html. [117] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo por el que se establece el Programa de Derechos y Ciudadanía para el
periodo 2014 a 2020, COM(2011) 758. [118] Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se
establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020,
COM(2011) 884. [119] Véanse las Comunicaciones de la Comisión de 8 de
febrero de 2012, Un programa de simplificación para el marco financiero plurianual
2014-2020, COM(2012) 42, y de 20 de septiembre de 2012, Primer cuadro de
indicadores de la simplificación para el MFP 2014-2020, COM(2012) 531.