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Document 52013DC0047
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL On Progress in Romania under the Co-operation and Verification Mechanism
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación
/* COM/2013/047 final <EMPTY> */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los avances de Rumanía en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación /* COM/2013/047 final
En
julio de 2012, la Comisión informó de los avances realizados por Rumanía desde
2007 en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación (MCV)[1].
El Informe analizó la sostenibilidad e irreversibilidad de las reformas
introducidas. Dado que el Informe se emitió en un momento en el que habían
surgido cuestiones importantes en relación con el Estado de Derecho y la
independencia del poder judicial en Rumanía, se incluían en él recomendaciones
específicas para restablecer el respeto de estos principios fundamentales.
Asimismo se tomó la decisión de presentar, al cabo de seis meses, un nuevo
informe centrado en las recomendaciones de la Comisión en este ámbito. Durante
los últimos seis meses, la situación en Rumanía ha estado dominada por la
proximidad de las elecciones recientemente celebradas. En opinión de la
Comisión la constitución de un nuevo Gobierno tras las elecciones ofrece una
nueva oportunidad para garantizar el respeto del Estado de Derecho y la
independencia judicial y afianzar la estabilidad. Una cooperación leal entre
las instituciones y la estabilidad de la separación de poderes son elementos
esenciales para constituir la base adecuada a fin de hacer avances en los temas
de la reforma judicial y la lucha contra la corrupción. El
presente Informe pasa revista a las recomendaciones concretas formuladas por la
Comisión en lo que atañe al respeto del Estado de Derecho y la independencia
del poder judicial. También aborda la evolución de los principales indicadores
del MCV sobre los demás aspectos de la reforma del sistema judicial y la lucha
contra la corrupción.
1. Respeto del Estado de Derecho y de la
independencia del poder judicial
La
Comisión formuló diez recomendaciones específicas con el fin de contribuir a
solucionar las controversias en torno al Estado de Derecho y a la independencia
judicial. El Gobierno rumano confirmó a la Comisión que pondría en práctica
estas recomendaciones[2].
La Comisión ha supervisado de cerca los avances en estas cuestiones a la luz de
los indicadores establecidos en la Decisión MCV. La
evaluación pone de manifiesto que Rumanía ha puesto parcialmente en práctica
las recomendaciones de la Comisión para restaurar el Estado de Derecho y la
independencia del poder judicial. Si bien es verdad que la Constitución y el papel
y las decisiones del Tribunal Constitucional se han respetado, los compromisos
sobre la independencia del poder judicial y sobre la ejecución de las
sentencias en casos de corrupción no se han puesto en práctica de manera
adecuada. Al mismo tiempo, queda pendiente el nombramiento de nuevas personas
al frente de la Fiscalía y de la Dirección Nacional Anticorrupción (DNA). Orden
constitucional rumano Una de
las preocupaciones básicas expresadas por la Comisión en julio fue la
estabilidad del orden constitucional. El
papel del Tribunal Constitucional reviste una especial importancia a tal
efecto. Las competencias del Tribunal Constitucional para verificar la
constitucionalidad de las decisiones adoptadas por el Parlamento han sido
reinstauradas por medio de decisiones del propio Tribunal Constitucional y, en
consecuencia, el Decreto gubernamental de urgencia 38 es «de facto» inaplicable[3].
La derogación del Decreto de urgencia 41 garantizó el acatamiento de las
resoluciones del Tribunal sobre el quórum necesario para realizar un
referéndum. El hecho de que se respetara la decisión final del Tribunal
Constitucional sobre la validez del referéndum del 29 de julio fue una señal
inequívoca de que no se volverían a poner en tela de juicio las normas
constitucionales[4].
Otra
fuente de preocupación era el recurso a los decretos de urgencia, preocupación
compartida por la Comisión de Venecia del Consejo de Europa[5].
El uso de esta facultad a primeros de julio alimentó de manera importante las
preocupaciones sobre la elusión de las normas constitucionales. El Gobierno
rumano se comprometió a recurrir a los decretos de urgencia únicamente en los
supuestos previstos en la Constitución, y solo en caso de emergencia. La
preocupación por esta cuestión ha disminuido en los últimos meses y el inicio
de la singladura de un nuevo Parlamento, en el que existe una mayoría clara,
debería contribuir a consolidar los procedimientos legislativos ordinarios como
la manera correcta de legislar. La
Comisión observa que todos los actos, incluidas las resoluciones del Tribunal
Constitucional, parecen haberse publicado oportunamente en el Diario Oficial. El
Parlamento eligió al nuevo Defensor del Pueblo en enero de 2013. El hecho de
que este recibiera el apoyo sin fisuras de la coalición gubernamental, pero no
el de la oposición, hace que sea especialmente importante para él demostrar a
través de sus actos su independencia con respecto a los partidos políticos. El
Defensor del Pueblo tiene una misión importante a la hora de salvaguardar el sistema
de contrapoderes institucionales y, en particular, de controlar la facultad del
Ejecutivo para legislar por medio de decretos. En
resumen, la Constitución y el Tribunal Constitucional han recuperado el lugar
que les corresponde tal como recomendaba la Comisión. No obstante, resulta
esencial que el Presidente, el nuevo Gobierno y el nuevo Parlamento velen por
la estabilidad del orden constitucional y que todos los partidos políticos se
afanen para reducir la polarización del sistema político. En la etapa
previa a las elecciones, se produjo asimismo un debate sobre la posibilidad de
modificar la Constitución. Lo importante es que el proceso de reforma
constitucional se lleve a cabo acatando plenamente los valores fundamentales
tales como el respeto del Estado de Derecho y la separación de poderes. Esto
incluye el respeto permanente al Tribunal Constitucional como garante de la
supremacía de la Constitución, así como la independencia y la estabilidad de
las instituciones judiciales, incluida la Fiscalía. También es importante que
el debate sobre la posible reforma sea lo suficientemente prolongado y abierto
para garantizar, a través del procedimiento constitucional adecuado, el
consenso más amplio posible. En este contexto resulta asimismo esencial garantizar
a las instituciones judiciales que su independencia está asegurada y evitar
toda especulación que cree un clima de inestabilidad. Independencia
del poder judicial Entre
las mayores preocupaciones del verano cabe citar la evidente presión sobre las
instituciones judiciales y la falta de respeto a su independencia. Ambas
cuestiones siguen siendo una fuente de gran preocupación. La Comisión recibió
numerosos informes sobre casos de intimidación o acoso contra personas que
trabajan en instituciones clave en la lucha contra la corrupción, incluso
amenazas personales contra jueces y sus familias y campañas de comunicación que
llegaron al acoso[6].
Por
desgracia, no se han llevado a la práctica todas las recomendaciones de la
Comisión. Los ataques contra el poder judicial por motivos políticos no han
cesado. La aceptación de las decisiones judiciales reviste crucial importancia
y exige que toda la clase política se ponga de acuerdo y deje de criticar las
decisiones judiciales y de socavar la credibilidad de los magistrados o ejercer
presión sobre ellos. La
Comisión también desea llamar la atención sobre el papel desempeñado por los
medios de comunicación. Ha habido numerosos ejemplos de medios de comunicación
que han ejercido presión sobre el poder judicial y existen, asimismo, dudas
sobre si el Consejo Audiovisual Nacional está actuando como un auténtico
supervisor. La situación apunta a que es necesario revisar las normas actuales
para garantizar que la libertad de prensa vaya acompañada de una protección apropiada
de las instituciones y de los derechos fundamentales de las personas, así como
para proporcionar procedimientos de recurso más efectivos. Un
motivo concreto de preocupación para la Comisión radicaba en la posibilidad de
que durante el pasado verano la Presidencia interina revocara, mediante la
concesión de indultos, decisiones judiciales anteriores. El Presidente en
funciones respetó fielmente la recomendación sobre este punto. Un
último aspecto de la independencia judicial es el compromiso de los poderes
ejecutivo y legislativo sobre la cualificación de las personas nombradas para
ocupar puestos clave en las instituciones judiciales. En opinión de la
Comisión, el nivel de resultados obtenido por Rumanía en lo que atañe a la
lucha contra la corrupción en las altas esferas constituye uno de los avances
importantes logrados en el marco del MCV. Debe preservarse una Fiscalía eficaz
e imparcial bajo el mandato del futuro Fiscal General. Así pues, a juicio de la
Comisión es crucial el nombramiento de nuevas personas para dirigir la Fiscalía
y la Dirección Nacional Anticorrupción (DNA), capaces de demostrar la
independencia, integridad y profesionalidad necesarias para granjearse la
confianza de la ciudadanía y seguir obteniendo resultados positivos. En este
contexto, el Informe recomendaba el nombramiento de un nuevo Fiscal General y
de un nuevo Fiscal Jefe de la DNA, por medio, en ambos casos, de un proceso
abierto y transparente, que culminase con la elección de unos candidatos con
experiencia, integridad y un historial brillante en la lucha contra la
corrupción. El proceso se inició de manera apresurada, lo que no suscitó la
confianza de la Magistratura. El Ministro de Justicia amplió los plazos e
introdujo una serie de mejoras en el procedimiento, pero solo se presentó un
reducido número de candidatos[7].
Los dos candidatos que quedaron al final del procedimiento no consiguieron el
visto bueno del Consejo Superior de la Magistratura (CSM), y finalmente fueron
rechazados por el Presidente. La Comisión estima que un número suficiente de
candidatos altamente cualificados, un procedimiento abierto y transparente y,
en la medida de los posible, el visto bueno del CSM, son elementos esenciales
para garantizar un liderazgo capaz de granjearse la confianza de la ciudadanía.
Integridad Las
personas que ocupan puestos de poder deben dar prueba de una integridad sin
tacha. Además, cuando las autoridades judiciales descubren que no es ese el
caso, el incumplimiento de las decisiones judiciales implica asimismo el
desprecio hacia el Estado de Derecho. En su Informe de julio, la Comisión
expresó su temor de que el Gobierno y el Parlamento no habían respetado
plenamente este principio. En
noviembre, la Agencia Nacional de Integridad (ANI) emitió informes negativos[8]
sobre algunos ministros y funcionarios de alto rango, que a pesar de todo no
dimitieron.[9]
El nuevo Gobierno reiteró su objetivo de hacer frente a la corrupción, a pesar
de lo cual hay dos casos confirmados de investigación penal por corrupción que
afectan a ministros que forman parte de él. En sus recomendaciones de julio, la
Comisión expresó su deseo de que los ministros dieran ejemplo de integridad:
otro tanto cabe esperar que hagan en lo que atañe a las acusaciones de
corrupción. Para la credibilidad de un Gobierno es esencial que las personas
que ocupan cargos ministeriales disfruten de la confianza de los ciudadanos y
dimitan inmediatamente si la ANI publica un informe que cuestiona su
integridad. Los requisitos constitucionales, incluida su separación del cargo
ministerial en caso de imputación, tendrán que aplicarse en su totalidad. De
la misma manera, unos procedimientos más claros para el tratamiento de aquellos
asuntos en los que miembros del Parlamento estén inmersos en procesos por
corrupción o se enfrenten a acusaciones de corrupción redundarán en beneficio
de la credibilidad del Parlamento. Debe partirse del supuesto de que, en el
marco de las normas constitucionales, la Fiscalía puede llevar a cabo su misión
de la misma manera que lo haría si se tratara de otros ciudadanos. Claridad y
automatismo son las mejores vías para disipar las sospechas surgidas en el
pasado sobre la existencia de un cierto grado de subjetividad en los
procedimientos parlamentarios en este ámbito. En
enero de 2013, el Parlamento introdujo una serie de enmiendas en el Estatuto de
los miembros del Parlamento, por las que se modificó el procedimiento para
levantar la inmunidad de los parlamentarios contra los que haya una orden de
búsqueda o captura y el procesamiento de antiguos ministros. Aún está previsto
adoptar más medidas a fin de establecer un plazo para cada una de las fases del
procedimiento parlamentario y la obligación de emitir un dictamen motivado en
los casos en que, excepcionalmente, el Parlamento se niegue a levantar esa
inmunidad. Igual de importante es aclarar que la ANI sigue siendo la única
autoridad facultada para verificar las posibles incompatibilidades de cargos
electos y funcionarios. Con
arreglo al planteamiento del Parlamento, un caso de neto desafío a las decisiones
judiciales fue fuente de gran preocupación: el CSM tuvo que interponer un
recurso ante el tribunal Constitucional para garantizar que el Parlamento
ejecutase realmente una resolución en última instancia del Alto Tribunal de
Casación y Justicia[10].
Se confía en que los nuevos procedimientos evitarán que se repita este tipo de
problemas. Recomendaciones La
Comisión se congratula de los pasos positivos dados desde el mes de julio, pero
considera que todavía queda mucho por hacer para llevar íntegramente a la
práctica sus recomendaciones. La entrada en funciones del nuevo Gobierno y del
nuevo Parlamento ofrece una excelente oportunidad para consolidar las medidas
adoptadas hasta ahora y afrontar las aún pendientes. La protección del Estado
de Derecho y la salvaguardia de la capacidad del poder judicial para tomar
decisiones sin interferencias, principios subyacentes en sus recomendaciones,
seguirán ocupando un lugar central en el planteamiento de la Comisión en el
futuro. Es
importante que se continúen respetando las competencias y decisiones del
Tribunal Constitucional y se siga garantizando el pleno cumplimiento de todos
los requisitos constitucionales a fin de asegurar el funcionamiento de una
democracia plural en Rumanía y reducir la polarización. También será importante
velar por que el proceso de reforma constitucional respete fielmente el Estado
de Derecho, la separación de poderes y la independencia y estabilidad judicial,
y lograr que ese proceso se base en el consenso más amplio posible. El
nuevo Gobierno ya ha señalado su compromiso con la independencia del poder
judicial y la supremacía del Estado de Derecho en el Acuerdo de Colaboración
Institucional suscrito entre el Presidente y el Primer Ministro. A fin de dar
seguimiento a ese compromiso se debe, en particular: ·
adoptar un conjunto claro de requisitos[11]
para que no sigan poniéndose en tela de juicio las decisiones judiciales y no
se ejerza presión sobre los magistrados ni se les desacredite, y garantizar una
ejecución efectiva de esos requisitos. El Consejo Superior de la Magistratura
debería ser invitado a pronunciarse sobre las disposiciones importantes; ·
revisar las normas vigentes para salvaguardar la
libertad y la pluralidad de los medios de comunicación, articulando, al mismo
tiempo, vías de recurso efectivas frente a la violación de los derechos
fundamentales de las personas y a las presiones injustificadas o las
intimidaciones ejercidas por los medios de comunicación contra la judicatura y
las instituciones de lucha contra la corrupción. Debe garantizarse la
independencia efectiva del Consejo Audiovisual Nacional, que tiene que
desempeñar su misión en toda su extensión mediante el establecimiento y
aplicación de un código de conducta en esta materia; ·
velar por que el nuevo Fiscal General y el nuevo
Fiscal Jefe de la DNA sean elegidos de entre un grupo suficientemente amplio de
candidatos cualificados al término de un proceso abierto y transparente y
cumplan los criterios establecidos en el Acuerdo de Colaboración Institucional,
en particular que tengan la experiencia profesional, la integridad y el
historial de lucha contra la corrupción imprescindibles. El visto bueno del
Consejo Superior de la Magistratura será un importante paso para garantizar la
confianza de la ciudadanía; ·
el nuevo Defensor del Pueblo deberá demostrar
una autoridad, integridad e independencia incontestables, así como un enfoque
no partidista; ·
tomar las medidas necesarias para garantizar la
dimisión de los ministros procesados por falta de integridad. Garantizar la
rápida aplicación de las normas constitucionales sobre el cese de ministros
imputados; ·
el Parlamento debe basarse en las nuevas normas
para adoptar unos procedimientos claros y objetivos con el fin de suspender a
los parlamentarios contra los que existan decisiones que demuestren su falta de
integridad o que hayan sido condenados por corrupción, así como fijar unos
plazos cortos para pronunciarse sobre las peticiones de levantamiento de la
inmunidad parlamentaria formuladas por la Fiscalía. El Parlamento debe dar una
justificación plenamente convincente si decide no permitir que la ley siga su
curso normal.
2. Reforma del sistema judicial, integridad, lucha
contra la corrupción
En esta sección se pasa
revista a los avances realizados a la luz de los criterios de referencia
establecidos en el MCV y en recomendaciones anteriores de la Comisión. Estas
siguen siendo válidas y se evaluarán en el próximo informe.
Reforma
del sistema judicial La
primera recomendación del Informe de julio sobre la reforma del sistema judicial
hacia referencia a la aplicación de cuatro códigos jurídicos[12].
El plan para la aplicación de esta reforma clave sigue siendo incierto. La
entrada en vigor del Código de Procedimiento Civil sigue estando prevista para
febrero de 2013. La entrada en vigor del Código Penal y del Código de
Procedimiento Penal está prevista en principio para febrero de 2014. Es preciso
aclarar en mayor medida de qué manera se va a impedir que estas fechas se
retrasen aún más. Desde
el último Informe, el Ministerio de Justicia ha adoptado una estrategia
plurianual para la aplicación de los Códigos, que incluye el tema de los
recursos. Evaluar el posible impacto de la aplicación de los Códigos únicamente
después de su aprobación parlamentaria crea una incertidumbre extra; además una
evaluación total de su impacto en los aspectos relacionados con los recursos
humanos no está prevista hasta 2014[13].
Este proceso se complicará si el texto de los Códigos se retoca con frecuencia:
el objetivo global de garantizar la búsqueda de la justicia y de que esta sea
más rápida y efectiva no debe perderse de vista, por ejemplo a la hora de
presentar pruebas en los tribunales que conocen de asuntos de corrupción. La
segunda recomendación se refería a la presión de la carga de trabajo global
sobre el sistema judicial rumano y a la necesidad de reestructurar el sistema
de los tribunales de justicia y la Fiscalía, reequilibrando el personal y la
carga de trabajo. El Gobierno está intentando solucionar en su raíz algunas de
las causas concretas de una oleada de nuevos asuntos, mediante cambios en la
legislación[14].
Esos esfuerzos para reducir la carga de trabajo en los puntos de presión del
sistema puede ser más eficaz que intentar solucionar el problema aumentando el
número de jueces y fiscales – medida, esta última, que podría poner en peligro
las mejoras recientes en la calidad y formación de los profesionales que se han
incorporado a la profesión hace poco. La
última recomendación proponía la creación de un grupo de seguimiento
multisectorial de la reforma judicial. Esta recomendación reflejaba la
necesidad de alcanzar un consenso para reformar el sistema judicial. Desde el
Informe de julio, no se han producido avances en lo que atañe a un acercamiento
efectivo de los principales actores. Rendición
de cuentas del sistema judicial El
nuevo marco jurídico de la Inspección Judicial adoptado en 2011 ha redundado en
una mayor efectividad de la misma, con la adopción de 21 nuevas acciones
disciplinarias en sus primeros meses[15].
El Ministerio de Justicia ha dado su apoyo a la nueva Inspección a través de
una serie de medidas de índole práctica, incluido un edificio para su sede. Más
lecciones de carácter general aprendidas de casos concretos podrían tenerse en
cuenta en la política conjunta que la Comisión recomienda que desarrollen el
Consejo Superior de la Magistratura (CSM) y el Gobierno para impulsar la
asunción de responsabilidades y la integridad. Otro
elemento sumamente importante de la reputación y la credibilidad del sistema
judicial es el procedimiento seguido para el nombramiento de magistrados.
Parece que las nuevas normas para ascender al Alto Tribunal de Casación y
Justicia han inyectado nuevas dosis de rigor en el sistema: quizás sea más
importante mantener la calidad del procedimiento que corregir las carencias
percibidas, que puede que sean solo pasajeras. Coherencia
y efectividad de la acción judicial La
coherencia y la transparencia del proceso judicial inciden decisivamente en su
credibilidad y su eficacia. Desde el Informe de julio, el Alto Tribunal de
Casación y Justicia ha seguido adoptando medidas concretas para unificar la
jurisprudencia y mejorar su calidad, garantizando la transmisión de las
decisiones a los tribunales inferiores y mejorando el acceso en línea. La
transformación gradual del Alto Tribunal de Casación y Justicia en un auténtico
tribunal de casación, con menores responsabilidades en materia de recurso,
contribuiría asimismo a centrar la unificación de la jurisprudencia en las
cuestiones de Derecho. El procedimiento de recurso en interés de la ley está
contribuyendo a avanzar en esta dirección. Será importante garantizar que la
sobrecarga de trabajo generada por el nuevo procedimiento prejudicial no ponga
en peligro estos avances, mientras que el número actual de jueces en los salas
del Alto Tribunal de Casación y Justicia parece ofrecer un equilibrio idóneo. De cara
a la unificación de la jurisprudencia es importante actualizar el anticuado
sistema de TI. El actual sistema limita la posibilidad de que los jueces
conozcan sentencias paralelas. Existen dos proyectos en curso. Por un lado, el
Ministerio de Justicia pretende aplicar una estrategia para acceder de forma
sencilla y rápida a ECRIS (la principal base de datos judicial) y, por otro, el
CSM intenta mejorar el actual sistema «Jurindex» (un sistema alternativo).
Sería útil que ambas iniciativas progresaran en paralelo[16]. Efectividad
de la acción judicial El
enfoque del Alto Tribunal en relación con los asuntos de corrupción en las
altas esferas ha seguido caracterizándose por un satisfactorio grado de
proactividad en la gestión de los mismos. El Alto Tribunal de Casación y
Justicia señaló importantes avances en el manejo de los casos de corrupción en
las altas esferas, habiéndose reducido el número de los asuntos abiertos de 28
a 10, así como un incremento de los asuntos resueltos en primera instancia. En
los asuntos que concluyeron con la condena del acusado, el planteamiento
seguido en relación con las penas también continuó siendo más proporcionado y
coherente. El resultado de ello es que existe la percepción de que la justicia
desempeña su función disuasoria de manera más eficaz. La
efectividad también requiere que las leyes se apliquen de forma eficaz y justa
en todo el sistema. El Alto Tribunal de Casación y Justicia ha seguido
avanzando, adoptando normas y directrices para los tribunales inferiores. Durante
los últimos meses la Fiscalía, la Dirección General Anticorrupción y el Alto
Tribunal han proseguido su trabajo con profesionalidad e imparcialidad, en
ocasiones bajo una presión extrema. La capacidad de adaptación demostrada hasta
la fecha por estas instituciones refuerza la conclusión de que su trayectoria
en relación con los casos de corrupción en las altas esferas es una de los
signos más importantes de los avances de Rumania en el contexto del MCV. Es
esencial que este avance prosiga durante el mandato de las nuevas personas que
sean elegidas para dirigir estas instituciones y no se vea contrarrestado por
otras restricciones a la capacidad de las autoridades represivas para que se
haga justicia[17]. Integridad Desde
el último Informe, la Agencia Nacional de Integridad (ANI) ha seguido
engrosando su historial y aumentado su eficacia operativa[18].
La ANI ha puesto en marcha un ambicioso proyecto de TI con el fin de recopilar
datos sobre cargos electos y funcionarios, que permitirá contrastar sus datos
con los de otras bases, como la del Registro Mercantil o la de la Delegación de
Hacienda, para detectar conflictos de interés. No obstante, para trabajar a
pleno rendimiento serán necesarios, más recursos. Sigue
siendo fuente de gran preocupación el hecho de que las decisiones de la ANI
suelan ser puestas en tela de juicio. Y ello a pesar de que la ANI ha ganado
muchos de los recursos interpuestos contra sus decisiones en los tribunales.
Tanto la Agencia como el Consejo Nacional de Integridad (CNI) y su personal han
sufrido frecuentes ataques desde instancias políticas y medios de comunicación.
El Parlamento no ha aplicado los informes de la ANI, a pesar, incluso, de estar
respaldados por decisiones firmes de los tribunales (véase lo expuesto
anteriormente). En noviembre de 2012 la ANI emitió cuatro informes de
incompatibilidad contra ministros y altos funcionarios. Los cuatro fueron
recurridos en los tribunales y ninguna de las personas afectadas dimitió de su
cargo por este motivo[19].
Esto unido a las repetidas insinuaciones que apuntan a una modificación del
marco jurídico de la ANI, provoca una incertidumbre que mina la capacidad de
Rumanía para demostrar que cuenta con un sólido marco de integridad. Lucha
contra la corrupción La DNA
ha seguido investigando y destapando casos de corrupción. El número de condenas
firmes dictadas sobre la base de las inculpaciones realizadas por la DNA se
duplicó en 2012 en comparación con el año anterior. Los casos de corrupción han
afectado a políticos de todos los principales partidos. También se ha producido
un aumento constante de los autos de procesamiento y de las condenas por casos
de fraude contra los intereses de la UE investigados por la DNA. Esto puede
servir de ejemplo a la Fiscalía en su conjunto, en cuyo seno existen signos de
amplias discrepancias en los resultados de unas fiscalías territoriales a
otras. El MCV
también exige que se combata denodadamente la corrupción a todos los niveles de
la sociedad rumana. Las encuestan muestran una y otra vez la gran preocupación
de la ciudadanía por la práctica extendida de la corrupción[20].
En este contexto, el Informe de julio acogía favorablemente la Estrategia
Nacional Anticorrupción (ENA). Algunos ministerios han dado pasos importantes y
la participación de las autoridades locales parece avanzar[21].
El Ministerio de Justicia ha creado algunas estructuras para coadyuvar a la
realización de este trabajo, estructuras que, al parecer, están logrando que el
proceso avance a pesar de su escaso número. Las misiones sobre el terreno y la
búsqueda de las mejores prácticas ponen de manifiesto un esperanzador grado de
proactividad. Es importante garantizar que se dispone de los recursos adecuados
para una aplicación sin problemas de la Estrategia. Además de esto, los fondos
de la UE están financiando algunos proyectos de lucha contra la corrupción
puestos en marcha por los Ministerios de Educación, Sanidad y Desarrollo
Regional y Administración Pública. La ejecución de estos proyectos avanza y se
esperan sus resultados. Otro
elemento importante es la persecución del blanqueo de dinero y la incautación y
decomiso del dinero blanqueado. En 2012 se estableció el nuevo marco jurídico
del decomiso ampliado, pero todavía es demasiado pronto para valorar su
eficacia. Por lo que respecta al blanqueo de dinero como delito específico, un
importante caso se está juzgando en el Alto Tribunal de Casación y Justicia. El
Organismo de Recuperación de Activos ha tramitado un mayor número de
peticiones, habiendo crecido especialmente las cursadas por las autoridades
rumanas. En la actualidad no existen estadísticas exhaustivas sobre el importe
exacto de los bienes incautados, pero las estimaciones apuntan a que es bajo.
Tampoco se dispone de estadísticas exhaustivas sobre las cantidades realmente
recuperadas a raíz de las resoluciones de decomiso. Por
último, los avances parecen muy limitados en lo que atañe a la prevención y
castigo de la corrupción relacionada con los contratos públicos. Los avances
realizados en la lucha contra la corrupción en las altas esferas no se han
visto acompañados por resultados similares en el sector de la contratación
pública. Al parecer los casos requieren mucho tiempo, en parte debido a la necesidad
de contar con un asesoramiento financiero específico en relación con el
problema particular de los contratos celebrados con anterioridad a la
resolución judicial sobre el delito. Las penas para los funcionarios
involucrados en casos de contratos públicos fraudulentos siguen siendo muy
leves y la ley no prevé una eventual resolución de esos contratos por el hecho
de que exista un conflicto de interés con los contratos ya ejecutados. Existen
asimismo serias dudas sobre la eficacia de la intervención de la Fiscalía en
estos casos[22].
Parece que algunas propuestas recientes ponen en tela de juicio la base
institucional independiente y estable esencial para poder avanzar realmente. Un
enfoque más sistemático de los controles previos, función que por lógica correspondería
a la ANI (con nuevos recursos), que además garantice una ejecución uniforme y
sistemática, sería una forma eficaz de avanzar.
3. Conclusión
La
presente evaluación pone de manifiesto que Rumanía ha puesto parcialmente en
práctica las recomendaciones de la Comisión dirigidas a restablecer el Estado
de Derecho y la independencia del poder judicial. Si bien es cierto que se han
respetado la Constitución y el papel y las decisiones del Tribunal
Constitucional, los compromisos relativos a la protección del poder judicial
frente a los ataques dirigidos contra él, la destitución de los ministros
condenados por falta de integridad y la dimisión de los parlamentarios sobre
los que pesan decisiones de incompatibilidad y conflicto de intereses, o
sentencias firmes por corrupción de alto nivel, no se han aplicado
íntegramente. Al mismo tiempo sigue pendiente el nombramiento de las nuevas
personas al frente de la Fiscalía y de la DNA. La
Comisión considera que la elección de un nuevo Parlamento y la constitución de
un nuevo Gobierno ofrecen la oportunidad de cumplir en su totalidad y
rápidamente estas recomendaciones, e insta al nuevo Gobierno a adoptar las
medidas necesarias. La
Comisión señala asimismo la necesidad de acelerar los avances en lo tocante a
sus recomendaciones sobre la reforma del poder judicial, la integridad y la
lucha contra la corrupción. La Comisión supervisará detenidamente, y en
continuo diálogo con las autoridades rumanas, los avances realizados y emitirá
un informe sobre el proceso de reforma a finales de 2013. [1] COM(2012)410
final. Su análisis y recomendaciones fueron refrendadas en las conclusiones
adoptadas por el Consejo de Asuntos Generales celebrado en septiembre. [2] Cartas de 16 y 17 de julio de
2012 [3] El Decreto de Urgencia 38/2012
no ha sido derogado oficialmente. Sin embargo, las resoluciones del Tribunal
Constitucional nº 727, de 9 de julio de 2012, y nº 738, de 19 de septiembre de
2012, lo declararon inconstitucional. El Decreto de Urgencia 38/2012 debe ser
derogado formalmente para dar fiel cumplimiento a la resolución del Tribunal
Constitucional. [4] Resolución nº 6 del Tribunal
Constitucional de 21 de agosto de 2012. Seguida por la aprobación por el
Senado, el 19 de septiembre de 2012, de la Ley por la que se modificaba el
Decreto de Urgencia nº 41 que modificaba a su vez la Ley nº 3/2000 sobre la
Organización de un Referéndum. [5] La Comisión de Venecia consideró
que debía abordarse la cuestión del excesivo uso por parte del Gobierno de los
decretos de urgencia : http://www.venice.coe.int/webforms/documents/CDL-AD(2012)026-e.aspx [6] Por ejemplo, las acusaciones de
haber sufrido presiones e intimidaciones formuladas por jueces del Tribunal
Constitucional sobre las que se ha llamado la atención de la Comisión. Carta
del Presidente Barroso al Primer Ministro rumano, Victor Ponta, de 10 de agosto
de 2012: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-12-621_en.htm [7] Algunos de los cambios se
introdujeron a raíz de los debates celebrados tanto con la Comisión Europea
como con el Consejo Superior de la Magistratura. [8] Los informes de la ANI surten
efectos directos salvo que se contesten en los tribunales en un plazo de 15
días. Cabe asimismo señalar que solo un 5 % aproximadamente de las
impugnaciones de los informes de la ANI prosperan en los tribunales. [9] Ninguna de estas cuatro personas
forman parte del nuevo Gobierno. [10] El Tribunal Constitucional
dirimió un litigio entre el poder judicial y el Senado a propósito de una
decisión del Alto Tribunal de Casación y Justicia que confirmó la incompatibilidad
de un senador (Sentencia del Tribunal Constitucional nº 972 de 21 de noviembre
de 2012). La sentencia del Tribunal todavía no se había ejecutado al finalizar
la legislatura. [11] Por ejemplo, un código de
conducta. [12] Los nuevos Códigos Civil y Penal
y sus respectivos Códigos de Procedimiento se adoptaron en 2009 y 2010, pero
hasta la fecha solo ha entrado en vigor el Código Civil. Existe incertidumbre
acerca de cuándo lo harán los otros tres Códigos, si bien las autoridades han
confirmado recientemente que el Código de Procedimiento Civil entrará en vigor
el 1 de febrero de 2013. [13] El Informe MCV de julio de 2012
señalaba la necesidad de distinguir el impacto de los Códigos en los recursos
de otras cuestiones más generales relacionadas con la carga de trabajo de la
judicatura. [14] Por ejemplo, sustituir el
procedimiento judicial por un procedimiento administrativo cuando se trate de
cuestiones relacionadas con los impuestos que deben abonarse al matricular por
primera vez un automóvil – medida que podría ahorrar a los tribunales unos
100 000 expedientes. [15] Un caso especialmente importante
del pasado verano se saldó con la suspensión, durante todo el tiempo de la
investigación, de un fiscal que es miembro del Consejo Superior de la
Magistratura. [16] El Ministerio de Justicia ha
puesto asimismo en marcha un proyecto a medio plazo para ayudar a codificar la
legislación, con posibles cambios para acelerar el proceso de actualización. [17] Por ejemplo, se ha sugerido
recientemente que las pruebas reunidas por los servicios con funciones
coercitivas al investigar otros delitos no puedan utilizarse en los juicios por
corrupción. [18] También contribuye el que la
impugnación por la ANI de una decisión de la Comisión de Investigación de la
Riqueza haya sido admitida por los tribunales. [19] Los tres ministros involucrados
impugnaron los informes. Otro funcionario de alto rango dimitió por otros
motivos (y también impugnó). [20] Cf. Eurobarómetro n° 374 de
febrero de 2012, http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_374_en.pdf
y el Índice de Percepción de la Corrupción en 2012 elaborado por Transparencia
Internacional, http://www.transparency.org/cpi2012/results. [21] En enero de 2013, 1874 Ayuntamientos
y 20 Consejos comarcales se habían inscrito en la Secretaría de la ENA. [22] La supervisión de la legislación
sobre contratos públicos efectuada por la Comisión ha hecho emerger casos en
los que había sólidas pruebas de la comisión de actos ilegales y que la
Fiscalía, al parecer, no persiguió.