EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52012PC0729

Propuesta de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil

/* COM/2012/0729 final - 2012/0351 (NLE) */

52012PC0729

Propuesta de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil /* COM/2012/0729 final - 2012/0351 (NLE) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.           CONTEXTO DE LA PROPUESTA

El elevado y creciente desempleo juvenil tiene consecuencias dramáticas para nuestras economías, para nuestras sociedades y para los propios jóvenes.

La tasa de desempleo juvenil de la UE ha alcanzado un nivel elevado, del 22,7% (tercer trimestre de 2012), es decir, el doble de la tasa correspondiente a los adultos[1], y no parece que la tendencia vaya a invertirse. Unos cinco millones y medio de jóvenes están en paro y más de siete millones y medio de personas menores de veinticinco años ni tienen trabajo ni estudian ni siguen ninguna formación (los llamados «ninis»).

Pero, más allá de los efectos inmediatos de la crisis, incluso con tasas menores, el desempleo y la inactividad de los jóvenes resultan caros y nocivos para la sociedad. Son caros en cuanto a las prestaciones que deben abonarse y en cuanto a los ingresos y los impuestos no percibidos, pero también lo son de cara al futuro, pues dejan una serie de «cicatrices» que tienen repercusiones negativas a largo plazo en los futuros niveles de ingresos, el riesgo futuro de desempleo, el estado de salud, el bienestar y las reservas para pensiones. Europa no puede permitirse echar a perder su talento y su futuro.

Ya antes de la crisis se había señalado la necesidad de actuar y de ayudar a los jóvenes en la transición de los estudios al trabajo. En 2005, el Consejo acordó, en el contexto de las directrices para las políticas de empleo (2005-2008), que las políticas deberían garantizar que se ofreciera «a cada desempleado una nueva oportunidad antes de que alcance seis meses de paro en el caso de los jóvenes». En 2008, el Consejo redujo ese plazo a no más de cuatro meses para los jóvenes tras acabar los estudios.

Puesto que en 2010 aún no había tenido lugar la implementación de una medida de ese tipo en toda la UE, tanto el Parlamento Europeo como el Foro Europeo de la Juventud abogaron firmemente por el establecimiento de garantías juveniles a escala de la UE.

En el marco de la Estrategia Europa 2020 y de su iniciativa emblemática «Juventud en Movimiento», la Comisión hizo un llamamiento especial a los Estados miembros para que se asegurasen de que todos los jóvenes ocuparan un puesto de trabajo o una plaza de educación complementaria, o participaran en alguna medida de activación, en un plazo de cuatro meses tras acabar los estudios, y para que hicieran de ello una «Garantía Juvenil».

En 2011 y 2012 volvieron a hacer llamamientos en este sentido sobre todo el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y el Foro Europeo de la Juventud, pero sin mucho éxito en la práctica.

En el paquete sobre empleo de abril de 2012, la Comisión anunció que propondría una recomendación del Consejo sobre garantías juveniles hacia finales de año.

El 29 de junio de 2012, el Consejo Europeo instó a los Estados miembros a que aumentaran sus esfuerzos por incrementar el empleo juvenil, «con el objetivo de que, en el plazo de pocos meses tras acabar sus estudios, los jóvenes reciban una buena oferta de empleo, formación permanente, un período de prácticas o de aprendizaje». También concluía que estas medidas pueden recibir apoyo del Fondo Social Europeo y que los Estados miembros deben aprovechar las posibilidades de financiación de las subvenciones a la contratación temporal con cargo a dicho Fondo.

En el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013[2], la Comisión hizo hincapié en que los Estados miembros deben facilitar a los jóvenes la transición de los estudios al trabajo y desarrollar e implementar sistemas de Garantía Juvenil en virtud de los cuales toda persona menor de veinticinco años reciba una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas en un plazo de cuatro meses tras acabar la educación formal o quedar desempleada. Estos sistemas pueden ser cofinanciados por el Fondo Social Europeo.

La Comisión presenta una propuesta de Recomendación del Consejo para garantizar que los jóvenes reciban una buena oferta de empleo, educación complementaria o formación en un plazo de cuatro meses tras quedar desempleados o acabar la educación formal. Esta propuesta expone igualmente la manera de establecer un sistema de Garantía Juvenil. La propuesta ofrece directrices sobre la base de seis ejes: establecer asociaciones sólidas con todas las partes interesadas; garantizar una intervención y una activación tempranas para evitar que los jóvenes se conviertan en ninis; adoptar medidas de apoyo que faciliten la integración laboral; hacer para ello un uso pleno de la financiación de la UE; evaluar y mejorar continuamente los sistemas de Garantía Juvenil; y poner en práctica los sistemas con rapidez. Asimismo, la propuesta esboza la manera en que la Comisión apoyará las medidas de los Estados miembros: el marco de financiación de la UE; el intercambio de buenas prácticas entre Estados miembros; el seguimiento de las medidas adoptadas por los Estados miembros en el ejercicio del Semestre Europeo; y el apoyo a las actividades de concienciación.

La propuesta viene acompañada de un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que ofrece más detalles sobre lo que constituye una Garantía Juvenil, aborda cuestiones sobre los costes y beneficios de tales sistemas y describe uno por uno los ingredientes necesarios para que la Garantía Juvenil tenga éxito. Además, en su anexo presenta las políticas en apoyo del empleo juvenil que ya se aplican en los veintisiete Estados miembros y Croacia, exponiendo los diversos puntos de partida de estos países hacia la plena madurez de los sistemas de Garantía Juvenil.

2.           RESULTADOS DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO

La Presidencia danesa organizó un taller sobre las maneras de cumplir la Garantía Juvenil, en el marco de la reunión informal de los ministros de empleo y asuntos sociales celebrada los días 24 y 25 de abril de 2012 en Horsens. En esa reunión se hizo hincapié en que las políticas de educación y formación deberían unirse a las de empleo; en que los esfuerzos deberían concentrarse en los grupos problemáticos, es decir, aquellas personas que carecen de cualificaciones o títulos; y en que los planteamientos deberían adaptarse a los contextos nacionales y a los intereses individuales específicos. Por último, se subrayó que las autoridades públicas tienen efectivamente que apoyar a los jóvenes, en particular a los más vulnerables, pero que también los jóvenes deben comprometerse con el proceso y aceptar obligaciones y responsabilidades. Se hizo referencia al Fondo Social Europeo como posible fuente de financiación, sobre todo ante la necesidad de aplicar medidas de austeridad y consolidación fiscal.

La edición de 2012, iniciada en enero, del cuestionario anual que se envía a la Red de Servicios Públicos de Empleo para indagar sobre su capacidad de ajuste a la crisis incluía un módulo dedicado a las acciones encaminadas a abordar el desempleo juvenil. Sus respuestas se han tenido en cuenta al redactar el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la presente propuesta.

En junio de 2012, en el contexto de la reunión de jefes de los servicios públicos de empleo celebrada bajo la Presidencia danesa, se pidió a los miembros de esta red que informaran de los progresos hechos desde enero de 2012 en relación específicamente con los jóvenes.

Como seguimiento del paquete sobre empleo, los días 19 y 20 de junio de 2012 se discutió con los interlocutores sociales la posibilidad de una iniciativa sobre la Garantía Juvenil.

En la conferencia Jobs for Europe (Puestos de trabajo para Europa)[3], que se celebró los días 6 y 7 de septiembre de 2012 en Bruselas y contó con la asistencia de todas las partes interesadas pertinentes, en especial los interlocutores sociales y las organizaciones juveniles, una gran mayoría de los ponentes se mostraron a favor del establecimiento de una Garantía Juvenil en toda la UE, reconociendo que es preciso ofrecer a los jóvenes un comienzo adecuado en la vida, sobre todo en estos tiempos tan difíciles.

En septiembre de 2012 se reunieron representantes del Foro Europeo de la Juventud y de organizaciones intersectoriales de interlocutores sociales.

La iniciativa de Garantía Juvenil volvió a debatirse con los interlocutores sociales en el seno del Comité de Diálogo Social el 23 de octubre de 2012.

3.           ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA

Base jurídica: Con respecto a una propuesta sobre la Garantía Juvenil, con las políticas de empleo (título IX del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea [TFUE]) como centro de gravedad, el artículo 292 del TFUE constituye una base jurídica apropiada para la adopción de una recomendación. La competencia de la Unión con respecto a las políticas de empleo está definida en el título IX del TFUE, que no dispone una base jurídica concreta para la adopción de una recomendación. En particular, el artículo 149 del TFUE solo prevé «medidas de fomento para alentar la cooperación entre los Estados miembros y apoyar la actuación de estos últimos en el ámbito del empleo, a través de iniciativas destinadas a desarrollar los intercambios de información y buenas prácticas», que no son objeto de la presente Recomendación.

Subsidiariedad y proporcionalidad: La Comisión y los Estados miembros están muy preocupados por la actual situación del mercado de trabajo para los jóvenes y por su deterioro persistente. Los niveles dramáticos de desempleo juvenil afectan al conjunto de Europa: sus costes son elevados ahora y de cara al futuro. El ahorro que permite la Garantía Juvenil va más allá del puro ahorro que se obtiene en gastos de protección social. Si se evitara el desempleo y el deterioro de las aptitudes se obtendrían beneficios a más largo plazo para los jóvenes y para la economía, merced a un menor desempleo durante el ciclo de vida, a unos mayores ingresos (y, por ende, unos mayores ingresos fiscales y unas mayores cotizaciones a la seguridad social) y a un menor número de problemas sociales y sanitarios[4].

Ante la falta de seguimiento que han tenido varios llamamientos políticos tanto del Consejo como del Parlamento Europeo para el establecimiento de sistemas de Garantía Juvenil, es preciso ahora publicar la presente Recomendación dirigida a los Estados miembros. De hecho, hasta ahora muy pocos Estados miembros han adoptado medidas encaminadas a la puesta en práctica de un sistema global de Garantía Juvenil.

La existencia de unas directrices a nivel de la UE sobre herramientas que ayuden a la aplicación efectiva de un sistema de Garantía Juvenil permitirá a los Estados miembros hacer el mejor uso posible de los fondos de cohesión, en particular del Fondo Social Europeo, a fin de abordar el desempleo y la inactividad de los jóvenes.

En la propuesta se reconoce que las diferentes situaciones de cada Estado miembro (o a nivel regional o local) pueden dar lugar a maneras distintas de establecer y poner en práctica el sistema.

4.           REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

No aplicable

5.           ELEMENTOS FACULTATIVOS

No aplicable

2012/0351 (NLE)

Propuesta de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 292,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       Si se invierte ahora en el capital humano que constituyen los jóvenes europeos se obtendrán beneficios a largo plazo y se contribuirá a la consecución de un crecimiento económico sostenible e inclusivo. Europa podrá recoger todos los frutos que da una mano de obra activa, innovadora y capacitada y, al mismo tiempo, evitará los elevadísimos costes que acarrea el hecho de que haya jóvenes que ni trabajan ni estudian ni siguen ninguna formación («ninis»), costes que representan actualmente un 1,2 % del PIB[5].

(2)       La crisis ha golpeado con especial fuerza a los jóvenes. Los jóvenes son vulnerables debido a los períodos transitorios que atraviesan en su vida, a su falta de experiencia profesional, a su en ocasiones inadecuada educación o formación, a su con frecuencia limitada cobertura de protección social, al acceso restringido que tienen a los recursos financieros y a sus condiciones laborales precarias. Las mujeres jóvenes tienen más probabilidades de verse afectadas por los salarios bajos y el empleo precario, mientras que los jóvenes con hijos, principalmente las madres, carecen de medidas adecuadas para equilibrar su vida laboral y familiar. Por otro lado, algunos jóvenes se ven especialmente desfavorecidos o corren un riesgo particular de discriminación. Por tanto, es preciso adoptar medidas de apoyo adecuadas.

(3)       Hay siete millones y medio de ninis en toda Europa, lo que representa un 12,9 % de los jóvenes europeos (personas de quince a veinticuatro años). Muchos no tienen más que la educación secundaria inferior, han abandonado prematuramente los estudios y la formación y son con frecuencia inmigrantes o proceden de entornos desfavorecidos. El término «nini» abarca varios subgrupos de jóvenes con necesidades diversas.

(4)       El 30,1 % de las personas en paro menores de veinticinco años llevan más de doce meses sin trabajo. Además, un número creciente de jóvenes no busca empleo de forma activa, lo que puede dejarlos sin apoyo estructural para reincorporarse al mercado laboral. Los estudios demuestran que el desempleo juvenil puede dejar cicatrices permanentes, como un riesgo más elevado de desempleo en el futuro, unos futuros niveles de ingresos más bajos, la pérdida de capital humano, la transmisión intergeneracional de la pobreza o la menor motivación para fundar una familia, lo que contribuye a unas tendencias demográficas negativas.

(5)       El término «Garantía Juvenil» se refiere aquí al hecho de que los jóvenes reciban una buena oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas en un plazo de cuatro meses tras quedar desempleados o acabar la educación formal.

(6)       La Garantía Juvenil contribuye a la consecución de tres de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, a saber, que el 75 % de las personas de veinte a sesenta y cuatro años tengan empleo, que las personas que abandonan prematuramente los estudios representen menos del 10 % y que se rescate a por lo menos veinte millones de personas de la pobreza y la exclusión social.

(7)       Las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros[6], en particular la orientación nº 7 y la orientación nº 8, hacen un llamamiento a los Estados miembros para que promuevan la integración de los jóvenes en el mercado laboral y les ayuden, sobre todo a los ninis, en colaboración con los interlocutores sociales, a encontrar un primer empleo o una experiencia de trabajo, o bien oportunidades de educación complementaria o de formación, incluida la formación de aprendices, y para que intervengan con rapidez cuando una persona joven se quede en paro.

(8)       Ya en 2005, el Consejo acordó, en el contexto de las directrices para las políticas de empleo[7] (2005-2008), que se ofreciera «a cada desempleado una nueva oportunidad antes de que alcance seis meses de paro en el caso de los jóvenes». En 2008[8], el Consejo redujo ese plazo a no más de cuatro meses para los jóvenes que acabaran los estudios.

(9)       En su Resolución de 2010 sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz[9], el Parlamento Europeo hacía un llamamiento a la Comisión Europea, a los Estados miembros, a los interlocutores sociales y a otras partes interesadas para que apoyaran las políticas nacionales del mercado de trabajo, de educación y de formación por medio de una Garantía Juvenil. Se garantizaría así el derecho de cada joven de la UE a recibir una oferta de trabajo, de formación de aprendiz o de formación adicional, o de un período combinado de trabajo y formación, tras un máximo de cuatro meses de desempleo.

(10)     En su Comunicación de 2010 «Juventud en Movimiento», la Comisión animaba a los Estados miembros a que introdujeran garantías juveniles, si bien la implementación de estas ha sido hasta ahora muy limitada. La presente Recomendación acentúa y reitera la necesidad de que los Estados miembros persigan ese objetivo, al tiempo que les ayuda con el diseño, la puesta en práctica y la evaluación de estos sistemas.

(11)     En las conclusiones del Consejo de junio de 2011 «Fomentar el empleo de los jóvenes para lograr los objetivos de Europa 2020», se invita a los Estados miembros a que actúen con rapidez ofreciendo educación complementaria, formación o reciclaje o medidas de activación para los jóvenes que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación, incluidos aquellos que abandonan la escuela prematuramente. Esto serviría para alcanzar el objetivo de reincorporar a estas personas a la educación, la formación o el mercado laboral en el plazo más breve posible, y de reducir el riesgo de pobreza, discriminación y exclusión social.

(12)     La Recomendación del Consejo de junio de 2011 relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro[10] se centraba en el diseño de políticas de base factual, exhaustivas e intersectoriales que incluyeran medidas para recuperar a las personas que hubieran abandonado los estudios y reforzar los lazos entre los sistemas de educación y formación y el sector laboral.

(13)     Al elaborar el presupuesto de 2012, el Parlamento Europeo apoyó este planteamiento y pidió a la Comisión que pusiera en marcha una acción preparatoria en apoyo del establecimiento de garantías juveniles en los Estados miembros.

(14)     En su paquete sobre empleo, que lleva como título «Hacia una recuperación generadora de empleo»[11], la Comisión pidió la movilización activa de los Estados miembros, los interlocutores sociales y otras partes interesadas para responder a los retos actuales de la UE en materia de empleo y, en particular, de desempleo juvenil. La Comisión hizo hincapié en el importante potencial de creación de empleo que tienen la economía verde, la atención sanitaria y social y los sectores de las TIC y, en esta línea, acompañó dicho documento de tres planes de acción para dar continuidad a las medidas. Posteriormente, la Comisión señaló seis ámbitos prioritarios prometedores para la innovación industrial, que ayudan en la transición a una economía baja en carbono y caracterizada por un uso eficiente de los recursos[12]. En el paquete sobre empleo, la Comisión subrayaba el importante papel que desempeñarían, también para los jóvenes, el fomento del espíritu emprendedor y una mayor disponibilidad de servicios de apoyo a la creación de empresas y de microfinanciación, así como el establecimiento de sistemas de conversión de las prestaciones de desempleo en subvenciones para la creación de empresas. Por otro lado, en el paquete se proponía utilizar subvenciones salariales, para impulsar las nuevas contrataciones netas, y reducir selectivamente la cuña fiscal (principalmente las cotizaciones de los empleadores a la seguridad social) para ayudar a incrementar el empleo, e igualmente se proponían reformas equilibradas de la legislación sobre protección del empleo que permitan a los jóvenes tener a acceso a empleos de calidad.

(15)     En mayo de 2012, el Parlamento Europeo[13] instó a los Estados miembros a que adoptaran medidas rápidas y concretas a nivel nacional, a fin de velar por que los jóvenes ocupen un puesto de trabajo o de educación, formación o reciclaje digno a los cuatro meses de acabar los estudios. El Parlamento destacó que el sistema de Garantía Juvenil tendría que ser jurídicamente ejecutable si se quiere que realmente mejore la situación de los jóvenes que ni trabajan ni estudian ni siguen ninguna formación y que solucione gradualmente el problema del desempleo juvenil en la UE.

(16)     El 29 de junio de 2012, el Consejo Europeo instó a que se renovaran los esfuerzos para incrementar el empleo juvenil, «con el objetivo de que, en el plazo de pocos meses tras acabar sus estudios, los jóvenes reciban una buena oferta de empleo, formación permanente, un período de prácticas o de aprendizaje». También concluía que estas medidas pueden recibir apoyo del Fondo Social Europeo y que los Estados miembros deben aprovechar las posibilidades de financiación de las subvenciones a la contratación temporal con cargo a dicho Fondo.

(17)     La Comunicación de la Comisión de 20 de noviembre de 2012 sobre «Un nuevo concepto de educación»[14] constituye la contribución de la UE a esta labor desde el punto de vista educativo. Profundiza en las cuestiones clave para la reforma y eficiencia de los sistemas de educación y formación: poner en consonancia las aptitudes impartidas con las necesidades actuales y futuras del mercado de trabajo; estimular vías de aprendizaje abiertas y flexibles; y promover un esfuerzo colaborativo entre todas las partes interesadas, incluida la financiación.

(18)     En el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013[15], la Comisión hizo hincapié en que los Estados miembros deben facilitar a los jóvenes la transición de los estudios al trabajo y desarrollar e implementar sistemas de Garantía Juvenil en virtud de los cuales toda persona menor de veinticinco años reciba una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas en un plazo de cuatro meses tras acabar la educación formal o quedar desempleada.

(19)     La Garantía Juvenil debe ponerse en práctica por medio de un sistema consistente en medidas de apoyo y debe ajustarse conforme a las circunstancias nacionales, regionales y locales. Estas medidas se basan en seis ejes: adopción de enfoques basados en el asociamiento; intervención y activación tempranas; medidas de apoyo que faciliten la integración laboral; uso de los Fondos Estructurales de la UE; evaluación y mejora continua del sistema; y puesta en práctica rápida. Como tales, van dirigidas a impedir el abandono prematuro de los estudios, fomentar la empleabilidad y eliminar los obstáculos de orden práctico al empleo. Pueden recibir apoyo de los Fondos Estructurales de la UE y han de ser sometidas a seguimiento y mejora de manera continua.

(20)     La coordinación y el asociamiento eficaces en todos los ámbitos de actuación (empleo, educación, juventud, asuntos sociales, etc.) resultan cruciales para fomentar unas oportunidades de empleo y unos períodos de formación de aprendices y de prácticas de calidad.

(21)     Los sistemas de Garantía Juvenil han de tener en cuenta la diversidad y los diferentes puntos de partida de los Estados miembros en cuanto a niveles de desempleo juvenil, situación institucional y capacidad de los diversos agentes del mercado de trabajo. También deben tener presentes las distintas situaciones en relación con los presupuestos públicos y con las restricciones financieras en cuanto a asignación de recursos[16]. En el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013, la Comisión señala que, cuando sea posible, deben priorizarse y reforzarse las inversiones en educación, velando por la eficiencia de tales inversiones. También conviene prestar una atención particular al mantenimiento o aumento de la cobertura y la eficacia de los servicios de empleo y las políticas activas del mercado de trabajo, como son la formación para las personas sin empleo y los sistemas de Garantía Juvenil. El establecimiento de estos sistemas tiene un sentido a largo plazo, pero también hace falta una respuesta a corto plazo para contrarrestar los efectos dramáticos de la crisis económica en el mercado de trabajo.  

RECOMIENDA QUE LOS ESTADOS MIEMBROS:           

1)           Velen por que todos los jóvenes de hasta veinticinco años reciban una buena oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o período de prácticas en un plazo de cuatro meses tras quedar desempleados o acabar la educación formal.

Al diseñar ese sistema de Garantía Juvenil, los Estados miembros deben tener presentes cuestiones de carácter general como el hecho de que los jóvenes no constituyen un grupo homogéneo con entornos sociales similares, así como el principio de obligatoriedad mutua y la necesidad de abordar el riesgo de los ciclos de inactividad.

Los sistemas de Garantía Juvenil se basarán en las directrices que se exponen a continuación, de acuerdo con las circunstancias nacionales, regionales y locales y atendiendo al género y a la diversidad de los jóvenes destinatarios.

Adopción de enfoques basados en la asociación

2)           Determinen cuál será la autoridad pública encargada de establecer y gestionar el sistema de Garantía Juvenil y de coordinar las asociaciones en todos los niveles y sectores.

3)           Se aseguren de que todos los jóvenes estén plenamente informados de los servicios y el apoyo disponibles, reforzando la cooperación entre los servicios de empleo, los proveedores de orientación profesional, los centros de educación y formación y los servicios de apoyo a la juventud, y aprovechando al máximo todos los canales de información pertinentes.

4)           Potencien las asociaciones entre los empleadores y los agentes pertinentes del mercado de trabajo (servicios de empleo, diversos niveles de la administración, sindicatos y servicios dirigidos a la juventud) a fin de fomentar las oportunidades de empleo, de formación de aprendices y de prácticas para los jóvenes.

5)           Desarrollen entre los servicios de empleo públicos y privados, los servicios de orientación profesional y otros servicios especializados en la juventud (ONG, centros y asociaciones juveniles) asociaciones que ayuden a facilitar la transición del desempleo, la inactividad o la educación a la vida laboral.

6)           Velen por que los interlocutores sociales a todos los niveles participen activamente en el diseño y la aplicación de las políticas dirigidas a los jóvenes; y promuevan sinergias dentro de sus iniciativas para establecer sistemas de formación de aprendices y de prácticas.

7)           Velen por que los representantes de los jóvenes o de las organizaciones juveniles participen en el diseño y la aplicación del sistema de Garantía Juvenil a fin de adaptar los servicios a las necesidades de los beneficiarios, y para que actúen como multiplicadores en las actividades de concienciación.

Intervención y activación tempranas

8)           Diseñen estrategias eficaces para llegar a los jóvenes, con vistas a su captación y registro en los servicios de empleo, centrándose en los jóvenes vulnerables con múltiples obstáculos (exclusión social, pobreza, discriminación, etc.) y en los ninis, y teniendo en cuenta sus antecedentes diversos (condicionados, en particular, por la pobreza, la discapacidad, el bajo nivel de estudios o la pertenencia a una minoría étnica o a la población inmigrante).

9)           Ofrezcan un mejor apoyo a los jóvenes y aborden la posible falta de concienciación acerca de las ofertas existentes, y consideren la posibilidad de establecer «puntos focales», es decir, organizaciones que aseguren la coordinación entre todas las instituciones y organizaciones afectadas, y en particular con la autoridad pública responsable de la gestión del sistema de Garantía Juvenil, de manera que pueda compartirse información sobre los jóvenes que acaben la escuela, en especial aquellos que corran el riesgo de no encontrar un puesto de trabajo ni realizar una actividad de educación complementaria.

10)         Permitan a los servicios de empleo, junto con otros socios de apoyo a los jóvenes, ofrecer una orientación personalizada y planes de actuación individuales, incluidos sistemas de apoyo individuales hechos a la medida, basándose en el principio de obligatoriedad mutua en una fase temprana.

Medidas de apoyo para la integración en el mercado de trabajo

Mejora de las aptitudes

11)         Ofrezcan a los jóvenes que abandonen prematuramente los estudios y a los poco cualificados vías para reincorporarse a la educación y la formación o programas educativos de segunda oportunidad que les proporcionen unos entornos de aprendizaje que respondan a sus necesidades específicas y les permitan conseguir la cualificación que no obtuvieron.

12)         Se aseguren de que toda acción emprendida en el contexto de un sistema de Garantía Juvenil con el fin de mejorar las aptitudes y las competencias ayude a remediar los desajustes existentes y a cubrir las necesidades de mano de obra de los servicios, particularmente en relación con los sectores de la economía verde, las TIC y la asistencia sanitaria.

13)         Velen por que los esfuerzos por mejorar las aptitudes y las competencias incluyan las capacidades en TIC o digitales; y eleven la categoría de los conocimientos y las competencias profesionales garantizando que los planes de estudios y las certificaciones en TIC sean conformes con las normas e internacionalmente comparables.

14)         Animen a los centros escolares (de primaria y de secundaria), incluidos los centros de formación profesional, y a los servicios de empleo a promover y proporcionar a los jóvenes una orientación continua sobre el emprendimiento y el trabajo por cuenta propia, incluso con cursos sobre emprendimiento.

15)         Garanticen la validación de las aptitudes, los conocimientos y las competencias adquiridos a través de experiencias de aprendizaje no formal e informal, aceptándolos y reconociendo que aumentan las oportunidades de los demandantes de empleo en el mercado de trabajo.

Medidas relacionadas con el mercado de trabajo

16)         Reduzcan los costes laborales no salariales para aumentar las perspectivas de contratación de los jóvenes.

17)         Utilicen subvenciones salariales y a la contratación específicas y bien diseñadas que animen a los empleadores a crear nuevas oportunidades para los jóvenes, por ejemplo un puesto de aprendiz o de prácticas o una colocación, en particular para los que se encuentran más alejados del mercado laboral, en consonancia con las normas aplicables sobre ayudas estatales.

18)         Promuevan la movilidad de la mano de obra dando a conocer a los jóvenes las ofertas de trabajo y los períodos de prácticas y de formación de aprendices, así como el apoyo disponible en distintas zonas, regiones y países, por ejemplo a través de servicios y sistemas, como EURES, que animen a la movilidad y el trabajo dentro de la UE; y velen por que los jóvenes que encuentren trabajo en otra zona u otro Estado miembro dispongan del apoyo adecuado para adaptarse a su nuevo entorno.

19)         Pongan a disposición más servicios de apoyo a la creación de empresas, en especial con una cooperación más estrecha entre los servicios de empleo, las entidades de apoyo a las empresas y los proveedores de (micro)financiación.

20)         Mejoren los mecanismos de apoyo a los jóvenes que abandonen los programas de activación y dejen de percibir prestaciones.

Uso de los Fondos Estructurales de la UE

21)         Hagan un uso pleno y óptimo de los instrumentos de financiación de la política de cohesión en el próximo período 2014-2020 para apoyar el establecimiento de sistemas de Garantía Juvenil; para ello, velen por que se dé la prioridad necesaria y se asignen los recursos correspondientes a la concepción e implementación de las medidas expuestas, incluidas las posibilidades de financiación de subvenciones específicas a la contratación con cargo al Fondo Social Europeo; y utilicen también al máximo la financiación aún disponible del período de programación 2007-2013.

22)         En el contexto de la preparación para el período 2014-2020, presten la atención necesaria en el Acuerdo de Asociación a los objetivos específicos que guarden relación con la implementación de los sistemas de Garantía Juvenil y describan en los programas operativos las acciones que vayan a apoyarse conforme a las prioridades de inversión pertinentes del Fondo Social Europeo, en particular las relativas a la integración sostenible de los jóvenes ninis en el mercado de trabajo y al apoyo a los emprendedores jóvenes y las empresas sociales, junto con su respectiva contribución a los objetivos específicos.

Evaluación y mejora continua de los sistemas

23)         Sometan a seguimiento y evaluación todas las acciones y programas de Garantía Juvenil, de modo que puedan diseñarse más políticas e intervenciones de base factual atendiendo a aquello que funciona, dónde funciona y por qué funciona, garantizando así el uso eficiente de los recursos y unos rendimientos positivos de la inversión; y tengan una visión de conjunto actualizada de la cantidad de financiación asignada al establecimiento y puesta en práctica de la Garantía Juvenil, en particular en el marco de programas operativos de la política de cohesión.

24)         Promuevan actividades de aprendizaje mutuo a escala nacional, regional y local entre todas las partes que participen en la lucha contra el desempleo juvenil, a fin de mejorar el diseño y los resultados de los futuros sistemas de Garantía Juvenil; y utilicen al máximo los resultados de los proyectos apoyados en el transcurso de la acción preparatoria sobre los sistemas de Garantía Juvenil.

25)         Refuercen las capacidades de todas las partes interesadas, en especial los servicios de empleo pertinentes, que participen en el diseño, la implementación y la evaluación de los sistemas de Garantía Juvenil, a fin de eliminar todo obstáculo interno y externo relacionado con la política y con la manera en que se desarrollen estos sistemas.

Implementación de los sistemas de Garantía Juvenil

26)         Implementen lo antes posible los sistemas de Garantía Juvenil y velen por que estén adecuadamente integrados en los futuros programas cofinanciados por la UE, preferiblemente desde el comienzo del Marco Financiero Plurianual de 2014-2020.

TOMA NOTA DE QUE LA COMISIÓN:     

Financiación

27)         De acuerdo con las prioridades de inversión pertinentes del Fondo Social Europeo para el período de programación 2014-2020, animará a los Estados miembros a que hagan el mejor uso posible de dicho Fondo para apoyar el establecimiento y la implementación de los sistemas de Garantía Juvenil como instrumento estratégico para combatir y prevenir el desempleo y la exclusión social de los jóvenes.

28)         Apoyará la labor de programación de los Fondos del Marco Estratégico Común de la UE (Fondo Social Europeo, Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Fondo de Cohesión, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca), en especial mediante el aprendizaje inter pares, las actividades en red y la asistencia técnica.

Buenas prácticas

29)         Hará pleno uso del nuevo Programa para el Cambio y la Innovación Sociales, a fin de reunir ejemplos de buenas prácticas en materia de sistemas de Garantía Juvenil a escala nacional, regional y local.

30)         Utilizará el Programa de Aprendizaje Mutuo de la Estrategia Europea de Empleo para animar a los Estados miembros a compartir experiencias e intercambiar buenas prácticas.

Seguimiento

31)         Continuará efectuando un seguimiento e informando regularmente de la evolución en cuanto al diseño, la implementación y los resultados de los sistemas de Garantía Juvenil como parte del programa anual de trabajo de la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo.

32)         Hará un seguimiento de la puesta en práctica de la Presente Recomendación y, a través del Comité de Empleo, establecerá una vigilancia multilateral de la implementación de los sistemas de Garantía Juvenil en el marco del Semestre Europeo, analizando el impacto de las políticas aplicadas y haciendo a los Estados miembros, cuando proceda, recomendaciones específicas por país.

Concienciación

33)         Apoyará las actividades de concienciación sobre el establecimiento de los sistemas de Garantía Juvenil en todos los Estados miembros, utilizando el Portal Europeo de Juventud y creando lazos, en particular, con sus campañas de información.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

[1]               Principales indicadores de población activa de Eurostat, conforme a datos trimestrales ajustados estacionalmente; se consideran jóvenes las personas menores de veinticinco años, y adultas las que superan esa edad.

[2]               COM(2012) 750, de 28 de noviembre de 2012.

[3]               Más información en:            http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=88&eventsId=641

[4]               En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión adjunto puede encontrarse más información sobre la relación coste-beneficio de la aplicación de sistemas de Garantía Juvenil.

[5]               Eurofound, 2012: NEETs – Young people not in employment, education or training: Characteristics, costs and policy responses in Europe (Ninis: Jóvenes que ni trabajan ni estudian ni siguen ninguna formación. Características, costes y medidas adoptadas en Europa), Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo.

[6]               Decisión 2010/707/UE del Consejo, DO L 308 de 24.11.2010, p. 46.

[7]               Decisión 2005/600/CE del Consejo, DO L 205 de 6.8.2005, p. 21.

[8]               Decisión 2008/618/CE del Consejo, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (2008-2010), DO L 198 de 26.7.2008, p. 47.

[9]               P7-TA(2010) 0262, de 6 de julio de 2010.

[10]             DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

[11]             COM(2012) 173, de 18 de abril de 2012.

[12]             COM(2012) 582, de 10 de octubre de 2012.

[13]             Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de mayo de 2012, sobre la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud (2012/2617[RSP]).

[14]             COM(2012) 669, de 20 de noviembre de 2012.

[15]             COM(2012) 750, de 28 de noviembre de 2012.

[16]             Los gastos correspondientes a la Garantía Juvenil no entran en la categoría de formación bruta de capital fijo en las cuentas nacionales.

Top