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Document 52012PC0395

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2011/009 NL/Gelderland, construcción 41, Países Bajos)

/* COM/2012/0395 final - 2012/ () */

52012PC0395

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2011/009 NL/Gelderland, construcción 41, Países Bajos) /* COM/2012/0395 final - 2012/ () */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con arrego al apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[1], se permite la intervención del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG), a través de un mecanismo de flexibilidad, hasta un máximo anual de 500 millones de euros, además de las partidas pertinentes del marco financiero.

Las normas aplicables a las contribuciones del FEAG se establecen en el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[2].

El 15 de diciembre de 2001, los Países Bajos presentaron la solicitud «EGF/2011/009 NL/Gelderland Construction 41», relativa a una contribución financiera del FEAG a raíz de un despido de trabajadores en cincuenta y cuatro empresas, cuya actividad corresponde a la división 41 («Construcción de edificios»)[3] de la NACE Rev. 2, en la región NUTS 2 de Gelderland (NL22), Países Bajos.

Tras un examen exhaustivo de la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, de que se cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera con arreglo a dicho Reglamento.

RESUMEN DE LA SOLICITUD Y ANÁLISIS

Datos clave: ||

Número de referencia del FEAG || EGF/2011/009

Estado miembro || Países Bajos

Artículo 2 || b)

Empresas afectadas || 54

Región NUTS 2 || Gelderland (NL22)

NACE Revisión 2 || división 41 («Construcción de edificios»)

Período de referencia || 1.2.2011 – 1.11.2011

Fecha de inicio de los servicios personalizados || 1.1.2012

Fecha de la solicitud || 15.12.2011

Despidos durante el período de referencia || 516

Trabajadores despedidos que previsiblemente participarán en las medidas || 435

Gastos destinados a servicios personalizados (EUR) || 4 281 000

Gastos de intervención del FEAG[4] (EUR) || 178 375

Gastos de intervención del FEAG (%) || 4,0

Presupuesto total (EUR) || 4 459 375

Contribución del FEAG (65 %) (EUR) || 2 898 594

1.           La solicitud fue presentada a la Comisión el 15 de diciembre de 2011 y se complementó con información adicional hasta el 11 de junio de 2012.

2.           La solicitud cumple las condiciones para recurrir al FEAG que establece el artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, y se presentó en el plazo de diez semanas contemplado en el artículo 5 de dicho Reglamento.

Relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales que se han producido en los patrones del comercio mundial a causa de la globalización o de la crisis financiera y económica mundial

3.           Para establecer la relación entre los despidos y la crisis económica y financiera mundial, los Países Bajos aducen que el sector de la construcción de este país, como en toda la Unión Europea, se ha visto gravemente afectado por la crisis. Se han reducido drásticamente los préstamos al sector de la construcción y a las personas y los precios de los materiales de construcción han aumentado, mientras que la demanda de nuevas viviendas ha disminuido debido al descenso de la confianza de los consumidores y la falta de liquidez.

4.           La Comisión reconoció, en su Plan de Recuperación Económica, que la industria de la construcción de la UE había visto caer su demanda en picado como consecuencia de la crisis. Los datos disponibles confirman el importante deterioro del sector de la construcción, que en la UE-27 se redujo durante ocho trimestres consecutivos (T1/2009 a T4/2010) en comparación con el mismo período del año anterior, debido principalmente a la reducción de la inversión privada en el sector residencial.

5.           De 2008 a 2010 se observó una marcada caída, del 12,9 %, en la industria de la construcción de los Países Bajos. Aunque en el primer trimestre de 2011 se observó una recuperación de un 9,3 %, en el segundo y tercer trimestres volvió la tendencia a la caída y las perspectivas para 2012 son negativas. El crecimiento económico del tercer trimestre de 2011 en comparación con el mismo periodo en 2010 en la provincia de Gelderland fue más atenuado que en el resto del país (0,6 % en Gelderland, frente al 1,1 % de los Países Bajos). Muchos indicadores económicos (volumen de negocios, empleo, inversiones) con resultados positivos en 2010 presentaron resultados negativos en 2011. El nivel de los precios de la vivienda en 2011 cayó otro 3,6 % en comparación con 2010 y alcanzó el nivel de 2005; este hecho tuvo un impacto negativo en el sector de la construcción.

6.           La crisis económica y financiera supuso recortes para reducir el deficit presupuestario del gobierno. La reducción del gasto público tuvo un efecto negativo en las inversiones en programas de infraestructuras y vivienda. La reducción del gasto del gobierno central influye asimismo en los gobiernos regionales, que también están obligados a reducir sus gastos. La provincia de Gelderland deberá reducir sus gastos en 58 millones de euros anuales a partir de 2011. Puesto que el sector de la construcción depende en gran medida del mercado doméstico regional, la reducción de los presupuestos y los programas públicos coloca al sector en una posición vulnerable. Los recortes presupuestarios seguirán teniendo consecuencias negativas para el empleo en el sector.

7.           Además, el mercado de viviendas nuevas se ha reducido debido a la caída de las inversiones de las sociedades de vivienda y los municipios. En el tercer trimestre de 2001 aumentó asimismo el número de quiebras.

Demostración del número de despidos y cumplimiento de los criterios del artículo 2, letra b)

8.           Los Países Bajos presentaron su solicitud con arreglo a los criterios de intervención del artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que requiere que se haya producido el despido, durante un periodo de nueve meses, de al menos quinientos trabajadores en empresas cuya actividad se desarrolla en el marco de una misma división de la NACE Revisión 2 en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2 de un Estado miembro.

9.           En la solicitud se mencionan 516 despidos en cincuenta y cuatro empresas, cuya actividad está clasificada en la división 41 («Construcción de edificios») de la NACE Revisión 2, en la región NUTS 2 de Gelderland (NL22) durante el período de referencia de nueve meses entre el 1 de febrero de 2011 y el 1 de noviembre de 2011. Estos despidos se calcularon conforme a lo dispuesto en el artículo 2, párrafo segundo, segundo guión, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

Explicación del carácter imprevisto de los despidos

10.         Las autoridades neerlandesas sostienen que la crisis económica y financiera y su impacto en el sector no pudieron preverse. Antes de la crisis, el sector de la construcción de los Paíes Bajos era próspero. El volumen de negocios de las empresas de construcción de edificios tanto residenciales como no residenciales ha descendido de forma continuada desde el primer trimestre de 2009 y estaba casi un 20 % por debajo del nivel récord de 2008. Desde el primer trimestre de 2010, las consecuencias de la crisis económica también se notan en el sector de la ingeniería civil. En 2010, el volumen de negocios alcanzado por las empresas de ingeniería civil era más de un 7 % inferior al de 2009, a pesar de las medidas adoptadas por el Gobierno para facilitar la construcción de proyectos de infraestructura previstos. En 2009, estas medidas todavía tuvieron un efecto positivo sobre el volumen de negocios.

Identificación de las empresas en las que se produjeron los despidos y de los trabajadores destinatarios de la ayuda

11.         La solicitud se refiere a 516 despidos en cincuenta y cuatro empresas. Los Países Bajos estiman que solo 435 trabajadores serán destinatarios de la ayuda; se prevé que los trabajadores restantes encontrarán empleo por sus propios medios, o se acogerán a la jubilación. Los despidos se llevaron a cabo en las empresas siguientes:

Empresas y número de trabajadores despedidos

Aannemersbedrijf Kranen BV || 2 || Dijkman Bouw B.V. || 5

Aannemersbedrijf Kruisselbrink BV || 5 || EMHA B.V. || 6

Aannemersbedrijf Volman || 6 || Engelaer v.o.f. || 1

Aannemersbedrijf W. Kosters B.V. || 8 || Gebr. Heuting & zn B.V. || 1

Aannemersbedrijf Wibo Lochem BV || 40 || GML Gelders Metsel- en Lijmbedrijf BV || 8

Aanneminsgbedrijf Berendsen- van Geemen BV || 1 || Hermsen Bouw & Timmerwerken B.V. || 3

Aannemingsmaatschappij Van Gelder BV || 13 || Hiddink Grondwerken transport B.V. || 12

Ad Hofmans Hedel B.V. || 1 || Joosten Bouwservice B.V. || 5

B&V Geveltechniek b.v. || 1 || KBZ BV (Keijzer Betonwerken Zutphen BV) || 22

Borreman Bouw BV || 6 || Klaassen Bouwmaatschappij Arnhem B.V. || 1

Borst Aannemersbedrijf BV || 7 || Kroeze Betonbouw BV || 9

Bouw Service Ermelo BV || 42 || Kroeze Geodesie BV || 2

Bouwbedrijf Bolster BV || 6 || La Paloma || 1

Bouwbedrijf Folmer de Vries BV || 1 || Lenting Bouw V.O.F. || 2

Bouwbedrijf Heimensen BV || 8 || Metselbedrijf Asselman BV || 18

Bouwbedrijf Jansen-Bolk BV || 8 || Metselbedrijf W. Renden || 6

Bouwbedrijf Kiezenbrink BV || 4 || P.B. Huberts Aanneming- en Wegenbouw- || 45

Bouwbedrijf Kuiperij BV || 16 || Scholten Gevelrenovatie BV || 13

Bouwbedrijf Rusbo BV || 4 || Scholten Metsel- en Stelwerken BV || 35

Bouwmij Te Brake B.V. || 6 || Schutten Bouw B.V’ || 1

Bouw's Staalbouw B.V. || 10 || T.S. Alround Services BV || 1

Burgers van der Wal || 3 || Van den Boom Bouwbedrijf BV || 8

Claes B.V. || 1 || Veerdonk en Mulder Bouwbedrijf || 2

D & G Timmerfabriek BV || 10 || Verboon Bouwbedrijf B.V. || 1

D & M Bouw VOF || 8 || Voegersbedrijf Scholten BV || 15

Daams H.T. || 3 || Weijers Eikhout Vestiging Groesbeek BV || 66

de Boer Montagetechnieken || 1 || Welling Bouw Didam B.V. || 6

Nº total de empresas: || 54 || Nº total de despidos: || 516

12.         Desglose de los trabajadores destinatarios:

Categoría || Número || Porcentaje

Hombres || 420 || 96,55

Mujeres || 15 || 3,45

Ciudadanos de la UE || 435 || 100,00

Ciudadanos de terceros países || 0 || 0

De 15 a 24 años || 25 || 5,75

De 25 a 54 años || 290 || 66,67

De 55 a 64 años || 120 || 27,59

Mayores de 64 años || 0 || 0

13.         No hay trabajadores con discapacidades ni problemas de salud crónicos.

14.         Desglose por categoría profesional:

Categoría || Número || Porcentaje

Personal directivo || 2 || 0,46

Profesionales || 50 || 11,49

Técnicos || 55 || 12,64

Personal de apoyo administrativo || 35 || 8,05

Trabajadores de los servicios y vendedores || 10 || 2,30

Trabajadores no cualificados || 283 || 65,06

15.         Los Países Bajos aseguran, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, que se ha aplicado una política de igualdad entre hombres y mujeres y de no discriminación, y que continuará aplicándose en las diferentes fases de intervención del FEAG, y especialmente en el acceso al mismo.

Descripción del territorio afectado y de sus autoridades y partes interesadas

16.         La provincia neerlandesa de Gelderland es la mayor provincia de los Países Bajos y cuenta con unos dos millones de habitantes. La región cuenta con una población adecuadamente formada y reúne 146 000 empresas. Relativamente mucha gente trabaja en el sector de la construcción (aproximadamente 60 000 en 2011) en comparación con otros sectores económicos como la industria química (9 000), la industria alimentaria (15 000) o la industria eléctrica / del metal (40 300).

17.         Las principales autoridades interesadas son el Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo; Opleidingsbedrijf Doetinchem, una organización sectorial del sector de la construcción; las autoridades provinciales de Gelderland; UWVwerkbedrijf, la agencia pública de empleo regional que ayuda a las personas a encontrar un nuevo empleo y Platform Arbeidsmarkt Onderwijs, una organización en la que están representadas todas las instituciones de enseñanza y formación profesional. Otras partes interesadas pertinentes son: Bouwend Nederland regio oost, la representación regional de la federación empresarial del sector de la construcción; FNV Bouw regio oost, la representación regional de la federación sindical del sector de la construcción; CNV Vakmensen, la representación de la federación de sindicatos cristianos del sector de la construcción y OBD opleidingen, otros centros de formación profesional del sector de la construcción.

Efectos previstos de los despidos en el empleo local, regional o nacional

18.         Las autoridades neerlandesas argumentan que, habida cuenta de la importancia del sector de la construcción en Gelderland, los despidos se dejan sentir profundamente. En 2011, el índice de desempleo en Gelderland fue de 5,9 %, algo superior a la media de los Países Bajos. En 2010, el sector de la construcción en Gelderland supuso un 6,5 % del total de empleos en la provincia. En 2010 se perdieron 4 100 empleos en el sector de la construcción (una caída de un 6,5 %). En 2011 hubo una ligera recuperación (500 empleos); no obstante, el cuarto trimestre de 2011 se caracterizó de nuevo por numerosos despidos en el sector. El desempleo juvenil aumentó en un 10 % en 2011.

Conjunto coordinado de servicios personalizados que van a financiarse y desglose de sus costes estimados, precisando su complementariedad con las medidas financiadas por los Fondos Estructurales

19.         Los centros de formación profesional gestionados por el sector de la construcción ofrecerán servicios personalizados a los trabajadores despedidos. Además de la asistencia en la búsqueda de empleo, cada uno de los trabajadores destinatarios participará en una sola medida, aunque, en algunos casos, se combinarán las medidas a fin de obtener los resultados deseados. Los Países Bajos proponen una serie de medidas de apoyo a los trabajadores despedidos, que consta de tres fases consecutivas: admisión (ayuda en la búsqueda de empleo), preparación para el mercado de trabajo (conjunto individual de medidas) y trabajo:

– Ayuda en la búsqueda de empleo: este programa se ofrece individualmente a cada participante y se compone de asesoramiento sobre las oportunidades de trabajo y formación disponibles, así como formación intensiva para pedir trabajo y redactar las solicitudes. Cada participante tendrá un punto de contacto para asistencia en su barrio (puesto que participan todas las UWV regionales) donde podrá encontrar ayuda para la transferencia de los documentos necesarios (declaraciones de ingresos o documentos relativos al subsidio de desempleo) y para establecer contacto con la industria de la construcción. Se prevé que todos los trabajadores destinatarios participen en esta acción.

– Formación y reciclaje: incluye un programa de formación intensiva centrado en los nuevos perfiles ocupacionales. Las sesiones de formación comprenden distintos módulos que se pueden seguir por separado, en función de las necesidades y capacidades personales. Un curso de formación completo tiene una duración aproximada de un año y comprende un conjunto de módulos, por ejemplo, una formación de 11,5 meses de albañería/mampostería, con módulos sobre tratamiento de fachadas, mampostería, alicatado y nivelado. Se calcula que podrán acogerse a esta opción de formación intensiva setenta y cinco trabajadores.

– Ayuda a la recolocación: abarca la orientación de los trabajadores en cuestión hacia nuevos sectores como la ingeniería, los trabajos de instalación electro-técnica, el sector sanitario o los servicios de restauración. O en el propio sector de la construcción, ayudándoles a actualizar sus capacidades y adaptarlas a las necesidades del sector (por ejemplo, en el sector de la construcción compuesta). La orientación, de tipo personalizado, comprende una evaluación de las competencias y el perfil, la búsqueda de un empleo o una formación adecuados sobre la base de las capacidades o el perfil evaluados y el seguimiento del proceso individual externo de recolocación. Se prevé que ciento cincuenta trabajadores participen en esta medida.

– Fomento del espíritu emprendedor: esta medida consiste en ayudar a los trabajadores despedidos a convertirse en trabajadores por cuenta propia y crear su propia empresa. Incluye formación profesional (por ejemplo, en artesanía) y cursos sobre gestión de empresas. Se calcula que podrán acogerse a esta medida sesenta trabajadores.

– Flexpool: esta medida tiene como objetivo poner en contacto a las personas en busca de empleo y a los empleadores en el sector de la construcción que pueden ofrecer empleos temporales sobre la base de las modalidades flexibles facilitadas mediante este servicio. Los trabajadores reciclados podrán adquirir nuevas experiencias laborales, alternando el trabajo con la formación. Los trabajadores recibirán un salario estándar conforme al convenio colectivo durante un tiempo determinado por la legislación neerlandesa sobre el trabajo flexible. Se prevé que ciento cincuenta trabajadores participen en esta medida.

20.         Los gastos de intervención del FEAG que se incluyen en la solicitud de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 cubren las actividades de gestión y control, así como las de información y publicidad.

21.         Los servicios personalizados presentados por las autoridades neerlandesas son medidas activas del mercado laboral pertenecientes al ámbito de las acciones subvencionables definidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Las autoridades neerlandesas estiman que el coste total de estos servicios ascenderá a 4 281 000 EUR y los gastos de intervención del FEAG a 178 375 EUR (4,00 % del importe total). La contribución total solicitada al FEAG asciende a 2 898 594 EUR (el 65 % del coste total).

Acciones || Número estimado de trabajadores destinatarios || Coste estimado por trabajador destinatario (EUR) || Coste total (FEAG y cofinanciación nacional) (EUR)

Servicios personalizados [artículo 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006]

Ayuda en la búsqueda de empleo || 435 || 2 600 || 1 131 000

Formación y reciclaje || 75 || 18 000 || 1 350 000

Ayuda a la recolocación || 150 || 8 200 || 1 230 000

Fomento del espíritu emprendedor || 60 || 4 500 || 270 000

Flexpool || 150 || 2 000 || 300 000

Subtotal de los servicios personalizados || || 4 281 000

Gastos de intervención del FEAG [artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006]

Actividades de preparación || || 0

Gestión || || 44 594

Información y publicidad || || 44 594

Actividades de control || || 89 187

Subtotal de los gastos de intervención del FEAG || || 178 375

Coste total estimado || || 4 459 375

Contribución del FEAG (65 % del coste total) || || 2 898 594

22.         Los Países Bajos afirman que las medidas descritas anteriormente complementan las acciones financiadas mediante los Fondos Estructurales. Sus autoridades establecerán los procedimientos de control necesarios para eliminar cualquier riesgo de doble financiación y garantizarán una pista de auditoría clara de las actividades financiadas por el FEAG.

Fecha(s) en la(s) que comenzaron o se prevé que comiencen los servicios personalizados para los trabajadores afectados

23.         El 1 de enero de 2012, los Países Bajos comenzaron a prestar los servicios personalizados a los trabajadores afectados incluidos en el paquete coordinado que se propone cofinanciar a través del FEAG. Por consiguiente, esta fecha representa el inicio del periodo de subvencionabilidad de cualquier ayuda que pueda conceder el FEAG.

Procedimientos de consulta de los interlocutores sociales

24.         Los interlocutores sociales participaron en la preparación de la solicitud. La propuesta proviene de Opleidingsbedrijf Doettinchem, una organización del sector de la construcción en la que están representados los interlocutores sociales. Las actividades preparatorias incluyeron una serie de reuniones a escala regional con representantes del sector y empresas de construcción, así como debates entre los socios y el UWV. Estos debates concluyeron con un plan a favor de los trabajadores despedidos que incluía la creación de un servicio de intermediación para las profesiones del sector técnico y de la construcción. Muchos aspectos del plan se introdujeron en fases más avanzadas del proyecto. Los interlocutores sociales también participan en la aplicación, puesto que gestionan los centros de formación y educación del sector.

25.         Las autoridades neerlandesas han confirmado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE en materia de despidos colectivos.

Información sobre las acciones obligatorias en virtud de la legislación nacional o de conformidad con los convenios colectivos

26.         Respecto a los criterios que figuran en el artículo 6 del Reglamento (CE) nº 1927/2006, en su solicitud, las autoridades neerlandesas:

· confirmaron que la contribución financiera del FEAG no reemplaza a las medidas que son responsabilidad de las empresas en virtud de la legislación nacional o de los convenios colectivos;

· demostraron que las acciones proporcionan apoyo a trabajadores individuales y que no se destinarán a la reestructuración de empresas o sectores;

· confirmaron que las acciones subvencionables mencionadas no reciben ayuda de otros instrumentos financieros de la UE.

Sistemas de gestión y control

27.         Los Países Bajos han informado a la Comisión de que las contribuciones financieras serán gestionadas y controladas por los mismos organismos que gestionan y controlan el Fondo Social Europeo en los Países Bajos. La Agencia de Asuntos Sociales (departamento del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo) será responsable del seguimiento, el control, las actividades de información y publicidad y los pagos en relación con el FEAG.

Financiación

28.         La contribución del FEAG que proponen los Países Bajos en su solicitud para el conjunto coordinado de servicios personalizados (incluidos los gastos de intervención del FEAG) asciende a 2 898 594 EUR, lo que representa el 65 % de su coste total. Las asignaciones del Fondo propuestas por la Comisión se basan en la información facilitada por los Países Bajos.

29.         Teniendo en cuenta el importe máximo de una contribución financiera del FEAG permitido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1927/2006 y el margen existente para la reasignación de créditos, la Comisión propone la intervención del FEAG por el importe total indicado anteriormente, que se asignará con cargo a la rúbrica 1a del marco financiero.

30.         El importe de la contribución financiera propuesto permitirá dejar disponible más del 25 % del importe máximo anual a cargo del FEAG para otras asignaciones durante los últimos cuatro meses del año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 6, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

31.         Con la presentación de la presente propuesta de intervención del FEAG, la Comisión inicia el procedimiento simplificado de diálogo a tres bandas, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006, con el fin de alcanzar el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de recurrir al FEAG y sobre el importe requerido. La Comisión insta a la primera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria que se muestre de acuerdo con el proyecto de propuesta de intervención, al nivel político adecuado, a que informe a la otra rama y a la Comisión de sus intenciones. En caso de desacuerdo por parte de cualquiera de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria, se convocará una reunión a tres bandas formal.

32.         La Comisión presenta por separado una solicitud de transferencia para consignar en el presupuesto de 2012 los correspondientes créditos de compromiso, tal y como exige el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006.

Origen de los créditos de pago

33.         Los créditos de la línea presupuestaria del FEAG se utilizarán para cubrir el importe de 2 898 594 EUR necesario para la presente solicitud.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el apartado 28 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2011/009 NL/Gelderland, construcción 41, Países Bajos)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera[5] y, en particular, su apartado 28,

Visto el Reglamento (CE) nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización[6], y, en particular, su artículo 12, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea[7],

Considerando lo siguiente:

(1)       El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar apoyo adicional a los trabajadores despedidos como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial a causa de la globalización y ayudarlos a reintegrarse en el mercado laboral.

(2)       El ámbito de aplicación del FEAG se amplió para dar cabida a las solicitudes presentadas entre el 1 de mayo de 2009 y el 30 de diciembre de 2011 y así poder prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia directa de la crisis económica y financiera mundial.

(3)       El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la intervención del FEAG hasta un límite máximo anual de 500 millones de euros.

(4)       El 15 de diciembre de 2011, los Paíes Bajos presentaron una solicitud de intervención del FEAG en relación con el despido de trabajadores en cincuenta y cuatro empresas cuya actividad corresponde a la división 41 («Construcción de edificios») de la NACE Revisión 2 en la región NUTS 2 de Gelderland (NL22), y la complementó con información adicional hasta el 11 de junio de 2012. La solicitud cumple los requisitos para la fijación de la contribución financiera establecida en el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1927/2006. Por tanto, la Comisión propone conceder un importe de 2 898 594 EUR.

(5)       Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud presentada por los Países Bajos.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea correspondiente al ejercicio 2012, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se movilizará para aportar una cantidad de 2 898 594 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo                          Por el Consejo

El Presidente                                                 El Presidente

[1]               DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[2]               DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[3]               Reglamento (CE) nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3037/90 del Consejo y determinados reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

[4]               De conformidad con el artículo 3, párrafo tercero, del Reglamento (CE) nº 1927/2006.

[5]               DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

[6]               DO L 406 de 30.12.2006, p. 1.

[7]               DO C […] de […], p. […].

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