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Document 52012DP0001

    Composición numérica de las comisiones permanentes Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de enero de 2012 , sobre la composición numérica de las comisiones permanentes

    DO C 227E de 6.8.2013, p. 35–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    6.8.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 227/35


    Miércoles 18 de enero de 2012
    Composición numérica de las comisiones permanentes

    P7_TA(2012)0001

    Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de enero de 2012, sobre la composición numérica de las comisiones permanentes

    (2013/C 227 E/08)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,

    Vistas sus Decisiones, de 15 de julio de 2009 (1) y 14 de diciembre de 2011 (2), sobre la composición numérica de las comisiones permanentes,

    Visto el artículo 183 de su Reglamento,

    1.

    Decide modificar el número de miembros de las comisiones parlamentarias como sigue:

     

    Comisión de Asuntos Exteriores: 76 miembros

     

    Comisión de Desarrollo: 30 miembros

     

    Comisión de Comercio Internacional: 31 miembros

     

    Comisión de Presupuestos: 43 miembros

     

    Comisión de Control Presupuestario: 30 miembros

     

    Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios: 48 miembros

     

    Comisión de Empleo y Asuntos Sociales: 49 miembros

     

    Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria: 69 miembros

     

    Comisión de Industria, Investigación y Energía: 61 miembros

     

    Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor: 41 miembros

     

    Comisión de Transportes y Turismo: 47 miembros

     

    Comisión de Desarrollo Regional: 50 miembros

     

    Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural: 44 miembros

     

    Comisión de Pesca: 25 miembros

     

    Comisión de Cultura y Educación: 31 miembros

     

    Comisión de Asuntos Jurídicos: 25 miembros

     

    Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior: 60 miembros

     

    Comisión de Asuntos Constitucionales: 24 miembros

     

    Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género: 35 miembros

     

    Comisión de Peticiones: 35 miembros

    y modificar el número de miembros de las subcomisiones parlamentarias como sigue:

     

    Subcomisión de Derechos Humanos: 31 miembros

     

    Subcomisión de Seguridad y Defensa: 31 miembros;

    2.

    Decide, en relación con la decisión de la Conferencia de Presidentes, de 9 de julio de 2009, relativa a la composición de las mesas de comisión, que estas puedan tener hasta cuatro vicepresidentes;

    3.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.


    (1)  DO C 224 E de 19.8.2010, p 34.

    (2)  Textos Aprobados, P7_TA(2011)0570.


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