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Document 52011XG0708(02)

    Conclusiones del Consejo sobre la inmunización infantil: Éxitos y desafíos de la inmunización infantil en Europa y perspectivas de futuro

    DO C 202 de 8.7.2011, p. 4–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    8.7.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 202/4


    Conclusiones del Consejo sobre la inmunización infantil: Éxitos y desafíos de la inmunización infantil en Europa y perspectivas de futuro

    2011/C 202/02

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA

    1.

    RECUERDA que, con arreglo al artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la acción de la Unión, que ha de complementar las políticas nacionales, debe encaminarse a mejorar la salud pública, abarcando en particular las enfermedades más graves y ampliamente difundidas; ha de fomentar asimismo la cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la salud pública y, en caso necesario, prestar apoyo a su acción, y respetar las responsabilidades de los Estados miembros por lo que respecta a la organización y prestación de servicios sanitarios y atención médica;

    2.

    RECUERDA que, con arreglo al artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los Estados miembros, en colaboración con la Comisión, deben coordinar entre sí sus políticas y programas respectivos;

    3.

    RECUERDA la Decisión no 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, por la que se crea una red de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles en la Comunidad (1), cuyo funcionamiento requiere la realización oportuna de análisis científicos para que la acción de la Comunidad pueda emprenderse de manera efectiva;

    4.

    RECUERDA el Reglamento (CE) no 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (2), que apoya las actividades en curso, como los programas de acción comunitarios pertinentes en el sector de la salud pública, en lo que atañe a la prevención y el control de las enfermedades transmisibles, la vigilancia epidemiológica, los programas de formación y los mecanismos de alerta precoz y respuesta, y que debe fomentar el intercambio de mejores prácticas y de experiencia en relación con programas de vacunación;

    5.

    RECONOCE que, si bien la inmunización infantil es responsabilidad de cada Estado miembro y en la UE existen sistemas de vacunación que difieren entre sí en cuanto a su contenido profesional, su carácter obligatorio o voluntario y su financiación, abordar este asunto a nivel europeo entraña un valor añadido;

    6.

    RECONOCE que la mejora de las sinergias con otros ámbitos de actuación de la UE que atañen especialmente a los grupos vulnerables, por ejemplo los gitanos en algunos Estados miembros, puede redundar en beneficio de un posible empeño común por mejorar la vacunación infantil;

    7.

    ACOGE FAVORABLEMENTE los resultados de la conferencia a nivel de expertos «Por un futuro saludable para nuestros hijos: la inmunización infantil», celebrada en Budapest los días 3 y 4 de marzo de 2011, en la cual los participantes pasaron revista a los éxitos y desafíos de la inmunización infantil en la Unión Europea y pusieron de relieve la necesidad de lograr y mantener una cobertura de inmunización infantil elevada y oportuna, tanto en la población en general como en las poblaciones infravacunadas; se señaló asimismo la necesidad de contar con datos de calidad para controlar la cobertura y la vigilancia de las enfermedades prevenibles mediante vacunación a escala subnacional, nacional y de la UE, así como de coordinar y perfeccionar las estrategias de comunicación para dirigirse a los grupos infravacunados de la población o a las personas que son escépticas respecto de las ventajas de la vacunación;

    8.

    SEÑALA que, si bien los programas de inmunización infantil han sido decisivos para controlar las enfermedades infecciosas en Europa, persisten muchos desafíos;

    9.

    RECUERDA que la manera más eficaz y económica de prevenir las enfermedades infecciosas es la vacunación en los casos en que esta existe;

    10.

    SEÑALA que el aumento de la movilidad y la migración plantea una serie de cuestiones relacionadas con la salud que afectan también a la inmunización infantil;

    11.

    SUBRAYA que gracias a las vacunas se ha logrado en Europa controlar, reducir la incidencia e incluso eliminar enfermedades que en el pasado causaban la muerte y la discapacidad de millones de personas, y que la erradicación de la viruela a nivel mundial y la eliminación de la poliomielitis en la mayor parte de los países del mundo son excelentes ejemplos de programas de vacunación llevados a cabo con éxito;

    12.

    SEÑALA que en varios países europeos siguen produciéndose epidemias de sarampión y de rubéola, y SUBRAYA que Europa no cumplió el objetivo de eliminar estas dos enfermedades para 2010 debido a la existencia a escala subnacional de una cobertura de vacunación inferior a la necesaria, y por lo tanto RECUERDA la Resolución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), de 16 de septiembre de 2010, sobre un compromiso renovado para la eliminación del sarampión y de la rubéola y la prevención del síndrome de rubéola congénita para 2015, y la continuación del apoyo para preservar la certificación de la región europea de la OMS como región libre de poliomielitis;

    13.

    SUBRAYA la importancia de determinar los grupos de población en los que aumenta el riesgo de sufrir enfermedades prevenibles mediante vacunación, y de actuar con respecto a los mismos, y al mismo tiempo SEÑALA la importancia que reviste el hecho de que las poblaciones susceptibles difieran según el país o la región;

    14.

    INSTA a los Estados miembros a que:

    evalúen y hagan un inventario de los obstáculos y las dificultades que afectan al acceso a los servicios de vacunación y al alcance de estos, y perfeccionen o refuercen en consecuencia sus estrategias nacionales o subnacionales,

    se esfuercen por mantener y fortalecer sus procesos y procedimientos para ofrecer vacunas a los niños que tienen un historial de vacunación desconocido o incierto,

    se esfuercen por mantener y fortalecer la confianza pública en los programas de inmunización infantil y en las ventajas de la vacunación,

    se esfuercen por sensibilizar a los profesionales de la salud acerca de las ventajas de las vacunas y fortalezcan su apoyo a los programas de inmunización,

    mejoren la educación y la formación de los profesionales de la salud y de otros especialistas pertinentes en materia de inmunización infantil,

    cooperen estrechamente con las comunidades locales, concitando la participación de todos los actores y redes pertinentes,

    identifiquen los grupos infravacunados y garanticen su acceso en condiciones de igualdad a las vacunaciones infantiles,

    garanticen la estrecha cooperación de los servicios pertinentes de salud pública, pediatría y atención primaria en el seguimiento y la evaluación continuos de los expedientes personales de vacunación, lo que comprende la administración de las vacunas a su debido tiempo desde el nacimiento hasta la edad adulta,

    se esfuercen por mejorar las capacidades de laboratorio en el ámbito del diagnóstico y la vigilancia de las enfermedades prevenibles mediante vacunación,

    estudien la posibilidad de utilizar, cuando proceda, vacunas innovadoras de eficacia y rentabilidad demostradas, con objeto de subvenir a las necesidades de salud pública desatendidas,

    estudien la posibilidad de implantar o seguir desarrollando sistemas de información sobre inmunización, entre otras cosas mediante la mejora de los sistemas de registro, cuando proceda, y de los sistemas de farmacovigilancia;

    15.

    INSTA a los Estados miembros y a la Comisión a que:

    sigan impulsando la cooperación entre los servicios de inmunización nacionales y subnacionales, y sigan perfeccionando y coordinando el seguimiento de la cobertura de vacunación y de los sistemas de notificación,

    procuren reforzar la vigilancia de las enfermedades prevenibles mediante vacunación; perfeccionen los sistemas de información y los registros de inmunización, cuando proceda,

    estudien la posibilidad de elaborar la metodología necesaria para la utilización de indicadores comunes de vacunación, con objeto de apoyar la recogida de datos en toda la UE en estrecha colaboración con la OMS,

    examinen qué sistemas y procedimientos podrían contribuir a garantizar la adecuada continuidad de la inmunización de las personas cuando cambian de lugar de residencia entre Estados miembros,

    fomenten la mejora de los programas de inmunización,

    cooperen en la elaboración de orientaciones y de estrategias de comunicación para abordar las preocupaciones de las personas que son escépticas respecto de las ventajas de la vacunación,

    pongan en común experiencias y mejores prácticas para mejorar la cobertura de vacunación de los niños contra las enfermedades prevenibles mediante vacunación en general, así como entre los grupos infravacunados de la población,

    con objeto de facilitar el intercambio de información entre los proveedores de servicios de vacunación, definan, con el apoyo del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) y de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), una lista no exhaustiva de datos que podrían incluirse en los carnés de vacunación o libretas de salud nacionales y subnacionales. Esto ha de hacerse respetando debidamente las políticas de salud pública de los Estados miembros, y teniendo en cuenta al mismo tiempo los elementos de los certificados de vacunación enumerados en el anexo 6 del Reglamento Sanitario Internacional de la OMS. Esta información deberá ser fácilmente comprensible en la UE;

    16.

    INVITA a la Comisión a que:

    garantice la sinergia entre el fomento de la vacunación infantil y la puesta en práctica de la legislación y las políticas pertinentes de la UE, respetando plenamente las competencias nacionales,

    estudie, junto con el ECDC y la EMA, en estrecha cooperación con la OMS y teniendo en cuenta la labor realizada hasta la fecha por dicha Organización, las opciones existentes para:

    definir directrices y metodologías comúnmente acordadas para llegar a una población más amplia, que incluyan vínculos empíricos entre la vacunación y las enfermedades,

    definir metodologías comúnmente acordadas para el seguimiento y la evaluación de la cobertura de vacunación y del nivel real de protección de la comunidad,

    definir metodologías para hacer un seguimiento del apoyo público a los programas de vacunación,

    facilitar la elaboración y la puesta en práctica de estrategias de comunicación encaminadas a conectar con las personas que son escépticas respecto de las ventajas de la vacunación, proporcionando información clara y objetiva sobre dichas ventajas,

    ofrecer directrices e instrumentos que ayuden a los Estados miembros a elaborar mensajes eficaces de comunicación,

    desarrollar recursos multilingües de la UE sobre vacunación dirigidos a los profesionales de la atención sanitaria y a la población, con la finalidad de proporcionar información objetiva, fácilmente accesible (en soporte web o papel) y empírica sobre las vacunas y los calendarios de inmunización, que incluya las vacunas utilizadas en los Estados miembros,

    facilitar la creación de proyectos regionales y a escala de la UE destinados a incrementar el acceso a la vacunación para los grupos infravacunados transnacionales.


    (1)  DO L 268 de 3.10.1998, p. 1.

    (2)  DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.


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