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Document 52011TA1215(32)

Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Policía (Europol) correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Oficina

DO C 366 de 15.12.2011, p. 179–185 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 366/179


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Policía (Europol) correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Oficina

2011/C 366/32

INTRODUCCIÓN

1.

La Oficina Europea de Policía (en lo sucesivo denominada «la Oficina»), con sede en La Haya, se creó en virtud de la Decisión 2009/371/JAI del Consejo de 6 de abril de 2009 (1). Esta Decisión, que entró en vigor el 1 de enero de 2010, sustituye a las disposiciones del Convenio, basado en el artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, por el que se crea una Oficina Europea de Policía («el Convenio Europol»). El objetivo de la Oficina es apoyar y reforzar la acción de las autoridades competentes de los Estados miembros y su cooperación mutua en materia de prevención y lucha contra la delincuencia organizada, el terrorismo y otras formas de delitos graves que afecten a dos o más Estados miembros (2).

2.

El presupuesto de 2010 de la Oficina se elevó a 92,8 millones de euros. El número de personas empleadas por la Oficina al término del ejercicio ascendía a 436.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con el artículo 287, apartado 1, segundo párrafo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (3) de la Oficina que comprenden los «estados financieros» (4) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (5) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas

4.

La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (6).

Función del director

5.

El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Oficina, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (7), y es responsable asimismo de la implantación (8) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (9) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

Función del Tribunal

6.

El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Oficina y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

7.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI (10). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

8.

La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. De su criterio profesional depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación de las cuentas por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. El Tribunal evaluará asimismo en su fiscalización la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas.

9.

El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

10.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Oficina (11) presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2010 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su Reglamento financiero.

Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

11.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2010 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

12.

El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

13.

Un importe de 22,6 millones de euros ha sido prorrogado a 2011, lo que representa un 25 % del presupuesto de 2010. El porcentaje de prórrogas fue del 49 % en el título II (gastos administrativos) y del 59 % en el título III (gastos operativos). El elevado nivel de créditos prorrogados, junto con el bajo nivel de gastos devengados (2,9 millones de euros) es excesivo y contrario al principio presupuestario de anualidad.

El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Igors LUDBORŽS, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 20 de septiembre de 2011.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 121 de 15.5.2009, p. 37.

(2)  El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Oficina.

(3)  Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos y una síntesis de las transferencias de créditos efectuadas entre las distintas partidas.

(4)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en la situación de los capitales propios y el anexo a los estados financieros en el que se describen las principales políticas contables y explicaciones complementarias.

(5)  Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(6)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(7)  Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).

(8)  Artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002.

(9)  Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de las Oficinas figuran en el capítulo 1 del título VII del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 modificado en última instancia por el Reglamento (CE, Euratom no 652/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23), y se han incorporado al Reglamento financiero de la Oficina.

(10)  Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).

(11)  Las cuentas anuales definitivas fueron elaboradas el 8 de septiembre de 2011 y el Tribunal las recibió el 12 de septiembre de 2011. Estas cuentas pueden consultarse en los sitios siguientes: http://eca.europa.eu o http://www.europol.europa.eu/


ANEXO

Oficina Europea de Policía (La Haya)

Competencias y actividades

Ámbitos de competencia de la Unión según el Tratado

(Artículos 87, 88 y 89 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

Objetivo

El objetivo de la Oficina será apoyar y reforzar la acción de las autoridades competentes de los Estados miembros y su cooperación mutua en materia de prevención y lucha contra la delincuencia organizada, el terrorismo y otras formas de delitos graves que afecten a dos o más Estados miembros.

Competencias de la Oficina

[Decisión 2009/371/JAI del Consejo, de 6 de abril de 2009, por la que se crea la Oficina Europea de Policía (Europol)] (1)

Competencias

Las competencias de la Oficina abarcarán la delincuencia organizada, el terrorismo y otras formas de delitos graves que figuran en el anexo, en la medida en que dos o más Estados miembros se vean afectados de tal modo que, debido al alcance, gravedad y consecuencias de los actos delictivos, se requiera una actuación común de los Estados miembros.

Principales funciones

recoger, almacenar, tratar, analizar e intercambiar información y datos,

comunicar sin demora a las autoridades competentes de los Estados miembros, por medio de la unidad nacional, la información que les afecte y las relaciones que haya podido establecer entre los actos delictivos,

facilitar las investigaciones en los Estados miembros, en concreto transmitiendo a las unidades nacionales toda la información pertinente al respecto,

solicitar a las autoridades competentes de los Estados miembros afectados que inicien, realicen o coordinen investigaciones, y sugerir la creación de un equipo conjunto de investigación en casos específicos,

proporcionar apoyo en materia de análisis e información a los Estados miembros en relación con un acontecimiento internacional importante,

elaborar evaluaciones de las amenazas, análisis estratégicos e informes generales sobre el estado de los trabajos en relación con su objetivo, incluidas evaluaciones de la amenaza de la delincuencia organizada.

Funciones adicionales

profundizar en los conocimientos especializados utilizados por las autoridades competentes de los Estados miembros en el marco de sus investigaciones y ofrecer asesoramiento para las mismas,

proporcionar datos estratégicos para facilitar y promover la utilización eficaz y racional de los recursos disponibles a nivel nacional y de la Unión para las actividades operativas y apoyo para tales actividades.

Además, asistir a los Estados miembros, mediante apoyo, asesoramiento e investigaciones, en los ámbitos siguientes:

formación de los miembros de las autoridades competentes, en su caso en cooperación con la Escuela Europea de Policía (CEPOL);

organización y equipamiento de dichas autoridades, facilitando la prestación de ayuda técnica entre los Estados miembros,

métodos de prevención de la delincuencia,

métodos y análisis técnicos y científicos, así como procedimientos de investigación.

Y la Oficina actuará también como organismo central para la lucha contra la falsificación del euro en virtud de la Decisión 2005/511/JAI del Consejo, de 12 de julio de 2005, relativa a la protección del euro contra la falsificación mediante la designación de la Oficina como organismo central para la lucha contra la falsificación del euro. Igualmente, la Oficina podrá fomentar la coordinación de las medidas tomadas para luchar contra la falsificación del euro por las autoridades competentes de los Estados miembros o en el contexto de equipos conjuntos de investigación, en su caso en contacto con organismos de la Unión o de terceros Estados. Previa petición, la Oficina podrá conceder apoyo financiero para efectuar investigaciones contra la falsificación del euro.

Gobernanza

1.   Consejo de Administración

Un representante (y un suplente) de cada Estado miembro y de la Comisión.

2.   Director

Nombrado por el Consejo por mayoría cualificada, a partir de una lista de al menos tres candidatos presentada por el Consejo de Administración, para un período de cuatro años (renovable por un período no superior a cuatro años).

Estará asistido por tres directores adjuntos nombrados para un período de cuatro años, prorrogable una sola vez.

Dirigirá la Oficina y rendirá cuentas de su gestión al Consejo de Administración.

3.   Control externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

Servicio de Auditoría Interna de la Comisión.

Autoridad común de control.

Además, función de auditoría interna y responsable de protección de datos – funcionalmente independiente, asociado con la organización de línea (sobre la base de la Decisión Europol del Consejo).

4.   Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición de la Oficina en 2010

Presupuesto (2010)

92,8 millones de euros.

Efectivos

Número total de puestos previstos en la plantilla: 453 (agentes temporales), más 25 expertos nacionales en comisión de servicio y 78 agentes contractuales (incluidos 6 agentes locales).

Productos y servicios facilitados en 2010

Satisfacción general

Los resultados de la encuesta independiente de satisfacción de los usuarios de la Oficina 2010 (realizada entre 584 usuarios, como, por ejemplo, investigadores) indicaban los mayores niveles de satisfacción de los Estados miembros con Europol jamás registrados desde la introducción de la encuesta en 2002.

1.   Productos y servicios estratégicos (Capacidad de análisis estratégico)

Se finalizaron seis evaluaciones de amenaza (Introducción del euro en Estonia, Informe de situación sobre la trata de seres humanos, Evaluación de la amenaza en el Mar Báltico, iOCTA (2), LAC-OCTA (3) y Evaluación de la amenaza para COSI (4).

Se lanzaron los avisos de amenaza OC-SCAN (que se centran en evaluaciones de amenazas relativas a amenazas y tendencias nuevas o emergentes de la delincuencia organizada) a fin de mejorar la pertinencia y la oportunidad de los productos estratégicos. Se presentaron siete informes.

El 100 % de los productos estratégicos de la Oficina (excluyendo la lucha contra el terrorismo y contra el tráfico ilegal de armas) están en consonancia con las conclusiones de la OCTA (5) en la UE.

la Oficina apoyó y contribuyó al establecimiento del nuevo ciclo de políticas de la UE.

2.   Productos y servicios operativos

2.1   La Oficina como centro de apoyo de las operaciones policiales

(Ficheros de trabajo de análisis, informes de análisis operativos y otros informes, apoyo operativo in situ y desde la sede, equipos conjuntos de investigación)

La Oficina apoyó a las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE en 11 738 asuntos transnacionales, lo que supuso un aumento del 12 % respecto a 2009.

Se prestó apoyo analítico y operativo en profundidad en más de 150 investigaciones transnacionales, algunas de las cuales duraron de uno a dos años, y la mayoría de ellas todavía están en curso.

El 35 % de las operaciones que recibieron el apoyo de la Oficina estuvieron relacionadas con las drogas, pero las mayores repercusiones operativas de la agencia se produjeron en el ámbito de la falsificación del euro.

La Oficina participó en todas las investigaciones importantes relacionadas con la falsificación del euro en la UE; en 2010, apoyó activamente 838 casos de fraude con tarjetas de pago y falsificación del euro, y su ayuda culminó con el desmantelamiento de 5 importantes imprentas. Entre los resultados de las investigaciones relacionadas con la falsificación del euro que recibieron apoyo financiero de la Oficina (35) cabe mencionar la captura de más de 6 millones de euros falsificados, 70 detenciones y el desmantelamiento de 3 imprentas.

Se establecieron procedimientos internos para la gama completa de servicios de comprobaciones cruzadas previstos en la prestación de apoyo operativo permanente (24/7).

Se desarrolló una base de datos estructurada y fiable de los resultados operativos. Dicha base de datos permite la centralización de la información perteneciente a las operaciones que reciben el apoyo de la Oficina y la elaboración automatizada de informes.

A finales de 2010, se notificaron 57 eventos en los que se llevaron a cabo actividades de sensibilización en relación con el apoyo de la Oficina a los equipos conjuntos de investigación.

El plan para implantar el modelo regional concluyó el 30 de septiembre de 2010, y se compone de una serie de elementos interrelacionados, como funcionarios de apoyo regional, ficheros de trabajo de análisis esenciales, flujos de inteligencia, gestión de documentos y coordinación con grupos de trabajo asociados, etc.

Se pusieron en marcha en la fecha prevista las capacidades necesarias para apoyar la aplicación del Acuerdo sobre el Programa de seguimiento de la financiación del terrorismo (con el establecimiento de una unidad específica).

El 31 de diciembre de 2010 ya se había elaborado un plan de asociación entre los sectores público y privado (el Programa de sensibilización).

A finales de 2010, el plan operativo conjunto con Interpol (6) se encontraba en sus últimas etapas de preparación.

Se presentó un informe conjunto de las agencias sobre seguridad interna a los directores de las agencias de Justicia e Interior.

La Oficina presidió la cooperación entre los directores de las agencias en el ámbito de Justicia e Interior.

2.2   La Oficina como centro de información en materia de delincuencia de la UE

[Capacidades de gestión de la información, Aplicación de la Red de Intercambio Seguro de Información (SIENA), Sistema de Información de Europol (SIE), Red de oficinas de enlace]

El 31 de enero de 2010 se publicó la versión 1.6 del Sistema de Información de Europol (SIE).

El 22 de octubre de 2010 se publicó la versión 2.0 de SIENA (7).

Las oficinas nacionales de recuperación de activos de ocho Estados miembros se vincularon a SIENA el 31 de octubre de 2010. El proyecto continuará a lo largo de 2011.

En 2010 se siguieron realizando avances en la elaboración de todos los procesos empresariales pertinentes a efectos de la interoperatividad y el cruce de datos.

Los funcionarios de enlace de la Oficina garantizan una relación directa entre la sede de Europol en La Haya y las 27 unidades nacionales de Europol en la capitales nacionales de los Estados miembros. Se trata de una red exclusiva de 129 funcionarios de enlace que desempeñan una importante función en las actividades policiales cotidianas facilitando el intercambio de información y prestando apoyo y coordinación a las investigaciones en curso. La Oficina también acoge a funcionarios de enlace de 10 países extracomunitarios y organizaciones que trabajan conjuntamente con ella sobre la base de acuerdos de cooperación. Esta red de oficinas de enlace está apoyada por canales de comunicación seguros facilitados por la Oficina. Además, la Oficina envió dos funcionarios de enlace en comisión de servicio a Washington (Estados Unidos) y uno a la sede de Interpol en Lyon (Francia).

2.3   Conocimientos especializados y formación

(Plataforma de Expertos de Europol, plataformas de intercambio de datos y soluciones de almacenamiento, productos y servicios de conocimiento, formación, conferencias y sesiones de sensibilización)

La Oficina participó activamente en la Red Europea de Prevención de la Delincuencia (REPD). La Oficina, que es independiente de la red REPD, siguió promoviendo el uso de enfoques alternativos para abordar la delincuencia organizada en el marco del grupo de Cooperación Operativa en materia de Seguridad Interior (COSI) sobre delincuencia organizada.

Se desarrolló y aplicó el concepto genérico de la Plataforma de Expertos de la Oficina. Se establecieron cuatro plataformas.

El sistema de base de datos sobre explosivos de la UE entró en funcionamiento en octubre de 2010.

Se diseñaron, se entregaron y se evaluaron tres módulos adicionales de formación en materia de delincuencia cibernética para el Grupo europeo de formación y educación contra la delincuencia cibernética.

La evaluación de las opciones de aprendizaje electrónico en cooperación con la CEPOL (Escuela Europea de Policía) registró avances positivos, siendo la Oficina el tema del primer curso de aprendizaje electrónico de la CEPOL. Entre otros cursos de aprendizaje electrónico actualmente en desarrollo de importancia para la Oficina, cabe mencionar los siguientes: la delincuencia cibernética y el Tratado de Schengen.

2.4   Relaciones exteriores

(Relaciones con los socios de cooperación)

La Oficina coopera con varios socios de la UE y con terceros países y organizaciones. El intercambio de información con dichos socios se lleva a cabo sobre la base de acuerdos de cooperación. Dos tipos de acuerdos determinan la naturaleza de la cooperación con terceros. Los acuerdos estratégicos hacen posible que las dos partes implicadas intercambien toda la información, con excepción de los datos personales, mientras que los acuerdos operativos permiten, además, el intercambio de datos personales.

Actualmente la Oficina coopera con 17 países extracomunitarios, 9 organismos y agencias de la UE y otras 3 organizaciones internacionales, entre ellas la Interpol, que figura en numerosos aspectos del trabajo operativo de la Oficina.

Los jefes de las unidades nacionales de la Oficina de todos los Estados miembros de la UE, incluidos los observadores de los socios cooperantes (como Eurojust y la Interpol) y la Comisión, se reúnen de manera periódica para ayudar a la Oficina en asuntos operativos y prestarle apoyo en el establecimiento de los equipos conjuntos de investigación en los que participa.

Fuente: Información comunicada por la Oficina.


(1)  Sustituye a las disposiciones del Convenio, basado en el artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, por el que se crea una Oficina Europea de Policía (Convenio Europol).

(2)  Evaluación de la amenaza de la delincuencia organizada facilitada a través de internet.

(3)  Evaluación de la amenaza de la delincuencia organizada de América Latina y el Caribe.

(4)  Comité permanente de cooperación operativa en materia de seguridad interior.

(5)  Evaluación de la amenaza de la delincuencia organizada.

(6)  Organización Internacional de Policía Criminal (OIPC).

(7)  Aplicación de la Red de Intercambio Seguro de Información.


RESPUESTAS DE EUROPOL

13.

Europol acepta el principio de anualidad, pero señala que un importe significativo de la prórroga se debió a la circunstancia excepcional del traslado de la Agencia a su nueva sede en 2011, debido al retraso en la entrega del edificio en 2010. El desglose de la prórroga (22,6 millones de euros) es el siguiente:

11,3 millones de euros para los gastos relativos a la nueva sede de Europol,

1,8 millones se refieren al capítulo 26 (Art. 58.4 de la Decisión del Consejo por la que se crea Europol, relativo al marco jurídico previo de Europol),

9,5 millones parar otros gastos.

Si dejamos de lado los gastos destinados a la nueva sede de Europol y el artículo 58.4 de la Decisión del Consejo por la que se crea Europol, el porcentaje de prórrogas fue del 10,24 % en relación a los ingresos presupuestarios.

Europol adoptará las medidas pertinentes, de conformidad con los comentarios del Tribunal de Cuentas Europeo.


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