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Document 52011IP0148
Situation in Syria, Bahrain and Yemen European Parliament resolution of 7 April 2011 on the situation in Syria, Bahrain and Yemen
La situación en Siria, Bahréin y Yemen Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011 , sobre la situación en Siria, Bahréin y Yemen
La situación en Siria, Bahréin y Yemen Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011 , sobre la situación en Siria, Bahréin y Yemen
DO C 296E de 2.10.2012, p. 81–85
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
2.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 296/81 |
Jueves 7 de abril de 2011
La situación en Siria, Bahréin y Yemen
P7_TA(2011)0148
Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011, sobre la situación en Siria, Bahréin y Yemen
2012/C 296 E/11
El Parlamento Europeo,
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Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Siria y Yemen, |
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Visto su Resolución, de 24 de marzo de 2011, sobre las relaciones de la Unión Europea con el Consejo de Cooperación del Golfo (1), |
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Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de octubre de 2006, que contiene la recomendación del Parlamento Europeo al Consejo sobre la celebración de un Acuerdo Euromediterráneo de Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe Siria, por otra (2), |
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Vista la declaración del Presidente del Parlamento Europeo Jerzy Buzek sobre el mortífero ataque contra los manifestantes en Siria, de 23 de marzo de 2011, |
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Vista la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, |
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Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de 1966, del que Bahréin, Siria y Yemen son partes, |
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Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1975, del que Bahréin, Siria y Yemen son partes, |
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Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2011, |
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Vistas las Conclusiones del Consejo del 21 de marzo de 2011 sobre Bahréin y sobre Yemen, |
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Vistas las Declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de los días 10, 15 y 17 de marzo de 2011, sobre Bahréin, de los días 18, 22, 24 y 26 de marzo de 2011, sobre Siria, y de los días 10, 12 y 18 de marzo de 2011 y 5 de abril de 2011 sobre Yemen, |
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Vista la Comunicación conjunta de la Alta representante y de la Comisión sobre una Asociación para la Democracia y la Prosperidad Compartida con el Mediterráneo Meridional, de 8 de marzo de 2011, |
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Vistas las Directrices de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos, de 2004, en su versión actualizada de 2008, |
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Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento, |
A. |
Considerando que, tras una evolución similar en otros países árabes, los manifestantes en Bahréin, Siria y Yemen han expresado las aspiraciones democráticas legítimas y la fuerte demanda popular de reformas políticas, económicas y sociales para implantar una democracia auténtica, luchar contra la corrupción y el nepotismo, garantizar el respeto del Estado de Derecho, de los derechos humanos y las libertades fundamentales, reducir las desigualdades sociales y establecer mejores condiciones económicas y sociales, |
B. |
Considerando que los respectivos Gobiernos han reaccionado incrementando la represión violenta, declarando el estado de emergencia y aplicando las leyes contra el terrorismo para justificar delitos graves, incluidos las ejecuciones extrajudiciales, los secuestros y las desapariciones, las detenciones arbitrarias, la tortura y los juicios injustos, |
C. |
Considerando que el uso excesivo de la fuerza contra los manifestantes por parte de las fuerzas de seguridad en Bahréin, Yemen y Siria se ha saldado con numerosos muertos, heridos y presos, y es una violación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de 1966, del que dichos países son partes, |
D. |
Considerando que las manifestaciones en Siria comenzaron en la ciudad de Deraa, situada en el sur, y se extendieron por todo el país, que las autoridades sirias han reprimido las manifestaciones utilizando fuego real para dispersar a los grupos pacíficos, han detenido a cientos de civiles y han movilizado a manifestantes favorables al régimen en Damasco y en otras ciudades, y que el Gobierno sirio dimitió el 29 de marzo de 2011 y se ha designado a Adel Safar para que forme un nuevo gobierno; considerando asimismo que el discurso del Presidente Bachar el Asad ante el Parlamento sirio, el 30 de marzo de 2011, no satisfizo las expectativas y esperanzas de reformas significativas, |
E. |
Considerando que en Siria rige la Ley de emergencia desde 1963, y que esta Ley está limitando de hecho el ejercicio por parte de los ciudadanos de sus derechos civiles y políticos, al tiempo que permite a las autoridades sirias controlar constantemente el sistema judicial, |
F. |
Considerando que el Gobierno sirio ha hecho varias declaraciones públicas en las que se asume un compromiso en favor de la libertad de expresión y la participación política (derogación de la Ley de emergencia, abolición del artículo 8 de la Constitución siria, en el que se establece que el Partido Baas dirige el Estado y la sociedad, resolución de los problemas causados por el censo de 1962 realizado en la provincia de Al-Hasakah, a raíz del cual cientos de miles de kurdos se vieron privados de sus pasaportes y fueron registrados como extranjeros), pero sin traducirlo en progresos tangibles, y considerando que Haytham al-Maleh, destacado defensor sirio de los derechos humanos y crítico del Gobierno, fue excarcelado en marzo de 2011 y ha pedido a la comunidad internacional que presione al régimen sirio para que este respete sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, |
G. |
Considerando que el Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe Siria, por otra, todavía no ha sido firmado; que la firma de este Acuerdo se ha aplazado a petición de Siria desde octubre de 2009; y que el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales constituye una parte esencial de dicho Acuerdo, |
H. |
Considerando que las manifestaciones comenzaron en Bahréin el 14 de febrero de 2011 y que los manifestantes solicitaban reformas políticas, tales como el establecimiento de una monarquía constitucional y un gobierno electo, así como el final de la corrupción y de la marginalización de los chiitas, que representan más del 60 % de la población, que la situación en Bahréin sigue siendo tensa y, al parecer, la pasada semana se daba por desaparecidas a entre cincuenta y cien personas, y que, según diferentes informaciones, en Bahréin se ha detenido a personal médico, defensores de los derechos humanos y activistas políticos, y las fuerzas de seguridad se han hecho con el control de las salas de los hospitales, |
I. |
Considerando que, a petición del Gobierno de Bahréin, se han desplegado en dicho país fuerzas de seguridad del Consejo de Cooperación del Golfo procedentes de Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Kuwait, |
J. |
Considerando que, desde enero de 2011, se han manifestado en Yemen y principalmente de forma pacífica millones de ciudadanos, y que, al parecer, cerca de cien personas han muerto fundamentalmente por disparos de las fuerzas de seguridad efectuados contra la multitud con fuego real, mientras que cientos de personas han resultado heridas, y que en Yemen las fuerzas de seguridad han obstruido el paso de las ambulancias que transportaban a los hospitales a los manifestantes antigubernamentales heridos, |
K. |
Considerando que el Presidente yemení Ali Abdullah Saleh, que lleva 32 años dirigiendo el país, ha prometido dimitir, y que, hasta el momento, no ha tomado, no obstante, ninguna medida seria para cumplir sus promesas en favor de una transición democrática, |
L. |
Considerando que varios miembros del Consejo de Cooperación del Golfo han decidido invitar al Gobierno yemení y a representantes de la oposición a mantener conversaciones en Riad para superar el punto muerto en que se encuentran algunos asuntos específicos, |
M. |
Considerando que Yemen es el país más pobre de Oriente Próximo con una malnutrición generalizada, unas reservas petrolíferas cada vez menores, una población en aumento, un Gobierno central débil, unos recursos hídricos cada vez más escasos y una economía en la que apenas se invierte, y que hay serios temores de que el Estado yemení se desintegre teniendo en cuenta la frágil tregua alcanzada en febrero con los rebeles chiitas del norte del país, el movimiento secesionista del sur y el gran número de combatientes de Al Qaeda que, al parecer, se sirven de Yemen como base, |
N. |
Considerando que en Bahréin y Yemen se ha declarado recientemente el estado de emergencia, y que la declaración del estado de emergencia en un país no exime a su Gobierno de cumplir su obligación esencial de defender el Estado de Derecho y sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos, |
1. |
Condena enérgicamente la violenta represión ejercida por las fuerzas de seguridad sobre los manifestantes pacíficos en Bahréin, Siria y Yemen, y transmite sus condolencias a las familias de las víctimas; expresa su solidaridad con la población de esos países, aplaude su valentía y su determinación y apoya firmemente sus legítimas aspiraciones democráticas; |
2. |
Insta a las autoridades de Bahréin, Siria y Yemen a que se abstengan de recurrir a la violencia contra los manifestantes y respeten su libertad de reunión y expresión; condena la injerencia de las autoridades de Bahréin y Yemen en los servicios de atención médica y la denegación y limitación del acceso a las instalaciones sanitarias; hace hincapié en que los responsables de la pérdida de vidas y de las heridas causadas deben responder de sus actos y comparecer ante la justicia; pide a las autoridades que liberen inmediatamente a todos los presos políticos, los defensores de los derechos humanos y los periodistas, y a todas las personas detenidas en relación con sus actividades pacíficas en el contexto de las protestas; |
3. |
Afirma que el uso de la violencia por un Estado contra su propia población debe tener repercusiones directas en sus relaciones bilaterales con la Unión Europea; recuerda a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión que, para impedir tales acciones, la UE puede recurrir a numerosos instrumentos, tales como la congelación de activos, la prohibición de viajar, etc.; recuerda, no obstante, que la población en general no debe verse afectada en ningún caso por tales revisiones de las relaciones bilaterales; |
4. |
Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que tengan plenamente en cuenta los acontecimientos recientes y en curso y la evolución posterior en Bahréin, Siria y Yemen en las relaciones bilaterales con dichos países, incluida la suspensión de las futuras negociaciones sobre la firma del Acuerdo de Asociación entre la UE y Siria, que todavía está pendiente; opina que la celebración de dicho acuerdo debe depender de la capacidad de las autoridades sirias para plasmar en la práctica las esperadas reformas democráticas; |
5. |
Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que apoyen los llamamientos en favor de la realización de investigaciones independientes sobre los ataques dirigidos contra los manifestantes en dichos países, especialmente en relación con una investigación independiente a cargo de las Naciones Unidas o de la Corte Penal Internacional sobre el ataque perpetrado contra los manifestantes el 18 de marzo de 2011 en Sanaa (Yemen), en el que murieron 54 personas y resultaron heridas más de 300; pide a la UE que asuma inmediatamente el liderazgo y convoque una sesión especial del Consejo de Derechos Humanos para tratar los abusos cometidos en Bahréin, Siria y Yemen durante las acciones contra las manifestaciones y la represión de la disidencia; |
6. |
Pide a los Gobiernos de Bahréin, Siria y Yemen que inicien un proceso político y un diálogo abiertos y profundos sin demora ni condiciones previas, con la participación de todas las fuerzas políticas democráticas y la sociedad civil, con el fin de allanar el camino hacia una democracia auténtica, levantar el estado de emergencia y aplicar unas reformas políticas, económicas y sociales auténticas, ambiciosas y significativas, que son elementos esenciales para la estabilidad y el desarrollo a largo plazo; |
7. |
Pide a las autoridades bahreiníes, sirias y yemeníes que respeten sus compromisos internacionales respecto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; pide asimismo a dichas autoridades que levanten de inmediato el estado de emergencia, pongan en libertad sin demora a todos los presos políticos, defensores de los derechos humanos, periodistas y manifestantes pacíficos, consagren la libertad de expresión y de asociación en sus ordenamientos jurídicos y en la práctica, impulsen las medidas para luchar contra la corrupción, garanticen la igualdad de derechos para las minorías, aseguren el acceso a los medios de comunicación, como Internet y la telefonía móvil, y garanticen el acceso a los medios de comunicación independientes; |
8. |
Toma nota de la dimisión del Gobierno de Siria con fecha de 29 de marzo de 2011, pero opina que no bastará para compensar las crecientes frustraciones del pueblo sirio; pide al Presidente Bachar el Asad que ponga término a la política de represión contra la oposición política y los defensores de los derechos humanos, levante verdaderamente el estado de emergencia en vigor desde 1963, promueva el proceso de transición democrática en Siria y establezca un calendario concreto para las reformas políticas, económicas y sociales; |
9. |
Pide al Gobierno de Bahréin y a las demás partes que emprendan un diálogo profundo y constructivo sin demora ni condiciones previas, con el fin de introducir reformas; acoge positivamente el anuncio del Secretario General de las Naciones Unidas de que esta organización está preparada para apoyar los esfuerzos nacionales, caso de que así se solicite; |
10. |
Expresa su preocupación por la presencia de tropas extranjeras bajo la bandera del Consejo de Cooperación del Golfo en Bahréin; pide al Consejo de Cooperación del Golfo que utilice sus recursos como colectivo regional para actuar de manera constructiva y mediar en favor de la introducción de reformas pacíficas en Bahréin; |
11. |
Pide al Presidente Saleh de Yemen que adopte medidas concretas para poner en práctica su promesa de transferir pacíficamente el poder a través de unas instituciones constitucionales; pide a todas las partes, incluida la oposición, que actúen responsablemente, entablen un diálogo abierto y constructivo sin demora, destinado a lograr una transición política organizada, e involucren en este diálogo a todos los partidos y movimientos que representan a la población yemení; |
12. |
Manifiesta su profunda preocupación por el nivel de pobreza y desempleo y la creciente inestabilidad política y económica en Yemen; insiste en que se tiene que acelerar la entrega sobre el terreno de los fondos prometidos en la Conferencia de donantes de 2006; pide además a la UE y al Consejo de Cooperación del Golfo que hagan un esfuerzo particular para prestar apoyo financiero y técnico en cuanto que el Presidente Saleh se muestre dispuesto a dejar paso a un gobierno establecido democráticamente; |
13. |
Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que apoyen las aspiraciones democráticas y pacíficas de la población de Bahréin, Siria y Yemen, revisen sus políticas respecto de dichos países, respeten el Código de Conducta de la UE en materia de exportación de armas, y se preparen para prestar su asistencia, si las autoridades nacionales asumen un compromiso firme, en la puesta en práctica de agendas concretas de reformas políticas, económicas y sociales en dichos países; |
14. |
Pide a la Comisión que use plena y eficazmente el apoyo disponible a través del IEVA, de la IEDDH y del Instrumento de Estabilidad, y que elabore urgentemente propuestas concretas sobre la mejor manera de que la futura asistencia financiera de la UE ayude a los países y las sociedades civiles de Oriente Próximo y del Golfo en su transición hacia la democracia y el respeto de los derechos humanos; |
15. |
Subraya los compromisos asumidos por la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y la Comisión en la Comunicación conjunta sobre una Asociación para la Democracia y la Prosperidad Compartida con el Mediterráneo Meridional en favor de un mayor apoyo a la transformación democrática y la sociedad civil, en repuesta a los acontecimientos históricos que se están registrando en la región; pide que la asistencia de la UE a los procesos democráticos en las regiones del Mediterráneo y del Golfo garantice la plena participación en la vida política de todos los ciudadanos y en particular de las mujeres, que han desempeñado un papel crucial en las exigencias de cambio democrático; |
16. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y al Parlamento del Reino de Bahréin, al Gobierno y al Parlamento de la República Árabe Siria, y al Gobierno y al Parlamento de la República de Yemen. |
(1) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0109.
(2) DO C 313 E de 20.12.2006, p. 436.