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Document 52011AP0441

    Medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la UE ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011 , sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n ° 1215/2009 del Consejo, por el que se introducen medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la Unión Europea (COM(2010)0054 – C7-0042/2010 – 2010/0036(COD))
    P7_TC1-COD(2010)0036 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de octubre de 2011 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n ° …/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) n ° 1215/2009 del Consejo, por el que se introducen medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la Unión Europea
    ANEXO

    DO C 94E de 3.4.2013, p. 21–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    3.4.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 94/21


    Jueves 13 de octubre de 2011
    Medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la UE ***I

    P7_TA(2011)0441

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1215/2009 del Consejo, por el que se introducen medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la Unión Europea (COM(2010)0054 – C7-0042/2010 – 2010/0036(COD))

    2013/C 710 E/11

    (Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2010)0054),

    Visto el artículo 294, apartado 2, y el artículo 207, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta al Parlamento (C7-0042/2010),

    Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 20 de julio de 2011, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el artículo 55 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0243/2010),

    1.

    Adopta la posición en primera lectura que figura a continuación (1);

    2.

    Aprueba la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión aneja a la presente Resolución;

    3.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

    4.

    Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.


    (1)  Esta posición remplaza las enmiendas adoptadas el 11 de mayo de 2011 (Textos Aprobados, P7_TA(2011)0219).


    Jueves 13 de octubre de 2011
    P7_TC1-COD(2010)0036

    Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de octubre de 2011 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) no …/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) no 1215/2009 del Consejo, por el que se introducen medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la Unión Europea

    (Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) no 1336/2011.)


    Jueves 13 de octubre de 2011
    ANEXO

    Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión relativa a la elección de los procedimientos para la adopción de los actos de ejecución

    El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea declaran que la elección de los procedimientos para la adopción de los actos de ejecución por lo que respecta a la presente propuesta se entiende sin perjuicio de la elección de los procedimientos en las propuestas futuras y no sienta precedente para las mismas.


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