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Document 52011AE0993

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y los parlamentos nacionales — Revisión del presupuesto de la UE» [COM(2010) 700 final]

DO C 248 de 25.8.2011, p. 75–80 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.8.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 248/75


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y los parlamentos nacionales — Revisión del presupuesto de la UE»

[COM(2010) 700 final]

2011/C 248/13

Ponente: Henri MALOSSE

Coponente: Gérard DANTIN

El 19 de octubre de 2010, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y los parlamentos nacionales – Revisión del presupuesto de la UE»

COM(2010) 700 final.

La Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 31 de mayo de 2011.

En su 472o Pleno de los días 15 y 16 de junio de 2011 (sesión del 16 de junio de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 175 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1   La revisión del presupuesto de la UE no es cuestión de cifras, sino más bien un instrumento al servicio de un proyecto político. En la actualidad, la Unión Europea no dispone de los recursos presupuestarios adecuados para poner en práctica ni su estrategia política ni los compromisos que debe asumir en virtud del nuevo Tratado de Lisboa.

1.2   La crisis económica y financiera, originada en los Estados Unidos, ha afectado gravemente a Europa y provocado en cascada déficits en aumento en la mayoría de los Estados miembros. Esto tiene inevitablemente consecuencias para la preparación de las perspectivas financieras 2014-2020, pero la Unión Europea no debe ser víctima de esta situación.

1.3   Por consiguiente, hay que hacer uso de la imaginación para elaborar un «presupuesto europeo inteligente» que dote a la UE de medios a la altura de sus ambiciones sin aumentar la carga fiscal global que soportan los ciudadanos y las empresas.

1.4   El concepto de «justa compensación» debe abandonarse, pues es contrario a los valores de solidaridad y beneficio mutuo propios de la integración europea. Lo que importa más bien es poner en práctica la subsidiariedad, transfiriendo al nivel europeo aquello que haya perdido su sentido y su eficacia a nivel nacional. El CESE felicita a la Comisión Europea por su propuesta de volver a adoptar el principio de recursos propios, que pueden establecerse ex nihilo o sustituir a impuestos nacionales.

1.5   El presupuesto europeo debe verse reforzado y tener un efecto de palanca. El CESE aboga por la complementariedad entre los presupuestos nacionales y el europeo, lo que permitiría logar economías de escala en la realización de los principales objetivos políticos de la UE. La eficacia de las acciones de la UE también se verá reforzada por un recurso más sistemático a los préstamos del BEI, las colaboraciones público-privadas y la creación de eurobonos para las inversiones.

1.6   Por otra parte, para demostrar que a un euro se le sacará más provecho a nivel europeo, la UE debe poner en marcha una auténtica revolución en cuestión de procedimientos, que hoy por hoy son demasiado engorrosos, y concentrar sus intervenciones en proyectos visibles para el ciudadano.

1.7   La única manera de responder con éxito al desafío de un presupuesto ambicioso es ganar la batalla de la opinión pública. Por este motivo, el CESE desea que se elaboren y publiquen estudios sobre el coste que supondría la ausencia de acción europea (la «no-Europa») que muestren los solapamientos que se producen en los presupuestos nacionales. El CESE se une así a la iniciativa del Parlamento Europeo y aportará su contribución al respecto.

1.8   Para ganarse la credibilidad de los ciudadanos europeos, el presupuesto de la Unión debe ser ejemplar en lo que respecta a la gobernanza, la eficacia, la transparencia y el control de los gastos administrativos.

2.   Perseguir nuevas aspiraciones

2.1   En su Comunicación, la Comisión no oculta su voluntad de adoptar un enfoque ambicioso como fundamento de las perspectivas financieras de la UE después de 2013. El CESE lo considera positivo, ya que el Tratado de Lisboa ha abierto la vía a una Unión Europea dotada de ahora en delante de una fuerte identidad política.

2.2   El CESE coincide con la Comisión en que el concepto de «justa compensación» resulta todavía menos aceptable hoy que en los inicios de la construcción europea. Este concepto, que en demasiadas ocasiones ha desvirtuado el funcionamiento de la construcción europea minando parasitariamente sus debates se encuentra, en gran medida, en el origen de sus deficiencias, retrasos y fracasos. Es un concepto contrario al espíritu de una Unión entre Estados y pueblos y a cualquier planteamiento económico racional. En efecto, en una Unión económica, monetaria y política, los beneficios y el valor añadido deben, por definición, resultar provechosos para todos. La totalidad de los progresos realizados por la Unión Europea se han basado en el efecto multiplicador que resulta de una puesta en común, en las antípodas del concepto de justa compensación.

2.3   Sobre la base de estas consideraciones, el Comité se pronunció ya en 2008 en el sentido de que «La definición de las políticas presupuestarias no puede realizarse soslayando la crucial elección entre federalismo y sistema intergubernamental. Es evidente que el progreso de la integración europea se mide también sobre la base de las modalidades de financiación del presupuesto» (1).

2.4   El Comité desea también que se extraigan todas las enseñanzas posibles de un análisis objetivo del funcionamiento presupuestario actual. La Comisión denuncia, con razón, los retrasos en el lanzamiento de los programas, la complejidad intrínseca del sistema y la falta de efectos positivos de la descentralización de la ejecución. Estas disfunciones deben analizarse de manera pormenorizada, con la participación de todos los agentes implicados, a fin de extraer las enseñanzas necesarias para corregirlas.

2.5   El CESE respalda las cuatro principales prioridades enunciadas por la Comisión: el cumplimiento de las prioridades políticas cruciales, el refuerzo del valor añadido, la obligación de resultados y la optimización de los beneficios recíprocos mediante la solidaridad. Asimismo, el CESE desea añadir otro imperativo, el de la visibilidad.

2.5.1   Desde este punto de vista, el balance actual de las intervenciones presupuestarias de la UE no es satisfactorio. Esta deficiencia constituye un obstáculo para la integración europea, ya que hace más difícil conseguir un auténtico apoyo de los ciudadanos y da argumentos a los Estados miembros para frenar el crecimiento del presupuesto europeo. Convendría remediar esta situación, tanto en lo que respecta al procedimiento presupuestario, muy opaco para los ciudadanos, como a los logros operativos, que con demasiada frecuencia son confidenciales y se hallan dispersos entre proyectos minúsculos o disimulados en el marco de cofinanciaciones complejas.

2.6   Para el CESE, este nuevo enfoque de la política presupuestaria de la UE debe contribuir directamente al objetivo de renovación del método comunitario que solicitó explícitamente en su dictamen de octubre de 2010, aprobado por una amplia mayoría (2).

3.   Perseguir una mejor complementariedad entre el nivel nacional y el nivel europeo.

3.1   El CESE no puede aceptar que el proceso de integración europea, condicionado por los recursos presupuestarios que se le asignan, se vea bloqueado por la cuestión de la reducción de los déficits públicos. Esta idea pondría en entredicho, de manera directa, las ambiciones políticas de la Unión Europea que se derivan del Tratado de Lisboa y la Estrategia Europa 2020.

3.2   El CESE propone, por tanto, que se establezca una complementariedad entre los presupuestos nacionales y el presupuesto europeo en torno a objetivos comunes, en particular a través de los contratos de colaboración en materia de desarrollo e inversión de la Estrategia Europa 2020. Es decir, se trataría de una suma «inteligente» de los recursos nacionales y los europeos para realizar economías de escala, obtener un efecto de palanca y reducir los déficits de los presupuestos nacionales gracias a los efectos positivos de la puesta en común de los recursos.

3.3   A tal fin, el Comité solicita a la Comisión que facilite los recursos necesarios para actualizar sin demora la evaluación del coste de la falta de acción europea, que no ha vuelto a calcularse desde el Informe Cecchini (3), que había presentado hace veintitrés años. El Comité acoge positivamente la voluntad expresada por el Parlamento Europeo de tomar una iniciativa en este contexto. Por su parte, el Comité se propone participar plenamente en los trabajos sobre esta cuestión y contribuir activamente su actualización.

3.3.1   Efectivamente, los ciudadanos y contribuyentes europeos deben saber a cuánto asciende la factura que pagan en la actualidad debido a la duplicación de costes redundantes propia de la fragmentación persistente en los ámbitos administrativo y económico. Debería informárseles de las «economías de escala» de que podrían beneficiarse las políticas públicas europeas gracias al refuerzo de la integración europea. Por ejemplo, la no realización de la Europa de los transportes, que sin embargo está recogida ya en el Tratado de Roma, cuesta cada día a los ciudadanos retrasos y perturbaciones y a las empresas una pérdida indudable de competitividad. Lo mismo puede decirse de la insuficiente apertura de los contratos públicos, a pesar de que el informe Cecchini calculaba que su apertura a nivel europeo podría suponer la creación de dos millones de nuevos puestos de trabajo.

3.4   El CESE insiste muy especialmente en el efecto de arrastre económico que se debería esperar de una revaloración del presupuesto europeo gracias a este tipo de economías de escala. Al contrarrestar mediante estos incrementos de productividad los efectos depresivos de las severas medidas de recuperación aplicadas en las finanzas públicas nacionales, sería posible conciliar la necesidad de rigor presupuestario para superar los déficits y la de reactivación económica y social que permita sacar a Europa de la crisis y de un crecimiento «mediocre».

3.5   De esta manera, el respaldo aportado a la economía tendría a su vez repercusiones positivas para los ingresos fiscales y, por consiguiente, para la recuperación de las cuentas públicas. En efecto, una revalorización inteligente del presupuesto europeo debería permitir iniciar y mantener una dinámica ejemplar en el plano económico y presupuestario, sobre la base de una valoración común de las complementariedades mutuas. Como consecuencia, la valoración de estas complementariedades entre el nivel nacional y el europeo se impone como una condición para la consolidación duradera del crecimiento y el empleo en Europa.

4.   Conseguir una mayor autonomía presupuestaria

4.1   El CESE considera que el incremento del presupuesto europeo parece, en sí mismo, no solo conveniente, sino necesario, ante la magnitud de los nuevos retos que requieren una respuesta común.

4.2   Con este propósito, respalda la propuesta de la Comisión Europea sobre la primacía de un sistema basado en los recursos propios, cuyos ingresos engrosarían directamente el presupuesto de la Unión Europea sin pasar por el nivel nacional. El CESE considera que una reforma eficaz del presupuesto europeo no es posible sin restaurar unos recursos propios autónomos, bien orientados y sostenibles, que sustituyan a las contribuciones nacionales, instauradas en 1980 con un mecanismo corrector especial en beneficio del Reino Unido y perpetuadas en 1984 con el Acuerdo de Fontainebleau, que avivan el concepto erróneo de justa compensación.

4.3   El Comité aprecia la diversidad de las propuestas de nuevos recursos presentadas por la Comisión en su Comunicación, en particular las relativas a las transacciones financieras y al CO2. El CESE no desea pronunciarse en la fase actual sobre la naturaleza de los nuevos recursos propios, pero subraya la necesidad de que todas las propuestas en este contexto se acompañen de un análisis de impacto que permita una evaluación más adecuada. Asimismo, el CESE desea que se examine la posibilidad de transferir determinadas tasas o fracciones de tasas existente a nivel nacional hacia el nivel europeo, como se hace ya con el IVA. Sería posible proceder así con una fracción del impuesto de sociedades si se le aplicara una base imponible común, como ha propuesto la Comisión Europea.

4.4   El CESE espera de esta reforma la supresión potencial, a medio plazo, de los coeficientes correctores nacionales, que dejarán de estar justificados en el marco de un presupuesto europeo renovado que garantice un valor añadido reforzado para todos los Estados miembros

4.5   El CESE insiste asimismo en tres principios que le parecen indispensables para el éxito de una reforma de los recursos del presupuesto europeo:

4.5.1

La carga fiscal en Europa no debería aumentar como consecuencia de la reforma de los recursos propios.

4.5.2

Los nuevos gravámenes europeos no deberían tener efectos discriminatorios demasiado marcados para determinados Estados debido a sus particularidades nacionales ni perturbar las actividades de las empresas establecidas en la Unión Europea. Tampoco deberían suponer una carga excesiva para los ciudadanos, en particular los más desfavorecidos, como ocurre con el IVA.

4.5.3

La reorganización debería contribuir a la racionalización y a un mejor equilibrio de la presión fiscal global, de conformidad con los objetivos de competitividad y empleo de la Unión. Además, los gastos europeos deberían centrarse en mayor medida en las prioridades de la UE y en los ámbitos en los que pueden realizarse economías de escala. El CESE estima que esta condición es indispensable para aumentar de manera significativa el presupuesto europeo.

4.6   Por último, el CESE considera que, mientras la UE no alcance un mayor nivel de integración, sería posible poner en práctica fórmulas innovadoras para asociar, a través de agencias especializadas o de otra manera, los presupuestos nacionales y europeo en ámbitos como la investigación y el desarrollo, la innovación, la ayuda al desarrollo o la financiación de grandes infraestructuras. Estas fórmulas permitirían una auténtica integración de las prioridades y los medios disponibles, aunque respetando la capacidad de control de los diferentes niveles políticos de competencia, tanto nacional como europeo.

5.   Centrar más las intervenciones en el valor añadido europeo

5.1   El Comité subraya la necesidad de garantizar que el presupuesto europeo se adapte a los objetivos y compromisos de la Estrategia Europa 2020. Esto requiere, además de los medios presupuestarios correspondientes, establecer vínculos visibles entre las intervenciones previstas por el presupuesto y los diferentes pilares de la Estrategia Europa 2020.

5.2   El Comité insiste, en particular, en que se necesitan intervenciones presupuestarias eficaces en aquellos ámbitos en los que está comprometida la responsabilidad de la Unión Europea, principalmente la consolidación de la unión económica y monetaria, el refuerzo de la solidaridad entre los Estados miembros y la aplicación de las nuevas políticas derivadas del Tratado de Lisboa: energía y clima, justicia y asuntos interiores y política exterior.

5.3   Las crisis recientes en la zona euro han mostrado la necesidad de desarrollar en particular la solidaridad en el marco de la unión económica y monetaria. Los recursos disponibles del presupuesto europeo fueron útiles en una situación de urgencia, anticipando la creación del fondo de estabilización. La decisión de integrar este mecanismo de estabilización en el Tratado constituye una nueva etapa no solo para la solidaridad europea sino también para su anhelo de integración política y económica, a fin de consolidar a largo plazo la unión económica y monetaria, que constituye un progreso esencial de la construcción europea y de la cohesión económica y social de su mercado único. En particular, resulta urgente reactivar la unión económica, que se ha quedado rezagada respecto de la unión monetaria, fragilizándola. Si este desfase no se supera, las perspectivas de éxito de la Estrategia Europa 2020 seguirán siendo limitadas. Esta perspectiva habría merecido un examen más pormenorizado en el documento de la Comisión.

5.4   La otra gran prioridad en relación con el presupuesto europeo es, efectivamente, como señala adecuadamente la Comisión, el refuerzo de las políticas del triángulo mágico de «investigación, innovación, educación», que resultan centrales para responder al desafío de la globalización.

5.4.1   No obstante, no será un presupuesto que solo representa el 4 % de la investigación pública en Europa el que vaya a permitir cambiar de manera fundamental la situación de cara a los retos mundiales. Es necesario encontrar los medios, financieros en particular, que permitan transformar los programas europeos en auténticos instrumentos para mejorar la competitividad de la industria europea.

5.4.2   La integración, de una u otra manera, de los programas nacionales con el programa marco europeo de investigación resulta indispensable para conseguir economías de escala y un efecto masivo. Asimismo, será necesario garantizar que el programa se concentre en sectores clave, tener en cuenta las diferentes situaciones de partida a nivel nacional y solucionar las disfunciones constatadas y, en particular, la complejidad y lentitud de los procedimientos administrativos.

5.4.3   La política europea de innovación debe constituir una base fundamental de la investigación en Europa, aunque hasta ahora la Comisión solo la haya considerado como un subproducto de las actividades de investigación. La Comisión Europea debería proponerse un cambio de dirección, como lo indica ya ella misma en su reciente Comunicación «Iniciativa emblemática de Europa 2020 - Unión por la innovación» – (COM(2010) 546 final).

5.4.4   El CESE recuerda, en particular, sus reivindicaciones a favor de una política mucho más ambiciosa, que alíe el apoyo al espíritu empresarial, la descompartimentalización de las redes nacionales de respaldo y difusión de la innovación y una política europea de clústeres, para impulsar así la aparición de «campeones europeos», en vez de «campeones nacionales». El Comité se congratula de la decisión de establecer una coordinación reforzada para crear una patente comunitaria. Su concretización debe llevarse a cabo lo antes posible para acabar con una situación que, desde hace décadas, supone una grave desventaja para la competitividad de la UE.

5.4.5   En el ámbito educativo, el CESE ha defendido la adopción de iniciativas más ambiciosas, en particular la creación de nuevas «escuelas europeas» abiertas a todos como muestra de una identidad europea reforzada, la aparición de auténticas universidades europeas (4) y una política europea de nuevas competencias para nuevos empleos (5).

5.4.6   La Comisión Europea debe dedicar más atención a analizar objetivamente los efectos de las políticas de la UE y velar por que los datos de los anexos se correspondan de manera precisa con el documento principal.

5.5   La política de cohesión económica, social y territorial también contribuye directamente a expresar una solidaridad europea. El CESE se opondrá a cualquier tipo de desmantelamiento de esta política, que es el símbolo de una Unión «entre los pueblos». El CESE solicita, no obstante, su renovación para mejorar su eficacia, en particular simplificando las modalidades de gestión, centrándose en proyectos emblemáticos relacionados con las prioridades europeas y garantizando una participación más estrecha de los medios económicos y sociales. En esta óptica, la UE debe actuar contra la exclusión de los grupos más frágiles de la población y apoyar a los países y las regiones más periféricos o desfavorecidos debido a sus características específicas, a fin de permitir su plena participación en el progreso económico y social. Desde esta perspectiva, y teniendo en cuenta la situación del empleo, debe darse prioridad al Fondo Social Europeo, en particular a su financiación, a la hora de aplicar la estrategia europea a favor del empleo. Esta debe constituir un elemento central del objetivo de «crecimiento integrador» de la Estrategia Europa 2020.

5.6   Una de las grandes prioridades del presupuesto europeo, directamente relacionada con el objetivo de una Unión más eficaz, solidaria y próxima de los ciudadanos, debería ser invertir más en bienes públicos europeos. La Comisión menciona ya, con razón, esta prioridad, pero sería necesario precisarla y concretizarla. Por su parte, el CESE tiene la intención de ahondar en la reflexión sobre este tema junto con los medios económicos y sociales, a fin de clarificar las necesidades y los objetivos. El Comité desea destacar ya varias exigencias en este ámbito:

5.6.1   En primer lugar, el Comité subraya la necesidad de desarrollar auténticos servicios de interés general a escala europea, de forma complementaria con las administraciones nacionales y en asociación con los usuarios europeos, a fin de garantizar la buena organización y la seguridad de la Unión en los ámbitos que atañen a su responsabilidad colectiva.

5.6.1.1   Es el caso, en particular, de la organización del mercado interior y las aduanas, pero también de ámbitos nuevos en los que los Estados miembros han decidido transferirle competencias: política de inmigración y asilo, justicia y asuntos exteriores, creación del servicio diplomático europeo, acciones exteriores y vigilancia de las fronteras exteriores de la Unión.

5.6.2   Asimismo, el CESE hace hincapié en la necesidad de reforzar las inversiones transeuropeas en infraestructuras, con el propósito también de prestar apoyo a estos servicios europeos de interés general y posibilitar su correcto funcionamiento. Son demasiados los retrasos acumulados desde que Jacques Delors presentara en 1993 el Libro Blanco de la Comisión, cuyas propuestas y metodología apenas han tenido efectos concretos. Como consecuencia de estas deficiencias, gran parte del territorio europeo, en especial en los Estados miembros cuya adhesión es más reciente, siguen excluidos de los principales flujos comerciales. Entre las prioridades en materia de infraestructuras, el CESE hace hincapié en los proyectos estructurales, como las especificaciones del cielo único europeo (6), las conexiones ferroviarias de alta velocidad o las redes de canales navegables. Se necesitan también grandes inversiones de dimensión europea en materia de política energética, a fin de garantizar una mayor independencia en relación con el abastecimiento, e invertir en la seguridad, la eficacia y las energías renovables.

5.6.3   Cabe citar igualmente las necesidades de inversiones comunes innovadoras para hacer frente a los nuevos retos de competitividad o seguridad en materia de telecomunicaciones, medio ambiente y protección civil.

5.7   En lo relativo a la política agrícola común (PAC), el CESE reitera su posición (7) a favor de su renovación. Se trata de adaptarla a los nuevos retos sin renacionalizar por ello ni abandonar los principios que la hacen valiosa: solidaridad externa e interna, calidad de la producción alimentaria, preferencia comunitaria y cohesión territorial en favor de las zonas rurales, en particular las regiones de montaña e insulares. En efecto, una de las misiones prioritarias de la PAC consiste, en particular, en valorar el papel de los agricultores. Además, debe contribuir a la gestión sostenible de los recursos naturales, haciendo posible responder de manera concreta a los grandes retos de la lucha contra el cambio climático, la protección del medio ambiente y la biodiversidad (8).

5.8   Por lo que respecta a la política exterior y de ayuda al desarrollo de los terceros países, el CESE recuerda su posición a favor de una racionalización de las representaciones de la UE y de los Estados miembros, así como de la mejora de la eficacia de la ayuda europea, que debe ser complementaria con las ayudas nacionales y estar más estrechamente asociada a los medios económicos y sociales directamente afectados.

5.9   En cuanto a la ayuda al desarrollo, para la que debe garantizarse una trazabilidad del uso que de ella se hace, el CESE considera que sería conveniente aunar de ahora en adelante los programas nacionales y europeos, tanto en aras de la eficacia como de la coherencia, para dar así mayor visibilidad a la asistencia europea. En este sentido, el CESE recuerda que de él partió la idea de la cláusula que, en los acuerdos de Cotonú, reserva un 15 % de las ayudas del FED a las acciones llevadas a cabo por agentes no estatales. El CESE propone que este principio se aplique y extienda a todos los programas de desarrollo.

6.   Perseguir la eficacia

6.1   En la difícil etapa que atraviesan las finanzas públicas europeas, el presupuesto europeo debe dar ejemplo en materia de buena gobernanza. Sin caer en la demagogia fácil sobre el coste administrativo de las instituciones europeas, proporcionalmente mucho menos onerosas que las nacionales (por ejemplo, la Comisión Europea tiene menos funcionarios que la ciudad de París), el CESE recomienda que se adopten medidas que reflejen la participación visible de las instituciones europeas en los recortes administrativos iniciados por los Estados miembros. Al mismo tiempo, las instituciones, el CESE incluido, deben respetar, en los procedimientos de contratación y promoción, los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación consagrados en el Tratado. No obstante, el CESE subraya que esta buena gobernanza también debe ofrecer a la sociedad civil europea los medios que le permitan participar plenamente en el debate europeo.

6.2   Las ayudas acordadas por el presupuesto europeo a los Estados miembros deberían estar sujetas a una condicionalidad cada vez mayor, en particular en lo relativo al respeto de la legislación europea y las decisiones del TJUE por parte de los beneficiarios y a la verificación de la compatibilidad de las ayudas europeas con las normas de competencia.

6.3   De cara a los retos para conseguir la convergencia de las políticas económicas en el marco de la UEM, las ayudas deberían estar más orientadas a asegurar la conformidad con los requisitos del Pacto por el Euro Plus.

6.4   Las ayudas acordadas a terceros países deberían condicionarse en función de la trazabilidad de su utilización financiera y el respeto de los compromisos contraídos, en particular en lo relativo a las reformas económicas y sociales para adaptarse a la apertura, las colaboraciones y la participación de los agentes socioprofesionales de la sociedad civil.

6.5   El desarrollo del euro y la necesidad de consolidar la cohesión de la zona euro de cara a los mercados también ofrecen oportunidades, hoy por hoy desaprovechadas, para adoptar políticas innovadoras de crédito y préstamo a escala europea, multiplicando la incidencia de las ayudas del presupuesto europeo. El CESE aboga, en primer lugar, por una coordinación reforzada entre el BCE, el Eurogrupo y el BEI. Acoge además positivamente los resultados esperanzadores de los primeros eurobonos y desea su extensión a los ámbitos de la formación, la investigación, la industria y las infraestructuras europeas. Al mismo tiempo, la constitución de este «Tesoro Público europeo» podría utilizarse, bajo determinadas condiciones y normas estrictas, para compartir una parte significativa de las deudas de los Estados miembros. Se trataría de afirmar la solidaridad interna de la Unión Europea a través de estos instrumentos y dar prueba de su compromiso político en favor de la irreversibilidad del euro.

6.6   El CESE aboga por que se conozcan mejor los proyectos respaldados por la Unión Europea, a fin de concentrarse en los elementos que tienen mayor valor añadido europeo. Así pues, solicita que se aplique de manera más flexible el principio de adicionalidad, que no debería evaluarse para cada proyecto, sino de manera global, en el marco de asociaciones estratégicas con los Estados miembros.

6.7   Asimismo, una aceleración de los procedimientos para fijar prioridades y asignar créditos puede permitir atender a determinadas necesidades. El CESE ya ha recomendado que se examine la posibilidad de recurrir de manera más generalizada bien a agencias especializadas, bien, mediante «subvenciones globales», a entidades de base, como entes regionales u organizaciones de la sociedad civil. Esta última opción, preferida por el CESE, ya ha mostrado su valor en el ámbito de la política regional y podría extenderse a todas las acciones financieras de la UE.

6.8   Para los grandes proyectos de inversión, debe fomentarse el recurso a los préstamos del BEI y la financiación privada, siempre dentro de un marco legal como el formulado en un reciente dictamen del CESE (9). Si se desarrollara a mayor escala que hasta ahora, permitiría recuperar el retraso europeo en infraestructuras y financiar los grandes proyectos tecnológicos que condicionan nuestra competitividad en el marco de la globalización.

6.8.1   Por último, el CESE considera que ciertas situaciones de urgencia pueden requerir una mayor flexibilidad y mecanismos mejor adaptados, a imagen del Fondo de Adaptación a la Globalización (10).

Bruselas, 16 de junio de 2011.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  Dictamen del CESE «Reforma presupuestaria y futura financiación de la UE», DO C 204 de 9.8.2008, p. 113.

(2)  Dictamen del CESE «La renovación del método comunitario (líneas directrices)»DO C 51 de 17.2.2011, p. 29.

(3)  Informe Cecchini sobre «El coste de la no-Europa», Paolo CECCHINI, 1988.

(4)  Dictamen del CESE «Universidades para Europa», DO C 128 de 18.5.2010, p. 48.

(5)  Dictamen del CESE «Nuevas competencias para nuevos empleos», DO C 128 de 18.5.2010, p. 74.

(6)  Dictamen del CESE sobre la realización del cielo único europeo, DO C 182 de 4.8.2009, p. 50.

(7)  Dictamen del CESE «Fortalecer el modelo agroalimentario europeo», DO C 18 de 19.1.2011, p. 1.

(8)  Dictamen del CESE «La PAC en el horizonte de 2020», DO C 132 de 3.5.2011, p. 63.

(9)  Dictamen del CESE «Inversiones públicas y privadas», DO C 51 de 17.2.2011, p. 59.

(10)  Dictamen del CESE «Reforma presupuestaria y futura financiación de la UE», DO C 204 de 9.8.2008, p. 113.


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